La Constitución Política del Estado es la norma suprema que organiza al Estado y establece los derechos y deberes de las personas. Una Constitución no solo regula la organización del Estado, sino que también es un sistema en el que todas sus partes están interrelacionadas. La Constitución boliviana se caracteriza por su naturaleza plurinacional y comunitaria. Además, una Constitución contiene los valores esenciales de una sociedad y establece una relación de supremacía sobre las demás leyes y normas del Estado.
Semana 08 de derecho constitucional 2021 02 (1)Luis Acosta
Este documento presenta un resumen de conceptos clave sobre la Constitución. En primer lugar, define la Constitución como el instrumento político-jurídico que contiene valores, principios y normas para organizar y regular una sociedad política. Luego, explica que la Constitución tiene dos partes: la parte orgánica, que establece la organización del Estado, y la parte dogmática, que protege los derechos fundamentales. Por último, clasifica las normas constitucionales en declarativas, teleológicas, operativas y programáticas.
1. El documento discute diferentes nociones y teorías sobre el concepto de constitución a través de la historia. Define constitución como el conjunto de normas fundamentales para la organización del Estado y analiza varias variedades de constitución como rígida vs flexible, escrita vs consuetudinaria, originaria vs derivada, y normativa vs nominal vs semántica.
2. Autores como Aristóteles, Cicerón, Montesquieu, Rousseau, Kelsen y otros han contribuido a definir y teorizar sobre el significado y alc
La constitución establece las normas y principios fundamentales de un estado. Se crea a través de una asamblea constituyente con representantes de diversos sectores sociales. Puede reformarse mediante un referendo donde el pueblo vota para aprobar o rechazar los cambios, o convocando una nueva asamblea constituyente.
La constitución es la ley fundamental de un estado que establece los límites y relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. Existen diferentes tipos de constituciones como escritas y no escritas, rígidas y flexibles, otorgadas, impuestas, pactadas o por voluntad popular. La constitución tiene valor normativo y puede declarar la inconstitucionalidad de leyes. El poder constituyente es la facultad de darse una constitución o reformarla siguiendo los procedimientos establecidos.
Este documento resume los conceptos clave relacionados con la constitución y el estado de derecho. Explica que la constitución es el conjunto de normas que establecen las facultades en un orden jurídico y dividen y limitan el poder para evitar su abuso. También define conceptos como soberanía, poder constituyente y legitimidad, y analiza las diferencias entre legalidad y legitimidad. Finalmente, resume las características del constitucionalismo liberal como la división de poderes y el sometimiento a la ley.
Este documento presenta un análisis comparativo entre la Constitución de Nicaragua y la Constitución Dominicana. Explica el origen de la palabra "constitución" y los diferentes tipos de constituciones. Luego describe el origen y características ideológicas de ambas constituciones, así como las reformas realizadas a través de los años. Finalmente, establece comparaciones entre ambas constituciones en términos de su estructura y contenido.
Análisis constitucional tanto a la constitución de Francia y la constitución...Castillo'S Legal Solutions
El documento presenta un análisis comparativo entre la Constitución Dominicana y la Constitución Francesa. Explica el origen y definición de una constitución, así como los tipos de constituciones como las escritas, no escritas, rígidas y flexibles. Luego describe el origen de ambas constituciones y las reformas realizadas a través del tiempo. Finalmente analiza los principios fundamentales de cada constitución y establece similitudes y diferencias entre ellas.
El documento define la constitución como el conjunto de normas y preceptos fundamentales que determinan la organización del poder público, las bases de la vida social y económica, y los derechos y deberes de los individuos de un estado. Explica que la constitución es el estatuto supremo y absolutamente obligatorio expedido por el órgano representativo de la soberanía nacional para consagrar los derechos humanos y determinar la organización fundamental del estado y sus elementos. Finalmente, clasifica las constituciones atendiendo a su aspecto formal, los trámites para
Semana 08 de derecho constitucional 2021 02 (1)Luis Acosta
Este documento presenta un resumen de conceptos clave sobre la Constitución. En primer lugar, define la Constitución como el instrumento político-jurídico que contiene valores, principios y normas para organizar y regular una sociedad política. Luego, explica que la Constitución tiene dos partes: la parte orgánica, que establece la organización del Estado, y la parte dogmática, que protege los derechos fundamentales. Por último, clasifica las normas constitucionales en declarativas, teleológicas, operativas y programáticas.
1. El documento discute diferentes nociones y teorías sobre el concepto de constitución a través de la historia. Define constitución como el conjunto de normas fundamentales para la organización del Estado y analiza varias variedades de constitución como rígida vs flexible, escrita vs consuetudinaria, originaria vs derivada, y normativa vs nominal vs semántica.
2. Autores como Aristóteles, Cicerón, Montesquieu, Rousseau, Kelsen y otros han contribuido a definir y teorizar sobre el significado y alc
La constitución establece las normas y principios fundamentales de un estado. Se crea a través de una asamblea constituyente con representantes de diversos sectores sociales. Puede reformarse mediante un referendo donde el pueblo vota para aprobar o rechazar los cambios, o convocando una nueva asamblea constituyente.
La constitución es la ley fundamental de un estado que establece los límites y relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. Existen diferentes tipos de constituciones como escritas y no escritas, rígidas y flexibles, otorgadas, impuestas, pactadas o por voluntad popular. La constitución tiene valor normativo y puede declarar la inconstitucionalidad de leyes. El poder constituyente es la facultad de darse una constitución o reformarla siguiendo los procedimientos establecidos.
Este documento resume los conceptos clave relacionados con la constitución y el estado de derecho. Explica que la constitución es el conjunto de normas que establecen las facultades en un orden jurídico y dividen y limitan el poder para evitar su abuso. También define conceptos como soberanía, poder constituyente y legitimidad, y analiza las diferencias entre legalidad y legitimidad. Finalmente, resume las características del constitucionalismo liberal como la división de poderes y el sometimiento a la ley.
Este documento presenta un análisis comparativo entre la Constitución de Nicaragua y la Constitución Dominicana. Explica el origen de la palabra "constitución" y los diferentes tipos de constituciones. Luego describe el origen y características ideológicas de ambas constituciones, así como las reformas realizadas a través de los años. Finalmente, establece comparaciones entre ambas constituciones en términos de su estructura y contenido.
Análisis constitucional tanto a la constitución de Francia y la constitución...Castillo'S Legal Solutions
El documento presenta un análisis comparativo entre la Constitución Dominicana y la Constitución Francesa. Explica el origen y definición de una constitución, así como los tipos de constituciones como las escritas, no escritas, rígidas y flexibles. Luego describe el origen de ambas constituciones y las reformas realizadas a través del tiempo. Finalmente analiza los principios fundamentales de cada constitución y establece similitudes y diferencias entre ellas.
