Este documento resume los deberes y derechos de un aprendiz del SENA según su reglamento. Explica que un aprendiz tiene derecho a recibir un carné que lo acredite como tal en el momento de su matrícula, de acuerdo con el Artículo 7. También indica que Nicolás puede ampararse en el Artículo 7 ítems 8 y 11 para hacer una solicitud respetuosa y formal para ser atendido en sus pretensiones.