1) El documento describe el procedimiento de flagrancia según el Código Orgánico Procesal Penal venezolano, el cual permite el juzgamiento directo del imputado sin una fase preparatoria cuando es aprehendido en flagrancia.
2) Explica que la flagrancia se refiere a un estado probatorio que permite la detención sin orden judicial y el juzgamiento abreviado, mientras que la detención in fraganti se refiere específicamente a la aprehensión del individuo.
3) Detalla las distintas
simulacro de una audiencia oral de presentacion del aprenhendido en un delito flagrante estipulado en nuestro codigo organico procesal penal y tambien en una audiencia oral de presentacion por detencion policial
Este documento trata sobre varios temas relacionados con el proceso penal en Ecuador. Explica las diferentes clases de pruebas, los actos urgentes que puede realizar el fiscal, las medidas cautelares personales y reales, los acuerdos de reparación, la detención en flagrancia, el allanamiento de domicilios y lugares públicos, y la prisión preventiva ordenada por un juez.
El documento describe los siete procedimientos penales especiales establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela. Explica que el procedimiento abreviado permite el juzgamiento directo del acusado por el tribunal de juicio sin la fase preparatoria cuando los elementos del juicio están disponibles. Define la flagrancia como un delito que se está cometiendo o acaba de cometerse, y explica que la detección en flagrancia puede dar lugar a un proceso abreviado o ordinario.
Este documento describe los procedimientos especiales en el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela. Explica que hay siete procedimientos especiales, incluyendo el procedimiento abreviado, el procedimiento por admisión de los hechos, y el procedimiento de extradición. Luego, se enfoca en dar más detalles sobre el procedimiento abreviado, explicando sus dos modalidades y describiendo los aspectos de la calificación de flagrancia.
Aprehención en delito flagrante diapositivas 12 febrrukirukijose
1) El documento describe el procedimiento de flagrancia según el Código Orgánico Procesal Penal venezolano, el cual permite el juzgamiento directo del imputado sin una fase preparatoria cuando es aprehendido en flagrancia.
2) Explica que la flagrancia se refiere a un estado probatorio que permite la detención sin orden judicial y el juzgamiento abreviado, mientras que la detención in fraganti se refiere específicamente a la aprehensión del individuo.
3) Detalla las distintas
Este documento discute la definición legal de flagrancia y delito flagrante. Explica que flagrancia se refiere a la convicción de que un delito se ha cometido, mientras que la aprehensión en flagrancia permite la detención sin orden judicial. Analiza diferentes interpretaciones legales de estos conceptos y casos en los que podrían aplicarse. Finalmente, resume criterios jurisprudenciales que establecen que la determinación de flagrancia corresponde al fiscal y no puede ser decretada por un juez de manera automática.
1) El documento describe varias formas alternativas de prosecución del proceso penal en Venezuela como el principio de oportunidad, la delación, los acuerdos reparatorios y la suspensión condicional del proceso. 2) También explica medidas cautelares como la aprehensión en flagrancia y la privación de libertad preventiva, así como medidas sustitutivas. 3) Finalmente presenta un caso práctico sobre la aprehensión en flagrancia de dos sujetos por robo agravado.
El documento describe los procedimientos legales involucrados en la investigación penal en Venezuela de acuerdo con la Constitución y el Código Orgánico de Procedimiento Penal. Explica cómo una investigación puede iniciarse por denuncia, querella o de oficio, y las etapas de la investigación como la imputación, pruebas anticipadas y juicio oral. También cubre procedimientos para casos flagrantes como la aprehensión del sospechoso y su presentación ante un juez dentro de las 12 horas.
simulacro de una audiencia oral de presentacion del aprenhendido en un delito flagrante estipulado en nuestro codigo organico procesal penal y tambien en una audiencia oral de presentacion por detencion policial
Este documento trata sobre varios temas relacionados con el proceso penal en Ecuador. Explica las diferentes clases de pruebas, los actos urgentes que puede realizar el fiscal, las medidas cautelares personales y reales, los acuerdos de reparación, la detención en flagrancia, el allanamiento de domicilios y lugares públicos, y la prisión preventiva ordenada por un juez.
El documento describe los siete procedimientos penales especiales establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela. Explica que el procedimiento abreviado permite el juzgamiento directo del acusado por el tribunal de juicio sin la fase preparatoria cuando los elementos del juicio están disponibles. Define la flagrancia como un delito que se está cometiendo o acaba de cometerse, y explica que la detección en flagrancia puede dar lugar a un proceso abreviado o ordinario.
Este documento describe los procedimientos especiales en el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela. Explica que hay siete procedimientos especiales, incluyendo el procedimiento abreviado, el procedimiento por admisión de los hechos, y el procedimiento de extradición. Luego, se enfoca en dar más detalles sobre el procedimiento abreviado, explicando sus dos modalidades y describiendo los aspectos de la calificación de flagrancia.
Aprehención en delito flagrante diapositivas 12 febrrukirukijose
1) El documento describe el procedimiento de flagrancia según el Código Orgánico Procesal Penal venezolano, el cual permite el juzgamiento directo del imputado sin una fase preparatoria cuando es aprehendido en flagrancia.
2) Explica que la flagrancia se refiere a un estado probatorio que permite la detención sin orden judicial y el juzgamiento abreviado, mientras que la detención in fraganti se refiere específicamente a la aprehensión del individuo.
3) Detalla las distintas
Este documento discute la definición legal de flagrancia y delito flagrante. Explica que flagrancia se refiere a la convicción de que un delito se ha cometido, mientras que la aprehensión en flagrancia permite la detención sin orden judicial. Analiza diferentes interpretaciones legales de estos conceptos y casos en los que podrían aplicarse. Finalmente, resume criterios jurisprudenciales que establecen que la determinación de flagrancia corresponde al fiscal y no puede ser decretada por un juez de manera automática.
1) El documento describe varias formas alternativas de prosecución del proceso penal en Venezuela como el principio de oportunidad, la delación, los acuerdos reparatorios y la suspensión condicional del proceso. 2) También explica medidas cautelares como la aprehensión en flagrancia y la privación de libertad preventiva, así como medidas sustitutivas. 3) Finalmente presenta un caso práctico sobre la aprehensión en flagrancia de dos sujetos por robo agravado.
El documento describe los procedimientos legales involucrados en la investigación penal en Venezuela de acuerdo con la Constitución y el Código Orgánico de Procedimiento Penal. Explica cómo una investigación puede iniciarse por denuncia, querella o de oficio, y las etapas de la investigación como la imputación, pruebas anticipadas y juicio oral. También cubre procedimientos para casos flagrantes como la aprehensión del sospechoso y su presentación ante un juez dentro de las 12 horas.