El documento define la constitución como el conjunto de normas y preceptos fundamentales que determinan la organización del poder público, las bases de la vida social y económica, y los derechos y deberes de los individuos de un estado. Explica que la constitución es el estatuto supremo y absolutamente obligatorio expedido por el órgano representativo de la soberanía nacional para consagrar los derechos humanos y determinar la organización fundamental del estado y sus elementos. Finalmente, clasifica las constituciones atendiendo a su aspecto formal, los trámites para
El documento resume la evolución del concepto de constitución a través de la historia, desde los griegos hasta teorías modernas. Explica que los griegos se referían a la constitución como la estructura sociojurídica del estado. Aristóteles la veía como la organización del poder. En la Edad Media se entendía por las leyes dictadas por el monarca. La Revolución Francesa la concibió como un conjunto de normas que garantizan los derechos individuales. Existen variedades como constituciones escritas, rígidas, derivadas
Este documento resume las definiciones de Constitución según varios autores y clasificaciones de las mismas. Brevemente, una Constitución es el conjunto de normas fundamentales que organizan el Estado, regulan los poderes públicos y establecen los derechos de los ciudadanos. Las Constituciones pueden ser escritas u orales, rígidas o flexibles, normativas o programáticas, entre otras clasificaciones. El documento revisa las definiciones de numerosos autores a lo largo de la historia.
Semana 06 de derecho constitucional(1) (1)Luis Acosta
El documento discute la interpretación constitucional. Explica que la interpretación constitucional implica asignar significado a las normas constitucionales para resolver problemas y aplicar las normas. También describe diferentes criterios para la interpretación constitucional como la interpretación amplia, el sentido común de las palabras, y la armonización de las disposiciones. Además, menciona los objetivos de la jurisdicción constitucional como afirmar la soberanía constitucional y proteger los derechos fundamentales.
Clasificación de las constituciones politicas trabajoJohan Torres
Este documento clasifica las diferentes tipologías de constituciones políticas en nueve categorías: codificada/no codificada/dispersa, escrita/no escrita, genérica/analítica, ideológica/utilitaria, formal/material, normativa/nominal/semántica, rígida/flexible/pétrea, originaria/derivada y otorgada/pactada/promulgada. Define cada categoría y proporciona ejemplos de constituciones que encajan en cada una.
La constitución es la norma fundamental escrita o no de un Estado soberano que establece los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado. Según Hans Kelsen, la constitución puede tener un sentido lógico-jurídico como la norma fundamental no creada conforme a un procedimiento jurídico o un sentido jurídico-positivo que le otorga validez al sistema jurídico en su conjunto. Aristóteles consideró que la constitución puede estudiarse como una realidad, una organización de la forma de organizar las maneras políticas de la realidad
La constitución es la norma fundamental escrita o no de un Estado soberano que establece los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado. Según Hans Kelsen, la constitución puede tener un sentido lógico-jurídico como la norma fundamental no creada conforme a un procedimiento jurídico o un sentido jurídico-positivo que le otorga validez al sistema jurídico en su conjunto. Aristóteles consideró que la constitución puede estudiarse como una realidad, una organización de la forma de organizar las maneras políticas de la realidad
El documento define la constitución y clasifica los tipos de constituciones según su forma, grado de modificación, origen y vigencia. Explica constituciones escritas vs. no escritas, rígidas vs. flexibles, otorgadas vs. impuestas vs. pactadas, y normativas vs. nominales vs. semánticas. Concluye que clasificar constituciones es útil para el derecho comparado y para entender los sistemas políticos, y recomienda verificar cómo se respetan los principios constitucionales en la realidad.
El documento clasifica las constituciones de varias maneras: por su formulación jurídica como escritas o no escritas, por su reformabilidad como rígidas o flexibles, y por su origen como otorgadas, impuestas o pactadas. También resume las teorías modernas sobre la constitución de autores como Smend, Schmitt y Kelsen, quienes argumentan que una constitución refleja la realidad política de un estado. Finalmente, define el poder constituyente como la capacidad del pueblo para establecer y modificar la norma fundamental de un ordenamiento
Constitución como compendio de normas para la organización del estadoElena Tapias
La constitución establece las normas básicas para la organización del estado, regulando el ejercicio del poder público y atribuyendo dicho poder a los órganos estatales. Asimismo, la constitución regula el funcionamiento de los órganos del poder público y establece los principios fundamentales para el ejercicio de los derechos y las libertades de los ciudadanos.
Este documento clasifica las constituciones de diferentes maneras. Primero, las divide en escritas y no escritas, dependiendo de si están plasmadas en un texto o no. También las clasifica según su reformabilidad en rígidas, semi-rígidas y flexibles, dependiendo de la complejidad del proceso de reforma. Otra clasificación se basa en el origen de la constitución, como si fue otorgada, impuesta, pactada o aprobada por la soberanía popular. Finalmente, también las clasifica por su vigencia como normativas, nominales o
Carl Schmitt argumenta que el poder constituyente es la voluntad política que adopta la decisión fundamental sobre la forma y existencia de la unidad política. Para Schmitt, la constitución surge de un acto del poder constituyente y depende de la voluntad política existencial de quien la da, no de su justicia normativa. Además, Schmitt sostiene que lo político precede a lo jurídico y que la "decisión política" es el acto esencial de la creación jurídica estatal.
Este documento resume las principales divisiones y escuelas de pensamiento en la historia del derecho. Explica que existen tres escuelas principales: la dualista, que distingue entre derecho divino y positivo; la del sujeto jurídico, que reconoce un derecho sobrenatural e inmutable; y la positiva, que sostiene que el derecho lo crea el hombre. También describe las divisiones entre derecho positivo e ideal, y público y privado. Finalmente, explica los diferentes métodos y criterios para estudiar la historia del derecho a lo largo del
El documento presenta un análisis comparativo entre la Constitución Dominicana y la Constitución Francesa. Explica el origen y definición de la palabra "constitución", así como los tipos de constituciones como las escritas, no escritas, rígidas y flexibles. También describe el origen histórico de ambas constituciones y las reformas que han tenido a través del tiempo. Finalmente, identifica similitudes y diferencias entre la organización y estructura de los poderes del estado en la Constitución Dominicana y la Con
La constitución establece los límites y las relaciones entre los poderes del estado y garantiza ciertos derechos al pueblo. Según Hans Kelsen, la constitución puede ser vista en sentido lógico-jurídico como la norma fundamental que sustenta el orden jurídico, o en sentido jurídico-positivo como una norma establecida. La constitución también puede ser vista en sentido material, determinando el proceso de creación de leyes y las competencias de los órganos del estado, o en sentido formal como el documento supremo que solo puede ser modificado median
Democracia y Derecho Constitucional - David Mercado PérezTaEthekai
Conferencia dada el día 4 de Agosto en el IV Encuentro de la Jurisdicción Constitucional. 17 años de Jurisprudencia.
Balances y perspectivas. Agosto 4, 5 y 6 de 2008.
Este documento presenta una clasificación de diferentes tipos de constituciones, incluyendo constituciones morfológicas (originarias, derivadas, normativas, nominales y semánticas) y constituciones ontológicas (escritas, no escritas, rígidas, textuales, formales, materiales, principiantes, reglamentarias, utilitarias, pragmáticas, pactadas, otorgadas y democráticas). También analiza dos lecturas sobre la tipología de constituciones y aspectos de la constitución peruana, res
La constitución ha sido definida de diversas formas a lo largo de la historia. Aristóteles la definió como la organización de las magistraturas y el gobierno de la ciudad. En la Francia revolucionaria, Mirabeau y Sieyés la definieron como la distribución de competencias de los poderes públicos y la formación y organización de estos poderes. Más recientemente, autores como De Otto la conciben como el sistema de normas formales que emana del poder constituyente del pueblo, así como el conjunto de normas que organizan al Estado.
