SINDICATO. CONVENCIÓN
COLECTIVA Y ACUERDO
COLECTIVO DEL TRABAJO
Maribel López
SAIA-B
UFT
SINDICATO
◦ Un sindicato es la asociación de trabajadores que se constituye con la finalidad de defender
sus derechos laborales e igualmente obtener derechos nuevos. Se dice que es la expresión
legítima de la clase obrera organizada, que por su unidad, organización y trabajo constante
ha logrado muchos derechos para sus trabajadores.
Establece en su articulo 365 que las organizaciones sindicales
tienen por objeto el estudio, defensa, desarrollo y protección del
proceso social de trabajo, la protección y defensa de la clase
trabajadora, del conjunto del pueblo, de la independencia y
soberanía nacional, así como la defensa y promoción de los
intereses d sus afiliados
Pasos para Constituir
◦ El registro de una organización sindical se realizará ante el Registro Nacional de Organizaciones
Sindicales que tendrá sede en cada estado.
◦ Para constituir un Sindicato de Empresa el número de afiliados es de 20 o más trabajadores.
◦ Para constituir un Sindicato Profesional, entiéndase trabajadores de diferentes entidades de trabajo pero
que ejerzan una misma profesión, oficio o trabajo similar o conexo; el número de afiliados es de 40 o
más trabajadores.
◦ Para constituir un Sindicato Industrial o Sectorial, entiéndase trabajadores de 2 o más entidades de
trabajo de una misma rama industrial, comercial o de servicio; el número de afiliados es de 40 o más
trabajadores.
◦ Para constituir un Sindicato Regional o Nacional, entiéndase sindicatos de empresas, profesionales o
sectoriales, de ámbito territorial regional se requieren 150 trabajadores de 2 o más entidades federales
colindantes; si el ámbito territorial es nacional se requiere que los promotores sean de 5 o más entidades
federales comercial o de servicio; el número de afiliados es de 40 o más trabajadores.
◦ Para constituir una organización sindical de patronos, se requieren 10 o más patronos de una misma
industria o actividades similares o conexas.
◦ Para constituir una Federación se requieren 5 o más sindicatos; para constituir una Central se requieren 3
o más federaciones y sindicatos nacionales.
Registro de un Sindicato
◦ La solicitud de registro debe acompañarse de:
- Copia del ata constitutiva
- Un ejemplar de los estatutos
- La nómina de integrantes y promotores
Dicha documentación debe ir firmada por todos los integrantes de la junta directiva; en los casos de
federaciones y confederaciones la nómina de integrantes fundadores se sustituye por la nómina de
sindicatos o federaciones fundadoras y por las copias de las actas de asamblea de dichas organizaciones
autorizando la afiliación a la nueva organización.
◦ Los interesados presentaran los documentos ante el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales de
acuerdo al ámbito territorial, si la documentación tiene deficiencias u omisiones según lo que solicita la Ley
para cada Documento, artículos 383, 384, 385 de la LOTTT, el funcionario del registro lo comunicará a los
solicitantes dentro de los 30 días siguientes a la solicitud, orientándoles en como subsanar, siendo esta la
única oportunidad para realizar este tipo de observaciones; los solicitantes tienen el mismo lapso para
subsanar las faltas o fallas.
◦ Si no posee deficiencias o habiendo sido subsanadas correctamente en el plazo establecido, se procede al
registro de la organización dentro de los 30 días siguientes y se entrega a los solicitantes la boleta donde
consta el registro.
◦ El Registro Nacional puede abstenerse al registro por los casos que estipula el artículo 387 de la LOTTT, que dice:
1. Si la organización sindical no tiene como objeto las atribuciones y finalidades previstas en esta Ley.
2. Si no se ha constituido el sindicato con el número mínimo de afiliados y afiliadas establecido en esta sección.
3. Si no se acompaña la solicitud de registro con los documentos exigidos en la presente sección o si éstos presentan
presentan alguna deficiencia u omisión no subsanada correctamente conforme a lo establecido en el artículo
precedente.
4. Si el sindicato no cumple con el principio de pureza establecido en esta Ley.
5. Si la organización sindical tiene un nombre igual al de otra ya registrada, o tan parecido que pueda inducir a
confusión.
6. En el caso de una federación, confederación o central, si no están registradas las organizaciones sindicales
requeridas para su constitución.
7. Cuando en la junta directiva provisional se incluyan personas que durante el último año fueron inhabilitadas para
para la reelección por no rendir cuenta de la administración de fondos sindicales.
