Procedimiento Abreviado y Procedimiento de Flagrancia.
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Barquisimeto, Septiembre de 2015
Autores: Orlando Alvarado Acosta
C.I. 21506503
2. Procedimiento Abreviado
¿En qué consiste el
procedimiento abreviado?
Tiene por objeto el juzgamiento
directo de los imputados por el
tribunal de juicio.
Al determinar que están
dadas todas las condiciones
para la aplicación del
procedimiento , el tramite a
seguir debe realizarse como
lo ordenan los artículos del
COPP.
El Art. 372
Indica la
procedencia.
3. Procedimiento de flagrancia
¿Cuándo se aplica este
procedimiento?
Se aplica para el juzgamiento
por delitos flagrantes.
¿Qué es un delito flagrante ?
Aquel que es descubierto por
las autoridades cuando se está
cometiendo o acaba de
cometerse.
El COPP estipula la posibilidad
de juzgar los delitos flagrantes
por un procedimiento especial,
que tiene como base la
celeridad y economía procesal.
Al respecto, el artículo 249 del
COPP lo expresa.
4. Procedimiento de flagrancia
El aprehensor dentro de las 12h
siguientes a la detención,
pondrá al aprehendido a
disposición del Ministerio Público
Dentro de las 36 h
siguientes, lo presentará
ante el Juez de Control.
El Juez decidirá dentro de las 48 h
siguientes desde que sea puesto
el aprehendido a su disposición.
La Fiscal y la víctima presentarán la acusación
en el tribunal del juicio, a los efectos
y se seguirán, en lo demás,
las reglas del procedimiento ordinario.
Si el Juez verifica que están dados
los requisitos decretará la
aplicación del procedimiento
y remitirá las actuaciones al tribunal
de juicio.
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