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TRIBUTOS Y EMPRENDIMIENTOS
EMPRESARIALES
Dr. José Eduardo Romero Frías
CLASES DE TRIBUTOS
 ¿QUE ES UN TRIBUTO?
Es el aporte obligatorio, en dinero, que el Estado impone con
el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.
El pago siempre es en dinero. Solamente cuando existe deuda
tributaria por incumplimientos se puede aplicar dación en pago o la
Administ. puede embargar y rematar bienes.
 ¿CÓMO SE CLASIFICAN LOS TRIBUTOS?
Impuestos
Tasas
Contribuciones Especiales
Patentes Municipales
IMPUESTO Y ELEMENTOS DEL
TRIBUTO
 ¿QUE ES UN IMPUESTO?
Es el tributo cuya obligación tiene como hecho
generador una situación prevista por Ley
 ¿QUÉ ES EL HECHO GENERADOR?
Es el presupuesto de naturaleza Jur. o Eco.
expresamente establecido por Ley para configurar
cada tributo, cuyo acaecimiento origina el
nacimiento de la obligación tributaria.
El hecho generador es el “por qué” del tributo
ELEMENTOS DEL TRIBUTO
 ¿QUÉ ES EL OBJETO DEL TRIBUTO?
Es la actividad gravada con el tributo. Es el “qué” del
tributo.
 ¿QUÉ ES LA BASE IMPONIBLE?
Es la unidad de medida, valor o magnitud, sobre la
cual se aplica la alícuota para determinar el tributo a
pagar. Es el “sobre qué” del tributo.
 ¿QUÉ ES LA ALÍCUOTA?
Es el valor fijo o porcentual que debe aplicarse a la
base imponible para determinar el tributo a pagar.
Es el “cuanto” del tributo.
ELEMENTOS DEL TRIBUTO
 ¿QUÉ ES EL SUJETO PASIVO?
Es la persona física o jurídica que debe cumplir las
obligaciones tributarias, en general es el contribuyente.
Es “quién debe pagar”
 ¿QUÉ ES EL SUJETO ACTIVO?
Es el Estado, por medio de la Administración Tributaria (SIN,
Aduana, Gobiernos Municipales) que tiene facultades de
control y cobro. Es “quién debe cobrar”
* Estos elementos del tributo se establecen en la misma ley de
creación del mismo.
IMPUESTOS QUE SE APLICAN A
EMPRESAS
 CLASES DE IMPUESTO
Existen a la fecha 14 impuestos, de los
cuales 5 son los que se aplican a las
empresas según el rubro en el que
desempeñen su actividad.
¿QUÉ GRAVA?
 Ventas habituales de bienes muebles
 Alquiler y subalquiler de bienes muebles y/o inmuebles
 Contratos de obras y de prestación de servicios en
general
 Importaciones definitivas
 Arrendamiento financiero con bienes muebles
¿QUIENES PAGAN?
 Personas Naturales y Jurídicas que realicen las
operaciones mencionadas anteriormente.
PERSONAS NATURALES:
Es todo ser humano o individuo que hace y obtiene
la capacidad legal.
PERSONAS JURIDICAS:
Son entes ficticios que obtienen capacidad legal
gracias a que el Código Civil les asigna poder para
contratar y contraer obligaciones, representados por
una persona natural.
¿QUIENES NO PAGAN?
Las personas que efectúen las sgtes. operaciones:
 Exportaciones
 Venta de servicios turísticos y hospedaje a turistas extranjeros
 Importaciones por cuerpo diplomático
 Importaciones “bonafide” hasta $us 1000
 La cesión de bienes o activos sujetos a procesos de
titularización a cargo de sociedades titularizadoras
 Transferencia de cartera
 Transacción con valores de oferta publica
 Actividades culturales de artistas nacionales en escenarios
estatales o municipales.
¿CUAL ES LA ALÍCUOTA?
 13 % SOBRE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL
BIEN Y/O SERVICIO.
