Este documento describe los diferentes tipos de transformación de sociedades según la ley peruana y los procedimientos para llevarlos a cabo. Se explican tres tipos de transformación: 1) de una sociedad a otro tipo societario, 2) de una sociedad a otra entidad jurídica, y 3) de otra entidad jurídica a una sociedad. Para cada caso se detallan los pasos a seguir como aprobar el cambio en asamblea general, publicarlo y elevarlo a escritura pública e inscribirlo en el registro correspondiente.
Saludos. He aquí un trabajo realizado por estudiantes de la carrera de Contabilidad, originalmente era una diapositiva para exponer y ya, pero opto por compartirlo pues me gusto crear este trabajo y aun más su contenido. Espero que les sea útil.
Paz.
Esta sociedad comercial se caracteriza por tener Socios Gestores que administran la sociedad y responden ilimitadamente, y Socios Comanditarios que aportan capital pero no administran, respondiendo sólo hasta el monto aportado. Los Socios Gestores llevan a cabo la administración y representación de la sociedad, mientras que los Socios Comanditarios tienen responsabilidad limitada y no pueden intervenir en la gestión. La sociedad se disuelve por vencimiento de plazo, acuerdo de socios o pérdida del capital en más del 50%.
La constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) requiere 1) la escritura de constitución y aporte de capital, 2) inscripciones en los Registros Públicos, 3) inscripción en la Dirección de Apoyo del Ministerio de Hacienda, y 4) la rúbrica de los Libros Contables. Una SRL limita la responsabilidad de los socios al capital aportado y requiere mantener una reserva legal del 5% de las utilidades netas hasta alcanzar el 20% del capital suscripto.
La sociedad en comandita simple consiste en socios comanditados que responden de manera ilimitada por las deudas sociales, y socios comanditarios cuya responsabilidad se limita a sus aportaciones. Los comanditarios no pueden participar en la gerencia pero sí solicitar información. Las decisiones se toman según los estatutos o por solicitud de un socio comanditado. Al fallecer un comanditado la sociedad puede continuar si los herederos asumen su rol, mientras que la muerte de un comanditario no causa disolución.
El documento describe las características de las sociedades civiles. Estas se constituyen para realizar actividades económicas mediante el ejercicio personal de una profesión u otras actividades por parte de los socios, a diferencia de las sociedades mercantiles. Las sociedades civiles pueden ser ordinarias o de responsabilidad limitada, y deben regular aspectos como el capital social, las participaciones de los socios, la administración, la junta de socios y los libros contables.
Este documento describe las características de las sociedades colectivas. Explica que en estas sociedades, los socios responden de forma ilimitada por las deudas sociales. También señala que la ley no establece normas sobre el capital de estas sociedades, dejando ese tema a criterio de los socios. Por último, analiza las ventajas e inconvenientes de este tipo de sociedades.
SOCIEDAD ANONIMA DE RESPONSABILIDAD LIMITADAOrozco Jorge
Este documento describe las características de una sociedad de responsabilidad limitada (S. de R. L.) según la ley general de sociedades mercantiles de México. Una S. de R. L. es una sociedad en la que los socios solo son responsables hasta el monto de sus aportaciones y no pueden transferir sus partes sociales libremente. El documento explica requisitos como el número mínimo y máximo de socios, la composición del capital social, y las facultades de la asamblea de socios y los administradores.
Este documento define y explica los conceptos básicos de las sociedades mercantiles en España. Describe las diferentes clases de sociedades mercantiles como sociedades personalistas, intermedias y capitalistas, y explica las características clave de cada tipo. También introduce los conceptos básicos de la contabilidad de sociedades y define qué es la contabilidad de sociedades.
Saludos. He aquí un trabajo realizado por estudiantes de la carrera de Contabilidad, originalmente era una diapositiva para exponer y ya, pero opto por compartirlo pues me gusto crear este trabajo y aun más su contenido. Espero que les sea útil.
Paz.
Esta sociedad comercial se caracteriza por tener Socios Gestores que administran la sociedad y responden ilimitadamente, y Socios Comanditarios que aportan capital pero no administran, respondiendo sólo hasta el monto aportado. Los Socios Gestores llevan a cabo la administración y representación de la sociedad, mientras que los Socios Comanditarios tienen responsabilidad limitada y no pueden intervenir en la gestión. La sociedad se disuelve por vencimiento de plazo, acuerdo de socios o pérdida del capital en más del 50%.
La constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) requiere 1) la escritura de constitución y aporte de capital, 2) inscripciones en los Registros Públicos, 3) inscripción en la Dirección de Apoyo del Ministerio de Hacienda, y 4) la rúbrica de los Libros Contables. Una SRL limita la responsabilidad de los socios al capital aportado y requiere mantener una reserva legal del 5% de las utilidades netas hasta alcanzar el 20% del capital suscripto.
La sociedad en comandita simple consiste en socios comanditados que responden de manera ilimitada por las deudas sociales, y socios comanditarios cuya responsabilidad se limita a sus aportaciones. Los comanditarios no pueden participar en la gerencia pero sí solicitar información. Las decisiones se toman según los estatutos o por solicitud de un socio comanditado. Al fallecer un comanditado la sociedad puede continuar si los herederos asumen su rol, mientras que la muerte de un comanditario no causa disolución.
El documento describe las características de las sociedades civiles. Estas se constituyen para realizar actividades económicas mediante el ejercicio personal de una profesión u otras actividades por parte de los socios, a diferencia de las sociedades mercantiles. Las sociedades civiles pueden ser ordinarias o de responsabilidad limitada, y deben regular aspectos como el capital social, las participaciones de los socios, la administración, la junta de socios y los libros contables.
Este documento describe las características de las sociedades colectivas. Explica que en estas sociedades, los socios responden de forma ilimitada por las deudas sociales. También señala que la ley no establece normas sobre el capital de estas sociedades, dejando ese tema a criterio de los socios. Por último, analiza las ventajas e inconvenientes de este tipo de sociedades.
SOCIEDAD ANONIMA DE RESPONSABILIDAD LIMITADAOrozco Jorge
Este documento describe las características de una sociedad de responsabilidad limitada (S. de R. L.) según la ley general de sociedades mercantiles de México. Una S. de R. L. es una sociedad en la que los socios solo son responsables hasta el monto de sus aportaciones y no pueden transferir sus partes sociales libremente. El documento explica requisitos como el número mínimo y máximo de socios, la composición del capital social, y las facultades de la asamblea de socios y los administradores.
Este documento define y explica los conceptos básicos de las sociedades mercantiles en España. Describe las diferentes clases de sociedades mercantiles como sociedades personalistas, intermedias y capitalistas, y explica las características clave de cada tipo. También introduce los conceptos básicos de la contabilidad de sociedades y define qué es la contabilidad de sociedades.
La sociedad en comandita tiene un origen antiguo derivado del contrato de encargo que permitía a los nobles participar en el comercio. Se caracteriza por tener dos tipos de socios: socios colectivos que responden de manera ilimitada y socios comanditarios que responden sólo hasta su aporte. Los socios colectivos administran la sociedad mientras que los socios comanditarios no suelen participar en la administración salvo pacto en contrario.
La fusión de sociedades implica la unión de dos o más sociedades para formar una sola. Existen dos formas de fusión: por incorporación, en la que las sociedades que se fusionan se extinguen e incorporan a una nueva sociedad; y por absorción, donde las sociedades absorbidas se extinguen y son absorbidas por una sociedad existente. El proceso requiere la aprobación de un proyecto de fusión por el directorio o administración de cada sociedad, la convocatoria a junta general para su aprobación, la publicación de av
La sociedad limitada tiene como características principales que tiene entre 1 y varios socios con responsabilidad limitada al capital aportado, un capital social mínimo de 3.000€ y puede tener distintos órganos de administración como un administrador único o un consejo de administración. Tiene ventajas como la responsabilidad limitada y bajos costes de constitución pero inconvenientes como la no fácil transmisibilidad de las participaciones y el tiempo que lleva constituirla.
