¿Qué es el comité
paritario?
Son los encargados de formar un equipo entre los
trabajadores y los empleadores que estarán enfocados
en el desarrollo y revisión de políticas, procedimientos
de salud y seguridad para el lugar de trabajo.
Los Comités Paritarios permiten que una empresa y sus
representantes de los trabajadores se reúnan
regularmente y trabajen cooperativamente para mejorar
la salud y la seguridad del trabajo
Su misión es vigilar y apoyar el cumplimiento de la
política, Reglamento Interno de Seguridad e Higiene
del Trabajo, planes y programas preventivos.
• “Paritario” se refiere a “paridad”, “igualdad” y
“equidad”.
¿Cuáles son sus
funciones?
 Colaborar en la prevención de riesgos que
efectúen los organismos del sector público y
comunicar los accidentes y enfermedades
profesionales.
 Elaborar y ejecutar el Plan de Salud
Ocupacional Integral.
 Observar los factores del medio ambiente de
trabajo que puedan afectar a la salud de las y
los servidores y trabajadores.
 Verificar las condiciones de las nuevas
instalaciones, maquinarias y equipos antes de
iniciar su funcionamiento.
 Fomentar la adaptación al puesto de trabajo,
equipos y herramientas de trabajo.
 Mantener los registros estadísticos
relativos a enfermedades profesionales,
incidentes y accidentes de trabajo
 Investigar los accidentes, incidentes y
enfermedades profesionales.
 Cooperar en pro de la adopción de
medidas de rehabilitación profesional y
de reinserción laboral.
 Suministrar al Comité de Seguridad y
Salud la información relacionada con
los accidentes y enfermedades
profesionales.
 Participar en el desarrollo de programas
para el mejoramiento de las prácticas
de trabajo.
¿Cómo y cuándo se
conforman?
En todo centro de trabajo en que laboren más de quince
trabajadores deberá organizarse un Comité de
Seguridad e Higiene del Trabajo integrado en forma
paritaria por tres representantes de los trabajadores y
tres representantes de los empleadores, quienes de entre
sus miembros designarán un presidente y secretario que
durarán un año en sus funciones pudiendo ser
reelegidos indefinidamente.
Si el presidente representa al empleador, el secretario
representará a los trabajadores y viceversa. Cada
representante tendrá un suplente elegido de la misma
forma que el titular y que será principalizado en caso
de falta o impedimento de éste. Concluido el período
para el que fueron elegidos deberá designarse al
presidente y secretario.
Requisitos para ser Elegido
Miembro del Comité
Paritario de parte de los
Trabajadores
 Tener más de 18 años.
 Saber leer y escribir.
 Se requiere trabajar en la
empresa.
 Tener conocimientos básicos de
seguridad e higiene industrial.
• Los representantes de los trabajadores serán
elegidos por el Comité de Empresa o, por las
organizaciones laborales legalmente reconocidas.
• Cuando no exista organización laboral en la
empresa, la elección se realizará por mayoría simple
de los trabajadores.
• El Comité sesionará ordinariamente cada mes y
extraordinariamente cuando ocurriere algún
accidente grave o al criterio del presidente o a
petición de la mayoría de sus miembros.
• Las sesiones deberán efectuarse en horas laborables.
• Cuando existan Subcomités en los distintos centros
de trabajo, éstos sesionarán mensualmente y el
Comité Central o Coordinador bimensualmente.
• Los miembros del Comité durarán en sus funciones
un año, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.
Integrantes
del
Comité
Paritario
Presidente
Secretario
Miembros
Funciones del
presidente
• Convocar a reuniones.
• Dirigir las reuniones.
• Delegar la Presidencia a otro miembro, en caso de
ausencia eventual.
• Representar al Comité en todo lo relacionado con
el mismo.
• Nominar grupos de trabajo para realizar estudios
específicos cuando fuere necesario.
• Suscribir informes, acuerdos y demás
comunicaciones.
• Cumplir y hacer cumplir las decisiones tomadas
por el Comité.
Funciones del secretario
 Preparar la agenda de reuniones.
 Realizar las citaciones a las
reuniones.
 Preparar y revisar el material para
las reuniones.
 Elaborar y distribuir informes,
acuerdos, etc.
 Llevar el registro de actas de
reunión.
Funciones de los
miembros
 Informar en el seno del Comité, las
actividades y acciones pertinentes,
desarrolladas en cada lugar de
trabajo y relacionadas con
Seguridad e Higiene Industrial.
 Sugerir y recomendar acciones en
materia de Seguridad Industrial.
 Velar y supervisar el cumplimiento
de las resoluciones del Comité en
las áreas de trabajo
correspondientes.
Características
• El comité debe ser un mecanismo que
contribuya a mejorar la
administración.
• El comité es canalizador y vocero de
las inquietudes de los trabajadores en
temas relacionados con Higiene y
Seguridad Industrial.
• El comité es el encargado de mejorar
los sistemas de trabajo de prevención
y corrección oportuna de condiciones y
circunstancias que pongan en riesgo la
integridad física de los trabajadores y
la estructura de la empresa.
• El comité debe mantener el
intercambio de información y
cooperación de las dependencias
de mantenimiento y reparación.
• Participar activamente en el
desarrollo de la empresa.
• Actitud de cooperación, solidaridad
y compromiso de servicio ajeno a
otros intereses personales o
grupales.
• Recibir capacitación adecuada para
su gestión.
• Implementar plan de trabajo y
ejecución de este.
