El documento describe los derechos y protecciones que el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) de Venezuela otorga a las víctimas en los procesos penales. El COPP reconoce a las víctimas como sujetos procesales y les garantiza participar en el proceso y hacer valer sus intereses. También establece deberes para funcionarios como proteger a las víctimas y tratarlas con dignidad. Finalmente, el documento explica que el COPP adoptó un sistema acusatorio oral en reemplazo del anterior sistema mixto, for
La autoridad, en un comunicado público, afirmó que este hecho está vinculado a otro incendio que se produjo en su vivienda el pasado 8 de marzo, igualmente cuando él se encontraba fuera de la ciudad cumpliendo actividades institucionales.
31 05 2011 Toma de Protesta del Procurador General de Justicia del Estado de ...Organización política
Discurso pronunciado por el Gobernador del Estado de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa con motivo de la toma de Protesta del Procurador General de Justicia del Estado de Veracruz.
En esta ocasión, el gobernador habló sobre los propósitos actuales de fortalecer las instituciones de seguridad pública para proteger la integridad de los veracruzanos.
Reconoció la trayectoria y experiencia del Lic. Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez que avalan el cumplimiento cabal de la tarea que hoy se le encomienda.
“Ser el Abogado de Veracruz exige preparación, compromiso social y determinación para cumplir y hacer cumplir las leyes.” Indicó.
Instruyó a la Procuraduría General de Justicia del Estado, para llevar a cabo las acciones necesarias para mejorar sus tareas, mantener el Estado de Derecho y garantizar la seguridad de los veracruzanos.
La autoridad, en un comunicado público, afirmó que este hecho está vinculado a otro incendio que se produjo en su vivienda el pasado 8 de marzo, igualmente cuando él se encontraba fuera de la ciudad cumpliendo actividades institucionales.
31 05 2011 Toma de Protesta del Procurador General de Justicia del Estado de ...Organización política
Discurso pronunciado por el Gobernador del Estado de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa con motivo de la toma de Protesta del Procurador General de Justicia del Estado de Veracruz.
En esta ocasión, el gobernador habló sobre los propósitos actuales de fortalecer las instituciones de seguridad pública para proteger la integridad de los veracruzanos.
Reconoció la trayectoria y experiencia del Lic. Reynaldo Gaudencio Escobar Pérez que avalan el cumplimiento cabal de la tarea que hoy se le encomienda.
“Ser el Abogado de Veracruz exige preparación, compromiso social y determinación para cumplir y hacer cumplir las leyes.” Indicó.
Instruyó a la Procuraduría General de Justicia del Estado, para llevar a cabo las acciones necesarias para mejorar sus tareas, mantener el Estado de Derecho y garantizar la seguridad de los veracruzanos.
Juicio Oral en el sistema de justicia penal.pptxRaquelYojAcevedo
Juicio oral en el nuevo sistema de Justicia penal en derecho, interpretar las etapas procesales que van desde el juicio hasta la ejecución de penas ya que El proceso penal es un proceso de selección, a través del cual se van destilando las notitia criminis hasta el punto de llegar al juicio oral. Comprende desde la formulación de la acusación hasta el auto de apertura del Juicio.
EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES
En el año 2005 se instauró un sistema de justicia penal juvenil garantista denominado Sistema Integral de Justicia para Adolescentes.
Objetivo
Que los adolescentes acusados de algún delito tengan acceso a un juicio justo, en el que se respeten siempre sus derechos fundamentales y, en caso de resultar responsables, asuman las consecuencias de sus actos a través de la educación y la reintegración social y familiar.
En el mencionado año (2005) se transitó de un sistema “TUTELAR” a un nuevo modelo “GARANTISTA” o de “DERECHO PENAL MÍNIMO”.
2. • El reconocimiento de los derechos de las persona o personas
que son víctima de un hecho punible, en los marcos del
proceso penal donde éste sea juzgado, constituye uno de los
avances más notorios del COPP, que lo pone a tono con las
más modernas corrientes doctrinales en materia de derecho
procesal penal y de derechos humanos y en consonancia con
las obligaciones internacionales de la República de Venezuela.
