El documento describe diferentes tipos de obligaciones contractuales. Define las obligaciones facultativas como aquellas que permiten al deudor elegir entre diferentes prestaciones para cumplir con la obligación. También describe las obligaciones divisibles, indivisibles, mancomunadas y solidarias, explicando las características y efectos de cada una.
Este documento trata sobre las diferentes tipos de obligaciones con pluralidad de sujetos como las obligaciones divisibles, indivisibles, mancomunadas y solidarias. Las obligaciones divisibles son aquellas donde cada acreedor solo puede pedir la parte que le corresponde y cada deudor solo está obligado a pagar su parte. Las obligaciones indivisibles no pueden ser cumplidas de forma parcial. Las obligaciones mancomunadas permiten el cumplimiento parcial por cada deudor o la reclamación parcial por cada acreedor. Finalmente, las obligaciones solidarias tienen vari
DR.ENRIQUE JORDÀN LAOS JARAMILLO,DR.EN DERECHO POR LA UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLAREAL,MAGISTER DERECHO CIVIL COMERCIAL,ABOGADO DE LA UNIVERSIDAD SANMARTIN DE PORRES
Este documento describe los diferentes tipos de contratos según sus características. Los contratos pueden ser unilaterales, bilaterales, gratuitos, onerosos, principales, accesorios, reales, solemnes, consensuales, conmutativos y aleatorios. También explica los elementos esenciales de un contrato de compraventa como la cosa, el precio, las personas y las formalidades y condiciones de validez.
El documento habla sobre los contratos. Explica que un contrato es un acuerdo entre dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial. Detalla elementos esenciales como la capacidad y el consentimiento de las partes, y el proceso de formación que incluye la oferta y la aceptación. También cubre temas como la autonomía privada, la fuerza vinculatoria y la capacidad jurídica para celebrar contratos.
Este documento describe el papel y responsabilidades de un albacea según el Código Civil. Un albacea es la persona designada por un testador para ejecutar su voluntad expresada en el testamento, distribuyendo los bienes de acuerdo a sus instrucciones. Un albacea puede ser nombrado con o sin posesión hereditaria de los bienes y sus poderes y obligaciones varían según esta designación. El cargo termina por muerte, renuncia o remoción del albacea, o cuando se cumple el plazo establecido.
Este documento define los elementos necesarios para la formación del contrato de mandato según el Código Civil colombiano, así como las diferentes clasificaciones, obligaciones, prohibiciones y terminación del mandato. También compara el mandato regulado en el Código de Comercio, describiendo la comisión, agencia comercial y preposición.
El documento describe diferentes tipos de obligaciones con múltiples prestaciones, incluyendo obligaciones conjuntivas, alternativas y facultativas. Las obligaciones conjuntivas requieren que el deudor cumpla con todas las prestaciones de manera acumulativa. Las obligaciones alternativas dan al deudor la opción de cumplir completamente con una de varias prestaciones. Y las obligaciones facultativas establecen una prestación principal y otra accesoria que el deudor puede optar por cumplir.
Este documento define varios conceptos clave relacionados con la acumulación de procesos en derecho procesal civil. Explica que la acumulación puede ser necesaria, voluntaria o conexa dependiendo de si coinciden o difieren los sujetos, objetos y causas de las pretensiones litigiosas. También describe diferentes tipos de conexidad como la subjetiva, objetiva, causal y sus combinaciones, que pueden dar origen a la acumulación de procesos por razones de seguridad jurídica y economía procesal.
Este documento trata sobre las diferentes tipos de obligaciones con pluralidad de sujetos como las obligaciones divisibles, indivisibles, mancomunadas y solidarias. Las obligaciones divisibles son aquellas donde cada acreedor solo puede pedir la parte que le corresponde y cada deudor solo está obligado a pagar su parte. Las obligaciones indivisibles no pueden ser cumplidas de forma parcial. Las obligaciones mancomunadas permiten el cumplimiento parcial por cada deudor o la reclamación parcial por cada acreedor. Finalmente, las obligaciones solidarias tienen vari
DR.ENRIQUE JORDÀN LAOS JARAMILLO,DR.EN DERECHO POR LA UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLAREAL,MAGISTER DERECHO CIVIL COMERCIAL,ABOGADO DE LA UNIVERSIDAD SANMARTIN DE PORRES
Este documento describe los diferentes tipos de contratos según sus características. Los contratos pueden ser unilaterales, bilaterales, gratuitos, onerosos, principales, accesorios, reales, solemnes, consensuales, conmutativos y aleatorios. También explica los elementos esenciales de un contrato de compraventa como la cosa, el precio, las personas y las formalidades y condiciones de validez.