 Alícuota nominal = 13% y Alícuota efectiva = 14,94%
Costo + ganancia (utilidad) = 100
I. V. A. = 14,94
Precio de venta (total facturado) = 114,94
Al precio de venta se aplica alícuota nominal
13% * 114,94 = 14,9422 (Impuesto a pagar)
DÉBITO Y CRÉDITO FISCAL
 Débito Fiscal es el monto que el contribuyente está obligado a
pagar al Fisco.
 Crédito Fiscal es el monto del IVA contenido en las compras
del contribuyente: compras en mercado interno (facturas de
compra) e importaciones (DUI’s)
 Para determinar y pagar el IVA se resta el crédito del débito.
 En raros casos en que se vende a precio de costo o aún
menos que el costo, se mantiene la obligación de facturar y
presentar declaración jurada. El impuesto, en los hechos, no
se paga o se paga mínimamente porque el crédito fiscal
debería ser mayor o igual que el débito, o el débito sería
mínimo.
¿Qué formularios se deben utilizar?
 Form 143-1(mensual)
 Boleta de pago (B.P.) 6015-1
 Declaración de Mercancías de Importación
(en la Aduana le llama DUI – Declaración
Única de Importación) Conocida
antiguamente como Póliza de importación
¿Cuándo se debe pagar?
 Pago Mensual
 Importaciones en el momento del despacho
aduanero (Nacionalización de la mercancía o
desaduanización)
¿QUÉ GRAVA?
Contribuyentes en relación de
dependencia
 Sueldos y salarios de los
dependientes
 Jornales, sobresueldos, horas
extras, bonos, dietas etc.
Contribuyentes directos Personas
naturales y sucesiones indivisas
con ingresos habituales por:
 Alquileres
 Intereses de depósitos en caja de
ahorro a plazo fijo y cuenta
corriente
 Honorarios de directores de S.A. y
síndicos
 Anticréticos
 Sueldos de personal contratado
localmente por misiones
diplomáticas, org. internacionales y
gob. extranjeros
 Ingresos de personas contratadas
por el sector publico
¿QUIENES PAGAN?
 Todos los empleados
del sector publico o
privado a través del
agente de retención
 El agente de retención
es el empleador, quien
está encargado de
efectuar la retención y
pago del RC-IVA
 Todas las personas
naturales señaladas
anteriormente.
 El pago lo efectúan
directamente.
¿QUIENES NO PAGAN?
 Personas naturales que
perciban rentas de jubilación
y pensiones de vejez.
 Aguinaldos
 Beneficios Sociales
 Subsidios
 Otros similares
 Personas naturales y
sucesiones indivisas
alcanzadas por el IUE
 Intereses generados por
DPF colocados en moneda
nacional en UFVs mayores
de 30 días
 Intereses generados por
depósitos a plazos fijos
colocados a un plazo mayor
o igual a 3 años.
¿CUAL ES LA ALICUOTA?
 13% sobre la diferencia
de los ingresos y las
deducciones permitidas
 13% sobre el monto
total de ingresos
percibidos
¿Qué formularios se deben utilizar?
 Formulario 98-1 (mensual)
 No es necesaria su
presentación si no existiera
impuesto retenido.
 Formulario 87 detalles de
facturas (dependientes)
 Formulario 94-1
(retenciones)
 B.P. 6015-1
 Formulario 71-1 (trimestral)
 Formulario 87 detalle de
facturas.
 B.P. 6015-1
¿CUÁNDO SE DEBE PAGAR?
 Pago Mensual  Trimestral del 1 al 20
del mes siguiente,
vencido el trimestre a
declararse
IUE- Impuesto sobre las Utilidades
de las Empresas
 EMPRESAS
 PROFESIONALES LIBERALES U OFICIOS
 BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR
IUE – EMPRESAS ¿QUÉ GRAVA?
 Grava la utilidad neta (utilidad bruta menos
gastos deducibles)
IUE – EMPRESAS ¿QUIÉNES PAGAN?
 Pagan todas las empresas públicas y privadas inclusive las
unipersonales
 No pagan:
1. Gobierno Nacional
2. Gobiernos Departamentales
3. Gobiernos Municipales
4. Universidades Públicas
5. Asociaciones, Fundaciones e Instituciones sin fines de lucro
autorizadas legalmente.