8. Cuando en la junta directiva provisional se incluyan personas que durante el último año pertenecieron a la junta
directiva de otra organización sindical cuyo periodo se venció y no han convocado a elecciones sindicales.
Dicha abstención debe hacerse por Procidencia Administrativa motivada; el funcionario del registro no podrá negarse
al registro alegando errores u omisiones no indicados en la oportunidad correspondiente.
Cumplidos los extremos legales para la inscripción de la organización no hay razón para que la autoridad niegue el
registro.
La decisión de no registrar es recurrible ante el Ministro del Poder Popular con competencia y la de éste ante la Sala
Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, el lapso para recurrir la providencia es de 5 días hábiles y
para recurrir ante el TSJ es definido por la Ley especial del TSJ
Clausulas de la Convención Colectiva
del Trabajo
◦ Cláusulas Normativas: Rigen las condiciones de trabajo, son una expresión de la función normativa
de la negociación colectiva, compone una función de intercambio, por la cual se pacta la
determinación colectiva referida a lo que el empleador pagara por el trabajo recibido, esta función
normativa tiene por objeto la relación individual de trabajo, ya que dichos acuerdos se incluyen en
el contrato de trabajo. Los destinatarios de dichas clausulas son los trabajadores que fueron
representados por el sindicato, pero también los que entran posterior a la celebración de la
convención. Es por esto que este tipo de cláusulas deben ser interpretadas como norma jurídica,
por ende la aplicación de las mismas guarda relación con el Principio de Automaticidad, que
establece que las clausulas se aplicaran automáticamente.
◦ Cláusulas Obligacionales: Rigen la relación entre las partes contratantes, es por esto que un amplio
sector, considera que están íntimamente relacionadas con el grado de autonomía colectiva, ya que
mediante ellas se concreta el llamado “autogobierno de las relaciones colectivas”. Tienen por objeto
regular la relación entre las partes que suscriben dicho convenio, por lo que deben ser
interpretadas de acuerdo a las normas sobre contratos, porque regulan derechos y deberes que ya
están predefinidos por las partes que interviene y firman el convenio colectivo.
◦ Cláusula Delimitadoras: son las que regulan el ámbito y vigencia del Convenio Colectivo, es decir
que establecen el ámbito territorial, funcional, personal y temporal del convenio colectivo. Este tipo
de cláusulas regulan la vida del convenio respecto del plazo de vigencia, retroactividad eventual,
extensión personal y temporal.
Convención Colectiva
◦ Puede ser del sector público y del privado.
Las del sector público estarán regidas por las disposiciones de la LOTTT cuando se trate del ámbito
de la Administración Publica Nacional y para gobernaciones y alcaldías se aplicaran las mismas en
cuanto le sean aplicables. Los lineamientos técnicos y financieros los establecerá el presidente de la
República en consejo de Ministros para ser atendidos por quienes representen en las negociaciones,
en los demás niveles del Poder Público serán establecidos por el Gobernador o Alcalde según sea el
caso. El tramite se hará ante la Inspectoría Nacional si son entes de la Administración Pública
Nacional y ante la Inspectoría de la jurisdicción correspondiente si se trata de la Administración
Publica Estadal o Municipal.
En todo caso admitido el proyecto de convención el Inspector enviará copia del mismo a la entidad
de trabajo correspondiente y solicitará remisión del estudio económico comparativo que debe
presentar en un lapso de 30 días basado en las normas fijadas por el Ministerio de Planificación y
Finanzas mostrando el costo de las condiciones de trabajo vigentes en comparación a las solicitadas
en el proyecto. En los casos de entes de la Administración Publica Estadal o Municipal el estudio
económico comparativo, se envía a la unidad administrativa responsable de la planificación y
finanzas para que elabore el informe preceptivo en los términos establecidos, dentro de los 30 días
siguientes.
Recibido el informe se convoca a la negociación de la Convención Colectiva de Trabajo.
◦ Las del sector privado, una vez admitido el proyecto de convención el inspector fijará
la primera reunión para dar inicio a las negociaciones de la CCT dentro de los 30 días
siguientes a la admisión, notificando al patrono el lugar, fecha y hora de la primera
reunión, remitiéndole copia del proyecto.
Esta discusión se realiza en presencia de un funcionario del trabajo, quien presidirá las
reuniones y perseguirá un acuerdo justo, que brinde protección al proceso social del
trabajo y una justa distribución de las riquezas, las partes pueden realizar reuniones y
acordar negociaciones sin la presencia del presidente o funcionario del trabajo.
