El resumen del documento en 3 oraciones o menos es:
Las Marchas de la Dignidad del 22 de marzo congregaron a más de un millón de personas de forma pacífica. Sin embargo, la policía cargó contra los manifestantes sin provocación al final del evento, deteniendo a 21 personas y lesionando a 108. El equipo jurídico recomienda investigar las acciones policiales y los malos tratos a detenidos, y emprender acciones legales contra los responsables por violar derechos fundamentales.
Ley general para prevenir y sancionar los delitos en materia de secuestro doflxiilegislatura
Este decreto reforma diversos artículos de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro para modificar las penas por secuestro. También adiciona un párrafo al Código Penal Federal para establecer que la duración máxima de la pena de privación de libertad por secuestro no estará limitada a 60 años como en otros delitos, sino que se regirá por lo establecido en la ley de secuestro. El decreto fue aprobado por el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y entrará
Este documento describe el proceso de selección para proveer el cargo de Personero Municipal de Ansermanuevo, Valle del Cauca, Colombia. Incluye los requisitos para aspirar al cargo, las funciones del Personero, el cronograma del proceso y los documentos requeridos para la inscripción. El proceso consiste en la revisión de documentos, publicación de aspirantes admitidos, evaluación de hojas de vida, y prueba escrita.
El documento habla sobre la agenda legislativa del PRI para el próximo periodo de sesiones, la cual priorizará el fortalecimiento económico, la seguridad y justicia, y la transparencia. También cubre las demandas de vecinos afectados por la construcción de la Línea 12 del Metro para que se les pague por los daños a sus casas, y que la CDHDF está lista para atender quejas sobre el nuevo sistema de justicia penal en la Ciudad de México.
Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de SecuestroUNAM
La Comisión de Seguridad Pública propone reformar los artículos 13 y 14 de la Ley General para prevenir y sancionar los Delitos en materia de Secuestro. Se propone aumentar las penas de prisión de 2 a 8 años para quien simule su propio secuestro y de 3 a 8 años para quien simule el secuestro de otra persona o los amenace. También se propone aumentar las jornadas de trabajo a favor de la comunidad como sanción. Estos cambios buscan desalentar estas conductas y hacer las sanciones más disuasivas.
Resolución repudiando el Protocolo Anti-Piquete Marcelo Pavka
El documento analiza el protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad del Estado en manifestaciones públicas aprobado por el gobierno nacional y expresa preocupación por posibles violaciones a derechos constitucionales. Se destaca que el protocolo deja en manos de la policía definir qué protestas son legítimas y habilita la represión sin orden judicial, poniendo en riesgo los derechos a la libre expresión y reunión. Varias organizaciones rechazan el protocolo por criminalizar la protesta social y condicionar el trabajo periodístico.
El documento habla sobre el derecho penal español. Explica que son responsables criminalmente los autores y cómplices de los delitos. Define a los autores como quienes realizan el delito por sí mismos o a través de otros, e incluye a los inductores y cooperadores necesarios. Define a los cómplices como quienes cooperan de forma no necesaria. También explica la figura del encubrimiento y las formas de extinción de la responsabilidad criminal.
¿Cómo van los derechos de las Mujeres en el Fast Track?Casa de la Mujer
Por medio de esta sencilla herramienta de Boletines Fast Track, continuamos informando
sobre el seguimiento a las provisiones de derechos de las mujeres y con enfoque de género
contenidas en el “Acuerdo para la terminación del conflicto y la construcción de una paz
estable y duradera”, en las diferentes medidas normativas que se adelantan en el
Procedimiento Legislativo Especial para la Paz. Proposiciones, avances, programación de
debates, compartimos en esta y próximas ediciones de este Boletín.
formas de violencia contra las mujeres, atribuciones de los organismos competentes, las diversas especies del delito. Responsabilidad civil. Circunstancias agravantes. Legitimación para denunciar. Órganos receptores de denuncia.
La Ley de Drogas, generalidades, definiciones básicas.
Ley general para prevenir y sancionar los delitos en materia de secuestro doflxiilegislatura
Este decreto reforma diversos artículos de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro para modificar las penas por secuestro. También adiciona un párrafo al Código Penal Federal para establecer que la duración máxima de la pena de privación de libertad por secuestro no estará limitada a 60 años como en otros delitos, sino que se regirá por lo establecido en la ley de secuestro. El decreto fue aprobado por el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y entrará
Este documento describe el proceso de selección para proveer el cargo de Personero Municipal de Ansermanuevo, Valle del Cauca, Colombia. Incluye los requisitos para aspirar al cargo, las funciones del Personero, el cronograma del proceso y los documentos requeridos para la inscripción. El proceso consiste en la revisión de documentos, publicación de aspirantes admitidos, evaluación de hojas de vida, y prueba escrita.
El documento habla sobre la agenda legislativa del PRI para el próximo periodo de sesiones, la cual priorizará el fortalecimiento económico, la seguridad y justicia, y la transparencia. También cubre las demandas de vecinos afectados por la construcción de la Línea 12 del Metro para que se les pague por los daños a sus casas, y que la CDHDF está lista para atender quejas sobre el nuevo sistema de justicia penal en la Ciudad de México.
Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de SecuestroUNAM
La Comisión de Seguridad Pública propone reformar los artículos 13 y 14 de la Ley General para prevenir y sancionar los Delitos en materia de Secuestro. Se propone aumentar las penas de prisión de 2 a 8 años para quien simule su propio secuestro y de 3 a 8 años para quien simule el secuestro de otra persona o los amenace. También se propone aumentar las jornadas de trabajo a favor de la comunidad como sanción. Estos cambios buscan desalentar estas conductas y hacer las sanciones más disuasivas.
Resolución repudiando el Protocolo Anti-Piquete Marcelo Pavka
El documento analiza el protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad del Estado en manifestaciones públicas aprobado por el gobierno nacional y expresa preocupación por posibles violaciones a derechos constitucionales. Se destaca que el protocolo deja en manos de la policía definir qué protestas son legítimas y habilita la represión sin orden judicial, poniendo en riesgo los derechos a la libre expresión y reunión. Varias organizaciones rechazan el protocolo por criminalizar la protesta social y condicionar el trabajo periodístico.
