SlideShare una empresa de Scribd logo
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral
Resolución para instalar la reunión normativa laboral
ENSAYO 5%
Alumna:
Mariangel Colmenares Graterón
C.I 25.854.394
SAIA A
DERECHO LABORAL COLECTIVO 2019 B/I
Barquisimeto, Septiembre 2019.
La Reunión Normativa Laboral:
La Reunión de la Reunión Normativa Laboral en la convención colectiva, tiene el
ámbito y objeto establecido en el artículo 452 de la LOTTT, y puede ser fundamentalmente
emplazada o dar la razón como una reunión normativa laboral entre una o varias
organizaciones sindicales de personal trabajador, y uno o varios patronos o sindicatos de
patronos. Por otra parte, la Ley prescinde a las asociaciones patronales que no compongan
sindicatos entre las mismas, sin embargo, las mismas poseen titularidad para convocar la
reunión normativa laboral, así las partes obtienen la posibilidad de negociar una convención
colectiva por rama de actividad económica, fuera del ámbito de la reunión normativa laboral,
y tal acuerdo faltaría de las modalidades y efectos específicos que, a los fines de facilitar y
en ocasiones determinar la uniformidad de los escenarios de trabajo en una rama.
La solicitud de la convocatoria de la reunión normativa, puede ser hecha por las
organizaciones mencionadas en el artículo antes mencionado, a las cuales es necesario
agregar las del artículo 405, así, la propia convocatoria establece el alcance y ámbito de la
reunión normativa laboral, mientras que en las negociaciones o reuniones colectivas
ordinarias, la iniciativa corresponde principalmente al área sindical de trabajadores que debe
acompañar obligatoriamente el respectivo pliego de peticiones. En el momento de la reunión
normativa laboral, tal iniciativa corresponde ser organizada por el sector patronal, que en el
momento de la convocatorita, igualmente tiene que ser acompañada de un pliego respectivo
de peticiones. En todos los dos casos, si se trata de trabajadores, los convocantes deben ser
sujetos colectivos organizados profesionales, no se admiten grupos de trabajadores no
sindicalizados.
Por otra parte, también se le otorga la cualidad para convocar a los patronos
individualmente considerados hipótesis de difícil factibilidad por cuanto supone que un solo
patrono reúna la representatividad exigida por la Ley, lo que solo es posible que ocurra en
situaciones casi monopólicos que son excepcionales a la hora de la práctica.
La reunión normativa laboral, puede constituirse por solicitud de las partes que se
hubieren reunido voluntariamente con tal fin y soliciten su reconocimiento como tal. Los
requisitos para la misma, son los mismos que cuando se procede de acuerdo al artículo 454,
y es que el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Trabajo y Seguridad
Social, convocará de manera expresa la reunión normativa laboral a verificar que se cumplan
dos condiciones obligatorias: que los patronos solicitantes representen la mayoría en la rama
de la actividad que se trate en escala local, regional o nacional y que las organizaciones
sindicales de trabajadores solicitantes representen la mayoría de los sindicalizados en la rama
de actividad que se trate en escala local, regional o nacional.
El Ministerio, podrá solicitar que las organizaciones sindicales de trabajadores y de
los patronos le faciliten datos e información que se considere conveniente para la
determinación y comprobación de los requisitos exigidos.
Asimismo, es necesario la Resolución Ministerial respectiva que otorga a dicha
reunión voluntaria el carácter de Reunión Normativa Laboral, y la Ley no indica si la
solicitud de reconocimiento puede hacerse y ser decidida en el curso de la negociación o
después de concluida esta.
Todos estos requisitos se verifican mediante el Ministerio del Ramo para poder
convocar la reunión, y también se refiere a que la verificación del Ministerio, se refiere
fundamentalmente a la representatividad de las organizaciones convocantes, siendo de
observar que no se hace referencia expresa a la mayoría de los trabajadores de la rama
respectiva, sino a aquellos que estén sindicalizados y que presten servicios a los patronos
requeridos a negociar. Entonces, la verificación se realiza no solo a los trabajadores de la
rama económica que se solicita sino a los trabajadores sindicalizados. Villasmil, señala que
llama la atención sobre la urgente necesidad de estadísticas laborales y de instancias de
participación de los interlocutores respecto a ellos.
También es importante mencionar que el Ministerio del Poder Popular en materia de
Trabajo y Seguridad Social puede solicitar de oficio o a petición de las organizaciones
sindicales, la reunión normativa laboral con el objeto de uniformar las condiciones de trabajo
en esa rama de actividad, si a su juicio así lo exige el interés general y por otra parte, tiene
un término de treinta días continuos, para hacer la convocatoria o negarla por considerar que
no se cumplen los requisitos legales.
Dicha negativa, deberá ser establecida por auto fundamentado, en el cual se
establezca que no se cumplen con los requisitos legales, asimismo, la Ley no consagra un
recurso especial contra el auto que niegue la convocatoria, por lo cual deberá atenderse a lo
previsto en lo previsto en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, es decir,
procederán el recurso de reconsideración y el jerárquico, además del contencioso
administrativo si aquellos antes mencionados fueren negados.
Sí el Ministerio después de evaluar la propuesta, encuentra la solicitud ajustada a las
exigencias establecidas en la ley, deberá ordenar la convocatoria de la Reunión Normativa
Laboral mediante Resolución que se publicará tanto en Gaceta Oficial como en diarios de
amplia circulación, los cuales no deben ser obligatoriamente de la Capital de la República
como se exigía anteriormente, recomendándose que se use un diario de circulación local o
regional. Dicha resolución indicará día y hora en que se iniciará la reunión, sede de la misma,
nómina de convocados, rama de la actividad que se trate, alcance que tendrá la reunión
normativa laboral.
Es importante nombrar que la Resolución debe anunciar la suspensión de las
negociaciones en curso entre convocados y advertir la inamovilidad que ampara a los
trabajadores sujetos a la negociación.
Por otro lado, dicha reunión será presidida por el Ministro, o el funcionario que el
mismo designe quien será competente a decidir conforme a la ley todas las cuestiones que
susciten, lo cual no impide el ejercicio del recurso jerárquico que la LOPA establece para las
decisiones de funcionarios subordinados jerárquicamente al ministerio, así como tampoco
los recursos jurisdiccionales que sean procedentes de acuerdo al ordenamiento jurídico, la
cual se diferencia con la negociación colectiva ordinaria que puede ser celebrada
directamente por las partes en ausencia del funcionario del trabajo.
BIBLIOGRAFÍA:
https://oig.cepal.org/sites/default/files/2012_leyorgtrabajo_ven.pdf
https://www.monografias.com/docs/Reunion-Normativa-Laboral-FKGGBYTPJDG2Y
https://www.badellgrau.com/?pag=40&ct=1281