La sociedad civil es un contrato entre dos o más personas para poner en común dinero, bienes o industria con el objetivo de compartir ganancias. La junta de socios es la máxima autoridad y se encarga de la toma de decisiones. La administración puede ser llevada a cabo por un administrador único, de forma mancomunada requiriendo consentimiento de todos, o de forma solidaria donde cada socio puede administrar por separado.
Prof. Gustavo Enrique Belizario Sánchez /Alumno: Jorge Luis Castro Colina, Derecho mercantil y las sociedades.
Derecho mercantil y las sociedades.
Mientras muchos países estaban utilizando las sociedades de responsabilidades limitadas, en Venezuela seguíamos dándole más importancia a las sociedades anónimas.
El Derecho Mercantil no para de evolucionar y avanza al ritmo
que avanzan las sociedades económicamente.
Este documento presenta una introducción a los conceptos fundamentales de las empresas societarias desde una perspectiva legal y contable. Explica las características de las diferentes formas de empresas, incluyendo las definiciones de empresa, sociedad, tipos de sociedades, libros de contabilidad y marco legal relevante. El objetivo es que los estudiantes comprendan los aspectos básicos de las empresas societarias para implementar correctamente los libros de contabilidad.
Este documento resume las principales características de las sociedades mercantiles en México. Define una sociedad mercantil como una asociación de dos o más personas que unen capitales con un fin económico común y lucrativo. Explica las diferentes especies de sociedades mercantiles reconocidas por la ley general de sociedades mercantiles de México, incluyendo sociedades colectivas, comanditarias simples, de responsabilidad limitada, anónimas y cooperativas. También describe aspectos como la constitución, administración, responsabilidad
La sociedad colectiva es un tipo de sociedad mercantil en la que al menos dos socios comparten la gestión y se responsabilizan de forma ilimitada e indivisible de las deudas sociales. Puede haber socios capitalistas que aportan capital y socios industriales que solo aportan trabajo. Las decisiones se toman por mayoría de capital social en las reuniones de socios.
Este documento describe las características y regulaciones de una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada en Perú. Define que los socios no superan los 20 y no responden personalmente por las deudas de la sociedad. La administración está a cargo de uno o más gerentes que representan a la sociedad. También establece reglas sobre la transmisión de participaciones sociales, la exclusión de socios, y las estipulaciones que debe incluir el pacto social.
Las sociedades colectivas industriales son sociedades donde los socios aportan trabajo personal pero no pueden participar en la gestión, a menos que se pacte lo contrario. Existen dos tipos de socios: los capitalistas, que aportan trabajo y capital y gestionan la sociedad, y los industriales, que solo aportan trabajo y no pueden gestionarla. Históricamente, la primera forma de sociedad colectiva fue la comunidad de herederos, basada en la aportación conjunta de capital y fuerza de trabajo.
Este documento define la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) en México y describe sus características principales. Explica que una SRL limita la responsabilidad de los socios a sus aportaciones de capital y que está regulada por la Ley General de Sociedades Mercantiles. También resume los derechos y obligaciones de los socios, los órganos de gobierno como la asamblea y administración, y que su regulación busca eliminar restricciones de la sociedad anónima manteniendo algunas características de las sociedades de personas.
La sociedad colectiva es la forma más antigua y sencilla de constituir una sociedad mercantil. Se compone de dos o más socios que responden de forma ilimitada y solidaria a las deudas de la sociedad. Cada socio aporta capital y bienes a la sociedad y participa en su administración.
La Empresa Unipersonal de Responsabilidad Limitada permite que una sola persona desarrolle una actividad empresarial sin necesidad de socios. El propietario asume las responsabilidades legales y deudas de la empresa de forma limitada al patrimonio de la empresa. Algunos ejemplos son farmacias, bodegas y restaurantes.
El documento describe las características de dos tipos de sociedades: la sociedad en comandita simple y la sociedad en comandita por acciones. Ambas incluyen socios comanditantes con responsabilidad ilimitada que administran la sociedad, y socios comanditarios con responsabilidad limitada. La sociedad en comandita simple se diferencia en que no está dividida en acciones, mientras que la sociedad en comandita por acciones sí lo está.
La ley general de sociedades mercantiles establece las características de las sociedades en nombre colectivo y en comandita simple. Las sociedades en nombre colectivo son de personas donde todos los socios responden ilimitadamente de las deudas, mientras que en las sociedades en comandita simple coexisten socios colectivos que responden ilimitadamente y socios comanditarios cuya responsabilidad se limita a su capital.
Este documento proporciona información sobre la Sociedad Limitada, la forma jurídica más común elegida por los emprendedores para iniciar un negocio. Explica que es una sociedad capitalista con responsabilidad limitada a las aportaciones de los socios, que tiene personalidad jurídica propia y cuyo capital está dividido en participaciones. También describe los elementos clave que deben incluirse para constituir legalmente una Sociedad Limitada, como la denominación, capital social, domicilio, objeto social, socios y órgano de administración.
Este documento describe la sociedad en comandita simple, incluyendo: 1) Está compuesta por socios comanditados que responden ilimitadamente de las deudas y socios comanditarios cuya responsabilidad se limita a su aportación; 2) Los socios comanditados administran la sociedad mientras que los comanditarios no participan en la gestión; 3) Se requiere llevar contabilidad y libros sociales de acuerdo a la ley para documentar las operaciones de la sociedad.
Este documento describe las características de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL). Explica que una SRL es una sociedad mercantil de capital en la que el capital social está dividido en participaciones iguales e indivisibles. También describe los órganos de una SRL, incluyendo la Junta General y los Administradores, y las características clave como la responsabilidad limitada de los socios y los requisitos para la constitución de una SRL.
Este documento describe los diferentes tipos de sociedades de personas establecidas en el código de comercio de El Salvador, incluyendo la sociedad en nombre colectivo, la sociedad en comandita simple y la sociedad de responsabilidad limitada. Explica las características, responsabilidades de los socios, administración y base legal de cada una de estas formas de sociedades de personas.
La sociedad colectiva se define como un contrato entre dos o más personas que aportan dinero, trabajo u otros bienes para desarrollar una empresa y repartir sus utilidades. En esta sociedad, la responsabilidad de los socios es solidaria e ilimitada. Se requieren al menos dos socios y no hay límite máximo. Los socios pueden ser industriales (aportan trabajo) o capitalistas (aportan trabajo y capital). La administración puede corresponder a todos los socios o a uno o dos de ellos. La sociedad colectiva se disuelve por la muerte, incapacidad o
This document describes a collaboration between Hiroshima University and SCSK that lasted five years from 2016. It includes details on their educational portal called "Taoyaka" including sections on student self-assessments, educational goals, achievement levels, course information, and grading scales. Tables of data are also included tracking user activities on the portal over time.
Este documento describe los diferentes formatos y estilos que se pueden aplicar en Microsoft Word 2007, incluyendo formato de fuentes, formato de párrafos, y uso de estilos predefinidos. Se explican comandos para cambiar fuente, tamaño, estilo de fuente, y más. También se detallan opciones para cambiar alineación, sangría, espaciado, y paginación de párrafos. Finalmente, se define qué son los estilos y cómo se pueden aplicar y personalizar estilos en un documento.
