LOS CONTRATOS INFORMATICOS SON DE GRAN IMPORTANCIA EN LA ADQUISICION DE BIENES TALES COMO SOFTWARE Y HADTWARE.ES EL RESPALDO MUTUO PARA QUE CUMPLAN CIERTAS CONDICIONES.
LOS CONTRATOS INFORMATICOS SON DE GRAN IMPORTANCIA EN LA ADQUISICION DE BIENES TALES COMO SOFTWARE Y HADTWARE.ES EL RESPALDO MUTUO PARA QUE CUMPLAN CIERTAS CONDICIONES.
Es un acuerdo bilateral con una serie de características propias redactado en forma minuciosa en la cual el contratante adquiere del proveedor un bien y/o servicio informático que es el hardware y el software.
Definición, naturaleza jurídica, partes del contrato jurídico, obligaciones y derecho, tipos de contratos informáticos, riesgos de contrato informático
CONTRATOS INFORMÁTICOS
Lo llamamos Contratos Informáticos al acuerdo de voluntades por el cual se crea, regula, modifica o extingue obligaciones sobre bienes o servicios informáticos.
EL CONTRATO
Al Contrato se lo define como el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídico patrimonial.
Al contrato se lo puede decir que es el acuerdo entre dos o más partes, relacionado con un objeto de interés jurídico.
ELEMENTOS DEL CONTRATO
Es un acuerdo bilateral con una serie de características propias redactado en forma minuciosa en la cual el contratante adquiere del proveedor un bien y/o servicio informático que es el hardware y el software.
Definición, naturaleza jurídica, partes del contrato jurídico, obligaciones y derecho, tipos de contratos informáticos, riesgos de contrato informático
CONTRATOS INFORMÁTICOS
Lo llamamos Contratos Informáticos al acuerdo de voluntades por el cual se crea, regula, modifica o extingue obligaciones sobre bienes o servicios informáticos.
EL CONTRATO
Al Contrato se lo define como el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídico patrimonial.
Al contrato se lo puede decir que es el acuerdo entre dos o más partes, relacionado con un objeto de interés jurídico.
ELEMENTOS DEL CONTRATO
CONTRATACIÓN INFORMÁTICA.Es el acuerdo bilateral en la cual el contratante adquiere del proveedor un bien y/o servicio informático que es el HARDWARE (parte física) y el SOFTWARE (soporte lógico). CONTRATOS INFORMATICOS.PARTE DE LOS CONTRATOS INFORMATICOS.PROVEEDORES:Encargados de la prestación y están fundamentalmente constituidos por los constructores, distribuidores y vendedores de equipos; así como los prestadores de servicios informáticos (mantenimiento, actualizaciones, configuraciones, recuperación de datos, instalación de antivirus, etc.).Obligaciones y derechos de los proveedores:
Salvaguardar los intereses de su cliente, así como proporcionarle consejo e información.
Cumplir con los términos de entrega o prestación del servicio.
Garantizar sus productos y servicios.
Actuar con probidad y buena fe frente a los intereses del usuario.Recibir el pago por la prestación realizada. USUARIO.Son aquellos que reciben la prestación por parte de los proveedores, y están constituidos por el sector público o privado en sus diferentes niveles.
Obligaciones y derechos de los usuarios:Informarse adecuadamente respecto a las implicaciones generadas por la firma de este tipo de contratos.
Capacitar apropiadamente a su personal respecto al bien o servicio informático a recibir.
Aceptar y recibir la prestación requerida, siempre que esté dentro de los términos pactados.
Respetar los lineamientos expuestos por el proveedor respecto al modo de empleo del material o los programas de cómputo.
Pagar el precio convenido según las modalidades fijadas entre las partes. POR EL NEGOCIO JURIDICO:De venta:
Cuando el vendedor (suministrador) se obliga a entregar una cosa determinada, un bien informático, y la otra parte comprador a pagar un precio cierto. La venta también puede ser de servicios. De alquiler:
El arrendamiento sobre los bienes informáticos es un arrendamiento tipo de los regulados en el Código Civil, caracterizado porque el suministrador se obliga a dar al usuario el goce o uso de un bien informático durante un tiempo determinado y por un precio cierto. De mantenimiento: Puede ser tanto de equipos como de programas, o incluso, mantenimiento integral en el que se puede incluir un servicio de formación, asesoramiento y consulta.De prestación de servicios:En los que incluiríamos análisis, especificaciones, horas maquina, tiempo compartido, programas, etc. El arrendamiento de servicios se da cuando una parte se obliga con la otra a prestarle unos determinados servicios, con independencia del resultado que se obtenga mediante la prestación. De ejecución de obra:Consistente en el compromiso de una de las partes en nuestro caso el suministrador del bien o servicio informático, a ejecutar una obra, y la otra parte a realizar una contraprestación en pago por la obra llevada a cabo.Consistente en el compromiso de una de las partes en nuestro caso el suministrador del bien o servicio informáti
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
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"CONTRATOS INFORMATICOS"
1. UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR
EXTENCION SAN MIGUEL
AUTOR: JANETH AVIGAIL MAJI PAGUAY
CICLO: NOVENO DE CONTABILIDA Y AUDITORIA
2. CONTRATOS INFORMATICOS
GENERALIDADES
Los contratos informáticos surgen ligados a la inminente comercialización de las computadoras, ya que éstas han sido
incorporadas en el ámbito de los negocios, lo que originó su rápida comercialización así como la proliferación de contratos en
materia informática cuya redacción significó una notoria diferencia respecto a lo que podría considerarse como “contratos
clásicos”.