El documento describe los diferentes tipos de constitución según su forma, modificación y origen. Explica que una constitución puede ser escrita u oral, rígida o flexible, otorgada, pactada o impuesta dependiendo de cómo se formule, modifique y origine.
Este documento describe varias clasificaciones de las constituciones. Se clasifican según su formulación jurídica en escritas y no escritas, según su reformabilidad en rígidas y flexibles, según su origen en otorgadas, impuestas, pactadas o surgidas de la voluntad popular, y según su finalidad o contenido en programáticas, utilitarias, breves o desarrolladas. También se clasifican ontológicamente en normativas, nominales o semánticas dependiendo de su concordancia con la realidad política.
Este documento resume una guía de actividades sobre el reconocimiento de la constitución política de Colombia. Explica brevemente qué es una constitución, los grupos de poder que participaron en su creación, y si cumple con la definición de Ferdinand Lasalle de ser pluralista y participativa. Concluye que la constitución define los derechos y deberes de los ciudadanos y la organización del estado, y que su creación involucró a varios grupos de poder e intereses en la sociedad colombiana.
Fernando Lasalle define la constitución como una ley fundamental que no solo es una simple ley, sino que tiene más profundidad social y jurídica. Para que sea considerada fundamental, debe informar y engendrar las demás leyes ordinarias. La creación de una constitución debe tomar en cuenta los "factores reales de poder" de una sociedad como la monarquía, aristocracia, burguesía, conciencia colectiva y cultura. Lasalle también distingue entre una constitución formal y una constitución real, siendo esta última la expresión efectiva de los fact
El documento resume la evolución del concepto de constitución a través de la historia, desde los griegos hasta teorías modernas. Explica que los griegos se referían a la constitución como la estructura sociojurídica del estado. Aristóteles la veía como la organización del poder. En la Edad Media se entendía por las leyes dictadas por el monarca. La Revolución Francesa la concibió como un conjunto de normas que garantizan los derechos individuales. Existen variedades como constituciones escritas, rígidas, derivadas
Este documento resume las definiciones de Constitución según varios autores y clasificaciones de las mismas. Brevemente, una Constitución es el conjunto de normas fundamentales que organizan el Estado, regulan los poderes públicos y establecen los derechos de los ciudadanos. Las Constituciones pueden ser escritas u orales, rígidas o flexibles, normativas o programáticas, entre otras clasificaciones. El documento revisa las definiciones de numerosos autores a lo largo de la historia.
Semana 06 de derecho constitucional(1) (1)Luis Acosta
El documento discute la interpretación constitucional. Explica que la interpretación constitucional implica asignar significado a las normas constitucionales para resolver problemas y aplicar las normas. También describe diferentes criterios para la interpretación constitucional como la interpretación amplia, el sentido común de las palabras, y la armonización de las disposiciones. Además, menciona los objetivos de la jurisdicción constitucional como afirmar la soberanía constitucional y proteger los derechos fundamentales.
Clasificación de las constituciones politicas trabajoJohan Torres
Este documento clasifica las diferentes tipologías de constituciones políticas en nueve categorías: codificada/no codificada/dispersa, escrita/no escrita, genérica/analítica, ideológica/utilitaria, formal/material, normativa/nominal/semántica, rígida/flexible/pétrea, originaria/derivada y otorgada/pactada/promulgada. Define cada categoría y proporciona ejemplos de constituciones que encajan en cada una.
La constitución es la norma fundamental escrita o no de un Estado soberano que establece los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado. Según Hans Kelsen, la constitución puede tener un sentido lógico-jurídico como la norma fundamental no creada conforme a un procedimiento jurídico o un sentido jurídico-positivo que le otorga validez al sistema jurídico en su conjunto. Aristóteles consideró que la constitución puede estudiarse como una realidad, una organización de la forma de organizar las maneras políticas de la realidad
La constitución es la norma fundamental escrita o no de un Estado soberano que establece los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado. Según Hans Kelsen, la constitución puede tener un sentido lógico-jurídico como la norma fundamental no creada conforme a un procedimiento jurídico o un sentido jurídico-positivo que le otorga validez al sistema jurídico en su conjunto. Aristóteles consideró que la constitución puede estudiarse como una realidad, una organización de la forma de organizar las maneras políticas de la realidad
El documento define la constitución y clasifica los tipos de constituciones según su forma, grado de modificación, origen y vigencia. Explica constituciones escritas vs. no escritas, rígidas vs. flexibles, otorgadas vs. impuestas vs. pactadas, y normativas vs. nominales vs. semánticas. Concluye que clasificar constituciones es útil para el derecho comparado y para entender los sistemas políticos, y recomienda verificar cómo se respetan los principios constitucionales en la realidad.
El documento clasifica las constituciones de varias maneras: por su formulación jurídica como escritas o no escritas, por su reformabilidad como rígidas o flexibles, y por su origen como otorgadas, impuestas o pactadas. También resume las teorías modernas sobre la constitución de autores como Smend, Schmitt y Kelsen, quienes argumentan que una constitución refleja la realidad política de un estado. Finalmente, define el poder constituyente como la capacidad del pueblo para establecer y modificar la norma fundamental de un ordenamiento
Constitución como compendio de normas para la organización del estadoElena Tapias
La constitución establece las normas básicas para la organización del estado, regulando el ejercicio del poder público y atribuyendo dicho poder a los órganos estatales. Asimismo, la constitución regula el funcionamiento de los órganos del poder público y establece los principios fundamentales para el ejercicio de los derechos y las libertades de los ciudadanos.
Este documento clasifica las constituciones de diferentes maneras. Primero, las divide en escritas y no escritas, dependiendo de si están plasmadas en un texto o no. También las clasifica según su reformabilidad en rígidas, semi-rígidas y flexibles, dependiendo de la complejidad del proceso de reforma. Otra clasificación se basa en el origen de la constitución, como si fue otorgada, impuesta, pactada o aprobada por la soberanía popular. Finalmente, también las clasifica por su vigencia como normativas, nominales o
Carl Schmitt argumenta que el poder constituyente es la voluntad política que adopta la decisión fundamental sobre la forma y existencia de la unidad política. Para Schmitt, la constitución surge de un acto del poder constituyente y depende de la voluntad política existencial de quien la da, no de su justicia normativa. Además, Schmitt sostiene que lo político precede a lo jurídico y que la "decisión política" es el acto esencial de la creación jurídica estatal.
