UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE EN LA LOPNNA
INTEGRANTE: Darío Gutiérrez C.I; 21.461.179
SECCION: SAIA B
PROF: DULCE MAR MONTERO
MATERIA: LEGISLACION PENAL ESPECIAL
La responsabilidad penal son aquel
compendio de órganos y entes que
tienen por objeto establecer la
responsabilidad penal del
adolescente, por aquellos hechos
ilícitos que este cometa, aunado a las
sanciones y su respectiva aplicación.
DELITOS
1°Desacato a la Autoridad; es
de tipo penal alternativo que
comporta impedir la acción al
órgano de justicia, fiscalía y
consejo de protección en el
ejercicio de las funciones.
Bien Jurídico Tutelado;
El sistema de protección
en sentido estricto y la
administración de
justicia.
2°Abuso Sexual a
Adolescentes; El
tipo penal de este
delito es de acto
sexual y no de acto
carnal como se habla
en el código penal.
Es un delito doloso
Bien Jurídico Tutelado;
La libertad sexual.
3°Explotación Sexual a Niños, Niñas y
Adolescentes; el tipo penal de este delito es
fomentar, dirigir o lucrarse de la actividad sexual
de niños, niñas y adolescentes, entendida la
explotación como: Prostitución, Pornografía
Turismo Sexual, Pedofilia.
Bien Jurídico Tutelado; el
derecho a ser protegido contra
el abuso y explotación sexual,
según lo establecido en el
articulo 33 de la LOPNNA.
La Ley Tutelar del Menor establecía en el ordinal 6
numeral 1, la inimputabilidad absoluta del menor de
18 años, es decir, que es irresponsable penalmente
por los hechos delictivos que cometa, y en lugar de
sanción solo se le aplicaban medidas de protección,
ahora la LOPNNA establece que serán aplicadas a
todas las personas con edad comprendida entre 12 y
menos de 18 años al momento de cometer un hecho
punible, las disposiciones y medidas establecidas en
el articulo 53 de la presente Ley.
Inimputabilidad (Ley
anterior y Ley actual)
DELITOS QUE TIENEN
PRIVATIVA
Trato Cruel o
Maltrato.
Trabajo Forzoso. Abuso Sexual.
Pena de 1 a 3 años de
prisión. Es ejecutado
mayormente por los
representantes.
Pena de 1 a 3 años de
prisión. Utilizar a un
niño como señuelo,
para obtener dinero.
La pena varia en la
gravedad, entre 2 y
20 años de prisión. Es
el delito mas grave
que se comete en
contra de un niño.
Suministros de
fuegos artificiales
Pena de 3 meses a 1
año de prisión. darle
juegos pirotécnicos a
los niños, es
considerado un delito.
El articulo 528 de la nombrada Ley expresa que, el
adolescente que incurra en la comisión de hechos
punibles responde por el hecho en la medida de su
culpabilidad, de forma diferenciada del adulto. La
diferencia consiste en la jurisdicción especializada y
en la sanción que se le vaya a imponer.
JURISDICCION
En cuanto a los limites de
edad para la aplicación de
las sanciones, la ley
subdivide a los
adolescentes en dos grupos,
los que tengan entre 12 y
menos de 14 años de edad,
y los que tengan 14 años y
menos de 18 años de edad.
LIMITE DE EDAD PARA LA
APLICACIÓN DE LAS
SANCIONES
BIBLIOGRAFIAS
https://www.unicef.org/venezuela/spanish/LOPNA(1).pdf
https://apunteslegalesblog.wordpress.com/2017/07/03/responsabilidad-penal-del-adolescente/
https://abogluismarcano.wordpress.com/2016/06/25/lopnna-responsabilidad-de-los-
adolescentes-en-materia-penal/
http://www.notilogia.com/2016/09/conoce-los-delitos-contra-menores-de-edad-lopnna.html

Legislacion penal dario

  • 1.
    UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICERRECTORADOACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE EN LA LOPNNA INTEGRANTE: Darío Gutiérrez C.I; 21.461.179 SECCION: SAIA B PROF: DULCE MAR MONTERO MATERIA: LEGISLACION PENAL ESPECIAL
  • 2.
    La responsabilidad penalson aquel compendio de órganos y entes que tienen por objeto establecer la responsabilidad penal del adolescente, por aquellos hechos ilícitos que este cometa, aunado a las sanciones y su respectiva aplicación. DELITOS 1°Desacato a la Autoridad; es de tipo penal alternativo que comporta impedir la acción al órgano de justicia, fiscalía y consejo de protección en el ejercicio de las funciones. Bien Jurídico Tutelado; El sistema de protección en sentido estricto y la administración de justicia. 2°Abuso Sexual a Adolescentes; El tipo penal de este delito es de acto sexual y no de acto carnal como se habla en el código penal. Es un delito doloso Bien Jurídico Tutelado; La libertad sexual. 3°Explotación Sexual a Niños, Niñas y Adolescentes; el tipo penal de este delito es fomentar, dirigir o lucrarse de la actividad sexual de niños, niñas y adolescentes, entendida la explotación como: Prostitución, Pornografía Turismo Sexual, Pedofilia. Bien Jurídico Tutelado; el derecho a ser protegido contra el abuso y explotación sexual, según lo establecido en el articulo 33 de la LOPNNA. La Ley Tutelar del Menor establecía en el ordinal 6 numeral 1, la inimputabilidad absoluta del menor de 18 años, es decir, que es irresponsable penalmente por los hechos delictivos que cometa, y en lugar de sanción solo se le aplicaban medidas de protección, ahora la LOPNNA establece que serán aplicadas a todas las personas con edad comprendida entre 12 y menos de 18 años al momento de cometer un hecho punible, las disposiciones y medidas establecidas en el articulo 53 de la presente Ley. Inimputabilidad (Ley anterior y Ley actual) DELITOS QUE TIENEN PRIVATIVA Trato Cruel o Maltrato. Trabajo Forzoso. Abuso Sexual. Pena de 1 a 3 años de prisión. Es ejecutado mayormente por los representantes. Pena de 1 a 3 años de prisión. Utilizar a un niño como señuelo, para obtener dinero. La pena varia en la gravedad, entre 2 y 20 años de prisión. Es el delito mas grave que se comete en contra de un niño. Suministros de fuegos artificiales Pena de 3 meses a 1 año de prisión. darle juegos pirotécnicos a los niños, es considerado un delito. El articulo 528 de la nombrada Ley expresa que, el adolescente que incurra en la comisión de hechos punibles responde por el hecho en la medida de su culpabilidad, de forma diferenciada del adulto. La diferencia consiste en la jurisdicción especializada y en la sanción que se le vaya a imponer. JURISDICCION En cuanto a los limites de edad para la aplicación de las sanciones, la ley subdivide a los adolescentes en dos grupos, los que tengan entre 12 y menos de 14 años de edad, y los que tengan 14 años y menos de 18 años de edad. LIMITE DE EDAD PARA LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES
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