Este documento resume dos tipos de procedimientos legales en Venezuela: el procedimiento abreviado y el procedimiento de flagrancia. El procedimiento abreviado permite el juicio directo de los acusados por el tribunal si se cumplen ciertas condiciones. El procedimiento de flagrancia se aplica para delitos descubiertos en el acto y establece plazos estrictos para la detención, presentación ante el fiscal y el juez, y el juicio. Ambos procedimientos buscan agilizar los procesos legales de acuerdo con lo estable
El documento discute la detención domiciliaria como medida cautelar en el derecho procesal penal peruano. Explica que la detención domiciliaria limita la libertad de locomoción de una persona al requerir que permanezca en su domicilio. Compara cómo se regula en otros países de América Latina y España. También analiza su regulación en el Código Procesal Penal peruano de 1991 y en el nuevo Código Procesal Penal, señalando que aplica principalmente para personas mayores de 65 años, enfermas o emb
El documento habla sobre el procedimiento abreviado en derecho penal venezolano. Explica que el procedimiento abreviado puede ser solicitado por el Ministerio Público para delitos que puedan ser castigados con menos de 4 años de prisión. También describe los tres supuestos posibles que puede determinar el juez de control sobre la solicitud del procedimiento abreviado realizada por el Ministerio Público.
Este documento describe el procedimiento abreviado para la audiencia de presentación por detención policial. En la audiencia, el Ministerio Público debe probar que el aprehendido fue detenido en flagrancia y solicitar una medida de coerción, mientras que la defensa puede pedir la apertura de una investigación si la detención fue ilegal. Luego, el juez decidirá si el imputado ingresa a prisión o es puesto en libertad condicional.
Procedimientos especiales Luis Carlos Zapata y Marixel Ledezmamaestriaderecho
Este documento presenta un resumen de los diferentes procedimientos especiales en la legislación penal panameña. Describe brevemente los procedimientos especiales simplificados inmediato, juicio oral inmediato, directo inmediato y directo, así como los procesos especiales ante la Asamblea Nacional, la Corte Suprema de Justicia y para casos de extradición. Concluye que estos procedimientos especiales proveen vías para resolver casos complejos de manera más eficiente, garantizando los derechos de acusados y víctimas.
El documento analiza la naturaleza jurídica y los presupuestos para la aplicación de la detención domiciliaria. Explica que la detención domiciliaria es una medida cautelar que restringe la libertad locomotora pero no implica internamiento, y que su aplicación depende principalmente de la evaluación del peligro procesal. También aclara que no es una alternativa a la detención preventiva, sino una forma de comparecencia restringida para cuando no se cumplen los requisitos de la detención preventiva.
El documento describe el procedimiento de flagrancia según el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal. El procedimiento abreviado se aplica cuando se trata de un delito flagrante, es decir, que se está cometiendo o acaba de cometerse. El documento establece los lapsos que tiene la autoridad para presentar al sospechoso ante el fiscal y el juez de control, quien decidirá si aplica el procedimiento abreviado o el procedimiento ordinario.
Este artículo analiza el concepto de flagrancia delictiva, sus características y clases en la doctrina procesal. Examina los derechos fundamentales que pueden verse afectados ante un caso de flagrancia y busca precisar correctamente el concepto de presunción de flagrancia. Finalmente, propone una reforma legislativa sobre la presunción de flagrancia.
En 3 oraciones:
El documento resume una tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre las órdenes de aprehensión en el sistema penal acusatorio y oral. Determina que para decretar una orden de aprehensión contra un imputado declarado sustraído a la justicia, no es necesario un estudio exhaustivo de los elementos del delito o la participación del imputado. También analiza una tesis sobre una reforma al Código Penal de Puebla relacionada con el robo de vehículos y su desmantelamiento.
Este documento describe varios procedimientos penales especiales en Venezuela. Resume el procedimiento para delitos menos graves, incluyendo las etapas de imputación, suspensión condicional del proceso, juicio oral y público. También resume los procedimientos de extradición, el procedimiento contra la delincuencia organizada, el procedimiento en casos de violencia contra la mujer, y el procedimiento en el sistema de responsabilidad penal del adolescente.
Este documento analiza la detención en el nuevo código procesal penal peruano. Explica que la detención restringe la libertad personal, un derecho fundamental, y solo se permite en casos excepcionales previstos por la ley. Describe los supuestos de detención permitidos en la investigación previa y procesal, así como los requisitos y límites a la detención. Finalmente, compara brevemente la regulación de la detención en los derechos alemán y francés.
Procedimientos especiales en el proceso penal venezolano correspondientesAura giselle R Pereira
Los procedimientos especiales en materia penal en el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) incluyen regulaciones sobre la forma del enjuiciamiento, el tipo de delito juzgado, y la calidad de las personas juzgadas. Un procedimiento especial es para juzgar faltas de manera sumarísima mediante un escrito del funcionario al juez indicando la identidad del imputado, descripción del hecho, disposición legal infringida, y datos para el juicio. Otro procedimiento es la extradición que requiere la colaboración
Este documento contiene información sobre varios temas relacionados con el derecho penal en Venezuela. En menos de 3 oraciones, resume lo siguiente: El documento cubre procedimientos legales como casos del ministerio público, extradición, delitos de acción privada, y juicios contra altos funcionarios. Incluye jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia sobre varios de estos temas.
Este documento presenta varios casos y procedimientos legales. Brevemente resume: 1) El tribunal supremo decidió declarar legal la aprehensión de un imputado de homicidio a pesar de no haber flagrancia debido a amenazas previas. 2) Explica el procedimiento para juicios contra el presidente y altos funcionarios ante el tribunal supremo. 3) Discuten una sentencia sobre si un caso de difamación debía tratarse como delito de acción privada.
El documento trata sobre la naturaleza jurídica del proceso penal. Explica que el proceso surge de una relación jurídica entre varios sujetos procesales como el juez, el acusado y la víctima. También describe los siete procedimientos penales especiales establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal venezolano, incluyendo el procedimiento abreviado y el procedimiento para delitos menos graves. Además, define lo que constituye un delito flagrante y explica que el procedimiento abreviado puede aplicarse
Este documento resume tres casos judiciales relacionados con el derecho penal en Venezuela. El primer caso trata sobre la aplicación de una medida de privación de libertad preventiva a un imputado acusado de homicidio calificado. El segundo caso analiza una querella por difamación y decide que no corresponde un antejuicio de mérito. El tercer caso acepta un recurso de apelación relacionado con una indemnización por daños morales.
El documento resume los procedimientos abreviado y directo en el Código Judicial de Panamá y el Código Procesal Penal. El proceso abreviado permite al imputado solicitar un proceso más rápido a cambio de una reducción de sentencia. El proceso directo se aplica cuando el imputado es detenido en flagrancia o confiesa, y consiste en un juicio rápido. También describe el procedimiento simplificado, donde el fiscal puede solicitar sentencia inmediata si el imputado acepta los cargos por delitos menores.