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ensayo Convocatoria y Constitución de la Reunión normativa Laboral.
Ensayo Convocatoria y Constitución de la Reunión normativa Laboral. Ensayo Convocatoria y Constitución de la Reunión normativa Laboral.
Ensayo Convocatoria y Constitución de la Reunión normativa Laboral.
yesenisgomez10
 
Ensayo laboral colectivo 27.4
Ensayo laboral colectivo 27.4Ensayo laboral colectivo 27.4
Ensayo laboral colectivo 27.4
leidyggutierrez
 
4 mapa conceptual.
4 mapa conceptual.4 mapa conceptual.
4 mapa conceptual.
Univerdidad Fermin Toro
 
CONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALAR
CONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALARCONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALAR
CONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALAR
lina hernandez
 
Reunión Normativa Laboral, Conflictos Colectivos De Trabajo Y Procedimiento D...
Reunión Normativa Laboral, Conflictos Colectivos De Trabajo Y Procedimiento D...Reunión Normativa Laboral, Conflictos Colectivos De Trabajo Y Procedimiento D...
Reunión Normativa Laboral, Conflictos Colectivos De Trabajo Y Procedimiento D...
Shelimar Figueroa
 
Sindicato y Sindicalismo
Sindicato y SindicalismoSindicato y Sindicalismo
Sindicato y Sindicalismo
ronygonzalez8
 
Miguel laboral 3
Miguel laboral 3Miguel laboral 3
Miguel laboral 3
kanany94
 
Infografía reunión normativa laboral
Infografía reunión normativa laboralInfografía reunión normativa laboral
Infografía reunión normativa laboral
ArlyAmanad
 
CONVOCATORIA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONES
CONVOCATORIA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONESCONVOCATORIA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONES
CONVOCATORIA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONES
micheleisa
 
Lusmila sindicato
Lusmila sindicatoLusmila sindicato
Lusmila sindicato
Lusmila j Sifontes Lopez
 
Reunión Normativa Laboral
Reunión Normativa LaboralReunión Normativa Laboral
Reunión Normativa Laboral
Manuel Molinari
 
Reunion normativa laboral
Reunion normativa laboralReunion normativa laboral
Reunion normativa laboral
Damian Alvarez
 
Tarea informatica seccion 532 UBA Nov 2014
Tarea informatica seccion 532 UBA Nov 2014Tarea informatica seccion 532 UBA Nov 2014
Tarea informatica seccion 532 UBA Nov 2014AngelicaGalue
 
Reunion normativa laboral
Reunion normativa laboralReunion normativa laboral
Reunion normativa laboral
AngeloNavas1
 
Analisis acuerdo gubernativo 430 2003
Analisis acuerdo gubernativo 430 2003Analisis acuerdo gubernativo 430 2003
Analisis acuerdo gubernativo 430 2003
ATRAHDOM
 
Ensayo reunion normativa laboral eli
Ensayo reunion normativa laboral eliEnsayo reunion normativa laboral eli
Ensayo reunion normativa laboral eli
SUAREZ KIMBERLEY
 
Investigación Semanal
Investigación SemanalInvestigación Semanal
Investigación Semanal
Andrea Ramírez
 
Ensayo
Ensayo Ensayo
Ensayo
hpprovo
 

La actualidad más candente (20)

Ensayo Convocatoria y Constitución de la Reunión normativa Laboral.
Ensayo Convocatoria y Constitución de la Reunión normativa Laboral. Ensayo Convocatoria y Constitución de la Reunión normativa Laboral.
Ensayo Convocatoria y Constitución de la Reunión normativa Laboral.
 
