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FISCALIDAD PARA
EMPRENDEDORES
CLAVES PARA LA GESTIÓN FISCAL DE TU NEGOCIO
Marzo 2014 – Zaragoza
Miriam Almazán
AFIRIS Asesoría de Empresas
#fiscalidadafiris
LOS RETOS DEL EMPRENDEDOR
LOS RETOS DEL EMPRENDEDOR
Toca resolver montones de dudas…
Quiero poner en marcha mi idea ¿Por dónde empiezo?
¿Autónomo o sociedad? ¿Qué gastos me puedo deducir? ¿Me va a
tocar pagar muchos impuestos? ¿Necesito un asesor?
En el plan de negocio los números son muy importantes.
LOS RETOS DEL EMPRENDEDOR
Clima de incertidumbre generalizada
¿Es mi negocio viable?
¿Y si crezco?
LOS RETOS DEL EMPRENDEDOR
Gana la batalla a la burocracia
Conoce tus obligaciones y … no pierdas los papeles!
LA GESTIÓN DE TU EMPRESA
Herramientas para la gestión fiscal de tu negocio
INFORMACIÓN
Conoce tu negocio y qué necesitas
Conoce los servicios para emprendedores
Pon el foco en lo importante
Internet > contrasta las fuentes
PLANIFICACIÓN
Objetivos > Plan de negocio
Plazos de los impuestos
Herramientas informáticas de gestión
COLABORACIÓN
Administración pública: AEAT, SS,….
Profesionales // el teléfono del que sabe
Internet - trámites online
LA GESTIÓN DE TU EMPRESA
Busca una fórmula que . . .
Se adapte a lo que necesitas.
¡Funcione!
VOY A
ENCARGARME
DE TODO
MIX
VOY A
EXTERNALIZAR
TODO
ONLINE
PRESENCIAL
CONTABILIDAD
FISCAL
LABORAL
LEGAL
LA GESTIÓN DE TU EMPRESA
Elige buenos colaboradores
Profesionalidad
Confianza
Seguridad
Comodidad
Transparencia
Disponibilidad
….
Rentabilidad:
Ahorro de tiempo y costes para
dedicarte a tu negocio.
Que aporten valor
añadido a tu
negocio
LOS RETOS DEL EMPRENDEDOR
¡A por todas!
LOS IMPUESTOS
TRIBUTOS: Pagos obligatorios que hacen los contribuyentes al Estado, a las
comunidades autónomas o a los ayuntamientos, y constituyen la principal fuente
de ingresos del sector público.
IMPUESTOS:
Tributos exigidos por las Administraciones Públicas sin
que haya una contraprestación directa para el
contribuyente, es decir, no hay un destino concreto
para ese dinero.
TASAS:
Tributos que se pagan por el uso de un bien o servicio
ofrecido por la Administración.
CONTRIBUCIONES ESPECIALES:
Tributos que pagan quienes se benefician de una obra
o servicio público.
LOS IMPUESTOS
Impuestos DIRECTOS / INDIRECTOS
IMPUESTOS DIRECTOS:
Gravan la renta de las personas y empresas en función de sus circunstancias económicas y
familiares. Pagan más los que más tienen., gravan la riqueza.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Impuesto sobre sociedades (IS).
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Impuesto sobre el Patrimonio
IMPUESTOS INDIRECTOS
Gravan hechos concretos como el consumo, independientemente de la identidad y de las
circunstancias concretas de la persona que los realiza. Los pagamos todos, gravan el uso de la
riqueza.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados (ITAJD)
Impuestos Especiales (aduanas, hidrocarburos, transporte…)
IMPUESTOS Y TASAS LOCALES:
IBI (contribución)
Impuesto de circulación
Licencias de apertura y construcciones
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
LOS IMPUESTOS
Mini diccionario de fiscalidad
Fuente
LOS IMPUESTOS
¿Dónde van a parar mis impuestos?
www.dondevanmisimpuestos.es
Cada año el Gobierno aprueba
los Presupuestos Generales del
Estado, decidiendo las partidas
a las que se destinarán los
ingresos públicos.
Estos ingresos provienen en
parte de los impuestos y las
cotizaciones laborales de las
empresas.
Puedes decidir el destino de un 0,7%
de la cuota íntegra del IRPF: Iglesia
católica o fines sociales.
LOS IMPUESTOS
¿Pagamos impuestos igual en todo el territorio? El I.R.P.F.
LOS IMPUESTOS
¿Pagamos impuestos igual en todo el territorio? El I.V.A.
Cada país del territorio
europeo decide qué tipo
de IVA aplicar.
Infografía 2012 (subida del IVA en
España)
¿Y en Canarias?
I.G.I.C. Impuesto General
Indirecto Canario.
Tipo general 7%
LOS IMPUESTOS
El fraude fiscal y la economía sumergida
A la economía sumergida le va bien con la crisis. Gestha estima que la economía
sumergida en España asciende al 24,6% del PIB en 2012. El dinero negro que
circula por el país asciende a 253.000 millones de euros, unos 60.000 millones más
que al principio de la crisis en 2008. Informe 29/1/2014
El fraude fiscal nos pasa factura a todos. Cada ciudadano decide.
LOS IMPUESTOS
Combatir el fraude fiscal ¿Cómo nos controla Hacienda?
. Prohibido el efectivo superior a 2.500 €
. Modelo 347: Contrastar operaciones superiores a 3.005,06 €
. Datos comunicados por las eléctricas, entidades bancarias, Tráfico....
. Referencia Catastral.
. Empadronamiento, datos residencia…
. Deducciones: siempre con factura.
. Cuentas y bienes en el extranjero.
. Límites a los autónomos para estar en módulos.
. Nivel económico del contribuyente VS lo declarado.
. Controles aleatorios y plan de inspección.
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.
Haz las cosas bien y conoce los riesgos a los que te expones si vas al filo de la ley.
EL I.V.A. IVA REPERCUTIDO // IVA SOPORTADO
Hucha del
IVA
El IVA es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo
y grava: las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas
por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las
importaciones de bienes.
IVA REPERCUTIDO: llamamos así al IVA que
repercutimos nosotros en nuestra factura.
IVA SOPORTADO: es el IVA que pagamos al
comprar algo.
LIQUIDACIÓN IVA
IVA repercutido – IVA Soportado
Diferencia positiva: a ingresar.
Diferencia negativa: a compensar/devolver
(4 años para solicitar la devolución)
Los anticipos llevan IVA.
MOD.303 Trimestral
EL I.V.A. IVA REPERCUTIDO // IVA SOPORTADO
El IVA no debe considerarse para
la empresa ni como un ingreso ni
como un gasto.
Su efecto es neutro, quien lo
termina pagando es el
consumidor final.
Contribuyente = consumidor final
Sujeto pasivo de IVA = empresa
La diferencia entre IVA
repercutido y soportado se liquida
con periodicidad trimestral.
A final de año
- A compensar
- A devolver
Pueden tardar 6 meses
EL IVA – TIPOS IMPOSITIVOS
Novedades 2014 IVA obras de arte baja a 10% (reforma IVA cultura)
En breve subirá IVA material sanitario, incluido gafas y lentillas.
TIPOS IVA 4% - 10% - 21% // RECARGO DE EQUIVALENCIA // TIPOS IVA ESPECIALES
LAS EXENCIONES EN EL IVA
Las actividades exentas de IVA son aquellas entregas de bienes o
prestaciones de servicios que la Ley del IVA establece que no deben
someterse a gravamen.
Algunas exenciones
Servicios de docencia, prestados por entidades de Derecho Público o privadas
autorizadas por el Estado, las CCAA u otros entes públicos
Educación de la infancia y la juventud, hasta el nivel universitario y de posgrado
Enseñanza de idiomas.
Formación y reciclaje profesional.