Este documento resume las principales divisiones y escuelas de pensamiento en la historia del derecho. Explica que existen tres escuelas principales: la dualista, que distingue entre derecho divino y positivo; la del sujeto jurídico, que reconoce un derecho sobrenatural e inmutable; y la positiva, que sostiene que el derecho lo crea el hombre. También describe las divisiones entre derecho positivo e ideal, y público y privado. Finalmente, explica los diferentes métodos y criterios para estudiar la historia del derecho a lo largo del
El documento presenta un análisis comparativo entre la Constitución Dominicana y la Constitución Francesa. Explica el origen y definición de la palabra "constitución", así como los tipos de constituciones como las escritas, no escritas, rígidas y flexibles. También describe el origen histórico de ambas constituciones y las reformas que han tenido a través del tiempo. Finalmente, identifica similitudes y diferencias entre la organización y estructura de los poderes del estado en la Constitución Dominicana y la Con
La constitución establece los límites y las relaciones entre los poderes del estado y garantiza ciertos derechos al pueblo. Según Hans Kelsen, la constitución puede ser vista en sentido lógico-jurídico como la norma fundamental que sustenta el orden jurídico, o en sentido jurídico-positivo como una norma establecida. La constitución también puede ser vista en sentido material, determinando el proceso de creación de leyes y las competencias de los órganos del estado, o en sentido formal como el documento supremo que solo puede ser modificado median
Democracia y Derecho Constitucional - David Mercado PérezTaEthekai
Conferencia dada el día 4 de Agosto en el IV Encuentro de la Jurisdicción Constitucional. 17 años de Jurisprudencia.
Balances y perspectivas. Agosto 4, 5 y 6 de 2008.
Este documento presenta una clasificación de diferentes tipos de constituciones, incluyendo constituciones morfológicas (originarias, derivadas, normativas, nominales y semánticas) y constituciones ontológicas (escritas, no escritas, rígidas, textuales, formales, materiales, principiantes, reglamentarias, utilitarias, pragmáticas, pactadas, otorgadas y democráticas). También analiza dos lecturas sobre la tipología de constituciones y aspectos de la constitución peruana, res
La constitución ha sido definida de diversas formas a lo largo de la historia. Aristóteles la definió como la organización de las magistraturas y el gobierno de la ciudad. En la Francia revolucionaria, Mirabeau y Sieyés la definieron como la distribución de competencias de los poderes públicos y la formación y organización de estos poderes. Más recientemente, autores como De Otto la conciben como el sistema de normas formales que emana del poder constituyente del pueblo, así como el conjunto de normas que organizan al Estado.
El documento describe los diferentes tipos de constitución según su forma, modificación y origen. Explica que una constitución puede ser escrita u oral, rígida o flexible, otorgada, pactada o impuesta dependiendo de cómo se formule, modifique y origine.
Este documento describe varias clasificaciones de las constituciones. Se clasifican según su formulación jurídica en escritas y no escritas, según su reformabilidad en rígidas y flexibles, según su origen en otorgadas, impuestas, pactadas o surgidas de la voluntad popular, y según su finalidad o contenido en programáticas, utilitarias, breves o desarrolladas. También se clasifican ontológicamente en normativas, nominales o semánticas dependiendo de su concordancia con la realidad política.
Este documento resume una guía de actividades sobre el reconocimiento de la constitución política de Colombia. Explica brevemente qué es una constitución, los grupos de poder que participaron en su creación, y si cumple con la definición de Ferdinand Lasalle de ser pluralista y participativa. Concluye que la constitución define los derechos y deberes de los ciudadanos y la organización del estado, y que su creación involucró a varios grupos de poder e intereses en la sociedad colombiana.
Fernando Lasalle define la constitución como una ley fundamental que no solo es una simple ley, sino que tiene más profundidad social y jurídica. Para que sea considerada fundamental, debe informar y engendrar las demás leyes ordinarias. La creación de una constitución debe tomar en cuenta los "factores reales de poder" de una sociedad como la monarquía, aristocracia, burguesía, conciencia colectiva y cultura. Lasalle también distingue entre una constitución formal y una constitución real, siendo esta última la expresión efectiva de los fact
El documento presenta tres conceptos de constitución según García Pelayo: 1) Concepto racional normativo que ve a la constitución como un conjunto de normas que regulan al estado. 2) Concepto histórico-tradicional que ve a la constitución como resultado de transformaciones históricas. 3) Concepto sociológico que ve a la constitución como la forma de ser de un pueblo o sociedad. También explica los principios de la constitución peruana y las garantías constitucionales como el hábeas corpus y hábeas data.
El documento presenta información sobre el derecho constitucional y la constitución dominicana. Explica conceptos clave como derecho constitucional, teoría constitucional, constitución escrita, rígida y flexible. También describe los sistemas de derechos fundamentales reconocidos en la constitución dominicana como derechos civiles, políticos, económicos y sociales. Finalmente, resume el origen y evolución del constitucionalismo desde documentos históricos como la Carta Magna de 1215.
El documento presenta 10 preguntas para una evaluación final sobre temas de justicia constitucional, derechos humanos y supremacía constitucional. Se pide al estudiante hablar sobre la justicia constitucional, el constitucionalismo en Ecuador, la Corte Constitucional como único intérprete de la Constitución, definir derechos humanos, enumerar instrumentos de derechos humanos, explicar el sistema interamericano de derechos humanos y definir conceptos como igualdad, democracia y constitución.
Este documento analiza el concepto de Estado Constitucional de Derecho en el Perú. Introduce conceptos previos de Estado desde la antigüedad hasta la Revolución Francesa y el origen del Estado moderno. Luego explica los elementos del Estado Constitucional de Derecho como la división de poderes, la primacía de la Constitución y la sumisión de los poderes públicos a esta. Finalmente, analiza la vigencia del Estado Constitucional de Derecho en el Perú y la necesidad de su fortalecimiento para lograr el desarrol
Este documento presenta una introducción y desarrollo del tema de la teoría de la constitución. Explora conceptos de la constitución como el racional-normativo, histórico-tradicional y sociológico. También examina tipologías, funciones y la estructura de las constituciones, la cual se divide en parte dogmática y parte orgánica. Concluye que la constitución establece los derechos de los ciudadanos y las funciones del poder estatal, y necesita actualizarse para reflejar las necesidades cambiantes de la
La Constitución es el conjunto de reglas fundamentales que rigen una sociedad. Surge a raíz de las revoluciones burguesas del siglo XVIII y establece el respeto a los derechos humanos y la separación de poderes entre el ejecutivo, legislativo y judicial. En Perú se han tenido trece Constituciones desde 1821 hasta la actual de 1993.
Concepto de constitución para otros autoresElena Tapias
El documento resume las perspectivas de varios pensadores sobre el concepto de constitución. Fernando Lassalle define la constitución como el reflejo de las fuerzas políticas reales de un estado. Aristóteles ve a la constitución como la organización de una sociedad y sugiere que las mejores constituciones son mixtas. Karl Loewenstein plantea que existe una constitución ontológica que refleja la cultura real de una sociedad. Jorge Carpizo describe a la constitución como un equilibrio dinámico entre la norma y la realidad de un
La Constitución es la ley fundamental de Colombia que establece los derechos y deberes de los ciudadanos y la organización del Estado. Define normas para que exista bienestar y paz, como el derecho a la vida, la salud y la educación. Además de otorgar derechos, también establece obligaciones como respetar los derechos ajenos y proteger los recursos naturales. La Constitución determina cómo se organiza el poder público a través de las ramas del gobierno.