El documento habla sobre el derecho penal español. Explica que son responsables criminalmente los autores y cómplices de los delitos. Define a los autores como quienes realizan el delito por sí mismos o a través de otros, e incluye a los inductores y cooperadores necesarios. Define a los cómplices como quienes cooperan de forma no necesaria. También explica la figura del encubrimiento y las formas de extinción de la responsabilidad criminal.
¿Cómo van los derechos de las Mujeres en el Fast Track?Casa de la Mujer
Por medio de esta sencilla herramienta de Boletines Fast Track, continuamos informando
sobre el seguimiento a las provisiones de derechos de las mujeres y con enfoque de género
contenidas en el “Acuerdo para la terminación del conflicto y la construcción de una paz
estable y duradera”, en las diferentes medidas normativas que se adelantan en el
Procedimiento Legislativo Especial para la Paz. Proposiciones, avances, programación de
debates, compartimos en esta y próximas ediciones de este Boletín.
formas de violencia contra las mujeres, atribuciones de los organismos competentes, las diversas especies del delito. Responsabilidad civil. Circunstancias agravantes. Legitimación para denunciar. Órganos receptores de denuncia.
La Ley de Drogas, generalidades, definiciones básicas.
Un concejal municipal fue acusado de violar los derechos de una periodista con quien tuvo una relación, presionándola para que abortara y amenazándola con su trabajo. El Concejo Deliberante envió el caso a una comisión de investigación y suspendió temporalmente al concejal de su cargo como vicepresidente segundo, reemplazándolo hasta que concluya la investigación.
Este documento propone modificar un artículo de la Ley Provincial 6730 para ampliar las facultades del querellante particular en casos de femicidio y graves violaciones a los derechos humanos. Esto permitiría que asociaciones civiles o fundaciones que defienden los derechos de la mujer y los derechos humanos puedan participar como querellantes para impulsar investigaciones penales en estos casos. El objetivo es dar mayor alcance a la participación ciudadana en procesos penales que involucren estos graves delitos.
Este documento presenta una resolución ante el Concejo Deliberante de San Luis sobre acusaciones contra el concejal Raúl Laborda. La periodista Yamila García Torres denunció que Laborda la presionó para abortar, la agredió y amenazó su trabajo. Esto viola leyes nacionales e internacionales sobre derechos de la mujer. La resolución envía el caso a una comisión de investigación y suspende a Laborda de su cargo como vicepresidente del Concejo hasta que concluya la investigación.
Caso bolt-y-otros-contra-la-republica-cardenalalexa1025
Este caso trata sobre una petición presentada ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra la República Cardenal. La petición alega violaciones a los derechos humanos durante el conflicto armado interno y el proceso de justicia transicional posterior a un acuerdo de paz. El Estado alega que su proceso de justicia transicional, incluyendo criterios de selección de casos y penas alternativas, cumple con sus obligaciones internacionales y busca garantizar una paz estable. La Corte debe determinar si el enfoque de
Proyecto de ordenanza: Creación Figura Defensor del Pueblo- Partido de La CostaMatias Porta Aldave
El documento propone la creación de la figura del Defensor del Pueblo del Municipio de La Costa. Establece que será un organismo independiente que garantizará los derechos de los habitantes frente a posibles abusos de la administración pública municipal. Se detallan los requisitos para ser designado Defensor del Pueblo, el proceso de selección, duración del mandato e incompatibilidades del cargo.
Este documento presenta un proyecto de ley para establecer una política de Estado para asistir, atender, proteger y reparar a las víctimas de violaciones a los derechos humanos o infracciones al derecho internacional humanitario. El proyecto de ley busca crear un marco integral para garantizar los derechos de las víctimas, incluyendo asistencia, atención, prevención, protección, reparación y acceso a la justicia. El proyecto de ley consolida la normatividad existente sobre víctimas en un solo
La prueba en los supuestos de violencia de vg univ csc@mereces_saberlo
Este documento analiza tres cuestiones relacionadas con la prueba en casos de violencia de género en España. Primero, cuestiona si es correcto que la única prueba para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado sea la declaración de la víctima. Segundo, examina si la doctrina del Tribunal Supremo permite esto y si se aplica a todos los casos. Tercero, explora las posibles consecuencias de admitir solo el testimonio de la víctima como prueba. El documento sugiere que aceptar solo esta p
El documento resume la situación de los derechos humanos en Colombia. Menciona que a pesar del proceso de paz, siguen cometiéndose violaciones de derechos humanos contra defensores de derechos humanos, comunidades y grupos vulnerables. También habla de la falta de justicia y la impunidad, así como los desafíos en la restitución de tierras a las víctimas del conflicto. Finalmente, hace recomendaciones a los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos para abordar estas preocupaciones.
Los senadores Luis Fernando Salazar Fernández y Carlos Mendoza Davis presentan una iniciativa para modificar la Constitución y reconocer a los bomberos como parte de los servicios municipales. Argumentan que los bomberos prestan un servicio vital pero carecen de protecciones y derechos laborales en muchos casos. La iniciativa propone incluir a los bomberos y protección civil como una atribución municipal para garantizarles estabilidad laboral y seguridad social.
Proyecto de ley penalización del cliente de trataBlogAF
Este documento propone un proyecto de ley para incorporar un artículo al Código Penal que penalice a quien utilice servicios sexuales sabiendo que la persona es víctima de trata con fines sexuales. Se establecen penas de 1 a 10 años de prisión dependiendo de las circunstancias. El objetivo es desalentar la demanda de explotación sexual que mantiene este delito. Se presentan antecedentes de la lucha contra la trata en Argentina y el consenso internacional de visualizar la responsabilidad de los clientes para erradicar este
Este documento resume un caso legal presentado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de la República Cardenal. Los abogados defensores del Estado argumentan que el Estado ha cumplido con sus obligaciones de acuerdo con el derecho internacional al investigar los hechos, reparar a las víctimas y promover la reconciliación. El documento describe el conflicto armado, los actos denunciados, y las demandas presentadas ante la CIDH. Los abogados concluyen que el Estado ha actuado de acuerdo con los
El documento presenta tres resúmenes de documentos diferentes.
1. Se resume una opinión a favor de la reciente aprobación de una ley de fertilidad asistida en la provincia de Buenos Aires, destacando sus beneficios para las personas con problemas de infertilidad y su importancia para consolidar la institución familiar.