-Asistencia a personas físicas por profesionales médicos y servicios sanitarios
-Operaciones y prestaciones de servicios relativas a seguros, reaseguros y
capitalización.
-Servicios de mediación e intervención prestados a personas físicas en diversas
operaciones financieras exentas.
-Arrendamiento de viviendas y entrega de terrenos rústicos y no edificables, así
como segunda y ulteriores entregas de edificaciones.
-Entrega de sellos de correos y efectos timbrados.
. . .
LAS OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS Y CON EL EXTRANJERO
Si vamos a facturar al extranjero….
EXPORTACIONES > no llevan IVA
IMPORTACIONES > el IVA lo paga el comprador en la
aduana.
OPERACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA
Depende de la residencia de las partes y del territorio
de entrega de bienes o servicios.
Regla general si facturamos a un estado miembro de la UE
. A particulares se aplica IVA español
. A empresas no se aplica IVA si ambas partes están
inscritas en el Registro operadores Intracomunitarios ROI
Para comprobarlo se consulta el censo VIES (Sistema de
Intercambio de Información sobre el IVA).
Ojo Regímenes Especiales de IVA > Modelo 309
EL IVA – CASOS ESPECIALES
. Régimen simplificado (Módulos).
. Régimen del Recargo de Equivalencia.
. Régimen especial Agricultura
. Régimen de compraventa bienes usados, agencias de viaje, etc…
. La prorrata en el IVA
RECARGO DE EQUIVALENCIA
Es para los comerciantes minoristas que no manipulan los productos que venden,
y el 80% de las ventas sean al consumidor final. Se excluyen algunas actividades,
y no se aplica si la forma jurídica del comercio es una sociedad limitada.
No se realizan liquidaciones de IVA ya que se paga un recargo al proveedor, pero
se emiten facturas con IVA. IVA 21% + 5,2% IVA 10%+ 1,4% IVA 4%+0,5
RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO Agricultura 12% Ganadería 10,5%
¿Qué es la prorrata? Cuando hay ingresos con IVA y otros sin IVA, sólo tendremos
derecho a la deducción del IVA soportado en la parte proporcional de los
ingresos por lo que hayamos repercutido IVA.
EL IVA DE CAJA // LAS FACTURAS NO COBRADAS
En 2014 se crea el nuevo régimen de IVA de caja
«Pagar el IVA cuando se cobre la factura»
. Hay plazo hasta el 31/3/14 para acogerse
a este régimen.
Tal y como está diseñado es poco atractivo
para las empresas.
. No está permitido deducirse el IVA hasta
que no se pague las facturas.
. Fecha límite para ingresar el IVA 31/12
año X +1
. Registro contable de cobros y pagos y
mayor control por parte de la
Administración.
Si recibes una factura en este régimen, no
puedes deducirte el IVA hasta que la
pagues. Problema: Veto a proveedores.
Si tienes un impago, puede
reclamar a Hacienda el IVA
que has pagado por esas
facturas, pero OJO con los
plazos y requisitos, son muy
ajustados.
e
EL IRPF ESTIMACIÓN DIRECTA VS MÓDULOS
Métodos para determinar la base imponible
del IRPF
Estimación directa
Estimación objetiva (módulos)
Estimación indirecta
Pagos a cuenta E. Directa 20%
Actividades agrícolas 2%
Estimación Directa: se
tienen en cuenta los
datos de los libros
registro de ingresos y
gastos > I - G
Estimación Objetiva
(módulos): se calcula a
partir de valores
establecidos por ley
que se aplican según
índices o módulos.
Declaraciones trimestrales
E. Directa MOD 130
E .Objetiva MOD 131
Estimación directa Simplificada
Cifra de negocio< 600.000 €
Se puede deducir un 5% del
rendimiento neto positivo.
En 2013 se limitó más el acceso al
Régimen de módulos parra evitar
fraude.
EL IRPF: LAS RETENCIONES
Las retenciones de IRPF son anticipos a Hacienda, cantidades
de dinero que adelantamos en concepto de impuestos.
Las retenciones no son un gasto. Las empresas colaboran en la recaudación del
IRPF reteniendo a sus empleados, al dueño de local que tienen alquilado, al
profesional al que encargan un trabajo, etc…
El responsable de ingresarlas siempre es el pagador de la factura.
En 2014 los tipos de retenciones quedan igual que 2013, el Gobierno ha decidido
no modificarlas a la baja.
EL IRPF: LAS RETENCIONES
TIPOS DE RETENCIÓN 2014
Entre empresas y profesionales
INGRESOS CON RETENCIÓN
No cobrarás una parte de la
factura y el importe retenido
son impuestos a cuenta para la
declaración del IRPF. Tu cliente
ingresará el importe.
GASTOS CON RETENCIÓN
No pagarás una parte de la
factura y el importe retenido
son impuestos a cuenta de tu
proveedor, y por tanto estás
obligado a ingresarlos
trimestralmente en Hacienda.70% ingresos con retención: no presenta P.F. Modelo 130
Sociedad limitada : no aplica retención en los ingresos
EL IRPF: LA DECLARACIÓN DE LA RENTA
Rendimientos del trabajo: Las contraprestaciones que deriven del trabajo personal.
Rendimientos de capital: mobiliario e inmobiliario.
Rendimientos de actividades empresariales y profesionales: Son aquellos, que
provienen del trabajo personal y del capital, y suponen la ordenación por cuenta
propia de medios de producción y de recursos humanos con la finalidad de intervenir
en la producción o distribución de bienes o servicios.
Ganancias y pérdidas patrimoniales:
Son las variaciones en el valor del patrimonio del sujeto
pasivo, Se suele calcular por la diferencia entre el valor
de venta y el valor de compra del elemento patrimonial.
Al realizar la declaración descuentan las retenciones e ingresos a
cuenta efectuados ¿Y si me sale a devolver? Hacienda tiene seis
meses desde el fin de plazo de presentación.
Tipos de rendimiento - IRPF
EL IRPF: LA DECLARACIÓN DE LA RENTA
Reducción del 20% en los rendimientos netos que
se obtengan durante los 2 primeros ejercicios en
que los resultados sean positivos.
Requisitos: Iniciar una actividad económica a partir
de 1 de enero de 2013, siempre que no se hubiera
ejercido otra en el año anterior, y tributar en
método de estimación directa.
Límites de la reducción: Se aplica solamente sobre
100.000 € anuales, no se aplica en el ejercicio en el
que más del 50% de los ingresos proceden de
persona o entidad con la que el contribuyente
hubiera obtenido rendimientos del trabajo en el
año anterior al inicio de la actividad.
Consultar reducciones ampliación y mantenimiento
de plantilla (en vigor para 2013 y 2014).
Ventajas fiscales para emprendedores
EL IMPUESTO DE SOCIEDADES
. No se diferencia por tipo de rendimientos como en el IRPF, tributa el beneficio
en conjunto.
. Si el año anterior la empresa ha tenido beneficio, se realizan tres pagos a
cuenta al año (MOD. 202)
.Ventajas fiscales para entidades de nueva creación.
. Para empresas en funcionamiento : ventajas fiscales si amplían o mantienen
plantilla de trabajadores.
INGRESOS
COMPUTABLES
-
GASTOS DEDUCIBLES
=
Bº DE LA ACTIVIDAD
Ajustes fiscales
Tipo impositivo
MODELO 200
I.SOCIEDADES
Es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la
renta de las sociedades y demás entidades jurídicas.
ME VOY A DAR DE ALTA ¿CUÁNDO Y POR DÓNDE EMPIEZO?
Alta en actividad
Agencia Tributaria
Modelo 036 / 037
CIF
Alta en RETA– Autónomos
Seguridad Social
MODELO TA.521
Elegir la forma jurídica
Autónomo
vs
Sociedad
ELEGIR LA FORMA JURÍDICA
Voy a
hacerme
autónomo
Aunque también
podría hacer una
sociedad conmigo
mismo…
¿Cómo se
pagarán
menos
impuestos?