El documento compara la división de poderes según las constituciones de Venezuela y Bolivia. Ambas establecen los poderes legislativo, ejecutivo y judicial de forma similar, pero Venezuela incluye un poder moral y Bolivia da mayor representación a los pueblos indígenas. El estudio concluye que a pesar de algunas diferencias, los sistemas buscan regular la sociedad y garantizar los derechos de los ciudadanos de cada país.
LA (IM) POSIBILIDAD DE CONSTRUIR UN CONCEPTO CIENTÍFICO DE CONSTITUCIÓN - Bec...Cybernautic.
El presente trabajo analiza diversos conceptos de Constitución entregados por
la doctrina, intentando responder ¿qué es una Constitución?, pregunta formulada
en el siglo XIX por Lassalle. Se advierte que hay una evolución del concepto a lo
largo del tiempo, pero que no es posible la elaboración de un concepto neutro y
científicamente válido
Este documento presenta una introducción al derecho constitucional chileno. Explica conceptos clave como la constitución política, el derecho constitucional, las fuentes del derecho constitucional e introduce la constitución chilena de 1980. También describe la evolución del constitucionalismo desde uno centrado en el estado a uno centrado en los derechos humanos.
Constitucionalización del Derecho Civil a través de la jurisprudencia del Tri...ccepperu
Este documento discute la constitucionalización del derecho civil a través de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano. Explica que la constitución ya no es solo un documento político, sino también una norma jurídica suprema que se extiende a todas las ramas del derecho. Asimismo, destaca el papel del Tribunal Constitucional como máximo intérprete de la constitución y garante de los derechos fundamentales, cuyas sentencias han ido dotando de nuevos contenidos a conceptos como familia y matrimonio.
Este documento presenta una introducción al derecho constitucional. Define la constitución política como la norma fundamental del ordenamiento jurídico interno que regula la organización básica del estado y protege los derechos fundamentales. Explica que el derecho constitucional estudia no solo el texto constitucional formal sino también otras normas de jerarquía superior como tratados internacionales. Finalmente, traza la evolución del constitucionalismo desde un enfoque centrado en el estado a uno centrado en los derechos humanos.
DERECHO CONSTITUCIONAL I, DERECHOS HABLADOS POR FILOSOS Y Magistrados DE AQUE...VictorHerrera403959
El documento define el Derecho Constitucional y sus conceptos fundamentales. Primero define Derecho y Constitución según varios autores. Luego explica que el Derecho Constitucional estudia las normas que regulan los órganos del Estado, el procedimiento para manifestar la voluntad del Estado, y los derechos de los ciudadanos. Finalmente, analiza el poder soberano del Estado y sus características como ser el poder máximo e inalienable que pertenece al pueblo.
Este documento describe los elementos del Estado y la relación entre el derecho y el Estado. Los elementos del Estado son: la población, el territorio, el gobierno o poder, y el orden jurídico. Explica que la población es el conjunto de individuos sujetos al orden jurídico de un territorio determinado, y que sin población no puede existir un Estado. También establece que el Estado crea y aplica el derecho a través de su poder soberano sobre un territorio y población específicos.
El ensayo analiza la definición de constitución según Ferdinand Lassalle. Lassalle argumenta que una constitución es la suma de los factores reales de poder que rigen un estado, aunque estas fuerzas a menudo se omiten en las constituciones escritas. Explica que una constitución debe reflejar los intereses de todos los miembros de una sociedad al establecer los poderes del estado y los derechos de los ciudadanos. Concluye que una constitución es más que una simple ley escrita, sino la ley fundamental que debe organizarse con
Promulgado: Ley Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Co...Baker Publishing Company
El Gobierno de Chile promulgó la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en Razón de su Género, que fue ingresada durante el segundo gobierno de la presidenta Michelle Bachelet (2017). Esta ley entrega un marco normativo que establece los deberes de los distintos órganos del Estado para enfrentar la violencia contra las mujeres, acorde a los de la “Convención de Belem do Pará“, instrumento internacional que consagró el derecho de las mujeres de vivir una vida libre de violencia. Según destacaron las autoridades, esta normativa cuenta con un mecanismo de supervisión judicial de medidas cautelares para garantizar su cumplimiento y permanencia, mientras que también fortalece el rol de representación jurídica del país. Asimismo, define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones, entre ellas la física, psicológica, sexual, simbólica, económica y gineco-obstétrica.
Balance Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba ...Córdoba, Argentina
Los Estados Contables tienen por objeto dar a conocer la situación patrimonial y de resultados así como presupuestaria de la institución al cierre de cada ejercicio contable. Brindan información a los beneficiarios, abogados, peritos, auditores, organismos de contralor, y a la sociedad en general.
Entren los principales temas, los informes presentan información relacionada a ingresos por aportes y contribuciones; gasto prestacional y gastos de funcionamiento; fuentes de financiamiento; resultados financieros; fondo complementario, entre otros temas.
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiz...Andrés Retamales
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiza Cuenta Pública 2024 [1 de junio de 2024].
Disponible en:
https://prensa.presidencia.cl/lfi-content/uploads/2024/06/01.06.2024-cuenta-publica-ante-congreso-nacional.docx.pdf
Informe de Movilidad / Mayo 2024 / Caja de JubilacionesCórdoba, Argentina
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
Informe de Movilidad / Mayo 2024 / Caja de Jubilaciones
Curso 1
1. 1
TRANSCRIPCIÓN 1ra. TELE CLASE: Dr. José Luis Gutierrez Sardan
MÓDULO 1: CÓMO ENTENDER LA NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
Es un gusto compartir con ustedes y el que nos hayan abierto esta ventana para poder comprender lo que es
la CPE, pero además veamos lo que es un proceso constituyente.
¿Por qué, proceso constituyente? Porque no es algo que empieza y termina, es un continuo, se refiere a la
norma suprema del ordenamiento jurídico de una sociedad. Cuando se trata de la conducta de los seres
humanos hay que pensar en las normas; cuando se trata en como manejamos nuestro dinero, pensamos en
presupuesto y como administramos el tiempo, ese es el instante en que pensamos en un cronograma, o sea,
el proceso constituyente necesita como primera cosa, que entendamos lo que es una CPE.
