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Corregido borrador de convenio municipio de cordoba capacitacion (2)
1. Convenio MARCO de cooperación entre la Corporación Educativa
Agroindustrial de Colombia- AGROEDUCOL con sede en Magangué y el
Municipio de Córdoba Teton Departamento de Bolívar.
Entre los suscritos a saber entre el Municipio de Córdoba Teton Del Departamento de
Bolívar, representado por xxxxx con cedula de ciudadanía No xx xxx en calidad de
alcalde según acta de posesión No xx del XXx, debidamente autorizada para realizar
convenio mediante acuerdo no xx del día xx mes xx año xx y Felipe Antonio Álvarez
Hernández, identificado con cedula de ciudadanía No 73.188.439 de Cartagena de
indias departamento de Bolívar, en calidad de representante legal de la Corporación
Educativa Agroindustrial de Colombia- AGROEDUCOL según acta del día xxx y
autorizado para firmar el presente convenio mediante acta de junta directiva No xx del
día xx mes xx del 2021, quienes hemos acordado celebrar el presente convenio
MARCO de cooperación bajo las siguientes consideraciones A) Que el municipio de
Cordoba Teton tiene como objeto la búsqueda del bien común y el desarrollo social y
económico de sus comunidades, mediante desarrollo de programas y proyectos con
las comunidades que generan su sustento de los subsectores, agrícola, pecuario,
forestal y pesquero, en alianza estratégica con actores regionales que tienen una
finalidad similar o complementaria a su gestión.
B) Teniendo en cuenta el objetivo del municipio de Cordoba Teton como impulsor del
desarrollo del sector primario y el progreso local mediante la transferencia de
conocimiento a los actores municipales y teniendo en cuenta el objeto de la
Corporación Educativa Agroindustrial de Colombia- AGROEDUCOL, el municipio lo
considera como aliado estratégico para suscribir el presente convenio de cooperación
interinstitucional.
C) Que la corporación AGROEDUCOL tiene dentro de sus objetivos entre otros 1) El
desarrollo de capacidades humanas y sociales integrales; acceso y aprovechamiento
efectivo de la información y de las tics; gestión sostenible de los recursos naturales y
mayor participación de los productores en espacios de políticas públicas sectorial,
atender a los productores agrícolas, pecuarios, forestales y pesqueros con un enfoque
de cadena productiva. 2) Promover, formular, gestionar y administrar proyectos
productivos que comprendan una actividad agrícola, pecuaria, acuícola, forestal y/o
ambiental, capacitación y apoyo a la producción, transformación y comercialización,
Planeación de créditos, para financiar el desarrollo de las actividades agrícola,
agroindustrial, pecuaria, acuícola, forestal y/o ambiental. prestar asesoría para la
implementación de buenas prácticas ganaderas, buenas prácticas agrícolas y buenas
prácticas de manufactura. 3) Desarrollar y promover la celebración de convenios,
uniones temporales, consorcios para promover la realización y participación en
congresos, simposios, seminarios y excursiones agrícola, pecuaria, acuícola, forestal
y/o ambiental con el fin de capacitar a los gremios de estas actividades 4) Al municipio
le corresponde garantizar la prestación del servicio público obligatorio de extensión
agropecuaria que determina la ley 1876 de 2017 en su artículo 24, mediante las
acciones de capacitar, transferir, asistir, empoderar y generar competencias en los
productores agropecuarios para que estos incorporen en su actividad productiva
2. prácticas, productos tecnológicos, tecnologías, conocimientos y comportamientos que
beneficien su desempeño y mejoren su competitividad y sostenibilidad, así como su
aporte a la seguridad alimentaria y su desarrollo como ser humano integra. 5) La
UMATA como dependencia del municipio tiene como propósito principal dirigir,
coordinar, implementar planes, programas, proyectos y acciones dirigidos al sector
agropecuario, forestal y pesquero para el fortalecimiento de los actores del sector para
el mejoramiento de la producción con un enfoque de sostenibilidad.
Hechas las anteriores consideraciones las partes han decidido suscribir el presente
convenio MARCO que se regirá por las siguientes CLAUSULAS.
Cláusula Primera: Objetivo, el objeto del presente convenio marco es la cooperación
interinstitucional en el desarrollo de los proyectos que actualmente son gestionados y
los que se encuentran por presentar en nuestro banco de proyecos contados hasta la
finalización de las funciones de la administración municipal actual, para el caso
puntual del primer objetivo a cumplir dentro del convenio marco se propone la
capacitación de los productores y profesionales para el desarrollo del conocimiento
básico, aplicado a los subsectores agrícola, pecuario, forestal y pesquero que
desarrollen sus actividades en el municipio de Cordoba Teton.
Cláusula Segunda: Áreas de Cooperación las actividades que pueden desarrollarse
dentro del marco del presente convenio entre otras:
1) Capacitación presencial y virtual en los subsectores Agricola, Pecuaria,
forestal y Pesquero en las áreas de Desarrollo de las capacidades humanas
integrales mediante la generación y mejora de las habilidades, destrezas,
talentos, valores y principios de los productores agropecuarios, para ejecutar
apropiadamente las gestiones y labores que demande su actividad productiva,
entre otras, actividades técnico-productivas y/o de adecuación y
transformación de la producción primaria, administrativas, financieras y
crediticias, informáticas, de mercadeo y de comercialización; así como para la
convivencia y el desarrollo rural pacífico.
