2. PARTICIPACIÓNCIUDADANAEN EL MARCODE LA CONSTITUCIÓNDE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANADE VENEZUELA
ANALISISE INTERPRETACION
Caracas, julio 2018
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA Y CIENCIA TECNOLOGICA
UNIVERSIDAD POLITECNICA TERRITORIAL DE LOS ALTOS MIRANDINOS
UPTAMCA
Autores : Daniela Orella
Ghendry Rangel
Yeimar Infante
Ivanyeli Vera
TRAYECTO 1
TRAMO 2
SECION 4
Profesora : Nora Salcedo
3. CAPITULO
III
DE LOS
DERECHOS
CIVILES
toda persona tiene el
derecho
de reunirse ,publica o
privadamente, sin
permiso previo, con fines
lícitos sin armas , las
reuniones publicas se
regirán por la ley
el presente
articulo
permite a los
ciudadanos y
ciudadanas
reunirse en
cualquier área
con fines
pacíficos sin
que para ello
necesite un
permiso
previo
Articulo 57
toda persona tiene
derecho a expresar
libremente sus
pensamientos , sus
ideas u opiniones de
viva voz, por escrito o
por cualquier medio
de comunicación y
difusión, sin que pueda
establecerse censura.
quien haga uso de este
derecho asume plena
responsabilidad por
todo lo expresado. no
se permite el anonimato
ni la propaganda de
guerra , ni los
mensajes,
discriminatorio, ni que
promuevan la
intolerancia religiosa.
se prohíbe la censura a
los funcionarios o
funcionarias públicas
para dar cuenta de los
asuntos bajo su
responsabilidad
otorga el
derecho a
las
personas
de
expresarse
libremente
sus ideas,
sus
opiniones
sin que
para ello
pueda
establecer
censura
ARTICULO 53
4. Capítulo
IV
De los
Derechos
Políticos y
del
Referendo
Popular
Sección
Primera:
De los
Derechos
Políticos
Artículo 62
todos los ciudadanos y
ciudadanas tienen el derecho
de participar libremente en los
asuntos públicos, directamente
o por medio de sus
representantes elegidos o
elegidas. la participación del
pueblo en la formación,
ejecución y control de la
gestión pública es el medio
necesario para lograr el
protagonismo que garantice su
completo desarrollo, tanto
individual como colectivo. es
obligación del estado y deber
de la sociedad facilitar la
generación de las condiciones
más favorables para su
práctica.
«todo ciudadano tiene la
oportunidad de participar en
asuntos publico de su interés
siendo el protagonista con el
fin de garantizar el desarrollo
de la colectividad
Articulo 64
Son electores o electoras
todos los venezolanos y
venezolanas que
hayan cumplido dieciocho
años de edad y que no estén
sujetos a interdicción civil o
inhabilitación política.
el voto para las elecciones
parroquiales, municipales y
estadales se hará extensivo a
los extranjeros o extranjeras
que hayan cumplido los
dieciocho años e edad, con
mas de diez años de
residencia en el país, con las
limitaciones establecidas
en esta constitución y en la le,
y que no estén sujetos a
interdicción civil o
inhabilitación política
los venezolanos,
mayores de 18 años
tienen el derecho
de elegir a sus
autoridades, para la
elecciones locales,
municipales y
estadales
Artículo 65.
No podrán optar a cargo
alguno de elección popular quienes
hayan sido condenados o
condenadas por delitos cometidos
durante el ejercicio de sus
funciones y otros que afecten el
patrimonio público, dentro del
tiempo que fije la ley, a partir del
cumplimiento de la condena y de
acuerdo con la gravedad del delito.
los ciudadanos
que hayan
sido
condenados
por delitos
estando en el
ejercicio de
sus funciones
no podrán
optar por
cargos de
elección
popular es
decir deben
estar
absolutamente
5. Artículo 55
Los cuerpos de seguridad
del estado respetaran los
derechos humanos d
todos los ciudadanos, y
prestarle la debida
atención en sus
respectivos programas
Artículo 66.
Los electores y
electoras tienen
derecho a que sus
representantes rindan
cuentas públicas,
transparentes y
periódicas sobre su
gestión, de acuerdo
con el programa
presentado.
Los ciudadanos tiene el
derecho a exigir
de sus representantes
rendición de cuenta
De la gestión y corroborar la
transparencia de la misma
Artículo 68.
Los ciudadanos y
ciudadanas tienen derecho
a manifestar,
pacíficamente y sin armas,
sin otros requisitos que
los que establezca la ley.