2. Se critica un proyecto de ley sobre autonomía municipal que presenta errores como dar competencias de consejeros escolares a municipios sin modificar la normativa educativa y someter el control de cuentas municipales a la voluntad política
COMUNICADO PÚBLICO POR LOS GRAVES HECHOS CONTRA COMUNIDADES CAMPESINAS EN TUMACOCasa de la Mujer
El documento expresa profunda preocupación por el homicidio de 9 campesinos y lesiones a 18 más en Tumaco, Colombia, y pide una investigación imparcial. También critica el uso de la fuerza por parte del gobierno para la erradicación de cultivos ilícitos, en contra de lo acordado en el acuerdo de paz. Finalmente, exhorta al gobierno a facilitar el diálogo con las comunidades campesinas sobre procesos de sustitución voluntaria de cultivos.
Contralínea, Periodismo de investigación, la corrupción, la rendición de cuentas. seguridad nacional, sociedad de capitales, línea global, la cultura, el contragolpe, contraluz, ocho columnas, análisis, investigación, opinión, lectores, petrolero, energético, económico, cultural, ambiental, educativo, internacional, social, arqueológico
El documento resume varios aspectos de la ley contra la corrupción en Venezuela, incluyendo la definición de hurto simple, los principios para prevenir la corrupción, los sujetos a los que aplica la ley, y la tipificación de delitos como el enriquecimiento ilícito y el peculado. También analiza las atribuciones de los órganos del poder ciudadano relacionados con el uso del patrimonio público.
Este documento resume la Ley Contra la Corrupción y la Ley de Hurto y Robo de Vehículos Automotores en Venezuela. La Ley Contra la Corrupción define el patrimonio público y establece cuatro tipos de responsabilidad para los funcionarios. Su objetivo es prevenir la corrupción y salvaguardar los bienes del Estado. Describe delitos como el peculado, malversación y enriquecimiento ilícito. La Ley de Hurto y Robo define estas acciones contra vehículos y establece penas más severas cuando existen circunstancias agrav
DELITOS DE DROGAS: POSESIÓN, TRÁFICO MAYOR, TRÁFICO MENOR Y TRÁFICO INTRAORG...Menfis Alvarez
DELITOS DE DROGAS: POSESIÓN, TRÁFICO MAYOR, TRÁFICO MENOR Y TRÁFICO INTRAORGÁNICO
GRADO DE PARTICIPACIÓN EN LOS DELITOS DE TRÁFICO DE DROGAS
PENAS A APLICAR EN LOS DELITOS DE TRÁFICO DE DROGAS.
Ddhh yungay 20 11 - jornada de protestas en santiago, alameda entre ahumada y...DDHH Yungay
Como organización civil de defensa y promoción de DD.HH, nos hemos constituido en terreno durante la
jornada de manifestaciones, desarrolladas en el eje plaza Dignidad- Moneda por Alameda y alrededores;
del día viernes 20-11-2020, para observar el actuar de la fuerza policial ante expresiones de protesta, en
virtud del mandato del Ministerio del Interior de restablecer el denominado orden público.
Nuestra labor de defensa de DDHH consistió en la observación de los modos operativos y técnicas de
uso de la fuerza y de control de la protesta efectuadas por los cuerpos de policía, especialmente C.O.P
(ex FFEE) de Carabineros, supervigilando si dicho actuar se ajusta a los protocolos de uso de la fuerza
internos, a la legalidad vigente y al reconocimiento elemental de los derechos fundamentales de las
personas en un Estado democrático.
Nuestra organización no tiene por objetivo la observación de delitos comunes, ni la alteración del orden
público por parte de civiles; función que solo corresponde a las policías, quienes ni ante la comisión de
faltas o delitos, pueden desplegar un actuar coercitivo desproporcionado, innecesario o atentatorio de
DDHH
En el marco del II Encuentro Nacional de la campaña “Defender la Libertad: Asunto de tod@s”, se celebró el 15 de noviembre una Audiencia Pública en el Congreso de la República sobre el “Tratamiento de la fuerza pública a la movilización social” convocada por congresistas como Iván Cepeda, Hernando Hernández y Carlos Andrés Amaya. Se introdujo el contexto de la situación colombiana, las movilizaciones sociales y la brutal respuesta de la fuerza pública, se escucharon valientes y desgarradores testimonios de algunas de las víctimas de las muchas violaciones de los Derechos Humanos cometidas especialmente por el ESMAD. Se oyeron las palabras vacías, que no respondieron en nada a las víctimas ni a las organizaciones convocantes, del General de la policía… La exigencia de justicia, reparación, cese de impunidad, desmonte del ESMAD quedaron claras en las paredes del Congreso, así como la fuerza de la reivindicación del derecho a la protesta “Protestar es un derecho, reprimir es un delito
Un concejal municipal fue acusado de violar los derechos de una periodista con quien tuvo una relación, presionándola para que abortara y amenazándola con su trabajo. El Concejo Deliberante envió el caso a una comisión de investigación y suspendió temporalmente al concejal de su cargo como vicepresidente segundo, reemplazándolo hasta que concluya la investigación.
Este documento propone modificar un artículo de la Ley Provincial 6730 para ampliar las facultades del querellante particular en casos de femicidio y graves violaciones a los derechos humanos. Esto permitiría que asociaciones civiles o fundaciones que defienden los derechos de la mujer y los derechos humanos puedan participar como querellantes para impulsar investigaciones penales en estos casos. El objetivo es dar mayor alcance a la participación ciudadana en procesos penales que involucren estos graves delitos.
Este documento presenta una resolución ante el Concejo Deliberante de San Luis sobre acusaciones contra el concejal Raúl Laborda. La periodista Yamila García Torres denunció que Laborda la presionó para abortar, la agredió y amenazó su trabajo. Esto viola leyes nacionales e internacionales sobre derechos de la mujer. La resolución envía el caso a una comisión de investigación y suspende a Laborda de su cargo como vicepresidente del Concejo hasta que concluya la investigación.
Caso bolt-y-otros-contra-la-republica-cardenalalexa1025
Este caso trata sobre una petición presentada ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra la República Cardenal. La petición alega violaciones a los derechos humanos durante el conflicto armado interno y el proceso de justicia transicional posterior a un acuerdo de paz. El Estado alega que su proceso de justicia transicional, incluyendo criterios de selección de casos y penas alternativas, cumple con sus obligaciones internacionales y busca garantizar una paz estable. La Corte debe determinar si el enfoque de
Proyecto de ordenanza: Creación Figura Defensor del Pueblo- Partido de La CostaMatias Porta Aldave
El documento propone la creación de la figura del Defensor del Pueblo del Municipio de La Costa. Establece que será un organismo independiente que garantizará los derechos de los habitantes frente a posibles abusos de la administración pública municipal. Se detallan los requisitos para ser designado Defensor del Pueblo, el proceso de selección, duración del mandato e incompatibilidades del cargo.