La sociedad en comandita tiene un origen antiguo derivado del contrato de encargo que permitía a los nobles participar en el comercio. Se caracteriza por tener dos tipos de socios: socios colectivos que responden de manera ilimitada y socios comanditarios que responden sólo hasta su aporte. Los socios colectivos administran la sociedad mientras que los socios comanditarios no suelen participar en la administración salvo pacto en contrario.
La fusión de sociedades implica la unión de dos o más sociedades para formar una sola. Existen dos formas de fusión: por incorporación, en la que las sociedades que se fusionan se extinguen e incorporan a una nueva sociedad; y por absorción, donde las sociedades absorbidas se extinguen y son absorbidas por una sociedad existente. El proceso requiere la aprobación de un proyecto de fusión por el directorio o administración de cada sociedad, la convocatoria a junta general para su aprobación, la publicación de av
La sociedad limitada tiene como características principales que tiene entre 1 y varios socios con responsabilidad limitada al capital aportado, un capital social mínimo de 3.000€ y puede tener distintos órganos de administración como un administrador único o un consejo de administración. Tiene ventajas como la responsabilidad limitada y bajos costes de constitución pero inconvenientes como la no fácil transmisibilidad de las participaciones y el tiempo que lleva constituirla.
La sociedad civil es un contrato entre dos o más personas para poner en común dinero, bienes o industria con el objetivo de compartir ganancias. La junta de socios es la máxima autoridad y se encarga de la toma de decisiones. La administración puede ser llevada a cabo por un administrador único, de forma mancomunada requiriendo consentimiento de todos, o de forma solidaria donde cada socio puede administrar por separado.
Prof. Gustavo Enrique Belizario Sánchez /Alumno: Jorge Luis Castro Colina, Derecho mercantil y las sociedades.
Derecho mercantil y las sociedades.
Mientras muchos países estaban utilizando las sociedades de responsabilidades limitadas, en Venezuela seguíamos dándole más importancia a las sociedades anónimas.
El Derecho Mercantil no para de evolucionar y avanza al ritmo
que avanzan las sociedades económicamente.
Este documento presenta una introducción a los conceptos fundamentales de las empresas societarias desde una perspectiva legal y contable. Explica las características de las diferentes formas de empresas, incluyendo las definiciones de empresa, sociedad, tipos de sociedades, libros de contabilidad y marco legal relevante. El objetivo es que los estudiantes comprendan los aspectos básicos de las empresas societarias para implementar correctamente los libros de contabilidad.
Este documento resume las principales características de las sociedades mercantiles en México. Define una sociedad mercantil como una asociación de dos o más personas que unen capitales con un fin económico común y lucrativo. Explica las diferentes especies de sociedades mercantiles reconocidas por la ley general de sociedades mercantiles de México, incluyendo sociedades colectivas, comanditarias simples, de responsabilidad limitada, anónimas y cooperativas. También describe aspectos como la constitución, administración, responsabilidad
La sociedad colectiva es un tipo de sociedad mercantil en la que al menos dos socios comparten la gestión y se responsabilizan de forma ilimitada e indivisible de las deudas sociales. Puede haber socios capitalistas que aportan capital y socios industriales que solo aportan trabajo. Las decisiones se toman por mayoría de capital social en las reuniones de socios.
Este documento describe las características y regulaciones de una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada en Perú. Define que los socios no superan los 20 y no responden personalmente por las deudas de la sociedad. La administración está a cargo de uno o más gerentes que representan a la sociedad. También establece reglas sobre la transmisión de participaciones sociales, la exclusión de socios, y las estipulaciones que debe incluir el pacto social.
Las sociedades colectivas industriales son sociedades donde los socios aportan trabajo personal pero no pueden participar en la gestión, a menos que se pacte lo contrario. Existen dos tipos de socios: los capitalistas, que aportan trabajo y capital y gestionan la sociedad, y los industriales, que solo aportan trabajo y no pueden gestionarla. Históricamente, la primera forma de sociedad colectiva fue la comunidad de herederos, basada en la aportación conjunta de capital y fuerza de trabajo.
Este documento define la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) en México y describe sus características principales. Explica que una SRL limita la responsabilidad de los socios a sus aportaciones de capital y que está regulada por la Ley General de Sociedades Mercantiles. También resume los derechos y obligaciones de los socios, los órganos de gobierno como la asamblea y administración, y que su regulación busca eliminar restricciones de la sociedad anónima manteniendo algunas características de las sociedades de personas.
La sociedad colectiva es la forma más antigua y sencilla de constituir una sociedad mercantil. Se compone de dos o más socios que responden de forma ilimitada y solidaria a las deudas de la sociedad. Cada socio aporta capital y bienes a la sociedad y participa en su administración.
La Empresa Unipersonal de Responsabilidad Limitada permite que una sola persona desarrolle una actividad empresarial sin necesidad de socios. El propietario asume las responsabilidades legales y deudas de la empresa de forma limitada al patrimonio de la empresa. Algunos ejemplos son farmacias, bodegas y restaurantes.
El documento describe las características de dos tipos de sociedades: la sociedad en comandita simple y la sociedad en comandita por acciones. Ambas incluyen socios comanditantes con responsabilidad ilimitada que administran la sociedad, y socios comanditarios con responsabilidad limitada. La sociedad en comandita simple se diferencia en que no está dividida en acciones, mientras que la sociedad en comandita por acciones sí lo está.
La ley general de sociedades mercantiles establece las características de las sociedades en nombre colectivo y en comandita simple. Las sociedades en nombre colectivo son de personas donde todos los socios responden ilimitadamente de las deudas, mientras que en las sociedades en comandita simple coexisten socios colectivos que responden ilimitadamente y socios comanditarios cuya responsabilidad se limita a su capital.
Este documento proporciona información sobre la Sociedad Limitada, la forma jurídica más común elegida por los emprendedores para iniciar un negocio. Explica que es una sociedad capitalista con responsabilidad limitada a las aportaciones de los socios, que tiene personalidad jurídica propia y cuyo capital está dividido en participaciones. También describe los elementos clave que deben incluirse para constituir legalmente una Sociedad Limitada, como la denominación, capital social, domicilio, objeto social, socios y órgano de administración.
Este documento describe la sociedad en comandita simple, incluyendo: 1) Está compuesta por socios comanditados que responden ilimitadamente de las deudas y socios comanditarios cuya responsabilidad se limita a su aportación; 2) Los socios comanditados administran la sociedad mientras que los comanditarios no participan en la gestión; 3) Se requiere llevar contabilidad y libros sociales de acuerdo a la ley para documentar las operaciones de la sociedad.
Este documento describe las características de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL). Explica que una SRL es una sociedad mercantil de capital en la que el capital social está dividido en participaciones iguales e indivisibles. También describe los órganos de una SRL, incluyendo la Junta General y los Administradores, y las características clave como la responsabilidad limitada de los socios y los requisitos para la constitución de una SRL.
Este documento describe los diferentes tipos de sociedades de personas establecidas en el código de comercio de El Salvador, incluyendo la sociedad en nombre colectivo, la sociedad en comandita simple y la sociedad de responsabilidad limitada. Explica las características, responsabilidades de los socios, administración y base legal de cada una de estas formas de sociedades de personas.