6. Producción y difusión artística nacional
7. Nuevas Industrias establecidas en El Alto
8. Industrias establecidas en Cobija, siempre que exporten.
IUE – EMPRESAS
¿CUÁL ES LA ALICUOTA?
La alícuota es el 25% sobre utilidades netas
IUE - EMPRESAS
Los formularios son:
1. Formulario 80-1 (anual) empresas obligadas a llevar registros
contables y no obligadas a llevar registros contables
2. Formulario 421-1 (anual) anexo formulario 80
3. Formulario 93-1 (retenciones)
4. B.P. 6015-1 empresas mineras
5. Formulario 14 (pequeños mineros)
6. Formulario 17-1 (anual)
7. Formulario 19-1 (mensual)
8. Formulario 25-1 (anual)
9. Formulario 27-1 (anual)
10. B.P. 6569-1
IUE – EMPRESAS
 Se debe pagar, cuando es anual hasta 120
días posteriores al cierre de su gestión fiscal,
este cierre de gestión se establece de
acuerdo a cada rubro.
 Este pago es acreditable para el pago del IT
IUE – PROFESIONES LIBRES Y
OFICIOS
 Grava la utilidad presunta, (50% del monto total de
los ingresos percibidos durante la gestión anual)
 A esta mitad de los ingresos se aplica la alícuota
del 25%, es decir se llega al 12,5% de los ingresos
totales.
 Luego se puede deducir el IVA declarado y pagado,
durante la gestión anual a declararse, hasta la mitad
de lo obtenido, es decir, en definitiva se puede llegar
al 6,25% de los ingresos totales.
IUE – PROFESIONES LIBRES Y
OFICIOS
 Pagan personas naturales que ejercen profesiones
liberales y oficios en forma independiente,
incluyendo Notarios de Fe Pública, Oficiales de
Registro Civil, comisionistas, factores, corredores de
comercio.
 No pagan profesiones liberales u oficios
desarrollados en relación de dependencia y
actividades culturales de artistas nacionales en
escenarios Estatales o Municipales
IUE – PROFESIONES LIBRES Y
OFICIOS
Los formularios son:
1. Form. 80-1 (anual)
2. Form. 81-1 (anual- El Alto)
3. Form. 87, detalle de facturas (gastos
personales de la gestión a declararse)
4. B.P. 6015-1
IUE – PROFESIONES LIBRES Y
OFICIOS
 Pagan anualmente hasta 120 días
posteriores al cierre de su gestión fiscal, de
acuerdo a su rubro.
IUE – BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR
 Grava las utilidades de fuente boliviana
remitidas al exterior.
 Actividades totalmente o parcialmente
realizadas en el país.
IUE – BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR
 Pagan personas naturales y jurídicas que
remitan dichas rentas y las sucursales de
empresas que efectúan actividades parciales
en el país.
IUE – BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR
 La alícuota es la Tasa efectiva del monto
remesado:
1. 12.5% beneficiarios del exterior (rentas de
fuente boliviana)
2. 4% actividades parcialmente realizadas en
el país.
3. 1.5% actividades parcialmente realizadas
en el país (remesas al exterior)
IUE – BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR
 Form. 54-1 Beneficiaros del exterior.
 B.P. 6016-1
 Form. 55-1 (mensual) actividades parcialmente
desarrolladas en el país utilidad neta presunta.
 Form. 56-1 actividades parcialmente desarrolladas
en el país Art. 43 Remesas por actividades
parcialmente realizadas en el país.
 B.P. 6015-1
IUE – BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR
 Todos estos formularios se deben utilizar y
pagar el impuesto mensualmente
¿QUÉ GRAVA?
Grava el ingreso bruto obtenido por el
ejercicio de cualquier actividad lucrativa o no:
1. Comercio
2. Industria
3. Profesión
4. Oficio
5. Alquiler de Bienes
6. Obras y Servicios
7. Trasferencia a titulo gratuito de bienes muebles,
inmuebles y derechos
¿QUINES PAGAN?