El documento describe el procedimiento abreviado para delitos flagrantes según el Código Orgánico Procesal Penal venezolano. Se define un delito flagrante como aquel que se está cometiendo o acaba de cometerse, y la persona es perseguida por la autoridad, víctima o clamor público. Cuando ocurre un delito flagrante, cualquier autoridad o particular puede aprehender al sospechoso para entregarlo a las autoridades dentro de 12 horas. El fiscal tiene 36 horas para presentar al aprehendido ante un juez, quien dentro de
Este documento describe el procedimiento de flagrancia y procedimiento abreviado en el derecho procesal penal ecuatoriano. Define la flagrancia como un delito que se está cometiendo o acaba de cometerse cerca del lugar del hecho. Explica los tipos de flagrancia y cómo el aprehensor debe poner al aprendido a disposición del fiscal dentro de las 12 horas y el fiscal dentro de las 36 horas debe presentarlo ante el juez de control. También describe cómo el juez puede decretar un procedimiento abreviado si el fiscal lo solicita y el acusado adm
El documento describe los diferentes procedimientos penales especiales contemplados en el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela. Estos procedimientos se caracterizan por suprimir una o más fases del procedimiento ordinario y son aplicables a delitos flagrantes, delitos menores o delitos que no merezcan pena privativa de libertad. El documento explica en detalle cada uno de los procedimientos especiales como la flagrancia, los procedimientos abreviados, la admisión de los hechos, el procedimiento para enjuiciar altos funcionarios y la extradición
El documento resume dos temas sobre procedimientos penales especiales y la flagrancia en Venezuela. Explica que los procedimientos penales especiales son aquellos regulados en el Código Orgánico Procesal Penal para tratar asuntos que requieren un tratamiento más expedito. Identifica siete procedimientos especiales incluyendo el procedimiento abreviado, el cual puede aplicarse a delitos flagrantes sin importar la pena. También define la flagrancia como un delito que se está cometiendo o acaba de cometerse, y establece que el fiscal debe solicitar al
Este documento resume dos tipos de procedimientos legales en Venezuela: el procedimiento abreviado y el procedimiento de flagrancia. El procedimiento abreviado permite el juicio directo de los acusados por el tribunal si se cumplen ciertas condiciones. El procedimiento de flagrancia se aplica para delitos descubiertos en el acto y establece plazos estrictos para la detención, presentación ante el fiscal y el juez, y el juicio. Ambos procedimientos buscan agilizar los procesos legales de acuerdo con lo estable
El documento discute la detención domiciliaria como medida cautelar en el derecho procesal penal peruano. Explica que la detención domiciliaria limita la libertad de locomoción de una persona al requerir que permanezca en su domicilio. Compara cómo se regula en otros países de América Latina y España. También analiza su regulación en el Código Procesal Penal peruano de 1991 y en el nuevo Código Procesal Penal, señalando que aplica principalmente para personas mayores de 65 años, enfermas o emb
El documento habla sobre el procedimiento abreviado en derecho penal venezolano. Explica que el procedimiento abreviado puede ser solicitado por el Ministerio Público para delitos que puedan ser castigados con menos de 4 años de prisión. También describe los tres supuestos posibles que puede determinar el juez de control sobre la solicitud del procedimiento abreviado realizada por el Ministerio Público.
Este documento describe el procedimiento abreviado para la audiencia de presentación por detención policial. En la audiencia, el Ministerio Público debe probar que el aprehendido fue detenido en flagrancia y solicitar una medida de coerción, mientras que la defensa puede pedir la apertura de una investigación si la detención fue ilegal. Luego, el juez decidirá si el imputado ingresa a prisión o es puesto en libertad condicional.
Procedimientos especiales Luis Carlos Zapata y Marixel Ledezmamaestriaderecho
Este documento presenta un resumen de los diferentes procedimientos especiales en la legislación penal panameña. Describe brevemente los procedimientos especiales simplificados inmediato, juicio oral inmediato, directo inmediato y directo, así como los procesos especiales ante la Asamblea Nacional, la Corte Suprema de Justicia y para casos de extradición. Concluye que estos procedimientos especiales proveen vías para resolver casos complejos de manera más eficiente, garantizando los derechos de acusados y víctimas.
El documento analiza la naturaleza jurídica y los presupuestos para la aplicación de la detención domiciliaria. Explica que la detención domiciliaria es una medida cautelar que restringe la libertad locomotora pero no implica internamiento, y que su aplicación depende principalmente de la evaluación del peligro procesal. También aclara que no es una alternativa a la detención preventiva, sino una forma de comparecencia restringida para cuando no se cumplen los requisitos de la detención preventiva.
El documento describe el procedimiento de flagrancia según el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal. El procedimiento abreviado se aplica cuando se trata de un delito flagrante, es decir, que se está cometiendo o acaba de cometerse. El documento establece los lapsos que tiene la autoridad para presentar al sospechoso ante el fiscal y el juez de control, quien decidirá si aplica el procedimiento abreviado o el procedimiento ordinario.
Este artículo analiza el concepto de flagrancia delictiva, sus características y clases en la doctrina procesal. Examina los derechos fundamentales que pueden verse afectados ante un caso de flagrancia y busca precisar correctamente el concepto de presunción de flagrancia. Finalmente, propone una reforma legislativa sobre la presunción de flagrancia.
En 3 oraciones:
El documento resume una tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre las órdenes de aprehensión en el sistema penal acusatorio y oral. Determina que para decretar una orden de aprehensión contra un imputado declarado sustraído a la justicia, no es necesario un estudio exhaustivo de los elementos del delito o la participación del imputado. También analiza una tesis sobre una reforma al Código Penal de Puebla relacionada con el robo de vehículos y su desmantelamiento.
Este documento describe varios procedimientos penales especiales en Venezuela. Resume el procedimiento para delitos menos graves, incluyendo las etapas de imputación, suspensión condicional del proceso, juicio oral y público. También resume los procedimientos de extradición, el procedimiento contra la delincuencia organizada, el procedimiento en casos de violencia contra la mujer, y el procedimiento en el sistema de responsabilidad penal del adolescente.
Este documento analiza la detención en el nuevo código procesal penal peruano. Explica que la detención restringe la libertad personal, un derecho fundamental, y solo se permite en casos excepcionales previstos por la ley. Describe los supuestos de detención permitidos en la investigación previa y procesal, así como los requisitos y límites a la detención. Finalmente, compara brevemente la regulación de la detención en los derechos alemán y francés.
Procedimientos especiales en el proceso penal venezolano correspondientesAura giselle R Pereira
Los procedimientos especiales en materia penal en el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) incluyen regulaciones sobre la forma del enjuiciamiento, el tipo de delito juzgado, y la calidad de las personas juzgadas. Un procedimiento especial es para juzgar faltas de manera sumarísima mediante un escrito del funcionario al juez indicando la identidad del imputado, descripción del hecho, disposición legal infringida, y datos para el juicio. Otro procedimiento es la extradición que requiere la colaboración
Este documento contiene información sobre varios temas relacionados con el derecho penal en Venezuela. En menos de 3 oraciones, resume lo siguiente: El documento cubre procedimientos legales como casos del ministerio público, extradición, delitos de acción privada, y juicios contra altos funcionarios. Incluye jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia sobre varios de estos temas.