◦ La CCT debe ser depositada en la Inspectoría del trabajo donde fue tramitada, caso en
el cual el Inspector dentro de los 10 días hábiles siguientes verificará que se apega a
las normas de orden publico que rigen la materia a efectos de homologación, desde
entonces comienza a surtir todos los efectos legales.
Diferencia entre CCT y Acuerdo
Colectivo del Trabajo
◦ La convención colectiva es la que se celebra entre
uno o más sindicatos o federaciones o
confederaciones sindicales de trabajadores, de una
parte, y uno o varios patronos o sindicatos
patronales de la otra, mientras que los acuerdos
colectivos son parte de la convención que dan vida
a diferentes clausulas indispensables en la misma.
Importancia de los sindicatos
◦ Las organizaciones sindicales son de vital importancia para las relaciones laborales, pues por medio
de ellas se establece para los trabajadores una serie de derechos, garantías pero también
responsabilidades que muchas veces escapan del contenido de la Ley pero que sin duda hacen
que el trabajador preste una labor mas eficiente y con más entusiasmo, lo que es provechoso para
ambas partes en la relación laboral.
Los sindicatos son los representantes de los trabajadores frente a problemas laborales colectivos y
también individuales, persiguen de primera mano la lucha trabajadora para hacer cumplir sus
derechos.
◦ La libertad sindical es u derecho de todos los trabajadores sin ningún tipo de discriminación ni
autorización previa, su importancia versa es que gracias a esta libertad pueden tener un acceso a
la defensa de sus derechos más efectivo.
◦ La estabilidad laboral es de suma importancia para la seguridad del trabajador que aun cuando sea
participe de una organización sindical tiene los supuestos de ley que le amparan para desempeñar
su cargo en un pueto0 de trabajo estable, del cual no puede ser removido a menos que incurra en
alguna de las causales de destitución legalmente establecidas.
Importancia de las Negociaciones
Colectivas
◦ Su importancia está en el hecho de que gracias a ésta, las
partes que desean establecer una CCT pueden exponer sus
puntos de vista, intereses, aciertos y desaciertos respecto de
los puntos resaltantes de la relación de trabajo que no están
totalmente expresos en el contrato de trabajo; con una
negociación los trabajadores van a tener un mejor acceso a
sus derechos, pues en una lucha de varios es mucho más
factible que sean aprobados muchos más beneficios
laborales que se traducen en mejor productividad para el
empleador.

Convención Colectiva del Trabajo

  • 1.
    SINDICATO. CONVENCIÓN COLECTIVA YACUERDO COLECTIVO DEL TRABAJO Maribel López SAIA-B UFT
  • 2.
    SINDICATO ◦ Un sindicatoes la asociación de trabajadores que se constituye con la finalidad de defender sus derechos laborales e igualmente obtener derechos nuevos. Se dice que es la expresión legítima de la clase obrera organizada, que por su unidad, organización y trabajo constante ha logrado muchos derechos para sus trabajadores. Establece en su articulo 365 que las organizaciones sindicales tienen por objeto el estudio, defensa, desarrollo y protección del proceso social de trabajo, la protección y defensa de la clase trabajadora, del conjunto del pueblo, de la independencia y soberanía nacional, así como la defensa y promoción de los intereses d sus afiliados
  • 3.
    Pasos para Constituir ◦El registro de una organización sindical se realizará ante el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales que tendrá sede en cada estado. ◦ Para constituir un Sindicato de Empresa el número de afiliados es de 20 o más trabajadores. ◦ Para constituir un Sindicato Profesional, entiéndase trabajadores de diferentes entidades de trabajo pero que ejerzan una misma profesión, oficio o trabajo similar o conexo; el número de afiliados es de 40 o más trabajadores. ◦ Para constituir un Sindicato Industrial o Sectorial, entiéndase trabajadores de 2 o más entidades de trabajo de una misma rama industrial, comercial o de servicio; el número de afiliados es de 40 o más trabajadores. ◦ Para constituir un Sindicato Regional o Nacional, entiéndase sindicatos de empresas, profesionales o sectoriales, de ámbito territorial regional se requieren 150 trabajadores de 2 o más entidades federales colindantes; si el ámbito territorial es nacional se requiere que los promotores sean de 5 o más entidades federales comercial o de servicio; el número de afiliados es de 40 o más trabajadores. ◦ Para constituir una organización sindical de patronos, se requieren 10 o más patronos de una misma industria o actividades similares o conexas. ◦ Para constituir una Federación se requieren 5 o más sindicatos; para constituir una Central se requieren 3 o más federaciones y sindicatos nacionales.
  • 4.