Este documento presenta un proyecto de ley para establecer una política de Estado para asistir, atender, proteger y reparar a las víctimas de violaciones a los derechos humanos o infracciones al derecho internacional humanitario. El proyecto de ley busca crear un marco integral para garantizar los derechos de las víctimas, incluyendo asistencia, atención, prevención, protección, reparación y acceso a la justicia. El proyecto de ley consolida la normatividad existente sobre víctimas en un solo
La prueba en los supuestos de violencia de vg univ csc@mereces_saberlo
Este documento analiza tres cuestiones relacionadas con la prueba en casos de violencia de género en España. Primero, cuestiona si es correcto que la única prueba para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado sea la declaración de la víctima. Segundo, examina si la doctrina del Tribunal Supremo permite esto y si se aplica a todos los casos. Tercero, explora las posibles consecuencias de admitir solo el testimonio de la víctima como prueba. El documento sugiere que aceptar solo esta p
El documento resume la situación de los derechos humanos en Colombia. Menciona que a pesar del proceso de paz, siguen cometiéndose violaciones de derechos humanos contra defensores de derechos humanos, comunidades y grupos vulnerables. También habla de la falta de justicia y la impunidad, así como los desafíos en la restitución de tierras a las víctimas del conflicto. Finalmente, hace recomendaciones a los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos para abordar estas preocupaciones.
Los senadores Luis Fernando Salazar Fernández y Carlos Mendoza Davis presentan una iniciativa para modificar la Constitución y reconocer a los bomberos como parte de los servicios municipales. Argumentan que los bomberos prestan un servicio vital pero carecen de protecciones y derechos laborales en muchos casos. La iniciativa propone incluir a los bomberos y protección civil como una atribución municipal para garantizarles estabilidad laboral y seguridad social.
Proyecto de ley penalización del cliente de trataBlogAF
Este documento propone un proyecto de ley para incorporar un artículo al Código Penal que penalice a quien utilice servicios sexuales sabiendo que la persona es víctima de trata con fines sexuales. Se establecen penas de 1 a 10 años de prisión dependiendo de las circunstancias. El objetivo es desalentar la demanda de explotación sexual que mantiene este delito. Se presentan antecedentes de la lucha contra la trata en Argentina y el consenso internacional de visualizar la responsabilidad de los clientes para erradicar este
Este documento resume un caso legal presentado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de la República Cardenal. Los abogados defensores del Estado argumentan que el Estado ha cumplido con sus obligaciones de acuerdo con el derecho internacional al investigar los hechos, reparar a las víctimas y promover la reconciliación. El documento describe el conflicto armado, los actos denunciados, y las demandas presentadas ante la CIDH. Los abogados concluyen que el Estado ha actuado de acuerdo con los
El documento presenta tres resúmenes de documentos diferentes.
1. Se resume una opinión a favor de la reciente aprobación de una ley de fertilidad asistida en la provincia de Buenos Aires, destacando sus beneficios para las personas con problemas de infertilidad y su importancia para consolidar la institución familiar.
2. Se critica un proyecto de ley sobre autonomía municipal que presenta errores como dar competencias de consejeros escolares a municipios sin modificar la normativa educativa y someter el control de cuentas municipales a la voluntad política
COMUNICADO PÚBLICO POR LOS GRAVES HECHOS CONTRA COMUNIDADES CAMPESINAS EN TUMACOCasa de la Mujer
El documento expresa profunda preocupación por el homicidio de 9 campesinos y lesiones a 18 más en Tumaco, Colombia, y pide una investigación imparcial. También critica el uso de la fuerza por parte del gobierno para la erradicación de cultivos ilícitos, en contra de lo acordado en el acuerdo de paz. Finalmente, exhorta al gobierno a facilitar el diálogo con las comunidades campesinas sobre procesos de sustitución voluntaria de cultivos.
Contralínea, Periodismo de investigación, la corrupción, la rendición de cuentas. seguridad nacional, sociedad de capitales, línea global, la cultura, el contragolpe, contraluz, ocho columnas, análisis, investigación, opinión, lectores, petrolero, energético, económico, cultural, ambiental, educativo, internacional, social, arqueológico
El documento resume varios aspectos de la ley contra la corrupción en Venezuela, incluyendo la definición de hurto simple, los principios para prevenir la corrupción, los sujetos a los que aplica la ley, y la tipificación de delitos como el enriquecimiento ilícito y el peculado. También analiza las atribuciones de los órganos del poder ciudadano relacionados con el uso del patrimonio público.
Este documento resume la Ley Contra la Corrupción y la Ley de Hurto y Robo de Vehículos Automotores en Venezuela. La Ley Contra la Corrupción define el patrimonio público y establece cuatro tipos de responsabilidad para los funcionarios. Su objetivo es prevenir la corrupción y salvaguardar los bienes del Estado. Describe delitos como el peculado, malversación y enriquecimiento ilícito. La Ley de Hurto y Robo define estas acciones contra vehículos y establece penas más severas cuando existen circunstancias agrav
DELITOS DE DROGAS: POSESIÓN, TRÁFICO MAYOR, TRÁFICO MENOR Y TRÁFICO INTRAORG...Menfis Alvarez
DELITOS DE DROGAS: POSESIÓN, TRÁFICO MAYOR, TRÁFICO MENOR Y TRÁFICO INTRAORGÁNICO
GRADO DE PARTICIPACIÓN EN LOS DELITOS DE TRÁFICO DE DROGAS
PENAS A APLICAR EN LOS DELITOS DE TRÁFICO DE DROGAS.
Ddhh yungay 20 11 - jornada de protestas en santiago, alameda entre ahumada y...DDHH Yungay
Como organización civil de defensa y promoción de DD.HH, nos hemos constituido en terreno durante la
jornada de manifestaciones, desarrolladas en el eje plaza Dignidad- Moneda por Alameda y alrededores;
del día viernes 20-11-2020, para observar el actuar de la fuerza policial ante expresiones de protesta, en
virtud del mandato del Ministerio del Interior de restablecer el denominado orden público.