Este documento presenta varios casos y procedimientos legales. Brevemente resume: 1) El tribunal supremo decidió declarar legal la aprehensión de un imputado de homicidio a pesar de no haber flagrancia debido a amenazas previas. 2) Explica el procedimiento para juicios contra el presidente y altos funcionarios ante el tribunal supremo. 3) Discuten una sentencia sobre si un caso de difamación debía tratarse como delito de acción privada.
El documento trata sobre la naturaleza jurídica del proceso penal. Explica que el proceso surge de una relación jurídica entre varios sujetos procesales como el juez, el acusado y la víctima. También describe los siete procedimientos penales especiales establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal venezolano, incluyendo el procedimiento abreviado y el procedimiento para delitos menos graves. Además, define lo que constituye un delito flagrante y explica que el procedimiento abreviado puede aplicarse
Este documento resume tres casos judiciales relacionados con el derecho penal en Venezuela. El primer caso trata sobre la aplicación de una medida de privación de libertad preventiva a un imputado acusado de homicidio calificado. El segundo caso analiza una querella por difamación y decide que no corresponde un antejuicio de mérito. El tercer caso acepta un recurso de apelación relacionado con una indemnización por daños morales.
El documento resume los procedimientos abreviado y directo en el Código Judicial de Panamá y el Código Procesal Penal. El proceso abreviado permite al imputado solicitar un proceso más rápido a cambio de una reducción de sentencia. El proceso directo se aplica cuando el imputado es detenido en flagrancia o confiesa, y consiste en un juicio rápido. También describe el procedimiento simplificado, donde el fiscal puede solicitar sentencia inmediata si el imputado acepta los cargos por delitos menores.
El documento describe el procedimiento abreviado para delitos flagrantes según el Código Orgánico Procesal Penal venezolano. Se define un delito flagrante como aquel que se está cometiendo o acaba de cometerse, y la persona es perseguida por la autoridad, víctima o clamor público. Cuando ocurre un delito flagrante, cualquier autoridad o particular puede aprehender al sospechoso para entregarlo a las autoridades dentro de 12 horas. El fiscal tiene 36 horas para presentar al aprehendido ante un juez, quien dentro de
Este documento describe el procedimiento de flagrancia y procedimiento abreviado en el derecho procesal penal ecuatoriano. Define la flagrancia como un delito que se está cometiendo o acaba de cometerse cerca del lugar del hecho. Explica los tipos de flagrancia y cómo el aprehensor debe poner al aprendido a disposición del fiscal dentro de las 12 horas y el fiscal dentro de las 36 horas debe presentarlo ante el juez de control. También describe cómo el juez puede decretar un procedimiento abreviado si el fiscal lo solicita y el acusado adm
El documento describe los diferentes procedimientos penales especiales contemplados en el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela. Estos procedimientos se caracterizan por suprimir una o más fases del procedimiento ordinario y son aplicables a delitos flagrantes, delitos menores o delitos que no merezcan pena privativa de libertad. El documento explica en detalle cada uno de los procedimientos especiales como la flagrancia, los procedimientos abreviados, la admisión de los hechos, el procedimiento para enjuiciar altos funcionarios y la extradición
El documento resume dos temas sobre procedimientos penales especiales y la flagrancia en Venezuela. Explica que los procedimientos penales especiales son aquellos regulados en el Código Orgánico Procesal Penal para tratar asuntos que requieren un tratamiento más expedito. Identifica siete procedimientos especiales incluyendo el procedimiento abreviado, el cual puede aplicarse a delitos flagrantes sin importar la pena. También define la flagrancia como un delito que se está cometiendo o acaba de cometerse, y establece que el fiscal debe solicitar al
El documento describe el procedimiento de flagrancia en 3 partes. Primero, cuando alguien es atrapado en flagrancia, la policía lo lleva a la comisaría donde el fiscal recoge declaraciones y pruebas. Segundo, el juez de investigación determina si el caso califica para un juicio rápido. Tercero, si califica, el juez de juzgamiento convoca a una audiencia y emite sentencia de manera rápida, dando al imputado varias oportunidades de reducir su sanción a lo largo del proceso.
Este documento describe el procedimiento abreviado en el derecho penal venezolano. Explica que el Ministerio Público puede proponer un procedimiento abreviado para delitos flagrantes ante el juez de control. Detalla que los procedimientos abreviados tienen como objetivo acortar sustancialmente la duración de los juicios, ya sea suprimiendo fases del proceso o acortando plazos. El documento también especifica que el juez de control debe verificar que se cumplan los requisitos para decretar la aplicación del procedimiento abreviado.
Este documento describe el procedimiento abreviado en el derecho penal venezolano. Explica que el Ministerio Público puede proponer un procedimiento abreviado para delitos flagrantes ante el juez de control. Detalla que los procedimientos abreviados tienen como objetivo acortar sustancialmente la duración de los juicios, ya sea suprimiendo fases del proceso o acortando plazos. Uno de estos procedimientos abreviados es el que se aplica para delitos flagrantes, donde el fiscal puede solicitarlo ante el juez de control si
Capitulo viii procedimiento ordinario investigacionBegazo GA
El documento resume las características generales del procedimiento ordinario sobre crimen o simple delito en Chile. Este procedimiento se aplica a las infracciones penales que no califican para los procedimientos especiales. La estructura del procedimiento ordinario comprende tres fases: la investigación, la intermedia y el juicio oral. La fase de investigación está sujeta a plazos y predomina el principio de legalidad, mientras que las actuaciones de investigación no constituyen prueba para el juicio.
Este documento contiene información sobre los requisitos y procedimientos para la detención de un sospechoso sorprendido en flagrancia de un delito. Explica que la persona debe ser sorprendida cometiendo el delito o inmediatamente después, el delito debe ameritar pena privativa de libertad, y la detención debe producirse en flagrancia. También describe los plazos y responsables para presentar al detenido ante un juez y solicitar medidas cautelares o su libertad.
El documento discute la naturaleza jurídica del proceso penal. Explica que el proceso surge de una relación jurídica entre varios sujetos procesales como el juez, el acusado y la víctima. También analiza los diferentes tipos de flagrancia y los procedimientos penales especiales establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal venezolano, incluyendo el procedimiento abreviado y el procedimiento para delitos menos graves.
La primera etapa de investigación consiste en la audiencia inicial, formulación de cargos y vinculación a proceso. El Ministerio Público dirige la investigación de los delitos y coordina a la policía. Existen diferentes formas de terminar una investigación como abstenerse de investigar cuando no hay delito, archivar temporalmente cuando faltan pruebas o decretar el no ejercicio de la acción penal antes de la audiencia inicial.