La sociedad colectiva se define como un contrato entre dos o más personas que aportan dinero, trabajo u otros bienes para desarrollar una empresa y repartir sus utilidades. En esta sociedad, la responsabilidad de los socios es solidaria e ilimitada. Se requieren al menos dos socios y no hay límite máximo. Los socios pueden ser industriales (aportan trabajo) o capitalistas (aportan trabajo y capital). La administración puede corresponder a todos los socios o a uno o dos de ellos. La sociedad colectiva se disuelve por la muerte, incapacidad o
This document describes a collaboration between Hiroshima University and SCSK that lasted five years from 2016. It includes details on their educational portal called "Taoyaka" including sections on student self-assessments, educational goals, achievement levels, course information, and grading scales. Tables of data are also included tracking user activities on the portal over time.
Este documento describe los diferentes formatos y estilos que se pueden aplicar en Microsoft Word 2007, incluyendo formato de fuentes, formato de párrafos, y uso de estilos predefinidos. Se explican comandos para cambiar fuente, tamaño, estilo de fuente, y más. También se detallan opciones para cambiar alineación, sangría, espaciado, y paginación de párrafos. Finalmente, se define qué son los estilos y cómo se pueden aplicar y personalizar estilos en un documento.
Pesquisa - Equipamentos para transmissão e distribuição de energia [Revista O...atitudeeditorial
Linhão de Belo Monte deve aquecer setor de transmissão
Levantamento da Abinee afirma dependência do mercado de GTD de encomendas de leilões de transmissão e de geração. Já os agentes do setor de distribuição continuam apreensivos
El podcasting consiste en la distribución de archivos multimedia como audio o video a través de RSS que permite suscribirse y descargarlos para escucharlos cuando se quiera. El origen del podcasting se remonta a 2004 cuando Adam Curry usó RSS para incluir archivos de audio que podían ser gestionados con un programa llamado iPodder. Los podcasts permiten elegir entre diferentes contenidos para escucharlos cuando se quiera de manera gratuita, existiendo una gran variedad de temáticas.
Newsletter comorbilidad, uso de recursos sanitarios, productividad y qol en ...Maribel Biezma López
Este estudio comparó las características demográficas, uso de recursos sanitarios, productividad laboral y calidad de vida entre personas con hepatitis C y personas sin hepatitis C en Estados Unidos. Los resultados mostraron que las personas con hepatitis C tenían más edad, menor nivel educativo y menor ingreso que las personas sin hepatitis C. Además, las personas con hepatitis C visitaron las salas de emergencia y fueron hospitalizadas con más frecuencia, y reportaron una peor calidad de vida y mayor pérdida de productividad laboral. Este estudio demuestra la gran carga
Newsletter los pacientes parten las pastillas por la mitad para ahorrar dine...Maribel Biezma López
Este estudio analizó los efectos de la no adherencia a la medicación por ahorro en adultos europeos. Los resultados mostraron que alrededor del 3% tomó menos medicación de la prescrita, el 2% partió las pastillas por la mitad y el 1,6% compró menos pastillas para ahorrar. Estos comportamientos se asociaron con una peor calidad de vida relacionada con la salud y mayor absentismo y deterioro laboral. Reducir la no adherencia podría ahorrar costes a través de menores costes indirectos.
Este documento presenta una introducción a la programación orientada a objetos. Explica conceptos clave como clases, objetos, encapsulamiento, herencia y polimorfismo. También describe los paradigmas de programación, lenguajes orientados a objetos, y las ventajas y desventajas de este paradigma.
The document summarizes information collected during a village survey of Khewra village in Haryana, India. It notes that the village has both kuccha and pakka roads and houses of all types. It provides details on local farming including the most common crops of rice and wheat, land ownership, inputs, and marketing of produce. Key facilities in the village include a primary through senior secondary school, electricity, tap water, post office, and bank. The document collects information on demographics, occupations, and income sources of village residents through interviews with the Sarpanch.
Este estudio investigó las características y carga de la enfermedad de pacientes con hepatitis C en 8 países, utilizando una metodología estandarizada. Los resultados mostraron que la prevalencia de hepatitis C variaba entre los países, y que los pacientes experimentaban efectos en su salud física y mental, así como un mayor uso de recursos sanitarios. Los efectos específicos variaban según el país, probablemente debido a diferencias en los sistemas de salud y epidemiología de la hepatitis C. El estudio concluye que la carga de la enfer
El documento describe los pasos para crear un blog, que incluyen acceder a Gmail para crear una cuenta de correo, luego usar esa cuenta para acceder a Blogger y crear una cuenta allí ingresando datos personales y confirmando la seguridad con un código enviado al teléfono.
La transformación de una sociedad permite cambiar su forma jurídica sin disolverse, adoptando el régimen de la nueva forma. La responsabilidad de los socios por deudas anteriores no cambia, salvo que la nueva forma sea de responsabilidad ilimitada. La participación de los socios en el capital tampoco se modifica sin su consentimiento, excepto por ejercicio del derecho de separación. El proceso requiere acuerdo de junta general, publicaciones y balance antes de la escritura pública.
El documento describe los procedimientos para la transferencia de acciones en las sociedades anónimas. Para que una transferencia de acciones sea válida, el transferente y el adquirente deben celebrar un contrato de transferencia por escrito y comunicar la transferencia a la sociedad para su anotación en el libro de matrícula de acciones. Adicionalmente, las sociedades anónimas están obligadas a comunicar las transferencias de acciones a la Administración Tributaria dentro de los diez días posteriores a la transferencia.
La sociedad de responsabilidad limitada en México se rige por la Ley General de Sociedades Mercantiles. Se constituye entre socios que solo están obligados al pago de sus aportaciones. La sociedad tiene personalidad jurídica propia y se representa a través de administradores. Las asambleas de socios toman las decisiones más importantes de la sociedad y los administradores gestionan la operación diaria.
La sociedad en comandita por acciones es un tipo de sociedad mixta que combina características de la sociedad anónima y de la sociedad comanditaria simple. Cuenta con dos tipos de socios: los socios colectivos, que son responsables ilimitadamente y gestionan la administración, y los socios comanditarios, cuyas aportaciones se representan mediante acciones y cuya responsabilidad se limita al capital aportado. Se rige principalmente por las normas de la sociedad anónima, a excepción de la administración, que
El documento habla sobre los conceptos de empresa y su clasificación en el Perú. Resume que una empresa puede ser unipersonal o pluripersonal. Las empresas unipersonales incluyen la EIRL. Las empresas pluripersonales incluyen diversas sociedades como la sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad colectiva y sociedades en comandita. Cada sociedad tiene características específicas en términos de número de socios, responsabilidad y gestión.
Los diversos tipos de sociedades mercantiles. De acuerdo a la Ley de Sociedades Mercantiles se menciona seis tipos de sociedades de personalidad jurídica, y, además, regula la asociación en participación, que carece de ella. De los seis tipos sociales, uno, la cooperativa, es materia de una legislación especial, formada por la Ley de Sociedades Cooperativas
La sociedad colectiva es una forma de sociedad comercial en la que los socios responden de forma ilimitada y solidaria por las deudas sociales. Se caracteriza por tener entre 2 y más socios que participan directamente en la gestión y tienen responsabilidad ilimitada. Existen dos tipos de socios: capitalistas, que aportan capital y trabajo, e industriales, que solo aportan trabajo.
El documento describe las sociedades de personas, que son asociaciones voluntarias de individuos que proporcionan un medio conveniente y poco costoso para combinar capital y habilidades especiales. Estas sociedades no son entidades legales separadas, pero requieren personalidad jurídica para adquirir derechos y obligaciones. Dos ejemplos son las sociedades colectivas y las sociedades en comandita simple, donde los socios responden ilimitada y solidariamente por las deudas de la sociedad.