Nuestra labor de defensa de DDHH consistió en la observación de los modos operativos y técnicas de
uso de la fuerza y de control de la protesta efectuadas por los cuerpos de policía, especialmente C.O.P
(ex FFEE) de Carabineros, supervigilando si dicho actuar se ajusta a los protocolos de uso de la fuerza
internos, a la legalidad vigente y al reconocimiento elemental de los derechos fundamentales de las
personas en un Estado democrático.
Nuestra organización no tiene por objetivo la observación de delitos comunes, ni la alteración del orden
público por parte de civiles; función que solo corresponde a las policías, quienes ni ante la comisión de
faltas o delitos, pueden desplegar un actuar coercitivo desproporcionado, innecesario o atentatorio de
DDHH
En el marco del II Encuentro Nacional de la campaña “Defender la Libertad: Asunto de tod@s”, se celebró el 15 de noviembre una Audiencia Pública en el Congreso de la República sobre el “Tratamiento de la fuerza pública a la movilización social” convocada por congresistas como Iván Cepeda, Hernando Hernández y Carlos Andrés Amaya. Se introdujo el contexto de la situación colombiana, las movilizaciones sociales y la brutal respuesta de la fuerza pública, se escucharon valientes y desgarradores testimonios de algunas de las víctimas de las muchas violaciones de los Derechos Humanos cometidas especialmente por el ESMAD. Se oyeron las palabras vacías, que no respondieron en nada a las víctimas ni a las organizaciones convocantes, del General de la policía… La exigencia de justicia, reparación, cese de impunidad, desmonte del ESMAD quedaron claras en las paredes del Congreso, así como la fuerza de la reivindicación del derecho a la protesta “Protestar es un derecho, reprimir es un delito
Este documento propone una declaración institucional condenando los recientes actos de violencia contra sedes de partidos políticos y actos políticos en España. Se mencionan varios incidentes recientes donde grupos extremistas han boicoteado o asaltado eventos y oficinas de partidos como el PSOE, UPyD y el PP. La declaración busca condenar estos actos que atentan contra la democracia y la libertad de expresión, y pide a las instituciones públicas que defiendan la libertad y el pluralismo político evitando que est
Este discurso critica duramente las políticas de austeridad implementadas por los gobiernos de España y Cataluña, que están destruyendo el estado de bienestar y los derechos de los trabajadores. También denuncia el autoritarismo de la policía y el poder judicial, que están criminalizando las protestas legítimas de los ciudadanos mientras no persiguen a los verdaderos responsables de la crisis. Finalmente, pide que se respeten los derechos democráticos de manifestación y critica que se mantenga en prisión preventiva a dos jó
Hábeas Corpus preventivo contra la aplicación del Código de FaltasAndrés Oliva
La jueza de Control, Juventud y Adolescencia de Río Segundo, María de los Angeles Palacio de Arato, falló contra los procedimientos, bajo la aplicación del Código de Faltas, por parte de la Policía sobre un joven de 21 años.
La organización Incide rechaza la represión violenta por parte de las fuerzas de seguridad del Estado durante protestas recientes en Playa Grande, Carúpano. Los manifestantes protestaban por problemas con los servicios públicos cuando fueron reprimidos, dejando varios heridos y la muerte de un hombre. Incide exige el cese inmediato de la represión contra manifestaciones pacíficas y una investigación sobre la muerte del hombre.
El documento presenta una petición a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. El peticionario, un asambleísta ecuatoriano, alega que sus derechos humanos y los de otros asambleístas han sido violados por el gobierno ecuatoriano desde los sucesos del 30 de septiembre de 2010, cuando ocurrió una insubordinación policial. El peticionario detalla varios casos de persecución política a opositores por parte del gobierno y alega que no ha habido una investigación
Contralínea, Periodismo de investigación, la corrupción, la rendición de cuentas. seguridad nacional, sociedad de capitales, línea global, la cultura, el contragolpe, contraluz, ocho columnas, análisis, investigación, opinión, lectores, petrolero, energético, económico, cultural, ambiental, educativo, internacional, social, arqueológico
Más de un millón de personas participaron en una manifestación en Madrid el 22 de marzo de 2014 para protestar contra los recortes y la austeridad. La policía cargó contra los manifestantes pacíficos antes de que terminara el acto final, deteniendo al menos 23 personas e hiriendo a 50. Los organizadores acusaron a la delegada del gobierno de organizar un montaje policial para justificar la represión de una protesta masiva y pacífica. Grandes enfrentamientos estallaron entre la policía y los manifestantes en varias zonas del centro de Madrid.
Paro minero denuncia desmanes de la policiacoeuropa
El documento denuncia la violencia ejercida por el ESMAD contra manifestantes mineros en Marmato, Caldas, Colombia durante un paro nacional minero. Se produjeron detenciones masivas y lesiones a los manifestantes por parte de las autoridades que violaron sus derechos a la protesta. La comisión de derechos humanos exige la liberación de los detenidos, garantías para el ejercicio del derecho a la protesta de los mineros y ayuda humanitaria para los heridos.
Este documento resume los derechos de los manifestantes y ciudadanos durante controles policiales de identificación. Explica que el derecho a la manifestación está protegido por la Constitución y no requiere permiso, aunque debe comunicarse a las autoridades. También detalla los límites a la identificación policial y el derecho a no ser cacheado de forma invasiva. Además, cubre procedimientos durante controles de vehículos e incautaciones. El objetivo general es informar a los ciudadanos sobre sus derechos frente a la policía durante manifestaciones
Este documento presenta un manual de autodefensa civil publicado por el Grupo 17 de Marzo, una asociación de juristas andaluces. El manual explica los derechos básicos de los manifestantes y extranjeros, así como qué hacer en casos de identificación policial, detención o comparecencia ante un juzgado. El objetivo es informar a los ciudadanos sobre sus derechos para evitar abusos por parte de las autoridades.
El Boletín Dignidad y Justicia es una producción del MADJ para evidenciar la histórica corrupción pública y los principales actos de corrupción en en nuestro país y la lucha que se libra contra este flagelo.
El MADJ se pronuncia periódicamente mediante este boletín sobre la realidad del país, en temáticas de lucha organizativa en relación a la defensa de los bienes naturales y derechos humanos.