El documento habla sobre el procedimiento abreviado en la justicia penal. Este procedimiento permite el juzgamiento directo de los imputados por el tribunal de juicio sin necesidad de pasar por la fase preparatoria, siempre que todos los elementos del juicio estén disponibles. El procedimiento abreviado sólo se aplica a delitos flagrantes de acción pública y tiene como objetivo hacer más eficiente el servicio de justicia penal.
Este documento describe el proceso de audiencia oral de presentación de un aprehendido por un delito flagrante o por detención policial. El fiscal presentará al aprehendido ante el juez de control dentro de las 36 horas para exponer cómo ocurrió la aprehensión y solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado. El juez convocará al juicio oral dentro de los 10 a 15 días siguientes para que el fiscal y la víctima presenten acusaciones directamente.
Este documento resume los principales elementos de prueba y procedimientos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela. Explica los sistemas de valoración de pruebas como la sana crítica y el conocimiento científico. También describe el proceso de privación judicial preventiva de libertad, incluidos los requisitos y plazos. Finalmente, resume los roles del Ministerio Público, la víctima y el juez de control en la audiencia de presentación inicial del proceso penal.
El procedimiento abreviado es un proceso judicial acelerado que omite la etapa preparatoria y lleva al acusado directamente ante el tribunal para el juicio. Se aplica a delitos públicos en tres casos: delitos flagrantes sin importar la pena, delitos con pena menor a 4 años, y delitos sin pena de prisión. El juez de control decidirá en 48 horas si aplica el procedimiento abreviado o el ordinario basado en la solicitud del fiscal.
El procedimiento abreviado es un proceso judicial acelerado que omite la etapa preparatoria y lleva al acusado directamente ante el tribunal para el juicio. Se aplica a delitos públicos en tres casos: delitos flagrantes sin importar la pena, delitos con pena menor a 4 años, y delitos sin pena de prisión. El juez de control decidirá en 48 horas si aplica el procedimiento abreviado o el ordinario basado en la solicitud del fiscal.
Este documento describe el procedimiento de audiencia oral de presentación de un aprehendido por delito flagrante en Venezuela. Explica que cuando alguien es atrapado cometiendo un delito o poco después cerca del lugar del crimen, cualquier autoridad u otra persona puede detenerlo y entregarlo a las autoridades dentro de las 12 horas. Luego, el fiscal tiene 36 horas para presentar al detenido ante un juez, quien dentro de las 48 horas siguientes debe decidir si se aplica el procedimiento abreviado u ordinario y fijar una medida de coerción o ordenar la
El documento habla sobre la naturaleza jurídica de los procedimientos penales especiales. Explica que estos procedimientos son supletorios a las reglas del procedimiento ordinario y que se caracterizan por suprimir o modificar algunas fases del proceso penal ordinario. También define conceptos como delito flagrante y establece los requisitos y efectos de la admisión de los hechos por parte de un imputado.
Proceso penal antes de la reforma de 2008EynarEnrique
El documento describe el proceso penal en el estado de Quintana Roo antes de la reforma de 2008. Resume los principales pasos del proceso incluyendo la denuncia, averiguación previa, ejercicio de la acción penal, detención, consignación ante tribunales, declaración preparatoria, periodo probatorio, y autos de termino constitucional. También define conceptos clave como delito, acción penal, pruebas periciales y testimoniales.
Este documento describe las tres posibles conclusiones de la primera fase del proceso penal venezolano: el archivo fiscal, la solicitud de sobreseimiento y la acusación. Explica que el archivo fiscal ocurre cuando no hay pruebas suficientes, el sobreseimiento puede ocurrir por cuatro razones como la falta de responsabilidad del acusado, y la acusación procede cuando hay fundamentos serios para un juicio.
Este documento presenta un mapa conceptual sobre los diferentes procedimientos penales especiales establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela. Describe siete procedimientos especiales como el abreviado, para delitos menos graves, de admisión de los hechos, para juzgar a altos funcionarios, de instancia privada, para medidas de seguridad y reparación de daños. También explica la naturaleza jurídica de los procesos penales y los tres supuestos que proceden la flagrancia.
T4 educacion a distancia -mariela j. ferrer m. v-12305675Joen Araujo
La educación a distancia es una modalidad educativa en la que los estudiantes no necesitan asistir físicamente a clases, sino que reciben materiales por correo electrónico o en aulas virtuales y envían tareas resueltas de forma remota. Ofrece flexibilidad horaria, acceso desde cualquier lugar y una enseñanza personalizada, pero requiere mucha disciplina por parte del estudiante.
Practica n 1 corte y biselado gianpiero fusco p v-24320389 iii-133-00005pJoen Araujo
Este documento describe los pasos para realizar un ensayo metalográfico de probetas de acero, incluyendo el corte, biselado y pulido de las probetas, así como la observación de las muestras bajo un microscopio. El objetivo es identificar la microestructura del acero y analizar los efectos de los tratamientos térmicos aplicados mediante la preparación y examen metalográfico de las muestras. El documento explica la metodología experimental utilizada, que incluye el lijado y pulido de las probetas para
El documento discute los conceptos y clasificaciones de los actos procesales. Define los actos procesales como aquellos hechos voluntarios que tienen el efecto directo e inmediato de constituir, desarrollar, modificar o extinguir un proceso, ya sea que procedan de las partes, sus auxiliares, terceros o el órgano jurisdiccional. Explica que los actos procesales deben cumplir con las formas esenciales establecidas por la ley para ser válidos y garantizar el debido proceso. También
Contabilidad, importancia, ámbito de acción, la cuenta y su clasificación bás...Joen Araujo
El documento habla sobre la contabilidad financiera y la contabilidad de costos. La contabilidad financiera muestra información para el público en general como accionistas, acreedores y clientes. Su objetivo es facilitar información a personas externas a la administración de la empresa. La contabilidad de costos, por otro lado, tiene como objetivo ayudar a la toma de decisiones de los administradores y directivos de una empresa.
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La red telefónica tradicional ha evolucionado de una red analógica a una red digital, permitiendo una mayor capacidad, calidad y seguridad. Actualmente, la telefonía por Internet ha ganado popularidad al ofrecer llamadas de voz a bajo costo a través de protocolos de voz sobre IP.
Carlos Sosa -Carlos Peraza RECOMENDACIONES UIT R P.525, P.526, P.838, P.833 Joen Araujo
El documento presenta resúmenes de varias recomendaciones de la UIT (Unión Internacional de Telecomunicaciones) relacionadas con la propagación de ondas de radio. Brevemente describe los objetivos y contenidos de las recomendaciones UIT-R P.525, P.526, P.838 y P.833 sobre la atenuación debida a la lluvia y la predicción de propagación radioeléctrica. También resume partes de la Resolución UIT-R 1 sobre los procedimientos de adopción y aprobación de las recomendaciones de la UIT.