 Pagan todas las personas naturales o jurídicas que realicen las actividades antes
señaladas
 No pagan:
1. Trabajo personal en relación de dependencia
2. Desempeño de cargos públicos
3. Exportaciones
4. Servicios prestados por el Estado Nacional, Departamentos y Gobiernos Municipales
5. Intereses de depósitos en cajas de ahorro, plazo fijo y cuenta corriente
6. Establecimientos educacionales privados de enseñanza con plano oficial
7. Edición e importación de libros y diarios
8. Ley del Mercado de Valores
9. Compra-Venta de Valores, Cuotas de capital
10. Servicios de representaciones diplomáticas
11. Compra-Venta de minerales, metales, petróleo y gas natural en el mercado interno,
siempre que sea destinado a la exportación
12. Transferencia de cartera
13. Transacción con valores de oferta pública
14. Actividades culturales de artistas nacionales en escenarios Estatales o Municipales
15. La cesión de bienes o activos sujetos a procesos de titularización a cargo de
sociedades titularizadoras
ALÍCUOTA
 La alícuota es el 3% del monto de la
transacción (ingreso bruto obtenido)
FORMULARIOS
 Los formularios son:
1. 156-1 (mensual) transacciones habituales
2. Form. 173-1 transferencias a titulo gratuito
y venta de: motonaves, aeronaves, cuotas
de capital y otros bienes (primera venta o
segunda venta de bienes no registrados)
3. Form. 95-1 (retenciones)
4. B.P. 6015-1
¿CUÁNDO SE PAGA? –
ACREDITACIÓN CON EL IUE
 Se paga mensualmente, 10 días hábiles,
posteriores a la fecha del nacimiento del
hecho imponible.
 El monto del IUE pagado la gestión anterior
se acredita mensualmente al IT (como pago
a cuenta), hasta que se agote el monto del
IUE.
ITF – IMPUESTO A LAS
TRANSACCIONES FINANCIERAS
 Grava:
1. Retiros o depósitos en cuentas corrientes y cajas de ahorro.
2. Pagos o transferencias de fondos
3. Adquisición de cheques u otros instrumentos financieros
existentes o por crearse
4. Entrega del dinero cobrado o recaudado
5. Transferencias o envíos de dinero, al exterior o al interior del
país a través de entidades financieras y otras entidades.
6. Entrega o recepción, de fondos propios o de terceros a
través de otros sistemas de pago
¿QUIÉNES PAGAN?
 Pagan: “personas titulares o propietarios
de las cuentas corrientes y cuentas de
ahorro; que efectúan pagos o trasferencias
de fondos; que adquieren cheques u otros
similares; beneficiarios de la recaudación o
cobranza, las que instruyen las
transferencias o envíos de dinero y las que
operan otro sistema de pago
NO PAGAN
 Genéricas (sin solicitud)
 Acreditación y retiro de DPF
 Bonos por remesas al exterior
 Cargos y abonos por asientos de
corrección y cuentas entre el B.C. y
entidades financieras.
 Créditos y debitos en:
- Cuentas de ahorro Personal en M.N.
o UFV y cuentas de ahorro P.N.
montos menores a $us. 2000.-
- Debitos por: mantenimientos de
cuentas; deposito en cuentas
recaudadoras de impuestos, aportes y
primas; deposito de inversionistas en
cuentas generadoras de agencias de
bolsa
 Especificas (previa solicitud)
 Cuentas de instituciones o empresas
publicas, cuentas de misiones
diplomáticas, consulares y personal
diplomático o consular
 Cuentas relacionadas con seguridad
social de corto y largo plazo y vivienda.
 Cuentas de empresas administradoras
de cajeros automáticos
 Cuentas para operaciones de agencias
de bolsa y entidades de depósitos de
valores
 Cuentas de patrimonio autónomo
 Cuentas de entidades de servicio de
envío o transferencias de fondos
 Cuentas de agencias despachantes de
aduanas
 Cuentas comprendidas en el Nº 1 de la
Resolución Ministerial 504/2004
ALÍCUOTA
 Actualmente la alícuota es del 0.15%
FORMULARIOS
 Los formularios son:
1. Form. 160 (declaraciones juradas de pago)
2. Form. 161 declaraciones juradas
respaldatorias.