    Registro de unSindicato ◦ La solicitud de registro debe acompañarse de: - Copia del ata constitutiva - Un ejemplar de los estatutos - La nómina de integrantes y promotores Dicha documentación debe ir firmada por todos los integrantes de la junta directiva; en los casos de federaciones y confederaciones la nómina de integrantes fundadores se sustituye por la nómina de sindicatos o federaciones fundadoras y por las copias de las actas de asamblea de dichas organizaciones autorizando la afiliación a la nueva organización. ◦ Los interesados presentaran los documentos ante el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales de acuerdo al ámbito territorial, si la documentación tiene deficiencias u omisiones según lo que solicita la Ley para cada Documento, artículos 383, 384, 385 de la LOTTT, el funcionario del registro lo comunicará a los solicitantes dentro de los 30 días siguientes a la solicitud, orientándoles en como subsanar, siendo esta la única oportunidad para realizar este tipo de observaciones; los solicitantes tienen el mismo lapso para subsanar las faltas o fallas. ◦ Si no posee deficiencias o habiendo sido subsanadas correctamente en el plazo establecido, se procede al registro de la organización dentro de los 30 días siguientes y se entrega a los solicitantes la boleta donde consta el registro.
  • 5.
    ◦ El RegistroNacional puede abstenerse al registro por los casos que estipula el artículo 387 de la LOTTT, que dice: 1. Si la organización sindical no tiene como objeto las atribuciones y finalidades previstas en esta Ley. 2. Si no se ha constituido el sindicato con el número mínimo de afiliados y afiliadas establecido en esta sección. 3. Si no se acompaña la solicitud de registro con los documentos exigidos en la presente sección o si éstos presentan presentan alguna deficiencia u omisión no subsanada correctamente conforme a lo establecido en el artículo precedente. 4. Si el sindicato no cumple con el principio de pureza establecido en esta Ley. 5. Si la organización sindical tiene un nombre igual al de otra ya registrada, o tan parecido que pueda inducir a confusión. 6. En el caso de una federación, confederación o central, si no están registradas las organizaciones sindicales requeridas para su constitución. 7. Cuando en la junta directiva provisional se incluyan personas que durante el último año fueron inhabilitadas para para la reelección por no rendir cuenta de la administración de fondos sindicales. 8. Cuando en la junta directiva provisional se incluyan personas que durante el último año pertenecieron a la junta directiva de otra organización sindical cuyo periodo se venció y no han convocado a elecciones sindicales. Dicha abstención debe hacerse por Procidencia Administrativa motivada; el funcionario del registro no podrá negarse al registro alegando errores u omisiones no indicados en la oportunidad correspondiente. Cumplidos los extremos legales para la inscripción de la organización no hay razón para que la autoridad niegue el registro. La decisión de no registrar es recurrible ante el Ministro del Poder Popular con competencia y la de éste ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, el lapso para recurrir la providencia es de 5 días hábiles y para recurrir ante el TSJ es definido por la Ley especial del TSJ
  • 6.
    Clausulas de laConvención Colectiva del Trabajo ◦ Cláusulas Normativas: Rigen las condiciones de trabajo, son una expresión de la función normativa de la negociación colectiva, compone una función de intercambio, por la cual se pacta la determinación colectiva referida a lo que el empleador pagara por el trabajo recibido, esta función normativa tiene por objeto la relación individual de trabajo, ya que dichos acuerdos se incluyen en el contrato de trabajo. Los destinatarios de dichas clausulas son los trabajadores que fueron representados por el sindicato, pero también los que entran posterior a la celebración de la convención. Es por esto que este tipo de cláusulas deben ser interpretadas como norma jurídica, por ende la aplicación de las mismas guarda relación con el Principio de Automaticidad, que establece que las clausulas se aplicaran automáticamente. ◦ Cláusulas Obligacionales: Rigen la relación entre las partes contratantes, es por esto que un amplio sector, considera que están íntimamente relacionadas con el grado de autonomía colectiva, ya que mediante ellas se concreta el llamado “autogobierno de las relaciones colectivas”. Tienen por objeto regular la relación entre las partes que suscriben dicho convenio, por lo que deben ser interpretadas de acuerdo a las normas sobre contratos, porque regulan derechos y deberes que ya están predefinidos por las partes que interviene y firman el convenio colectivo. ◦ Cláusula Delimitadoras: son las que regulan el ámbito y vigencia del Convenio Colectivo, es decir que establecen el ámbito territorial, funcional, personal y temporal del convenio colectivo. Este tipo de cláusulas regulan la vida del convenio respecto del plazo de vigencia, retroactividad eventual, extensión personal y temporal.
