2. Que es un contrato por obra o labor
• un contrato por obra o labor es aquel en virtud del cual
se contrata a un trabajador para desarrollar una labor
determinada, por el tiempo que dure la realización de una
obra o labor, para ejecutar un trabajo ocasional,
accidental o transitorio.
3. • Por ejemplo, en la parte de producción de televisión y de novelas, a
algunos trabajadores los contratan bajo esta modalidad. Las
personas cuentan con todas las prestaciones sociales mientras estén
desarrollando el proyecto. Si el producto termina, de igual manera, se
da por finalizado el contrato.
4. Articulo que lo rige
• ARTICULO 45. DURACION. El contrato de trabajo puede celebrarse
por tiempo determinado, por el tiempo que dure la realización de una
obra o labor determinada, por tiempo indefinido o para ejecutar un
trabajo ocasional, accidental o transitorio.
5. Criterios
• Establecer de manera clara y expresa los límites de las actividades a
desarrollar por el trabajador, ya que si no se hace se estaría
desnaturalizando el contrato.
• Para efectos probatorios el contrato debe ser escrito.
• Tiene fecha de inicio mas no de terminación, pues ella se dará una
vez finalice la obra o labor determinada en el contrato.
• No se debe confundir el cargo o la obra o labor que desarrolla el
trabajador.
6. Criterios
• luego de celebrado el contrato no será posible su modificación,
adición o prórroga, por cuanto significaría una desnaturalización del
mismo.
• La terminación sin justa causa de este contrato dará lugar al pago e
indemnización, esta es el plazo que faltare por cumplir la obra
contratada, sin que pueda ser inferior a los 15 días.
7. Periodo de prueba en el contrato trabajo
de obra o labor.
• La ley no contempla una regulación especial para estos casos, por lo
que se debe recurrir a la norma general.
• Es decir que el periodo de prueba será de máximo dos meses y debe
constar por escrito.
8. Prestaciones sociales en el contrato de
trabajo por obra o labor.
• En el contrato de trabajo de obra o labor se deben pagar todas las
prestaciones sociales al trabajador, pues la norma no contempló
excepción alguna, ni tratamiento diferente.
• El pago se ha hacer en las fechas, formas y porcentajes indicados por
la norma general, y por los conceptos que corresponden: Prima de
servicios, cesantías, dotación, etc.
• Igual sucede con las vacaciones, que se otorgan según la norma
general.
9. Seguridad social en el contrato de trabajo
por obra o labor.
• En el contrato de trabajo de obra o labor el trabajador tiene derecho
a ser afiliado al sistema de seguridad social (salud, pensiones, riesgos
laborales) como cualquier otro trabajo, y debe estarlo desde el primer
día de ejecución del contrato.
10. Ventajas
• Una de los beneficios que tiene para el trabajador es que este se
asegura trabajo durante algún tiempo si lo que no quiere, por
razones personales, comprometerse a contratos indefinidos.
• Es una buena manera de alcanzar finalmente un contrato indefinido
11. Desventajas
• un contrato por obra y servicio no tiene todas las propiedades de uno
indefinido a la hora por ejemplo de indemnizaciones o de tiempo de
trabajo acumulado.
• No tienes un empleo a largo plazo.