Tg 1 asma- chimeneas de las empresas de productos agricolas-julio valeroJoen Araujo
Este documento presenta un proyecto de investigación propuesto por un estudiante sobre los factores que contribuyen al asma en los niños en la comunidad de Araure, Portugal. El proyecto examinará tanto los factores internos como externos, incluidos los factores socio-culturales, ambientales y la contaminación del aire de las empresas vecinas. El objetivo general es determinar los factores que contribuyen al asma en los niños de la región, y los objetivos específicos incluyen estudiar los factores socio-culturales y ambientales relevantes, anal
1 simulacro audiencia oral de presentación del aprehendido en delito flagranteJoen Araujo
This document outlines the steps taken during an oral hearing where a person apprehended during the commission of a crime is presented before a judge. The judge verifies the identity of the detained individual and that proper arrest procedures were followed. Both the prosecution and defense are allowed to ask questions. The judge then decides whether to order pre-trial detention or release the person.
T 4, 5 y 7 procedimientos civiles especiales -Joen Araujo
El documento describe los procedimientos especiales de ejecución de hipoteca, prenda y créditos fiscales. El procedimiento de ejecución de hipoteca es exclusivo para cobrar deudas garantizadas con hipoteca. La ejecución de prenda requiere que el acreedor presente una solicitud ante el tribunal competente junto con el documento constitutivo de la prenda. La ejecución de créditos fiscales requiere un título ejecutivo y la competencia recae en los tribunales contencioso tributarios.
2 mapa conceptual - prescripción adquisitiva y su procedimiento-joenJoen Araujo
1) El documento describe los requisitos y procedimiento para la prescripción adquisitiva, que es la adquisición de la propiedad por el transcurso del tiempo establecido por la ley.
2) Se requiere posesión legítima continua y pacífica por 20 años para bienes inmuebles o 10 años para bienes muebles.
3) El proceso involucra presentar una demanda, citar a los demandados, publicar un edicto, y emitir una sentencia firme que declare la prescripción y se registre.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
Introducción a la clasificación de bienes en el Código Civil ecuatoriano
Aprehención en delito flagrante slideshare 12 febr
1. Simulacro de una audiencia oral de presentación del aprehendido en un delito flagrante
AUDIENCIA ORAL DE PRESENTACIÓN DEL APREHENDIDO COPP PROCEDIMIENTO DE FLAGRANCIA
Procedencia del Procedimiento Abreviado Procedencia del Procedimiento de flagrancia
De conformidad con
las disposiciones del
COPP, es una tramitación
sólo aplicable a delitos de
acción pública y tiene
como finalidad el
juzgamiento directo de
los imputados por el
tribunal de juicio,
obviando la tramitación
de la fase preparatoria, lo
cual sólo es posible
cuando todos los
elementos del
juzgamiento están
disponibles en manos del
sujeto titular de la acción
penal.
Por ejemplo:
La comisión del delito de Porte
de Arma de Fuego, previsto y
sancionado en el artículo 277 del
Código Penal Venezolano; a tal
efecto el Tribunal para decidir
observa:
Solicita la Defensa Privada, la
nulidad de la aprehensión, por
cuanto el mismo no fue practicado
en presencia de testigos que den fé
de la actuación policial; lo que a
criterio de este juzgador no es
razón suficientes para decretar lo
peticionado por la defensa, toda vez
que el termino flagrar parte de una
separación entre la detención y el
delito que no es exacta;
confundiendo por un lado, dos
figuras que si bien están
relacionadas, son disímiles;
además, se ha hecho énfasis en la
aprehensión del sujeto cuando lo
importante es la comisión del
delito. Se refiere la Sala a la
diferencia existente entre el delito
flagrante y la aprehensión in
fraganti; y a la concepción del
delito flagrante como un estado
probatorio.
En efecto, la doctrina patria autorizada más actualizada,
con ocasión a lo preceptuado en el artículo 44.1 de la
Constitución y en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal
Penal, distingue entre ambas figuras. El delito flagrante, según
lo señalado en los artículos 248 y 372.1 del Código Orgánico
Procesal Penal, constituye un estado probatorio cuyos efectos
jurídicos son: a) que tanto las autoridades como los particulares
pueden detener al autor del delito sin auto de inicio de
investigación ni orden judicial, y, b) el juzgamiento del delito
mediante la alternativa de un procedimiento abreviado.
Mientras que la detención in fraganti, vista la literalidad del
artículo 44.1 constitucional, se refiere, sin desvincularlo del
tema de la prueba, a la sola aprehensión del individuo (vid.
Jesús Eduardo Cabrera Romero, El delito flagrante como un
estado probatorio, en Revista de Derecho Probatorio, Nº 14,
Ediciones Homero, Car acas, 2006, pp. 9-105).
En la audiencia de calificación de flagrancia, el
Ministerio Público tiene que probar que efectivamente el
imputado fue aprehendido in fraganti en la comisión de un
delito.
En concreto el artículo 234 del COPP expresa:
Articulo 248. Definición. Para los efectos de este
Capítulo, se tendrá como delito flagrante el que se esté
cometiendo o el que acaba de cometerse (flagrancia real).
También se tendrá como delito flagrante aquel por el cual el
sospechoso o sospechosa se vea perseguido o perseguida por
la autoridad policial, por la víctima o por el clamor público
(cuasiflagrancia), o en el que se le sorprenda a poco de
haberse cometido el hecho, en el mismo lugar o cerca del
lugar donde se cometió, con armas, instrumentos u otros
objetos que de alguna manera hagan presumir con
fundamento que el o ella es el autor o autora (flagrancia
presunta a posteriori).
El Juez o Jueza de
Control decidirá sobre la
solicitud fiscal, dentro de las
cuarenta y ocho horas
siguientes desde que sea
puesto el aprehendido o
aprehendida a su disposición
En el COPP- Debate oral y público
(Art. 373 COPP).
Si el Juez o Jueza de Control verifica que están dados los
requisitos a que se refiere el artículo anterior, siempre que el o la
Fiscal del Ministerio Público lo haya solicitado, decretará la
aplicación del procedimiento abreviado, y remitirá las actuaciones
al tribunal de juicio, el cual convocará directamente al juicio oral y
público para que se celebre dentro de los diez a quince días
siguientes.
El procedimiento Lo
importante a destacar es
que la concepción de la
flagrancia como un
estado probatorio hace
que el delito y la prueba
sean indivisibles. Sin las
pruebas no solo no hay
flagrancia sino que la
detención de alguien sin
orden judicial no es
legítima.
“El delito flagrante implica
inmediatez en la aprehensión de
los hechos por los medios de
prueba que los trasladarán al
proceso, y esa condición de
flagrante, producto del citado
estado probatorio, no está unida
a que se detenga o no se
detenga al delincuente, o a que
se comience al instante a
perseguirlo.