Video explicativo
Bibliografía:
Secretaria Nacional de Comunicacion. (27 de Septiembre de 2017). Acuerdo N° 12. Obtenido de Secretaria
Nacional de Comunicacion: https://www.comunicacion.gob.ec/wp-
content/uploads/downloads/2017/11/Acuerdo-Nro.-12.pdf
COMITE PARITARIO PPV.pptx

COMITE PARITARIO PPV.pptx

  • 1.
    ¿Qué es elcomité paritario? Son los encargados de formar un equipo entre los trabajadores y los empleadores que estarán enfocados en el desarrollo y revisión de políticas, procedimientos de salud y seguridad para el lugar de trabajo. Los Comités Paritarios permiten que una empresa y sus representantes de los trabajadores se reúnan regularmente y trabajen cooperativamente para mejorar la salud y la seguridad del trabajo Su misión es vigilar y apoyar el cumplimiento de la política, Reglamento Interno de Seguridad e Higiene del Trabajo, planes y programas preventivos. • “Paritario” se refiere a “paridad”, “igualdad” y “equidad”.
  • 2.
    ¿Cuáles son sus funciones? Colaborar en la prevención de riesgos que efectúen los organismos del sector público y comunicar los accidentes y enfermedades profesionales.  Elaborar y ejecutar el Plan de Salud Ocupacional Integral.  Observar los factores del medio ambiente de trabajo que puedan afectar a la salud de las y los servidores y trabajadores.  Verificar las condiciones de las nuevas instalaciones, maquinarias y equipos antes de iniciar su funcionamiento.  Fomentar la adaptación al puesto de trabajo, equipos y herramientas de trabajo.
  • 3.
     Mantener losregistros estadísticos relativos a enfermedades profesionales, incidentes y accidentes de trabajo  Investigar los accidentes, incidentes y enfermedades profesionales.  Cooperar en pro de la adopción de medidas de rehabilitación profesional y de reinserción laboral.  Suministrar al Comité de Seguridad y Salud la información relacionada con los accidentes y enfermedades profesionales.  Participar en el desarrollo de programas para el mejoramiento de las prácticas de trabajo.
  • 4.
    ¿Cómo y cuándose conforman? En todo centro de trabajo en que laboren más de quince trabajadores deberá organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo integrado en forma paritaria por tres representantes de los trabajadores y tres representantes de los empleadores, quienes de entre sus miembros designarán un presidente y secretario que durarán un año en sus funciones pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Si el presidente representa al empleador, el secretario representará a los trabajadores y viceversa. Cada representante tendrá un suplente elegido de la misma forma que el titular y que será principalizado en caso de falta o impedimento de éste. Concluido el período para el que fueron elegidos deberá designarse al presidente y secretario.
  • 5.
    Requisitos para serElegido Miembro del Comité Paritario de parte de los Trabajadores  Tener más de 18 años.  Saber leer y escribir.  Se requiere trabajar en la empresa.  Tener conocimientos básicos de seguridad e higiene industrial.
  • 6.
    • Los representantesde los trabajadores serán elegidos por el Comité de Empresa o, por las organizaciones laborales legalmente reconocidas. • Cuando no exista organización laboral en la empresa, la elección se realizará por mayoría simple de los trabajadores. • El Comité sesionará ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando ocurriere algún accidente grave o al criterio del presidente o a petición de la mayoría de sus miembros. • Las sesiones deberán efectuarse en horas laborables. • Cuando existan Subcomités en los distintos centros de trabajo, éstos sesionarán mensualmente y el Comité Central o Coordinador bimensualmente. • Los miembros del Comité durarán en sus funciones un año, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.
  • 7.
  • 8.
    Funciones del presidente • Convocara reuniones. • Dirigir las reuniones. • Delegar la Presidencia a otro miembro, en caso de ausencia eventual. • Representar al Comité en todo lo relacionado con el mismo. • Nominar grupos de trabajo para realizar estudios específicos cuando fuere necesario. • Suscribir informes, acuerdos y demás comunicaciones. • Cumplir y hacer cumplir las decisiones tomadas por el Comité.
  • 9.
    Funciones del secretario Preparar la agenda de reuniones.  Realizar las citaciones a las reuniones.  Preparar y revisar el material para las reuniones.  Elaborar y distribuir informes, acuerdos, etc.  Llevar el registro de actas de reunión.
  • 10.
    Funciones de los miembros Informar en el seno del Comité, las actividades y acciones pertinentes, desarrolladas en cada lugar de trabajo y relacionadas con Seguridad e Higiene Industrial.  Sugerir y recomendar acciones en materia de Seguridad Industrial.  Velar y supervisar el cumplimiento de las resoluciones del Comité en las áreas de trabajo correspondientes.
  • 11.
    Características • El comitédebe ser un mecanismo que contribuya a mejorar la administración. • El comité es canalizador y vocero de las inquietudes de los trabajadores en temas relacionados con Higiene y Seguridad Industrial. • El comité es el encargado de mejorar los sistemas de trabajo de prevención y corrección oportuna de condiciones y circunstancias que pongan en riesgo la integridad física de los trabajadores y la estructura de la empresa.
  • 12.
    • El comitédebe mantener el intercambio de información y cooperación de las dependencias de mantenimiento y reparación. • Participar activamente en el desarrollo de la empresa. • Actitud de cooperación, solidaridad y compromiso de servicio ajeno a otros intereses personales o grupales. • Recibir capacitación adecuada para su gestión. • Implementar plan de trabajo y ejecución de este.
  • 13.
  • 14.
    Bibliografía: Secretaria Nacional deComunicacion. (27 de Septiembre de 2017). Acuerdo N° 12. Obtenido de Secretaria Nacional de Comunicacion: https://www.comunicacion.gob.ec/wp- content/uploads/downloads/2017/11/Acuerdo-Nro.-12.pdf