Y para continuar la lucha sin perder la memoria histórica le convocamos a deleitarse Destapando la Olla....
El Congreso de los Pueblos denuncia violaciones a los derechos humanos durante las protestas del 12 de octubre en varias ciudades de Colombia. La policía usó gases lacrimógenos y bombas aturdidoras para dispersar manifestaciones pacíficas en Bogotá, dejando 47 detenidos. También impidió que los manifestantes se reunieran en la Plaza de Bolívar e hirieron a 23 personas, incluidos 3 periodistas. En Pereira y Pasto también hubo detenciones y heridos al dispersar las protestas. El Congreso exige
El documento describe una protesta de más de 200 pobladores contra el proyecto minero Buena Vista I debido a los daños ambientales que ha causado, incluyendo la deforestación de más de cinco hectáreas y la contaminación de fuentes de agua. Durante una inspección a la licencia ambiental de la empresa minera se constataron estas irregularidades. El MADJ había presentado una impugnación al proyecto en diciembre de 2013 logrando que la empresa se retirara temporalmente. La movilización busca la cancelación del proyecto y un cambio en
Iniciativa con Proyecto de Ley Anticorrupción para el Estado de Guerreroricardomejiaberdeja
Este documento presenta una iniciativa de ley anticorrupción para el estado de Guerrero en México. Expone la gravedad del problema de la corrupción en el estado y país. Propone una ley con disposiciones para prevenir, penalizar y recuperar activos derivados de actos de corrupción. La ley aplicaría a funcionarios públicos estatales y municipales, partidos políticos, empresas públicas y proveedores del gobierno. Busca promover la transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad para combatir la corrupción.
Denuncia a la inspeccion de trabajo sobre Ébola en el Hospital Clínico San Ca...jaromeror
El Movimiento Asambleario de Trabajadores de Sanidad (MATS) ha presentado una denuncia ante la inspección de trabajo, por la falta de seguridad para todos los trababadores de urgencias que tengan que atender a pacientes con sospecha de virus de ébola.
Trabajadores del Hospital, contando con el apoyo del MATS, hemos hecho este Boletín informativo para que tod@s tengamos datos completos y veraces sobre la situación en la que se encuentra nuestro Hospital.
Manifiesto en Defensa de la Atención Pública a la Salud Mentaljaromeror
Quienes suscribimos estas valoraciones y propuestas somos profesionales de la Salud Mental, conocedores/as cualificados/as de lo que está ocurriendo en nuestro ámbito, conscientes de los derechos de las personas
y de las obligaciones de los poderes públicos, nos sabemos responsables de nuestras acciones y omisiones asistenciales.
DECLARACIÓN de ATOCHA. EN DEFENSA DE LA ATENCIÓN PÚBLICA A LA SALUD MENTALjaromeror
Documento elaborado por un grupo muy cualificado de profesionales de la Salud Mental, en el que enumeran los problemas actuales y establecen unas lineas estratégicas de actuación.
La salud de los pacientes con hepatitis C crónica avanzada en España podría verse comprometida en los próximos meses si no acceden de manera urgente a sofosbuvir (Sovaldi®)
Este documento propone mejoras futuras para la Atención Primaria madrileña. Plantea mantener la titularidad y gestión públicas, dotar de recursos suficientes, y establecer un modelo participativo y transparente. También sugiere mejorar la estructura de los centros de salud, dotar de autonomía a la gestión de cada centro, y otorgar un mayor reconocimiento a los profesionales.
El documento habla sobre las consecuencias negativas de las políticas de austeridad en Europa para los sistemas de salud y protección social. Indica que las políticas de austeridad han llevado a recortes presupuestarios en la salud, aumento del desempleo y la pobreza, y mayor privatización de los sistemas de salud. Finalmente, hace un llamado a la acción para oponerse a estas políticas y proteger el derecho universal a la salud.
Comunicado de la plataforma de centros de salud octubre 2013jaromeror
Los profesionales de Atención Primaria mantienen su rechazo a la gestión privada de los Centros de Salud y confían en la retirada definitiva del proyecto de “externalización”
El documento presenta las propuestas del Movimiento por una Alternativa de Trabajo y una Sociedad (M.A.T.S.) para defender la sanidad pública en la Comunidad de Madrid frente a las políticas privatizadoras del Partido Popular. El M.A.T.S. propone 1) un sistema de salud al servicio de las personas priorizando la prevención, 2) una sanidad universal y de calidad financiada con recursos públicos, y 3) luchar contra la corrupción y privatización a través de la protesta y organización ciudadana.
Plataforma en defensa de la Sanidad Pública de Las Rozas y Las Matasjaromeror
El jueves 4 de Julio hacemos la presentación de la Plataforma, formada por sanitarios, usuarios, movimiento 15M, asociaciones de enfermos y de mujeres y organizaciones políticas (IA, IU, PSOE y EQUO) en la Plaza del Ayuntamiento de Las Rozas
Auto contra-cupula-privatizadora-sanidad-madridjaromeror
Imputada la cúpula privatizadora de la sanidad madrileña, Patricia Flores, Antonio Burgueño, Manuel Lamela, Juan José Güemes, Capio, Fundación Jiménez Díaz, Ribera Salud, Unilabs, Asisa...
Profesionales sanitarios de Madrid, pertenecientes a divesos colectivos, muestran a traves de este escrito, su profundo rechazo a las medidas adoptadas por el gobierno regional para privatizar la Sanidad Pública madrileña
RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2013, de la Dirección General de Recursos
Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se dictan instrucciones en
materia de jornada del personal en el ámbito del Servicio Madrileño de Salud.
Este documento establece nuevas instrucciones para la aplicación de la jornada laboral de 37 horas y media semanales para el personal del Servicio Madrileño de Salud, en cumplimiento de la Ley 6/2011. Se fijan las horas efectivas anuales para diferentes tipos de jornada y personal. También se adaptan las normas sobre permisos, vacaciones y bajas por enfermedad a la legislación estatal reciente. Finalmente, se negociaron estas medidas con los sindicatos.