Después de
darle
muchas
vueltas…
ELEGIR LA FORMA JURÍDICA
FISCALIDAD DIRECTA : IRPF O SOCIEDADES
Mejor tributación VS mayor coste
Formas jurídicas nuevas: SL de formación sucesiva y empresario de responsabilidad limitada.
ELEGIR LA FORMA JURÍDICA
EMPRESARIO INDIVIDUAL
No tiene nómina, lo que percibe depende del beneficio de su negocio.
Responsabilidad personal
Cotización –Autónomos
Socios capitalistas / trabajadores declaran beneficio en IRPF
SOCIEDAD MERCANTIL
La entidad necesita un representante > EL ADMINISTRADOR
Su cargo puede ser gratuito / remunerado
Administrador puede cotizar autónomos / Régimen general.
Debe actuar con diligencia
Responsabilidad derivada
Socios capitalistas / trabajadores
Socio trabajador puede cotizar autónomos / Régimen general.
La sociedad les abona una nómina con el IRPF correspondiente.
Socio capitalista: cobra dividendos.
IRPF Administrador 42% VS IRPF nómina socio trabajador en función de sus circunstancias.
ALTA EN ACTIVIDAD
Cortometraje 036 : VIDEO
La versión simplificada es el modelo 037
No sólo se presenta para notificar el alta
en actividad, también para cualquier
variación en los datos o en las
obligaciones fiscales.
Plazo de presentación previo a facturar.
Alta en autónomos: fecha de
efectos, alta en IAE.
El modelo 036: La declaración censal
ALTA EN ACTIVIDAD
Datos identificativos:
DNI/CIF
Domicilio fiscal
Lugar de realización de a actividad
Obligaciones fiscales
IVA / IRPF / I.Sociedades
Obligación de retener
ROI: registro de operadores
intracomunitarios.
Socios y representantes
El modelo 036: La declaración censal
Elegir un epígrafe de IAE para la actividad a desarrollar. IAE no es lo mismo que CNAE
SECCIONES:
Primera: Act. Empresariales (Ganaderas, mineras, industriales, comerciales y de servicios).
Segunda: Actividades Profesionales
Tercera: Actividades Artísticas
Exenciones del Impuesto de Actividades Económicas
ALTA EN ACTIVIDAD
No sólo se presenta para notificar el alta en
actividad, también para cualquier variación
en los datos, base de cotización . . .
Plazo de presentación: un mes desde la
presentación de la declaración censal.
La cuota de autónomos no se paga
proporcionalmente, elige bien el día del mes
para el alta.
Puedes tener varias actividades
económicas, la cuota será la misma.
Elegir base de cotización y coberturas y
mutua gestora.
Sociedad civil, limitada, cooperativa . . . Alta
socios
El modelo TA521: El alta en autónomos
ALTA EN ACTIVIDAD
Base mínima de cotización 875,70 € mensuales > cuota mínima 261,83 €.
Cobertura adicional cese actividad 2,2 %
Bonificaciones para nuevos autónomos, “tarifa 50 €”
6 meses: 80% reducción > 53,07 €
Mes 7-12: 50% reducción > 130,91 €
Mes 13-18: 30% reducción > 183,28 €
Jóvenes menores de 30 años y mujeres menores de 35 bonificación adicional Meses
19 al 30: 30% de bonificación > 183,28 €
No se aplica a personas que hayan sido autónomos en los 5 años anteriores, a
miembros de sociedades mercantiles ni a autónomos con trabajadores a su cargo.
. Otras bonificaciones: general de jóvenes, discapacidad, autónomos
colaboradores, pluriactividad, mayores de 65 años, venta ambulante.
. Cuota miembros de sociedades mercantiles y administradores > 314,40 €
. Se puede cambiar base de cotización dos veces al año, con límites según la edad.
Cuota de autónomos en 2014
FACTURAR SIN DARSE DE ALTA EN AUTÓNOMOS
EMPRESARIO : Toda persona física o jurídica, pública o privada, con o sin
ánimo de lucro en la que prestan servicios trabajadores por cuenta ajena.
TRABAJADOR AUTÓNOMO : Persona física que realice de forma
habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de
dirección y organización de otra persona, una actividad económica o
profesional a título lucrativo, dando o no ocupación a trabajadores por
cuenta ajena.
Mitos y leyendas
“Si facturas menos de 3.000 € no
tienes que hacer nada”
….ERROR
Hay que comunicar a Hacienda
desde el primer euro!!
¿Y a la Seguridad Social?
Actividades “marginales”
FACTURAR SIN DARSE DE ALTA EN AUTÓNOMOS
¿Qué se considera habitual?
No es una ley > Criterio y sentencias
del Tribunal Supremo.
Salario mínimo interprofesional 2014:
9.034,20 € (límite de ingresos)
Si cumples los requisitos puedes darte
de alta en Hacienda y facturar, sin
cotizar a la seguridad social. No pagas
pero tampoco tendrás derecho a
prestaciones.
Puede ser buena opción para ingresos
pequeños, puntuales y que no
constituyan tu medio de vida.
¡OJO! Debes cumplir todos los
requisitos para aplicar esta fórmula.
MI PRIMERA FACTURA – REGLAMENTO DE FACTURACIÓN
El Reglamento que regula las obligaciones de facturación es de 2013 y se recoge
en el Real Decreto 1619/2012
Como empresario o profesional autónomo estás obligado a expedir y entregar
factura, u otros justificantes, por las operaciones que realizas durante tu actividad.
Plazo expedir factura: en el momento, y si el cliente es empresa o profesional, un
mes.
TIPOS DE FACTURAS
. Factura completa u ordinaria
. Factura simplificada (ticket)
Si el importe < 400 € (IVA incluido)
En determinadas actividades: venta al por
meno, hostelería, peluquería, aparcamiento, auto
pistas, transporte de personas… siempre que el
importe no exceda de 3.000 €
Factura electrónica: el reto del futuro cercano.
LAS FACTURAS – REGLAMENTO DE FACTURACIÓN
Requisitos que debe contener una factura.
- Número y, en su caso, serie (numeración correlativa)
- La fecha de su expedición.
- Nombre y apellidos o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura
como del destinatario de las operaciones.
- Domicilio de ambos.
- Número de identificación fiscal atribuido por la Administración española u otro Estado miembro
de la Comunidad Europea.
- Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios para la
determinación de la base imponible del impuesto, incluyendo el precio unitario sin impuesto de
dichas operaciones, así como cualquier descuento.
- El tipo impositivo del IVA y del recargo de equivalencia si procede, así como el porcentaje de
retención en el IRPF igualmente si es que procede, como ocurre con los profesionales.
- La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado.
- El importe total a pagar.
-La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la que, en su
caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de una fecha distinta a la de
expedición de la factura.
-Si la operación esta exenta de IVA, o acogida al régimen de IVA de caja, mención específica.
-Forma de pago
Las facturas simplificadas no llevan NIF destinatario ni cuota de IVA salvo que éste lo solicite.
LAS FACTURAS – REGLAMENTO DE FACTURACIÓN
- Una factura proforma es como un presupuesto.
- Factura rectificativa: utilizar una serie diferente
INGRESOS – GASTOS = BENEFICIO DE LA ACTIVIDAD
El beneficio
obtenido, tributará por
IRPF o por Impuesto de
Sociedades, según la
forma jurídica elegida.
Si tenemos
pérdidas, no se tributa
y además se pueden
compensar con
ejercicios futuros.
1,2,3… responda otra
vez
INGRESOS
GASTOS
INGRESOS DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA
. Ventas de productos.
. Prestación de servicios.
. Intereses de cuentas bancarias.
. Beneficios por venta de inmovilizado
de la empresa.
. Subvenciones.