Este documento resume los aspectos legales clave para constituir una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL) en Perú. Explica que una SRL puede tener hasta 20 socios y que su responsabilidad es limitada al aporte de cada socio. También cubre temas como los requisitos de los aportes societarios, la transferencia de participaciones, y las cargas y gravámenes sobre las participaciones de una SRL.
Este documento describe las características y tipos de sociedades comerciales. Explica que las sociedades comerciales tienen como objetivo la realización de actividades comerciales lucrativas. Se clasifican según su capital, constitución y responsabilidad de los socios. También describe los procesos de transformación, fusión, división, disolución y liquidación de las sociedades comerciales.
1) La Sociedad de Responsabilidad Limitada es una sociedad mercantil donde el capital está dividido en participaciones de los socios y cuya responsabilidad se limita al capital aportado.
2) Las sociedades pueden disolverse por varias causas como expiración de plazo o por acuerdo, y luego pasan por liquidación, fusión o transformación a otro tipo social.
3) Las sociedades irregulares no cumplen todos los requisitos formales de constitución pero manifiestan externamente una actividad mercantil.
El documento describe las características fundamentales de las sociedades mercantiles en México. Explica los tipos de sociedades reconocidas legalmente, los requisitos para su constitución como personalidad jurídica, y los pasos del proceso de liquidación al disolverse una sociedad.
Este documento describe las diferentes clases de sociedades irregulares, incluyendo sociedades en formación irregulares, sociedades de hecho, y sociedades irregulares propiamente dichas. Explica que las sociedades irregulares carecen de uno o más requisitos formales pero realizan actividades comerciales. Los efectos de la irregularidad incluyen responsabilidad solidaria e ilimitada de los socios hacia terceros, y el derecho de los socios a pedir la regularización o separación de la sociedad.
Una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) es una unión de personas cuya responsabilidad está limitada al capital aportado. Para constituir una SRL se requiere obtener un certificado de denominación social, constituirla mediante escritura pública e inscribirla en el Registro Mercantil. La SRL debe tener un objeto social permitido por la ley, un capital social representado por cuotas de los socios, y puede tener uno o más órganos para la administración y fiscalización.
Sociedad de responsabilidad limitada derecho originalAndres Bertossi
Este documento describe los requisitos y características de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) en Argentina. Explica que una SRL requiere al menos 2 socios y un máximo de 50, y que su capital está dividido en cuotas iguales que limitan la responsabilidad de los socios a sus aportes. También describe los órganos de administración y fiscalización de una SRL y los derechos y obligaciones de los socios.
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Sociedades de Perú. Explica que la ley regula las diferentes formas de sociedades como sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas y en comandita. También describe los requisitos y características de cada tipo de sociedad, así como el alcance y objetivos de la ley.
El documento describe las características de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL). Una SRL es una sociedad mercantil en la que la responsabilidad de los socios está limitada a sus aportes de capital. Las SRL tienen personalidad jurídica distinta a sus socios y ofrecen protección de responsabilidad personal. El documento también cubre temas como la administración, disolución, fusión y liquidación de una SRL.
El documento describe las figuras jurídicas de fusión, escisión y transformación de sociedades mercantiles. Explica que la fusión implica la unión de dos o más sociedades, la escisión implica la división de una sociedad en dos o más partes, y la transformación implica el cambio de una sociedad a otro tipo legal. También resume los requisitos y procedimientos legales para realizar cada una de estas modificaciones de las sociedades mercantiles de acuerdo con la ley general de sociedades mercantiles de México.
El documento proporciona información sobre las sociedades en comandita. Explica que estas sociedades combinan características de las sociedades personales y de capital, con algunos socios (colectivos) que responden ilimitadamente por las deudas y otros (comanditarios) que solo responden hasta su inversión. También describe las diferencias entre la sociedad en comandita simple y la sociedad en comandita por acciones.
El documento describe las características fundamentales de las personas y las personas jurídicas. Indica que toda persona humana puede tener derechos y obligaciones, y que en Argentina el Código Civil reconoce la existencia de las personas desde la concepción. También explica que las personas jurídicas tienen una personalidad jurídica propia y capacidad para actuar como sujetos de derecho, naciendo por un acto jurídico y pudiendo requerir publicidad e inscripción en un registro público.
1. Actualidad Empresarial
VIIIÁrea Empresarial
VIII-1N° 215 Segunda Quincena - Setiembre 2010
InformesEspeciales
VIII
Regulación de la Transformación de
Sociedades en el Perú
C o n t e n i d o
INFORMES ESPECIALES
Regulación de la Transformación de Sociedades en el Perú VIII-1
Iniciación del procedimiento administrativo VIII-3
GLOSARIO EMPRESARIAL VIII-4
Ficha Técnica
Autor : Dr. Cristhian Northcote Sandoval
Título : Regulación de la Transformación de Socie-
dades en el Perú
Fuente: Actualidad Empresarial, Nº 215 - Segunda
Quincena de Setiembre 2010
1. Introducción
La Ley N° 26887 - Ley General de Socie-
dades, en adelante LGS, contempla en su
regulación diversos tipos societarios, los
cuales tienen por finalidad que las perso-
nas que buscan asociarse para desarrollar
una determinada actividad comercial
encuentren un marco legal adecuado para
su forma de organización.
Sin embargo, no es raro encontrar casos
de sociedades que han sido formadas
adoptando un determinado tipo socie-
tario más por convención o costumbre
que por una decisión tomada sobre la
base de la utilidad o conveniencia del
tipo societario adoptado.
Aunque en muchos de estos casos la
sociedad puede funcionar sin mayores
dificultades, existen supuestos en los que
una mala decisión al momento de deter-
minar el tipo societario puede dificultar
gravemente la actividad de la sociedad e
incluso su existencia.
Cuando esta situación es detectada y se
quiere solucionar, el mecanismo a seguir
es el de la transformación.
El presente informe tiene por finalidad
exponer cuáles son los distintos casos de
transformación societaria existentes, sus
efectos y los pasos a seguir para lograr la
transformación.
2. Marco legal
La transformación de sociedades está
regulada por los artículos 333° al 343°
de la LGS.
3. Supuestos de transformación
en la LGS
La LGS establece en su artículo 333° los
casos en los que se aplica la transformación
desociedades.Así,esteartículodisponeque
las sociedades reguladas por la LGS podrán
transformarseencualquierotraclasede so-
ciedad o persona jurídica contemplada en
las leyes del Perú. Además, este artículo
establece que cualquier persona jurídica
contemplada por la legislación peruana
puede transformarse en alguna de las
sociedades reguladas por la LGS.
De esta manera, tenemos tres supuestos
de transformación:
3.1. Transformación de una sociedad a
otro tipo societario regulado por la LGS
Esteeselcasomásusualdetransformación.
En este supuesto, una sociedad que ha sido
constituida bajo una determinada forma
societaria decide modificar su situación y
opta por otra forma societaria regulada por
laLGS.Estoseda,porejemplo,cuandouna
sociedad anónima opta por transformarse
en una sociedad anónima cerrada.
La finalidadconlaqueseefectúauncambio
de laforma societaria suele estar relacionada
con la necesidad de contar con los mecanis-
mos del nuevo tipo societario, los cuales, a
criterio de los socios, resultan más conve-
nientes para los objetivos de su sociedad.
Entre las consecuencias que se generan a
raíz de la transformación de una sociedad,
probablemente la más importante sea la
referida al cambio de responsabilidad que
puede conllevar el cambio de un tipo
societario a otro.
En efecto, nuestra LGS regula formas
societarias en las que los socios gozan
de una responsabilidad limitada con res-
pecto a las obligaciones de la sociedad.