¿Qué es una Constitución? Decíamos, es la norma suprema del ordenamiento jurídico que organiza al estado y
establece los derechos y deberes de las personas; pero además, contiene aquellos aspectos que en un
momento histórico determinado una sociedad considera fundamental. Por eso es que también, en otros
casos, se dice bases fundamentales de la organización del Estado. Eso es lo que establece la Constitución
Política del Estado. Pero no es sólo eso, también la Constitución Política del Estado, y tú estimado televidente,
tienes que ver que una Constitución es lo que acabamos de decir; pero hay que mirar la Constitución como un
sistema, no basta una de sus partes, entender una frase, o una idea, o un articulo. Es necesario que miremos
en su totalidad y en sus interrelaciones. También vamos a ver en la Constitución la triple naturaleza de la
Constitución y una Constitución en movimiento. Ya un pensador, HERACLITO DE EFESO, nos decía que todo se
mueve, que todo está en movimiento, que nadie puede bañarse dos veces en un mismo rio. Por ello, yo te
pido, además algo fundamental: para entender lo que es una Constitución tenemos que sacarnos una serie de
prejuicios, de ideas preconcebidas. Aquello que han tratado de poner en nuestra mente, como lo que es una
Constitución, que no busca el bienestar, que es una Constitución, que por la cantidad de artículos que tiene, es
un mamotreto. Como si no hubiera sido escrita por el pueblo, buscan descalificarla. Por eso quiero compartir
con ustedes lo que no indica el DR MAHATMA CHANDA BALA, ciertamente nos dice: “se debería hacer tabla
raza de todos los conocimientos ortodoxos, olvidar todas las frases hechas, salir del dogma universitario, del
fanatismo filosófico que existe en esto como en todo”, (esta en). También quiero compartir con ustedes el
pensamiento de un gran poeta latinoamericano Uruguayo Eduardo Galeano, el nos dice: “los nadies los
ningunos los ninguneados corriendo la liebre muriendo la vida jodidos rejodidos, que nos son aunque sean que
no hablan idiomas sino dialectos que no profesan religiones sino supersticiones que no hacen arte sino
artesanía, que no practican cultura sino folklore, que no son humanos, sino recursos humanos” en su libro
Patas Arriba, historias del mundo al revés. Y por que te leo estas frases de Eduardo Galeano, porque te va
recordar mucho de lo que se ha dicho en nuestro proceso constituyente. Que hay religiones oficiales, que unas
son religiones y otras supersticiones, que esta Constitución debería ser escrita por expertos, por especialistas,
un poco mas nos dicen: “y que sabe el pueblo”. El pueblo sabe donde esta la vida el pueblo sabe como el
cervatillo, donde esta el agua pura, el agua clara y por eso compartir los nadies en Eduardo Galeano. Es
importante entender sin prejuicios lo que el pueblo ha escrito para todos los bolivianos, una misión desde esta
parte del mundo. El DR DAVID FERRIZ OLIVARES en su obra “POR EL SENDERO DEL SABER”, parágrafo 104, 2,
nos dice: los países de la región andina son antorchas de la era del saber acuariano, es decir, se refiere a este
nuevo tiempo, a este tiempo que está viviendo el mundo a partir del siglo XXI. Por eso la misión y la
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importancia que tenemos, tú, yo y todos nosotros para formarnos, para entender lo que estamos haciendo y
para entender sobre todo el proceso constituyente y nuestra CPE. Volvemos a nuestra primera pregunta ¿qué
es una Constitución? (Es) la norma suprema que organiza al Estado, pero, ¿para qué la organiza?, la organiza
para la VIDA, para el VIVIR BIEN, también organiza funcionalmente al Estado y organiza territorialmente. ¿Qué
quiere decir organizar funcionalmente?, organiza los órganos del Estado, es decir, el Legislativo, el Ejecutivo, el
Judicial, el Electoral. Qué quiere decir ¿organizar territorialmente? Organiza nuestros Departamentos, en una
administración con autonomía; organiza nuestros municipios también en una administración con autonomía
municipal. Pero hay algo que también es importante, es fundamental: no solamente pensemos como algo que
se da desde el Estado, pensemos en nuestra participación, en tú participación; en qué contribuyes a esta
organización territorial. Como comprendes la organización funcional del estado, por eso la importancia de
saber lo que es una CPE. También es importante mencionarte que en una Constitución, está eso que se llama
el catalogado de derechos y de deberes. Esta Constitución, nuestra Constitución, la Constitución de los
bolivianos, tiene el catálogo de derechos mas amplio, más completo, que cualquier otra Constitución pudiera
imaginarse. Realmente es fundamental comprender la Constitución, no solamente como organizadora del
Estado, no solamente como aquella que regula el ejercicio de los derechos y los deberes; es también
importante comprender la Constitución como un sistema un sistema constitucional; es decir, en este sistema
constitucional, nosotros tenemos que entender, tu y yo, nosotros, tenemos que entender que cada una de sus
partes se interrelaciona con la otra, o sea no es suficiente leer la Constitución en un articulo, es importante
leerla, es importante leer en su totalidad, porque cada una de sus partes está interrelacionada con las otras,
pero a su vez, todas las partes están relacionadas con el núcleo, con aquello que es central a la Constitución.
Quizás podríamos mencionar solamente, para entender esta idea de sistema, que en el curso de la historia de
los Estados, hemos tenido estados liberales, por lo tanto con una Constitución liberal; hemos tenido estados
sociales, por tanto, con una Constitución de carácter social, asistencialista inclusive; hemos tenido Estados con
una Constitución socialista, la ex Unión Soviética, la China, Cuba, son Estados Socialistas, con una Constitución
Socialista. Y ¿qué es la Constitución boliviana?, ¿Cuál es el núcleo que hace al sistema de la Constitución
boliviana? Ese núcleo es el carácter PLURINACIONAL COMUNITARIO. Vamos a ir entendiendo, en el curso de
estos ciclos, estas características, es decir vamos a decir cual el aporte del Estado boliviano al
constitucionalismo moderno y a la organización de los Estados. También es importante mencionar la
naturaleza dinámica de la CPE. La Constitución Política tiene tres aspectos que hacen a su naturaleza: por una
parte están los valores esenciales de una sociedad (en nuestra Constitución vigente estos valores están
expresados en el artículo 8, sería bueno que revises el articulo 8 de nuestra Constitución, donde están estos
valores: ama sua, ama qhella, ama llulla, no seas ladrón, no seas mentiroso, no seas flojo, se productivo,
trabajador. Esto que menciona y que yo te menciono en castellano y en quechua está en nuestro articulo 8,
está en todos los idiomas oficiales de nuestro Estado Tú, de acuerdo a tu cultura, de acuerdo a tu idioma
materno, puedes revisar, pero además, puedes ampliar en la reflexión estos valores esenciales. Una sociedad
sin valores es una sociedad anomia, es decir sin valores es una sociedad que va camino a su destrucción. Son
esas sociedades que no tienen, por lo menos, conciencia de su futuro y normalmente terminan en la
destrucción de su propio Estado. Nosotros, por el contrario, desde todos nuestros valores, desde todas
nuestras culturas, estamos construyendo una sola sociedad, estamos construyendo no solamente con
acciones, sino también, a partir de nuestros valores que se incorporan en la Constitución; pero una
Constitución es también norma jurídica, es hecho político. Qué quiere decir norma jurídica, es decir una norma