. Indemnizaciones
. Alquileres
. Donativos
. Publicidad
Etc. (cuantas más, mejor)
Un préstamo recibido aumenta
Nuestra tesorería pero no es un ingreso.
¿Cuáles son mis fuentes de ingresos?
LAS FACTURAS DE COMPRAS Y GASTOS ¿QUÉ PUEDO DEDUCIR?
Pedir SIEMPRE factura de todo, de los tickets
no se puede deducir el IVA pero si son de la
actividad son gasto deducible para el IRPF o
I.sociedades.
Para que los gastos sean fiscalmente deducibles
- Deben estar vinculados a la actividad económica que desarrolla el
trabajador autónomo.
- Han de estar debidamente justificados (facturas, recibos, etc.)
- Tienen que estar registrados en la contabilidad.
Consejos:
Utilizar el sentido común
Justificar muy bien todos los gastos.
Los gastos personales no son los de la empresa.
Interesa que los gastos estén muy bien justificados.
Más gastos deducibles > menos beneficio > menos impuestos
LAS FACTURAS DE COMPRAS Y GASTOS ¿QUÉ PUEDO DEDUCIR?
Gastos previos al alta en actividad : deducibles *
. Las compras y gastos directamente relacionados con la
actividad.
. Alquiler de local
. Suministros:Teléfono, internet, luz, agua, carburante….
. Seguros
. Reparaciones y mantenimientos
. Formación.
. Servicios de profesionales: asesoría, diseñador…
. Cuotas asociaciones, colegios…
. Desplazamientos y transportes.
.Tasas y tributos deducibles (IBI,IAE)
. Intereses y gastos financieros.
. Cuota de autónomos.
. Nóminas y seguridad social empleados.
. Inversiones (se amortizan).
ETC
Para que sean deducibles tienen que cumplir lo requisitos anteriores.
LAS FACTURAS DE COMPRAS Y GASTOS ¿QUÉ PUEDO DEDUCIR?
GASTOS DEDUCIBLES – REGLAS ESPECIALES
. Vehículo particular y gastos asociados.
Turismo
100% deducible actividades (taxi, autoescuela, agente comercial.)
Resto 50% y siempre que sea necesario para la actividad.
. Domicilio de la actividad
¿y si trabajo en casa? Afectar un % de la vivienda a la actividad
económica.
. Gastos de representación comercial.
Ojo con los gastos del fin de semana.
. Vestuario: sólo vestuario profesional, uniformes.
Estos conceptos solo son desgravables cuando se
justifica que son necesarios para la realización de
la actividad económica.
Gastos NO deducibles: sanciones, multas, regalos…
DEDUCIBLE ¿SÍ O NO? LAS FRONTERAS A VECES ESTÁN DIFUSAS
Consejo:
Sigue siempre el
mismo criterio y
documéntalo
bien.
LA CONTABILIDAD – REGISTRO DE INGRESOS Y GASTOS
La contabilidad nos ofrece una información muy útil para tomar
decisiones en la empresa, es mucho más que una obligación legal.
LAS AMORTIZACIONES
Cuando adquirimos un bien de inversión
no lo consideramos como gasto del año,
se amortiza en función de % establecidos.
Ventajas fiscales: libertad de amortización.
¿Cuánto tiempo guardo las facturas y documentos?
Hacienda: plazo prescripción 4 años.
Facturas inmovilizado, conservar hasta fin amortización.
Código de Comercio: plazo 6 años.
Escrituras, pólizas…. Conservar siempre.
LA CONTABILIDAD Y LOS LIBROS OBLIGATORIOS
Libro de ventas e ingresos
Libro de compras y gastos
Libro de bienes de inversión
Soporte papel / informático
Módulos y Rec. Equivalencia :
Menos obligacones contables
CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
Controla las fechas en las que toca presentar impuestos, y aprovecha el
fin de año para hacer una buena PLANIFICACIÓN FISCAL.
DECLARACIONES TRIBUTARIAS TRIMESTRALES Y ANUALES - 2014
1T - Primer trimestre: operaciones
realizadas de 1 de enero a 31 de
marzo.
2T - Segundo trimestre: de 1 de abril a
30 de junio.
3T -Tercer trimestre: de 1 de julio a 30
de septiembre.
4T- Cuarto trimestre: de 1 de octubre
a 31 de diciembre
IVA
IRPF
IMPUESTO DE
SOCIEDADES
DECLARACIONES
INFORMATIVAS
GESTIÓN FISCAL DE LA EMPRESA
Toca presentar las declaraciones ante Hacienda, ¡Manos a la obra!
. Recopilar y revisar todas las facturas del período. Si las conservas bien
ordenadas es más fácil.
. Comprobar las declaraciones que hay que presentar, plazos y
procedimiento.
. Elaborar la contabilidad o preparar datos necesarios.
. Calcular la liquidación de impuestos.
. Cumplimentar los formularios.
. Realizar la presentación ante la Agencia Tributaria
. Si las declaraciones son a pagar, realizar el pago o pedir aplazamiento.
Realizar
trámites
ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA – TRÁMITES ONLINE
FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS
Desde 2014 presentación telemática obligatoria generalizada
Algunas declaraciones pueden cumplimentarse online y presentarse en papel preimpreso.
Quedan prohibidos los formularios en papel.
Nuevo sistema
para 2014
www.agenciatributaria.gob.es
ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA – TRÁMITES ONLINE
FORMAS DE PAGO DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS
Desde 2014 presentación telemática obligatoria generalizada
Cuenta bancaria: titular.
Papel
preimpreso:
Entidad
bancaria
Domiciliación
bancaria (5 días
antes fin plazo)
NRC:
Código con
validez 24h
www.agenciatributaria.gob.es
En extinción
APLAZAMIENTO DE IMPUESTOS
Solicitar aplazamiento antes de que finalice el plazo de presentación del impuesto
. Aplazamiento de deudas > 18.000 € necesita
garantía o aval.
. Aplazamiento de deudas < 18.000 €
Presentar propuesta de aplazamiento y
domiciliación bancaria, la Agencia Tributaria
responderá a la petición.
Hay que estar al corriente de pagos para que sea
aprobada. Y si se incumplen los plazos, el acuerdo
queda sin efecto.
Tipo interés 2014 5%
Desde enero de 2014 no se admite el aplazamiento
de retenciones.
REQUERIMIENTO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA
Pasos a seguir si nos llega un requerimiento.
Plazo de respuesta: 10 días hábiles desde la
recepción.
. Aportar documentación / presentar alegaciones
-Registro general.
-Internet
-Pedir cita en las oficinas
¿Y si no hacen caso a mis alegaciones?
. Presentar recurso de reposición (plazo de un mes)
Tampoco, ni caso . . .
. Presentar reclamación económico-administrativa al
TEAR. (plazo de un mes) y aportar garantías.
Hacienda sigue en sus trece….
. Presentar recurso contencioso-administrativo ante el
órgano judicial competente.
El “sobre del terror”
La notificación puede llegar por
. CORREO CERTIFICADO
. BUZÓN ELECTRÓNICO
. BOLETÍN OFICIAL (si no se recoge por
otra vía).
INSPECCIÓN DE LA AGENCIA TRIBUTARIA
Pasos a seguir en caso de comprobación o inspección de Hacienda
La Administración puede iniciar inspección si detecta
indicios de fraude o por un plan especial de
inspección, para comprobar si los datos declarados
corresponden con la realidad.
Las actuaciones normalmente se desarrollan en la
oficinas de la Agencia Tributaria > nos envían citación.
¿Y si el inspector nos visita? podemos autorizar la
entrada o exigir la orden judicial.
Si el inspector lo considera oportuno puede revisar
nuestras cuentas bancarias, entrevistar a nuestros
clientes, etc.
Buenos días, soy de Hacienda y
vengo a inspeccionar tu
empresa.