Esto quiere decir, que las obligaciones de
la sociedad deben ser cubiertas con su
patrimonio mas no con el de los socios
que la conforman, por lo que su respon-
sabilidad se limita a los aportes que hayan
efectuado al capital de la sociedad.
Los tipos societarios que cuentan con
responsabilidad limitada son la sociedad
anónima, la sociedad anónima cerrada,
la sociedad anónima abierta, la sociedad
comercial de responsabilidad limitada,
la sociedad en comandita con respecto a
los socios comanditarios y las sociedades
civiles de responsabilidad limitada.
Pero la LGS también regula sociedades en
las que la responsabilidad de los socios
no está limitada a sus aportes al capital
de la sociedad, por lo que las obligacio-
nes asumidas por ésta, serán cubiertas
con su patrimonio pero también con el
patrimonio personal de cada uno de los
socios. Las sociedades de responsabilidad
ilimitada que regula la LGS son la socie-
dad colectiva, la sociedad en comandita
con respecto a los socios colectivos y la
sociedad civil ordinaria.
Siendo esto así, es posible que como
consecuencia de la transformación se
produzca un cambio en la responsabilidad
que tenían los socios con anterioridad a la
transformación. Frente a esta posibilidad,
la LGS ha establecido las siguientes reglas:
3.1.1. Cambio de responsabilidad
limitada a ilimitada
Cuando la transformación de la sociedad
genera que la responsabilidad de los
socios cambie de limitada a ilimitada, la
LGS dispone que la ausencia de límite en
la responsabilidad de los socios se aplicará
incluso para las obligaciones que hubie-
ran sido contraídas con anterioridad a la
transformación de la sociedad.
3.1.2. Cuando se cambia la responsa-
bilidad ilimitada por la responsabili-
dad limitada
Si como consecuencia de la transforma-
ción de una sociedad se modifica la res-
ponsabilidad ilimitada de los socios a una
responsabilidad limitada, dicha limitación
2. Instituto Pacífico
VIII
VIII-2 N° 215 Segunda Quincena - Setiembre 2010
Informes Especiales
sólo será oponible a las obligaciones que
contraiga la sociedad con posterioridad
a la transformación. Esto significa que
las obligaciones contraídas con anteriori-
dad a la transformación de la sociedad,
mantendrán el respaldo consistente en la
responsabilidad personal de los socios,
incluso contra aquellos que hubieran
dejado de formar parte de la sociedad.
3.2. Transformación de una sociedad
regulada por la LGS a otro tipo de
persona jurídica regulada por otras
leyes peruanas
Éste es el segundo supuesto de transfor-
mación societaria regulado por la LGS. En
este caso, una sociedad regulada por la
LGS, como puede ser una sociedad anóni-
ma o una sociedadcivilderesponsabilidad
limitada, decide transformarse en una
persona jurídica regulada por otras disposi-
ciones legales del Perú. Estas otras personas
jurídicas vienen a ser las reguladas por el
Código Civil, como son las asociaciones, los
comités,lasfundacionesylascomunidades
campesinas y nativas. Además, tenemos a
la Empresa Individual de Responsabilidad
Limitada – EIRL y a las Cooperativas,
reguladas por sus propias leyes.
Lo particular de esta situación es que la
transformación de una sociedad a una
persona jurídica regulada por disposicio-
nes distintas a la LGS, puede suponer la
desaparición del fin de lucro. Entiéndase
por fin de lucro no a la realización de
operaciones que generen ganancias,
pues de hecho, las asociaciones, comités
y otras formas de personas jurídicas de
carácter no societario realizan operacio-
nes comerciales que generan ganancias.
Debemos entender al fin de lucro como
la distribución de las ganancias obtenidas
entre los miembros de la persona jurídica,
como es el caso de la distribución de divi-
dendos entre los socios de una sociedad
anónima. Esta distribución no es posible
entre los miembros de una asociación o
en un comité, aunque sí lo es en el caso
de la EIRL, en el que, evidentemente, las
utilidades obtenidas son para beneficio
del titular de la empresa.
Además, la transformación de una socie-
dad regulada por la LGS a una persona
jurídica de derecho civil, implica la des-
aparición de la participación en el capital
de la persona jurídica. En efecto, mientras
que en una sociedad los socios poseen
un porcentaje de participación sobre el
capital social, el cual determina su por-
centaje de participación en las utilidades,
el peso de su voto en las decisiones que
se adopten a nivel de la junta de socios,
entre otros aspectos; en las asociacio-
nes, comités, cooperativas, fundaciones
y comunidades campesinas todos los
asociados carecen de un porcentaje de
representación en el patrimonio de la per-
sona jurídica, por lo que, por ejemplo, sus
votos tienen el mismo peso al momento
de adoptar un acuerdo.
3.3. Transformación de una persona
jurídica regulada por otras leyes perua-
nas a una sociedad regulada por la LGS
Éste es el tercer supuesto de transforma-
ción. En este caso, una persona jurídica
de derecho civil, como puede ser una
asociación, un comité o una fundación,
decide transformarse en una sociedad
regulada por la LGS.
Sucede muchas veces que los miembros
de una persona jurídica de derecho civil,
que la constituyeron con la idea de rea-
lizar actividades para el beneficio de sus
asociados, como puede ser un club de-
portivo, una asociación educativa, entre
otros, decidenqueresultamásconveniente
a sus intereses transformar la asociación a
fin que a través de una forma societaria re-
gulada por la LGS, puedan distribuirse las
utilidades que obtengan de su actividad.
Siendo esto así, los socios deberán cons-
tituir un patrimonio que será el capital
social de la nueva sociedad. En estos
casos, es común que se aporten los bienes
de propiedad de la asociación y que se
determinen participaciones iguales para
todos los asociados. Pero nada impide
que puedan pactar su participación de
manera distinta.
4. Procedimiento para la trans-
formación de sociedades
El procedimiento a seguir para trans-
formar una sociedad, dependerá del
supuesto de transformación en el que nos
encontremos.
4.1. Para el caso de la transformación
de una sociedad a otra forma societa-
ria regulada por la LGS
En estos casos, la transformación deberá
acordarse en junta general de socios. En
dicho acuerdo se aprobará el nuevo esta-
tuto de la sociedad, el cual por supuesto,
deberá ser acorde con las disposiciones
que regulen a la nueva forma societaria
adoptada. Este acuerdo será inscrito en la
partida registral correspondiente.
4.2. Para el caso de la transformación
de una sociedad regulada por la LGS a
otro tipo de persona jurídica regulada
por otras leyes peruanas
En estos casos, el acuerdo de transforma-
ción también deberá ser tomado por la
junta general de socios, en el cual deberá
aprobarse el estatuto de la nueva forma
de organización que se esté adoptando.
En este estatuto se deberá establecer la
nueva denominación de la persona jurí-
dica, el patrimonio afectado al capital de
la nueva organización, el régimen de los
órganos internos, entre otros aspectos.
4.3. Para el caso de la transformación
de una persona jurídica regulada por
otras leyes peruanas a una sociedad
regulada por la LGS
En este caso, el acuerdo de transforma-
ción deberá ser tomado por la Asamblea
General o el órgano de mayor decisión
en la organización. En dicho acuerdo, se
deberá aprobar el estatuto de la sociedad
que se está formando, el cual deberá
reunir los requisitos exigidos por la LGS
para el tipo societario correspondiente.
Además, el acuerdo deberá establecer
el régimen patrimonial de la sociedad,
estableciendo los aportes al capital y
la participación que le corresponderá a
cada socio.