3. Form. 162 solicitud de exención.
4. B.P.6050
PAGO Y AGENTES DE RETENCIÓN
 Se paga a través de los agentes de
retención (entidades financieras) en cada
operación gravada.
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Tributos para mypes_y_pimes_j_14_3_10

  • 1. TRIBUTOS Y EMPRENDIMIENTOS EMPRESARIALES Dr. José Eduardo Romero Frías
  • 2. CLASES DE TRIBUTOS  ¿QUE ES UN TRIBUTO? Es el aporte obligatorio, en dinero, que el Estado impone con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines. El pago siempre es en dinero. Solamente cuando existe deuda tributaria por incumplimientos se puede aplicar dación en pago o la Administ. puede embargar y rematar bienes.  ¿CÓMO SE CLASIFICAN LOS TRIBUTOS? Impuestos Tasas Contribuciones Especiales Patentes Municipales
  • 3. IMPUESTO Y ELEMENTOS DEL TRIBUTO  ¿QUE ES UN IMPUESTO? Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador una situación prevista por Ley  ¿QUÉ ES EL HECHO GENERADOR? Es el presupuesto de naturaleza Jur. o Eco. expresamente establecido por Ley para configurar cada tributo, cuyo acaecimiento origina el nacimiento de la obligación tributaria. El hecho generador es el “por qué” del tributo
  • 4. ELEMENTOS DEL TRIBUTO  ¿QUÉ ES EL OBJETO DEL TRIBUTO? Es la actividad gravada con el tributo. Es el “qué” del tributo.  ¿QUÉ ES LA BASE IMPONIBLE? Es la unidad de medida, valor o magnitud, sobre la cual se aplica la alícuota para determinar el tributo a pagar. Es el “sobre qué” del tributo.  ¿QUÉ ES LA ALÍCUOTA? Es el valor fijo o porcentual que debe aplicarse a la base imponible para determinar el tributo a pagar. Es el “cuanto” del tributo.
  • 5. ELEMENTOS DEL TRIBUTO  ¿QUÉ ES EL SUJETO PASIVO? Es la persona física o jurídica que debe cumplir las obligaciones tributarias, en general es el contribuyente. Es “quién debe pagar”  ¿QUÉ ES EL SUJETO ACTIVO? Es el Estado, por medio de la Administración Tributaria (SIN, Aduana, Gobiernos Municipales) que tiene facultades de control y cobro. Es “quién debe cobrar” * Estos elementos del tributo se establecen en la misma ley de creación del mismo.
  • 6. IMPUESTOS QUE SE APLICAN A EMPRESAS  CLASES DE IMPUESTO Existen a la fecha 14 impuestos, de los cuales 5 son los que se aplican a las empresas según el rubro en el que desempeñen su actividad.
  • 7.
  • 8. ¿QUÉ GRAVA?  Ventas habituales de bienes muebles  Alquiler y subalquiler de bienes muebles y/o inmuebles  Contratos de obras y de prestación de servicios en general  Importaciones definitivas  Arrendamiento financiero con bienes muebles
  • 9. ¿QUIENES PAGAN?  Personas Naturales y Jurídicas que realicen las operaciones mencionadas anteriormente. PERSONAS NATURALES: Es todo ser humano o individuo que hace y obtiene la capacidad legal. PERSONAS JURIDICAS: Son entes ficticios que obtienen capacidad legal gracias a que el Código Civil les asigna poder para contratar y contraer obligaciones, representados por una persona natural.
  • 10. ¿QUIENES NO PAGAN? Las personas que efectúen las sgtes. operaciones:  Exportaciones  Venta de servicios turísticos y hospedaje a turistas extranjeros  Importaciones por cuerpo diplomático  Importaciones “bonafide” hasta $us 1000  La cesión de bienes o activos sujetos a procesos de titularización a cargo de sociedades titularizadoras  Transferencia de cartera  Transacción con valores de oferta publica  Actividades culturales de artistas nacionales en escenarios estatales o municipales.