Recuerda que tengo 4 años
para pedirte cuentas de todo.
FALLOS EN LAS DECLARACIONES
No se han presentado las declaraciones en el plazo establecido.
Las declaraciones se han presentado con errores
Si no se han presentado. . .
. Declaraciones informativas.
Sanción por fuera de plazo.
. Declaraciones de impuestos
A pagar: recargo (mínimo 5% y máximo 20% con intereses de
demora) + sanción.
A devolver / resultado negativo : sanción por fuera de plazo.
Si contienen errores . . .
Subsanarlos mediante escrito ante la AEAT o presentación de
declaraciones sustitutivas / complementarias.
Puede haber sanciones y recargos.
Si arreglamos lo ocurrido antes de que nos
requieran, evitaremos la sanción.
DUDAS Y COMENTARIOS
¡Muchas gracias por vuestra
atención!
Miriam Almazán Monge
me.almazan@afiris.es
@afiris @me_almazan
Afiris asesoría de empresas
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www.afiris.es
www.asesoriazaragoza.es
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Tel. 976234430

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  • 4. LOS RETOS DEL EMPRENDEDOR Clima de incertidumbre generalizada ¿Es mi negocio viable? ¿Y si crezco?
  • 5. LOS RETOS DEL EMPRENDEDOR Gana la batalla a la burocracia Conoce tus obligaciones y … no pierdas los papeles!
  • 6. LA GESTIÓN DE TU EMPRESA Herramientas para la gestión fiscal de tu negocio INFORMACIÓN Conoce tu negocio y qué necesitas Conoce los servicios para emprendedores Pon el foco en lo importante Internet > contrasta las fuentes PLANIFICACIÓN Objetivos > Plan de negocio Plazos de los impuestos Herramientas informáticas de gestión COLABORACIÓN Administración pública: AEAT, SS,…. Profesionales // el teléfono del que sabe Internet - trámites online
  • 7. LA GESTIÓN DE TU EMPRESA Busca una fórmula que . . . Se adapte a lo que necesitas. ¡Funcione! VOY A ENCARGARME DE TODO MIX VOY A EXTERNALIZAR TODO ONLINE PRESENCIAL CONTABILIDAD FISCAL LABORAL LEGAL
  • 8. LA GESTIÓN DE TU EMPRESA Elige buenos colaboradores Profesionalidad Confianza Seguridad Comodidad Transparencia Disponibilidad …. Rentabilidad: Ahorro de tiempo y costes para dedicarte a tu negocio. Que aporten valor añadido a tu negocio
  • 9. LOS RETOS DEL EMPRENDEDOR ¡A por todas!
  • 10. LOS IMPUESTOS TRIBUTOS: Pagos obligatorios que hacen los contribuyentes al Estado, a las comunidades autónomas o a los ayuntamientos, y constituyen la principal fuente de ingresos del sector público. IMPUESTOS: Tributos exigidos por las Administraciones Públicas sin que haya una contraprestación directa para el contribuyente, es decir, no hay un destino concreto para ese dinero. TASAS: Tributos que se pagan por el uso de un bien o servicio ofrecido por la Administración. CONTRIBUCIONES ESPECIALES: Tributos que pagan quienes se benefician de una obra o servicio público.
  • 11. LOS IMPUESTOS Impuestos DIRECTOS / INDIRECTOS IMPUESTOS DIRECTOS: Gravan la renta de las personas y empresas en función de sus circunstancias económicas y familiares. Pagan más los que más tienen., gravan la riqueza. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) Impuesto sobre sociedades (IS). Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Impuesto sobre el Patrimonio IMPUESTOS INDIRECTOS Gravan hechos concretos como el consumo, independientemente de la identidad y de las circunstancias concretas de la persona que los realiza. Los pagamos todos, gravan el uso de la riqueza. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados (ITAJD) Impuestos Especiales (aduanas, hidrocarburos, transporte…) IMPUESTOS Y TASAS LOCALES: IBI (contribución) Impuesto de circulación Licencias de apertura y construcciones Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
  • 12. LOS IMPUESTOS Mini diccionario de fiscalidad Fuente
  • 13. LOS IMPUESTOS ¿Dónde van a parar mis impuestos? www.dondevanmisimpuestos.es Cada año el Gobierno aprueba los Presupuestos Generales del Estado, decidiendo las partidas a las que se destinarán los ingresos públicos. Estos ingresos provienen en parte de los impuestos y las cotizaciones laborales de las empresas. Puedes decidir el destino de un 0,7% de la cuota íntegra del IRPF: Iglesia católica o fines sociales.
  • 14. LOS IMPUESTOS ¿Pagamos impuestos igual en todo el territorio? El I.R.P.F.
  • 15. LOS IMPUESTOS ¿Pagamos impuestos igual en todo el territorio? El I.V.A. Cada país del territorio europeo decide qué tipo de IVA aplicar. Infografía 2012 (subida del IVA en España) ¿Y en Canarias? I.G.I.C. Impuesto General Indirecto Canario. Tipo general 7%
  • 16. LOS IMPUESTOS El fraude fiscal y la economía sumergida A la economía sumergida le va bien con la crisis. Gestha estima que la economía sumergida en España asciende al 24,6% del PIB en 2012. El dinero negro que circula por el país asciende a 253.000 millones de euros, unos 60.000 millones más que al principio de la crisis en 2008. Informe 29/1/2014 El fraude fiscal nos pasa factura a todos. Cada ciudadano decide.
  • 17. LOS IMPUESTOS Combatir el fraude fiscal ¿Cómo nos controla Hacienda? . Prohibido el efectivo superior a 2.500 € . Modelo 347: Contrastar operaciones superiores a 3.005,06 € . Datos comunicados por las eléctricas, entidades bancarias, Tráfico.... . Referencia Catastral. . Empadronamiento, datos residencia… . Deducciones: siempre con factura. . Cuentas y bienes en el extranjero. . Límites a los autónomos para estar en módulos. . Nivel económico del contribuyente VS lo declarado. . Controles aleatorios y plan de inspección.
  • 18. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Haz las cosas bien y conoce los riesgos a los que te expones si vas al filo de la ley.
  • 19. EL I.V.A. IVA REPERCUTIDO // IVA SOPORTADO Hucha del IVA El IVA es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava: las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes. IVA REPERCUTIDO: llamamos así al IVA que repercutimos nosotros en nuestra factura. IVA SOPORTADO: es el IVA que pagamos al comprar algo. LIQUIDACIÓN IVA IVA repercutido – IVA Soportado Diferencia positiva: a ingresar. Diferencia negativa: a compensar/devolver (4 años para solicitar la devolución) Los anticipos llevan IVA. MOD.303 Trimestral
  • 20. EL I.V.A. IVA REPERCUTIDO // IVA SOPORTADO El IVA no debe considerarse para la empresa ni como un ingreso ni como un gasto. Su efecto es neutro, quien lo termina pagando es el consumidor final. Contribuyente = consumidor final Sujeto pasivo de IVA = empresa La diferencia entre IVA repercutido y soportado se liquida con periodicidad trimestral. A final de año - A compensar - A devolver Pueden tardar 6 meses
  • 21. EL IVA – TIPOS IMPOSITIVOS Novedades 2014 IVA obras de arte baja a 10% (reforma IVA cultura) En breve subirá IVA material sanitario, incluido gafas y lentillas. TIPOS IVA 4% - 10% - 21% // RECARGO DE EQUIVALENCIA // TIPOS IVA ESPECIALES
  • 22. LAS EXENCIONES EN EL IVA Las actividades exentas de IVA son aquellas entregas de bienes o prestaciones de servicios que la Ley del IVA establece que no deben someterse a gravamen. Algunas exenciones Servicios de docencia, prestados por entidades de Derecho Público o privadas autorizadas por el Estado, las CCAA u otros entes públicos Educación de la infancia y la juventud, hasta el nivel universitario y de posgrado Enseñanza de idiomas. Formación y reciclaje profesional. -Asistencia a personas físicas por profesionales médicos y servicios sanitarios -Operaciones y prestaciones de servicios relativas a seguros, reaseguros y capitalización. -Servicios de mediación e intervención prestados a personas físicas en diversas operaciones financieras exentas. -Arrendamiento de viviendas y entrega de terrenos rústicos y no edificables, así como segunda y ulteriores entregas de edificaciones. -Entrega de sellos de correos y efectos timbrados. . . .