Ensayo laboral colectivo 27.4
Ensayo laboral colectivo 27.4Ensayo laboral colectivo 27.4
Ensayo laboral colectivo 27.4
 
4 mapa conceptual.
4 mapa conceptual.4 mapa conceptual.
4 mapa conceptual.
 
CONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALAR
CONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALARCONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALAR
CONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALAR
 
Reunión Normativa Laboral, Conflictos Colectivos De Trabajo Y Procedimiento D...
Reunión Normativa Laboral, Conflictos Colectivos De Trabajo Y Procedimiento D...Reunión Normativa Laboral, Conflictos Colectivos De Trabajo Y Procedimiento D...
Reunión Normativa Laboral, Conflictos Colectivos De Trabajo Y Procedimiento D...
 
Sindicato y Sindicalismo
Sindicato y SindicalismoSindicato y Sindicalismo
Sindicato y Sindicalismo
 
Miguel laboral 3
Miguel laboral 3Miguel laboral 3
Miguel laboral 3
 
Infografía reunión normativa laboral
Infografía reunión normativa laboralInfografía reunión normativa laboral
Infografía reunión normativa laboral
 
Relaciones colectivas de trabajo
Relaciones colectivas de trabajoRelaciones colectivas de trabajo
Relaciones colectivas de trabajo
 
CONVOCATORIA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONES
CONVOCATORIA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONESCONVOCATORIA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONES
CONVOCATORIA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONES
 
Lusmila sindicato
Lusmila sindicatoLusmila sindicato
Lusmila sindicato
 
Reunión Normativa Laboral
Reunión Normativa LaboralReunión Normativa Laboral
Reunión Normativa Laboral
 
Reunion normativa laboral
Reunion normativa laboralReunion normativa laboral
Reunion normativa laboral
 
Tarea informatica seccion 532 UBA Nov 2014
Tarea informatica seccion 532 UBA Nov 2014Tarea informatica seccion 532 UBA Nov 2014
Tarea informatica seccion 532 UBA Nov 2014
 
Reunion normativa laboral
Reunion normativa laboralReunion normativa laboral
Reunion normativa laboral
 
Analisis acuerdo gubernativo 430 2003
Analisis acuerdo gubernativo 430 2003Analisis acuerdo gubernativo 430 2003
Analisis acuerdo gubernativo 430 2003
 
Ensayo reunion normativa laboral eli
Ensayo reunion normativa laboral eliEnsayo reunion normativa laboral eli
Ensayo reunion normativa laboral eli
 
Exposición de derecho laboral
Exposición de derecho laboralExposición de derecho laboral
Exposición de derecho laboral
 
Investigación Semanal
Investigación SemanalInvestigación Semanal
Investigación Semanal
 
Ensayo
Ensayo Ensayo
Ensayo
 

Similar a Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral Resolución para instalar la reunión normativa laboral

DERECHO LABORAL, reunión normativa laboral
DERECHO LABORAL, reunión normativa laboral DERECHO LABORAL, reunión normativa laboral
DERECHO LABORAL, reunión normativa laboral
Yudia MisaMisa
 
Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral Resolución para ...
Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral  Resolución para ...Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral  Resolución para ...
Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral Resolución para ...
Heymar Camila Pastran Sanchez
 
Mapa conceptual La reunión normativa laboral: su naturaleza.
Mapa conceptual La reunión normativa laboral: su naturaleza.Mapa conceptual La reunión normativa laboral: su naturaleza.
Mapa conceptual La reunión normativa laboral: su naturaleza.
Heymar Camila Pastran Sanchez
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
hpprovo
 
Reunion normativa laboral
Reunion normativa laboralReunion normativa laboral
Reunion normativa laboral
DanielRoldan38
 
Reunion normativa laboral
Reunion normativa laboralReunion normativa laboral
Reunion normativa laboral
EmilyAnabell
 
La reunión normativa laboral
La reunión normativa laboral La reunión normativa laboral
La reunión normativa laboral
MaryManzo2
 
Tarea laboral
Tarea laboralTarea laboral
Tarea laboral
mischelle24
 
Derecho Colectivo del Trabajo
Derecho Colectivo del TrabajoDerecho Colectivo del Trabajo
Derecho Colectivo del Trabajo
Shelimar Figueroa
 
Convención Colectiva del Trabajo
Convención Colectiva del TrabajoConvención Colectiva del Trabajo
Convención Colectiva del Trabajo
maribelop
 
La reunión normativa laboral: su naturaleza.
La reunión normativa laboral: su naturaleza.La reunión normativa laboral: su naturaleza.
La reunión normativa laboral: su naturaleza.
Mariangel Colmenares Grateron
 