  • 11. ¿CUAL ES LA ALÍCUOTA?  13 % SOBRE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL BIEN Y/O SERVICIO.  Alícuota nominal = 13% y Alícuota efectiva = 14,94% Costo + ganancia (utilidad) = 100 I. V. A. = 14,94 Precio de venta (total facturado) = 114,94 Al precio de venta se aplica alícuota nominal 13% * 114,94 = 14,9422 (Impuesto a pagar)
  • 12. DÉBITO Y CRÉDITO FISCAL  Débito Fiscal es el monto que el contribuyente está obligado a pagar al Fisco.  Crédito Fiscal es el monto del IVA contenido en las compras del contribuyente: compras en mercado interno (facturas de compra) e importaciones (DUI’s)  Para determinar y pagar el IVA se resta el crédito del débito.  En raros casos en que se vende a precio de costo o aún menos que el costo, se mantiene la obligación de facturar y presentar declaración jurada. El impuesto, en los hechos, no se paga o se paga mínimamente porque el crédito fiscal debería ser mayor o igual que el débito, o el débito sería mínimo.
  • 13. ¿Qué formularios se deben utilizar?  Form 143-1(mensual)  Boleta de pago (B.P.) 6015-1  Declaración de Mercancías de Importación (en la Aduana le llama DUI – Declaración Única de Importación) Conocida antiguamente como Póliza de importación
  • 14. ¿Cuándo se debe pagar?  Pago Mensual  Importaciones en el momento del despacho aduanero (Nacionalización de la mercancía o desaduanización)
  • 15.
  • 16. ¿QUÉ GRAVA? Contribuyentes en relación de dependencia  Sueldos y salarios de los dependientes  Jornales, sobresueldos, horas extras, bonos, dietas etc. Contribuyentes directos Personas naturales y sucesiones indivisas con ingresos habituales por:  Alquileres  Intereses de depósitos en caja de ahorro a plazo fijo y cuenta corriente  Honorarios de directores de S.A. y síndicos  Anticréticos  Sueldos de personal contratado localmente por misiones diplomáticas, org. internacionales y gob. extranjeros  Ingresos de personas contratadas por el sector publico
  • 17. ¿QUIENES PAGAN?  Todos los empleados del sector publico o privado a través del agente de retención  El agente de retención es el empleador, quien está encargado de efectuar la retención y pago del RC-IVA  Todas las personas naturales señaladas anteriormente.  El pago lo efectúan directamente.
  • 18. ¿QUIENES NO PAGAN?  Personas naturales que perciban rentas de jubilación y pensiones de vejez.  Aguinaldos  Beneficios Sociales  Subsidios  Otros similares  Personas naturales y sucesiones indivisas alcanzadas por el IUE  Intereses generados por DPF colocados en moneda nacional en UFVs mayores de 30 días  Intereses generados por depósitos a plazos fijos colocados a un plazo mayor o igual a 3 años.
  • 19. ¿CUAL ES LA ALICUOTA?  13% sobre la diferencia de los ingresos y las deducciones permitidas  13% sobre el monto total de ingresos percibidos
  • 20. ¿Qué formularios se deben utilizar?  Formulario 98-1 (mensual)  No es necesaria su presentación si no existiera impuesto retenido.  Formulario 87 detalles de facturas (dependientes)  Formulario 94-1 (retenciones)  B.P. 6015-1  Formulario 71-1 (trimestral)  Formulario 87 detalle de facturas.  B.P. 6015-1
  • 21. ¿CUÁNDO SE DEBE PAGAR?  Pago Mensual  Trimestral del 1 al 20 del mes siguiente, vencido el trimestre a declararse
  • 22.
  • 23. IUE- Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas  EMPRESAS  PROFESIONALES LIBERALES U OFICIOS  BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR
  • 24. IUE – EMPRESAS ¿QUÉ GRAVA?  Grava la utilidad neta (utilidad bruta menos gastos deducibles)
  • 25. IUE – EMPRESAS ¿QUIÉNES PAGAN?  Pagan todas las empresas públicas y privadas inclusive las unipersonales  No pagan: 1. Gobierno Nacional 2. Gobiernos Departamentales 3. Gobiernos Municipales 4. Universidades Públicas 5. Asociaciones, Fundaciones e Instituciones sin fines de lucro autorizadas legalmente. 6. Producción y difusión artística nacional 7. Nuevas Industrias establecidas en El Alto 8. Industrias establecidas en Cobija, siempre que exporten.