  • 23. LAS OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS Y CON EL EXTRANJERO Si vamos a facturar al extranjero…. EXPORTACIONES > no llevan IVA IMPORTACIONES > el IVA lo paga el comprador en la aduana. OPERACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA Depende de la residencia de las partes y del territorio de entrega de bienes o servicios. Regla general si facturamos a un estado miembro de la UE . A particulares se aplica IVA español . A empresas no se aplica IVA si ambas partes están inscritas en el Registro operadores Intracomunitarios ROI Para comprobarlo se consulta el censo VIES (Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA). Ojo Regímenes Especiales de IVA > Modelo 309
  • 24. EL IVA – CASOS ESPECIALES . Régimen simplificado (Módulos). . Régimen del Recargo de Equivalencia. . Régimen especial Agricultura . Régimen de compraventa bienes usados, agencias de viaje, etc… . La prorrata en el IVA RECARGO DE EQUIVALENCIA Es para los comerciantes minoristas que no manipulan los productos que venden, y el 80% de las ventas sean al consumidor final. Se excluyen algunas actividades, y no se aplica si la forma jurídica del comercio es una sociedad limitada. No se realizan liquidaciones de IVA ya que se paga un recargo al proveedor, pero se emiten facturas con IVA. IVA 21% + 5,2% IVA 10%+ 1,4% IVA 4%+0,5 RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO Agricultura 12% Ganadería 10,5% ¿Qué es la prorrata? Cuando hay ingresos con IVA y otros sin IVA, sólo tendremos derecho a la deducción del IVA soportado en la parte proporcional de los ingresos por lo que hayamos repercutido IVA.
  • 25. EL IVA DE CAJA // LAS FACTURAS NO COBRADAS En 2014 se crea el nuevo régimen de IVA de caja «Pagar el IVA cuando se cobre la factura» . Hay plazo hasta el 31/3/14 para acogerse a este régimen. Tal y como está diseñado es poco atractivo para las empresas. . No está permitido deducirse el IVA hasta que no se pague las facturas. . Fecha límite para ingresar el IVA 31/12 año X +1 . Registro contable de cobros y pagos y mayor control por parte de la Administración. Si recibes una factura en este régimen, no puedes deducirte el IVA hasta que la pagues. Problema: Veto a proveedores. Si tienes un impago, puede reclamar a Hacienda el IVA que has pagado por esas facturas, pero OJO con los plazos y requisitos, son muy ajustados.
  • 26. e EL IRPF ESTIMACIÓN DIRECTA VS MÓDULOS Métodos para determinar la base imponible del IRPF Estimación directa Estimación objetiva (módulos) Estimación indirecta Pagos a cuenta E. Directa 20% Actividades agrícolas 2% Estimación Directa: se tienen en cuenta los datos de los libros registro de ingresos y gastos > I - G Estimación Objetiva (módulos): se calcula a partir de valores establecidos por ley que se aplican según índices o módulos. Declaraciones trimestrales E. Directa MOD 130 E .Objetiva MOD 131 Estimación directa Simplificada Cifra de negocio< 600.000 € Se puede deducir un 5% del rendimiento neto positivo. En 2013 se limitó más el acceso al Régimen de módulos parra evitar fraude.
  • 27. EL IRPF: LAS RETENCIONES Las retenciones de IRPF son anticipos a Hacienda, cantidades de dinero que adelantamos en concepto de impuestos. Las retenciones no son un gasto. Las empresas colaboran en la recaudación del IRPF reteniendo a sus empleados, al dueño de local que tienen alquilado, al profesional al que encargan un trabajo, etc… El responsable de ingresarlas siempre es el pagador de la factura. En 2014 los tipos de retenciones quedan igual que 2013, el Gobierno ha decidido no modificarlas a la baja.
  • 28. EL IRPF: LAS RETENCIONES TIPOS DE RETENCIÓN 2014 Entre empresas y profesionales INGRESOS CON RETENCIÓN No cobrarás una parte de la factura y el importe retenido son impuestos a cuenta para la declaración del IRPF. Tu cliente ingresará el importe. GASTOS CON RETENCIÓN No pagarás una parte de la factura y el importe retenido son impuestos a cuenta de tu proveedor, y por tanto estás obligado a ingresarlos trimestralmente en Hacienda.70% ingresos con retención: no presenta P.F. Modelo 130 Sociedad limitada : no aplica retención en los ingresos
  • 29. EL IRPF: LA DECLARACIÓN DE LA RENTA Rendimientos del trabajo: Las contraprestaciones que deriven del trabajo personal. Rendimientos de capital: mobiliario e inmobiliario. Rendimientos de actividades empresariales y profesionales: Son aquellos, que provienen del trabajo personal y del capital, y suponen la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. Ganancias y pérdidas patrimoniales: Son las variaciones en el valor del patrimonio del sujeto pasivo, Se suele calcular por la diferencia entre el valor de venta y el valor de compra del elemento patrimonial. Al realizar la declaración descuentan las retenciones e ingresos a cuenta efectuados ¿Y si me sale a devolver? Hacienda tiene seis meses desde el fin de plazo de presentación. Tipos de rendimiento - IRPF
  • 30. EL IRPF: LA DECLARACIÓN DE LA RENTA Reducción del 20% en los rendimientos netos que se obtengan durante los 2 primeros ejercicios en que los resultados sean positivos. Requisitos: Iniciar una actividad económica a partir de 1 de enero de 2013, siempre que no se hubiera ejercido otra en el año anterior, y tributar en método de estimación directa. Límites de la reducción: Se aplica solamente sobre 100.000 € anuales, no se aplica en el ejercicio en el que más del 50% de los ingresos proceden de persona o entidad con la que el contribuyente hubiera obtenido rendimientos del trabajo en el año anterior al inicio de la actividad. Consultar reducciones ampliación y mantenimiento de plantilla (en vigor para 2013 y 2014). Ventajas fiscales para emprendedores
  • 31. EL IMPUESTO DE SOCIEDADES . No se diferencia por tipo de rendimientos como en el IRPF, tributa el beneficio en conjunto. . Si el año anterior la empresa ha tenido beneficio, se realizan tres pagos a cuenta al año (MOD. 202) .Ventajas fiscales para entidades de nueva creación. . Para empresas en funcionamiento : ventajas fiscales si amplían o mantienen plantilla de trabajadores. INGRESOS COMPUTABLES - GASTOS DEDUCIBLES = Bº DE LA ACTIVIDAD Ajustes fiscales Tipo impositivo MODELO 200 I.SOCIEDADES Es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas.
  • 32. ME VOY A DAR DE ALTA ¿CUÁNDO Y POR DÓNDE EMPIEZO? Alta en actividad Agencia Tributaria Modelo 036 / 037 CIF Alta en RETA– Autónomos Seguridad Social MODELO TA.521 Elegir la forma jurídica Autónomo vs Sociedad
  • 33. ELEGIR LA FORMA JURÍDICA Voy a hacerme autónomo Aunque también podría hacer una sociedad conmigo mismo… ¿Cómo se pagarán menos impuestos? Después de darle muchas vueltas…
  • 34. ELEGIR LA FORMA JURÍDICA FISCALIDAD DIRECTA : IRPF O SOCIEDADES Mejor tributación VS mayor coste Formas jurídicas nuevas: SL de formación sucesiva y empresario de responsabilidad limitada.