3. Principales implicaciones
Entre las principales implicaciones producidas por este tipo de contratos, tenemos al
notorio desequilibrio entre las parte provocado por el mayor y mejor conocimiento
de los elementos totalmente técnicos por cuanto toca al proveedor, quienes se ven
totalmente obligados a aceptar las cláusulas contractuales impuestas por el
proveedor, en razón de sus necesidades de informatización.
4. PARTICULARIDADES DE UN CONTRATO INFORMATICO
Partes de un contrato informático
Es necesario recordar que los contratos son el acuerdo de dos o más voluntades para crear,
transferir, modificar o extinguir derechos u obligaciones y que en toda relación contractual
encontramos uno o más sujetos activos o pasivos, quienes deberán cumplir con sus
obligaciones, o en su caso, exigir los derechos derivados de esa concertación.
Teniendo en cuenta lo anterior, los contratos informáticos no son la excepción debido a que
las partes intervinientes son sujetos de derechos y obligaciones y son catalogados bajo las
consideraciones de proveedores y usuarios.
5. • Proveedores: Son aquellos encargados de la prestación de
dar y hacer y fundamentalmente constituidos por los
constructores, distribuidores y vendedores de equipos, así
como los prestadores de servicios informáticos; algunas de
sus principales obligaciones y derechos.
• Usuarios: Estos son aquellos que reciben la prestación de
dar o hacer por parte de los proveedores, y están constituidos
por el sector público y privado en sus diferentes niveles.
6. TIPOS DE CONTRATOS
Existen dos tipos de contratos informáticos fundamentales: Aquellos
referidos a los bienes (equipos, periféricos, dispositivos, etc.) y aquellos
referidos a los servicios (asistencia, formación, mantenimiento, programas,
etc.)
Dichas prestaciones serán pactadas bajo las condiciones de las categorías
jurídicas contractuales más conocidas como es el caso de la compraventa,
arrendamiento, prestación o prestación de servicios.
7. Algunos tipos de contratos son:
Contrato de material o de sistema.
Compatibilización de equipos y programas.
Servicios y aprovisionamiento de
refacciones.
Contratos de programa-producto.
Adquisición de programas.
Licencia de uso de programas.
Desarrollo de programas.
Análisis y tratamiento de datos.
Contratos de mantenimiento.
Contratos de asesoría.
Contrato de formación o capacitación,
etcétera.
8. CLAUSULAS DEL CONTRATO INFORMATICO
Algunos de los elementos que resaltan de este tipo de contratos son los siguientes:
1. Objeto. Es decir, las modalidades de los derechos y obligaciones respecto a los
bienes o servicios informáticos.
2. Duración y rescisión. Es el término de vigencia del contrato, el cual podrá verse
interrumpido en caso de trasgresión de cláusulas por alguna de las partes.
3. Precio. Caracterizado éste por ser justo, verdadero y en dinero.
4. facturación y pago. Los cuales tendrán lugar de acuerdo con las consignas
particulares establecidas por mutuo acuerdo.
5. Control, supervisión y acceso. Recaen en la responsabilidad de los usuarios, a
fin de que las actividades informáticas se den en las condiciones más favorables sin
injerencias internas o externas inadecuadas.
9. 6. Asistencia y formación. Todo esto a fin de que las mencionadas actividades
informáticas se den en los términos más atingentes, evitando de esta manera probables
actitudes negligentes o impropias por falta de un conocimiento técnico pertinente por
parte del usuario.
7. Propiedad de los programas. En virtud de la ausencia de un adecuado régimen
regulador respecto a los programas de cómputo.
8. Protección material de la información. Esto es el caso de aquella información
propiedad del usuario que esté bajo resguardo del proveedor, a fin de desarrollar un
programa.
9. Secreto y confidencialidad. Esto es en cuanto a las informaciones que se provean por
ambas partes con motivo de la celebración del contrato.
10. Responsabilidad y garantías. Aquellas obligaciones inherentes a la firma de un
contrato, en este caso informático.
10. RIESGOS INFORMATICOS
Los riesgos, como la incertidumbre o probabilidad de que ocurra o se
realice una eventualidad, pudiendo estar estos previstos, bien pueden
manifestarse respecto a los equipos informáticos, programas, centro de
cómputo, archivos, información, etc., y aun en relación con la
responsabilidad civil que estos ocasionen frente a terceros con motivo de
la prestación de un servicio informático.
Los riesgos informáticos no constituyen en sí una figura jurídica especial,
probablemente debido a su complejidad, aunque en función de su
magnitud no dudamos que ameritan un tratamiento pormenorizado en
ordenamientos existentes o aquellos provistos por el mismo derecho de la
informática.
11. TIPOSDECONTRATOS
INFORMATICOS:
POR EL OBJETO:
Contratos de hardware
Contrato de software
Contrato de instalación llave en mano.
Contrato de servicios auxiliares
POR EL NEGOCIO JURIDICO:
De venta
De alquiler
De mantenimiento
12. LOS ANEXOS:
Es fundamental que los contratos informáticos vayan acompañados de unos Anexos que
incorporados a ellos y con la misma fuerza de obligar, contengan diferentes desarrollos de
elementos que forman parte sustancial del contrato.
1. Especificaciones del sistema a contratar.
2. Especificaciones de los programas a desarrollar
3. Pruebas de aceptación
4. Resultados a obtener
5. Análisis