Ensayo Unidad 5
Ensayo Unidad 5Ensayo Unidad 5
Ensayo Unidad 5
DanielaLadino3
 
Mapa conceptual
Mapa conceptual Mapa conceptual
Mapa conceptual
benitolobo
 
Mapa conceptual
Mapa conceptual Mapa conceptual
Mapa conceptual
benitolobo
 
Reunión Normativa Laboral
Reunión Normativa LaboralReunión Normativa Laboral
Reunión Normativa Laboral
yesenisgomez10
 
Legislacion analisis del titulo vii capitulo 2
Legislacion analisis del titulo vii capitulo 2Legislacion analisis del titulo vii capitulo 2
Legislacion analisis del titulo vii capitulo 2
Edgar Giménez
 
Info
InfoInfo
Info
MarquezD
 

Similar a Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral Resolución para instalar la reunión normativa laboral (20)

DERECHO LABORAL, reunión normativa laboral
DERECHO LABORAL, reunión normativa laboral DERECHO LABORAL, reunión normativa laboral
DERECHO LABORAL, reunión normativa laboral
 
Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral Resolución para ...
Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral  Resolución para ...Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral  Resolución para ...
Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral Resolución para ...
 
Mapa conceptual La reunión normativa laboral: su naturaleza.
Mapa conceptual La reunión normativa laboral: su naturaleza.Mapa conceptual La reunión normativa laboral: su naturaleza.
Mapa conceptual La reunión normativa laboral: su naturaleza.
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
 
Reunion normativa laboral
Reunion normativa laboralReunion normativa laboral
Reunion normativa laboral
 
Reunion normativa laboral
Reunion normativa laboralReunion normativa laboral
Reunion normativa laboral
 
La reunión normativa laboral
La reunión normativa laboral La reunión normativa laboral
La reunión normativa laboral
 
Tarea laboral
Tarea laboralTarea laboral
Tarea laboral
 
Derecho Colectivo del Trabajo
Derecho Colectivo del TrabajoDerecho Colectivo del Trabajo
Derecho Colectivo del Trabajo
 
Convención Colectiva del Trabajo
Convención Colectiva del TrabajoConvención Colectiva del Trabajo
Convención Colectiva del Trabajo
 
La reunión normativa laboral: su naturaleza.
La reunión normativa laboral: su naturaleza.La reunión normativa laboral: su naturaleza.
La reunión normativa laboral: su naturaleza.
 
Derecho
DerechoDerecho
Derecho
 
Ensayo Unidad 5
Ensayo Unidad 5Ensayo Unidad 5
Ensayo Unidad 5
 
Taller de negociacion
Taller de negociacionTaller de negociacion
Taller de negociacion
 
Taller de negociacion
Taller de negociacionTaller de negociacion
Taller de negociacion
 
Mapa conceptual
Mapa conceptual Mapa conceptual
Mapa conceptual
 
Mapa conceptual
Mapa conceptual Mapa conceptual
Mapa conceptual
 
Reunión Normativa Laboral
Reunión Normativa LaboralReunión Normativa Laboral
Reunión Normativa Laboral
 
Legislacion analisis del titulo vii capitulo 2
Legislacion analisis del titulo vii capitulo 2Legislacion analisis del titulo vii capitulo 2
Legislacion analisis del titulo vii capitulo 2
 
Info
InfoInfo
Info
 

Más de Mariangel Colmenares Grateron

Ventajas de la negociación colectiva del trabajo
Ventajas de la negociación colectiva del trabajoVentajas de la negociación colectiva del trabajo
Ventajas de la negociación colectiva del trabajo
Mariangel Colmenares Grateron
 
Procedimientos relacionados con la formación de las juntas de conciliación y ...
Procedimientos relacionados con la formación de las juntas de conciliación y ...Procedimientos relacionados con la formación de las juntas de conciliación y ...
Procedimientos relacionados con la formación de las juntas de conciliación y ...
Mariangel Colmenares Grateron
 
La Organización Internacional del Trabajo
La Organización Internacional del TrabajoLa Organización Internacional del Trabajo
La Organización Internacional del Trabajo
Mariangel Colmenares Grateron
 
DERECHO LABORAL COLECTIVO
DERECHO LABORAL COLECTIVODERECHO LABORAL COLECTIVO
DERECHO LABORAL COLECTIVO
Mariangel Colmenares Grateron
 
El hecho imponible
El hecho imponibleEl hecho imponible
El hecho imponible
Mariangel Colmenares Grateron
 
Actividad financiera del Estado venezolano
Actividad financiera del Estado venezolanoActividad financiera del Estado venezolano
Actividad financiera del Estado venezolano
Mariangel Colmenares Grateron
 
Contribuciones
ContribucionesContribuciones
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financiero
Mariangel Colmenares Grateron
 
Defensor adlitem
Defensor adlitemDefensor adlitem
Tutela judicial efectiva
Tutela judicial efectivaTutela judicial efectiva
Tutela judicial efectiva
Mariangel Colmenares Grateron
 
El utilitarismo
El utilitarismoEl utilitarismo

Más de Mariangel Colmenares Grateron (12)

Ventajas de la negociación colectiva del trabajo
Ventajas de la negociación colectiva del trabajoVentajas de la negociación colectiva del trabajo
Ventajas de la negociación colectiva del trabajo
 
Procedimientos relacionados con la formación de las juntas de conciliación y ...
Procedimientos relacionados con la formación de las juntas de conciliación y ...Procedimientos relacionados con la formación de las juntas de conciliación y ...
Procedimientos relacionados con la formación de las juntas de conciliación y ...
 
