El documento presenta dos casos relacionados con los derechos de los aprendices del SENA. En el primer caso, se indica que un aprendiz debe portar su carné de identificación en todo momento según el capítulo III artículo 9 del reglamento. En el segundo caso, se sugiere que un aprendiz puede solicitar retroalimentación sobre sus evaluaciones citando el capítulo II artículo 7 literales 12 y 8 que garantizan su derecho a revisar evaluaciones y ser escuchado.