• Según el COPP, la protección y reparación del daño causado a
la víctima del delito son objetivos del proceso penal. El
Ministerio Público está obligado a velar por dichos intereses en
todas las fases. Por su parte, los jueces garantizarán la
vigencia de sus derechos y el respecto, protección y reparación
durante el proceso. Asimismo, la policía y los demás
organismos auxiliares deberán otorgarle un trato acorde con su
condición de afectado, facilitando al máximo su participación
en los trámites en que deba intervenir.
• El COPP le confiere un tratamiento de amplísima decencia a la
posición procesal de la víctima, agraviado o perjudicado por el
delito que constituye el hecho justiciable. En esto el COPP está
a la altura de las más altas aspiraciones internacionales en la
materia. Como se podrá apreciar, la víctima, en muchos casos,
no necesitará siquiera de abogado para hacerse oír en el
proceso, lo cual habla muy en alto del papel que le asigna este
Código. Es de resaltar lo referido a la protección que el Estado
debe dar a la víctima y sus familiares ante amenazas de
agresiones o atentados.
3. • Las facultades de la víctima, en el orden práctico, le
permiten perseguir personalmente sus intereses en el
proceso y actuar como factor de choque contra
posibles abstenciones de la fiscalía que pudieran
propender a la impunidad. La víctima al ser la parte
doliente del delito, hará lo imposible para que se
establezca el delito y se castigue al culpable. Por otra
parte, la sociedad, al admitirle como sujeto procesal,
se descarga un tanto de responsabilidad colectiva
respecto a las posibles impunidades, pues si la víctima
ha actuado por sí, no podrá luego aducir que no se
hizo lo humanamente posible
• Sin embargo, el COPP no es absolutamente liberal en
el tratamiento de las facultades de la víctima, pues en
varios aspectos sujeta la actuación procesal de aquélla
a la actuación del Ministerio Público, al no darle la
posibilidad de acusar ni de recurrir con toda
independencia.
4. El COPP considera víctima.
• A la persona directamente ofendida por el delito.
• Al cónyuge o lo persona con quien haga vida marital
por más de dos años, hijo o padre adoptivo, parientes
dentro del cuarto grado de consaguinidad o segundo
de afinidad y al heredero, en los delitos cuyo resultado
sea la muerte del ofendido.
• A los socios, accionistas o miembros, respecto de los
delitos que afecten a una persona jurídica, cometidos
por quienes la dirigen, administran o controlan.
• A las asociaciones, fundamentales y otros entes, en los
delitos que afectan intereses colectivos o difusos,
siempre que el objeto de la agrupación se vincule
directamente con esos intereses y se hayan constituido
con anterioridad a la perpetración del delito.
5. ¿QUÉ SISTEMA PROCESAL ACOGE
VENEZUELA?
• Con la entrada en vigencia del COPP queda derogado el
antiguo Código de Enjuiciamiento Criminal que establecía el
Sistema Procesal Mixto, Inquisitivo-Acusatorio, de carácter
predominantemente inquisitorial, pero sustituido ahora por un
Sistema "ACUSATORIO ORAL", si no hay acusación, no hay
jurisdicción; significando un trascendental paso hacia una
reforma estructural de nuestro sistema judicial y una
transformación cultural porque cambia a las sociedad misma
en general, por su incorporación al proceso de
administración de justicia, tanto por la observación directa de
sus ejecutoria en virtud de la publicidad propia del sistema
Acusatorio, como la participación activa del común de las
personas legas en derecho en el desarrollo del proceso, al
ser integradas como miembros del tribunal de juicio en la
categoría procesal de escabinos, lo que se traduce en un
control social de la justicia aunado a los demás principios
rectores del Nuevo sistema: presunción de inocencia,
afirmación de libertad, respeto a la dignidad humana,
defensa e igualdad entre partes, inmediación, concentración,
apreciación de pruebas, etc
6. • Es un sistema garantista, transparente, eficiente y oportuno; con
salvaguarda de todos los derechos y garantías del debido proceso
consagrados en la CRBV, leyes, tratados, convenios y acuerdos
suscritos por la República.
• PROCESO
• PROCEDIMIENTO
• ACTOS PROCESALES
• NORMAS ADJETIVAS
• NORMAS SUSTANTIVAS
• DERECHO PROCESAL PENAL
•