5. Conclusión
Después de haberdesarrolladolosdiversos
supuestos en los que opera la transforma-
ción de sociedades, así como el proce-
dimiento a seguir para proceder a dicho
proceso de transformación, consideramos
necesario señalar que la decisión de trans-
formar a una persona jurídica debe tener
un sustento en las necesidades económicas
o estructurales de cada organización. La
finalidaddelosprocesosdetransformación
societaria es que la nueva organización que
se adopte permita obtener un mejor des-
empeñoenlasoperacionesqueserealicen.
Por ello, sugerimos que el acuerdo de
transformación sea evaluado con sumo de-
tenimiento a fin de no caer nuevamente en
unasituaciónenlaquesetengaquerecurrir
a otro proceso de transformación.
Procedimiento para la Transformación de Sociedades
Transformación de una sociedad a
otro tipo societario regulado por
la LGS
Transformación de una sociedad
regulada por la LGS a una persona
jurídica no societaria
Transformación de una persona
jurídica no societaria a una so-
ciedad regulada por la LGS (
*)
1. Acuerdo de Junta General de Socios.
2. Publicación del acuerdo por tres días
con intervalos de cinco días entre
cada publicación.
3. El derecho de separación debe ser
ejercido dentro de los diez días
siguientes a la última publicación.
4. Elevación del acuerdo a escritura
pública.
5. Dentro de los treinta días siguientes
a la fecha de la escritura pública, la
sociedad debe elaborar un balance
de transformación cerrado a la fecha
correspondiente al día anterior de la
escritura.
6. Inscripción del acuerdo en la partida
registral de la sociedad.
1. Acuerdo de Junta General de Socios.
2. Publicación del acuerdo por tres días
con intervalos de cinco días entre
cada publicación.
3. El derechodeseparacióndebeserejer-
cido dentro de los diez días siguientes
a la última publicación.
4. Elevación del acuerdo a escritura
pública.
5. Dentro de los treinta días siguientes
a la fecha de la escritura pública, la
sociedad debe elaborar un balance
de transformación cerrado a la fecha
correspondiente al día anterior de la
escritura.
6. Inscripción del acuerdo en la partida
registral de la sociedad.
1. AcuerdodelaAsambleaGeneralo
del órgano de decisión correspon-
diente según disposición legal o
estatutaria.
2. Elevación del acuerdo a escritura
pública o documento privado
con firmas legalizadas ante
notario, según sea el caso.
3. Inscripción del acuerdo en la
partida registral de la persona
jurídica.
(*)Se debe seguir el procedimiento
fijado por la ley aplicable o el
estatuto para la modificación
estatutaria. Los pasos que se
detallan son referenciales.
3. Actualidad Empresarial
VIIIÁrea Empresarial
VIII-3N° 215 Segunda Quincena - Setiembre 2010
Iniciación del procedimiento administrativo
Ficha Técnica
Autor : Dr. Cristhian Northcote Sandoval
Título : Iniciacióndelprocedimientoadministrativo
Fuente: Actualidad Empresarial, Nº 215 - Segunda
Quincena de Setiembre 2010
1. Introducción
El procedimiento administrativo es el
conjunto de actos destinado a la emisión
de un acto administrativo emitido por un
funcionario o entidad pública en uso de sus
facultades y en ejercicio de su competencia,
paraotorgar,reconocer,regular,extinguirlos
derechos de un administrado o imponer las
sancionesporlacomisióndeunainfracción.
Como tal, el procedimiento administrativo
tieneunaseriedeetapasqueconducenala
emisión del acto administrativo. Evidente-
mente, la primera etapa es la de iniciación
del procedimiento, que como veremos
en el presente informe, puede producirse
de diversas formas y con determinadas
formalidades.
2. Marco legal
La regulación del procedimiento admi-
nistrativo general y de las formalidades
para su iniciación están reguladas en la
Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento
Administrativo General.
3. Formas de iniciación del pro-
cedimiento
Como regla general, todo procedimiento
administrativopuedeseriniciadoasolicitud
deunadministradoydeoficio,esdecir,por
iniciativadelaentidadpúblicacompetente.
Sin embargo, por disposición legal o
atendiendo a la naturaleza o finalidad
que se persigue, existen procedimientos
que sólo pueden ser iniciados de oficio o
por solicitud de un administrado.
3.1. Iniciación de oficio
Un procedimiento administrado es inicia-
do de oficio cuando existe la disposición
de una autoridad superior que la funda-
mente, el cumplimiento de un deber legal
o el mérito de una denuncia.
Una vez dispuesto el inicio de oficio del
procedimiento se procede a notificar al
administrado o administrados cuyos in-
tereses o derechos puedan ser afectados
por los actos a ejecutar.
La notificación debe incluir la información
sobre la naturaleza, alcance y de ser pre-
visible, el plazo estimado de su duración,
así como de sus derechos y obligaciones
en el curso de tal actuación.
El supuesto más usual de un procedimien-
to iniciado de oficio es el de las acciones
de fiscalización o sanción por la comisión
de alguna infracción administrativa y, en
menor medida, a raíz de las denuncias
que formulan los administrados.
Para tal efecto, se prevé que todo admi-
nistrado está facultado para comunicar a
la autoridad competente aquellos hechos
que conociera contrarios al ordenamiento
jurídico, sin necesidad de sustentar un
interés legítimo o acreditar la afectación
inmediata de algún derecho.
La denuncia debe contener los elementos
necesarios para que la autoridad iden-
tifique la infracción cometida y, en la
medida de lo posible, la determinación
del infractor, tales como la relación de los
hechos, las circunstancias de tiempo, lugar
y modo, la indicación de los presuntos
autores, partícipes y damnificados, la
evidencia o su descripción para que la
administración proceda a su ubicación,
así como cualquier otro elemento que
permita su comprobación.
La presentación de la denuncia obliga
a la autoridad a iniciar las acciones de
comprobación y, de ser el caso, a iniciar
de oficio el procedimiento sancionador.
3.2. Sobre los procedimientos inicia-
dos a solicitud de parte
En contrapartida a los procedimientos de
oficio, la iniciación de un procedimiento
administrativo puede hacerse en virtud
del pedidodeunadministrado,enejercicio
de su derecho de petición administrativa.
Este derecho, conocido como el derecho
de petición administrativa, se encuentra regu-
lado en el artículo 106° de la Ley Nº 27444
que dispone lo siguiente:
“Artículo 106°.- Derecho de petición ad-
ministrativa
106.1 Cualquier administrado, individual o
colectivamente, puede promover por escrito
el inicio de un procedimiento administrativo
ante todas y cualesquiera de las entidades,
ejerciendo el derecho de petición reconocido
en el Artículo 2° inciso 20) de la Constitución
Política del Estado.
106.2 El derecho de petición administrativa
comprende las facultades de presentar
solicitudes en interés particular del admi-
nistrado, de realizar solicitudes en interés
general de la colectividad, de contradecir
actos administrativos, las facultades de pedir
informaciones, de formular consultas y de
presentar solicitudes de gracia.
106.3 Este derecho implica la obligación de
dar al interesado una respuesta por escrito
dentro del plazo legal”.
Tenemos entonces que el derecho de
petición administrativa contiene una
facultad general, inherente a todos los
administrados, para dar inicio a un pro-
cedimiento administrativo ante cualquier
entidad pública.
Pero, el artículo 106° también descompo-
ne el derecho de petición administrativa
en varias facultades de los administrados
para:
• Presentar solicitudes en interés parti-
cular o general.
La facultad de presentar solicitudes es el
derecho básico de todo administrado.
Como sabemos, la labor de la Admi-
nistración Pública es la realización de
actividades que tienen por finalidad la
satisfacción de los intereses y necesidades
de los administrados, ya sea con carácter
individual o general.