La Organización Internacional del Trabajo
La Organización Internacional del TrabajoLa Organización Internacional del Trabajo
La Organización Internacional del Trabajo
 
DERECHO LABORAL COLECTIVO
DERECHO LABORAL COLECTIVODERECHO LABORAL COLECTIVO
DERECHO LABORAL COLECTIVO
 
Ilicito cambiario
Ilicito cambiarioIlicito cambiario
Ilicito cambiario
 
El hecho imponible
El hecho imponibleEl hecho imponible
El hecho imponible
 
Actividad financiera del Estado venezolano
Actividad financiera del Estado venezolanoActividad financiera del Estado venezolano
Actividad financiera del Estado venezolano
 
Contribuciones
ContribucionesContribuciones
Contribuciones
 
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financiero
 
Defensor adlitem
Defensor adlitemDefensor adlitem
Defensor adlitem
 
Tutela judicial efectiva
Tutela judicial efectivaTutela judicial efectiva
Tutela judicial efectiva
 
El utilitarismo
El utilitarismoEl utilitarismo
El utilitarismo
 

Último

CLASE 2. EL METODO CIENTIFICO MIC 2023.pdf
CLASE 2. EL METODO CIENTIFICO MIC 2023.pdfCLASE 2. EL METODO CIENTIFICO MIC 2023.pdf
CLASE 2. EL METODO CIENTIFICO MIC 2023.pdf
fernandolozano90
 
Apuntes Derecho Civil I UC Primera parte.pdf
Apuntes Derecho Civil I UC Primera parte.pdfApuntes Derecho Civil I UC Primera parte.pdf
Apuntes Derecho Civil I UC Primera parte.pdf
dgutierrez2023
 
Acuerdo-Plenario-01-2023-CIJ-112-LPDerecho.pdf
Acuerdo-Plenario-01-2023-CIJ-112-LPDerecho.pdfAcuerdo-Plenario-01-2023-CIJ-112-LPDerecho.pdf
Acuerdo-Plenario-01-2023-CIJ-112-LPDerecho.pdf
jairomacalupupedra
 
Aumento, reducción, prorrateo y exoneración de alimentos PDF gratis.pdf derec...
Aumento, reducción, prorrateo y exoneración de alimentos PDF gratis.pdf derec...Aumento, reducción, prorrateo y exoneración de alimentos PDF gratis.pdf derec...
Aumento, reducción, prorrateo y exoneración de alimentos PDF gratis.pdf derec...
edwinchiri2
 
Lecciones de Derecho Privado Romano -4 SEDICI2b.pdf
Lecciones de Derecho Privado Romano -4 SEDICI2b.pdfLecciones de Derecho Privado Romano -4 SEDICI2b.pdf
Lecciones de Derecho Privado Romano -4 SEDICI2b.pdf
AnaMaraPalermo
 
Reduccion de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana
Reduccion de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad CiudadanaReduccion de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana
Reduccion de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana
jcduranrimachi1830
 
ELEMENTOS DE LA NORMA JURIDICA EN EL PERÚ
ELEMENTOS DE LA NORMA JURIDICA EN EL PERÚELEMENTOS DE LA NORMA JURIDICA EN EL PERÚ
ELEMENTOS DE LA NORMA JURIDICA EN EL PERÚ
egutierrezma
 
Las objeciones en el proceso penal acusatorio mexicano
Las objeciones en el proceso penal acusatorio mexicanoLas objeciones en el proceso penal acusatorio mexicano
Las objeciones en el proceso penal acusatorio mexicano
robertodiazserrano01
 
la ética, la filosofía Jurídica y la Socio.pdf
la ética, la filosofía Jurídica y la Socio.pdfla ética, la filosofía Jurídica y la Socio.pdf
la ética, la filosofía Jurídica y la Socio.pdf
Eliel38
 
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: PROYECCIÓN EN EL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: PROYECCIÓN EN EL DERECHO CIVIL Y COMERCIALPRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: PROYECCIÓN EN EL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: PROYECCIÓN EN EL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
MonicaLozanoRosas
 
ESTADO PERUANO, ORGANIZACION DEL ESTADO DEL PERU
ESTADO PERUANO, ORGANIZACION DEL ESTADO DEL PERUESTADO PERUANO, ORGANIZACION DEL ESTADO DEL PERU
ESTADO PERUANO, ORGANIZACION DEL ESTADO DEL PERU
MarkozAuccapia1
 