  • 26. IUE – EMPRESAS ¿CUÁL ES LA ALICUOTA? La alícuota es el 25% sobre utilidades netas
  • 27. IUE - EMPRESAS Los formularios son: 1. Formulario 80-1 (anual) empresas obligadas a llevar registros contables y no obligadas a llevar registros contables 2. Formulario 421-1 (anual) anexo formulario 80 3. Formulario 93-1 (retenciones) 4. B.P. 6015-1 empresas mineras 5. Formulario 14 (pequeños mineros) 6. Formulario 17-1 (anual) 7. Formulario 19-1 (mensual) 8. Formulario 25-1 (anual) 9. Formulario 27-1 (anual) 10. B.P. 6569-1
  • 28. IUE – EMPRESAS  Se debe pagar, cuando es anual hasta 120 días posteriores al cierre de su gestión fiscal, este cierre de gestión se establece de acuerdo a cada rubro.  Este pago es acreditable para el pago del IT
  • 29. IUE – PROFESIONES LIBRES Y OFICIOS  Grava la utilidad presunta, (50% del monto total de los ingresos percibidos durante la gestión anual)  A esta mitad de los ingresos se aplica la alícuota del 25%, es decir se llega al 12,5% de los ingresos totales.  Luego se puede deducir el IVA declarado y pagado, durante la gestión anual a declararse, hasta la mitad de lo obtenido, es decir, en definitiva se puede llegar al 6,25% de los ingresos totales.
  • 30. IUE – PROFESIONES LIBRES Y OFICIOS  Pagan personas naturales que ejercen profesiones liberales y oficios en forma independiente, incluyendo Notarios de Fe Pública, Oficiales de Registro Civil, comisionistas, factores, corredores de comercio.  No pagan profesiones liberales u oficios desarrollados en relación de dependencia y actividades culturales de artistas nacionales en escenarios Estatales o Municipales
  • 31. IUE – PROFESIONES LIBRES Y OFICIOS Los formularios son: 1. Form. 80-1 (anual) 2. Form. 81-1 (anual- El Alto) 3. Form. 87, detalle de facturas (gastos personales de la gestión a declararse) 4. B.P. 6015-1
  • 32. IUE – PROFESIONES LIBRES Y OFICIOS  Pagan anualmente hasta 120 días posteriores al cierre de su gestión fiscal, de acuerdo a su rubro.
  • 33. IUE – BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR  Grava las utilidades de fuente boliviana remitidas al exterior.  Actividades totalmente o parcialmente realizadas en el país.
  • 34. IUE – BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR  Pagan personas naturales y jurídicas que remitan dichas rentas y las sucursales de empresas que efectúan actividades parciales en el país.
  • 35. IUE – BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR  La alícuota es la Tasa efectiva del monto remesado: 1. 12.5% beneficiarios del exterior (rentas de fuente boliviana) 2. 4% actividades parcialmente realizadas en el país. 3. 1.5% actividades parcialmente realizadas en el país (remesas al exterior)
  • 36. IUE – BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR  Form. 54-1 Beneficiaros del exterior.  B.P. 6016-1  Form. 55-1 (mensual) actividades parcialmente desarrolladas en el país utilidad neta presunta.  Form. 56-1 actividades parcialmente desarrolladas en el país Art. 43 Remesas por actividades parcialmente realizadas en el país.  B.P. 6015-1
  • 37. IUE – BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR  Todos estos formularios se deben utilizar y pagar el impuesto mensualmente
  • 38.