Por ello, el derecho de petición admi-
nistrativa implica la posibilidad de todo
administrado de efectuar solicitudes a
título individual o colectivo, que tengan
por finalidad la satisfacción de un interés
legítimo o de un derecho.
Así lo disponen los artículos 107° y 108°
de la Ley N° 27444:
“Artículo 107°.- Solicitud en interés particu-
lar del administrado
Cualquier administrado con capacidad
jurídica tiene derecho a presentarse per-
sonalmente o hacerse representar ante la
autoridad administrativa, para solicitar por
escrito la satisfacción de su interés legítimo,
obtener la declaración, el reconocimiento u
otorgamiento de un derecho, la constancia
de un hecho, ejercer una facultad o formular
legítima oposición.
Artículo 108°.- Solicitud en interés general
de la colectividad
108.1 Las personas naturales o jurídicas
pueden presentar petición o contradecir
actos ante la autoridad administrativa
competente, aduciendo el interés difuso de
la sociedad.
108.2 Comprende esta facultad la posibili-
dad de comunicar y obtener respuesta sobre
la existencia de problemas, trabas u obstácu-
los normativos o provenientes de prácticas
administrativas que afecten el acceso a las
entidades, la relación con administrados o el
cumplimiento de los principios procedimen-
tales, así como a presentar alguna sugerencia
o iniciativa dirigida a mejorar la calidad de
los servicios, incrementar el rendimiento o
cualquier otra medida que suponga un mejor
nivel de satisfacción de la sociedad respecto
a los servicios públicos”.
Resulta de especial interés las solicitudes
que pueden hacerse en interés colectivo.
Se trata de peticiones que pueden reali-
zarse para buscar soluciones a problemas
que afectan a la comunidad o a un sector
determinado de la población.
4. Instituto Pacífico
VIII
VIII-4 N° 215 Segunda Quincena - Setiembre 2010
Informes Especiales
• Contradecir los actos administrativos
La facultad de contradicción implica el
derecho de los administrados a cuestionar
los actos administrativos que violan, afec-
tan, desconocen o lesionan un derecho o
un interés legítimo, con la finalidad que
sea revocado, modificado, anulado o que
sus efectos sean suspendidos.
Esta contradicción se realiza a través de
los recursos administrativos de reconside-
ración, apelación o revisión.
• Pedir información.
El derecho de solicitar información de
las entidades públicas está previsto en el
artículo 110° de la Ley N° 27444 y con-
siste en la facultad solicitar la información
que obra en poder de las entidades, las
cuales deben contar con los mecanismos
necesarios para la atención a los pedidos.
Cabe señalar que este derecho tiene un
mayor desarrollo a través de las normas
de acceso a la información previstas en
la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, cuyo Texto Único
Ordenado fue aprobado por el Decreto
Supremo N° 043-2003-PCM.
Debe tenerse en cuenta que este dere-
cho tiene como límite la prohibición de
solicitar la información detallada en los
artículos 15° al 17° de la Ley de Transpa-
rencia y Acceso a la Información Pública.
• Formular consultas
Otra facultad que se desprende del de-
recho de petición administrativa, es la
que establece la posibilidad de formular
consultas por escrito a las entidades
administrativas, sobre las materias de
su competencia y sobre el sentido de las
normas aplicables a su sector.
Las entidades están obligadas a absolver
estas consultas, debiendo implementar
los mecanismos necesarios para su ade-
cuada atención.
• Presentar solicitudes de gracia
Las peticiones de gracia implican solicitar
a las entidades la emisión de un acto
sujeto a su discrecionalidad o a su libre
apreciación, o la prestación de un servicio
cuando no cuenta con otro título legal
específico que permita exigirlo como una
petición en interés particular.
La atención de estos pedidos requiere de
la notificación al administrado sobre la ca-
lidad graciable de lo solicitado y conlleva
la ejecución directa de lo solicitado, salvo
que por disposición expresa de la ley se
requiera de una decisión formal para su
aceptación.
4. Requisitos de los escritos
Aunque los requisitos de una solicitud
o escrito dependen del tipo de proce-
dimiento y de lo previsto en el TUPA de
cada entidad, existe un contenido general
que debe estar presente en todo escrito
presentado por los administrados:
• Nombres y apellidos completos,
domicilio y número de Documento
Nacional de Identidad o carné de
extranjería del administrado, y en su
caso, la calidad de representante y de
la persona a quien represente.
• La expresión concreta de lo pedido,
los fundamentos de hecho que lo
apoyen y, cuando le sea posible, los
de derecho.
• Lugar, fecha, firma o huella digital,
en caso de no saber firmar o estar
impedido.
• La indicación del órgano, la entidad
o la autoridad a la cual es dirigida,
entendiéndose por tal, en lo posible, a
la autoridad de grado más cercano al
usuario, según la jerarquía, con com-
petencia para conocerlo y resolverlo.
• La dirección del lugar donde se desea
recibir las notificaciones del procedi-
miento, cuando sea diferente al domi-
ciliorealexpuestoenvirtuddelnumeral
1. Este señalamiento de domicilio surte
sus efectos desde su indicación y es
presumidosubsistente,mientrasnosea
comunicado expresamente su cambio.
• La relación de los documentos y
anexos que acompaña, indicados en
el TUPA.
• La identificación del expediente de la
materia, tratándose de procedimien-
tos ya iniciados.
Los escritos son presentados en papel
simple acompañado de una copia, salvo
que fuere necesario un número mayor
para notificar a terceros. La copia es
entregada al presentante como cargo,
con la firma de la autoridad y el sello de
recepción que indique fecha, hora y lugar
de presentación.
Es obligación que las entidades de la
Administración Pública cuenten con un
área de trámite de documentario o mesa
de partes, encargada de recibir los escritos
de los administrados.
Ahora bien, sin importar que los docu-
mentos de los administrados cumplan
o no con los requisitos y formalidades
establecidos por las normas aplicables
y previstos en el TUPA de la entidad, las
unidades de trámite documentario están
obligadas a recibir los documentos y
darles ingreso para iniciar o impulsar los
procedimientos, sin que en ningún caso
pueda calificar, negar o diferir su admi-
sión, aunque sí pueden formular observa-
ciones a la presentación del documento.
En un solo acto y por única vez, las
unidades de recepción pueden formular
observaciones a los documentos de los
administrados al momento de su pre-
sentación, haciendo mención del incum-
plimiento de requisitos que no pueden
ser subsanados por la propia entidad. En
estas situaciones, se le concede a los ad-
ministrados un plazo de dos días hábiles
para la subsanación de sus documentos.
En tanto esté pendiente la subsanación de
los documentos de los administrados, se
aplicarán las siguientes reglas:
• No procede el cómputo de plazos
para que opere el silencio adminis-
trativo ni para la presentación de la
solicitud o el recurso.
• No procede la aprobación automática
del procedimiento administrativo, de
ser el caso.
• La unidad de trámite documentario
no cursa el documento a la dependen-
cia competente para sus actuaciones
en el procedimiento.
Una vez vencido el plazo de dos días
hábiles sin que el administrado hubiera
efectuado la subsanación de su documen-
to, se considerará como no presentado,
se le devolverán los recaudos cuando el
administrado se apersone a reclamarlos
y se le reembolsarán los derechos de
tramitación que hubiese pagado.
5. Continuación del procedi-
miento
Iniciado el procedimiento, la siguiente
etapa es la de instrucción, en la cual se
presentan y actúan los medios probato-
rios, la información y las diligencias nece-
sarias para que la autoridad administrati-
va pueda emitir el acto correspondiente.