Informe de derecho ambiental y jurisdicción
Informe de derecho ambiental y jurisdicciónInforme de derecho ambiental y jurisdicción
Informe de derecho ambiental y jurisdicción
httpscantonmaturinbl
 
Derecho Procesal Penal II. MATERIAL DE ESTUDIO
Derecho Procesal Penal II. MATERIAL DE ESTUDIODerecho Procesal Penal II. MATERIAL DE ESTUDIO
Derecho Procesal Penal II. MATERIAL DE ESTUDIO
AnnabethFarrera
 
02 Gascon Marina y Alfonso Garcia - Argumentación jurídica Cap 3.pdf
02 Gascon Marina y Alfonso Garcia - Argumentación jurídica Cap 3.pdf02 Gascon Marina y Alfonso Garcia - Argumentación jurídica Cap 3.pdf
02 Gascon Marina y Alfonso Garcia - Argumentación jurídica Cap 3.pdf
TigreAmazonico2
 
DERECHO PENAL EN EL IMPERIO INCAICO en peru
DERECHO PENAL EN EL IMPERIO INCAICO en peruDERECHO PENAL EN EL IMPERIO INCAICO en peru
DERECHO PENAL EN EL IMPERIO INCAICO en peru
CarinaRayoOrtega
 
CLASES-ADM EMP S3-05-GESTION DE OPERACIONES LOGISTICAS - SAP.pptx
CLASES-ADM EMP S3-05-GESTION DE OPERACIONES LOGISTICAS - SAP.pptxCLASES-ADM EMP S3-05-GESTION DE OPERACIONES LOGISTICAS - SAP.pptx
CLASES-ADM EMP S3-05-GESTION DE OPERACIONES LOGISTICAS - SAP.pptx
BiryoEspinoza
 
477871734-Anticipo-de-Herencia-Con-Usufructo-Vitalicio.docx
477871734-Anticipo-de-Herencia-Con-Usufructo-Vitalicio.docx477871734-Anticipo-de-Herencia-Con-Usufructo-Vitalicio.docx
477871734-Anticipo-de-Herencia-Con-Usufructo-Vitalicio.docx
XiomaraPereyra
 
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...
YuliPalicios
 
9-2_- INSTITUCIONES_DEL_ DERECHO CIVIL-2024.pptx
9-2_- INSTITUCIONES_DEL_ DERECHO CIVIL-2024.pptx9-2_- INSTITUCIONES_DEL_ DERECHO CIVIL-2024.pptx
9-2_- INSTITUCIONES_DEL_ DERECHO CIVIL-2024.pptx
DayanaTudelano
 
IUS COMMUNE. IUS CIVILE. IUS CANONICUMpdf
IUS COMMUNE. IUS CIVILE. IUS CANONICUMpdfIUS COMMUNE. IUS CIVILE. IUS CANONICUMpdf
IUS COMMUNE. IUS CIVILE. IUS CANONICUMpdf
CamilaBecerraCalle
 

Último (20)

CLASE 2. EL METODO CIENTIFICO MIC 2023.pdf
CLASE 2. EL METODO CIENTIFICO MIC 2023.pdfCLASE 2. EL METODO CIENTIFICO MIC 2023.pdf
CLASE 2. EL METODO CIENTIFICO MIC 2023.pdf
 
Apuntes Derecho Civil I UC Primera parte.pdf
Apuntes Derecho Civil I UC Primera parte.pdfApuntes Derecho Civil I UC Primera parte.pdf
Apuntes Derecho Civil I UC Primera parte.pdf
 
Acuerdo-Plenario-01-2023-CIJ-112-LPDerecho.pdf
Acuerdo-Plenario-01-2023-CIJ-112-LPDerecho.pdfAcuerdo-Plenario-01-2023-CIJ-112-LPDerecho.pdf
Acuerdo-Plenario-01-2023-CIJ-112-LPDerecho.pdf
 
Aumento, reducción, prorrateo y exoneración de alimentos PDF gratis.pdf derec...
Aumento, reducción, prorrateo y exoneración de alimentos PDF gratis.pdf derec...Aumento, reducción, prorrateo y exoneración de alimentos PDF gratis.pdf derec...
Aumento, reducción, prorrateo y exoneración de alimentos PDF gratis.pdf derec...
 
Lecciones de Derecho Privado Romano -4 SEDICI2b.pdf
Lecciones de Derecho Privado Romano -4 SEDICI2b.pdfLecciones de Derecho Privado Romano -4 SEDICI2b.pdf
Lecciones de Derecho Privado Romano -4 SEDICI2b.pdf
 
Reduccion de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana
Reduccion de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad CiudadanaReduccion de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana
Reduccion de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana
 
ELEMENTOS DE LA NORMA JURIDICA EN EL PERÚ
ELEMENTOS DE LA NORMA JURIDICA EN EL PERÚELEMENTOS DE LA NORMA JURIDICA EN EL PERÚ
ELEMENTOS DE LA NORMA JURIDICA EN EL PERÚ
 
