Este documento describe el procedimiento especial para faltas en Ecuador. Explica que el Ministerio Público es el facultado para solicitar el inicio del procedimiento cuando se comete una falta. Durante la audiencia, el imputado debe admitir su culpabilidad o solicitar un juicio. Si solicita juicio, el tribunal llamará a las partes y ordenará la incorporación de pruebas. A diferencia de los delitos, la asistencia de un defensor no es obligatoria para los imputados de faltas. La decisión del tribunal en este procedimiento es irrecurrible.