Este documento resume las nuevas instrucciones dictadas por la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud sobre la jornada laboral del personal sanitario en la Comunidad de Madrid en 2013. Las nuevas instrucciones actualizan las de 2012 para adecuarse a cambios legislativos recientes que establecen una jornada semanal mínima de 37,5 horas y reducen los días de asuntos propios y vacaciones. Tras negociaciones sindicales sin acuerdo, se dictan estas instrucciones para aplicar de forma homogénea la nue
El documento describe el rechazo de sindicatos y profesionales sanitarios al plan de medidas de garantía de la sostenibilidad del sistema sanitario público de la Comunidad de Madrid. Se critica que el plan proponga una privatización de la asistencia sanitaria mediante la externalización de 6 hospitales y 27 centros de salud, así como servicios no sanitarios, sin la participación de los profesionales. También se cuestiona que los objetivos de ahorro y mantenimiento de la calidad con menos recursos sean viables. Los sindicatos proponen
1. Madrid, 28 de marzo de 2014
COMUNICADO RUEDA DE PRENSA EQUIPO JURÍDICO MARCHAS DE LA DIGNIDAD 22M
El pasado sábado 22 de marzo, las Marchas de la Dignidad congregaron a más de un millón de
personas, colectivos y pueblos de todas partes del estado que salieron a la calle reclamando
una vida digna, trabajo, casa, servicios públicos para todos y todas y el no al pago de una
deuda ilegítima.
En las semanas previas a la manifestación se realizaron varias reuniones con Delegación del
Gobierno en Madrid, con el fin de que las marchas se desarrollaran sin incidentes, tanto
durante los tramos desde los diversos puntos del Estado como a la entrada en Madrid, así
como durante el día 22 de marzo. El equipo jurídico de las Marchas considera que la actitud
de los organizadores muestra una absoluta colaboración con la Delegación del Gobierno,
poniendo de manifiesto el evidente interés de los organizadores en que las marchas se
realizaran sin problema alguno, al amparo de lo establecido en los Arts. 20 (libertad de
expresión), 21 (derecho de manifestación) y 23 (derecho a participar en los asuntos públicos)
de la Constitución.
Sin embargo, con anterioridad al 22 de Marzo tanto la delegada del Gobierno en Madrid como
el Presidente de esta comunidad autónoma han venido efectuando manifestaciones públicas
degradantes e injuriosas respecto de las personas que se movilizarían en a Madrid el día 22M,
interfiriendo claramente en el derecho de manifestación recogido en nuestra constitución
y en el derecho al honor protegido en el Art. 18 CE, al equiparar a los manifestantes con
alborotadores y nazis. Desde el viernes 21 de marzo las fuerzas de seguridad del estado
2. retuvieron injustificadamente más de 100 autobuses que se desplazaban a Madrid para
participar en la manifestación, efectuando identificaciones y registros indiscriminados sin
existir motivo alguno para ello, vulnerando el derecho a la intimidad y a la no injerencia de
la autoridad pública en la vida privada de las personas (Art.18 CE y Art. 8 CEDH). La comisión
legal 22M considera este tipo de actuaciones como una intimidación contra las personas
que acudían a ejercer su derecho a manifestarse, y sin que existiese circunstancia alguna que
justificase dicha disuasión frente al ejercicio de un derecho fundamental.
El sábado 22 la masiva manifestación transcurrió con absoluta calma, tranquilidad y civismo,
asegurando en todo momento los organizadores el respeto en los recorridos de todos cuanto
participaban en ella.
Este servicio jurídico, a la vista de las distintas declaraciones de asistentes a la manifestación,
organizadores, periodistas que cubrían el acto final, e incluso de los detenidos, hemos podido
verificar que sin existir motivo racional, en torno a las 20.40 horas del sábado 22 de marzo,
aproximadamente, unidades de policías antidisturbios irrumpieron en la Plaza de Colon, pese
a las advertencias de los organizadores y la gran congregación de personas, y efectuaron
varias cargas –sin advertencia previa- contra quienes se encontraban en el lugar atendiendo
al acto de clausura que se estaba realizando en el escenario situado en los jardines de Colon.
La totalidad de personas que se encontraban en la Plaza de Colon en ese momento mantenían
una actitud tranquila y pacífica, al igual que había ocurrido durante la manifestación.
Esta actuación, además de vulnerar la normativa aplicable a los cuerpos y fuerzas de seguridad
del estado, es claramente contraria al Código de conducta para funcionarios encargados de
hacer cumplir la ley, Adoptado por la Asamblea General en su resolución 34/169, de 17 de
diciembre de 1979, artículos 2 y 3, así como los principios 12, 13 y 14 de los Principios Básicos
sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer
Cumplir la Ley, adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención
del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba) del 27 de agosto al
3. 7 de septiembre de 1990. A su vez, los responsables de dicha intervención policial podrían ser
penalmente sancionados en virtud de lo establecido en los Art. 540 y 542 del Código Penal.
Los fallos en el dispositivo policial fueron evidentes desde antes de las primeras cargas en
Colón. La actuación policial posterior fue dirigida de forma indiscriminada y brutal contra el
conjunto de manifestantes, dejando un saldo de lesionados que no coincide con la versión de
los hechos difundidas por los responsables policiales: un total de 108 personas fueron asistidas
por los servicios sanitarios con heridas de considerable gravedad -es decir, la mayoría de las
personas heridas fueron los asistentes a la manifestación-; incluidos al menos 2 fotógrafos
heridos, una persona que ha perdido un testículo como consecuencia del impacto de una
pelota de goma y otra que ha estado cerca de perder un ojo por el mismo motivo; a pesar
de la insistencia de los sindicatos policiales en que no se les permitió el uso de material
antidisturbios, se utilizaron gases lacrimógenos -inusuales en movilizaciones sociales en la
ciudad de Madrid- por primera vez desde hace dos años mientras el uso de pelotas de goma -
recordamos, prohibidas en la mayor parte de la Unión Europea- fue abundante y lesivo.
Mostramos especial preocupación por la difusión masiva en los medios de comunicación,
a iniciativa de mandos policiales y gubernamentales, de supuestas armas incautadas a los
manifestantes –“muleta espada” y rodamientos- respecto a las cuales el pasado martes 25
de marzo se reconoció por las autoridades que correspondían a incautaciones efectuadas en
anteriores intervenciones policiales en absoluto relacionadas con las Marchas de la Dignidad,
lo que parece poner de manifiesto la existencia de un plan preconcebido para criminalizar
a las personas que por cientos de miles se manifestaron el pasado día 22M. Esperamos que
se adopten las medidas disciplinarias correspondientes respecto a los funcionarios que han
difundido de forma torticera esta grave información falsa.