Las objeciones en el proceso penal acusatorio mexicano
Las objeciones en el proceso penal acusatorio mexicanoLas objeciones en el proceso penal acusatorio mexicano
Las objeciones en el proceso penal acusatorio mexicano
 
la ética, la filosofía Jurídica y la Socio.pdf
la ética, la filosofía Jurídica y la Socio.pdfla ética, la filosofía Jurídica y la Socio.pdf
la ética, la filosofía Jurídica y la Socio.pdf
 
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: PROYECCIÓN EN EL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: PROYECCIÓN EN EL DERECHO CIVIL Y COMERCIALPRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: PROYECCIÓN EN EL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: PROYECCIÓN EN EL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
 
ESTADO PERUANO, ORGANIZACION DEL ESTADO DEL PERU
ESTADO PERUANO, ORGANIZACION DEL ESTADO DEL PERUESTADO PERUANO, ORGANIZACION DEL ESTADO DEL PERU
ESTADO PERUANO, ORGANIZACION DEL ESTADO DEL PERU
 
Informe de derecho ambiental y jurisdicción
Informe de derecho ambiental y jurisdicciónInforme de derecho ambiental y jurisdicción
Informe de derecho ambiental y jurisdicción
 
Derecho Procesal Penal II. MATERIAL DE ESTUDIO
Derecho Procesal Penal II. MATERIAL DE ESTUDIODerecho Procesal Penal II. MATERIAL DE ESTUDIO
Derecho Procesal Penal II. MATERIAL DE ESTUDIO
 
02 Gascon Marina y Alfonso Garcia - Argumentación jurídica Cap 3.pdf
02 Gascon Marina y Alfonso Garcia - Argumentación jurídica Cap 3.pdf02 Gascon Marina y Alfonso Garcia - Argumentación jurídica Cap 3.pdf
02 Gascon Marina y Alfonso Garcia - Argumentación jurídica Cap 3.pdf
 
DERECHO PENAL EN EL IMPERIO INCAICO en peru
DERECHO PENAL EN EL IMPERIO INCAICO en peruDERECHO PENAL EN EL IMPERIO INCAICO en peru
DERECHO PENAL EN EL IMPERIO INCAICO en peru
 
CLASES-ADM EMP S3-05-GESTION DE OPERACIONES LOGISTICAS - SAP.pptx
CLASES-ADM EMP S3-05-GESTION DE OPERACIONES LOGISTICAS - SAP.pptxCLASES-ADM EMP S3-05-GESTION DE OPERACIONES LOGISTICAS - SAP.pptx
CLASES-ADM EMP S3-05-GESTION DE OPERACIONES LOGISTICAS - SAP.pptx
 
477871734-Anticipo-de-Herencia-Con-Usufructo-Vitalicio.docx
477871734-Anticipo-de-Herencia-Con-Usufructo-Vitalicio.docx477871734-Anticipo-de-Herencia-Con-Usufructo-Vitalicio.docx
477871734-Anticipo-de-Herencia-Con-Usufructo-Vitalicio.docx
 
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...
 
9-2_- INSTITUCIONES_DEL_ DERECHO CIVIL-2024.pptx
9-2_- INSTITUCIONES_DEL_ DERECHO CIVIL-2024.pptx9-2_- INSTITUCIONES_DEL_ DERECHO CIVIL-2024.pptx
9-2_- INSTITUCIONES_DEL_ DERECHO CIVIL-2024.pptx
 
IUS COMMUNE. IUS CIVILE. IUS CANONICUMpdf
IUS COMMUNE. IUS CIVILE. IUS CANONICUMpdfIUS COMMUNE. IUS CIVILE. IUS CANONICUMpdf
IUS COMMUNE. IUS CIVILE. IUS CANONICUMpdf
 

Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral Resolución para instalar la reunión normativa laboral