2) Desarrollo de las capacidades sociales integrales y el fortalecimiento de la
asociatividad, que permita la organización de los productores para gestionar
colectivamente y de manera eficiente las entradas (insumos y factores
productivos) y salidas (alimentos, materias primas y productos con valor
agregado) de sus sistemas de producción. Así mismo, la promoción del
desarrollo empresarial, de las organizaciones de segundo piso, y la
conformación de redes de productores, mujeres y jóvenes rurales, entre otras.
3) Acceso y aprovechamiento efectivo de la información de apoyo, adopción o
adaptación de tecnologías y productos tecnológicos, apropiación social del
conocimiento, y solución de problemáticas, principalmente a través de la
innovación abierta o colaborativa, la investigación participativa y el uso de las
Tecnologías de Información y Comunicación
4) Gestión sostenible de los recursos naturales, de modo que los productores
hagan uso eficiente de los recursos, suelo, agua, biodiversidad, etc., e integren
prácticas orientadas a la mitigación y adaptación al cambio climático.
3. 5) Desarrollo de habilidades para la participación de los productores en espacios
para la retroalimentación de la política pública sectorial, además del
empoderamiento para auto gestionar la solución de sus necesidades.
6) Apoyo mutuo con los servicios profesionales y/o técnicos de que se disponga
en eventos de mercadeo y programas de capacitación.
7) Cualquier otra actividad relacionada con el presente convenio marco acordada
por el comité coordinador.
Cláusula Tercera: Desarrollo del Convenio las acciones concretas que se deriven
del presente convenio marco, podrán pactarse por escrito a través de Actas, Carta de
entendimiento o convenios específicos y estarán sujeta a la disponibilidad de tiempo
y recurso de cada entidad y que la actividad a desarrollar se haya presentado con la
debida anticipación y acuerdo entre las partes para sus aportes.
Cláusula Cuarta: Duración El presente convenio tendrá una duración hasta el 31 de
diciembre de 2021 el final de los procedimientos administrativos de la presente
administración Diciembre 2022. Este podrá ser prorrogado por las partes mediante
acuerdo escrito con la administración posterior.
Cláusula Quinta. Disposiciones El presente convenio se regirá de acuerdo con las
siguientes disposiciones : 1) Cada una de las Partes responde exclusivamente por las
obligaciones asumidas en este convenio marco, generadas en la firmas de las
acciones concretas de la cláusula cuarta, no impone a ninguna de las partes
obligación alguna de trabajo subordinado dependiente, ni en el aspecto laboral, ni en
el aspecto jurídico. 2) La información con la cual contribuyan las partes se destinará
exclusivamente a la ejecución del presente convenio. 3) las partes en desarrollo de
sus obligaciones podrán establecer convenios adicionales con otras entidades o
personas naturales.
Cláusula Sexta: Confidencialidad y Reserva del trabajo Los estudios, documentos,
aplicaciones, marca, modelos, e información considerada como propiedad intelectual
protegida a que las partes tengan acceso en virtud del desarrollo del presente
convenio, serán de propiedad exclusiva de cada una de ellas, solo se podrá transferir
esta información previa autorización expresa de las partes.
Cláusula séptima: Autonomía en el desarrollo del presente convenio marco, las
partes actuarán por su propia cuenta y con plena autonomía y por consiguiente
asumirán todos los riesgos que se originen en razón del mismo. las partes
expresamente reconocen que no existe entre ellas relación laboral, entendiéndose
que no se adquiere obligación alguna de carácter laboral, con las personas que cada
una de las partes vincule para el desarrollo del convenio, ni se genera derecho a
alguna reclamación por prestaciones sociales, indemnizaciones o derecho distinto a
los establecidos en el presente convenio.
Cláusula Octava: Comité Coordinador, para garantizar la programación y la
ejecución de las actividades se constituye un comité Coordinador conformado así: por
la Corporación AGROEDUCOL dos delegados en las áreas administrativa y técnica,
por el municipio el alcalde o su delegado y el Director de la UMATA o quien hagas
sus veces se reunirán mínimo una vez al mes.
4. Cláusula Octava: Ninguna de las Partes podrá ceder su posición en virtud del
convenio, ni los derechos u obligaciones derivados del mismo, ni subcontratar las
obligaciones emanadas de este convenio, sin previa autorización por escrito de la otra
parte.
Cláusula Novena: Terminación, el presente convenio podrá ser terminado antes de
su vencimiento por mutuo acuerdo o por manifestación de una de las partes de su
deseo de darlo por terminado, dando aviso por escrito con una antelación no inferior
a (1) mes.
Cláusula Décima: Perfeccionamiento. El Presente convenio se perfeccionará con la
firma de las partes, el cual comenzará a regir a partir de su perfeccionamiento.
Cláusula Décima Primera: Gratuidad la Corporación Educativa Agroindustrial de
Colombia- AGROEDUCOL y el Municipio de Cordoba Teton del Departamento de
Bolívar, declaran que por la celebración del presente convenio Marco de cooperación
no se generara ningún beneficio económico para las entidades como
contraprestación, Lo anterior sin perjuicio de los convenios que en ejecución del
presente convenio marco sean suscrito entre las partes para la ejecución del objeto.
Solicitudes para el desarrollo de los pilares de capacitación.
Logistica:
Para constancia se firma ……..