de conducta, de carácter supremo que subordina a las otras normas, o sea, hay una relación de supra y
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subordinación con todas las normas del Estado. Superioridad supra de la Constitución y subordinación de
todas las demás normas a esa Constitución, tanto a nivel de la organización funcional. Los distintos órganos
del Estado deben subordinarse, deben organizarse conforme indica la Constitución. Si indica que debe, por
ejemplo, elegirse a las autoridades del máximo tribunal de justicia, no puede realizarse la designación de estas
autoridades de otra manera, tiene que elegir; es decir los distintos órganos están subordinados a la
Constitución en su organización, en su composición y tienen que desarrollar normas secundarias, leyes
orgánicas de cada uno de los órganos del Estado, y estos órganos, naturalmente, sólo pueden legislar
conforme lo que dice la Constitución, sobre la base de la Constitución. Por ello decimos que es la norma
jurídica que subordina, que hay una relación de supra y subordinación. Cuando los valores esenciales están
arriba, cuando se exaltan en una Constitución, entonces naturalmente que hay un estado de participación y de
confianza, porque tiene el núcleo esencial a partir de los valores. Cuando la norma suprema está exaltada,
está arriba de todas las demás normas, todas las personas, los gobernantes, los gobernados, todos nosotros
estamos obligados al cumplimiento de esas supra y subordinación a la Constitución; pero cuando se exalta el
hecho político quiere decir que se están rompiendo las normas, los valores que estaban contenidos en
entredicho están cuestionados no hay una coincidencia entre lo que dice la Constitución y la forma en que se
comporta la sociedad. Esa relación no armónica con la Constitución genera inmediatamente la exaltación del
verdadero soberano del pueblo y ese es el instante en el que la Constitución exalta su carácter de hecho
político. Al gobierno que está en ejercicio de la administración de una Estado ¿le interesará crear conflictos?,
desde luego que no. Entonces es cuando va desarrollando las normas, porque indudablemente el Estado y la
Constitución están armónicas, hay una armonía, hay una coherencia, hay una coincidencia entre lo que esta
indicando la Constitución y la conducta de gobernantes y gobernados. Esto se rompió en la historia de Bolivia,
por eso es que el pueblo decide dotarse de una nueva Constitución y en ese instante, esa relación de norma
jurídica se rompe para dar paso a la naturaleza política de la propia Constitución. Se moviliza el pueblo,
empieza a exigir una nueva Constitución. Entonces, uno dice, ¿Porque el pueblo decide dotarse de una nueva
Constitución?, ¿Cuáles fueron las razones?, ¿Cuál fue el motivo para que el pueblo exigiera darse una nueva
Constitución? e iniciara todo un proceso que significa cuestionamiento a una realidad concreta. Significa
cuestionamiento a la manera como se esta gobernando, significa un cuestionamiento a los valores de que se
quieren imponer a una sociedad, que desde sus propios valores cuestiona los valores de la administración.
Nos habíamos preguntado ¿que es una Constitución?, un texto solemne, norma suprema del ordenamiento
jurídico que organiza al Estado, que estable los derechos y deberes fundamentales de las personas; pero que
además, como un sistema constitucional, relaciona aquellos aspectos fundamentales, aquellos aspectos
importantes, que una sociedad en un momento determinado, ha considerado importante y fundamental al
hacer de ella la base de su organización, tanto funcional como territorial. Hemos visto la Constitución como un
sistema, hemos visto la Constitución en movimiento, a partir de sus tres características que hacen a su
naturaleza, a la triple naturaleza de la Constitución: por una parte norma suprema del ordenamiento jurídico,
hecho político, pero sobre todo valores esenciales de una sociedad. Ahora lo que vamos a hacer es tratar de
entender, ¿porque razón nuestro pueblo, por qué razón se doto de una nueva CPE?; cuáles fueron los
fundamentos para ese y este proceso constituyente que ha visto y que ha vivido el pueblo boliviano ¿Por qué
el pueblo decide dotarse de una Constitución, de una nueva Constitución? ¿Dónde se encuentran los
fundamentos para ello? Desde luego la sociedad ve algo importante, ve la patria saqueada, ve que una forma
de gobernar no corresponde a sus valores, a sus necesidades, no corresponde a aquello que aspira y espera
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nuestro pueblo. Eso podríamos denominar “la crisis de una Estado neoliberal?, que va a tener algunos ejes
concretos, específicos. Por una parte un capitalismo transnacional salvaje y una economía espúrea. Que
quiero decir con esto de espúrea, espúrea viene de “sangre”, una economía que tiene como base la sangre,
sangre de un pueblo que tiene como base la pobreza generalizada, (economía) que se enriquece sobre la base
de la sobre explotación de los recursos naturales; pero también la sobre explotación del hombre por el
hombre, explotado hasta niveles inimaginables, insoportables. Como en aquella canción popular que dice “que
nadie escupa sangre para que otro viva mejor”. Ese es el planteamiento de nuestro pueblo, es ahí como inicia
el cuestionamiento de todo un sistema que está en crisis, nacionalmente, pero también internacionalmente.
Los teóricos nos dicen, la crisis del capitalismo. En el caso nuestro, este capitalismo salvaje y economía
espúrea, va a tener su correlato, va a tener sus actores. ¿Quiénes son esos actores?, ¿Quiénes son los que
complementan esa forma economía y esa subasta de la patria que hace el neoliberalismo? Son los partidos
políticos tradicionales que a través de pactos, pacto por la democracia, distintos nombres con los que van a
tratar de justificar, ¿Qué cosa? Las cuotas de poder y la corrupción. Enseñoreándose, haciendo que los
partidos políticos no sean democráticos, estos partidos políticos que van a dar a su cuñado la administración,
de yacimientos por ejemplo. Me refiero al cuñado de los gobernantes o del gobernante de turno; que van
hacer de sus hijos, de sus esposas, los Diputados, los Senadores. Es decir, hay una apropiación privada de lo
público, todo se va a buscar privatizar; pero no solamente privatizar, en el sentido de ofrecer al sector privado
posibilidades de administrar los recursos naturales, sino se va a manejar el Estado como si fuera una recurso
familiar, personal del gobernante de turno y en ese sentido esta forma tradicional de los partidos políticos va
entrar en crisis, la crisis de la partidocracia, la crisis de los pactos del cuoteo y de la corrupción. Para que, para
con ellos, permitir el saqueo transnacional de nuestros recursos naturales. Eso va a movilizar al país, eso va ha
permitir la construcción de un proceso constituyente. ¿Cómo se organiza este proceso constituyente? A través
de la marcha (de los) por el territorio y la dignidad; las guerras del agua, del gas. La organización del
instrumento político por la soberanía de los pueblos, el MAS IPSP, que va a permitir articular todos esos
movimientos y ofrecerlos en una propuesta de carácter programático y político. Esa articulación de las
organizaciones sociales, que va ha permitir a la Central Obrera Boliviana, la Confederación única de
Campesinos de Bolivia, organizaciones vecinales, es decir, va a permitir una articulación de todas esas
organizaciones; finalmente permitirá, va a hacer posible que de la protesta de las movilizaciones se vaya a la
propuesta política, de la movilización al voto. No otra cosa significó la marcha por el territorio y la dignidad por