  • 35. ELEGIR LA FORMA JURÍDICA EMPRESARIO INDIVIDUAL No tiene nómina, lo que percibe depende del beneficio de su negocio. Responsabilidad personal Cotización –Autónomos Socios capitalistas / trabajadores declaran beneficio en IRPF SOCIEDAD MERCANTIL La entidad necesita un representante > EL ADMINISTRADOR Su cargo puede ser gratuito / remunerado Administrador puede cotizar autónomos / Régimen general. Debe actuar con diligencia Responsabilidad derivada Socios capitalistas / trabajadores Socio trabajador puede cotizar autónomos / Régimen general. La sociedad les abona una nómina con el IRPF correspondiente. Socio capitalista: cobra dividendos. IRPF Administrador 42% VS IRPF nómina socio trabajador en función de sus circunstancias.
  • 36. ALTA EN ACTIVIDAD Cortometraje 036 : VIDEO La versión simplificada es el modelo 037 No sólo se presenta para notificar el alta en actividad, también para cualquier variación en los datos o en las obligaciones fiscales. Plazo de presentación previo a facturar. Alta en autónomos: fecha de efectos, alta en IAE. El modelo 036: La declaración censal
  • 37. ALTA EN ACTIVIDAD Datos identificativos: DNI/CIF Domicilio fiscal Lugar de realización de a actividad Obligaciones fiscales IVA / IRPF / I.Sociedades Obligación de retener ROI: registro de operadores intracomunitarios. Socios y representantes El modelo 036: La declaración censal Elegir un epígrafe de IAE para la actividad a desarrollar. IAE no es lo mismo que CNAE SECCIONES: Primera: Act. Empresariales (Ganaderas, mineras, industriales, comerciales y de servicios). Segunda: Actividades Profesionales Tercera: Actividades Artísticas Exenciones del Impuesto de Actividades Económicas
  • 38. ALTA EN ACTIVIDAD No sólo se presenta para notificar el alta en actividad, también para cualquier variación en los datos, base de cotización . . . Plazo de presentación: un mes desde la presentación de la declaración censal. La cuota de autónomos no se paga proporcionalmente, elige bien el día del mes para el alta. Puedes tener varias actividades económicas, la cuota será la misma. Elegir base de cotización y coberturas y mutua gestora. Sociedad civil, limitada, cooperativa . . . Alta socios El modelo TA521: El alta en autónomos
  • 39. ALTA EN ACTIVIDAD Base mínima de cotización 875,70 € mensuales > cuota mínima 261,83 €. Cobertura adicional cese actividad 2,2 % Bonificaciones para nuevos autónomos, “tarifa 50 €” 6 meses: 80% reducción > 53,07 € Mes 7-12: 50% reducción > 130,91 € Mes 13-18: 30% reducción > 183,28 € Jóvenes menores de 30 años y mujeres menores de 35 bonificación adicional Meses 19 al 30: 30% de bonificación > 183,28 € No se aplica a personas que hayan sido autónomos en los 5 años anteriores, a miembros de sociedades mercantiles ni a autónomos con trabajadores a su cargo. . Otras bonificaciones: general de jóvenes, discapacidad, autónomos colaboradores, pluriactividad, mayores de 65 años, venta ambulante. . Cuota miembros de sociedades mercantiles y administradores > 314,40 € . Se puede cambiar base de cotización dos veces al año, con límites según la edad. Cuota de autónomos en 2014
  • 40. FACTURAR SIN DARSE DE ALTA EN AUTÓNOMOS EMPRESARIO : Toda persona física o jurídica, pública o privada, con o sin ánimo de lucro en la que prestan servicios trabajadores por cuenta ajena. TRABAJADOR AUTÓNOMO : Persona física que realice de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, dando o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena. Mitos y leyendas “Si facturas menos de 3.000 € no tienes que hacer nada” ….ERROR Hay que comunicar a Hacienda desde el primer euro!! ¿Y a la Seguridad Social? Actividades “marginales”
  • 41. FACTURAR SIN DARSE DE ALTA EN AUTÓNOMOS ¿Qué se considera habitual? No es una ley > Criterio y sentencias del Tribunal Supremo. Salario mínimo interprofesional 2014: 9.034,20 € (límite de ingresos) Si cumples los requisitos puedes darte de alta en Hacienda y facturar, sin cotizar a la seguridad social. No pagas pero tampoco tendrás derecho a prestaciones. Puede ser buena opción para ingresos pequeños, puntuales y que no constituyan tu medio de vida. ¡OJO! Debes cumplir todos los requisitos para aplicar esta fórmula.
  • 42. MI PRIMERA FACTURA – REGLAMENTO DE FACTURACIÓN El Reglamento que regula las obligaciones de facturación es de 2013 y se recoge en el Real Decreto 1619/2012 Como empresario o profesional autónomo estás obligado a expedir y entregar factura, u otros justificantes, por las operaciones que realizas durante tu actividad. Plazo expedir factura: en el momento, y si el cliente es empresa o profesional, un mes. TIPOS DE FACTURAS . Factura completa u ordinaria . Factura simplificada (ticket) Si el importe < 400 € (IVA incluido) En determinadas actividades: venta al por meno, hostelería, peluquería, aparcamiento, auto pistas, transporte de personas… siempre que el importe no exceda de 3.000 € Factura electrónica: el reto del futuro cercano.
  • 43. LAS FACTURAS – REGLAMENTO DE FACTURACIÓN Requisitos que debe contener una factura. - Número y, en su caso, serie (numeración correlativa) - La fecha de su expedición. - Nombre y apellidos o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones. - Domicilio de ambos. - Número de identificación fiscal atribuido por la Administración española u otro Estado miembro de la Comunidad Europea. - Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del impuesto, incluyendo el precio unitario sin impuesto de dichas operaciones, así como cualquier descuento. - El tipo impositivo del IVA y del recargo de equivalencia si procede, así como el porcentaje de retención en el IRPF igualmente si es que procede, como ocurre con los profesionales. - La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado. - El importe total a pagar. -La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la que, en su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de una fecha distinta a la de expedición de la factura. -Si la operación esta exenta de IVA, o acogida al régimen de IVA de caja, mención específica. -Forma de pago Las facturas simplificadas no llevan NIF destinatario ni cuota de IVA salvo que éste lo solicite.
  • 44. LAS FACTURAS – REGLAMENTO DE FACTURACIÓN - Una factura proforma es como un presupuesto. - Factura rectificativa: utilizar una serie diferente
  • 45. INGRESOS – GASTOS = BENEFICIO DE LA ACTIVIDAD El beneficio obtenido, tributará por IRPF o por Impuesto de Sociedades, según la forma jurídica elegida. Si tenemos pérdidas, no se tributa y además se pueden compensar con ejercicios futuros. 1,2,3… responda otra vez INGRESOS GASTOS
  • 46. INGRESOS DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA . Ventas de productos. . Prestación de servicios. . Intereses de cuentas bancarias. . Beneficios por venta de inmovilizado de la empresa. . Subvenciones. . Indemnizaciones . Alquileres . Donativos . Publicidad Etc. (cuantas más, mejor) Un préstamo recibido aumenta Nuestra tesorería pero no es un ingreso. ¿Cuáles son mis fuentes de ingresos?