En los ordenamientos procesales penales que tienen
establecido el procedimiento especial por flagrancia,
corresponde por lo general al Ministerio Público o
Fiscalía presentar al aprehendido en flagrancia ante
tribunal competente a fin de solicitarle que califique la
detención efectivamente como flagrante, y de ser
necesario, posible y conveniente, que decrete el
enjuiciamiento del imputado por el procedimiento
abreviado.
Lo importante es que cuando éste se identifica y captura,
después de ocurridos los hechos, puede ser enjuiciado por el
procedimiento abreviado, como delito flagrante” (vid. op.
cit. p. 39).
El juez debe calificar la flagrancia por dos razones
esenciales: La primera de ellas tiene que ver con la legalidad
de la aprehensión o detención del presunto delincuente in
fraganti, pues la Constitución de 1999 establece que una
persona sólo podrá ser detenida, bien por orden judicial o
cuando sea sorprendida en flagrante delito.
Es también delito flagrante aquel que "acaba de
cometerse".
2. COPP -2012
ART 372
Solo permanece el
supuesto de flagrancia.
Artículo 373. El aprehensor o
aprehensora dentro de las doce
horas siguientes a la detención,
pondrá al aprehendido o
aprehendida a la disposición del
Ministerio Público, quien dentro de
las treinta y seis horas siguientes, lo
o la presentará ante el Juez o Jueza
de Control competente a quien
expondrá cómo se produjo la
aprehensión, y según sea el caso,
solicitará la aplicación del
procedimiento ordinario o
abreviado, y la imposición de una
medida de coerción personal, o
solicitará la libertad del
aprehendido o aprehendida. En este
último caso, sin perjuicio del
ejercicio de las acciones a que
hubiere lugar.
La detención en flagrancia es universalmente
reconocida como una de las formas de inicio de la fase
preparatoria o sumario, y por ende del proceso penal. Sin
embargo, el COPP le da un tratamiento especial a esta
institución, pues si bien la reconoce como forma de
inicio del proceso penal ella puede dar lugar, bien a un
procedimiento especial que excluye la existencia de fase
preparatoria y permite el conocimiento del hecho
flagrante por un juez unipersonal con independencia de
la pena que tenga asignada el delito de que se trate, o
bien a la apertura de un procedimiento ordinario. De tal
manera, la detención en flagrancia no significa
necesariamente que el aprehendido deba ser juzgado por
el procedimiento abreviado y por tamo, nadie tiene
derecho subjetivo a ser juzgado por flagrancia pues ello
es asunto de orden público.
En nuestro país, el artículo 248 del Código Orgánico
Procesal Penal284, establece la definición de "delito
flagrante" que explícitamente contiene tres clasificaciones
que abordamos ab initio. En este sentido se debe resaltar que
el citado artículo no se refiere a la simple flagrancia, sino al
delito flagrante.
La detención in fraganti, por su parte, está referida o
bien a la detención de la persona en el sitio de los hechos a
poco de haberse cometido, lo cual es la ejemplificación más
clásica de la flagrancia, o bien a la aprehensión del
sospechoso a poco de haberse cometido el hecho en el
mismo lugar, o cerca del lugar donde se cometió, con armas,
instrumentos u otros objetos que de alguna manera hagan
presumir con fundamento que él es el autor, es decir, lo que
la doctrina impropiamente denomina la cuasi-flagrancia
FASES O ETAPAS DEL PROCESO
I LA FASE
PREPARATORIA
Con propósitos
didácticos se ha llamado
a este capítulo "La Fase
Preparatoria", pero como
quedará evidenciado al
final del mismo, en este
tipo de procedimiento
especial no existe una
fase preparatoria como la
establecida en el
procedimiento ordinario,
de acuerdo a las
siguientes
consideraciones:
En la práctica se han
visto casos donde se
ordena el pase a la fase
de juzgamiento
imputando un delito
genérico, es decir, se
somete a juicio a un
ciudadano por la presunta
comisión de uno de los
delitos "contra la
colectividad", "contra las
personas" etc.,
II. LA FASE
INTERMEDIA
El procedimiento especial
objeto de este análisis tiene
lugar únicamente a solicitud del
Ministerio Público una vez
cumplidos los requisitos de
Ley, y es en esta fase que el
juez de control decide
definitivamente si el
aprehendido debe ir a la fase
siguiente o si, por el contrario,
se deben iniciar las
investigaciones.
El juez de control, ante la
solicitud de calificación de
flagrancia cumple una función
vital en el proceso, la cual es
determinar si están dadas las
circunstancias para abrirle un
juicio al aprehendido.
III. PRECALIFICACIÓN JURÍDICA DE LOS
HECHOS
El fiscal "podrá" calificar el delito, lo que no
compartimos, pues siempre se "deberá" precalificar el
delito. Ob. Cit., pp. 125 y 126, 297 Advertimos que la
sola calificación jurídica no sirve para determinar el
objeto del juicio, pues aceptar tal criterio trae como
consecuencia que el cambio en la calificación -posterior-
alteraría el objeto del debate, y en consecuencia, hasta la
cosa juzgada.
La fase intermedia se funda en que los juicios
deben ser preparados convenientemente y se debe
llegar a ellos luego de una actividad responsable, ya
que por tener los juicios carácter público, el
imputado debe defenderse de la acusación en un
proceso abierto que puede ser conocido por cualquier
ciudadano, y aparte de ello, el juicio también tiene un
costo, y por más que la persona sea absuelta y se
comprueba su absoluta inocencia, el solo
sometimiento a juicio siempre habrá significado una
cuota considerable de sufrimiento, gastos y aún de
descrédito público. Por dichas razones, el proceso
correctamente estructurado tiene que garantizar que
la decisión de someter a juicio al imputado no sea
apresurada, superficial o arbitraria..
IV. LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS A LA
PROSECUCIÓN DEL PROCESO.
Sobre las medidas alternativas ya no queda mucho por
decir. Es prácticamente insostenible cualquier argumento
tendiente a impedir la imposición de éstas en la aplicación
del procedimiento in commento. Por ello consideramos
innecesario profundizar sobre este punto. Lo que sí debemos
dejar claro es que en el nuevo sistema de enjuiciamiento se
ha querido que a la fase de juzgamiento llegue el proceso lo
más depurado posible y que no se ponga en movimiento el
aparato judicial del Estado sino para casos realmente
relevantes. Si el juez de control en el caso de flagrancia
omite instar a las partes a la escogencia de una medida
alternativa de prosecución, estaría lesionando severamente
el derecho a la defensa y la garantía de igualdad consagradas
en el artículo 12 del COPP.
