Este documento define los ingresos públicos como todas las entradas de dinero que recibe el Estado para financiar las necesidades de la colectividad y el gasto público. Existen dos tipos de ingresos: ordinarios, que se recaudan periódicamente sin agotar la fuente; y extraordinarios, cuya fuente no permite una recaudación continua y puede afectar el patrimonio del Estado. Los ingresos también se clasifican por su origen económico y por los recursos que los generan, como los patrimoniales, derivados de contribuciones, o de
1. Javier Castro.
CI: V-20.472.292
Prof: Emily R.
universidad Fermín Toro
Vice rectorado Académico
Facultad ciencias Políticas y Jurídicas
Escuela de derecho
2. Se Puede Definir
Como todas aquellas
entradas de dinero que
recibe el Estado y que le
permiten financiar la
satisfacción de necesidades
de la colectividad, es decir,
que le permiten financiar el
gasto público y cumplir su
función dentro de la
sociedad.
3. Existen dos tipos de
ingresos públicos.
Ordinarios : Son aquellos que el Estado
recibe en forma periódica, puede repetir su
recaudación período tras período, y su
generación no agota la fuente de donde
provienen ni compromete el patrimonio actual
o futuro del Estado y sus entes.
Extraordinarios: Presentan
característica distintiva que la
fuente que los genera no
permite su repetición continua y
periódica, y afecta o
compromete la disminución del
patrimonio del Estado en el
presente o en el futuro.
4. Económico:
Ordinarios: importan un ingreso de
dinero para el Estado sin que se
produzca una salida patrimonial
equivalente. Ej. : Las rentas que
devengan los bienes del Estado.
Extraordinarios: entradas
para el Estado
compensadas por una
salida patrimonial Ej. : Los
resultados de las
operaciones de crédito.
Por su origen:
RECURSOS ORIGINARIOS:
son los que provienen de los
bienes patrimoniales del
Estado o de diversos tipos
de actividades productivas
realizadas por este. Nacen
dentro del propio patrimonio
o actividad general. El
derecho del Estado a la
obtención del ingreso no
requiere ley para su
legitimidad.
RECURSOS
DERIVADOS: son los
que las entidades
públicas se procuran
mediante
contribuciones
provenientes de las
economías de los
individuos
pertenecientes a la
comunidad.
5. RECURSOS PATRIMONIALES PROPIAMENTE
DICHOS O DE DOMINIO:
BIENES DE DOMINIO PUBLICO: el
Estado posee bienes destinados al
disfrute de toda la comunidad y que
son utilizables por sus
componentes en forma directa y
general. Surgen por causas
naturales.
BIENES DE DOMINIO PRIVADO: el Estado posee
otros bienes que pueden satisfacer necesidades
individuales o colectivas, pero que no se afectan al
uso de todos lo habitantes sino al de determinadas
personas vinculadas a ellos por algún tipo de
contratación.
6. RECURSOS DE LAS EMPRESAS ESTATALES
Las empresas públicas son unidades
económicas de producción que
desarrollan actividades de índole
diversa, produciendo bienes o
servicios con destino al mercado
interno y externo.