lo anos 99. Esa marcha por el territorio y dignidad, toda la década de los 90, va a hacer posible las
movilizaciones indígenas. Muchos políticos, muchos académicos, no hemos comprendido, inclusive en ese
momento, la trascendencia de lo que significaba esta reivindicación del territorio y la dignidad. Qué grave
escuchar y recordar, Colegios de abogados decían: “territorio sólo puede tener el Estado, los indígenas podrán
hablar de tierras de parcelas”. Nos estaban planteando cambios, formas de pensar, paradigmas del
pensamiento nuevo; en las marchas, esa marcha de los 90, esa marcha en que los pueblos indígenas del Beni,
de la amazonia, llegan hasta la cumbre a más de 4mil metros sobre el nivel del mar. Desde lo profundo de
nuestras selvas se está moviendo una forma de pensamiento, está modificando una manera de ver la realidad
de Bolivia. La nueva Constitución y el proceso constituyente tienen en esta marcha, igual que en la guerra del
agua. ¿Qué significó la guerra del agua de abril del 2000 en Cochabamba? Significó, la protesta frente a la
privatización del agua, un negocio transnacional. Y la nueva Constitución nos va a plantear el agua como un
derecho humano. Toda una lucha, toda una manera diferente de pensar la realidad de nuestro país para
ofrecerle todas estas posibilidades. La guerra del agua va a significar otro de los hitos fundamentales. Los
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guerreros del agua decían a esos jóvenes luchadores, que hicieron temblar, que modificaron totalmente las
luchas sociales. Ya no eran las luchas para la reivindicación de las injusticias, de reivindicaciones sectoriales
como un mejor salario o algunos beneficios en la empresa o en un sindicato, no, la guerra del agua era el
cuestionamiento a la transnacionalización, a la privatización de los derechos y servicios fundamentales del
Estado. La nueva Constitución ha tratado nuevamente a aquello va a dar respuestas a esas realidades, a ese
cuestionamiento. La guerra del gas en octubre del 2003; nacionalizar, nacionalizar los hidrocarburos. Se estaba
discutiendo en el parlamento la nueva ley de hidrocarburos, el derecho de un pueblo a percibir sus recursos
naturales, a beneficiarse con ellos. Tú, tienes que mirar, al igual que yo, tenemos que ver todo lo que
significaba hasta ese momento el 18% de regalías y que significó después, la recuperación, la nacionalización
de nuestras refinerías, la nacionalización de nuestros pozos petroleros, la recuperación de la dignidad del
Estado boliviano; pero también de la base material para atender las necesidades del pueblo. La guerra del gas
de octubre del 2003, más de 70 muertos, más de medio millar de heridos, un pueblo, el pueblo alteño,
levantándose. ¿Qué estábamos nosotros haciendo en ese momento? Muchas veces en la incapacidad de
poder hacer algo para contribuir a la defensa de estos nuestros hermanos que estaban ofrendando sus vidas
para el bienestar de todos los bolivianos, de los Departamentos, de las Alcaldías de las universidades; ellos
estaban movilizados, no para lograr un mejor salario en su empresa, no, estaban dándonos claramente
mandatos necesarios, mandatos imprescindibles para la recuperación de nuestros recursos naturales y para
poder hace eso naturalmente era imprescindible “un proceso constituyente”. Era imprescindible modificar esa
Constitución liberal que el neoliberalismo había utilizado para la subasta de la patria, para la entrega de
nuestros recursos naturales. Estos elementos nos llevan a una conclusión: una Constitución Política del Estado
no es el resultado ni la inquietud de un bufete de abogados que pueden escribir un texto, no. Está escrita con
la sangre, con las luchas de los movimientos sociales, está escrita con la esperanzas del pueblo, está escrita
con todo lo que significa la vida, que quiere tener como futuro una sociedad. Estas movilizaciones nos llevan a
una convicción: la lucha del pueblo tiene que tener un correlato y tiene que tener un instrumento y tiene que
tener un modo de hacerse realidad; y esta propuesta, esta manera de trabajar la respuesta a los grandes y
fundamentales temas de nuestra sociedad va ha ser expresada sobre todo en un cambio, que tiene que ver
con un cambio de mentalidad, un cambio y una revolución en el pensamiento, en la mente; y la búsqueda de
unas repuestas a partir de un método y un procedimiento pacifico. Ese método y ese procedimiento van a
hacer transformar las movilizaciones, marchas, las luchas, en el voto. El 2005 con un propuesta especifica, con
una propuesta de asamblea constituyente, asamblea constituyente para modificar y trasformar nuestra
sociedad y la Constitución, nuestra norma suprema. Va a hacer el voto, ya no por los partidos tradicionales, va
hacer el voto con una propuesta clara concreta del instrumento por la soberanía de los pueblos; y el triunfo
del 2005 va a permitir la convocatoria a la asamblea constituyente, va a permitir proseguir, profundizar el
proceso constituyente. Importante que podamos recordar que una Constitución no se escribe en un bufete, en
escritorio, en un equipo que se atribuye la responsabilidad de hacer aquello. Escribe nuestro propio pueblo
eso y esa convocatoria va ha permitir que la asamblea constituyente dialogue, debata, delibere y nos permita
un texto adecuado; pero además va a permitir lo que decíamos: claramente poner en esta nueva Constitución
aquellos aspectos que habían hecho posible y habían sido la convocatoria a la revolución democrática y
cultural. Una democracia que puede ser sobre todo asumida por el pueblo, una democracia que va a permitir
organizar nuestra vida en sociedad, va a permitir una nueva Constitución para la organización funcional y
territorial del Estado, cuyo núcleo esencial es la vida; los derechos y deberes fundamentales, juntamente con
toda la temática institucional, van a formar parte de esta respuesta, por eso es importante que tú, que nos
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has permitido y has abierto la ventana para poder contribuir en nuestra formación y contribuir a la formación
de nuestra sociedad, hagamos algunas lecturas especificas: ¿Cómo está organizada la sociedad boliviana?,
¿Cuál es la organización funcional?, es decir cómo está organizado el ejecutivo, cómo esta organizado el
legislativo, el legislativo que se llama asamblea legislativa; el ejecutivo como debe estructurarse: ahí tenemos
algunas cosas importantes, cuales son ellas, por ejemplo al hablar de derechos y deberes se establece la
necesidad de equidad de genero, entonces tenemos que mirar, contar cuantos diputados, cuantos senadores
tenemos ya en el parlamento, en la asamblea legislativa, cuantos Ministros tenemos en el ejecutivo, cuantas
ministras, de veinte ministros 10 ministras y 10 ministros, eso la Constitución nos dice, equidad de genero,
igualdad en una búsqueda de responsabilidad compartida, en un terminar con la discriminación, en un avanzar
en este proceso constituyente que lo iremos expresando a través de otros programas en los cuales podamos
dar lectura decíamos a estos artículos, que tienen que ver con nuestra organización, pero también tenemos
que reflexionar, tenemos que reflexionar, analizar, comparar, como era antes y como es hoy por ejemplo la
organización territorial que establece nuestra Constitución, las autonomías, la profundización de la
democracia. Esta nuestra lectura de la Constitución será reforzada con una reflexión personal, siempre
mirando que la Constitución es un sistema, que la Constitución es vida, no es la letra muerta de un texto. La
Constitución es la norma que rige la vida de todas y todos, las bolivianas y los bolivianos.