3. Respecto a esta figura la Sala del Tribunal Supremo de Justicia señaló, en su fallo Nº 2580/2001 de 11 de diciembre, lo siguiente:
“En este caso, la determinación de la flagrancia no está relacionada con el momento inmediato posterior a la realización del delito, es decir, la flagrancia no se determina porque el delito
‘acaba de cometerse’, como sucede con la situación descrita en el punto 2 [se refiere al delito flagrante propiamente dicho]. Esta situación no se refiere a una inmediatez en el tiempo entre el
delito y la verificación del sospechoso, sino que puede que el delito no se haya acabado de cometer, en términos literales, pero que por las circunstancias que rodean al sospechoso, el cual se
encuentra en el lugar o cerca del lugar donde se verificó el delito, y, esencialmente, por las armas, instrumentos u otros objetos materiales que visiblemente posee, es que el aprehensor puede
establecer una relación perfecta entre el sospechoso y el delito cometido” (corchetes y resaltado añadidos).
Aunque distinguible del delito flagrante, la aprehensión o detención in fraganti también forma parte del estado probatorio de la flagrancia, al punto de que es necesario que exista una
vinculación entre el cúmulo probatorio que conforma la sospecha con el delito cometido. Es decir, que exista la comisión de un delito y que alguien en el sitio de los hechos probatoriamente
pueda ser conectado con él.
Debate oral y público
VI. FASE DEL JUICIO ORAL
En esta fase, el tribunal de juicio
unipersonal, "sin considerar la pena", recibe las
actuaciones y convoca a la audiencia oral y
pública para dentro de los diez a quince días
contados al recibo de las mismas, y libra
notificaciones al Fiscal del Ministerio Público, a
la defensa, a la víctima y ordenará la citación o
traslado del imputado. Es en esta fase donde la
víctima y el Fiscal del Ministerio Público podrán
presentar su acusación, y el imputado, una vez
presentada la misma y antes del debate, podrá
admitir los hechos. En todo lo demás se seguirán
las reglas del procedimiento ordinario.
VII. DECRETO DE ARCHIVO FISCAL
El artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal,
establece que el fiscal y la víctima presentarán
directamente en la audiencia del juicio oral la acusación
en contra del imputado, lo que constituye el único acto
que en este procedimiento especial le corresponde317, ya
que el hecho de decretar el archivo de las actuaciones
luego de una solicitud de calificación de flagrancia, sería
totalmente contradictorio a la misma naturaleza del delito
flagrante. Según lo dispuesto en el artículo 322 del
Código Orgánico Procesal Penal. Sobre la cosa juzgada,
es improbable que se presente un caso originado por
delito flagrante.
"Artículo 361. Deliberación. Clausurado el debate,
los jueces pasarán a deliberar en sesión secreta, en la sala
destinada a tal efecto. En el caso del tribunal unipersonal
el juez pasará a decidir en dicha sala".
V. RESPONSABILIDAD DEL APREHENSOR.
Cuando una persona es sorprendida bajo los supuestos de flagrancia, obligatoriamente el funcionario público o facultativamente un particular, efectúan la detención del sorprendido sin
necesidad de una orden judicial, pero con la única finalidad de conducirlo ante la autoridad correspondiente. Ahora bien, ¿cómo podríamos determinar si la detención es legítima o ilegítima? Es
indiscutible que la circunstancia de la comprobación directa por parte de alguien con relación a la materialización del delito, es la que faculta para la aprehensión de su autor o partícipe, lo cual
exige del aprehensor la valoración de que se está cometiendo un delito que amerita pena privativa de libertad310. Pero en cuanto a la valoración del hecho y la manera de saber si merece o no
pena privativa de libertad, no pueden ser exigidas al funcionario y menos aún al particular, éstos no están obligados a conocer el derecho. Tampoco se puede responsabilizar al aprehensor en
todos los casos en que posteriormente se determine que el hecho no cubre los supuestos de la flagrancia.
Otra especial circunstancia, y que se presenta con mucha regularidad, es que los Fiscales del Ministerio Público solicitan al Juez de Control que califique la detención como "flagrante".
VIII. SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO
Siempre que no sea contradictorio a la solicitud
de flagrancia, el Fiscal del Ministerio Público podrá
solicitar el sobreseimiento de la causa en juicio, pero
sólo se podrá dictar antes de abierto el debate si
procede una causa extintiva de la acción penal.
De resto, deberá discutir el asunto en debate oral
y público, pues en juicio se dicta es una sentencia de
sobreseimiento, de acuerdo al artículo 364 ordinal5°
del Código Orgánico Procesal Penal , que dispone
que la sentencia contendrá, entre otros, la decisión
expresa sobre el sobreseimiento, absolución o
condena del acusado. Dicha sentencia es dictada
únicamente luego de haber recibido las pruebas,
toda vez que el mencionado artículo 364, se
encuentra ubicado en la sección tercera del capítulo
II, título III, bajo el nombre "De la deliberación y la
sentencia", (art. 361 del Código Orgánico Procesal
Penal).
4. IX. AUSENCIA DE LAS PARTES
Otro punto es cuando el fiscal simplemente no se presenta a la audiencia oral y pública y en consecuencia, por aplicación del principio de inmediación, el debate deberá ser fijado para
otra oportunidad. El Código Orgánico Procesal Penal establece claramente la forma de actuar de un juez en caso que no comparezca a juicio el defensor (artículo 332 último aparte325), el
imputado (artículo 262 Ord. 2°326) , o el querellante (artículo 297 Ord. 5°), artículo 250 Código Orgánico Procesal Penal, en el sentido de que cuando el juez de control decreta la orden de
privación judicial preventiva de libertad, comienzan a correr 30 días a los fines que el fiscal presente su acusación, en caso contrario se dejará al detenido en libertad, pudiendo aplicársele una
medida menos gravosa.
X. LAS PRUEBAS
Las pruebas que pueden ser incorporadas en esta fase, quedan delimitadas únicamente a las que se indiquen en el acta de aprehensión in fraganti331 y las que se hayan ordenado
practicar hasta antes de la presentación del sujeto.
XI.- CONCLUSIÓN AL TEMA
El Código Orgánico Procesal Penal cuenta con principios orientadores propios del sistema acusatorio que definen claramente la intención del legislador al estructurar nuestras normas
de enjuiciamiento, y buena solución sería el orientar dichos principios en beneficio no sólo del imputado, sino también de la víctima, que en muchas ocasiones queda aislada del escenario
donde es principal protagonista, para de esta manera poder llegar a la solución del asunto, que si bien en apariencias está dividida por las razones de las partes, en la realidad resultan unidas en
el esfuerzo para alcanzar la paz jurídica sin necesidad de subvertir la ley.
5. APREHENCIÓN EN DELITO FLAGRANTE
Audiencia oral de presentación del aprehendido en un delito flagrante
estipulado en nuestro código orgánico procesal penal
Realizar un mapa conceptual sobre el simulacro de una audiencia oral de presentacion
del aprenhendido en un delito flagrante estipulado en nuestro codigo organico
procesal penal y tambien en una audiencia oral de presentacion por detencion policial,
para dicha actividad realizaran el mapa en formato power point y lo enviaran mediante
Slideshare con su respectivo link o Url y su nombre y apellido.
Tutorial de Slideshare:
https://www.youtube.com/watch?v=t4xqh_RhJp0