  • 39. ¿QUÉ GRAVA? Grava el ingreso bruto obtenido por el ejercicio de cualquier actividad lucrativa o no: 1. Comercio 2. Industria 3. Profesión 4. Oficio 5. Alquiler de Bienes 6. Obras y Servicios 7. Trasferencia a titulo gratuito de bienes muebles, inmuebles y derechos
  • 40. ¿QUINES PAGAN?  Pagan todas las personas naturales o jurídicas que realicen las actividades antes señaladas  No pagan: 1. Trabajo personal en relación de dependencia 2. Desempeño de cargos públicos 3. Exportaciones 4. Servicios prestados por el Estado Nacional, Departamentos y Gobiernos Municipales 5. Intereses de depósitos en cajas de ahorro, plazo fijo y cuenta corriente 6. Establecimientos educacionales privados de enseñanza con plano oficial 7. Edición e importación de libros y diarios 8. Ley del Mercado de Valores 9. Compra-Venta de Valores, Cuotas de capital 10. Servicios de representaciones diplomáticas 11. Compra-Venta de minerales, metales, petróleo y gas natural en el mercado interno, siempre que sea destinado a la exportación 12. Transferencia de cartera 13. Transacción con valores de oferta pública 14. Actividades culturales de artistas nacionales en escenarios Estatales o Municipales 15. La cesión de bienes o activos sujetos a procesos de titularización a cargo de sociedades titularizadoras
  • 41. ALÍCUOTA  La alícuota es el 3% del monto de la transacción (ingreso bruto obtenido)
  • 42. FORMULARIOS  Los formularios son: 1. 156-1 (mensual) transacciones habituales 2. Form. 173-1 transferencias a titulo gratuito y venta de: motonaves, aeronaves, cuotas de capital y otros bienes (primera venta o segunda venta de bienes no registrados) 3. Form. 95-1 (retenciones) 4. B.P. 6015-1
  • 43. ¿CUÁNDO SE PAGA? – ACREDITACIÓN CON EL IUE  Se paga mensualmente, 10 días hábiles, posteriores a la fecha del nacimiento del hecho imponible.  El monto del IUE pagado la gestión anterior se acredita mensualmente al IT (como pago a cuenta), hasta que se agote el monto del IUE.
  • 44.
  • 45. ITF – IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS  Grava: 1. Retiros o depósitos en cuentas corrientes y cajas de ahorro. 2. Pagos o transferencias de fondos 3. Adquisición de cheques u otros instrumentos financieros existentes o por crearse 4. Entrega del dinero cobrado o recaudado 5. Transferencias o envíos de dinero, al exterior o al interior del país a través de entidades financieras y otras entidades. 6. Entrega o recepción, de fondos propios o de terceros a través de otros sistemas de pago
  • 46. ¿QUIÉNES PAGAN?  Pagan: “personas titulares o propietarios de las cuentas corrientes y cuentas de ahorro; que efectúan pagos o trasferencias de fondos; que adquieren cheques u otros similares; beneficiarios de la recaudación o cobranza, las que instruyen las transferencias o envíos de dinero y las que operan otro sistema de pago
  • 47. NO PAGAN  Genéricas (sin solicitud)  Acreditación y retiro de DPF  Bonos por remesas al exterior  Cargos y abonos por asientos de corrección y cuentas entre el B.C. y entidades financieras.  Créditos y debitos en: - Cuentas de ahorro Personal en M.N. o UFV y cuentas de ahorro P.N. montos menores a $us. 2000.- - Debitos por: mantenimientos de cuentas; deposito en cuentas recaudadoras de impuestos, aportes y primas; deposito de inversionistas en cuentas generadoras de agencias de bolsa  Especificas (previa solicitud)  Cuentas de instituciones o empresas publicas, cuentas de misiones diplomáticas, consulares y personal diplomático o consular  Cuentas relacionadas con seguridad social de corto y largo plazo y vivienda.  Cuentas de empresas administradoras de cajeros automáticos  Cuentas para operaciones de agencias de bolsa y entidades de depósitos de valores  Cuentas de patrimonio autónomo  Cuentas de entidades de servicio de envío o transferencias de fondos  Cuentas de agencias despachantes de aduanas  Cuentas comprendidas en el Nº 1 de la Resolución Ministerial 504/2004
  • 48. ALÍCUOTA  Actualmente la alícuota es del 0.15%
  • 49. FORMULARIOS  Los formularios son: 1. Form. 160 (declaraciones juradas de pago) 2. Form. 161 declaraciones juradas respaldatorias. 3. Form. 162 solicitud de exención. 4. B.P.6050
  • 50. PAGO Y AGENTES DE RETENCIÓN  Se paga a través de los agentes de retención (entidades financieras) en cada operación gravada.