Según los datos de que dispone esta comisión, un total de 21 personas resultaron detenidas en
las cargas de ese día, 2 de ellas menores de edad. Una persona más fue detenida el día 23 de
marzo tras la concentración en Madrid reclamando la libertad de los detenidos. Gran parte de
4. ellas sufrieron lesiones durante la detención. No es correcto mantener que una detención
conlleva golpes y reducciones violentas bajo el amparo de la "mínima fuerza imprescindible"
por parte de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Varias de las personas detenidas, lo
fueron en el acceso al metro y fueron trasladadas esposadas en transporte público, a la vista
de los pasajeros, lo que significa trato humillante y vejatorio al detenido. Otras lo fueron en la
vía pública, siendo obligadas a correr, a modo de castigo, aleatoriamente de un lugar a otro
mientras permanecían esposadas, lo que igualmente supone un trato degradante y vejatorio.
La práctica totalidad de los hombres detenidos denunciaron haber sido obligadas a
permanecer hasta 7 horas de pie con los brazos en alto, haber sufrido cambios de temperatura
bruscos e intencionados y privación de comida y agua y de la posibilidad de acudir al baño
durante las primeras 24 horas, lo que parece acreditar la existencia de un plan sistemático de
efectuar malos tratos a estos detenidos. A las mujeres detenidas se les negó el acceso a
medicamentos y material higiénico necesario (una práctica no solo degradante sino
especialmente discriminatoria), lo cual resulta especialmente grave respecto a personas
detenidas diagnosticadas con enfermedades crónicas, a las que se les retrasó el acceso a
medicación imprescindible para su tratamiento. También hemos constatado obstaculización a
la asistencia de letrados libremente designados, hecho tipificado como delito en el Art. 537 CP.
Estos hechos conculcan la proscripción de sufrir tratos inhumanos y degradantes establecida
en el Art. 15 de la C.E., así como los principios 1, 2, 3 y 6 del Conjunto de Principios para
la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión,
Adoptado por la Asamblea General en su resolución 43/173, de 9 de diciembre de 1988.
Igualmente los anteriores hechos podrían ser constitutivos de un delito de tortura y malos
tratos previstos en los artículos 173 y ss del Código Penal. Recordamos que con anterioridad
a estos hechos, el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa había emitido un
duro informe contra el Estado Español denunciando la práctica "no esporádica" de malos
tratos por parte de FCSE a manifestantes, lo que supone una práctica policial intolerable e
5. impropia de un Estado de Derecho.
Esta comisión jurídica ha recibido igualmente denuncias de familiares de personas detenidas
que acudieron a la comisaría de Moratalaz a interesarse por las mismas, y que tuvieron que
soportar insultos por parte de agentes de paisano que salieron de la propia comisaría en
actitud intimidatoria. También hemos constatado que uno de los letrados defensores recibió
amenazas y gritos por recomendar a un detenido que no declarara.
A juicio de esta comisión jurídica, las actuaciones antes relatadas podrían perseguir generar
una imagen de peligrosidad social de los manifestantes, equiparándolos a "enemigos" de
la sociedad, para así justificar las reformas legislativas recientemente anunciadas (Ley de
Seguridad Ciudadana y Código Penal).
Únicamente tres de las 21 personas detenidas el día 22 fueron objeto de petición de medidas
cautelares (en concreto, prisión preventiva) por parte de la fiscalía. Esta petición se ha vuelto
a repetir con un cuarto detenido un día después, acusado de los mismos hechos, medidas
que solo se han acordado finalmente respecto a uno de los detenidos, poniéndose así de
manifiesto la desproporcionada actuación policial durante la manifestación, especialmente a
partir de las 20.40 horas del día 22 en la Plaza de Colon.
La única persona que a consecuencia de los anteriores hechos se encuentra en la actualidad
en prisión preventiva ha visto rebajada la calificación inicial de los hechos imputados a un
delito de lesiones, no existiendo ningún cargo por intento de homicidio contra ninguno de
los manifestantes detenidos. Pese a ello, la Delegación de Gobierno ha vuelto a redoblar la
campaña mediática, pidiendo nuevamente una modificación de los delitos que se le imputan;
una nueva muestra del escaso respeto a la separación de poderes de la que suele hacer
gala el actual gobierno, signo de preocupante deterioro democrático. No podemos dejar de
señalar que una persona se encuentra en estos momentos privada de libertad, sin que se haya
acreditado en ningún momento su participación en los hechos o las manifestaciones que el
atestado policial le atribuye. Mantendremos todos los esfuerzos jurídicos necesarios para su
6. puesta en libertad.
Por ello, esta comisión jurídica entiende que:
1. Deben ser investigadas en sede judicial las declaraciones previas a la manifestación
efectuadas por distintos responsables políticos disuadiendo a los ciudadanos para acudir a la
anterior, así como tachándolos de agitadores y vándalos.
2.- Deben ser investigadas en sede judicial las detenciones e identificaciones que de forma
masiva se han producido respecto a las personas que se trasladaban a Madrid en autobús para
participar en las Marchas de la Dignidad
3.- Deben ser investigada en sede judicial la actuación policial emprendida a las 20.40 horas
del día 22 de marzo en la plaza de Colon antes de concluir la manifestación, así como su
relación con la aparición en los noticieros de televisión de las 21h de estas cargas policiales y
los posteriores altercados producidos a raíz de dicha actuación policial.
4.- Deben ser investigadas en sede judicial la difusión de imágenes de supuestas armas
incautadas a los manifestantes que posteriormente se han demostrado falsas.
5.- Deben ser investigados en sede judicial los malos tratos recibidos por los detenidos en las
dependencias policiales, por sus familiares y por alguno de los abogados defensores actuantes.
Por todo lo anterior, este equipo jurídico ha recomendado a los organizadores de las Marchas
de la Dignidad 22M que se emprendan las correspondientes acciones legales para depurar
las anteriores responsabilidades, incluida en su caso la interposición de querellas criminales
contra los responsables de las mismas, por haber vulnerado la normativa aplicable a las
actuaciones policiales así como los derechos fundamentales de manifestación, reunión,
expresión, al honor, y a la participación en los asuntos públicos, estando a la espera de que las
organizaciones convocantes decidan las acciones a emprender.
Comisión Jurídica Marchas 22M.