Se prohíbe el uso de armas
de fuego y sustancias
tóxicas en el control de
manifestaciones pacíficas.
La ley regulará la
actuación de los cuerpos
policiales y de seguridad
en el control del orden
público
Cuando por alguna
circunstancia los ciudadanos
no están de acuerdo con la
gestión de políticas
conllevada por la autoridades
al mando tendrán derecho de
manifestar pacíficamente y sin
armas sus derechos
6. LA PARTICIPACION
CIUDADANA
ES UN DERECHO
HUMANO QUE
GARANTIZA LA
TRANSPARENCIA E
INDEPENDENCIA SOCIAL
Y SUS MECANISMOS
SON VOLUNTARIOS Y DE
SOLIDARIDAD SOCAL , SE
COMPLEMENTAN A
TRAVES DE SU
PLURALIDAD Y NO
DISCRIMINACION
CERTIFICANDO LA
CORRESPONSABILIDAD
DEL PUEBLO Y EL ESTADO
Artículo 71.
Las materias de especial
trascendencia nacional podrán ser
sometidas a referendo consultivo
por iniciativa del Presidente o
Presidenta de la República en
Consejo de Ministros; por acuerdo
de la Asamblea Nacional, aprobado
por el voto de la mayoría de sus
integrantes; o a solicitud de un
número no menor del diez por ciento
de los electores y electoras
inscritos en el registro civil y
electoral.
También podrán ser sometidas a
referendo consultivo las materias de
especial trascendencia municipal y
parroquial y estadal. La iniciativa le
corresponde a la Junta Parroquial,
al Concejo Municipal y al Consejo
Legislativo, por acuerdo de las dos
terceras partes de sus integrantes;
el Alcalde o Alcaldesa y el
Gobernador o Gobernadora de
Estado, o a solicitud de un número
no menor del diez por ciento del
total de inscritos en la
circunscripción correspondiente.
ANALISIS un grupo no
menor del 10% de ciudadanos
inscritos en el registro
electoral permanente podrá
tener la iniciativa para
CONVOCAR AL REFERENDO
POPULAR
Capítulo
V
De los
Derechos
Sociales y
de las
Familias
7. Establece la creación
del sistema publico
nacional de salud, con
el fin de garantizar el
derecho a la salud
TODOS LOS
CIUDADANOS, el
cual debe estar regido
por los principios de
gratitud y
universalidad
,integridad, equidad,
solidaridad, que
el estado esta
obligado a
garantizar a los
ancianos y ancianas
del país la garantía
de recibir los
beneficios
sociales que
garanticen su
calidad de vida
Establece la importancia de l a
educación
para todos los ciudadanos ,
y lo fundamental que es para el
desarrollo
de los individuo y de la sociedad,
la educación democrática debe
estar fundamentada en el
respeto, la ética y la
participación activa de todos los
colectivo
Art 102
84
10. Este articulo garantiza u
orden administrativo al
estado, como un
instrumento fundamental
para difundir los
derecho ambientales a
través de una política de
ordenación del territorio
11. CRBV Artículo 173 El Municipio podrá crear parroquias
conforme a las condiciones que determine la ley. La
legislación que se dicte para desarrollar los principios
constitucionales sobre régimen municipal establecerá los
supuestos y condiciones para la creación de otras entidades
locales dentro del territorio municipal, así como los
recursos de que dispondrán, concatenados a las funciones
que se les asignen, incluso su participación en los ingresos
propios del Municipio. Su creación atenderá a la iniciativa
vecinal o comunitaria, con el objeto de proveer a la
desconcentración de la administración del Municipio, la
participación ciudadana y la mejor prestación de los
servicios públicos.
En ningún caso las parroquias serán asumidas como
divisiones exhaustivas o imperativas del territorio del
Municipio.
En este articulo se establece l responsabilidad de los demás órganos del estado y de la
sociedad en la discusión y aprobación de los proyectos de leyes prestados por la
asamblea nacional, también resalta el derecho de palabra que tiene los poderes
públicos ,poder ejecutivo, poder judicial, poder ciudadano, poder electoral y la
sociedad organizada en las discusión de estas leyes
Art. 211En este articulo se
establece los principios en
los que se fundamentan la
legislación municipal en el
territorio nacional, lo cual
comprende las condiciones
para la creación de
localidades dentro del
municipio los recursos, las
funciones que ejercerán su
actuación dentro de los
ingresos obtenidos por el
municipio con el objeto de
realizar una mejor
administración del municipio
fomentando participación
ciudadana y brindar de
manera optima los servicios
públicos