  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral Resolución para instalar la reunión normativa laboral ENSAYO 5% Alumna: Mariangel Colmenares Graterón C.I 25.854.394 SAIA A DERECHO LABORAL COLECTIVO 2019 B/I Barquisimeto, Septiembre 2019.
  • 2. La Reunión Normativa Laboral: La Reunión de la Reunión Normativa Laboral en la convención colectiva, tiene el ámbito y objeto establecido en el artículo 452 de la LOTTT, y puede ser fundamentalmente emplazada o dar la razón como una reunión normativa laboral entre una o varias organizaciones sindicales de personal trabajador, y uno o varios patronos o sindicatos de patronos. Por otra parte, la Ley prescinde a las asociaciones patronales que no compongan sindicatos entre las mismas, sin embargo, las mismas poseen titularidad para convocar la reunión normativa laboral, así las partes obtienen la posibilidad de negociar una convención colectiva por rama de actividad económica, fuera del ámbito de la reunión normativa laboral, y tal acuerdo faltaría de las modalidades y efectos específicos que, a los fines de facilitar y en ocasiones determinar la uniformidad de los escenarios de trabajo en una rama. La solicitud de la convocatoria de la reunión normativa, puede ser hecha por las organizaciones mencionadas en el artículo antes mencionado, a las cuales es necesario agregar las del artículo 405, así, la propia convocatoria establece el alcance y ámbito de la reunión normativa laboral, mientras que en las negociaciones o reuniones colectivas ordinarias, la iniciativa corresponde principalmente al área sindical de trabajadores que debe acompañar obligatoriamente el respectivo pliego de peticiones. En el momento de la reunión normativa laboral, tal iniciativa corresponde ser organizada por el sector patronal, que en el momento de la convocatorita, igualmente tiene que ser acompañada de un pliego respectivo de peticiones. En todos los dos casos, si se trata de trabajadores, los convocantes deben ser sujetos colectivos organizados profesionales, no se admiten grupos de trabajadores no sindicalizados. Por otra parte, también se le otorga la cualidad para convocar a los patronos individualmente considerados hipótesis de difícil factibilidad por cuanto supone que un solo patrono reúna la representatividad exigida por la Ley, lo que solo es posible que ocurra en situaciones casi monopólicos que son excepcionales a la hora de la práctica. La reunión normativa laboral, puede constituirse por solicitud de las partes que se hubieren reunido voluntariamente con tal fin y soliciten su reconocimiento como tal. Los
  • 3. requisitos para la misma, son los mismos que cuando se procede de acuerdo al artículo 454, y es que el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Trabajo y Seguridad Social, convocará de manera expresa la reunión normativa laboral a verificar que se cumplan dos condiciones obligatorias: que los patronos solicitantes representen la mayoría en la rama de la actividad que se trate en escala local, regional o nacional y que las organizaciones sindicales de trabajadores solicitantes representen la mayoría de los sindicalizados en la rama de actividad que se trate en escala local, regional o nacional. El Ministerio, podrá solicitar que las organizaciones sindicales de trabajadores y de los patronos le faciliten datos e información que se considere conveniente para la determinación y comprobación de los requisitos exigidos. Asimismo, es necesario la Resolución Ministerial respectiva que otorga a dicha reunión voluntaria el carácter de Reunión Normativa Laboral, y la Ley no indica si la solicitud de reconocimiento puede hacerse y ser decidida en el curso de la negociación o después de concluida esta. Todos estos requisitos se verifican mediante el Ministerio del Ramo para poder convocar la reunión, y también se refiere a que la verificación del Ministerio, se refiere fundamentalmente a la representatividad de las organizaciones convocantes, siendo de observar que no se hace referencia expresa a la mayoría de los trabajadores de la rama respectiva, sino a aquellos que estén sindicalizados y que presten servicios a los patronos requeridos a negociar. Entonces, la verificación se realiza no solo a los trabajadores de la rama económica que se solicita sino a los trabajadores sindicalizados. Villasmil, señala que llama la atención sobre la urgente necesidad de estadísticas laborales y de instancias de participación de los interlocutores respecto a ellos. También es importante mencionar que el Ministerio del Poder Popular en materia de Trabajo y Seguridad Social puede solicitar de oficio o a petición de las organizaciones sindicales, la reunión normativa laboral con el objeto de uniformar las condiciones de trabajo en esa rama de actividad, si a su juicio así lo exige el interés general y por otra parte, tiene un término de treinta días continuos, para hacer la convocatoria o negarla por considerar que no se cumplen los requisitos legales.
  • 4. Dicha negativa, deberá ser establecida por auto fundamentado, en el cual se establezca que no se cumplen con los requisitos legales, asimismo, la Ley no consagra un recurso especial contra el auto que niegue la convocatoria, por lo cual deberá atenderse a lo previsto en lo previsto en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, es decir, procederán el recurso de reconsideración y el jerárquico, además del contencioso administrativo si aquellos antes mencionados fueren negados. Sí el Ministerio después de evaluar la propuesta, encuentra la solicitud ajustada a las exigencias establecidas en la ley, deberá ordenar la convocatoria de la Reunión Normativa Laboral mediante Resolución que se publicará tanto en Gaceta Oficial como en diarios de amplia circulación, los cuales no deben ser obligatoriamente de la Capital de la República como se exigía anteriormente, recomendándose que se use un diario de circulación local o regional. Dicha resolución indicará día y hora en que se iniciará la reunión, sede de la misma, nómina de convocados, rama de la actividad que se trate, alcance que tendrá la reunión normativa laboral. Es importante nombrar que la Resolución debe anunciar la suspensión de las negociaciones en curso entre convocados y advertir la inamovilidad que ampara a los trabajadores sujetos a la negociación. Por otro lado, dicha reunión será presidida por el Ministro, o el funcionario que el mismo designe quien será competente a decidir conforme a la ley todas las cuestiones que susciten, lo cual no impide el ejercicio del recurso jerárquico que la LOPA establece para las decisiones de funcionarios subordinados jerárquicamente al ministerio, así como tampoco los recursos jurisdiccionales que sean procedentes de acuerdo al ordenamiento jurídico, la cual se diferencia con la negociación colectiva ordinaria que puede ser celebrada directamente por las partes en ausencia del funcionario del trabajo.