  • 7.
    Convención Colectiva ◦ Puedeser del sector público y del privado. Las del sector público estarán regidas por las disposiciones de la LOTTT cuando se trate del ámbito de la Administración Publica Nacional y para gobernaciones y alcaldías se aplicaran las mismas en cuanto le sean aplicables. Los lineamientos técnicos y financieros los establecerá el presidente de la República en consejo de Ministros para ser atendidos por quienes representen en las negociaciones, en los demás niveles del Poder Público serán establecidos por el Gobernador o Alcalde según sea el caso. El tramite se hará ante la Inspectoría Nacional si son entes de la Administración Pública Nacional y ante la Inspectoría de la jurisdicción correspondiente si se trata de la Administración Publica Estadal o Municipal. En todo caso admitido el proyecto de convención el Inspector enviará copia del mismo a la entidad de trabajo correspondiente y solicitará remisión del estudio económico comparativo que debe presentar en un lapso de 30 días basado en las normas fijadas por el Ministerio de Planificación y Finanzas mostrando el costo de las condiciones de trabajo vigentes en comparación a las solicitadas en el proyecto. En los casos de entes de la Administración Publica Estadal o Municipal el estudio económico comparativo, se envía a la unidad administrativa responsable de la planificación y finanzas para que elabore el informe preceptivo en los términos establecidos, dentro de los 30 días siguientes. Recibido el informe se convoca a la negociación de la Convención Colectiva de Trabajo.
  • 8.
    ◦ Las delsector privado, una vez admitido el proyecto de convención el inspector fijará la primera reunión para dar inicio a las negociaciones de la CCT dentro de los 30 días siguientes a la admisión, notificando al patrono el lugar, fecha y hora de la primera reunión, remitiéndole copia del proyecto. Esta discusión se realiza en presencia de un funcionario del trabajo, quien presidirá las reuniones y perseguirá un acuerdo justo, que brinde protección al proceso social del trabajo y una justa distribución de las riquezas, las partes pueden realizar reuniones y acordar negociaciones sin la presencia del presidente o funcionario del trabajo. ◦ La CCT debe ser depositada en la Inspectoría del trabajo donde fue tramitada, caso en el cual el Inspector dentro de los 10 días hábiles siguientes verificará que se apega a las normas de orden publico que rigen la materia a efectos de homologación, desde entonces comienza a surtir todos los efectos legales.
  • 9.
    Diferencia entre CCTy Acuerdo Colectivo del Trabajo ◦ La convención colectiva es la que se celebra entre uno o más sindicatos o federaciones o confederaciones sindicales de trabajadores, de una parte, y uno o varios patronos o sindicatos patronales de la otra, mientras que los acuerdos colectivos son parte de la convención que dan vida a diferentes clausulas indispensables en la misma.
  • 10.
    Importancia de lossindicatos ◦ Las organizaciones sindicales son de vital importancia para las relaciones laborales, pues por medio de ellas se establece para los trabajadores una serie de derechos, garantías pero también responsabilidades que muchas veces escapan del contenido de la Ley pero que sin duda hacen que el trabajador preste una labor mas eficiente y con más entusiasmo, lo que es provechoso para ambas partes en la relación laboral. Los sindicatos son los representantes de los trabajadores frente a problemas laborales colectivos y también individuales, persiguen de primera mano la lucha trabajadora para hacer cumplir sus derechos. ◦ La libertad sindical es u derecho de todos los trabajadores sin ningún tipo de discriminación ni autorización previa, su importancia versa es que gracias a esta libertad pueden tener un acceso a la defensa de sus derechos más efectivo. ◦ La estabilidad laboral es de suma importancia para la seguridad del trabajador que aun cuando sea participe de una organización sindical tiene los supuestos de ley que le amparan para desempeñar su cargo en un pueto0 de trabajo estable, del cual no puede ser removido a menos que incurra en alguna de las causales de destitución legalmente establecidas.
  • 11.
    Importancia de lasNegociaciones Colectivas ◦ Su importancia está en el hecho de que gracias a ésta, las partes que desean establecer una CCT pueden exponer sus puntos de vista, intereses, aciertos y desaciertos respecto de los puntos resaltantes de la relación de trabajo que no están totalmente expresos en el contrato de trabajo; con una negociación los trabajadores van a tener un mejor acceso a sus derechos, pues en una lucha de varios es mucho más factible que sean aprobados muchos más beneficios laborales que se traducen en mejor productividad para el empleador.