  • 47. LAS FACTURAS DE COMPRAS Y GASTOS ¿QUÉ PUEDO DEDUCIR? Pedir SIEMPRE factura de todo, de los tickets no se puede deducir el IVA pero si son de la actividad son gasto deducible para el IRPF o I.sociedades. Para que los gastos sean fiscalmente deducibles - Deben estar vinculados a la actividad económica que desarrolla el trabajador autónomo. - Han de estar debidamente justificados (facturas, recibos, etc.) - Tienen que estar registrados en la contabilidad. Consejos: Utilizar el sentido común Justificar muy bien todos los gastos. Los gastos personales no son los de la empresa. Interesa que los gastos estén muy bien justificados. Más gastos deducibles > menos beneficio > menos impuestos
  • 48. LAS FACTURAS DE COMPRAS Y GASTOS ¿QUÉ PUEDO DEDUCIR? Gastos previos al alta en actividad : deducibles * . Las compras y gastos directamente relacionados con la actividad. . Alquiler de local . Suministros:Teléfono, internet, luz, agua, carburante…. . Seguros . Reparaciones y mantenimientos . Formación. . Servicios de profesionales: asesoría, diseñador… . Cuotas asociaciones, colegios… . Desplazamientos y transportes. .Tasas y tributos deducibles (IBI,IAE) . Intereses y gastos financieros. . Cuota de autónomos. . Nóminas y seguridad social empleados. . Inversiones (se amortizan). ETC Para que sean deducibles tienen que cumplir lo requisitos anteriores.
  • 49. LAS FACTURAS DE COMPRAS Y GASTOS ¿QUÉ PUEDO DEDUCIR? GASTOS DEDUCIBLES – REGLAS ESPECIALES . Vehículo particular y gastos asociados. Turismo 100% deducible actividades (taxi, autoescuela, agente comercial.) Resto 50% y siempre que sea necesario para la actividad. . Domicilio de la actividad ¿y si trabajo en casa? Afectar un % de la vivienda a la actividad económica. . Gastos de representación comercial. Ojo con los gastos del fin de semana. . Vestuario: sólo vestuario profesional, uniformes. Estos conceptos solo son desgravables cuando se justifica que son necesarios para la realización de la actividad económica. Gastos NO deducibles: sanciones, multas, regalos… DEDUCIBLE ¿SÍ O NO? LAS FRONTERAS A VECES ESTÁN DIFUSAS Consejo: Sigue siempre el mismo criterio y documéntalo bien.
  • 50. LA CONTABILIDAD – REGISTRO DE INGRESOS Y GASTOS La contabilidad nos ofrece una información muy útil para tomar decisiones en la empresa, es mucho más que una obligación legal. LAS AMORTIZACIONES Cuando adquirimos un bien de inversión no lo consideramos como gasto del año, se amortiza en función de % establecidos. Ventajas fiscales: libertad de amortización. ¿Cuánto tiempo guardo las facturas y documentos? Hacienda: plazo prescripción 4 años. Facturas inmovilizado, conservar hasta fin amortización. Código de Comercio: plazo 6 años. Escrituras, pólizas…. Conservar siempre.
  • 51. LA CONTABILIDAD Y LOS LIBROS OBLIGATORIOS Libro de ventas e ingresos Libro de compras y gastos Libro de bienes de inversión Soporte papel / informático Módulos y Rec. Equivalencia : Menos obligacones contables
  • 52. CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE Controla las fechas en las que toca presentar impuestos, y aprovecha el fin de año para hacer una buena PLANIFICACIÓN FISCAL.
  • 53. DECLARACIONES TRIBUTARIAS TRIMESTRALES Y ANUALES - 2014 1T - Primer trimestre: operaciones realizadas de 1 de enero a 31 de marzo. 2T - Segundo trimestre: de 1 de abril a 30 de junio. 3T -Tercer trimestre: de 1 de julio a 30 de septiembre. 4T- Cuarto trimestre: de 1 de octubre a 31 de diciembre IVA IRPF IMPUESTO DE SOCIEDADES DECLARACIONES INFORMATIVAS
  • 54. GESTIÓN FISCAL DE LA EMPRESA Toca presentar las declaraciones ante Hacienda, ¡Manos a la obra! . Recopilar y revisar todas las facturas del período. Si las conservas bien ordenadas es más fácil. . Comprobar las declaraciones que hay que presentar, plazos y procedimiento. . Elaborar la contabilidad o preparar datos necesarios. . Calcular la liquidación de impuestos. . Cumplimentar los formularios. . Realizar la presentación ante la Agencia Tributaria . Si las declaraciones son a pagar, realizar el pago o pedir aplazamiento. Realizar trámites
  • 55. ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA – TRÁMITES ONLINE FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS Desde 2014 presentación telemática obligatoria generalizada Algunas declaraciones pueden cumplimentarse online y presentarse en papel preimpreso. Quedan prohibidos los formularios en papel. Nuevo sistema para 2014 www.agenciatributaria.gob.es
  • 56. ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA – TRÁMITES ONLINE FORMAS DE PAGO DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS Desde 2014 presentación telemática obligatoria generalizada Cuenta bancaria: titular. Papel preimpreso: Entidad bancaria Domiciliación bancaria (5 días antes fin plazo) NRC: Código con validez 24h www.agenciatributaria.gob.es En extinción
  • 57. APLAZAMIENTO DE IMPUESTOS Solicitar aplazamiento antes de que finalice el plazo de presentación del impuesto . Aplazamiento de deudas > 18.000 € necesita garantía o aval. . Aplazamiento de deudas < 18.000 € Presentar propuesta de aplazamiento y domiciliación bancaria, la Agencia Tributaria responderá a la petición. Hay que estar al corriente de pagos para que sea aprobada. Y si se incumplen los plazos, el acuerdo queda sin efecto. Tipo interés 2014 5% Desde enero de 2014 no se admite el aplazamiento de retenciones.
  • 58. REQUERIMIENTO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA Pasos a seguir si nos llega un requerimiento. Plazo de respuesta: 10 días hábiles desde la recepción. . Aportar documentación / presentar alegaciones -Registro general. -Internet -Pedir cita en las oficinas ¿Y si no hacen caso a mis alegaciones? . Presentar recurso de reposición (plazo de un mes) Tampoco, ni caso . . . . Presentar reclamación económico-administrativa al TEAR. (plazo de un mes) y aportar garantías. Hacienda sigue en sus trece…. . Presentar recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente. El “sobre del terror” La notificación puede llegar por . CORREO CERTIFICADO . BUZÓN ELECTRÓNICO . BOLETÍN OFICIAL (si no se recoge por otra vía).
  • 59. INSPECCIÓN DE LA AGENCIA TRIBUTARIA Pasos a seguir en caso de comprobación o inspección de Hacienda La Administración puede iniciar inspección si detecta indicios de fraude o por un plan especial de inspección, para comprobar si los datos declarados corresponden con la realidad. Las actuaciones normalmente se desarrollan en la oficinas de la Agencia Tributaria > nos envían citación. ¿Y si el inspector nos visita? podemos autorizar la entrada o exigir la orden judicial. Si el inspector lo considera oportuno puede revisar nuestras cuentas bancarias, entrevistar a nuestros clientes, etc. Buenos días, soy de Hacienda y vengo a inspeccionar tu empresa. Recuerda que tengo 4 años para pedirte cuentas de todo.
  • 60. FALLOS EN LAS DECLARACIONES No se han presentado las declaraciones en el plazo establecido. Las declaraciones se han presentado con errores Si no se han presentado. . . . Declaraciones informativas. Sanción por fuera de plazo. . Declaraciones de impuestos A pagar: recargo (mínimo 5% y máximo 20% con intereses de demora) + sanción. A devolver / resultado negativo : sanción por fuera de plazo. Si contienen errores . . . Subsanarlos mediante escrito ante la AEAT o presentación de declaraciones sustitutivas / complementarias. Puede haber sanciones y recargos. Si arreglamos lo ocurrido antes de que nos requieran, evitaremos la sanción.
  • 62. ¡Muchas gracias por vuestra atención! Miriam Almazán Monge me.almazan@afiris.es @afiris @me_almazan Afiris asesoría de empresas miriamelenaalmazan www.afiris.es www.asesoriazaragoza.es Isaac Peral 1 1ºE – Zaragoza Tel. 976234430