El documento habla sobre los contratos. Explica que un contrato es un acuerdo entre dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial. Detalla elementos esenciales como la capacidad y el consentimiento de las partes, y el proceso de formación que incluye la oferta y la aceptación. También cubre temas como la autonomía privada, la fuerza vinculatoria y la capacidad jurídica para celebrar contratos.
Este documento describe el papel y responsabilidades de un albacea según el Código Civil. Un albacea es la persona designada por un testador para ejecutar su voluntad expresada en el testamento, distribuyendo los bienes de acuerdo a sus instrucciones. Un albacea puede ser nombrado con o sin posesión hereditaria de los bienes y sus poderes y obligaciones varían según esta designación. El cargo termina por muerte, renuncia o remoción del albacea, o cuando se cumple el plazo establecido.
Este documento define los elementos necesarios para la formación del contrato de mandato según el Código Civil colombiano, así como las diferentes clasificaciones, obligaciones, prohibiciones y terminación del mandato. También compara el mandato regulado en el Código de Comercio, describiendo la comisión, agencia comercial y preposición.
El documento describe diferentes tipos de obligaciones con múltiples prestaciones, incluyendo obligaciones conjuntivas, alternativas y facultativas. Las obligaciones conjuntivas requieren que el deudor cumpla con todas las prestaciones de manera acumulativa. Las obligaciones alternativas dan al deudor la opción de cumplir completamente con una de varias prestaciones. Y las obligaciones facultativas establecen una prestación principal y otra accesoria que el deudor puede optar por cumplir.
Este documento define varios conceptos clave relacionados con la acumulación de procesos en derecho procesal civil. Explica que la acumulación puede ser necesaria, voluntaria o conexa dependiendo de si coinciden o difieren los sujetos, objetos y causas de las pretensiones litigiosas. También describe diferentes tipos de conexidad como la subjetiva, objetiva, causal y sus combinaciones, que pueden dar origen a la acumulación de procesos por razones de seguridad jurídica y economía procesal.
Este documento explica los conceptos y tipos de acumulación de pretensiones en el proceso civil. Define la acumulación como la reunión de dos o más pretensiones en un mismo proceso para ser resueltas por un juez. Explica que puede ser objetiva, cuando hay varias pretensiones en una demanda, o subjetiva, cuando hay varias personas involucradas. También describe los requisitos y tipos de acumulación objetiva u originaria y sucesiva, así como la acumulación subjetiva y de pretensiones autónomas.
Este documento resume los principales supuestos de incumplimiento de obligaciones y sus consecuencias según el Código Civil paraguayo. Explica cuando el incumplimiento es imputable o no imputable al deudor, las formas de calcular los daños y perjuicios, y las normas sobre responsabilidad contractual.
El documento resume los conceptos y elementos de dos contratos: la fianza y la renta vitalicia. La fianza es un contrato de garantía en el que un fiador se compromete a pagar la deuda de un deudor principal si este no lo hace. La renta vitalicia es un contrato en el que una parte transfiere una suma de dinero u otros bienes a cambio de pagos periódicos que se realizarán durante la vida de una persona designada.
Este documento describe las diferencias entre las obligaciones mancomunadas y solidarias. Las obligaciones mancomunadas implican que cada deudor es responsable solo de una parte alícuota de la deuda total, mientras que en las obligaciones solidarias cada deudor es responsable de la deuda total. El documento también explica las consecuencias legales de cada tipo de obligación, incluidos los derechos de los acreedores y deudores entre sí.
El documento describe las posibles defensas que puede presentar un demandado ante una demanda. El demandado puede no comparecer, lo que resultaría en rebeldía, o puede comparecer y no contestar la demanda, proponer falta de competencia, o contestar la demanda reconociendo, negando, o alegando excepciones procesales o materiales como pago, compensación, consolidación de derechos, o condonación. El documento también explica que las excepciones materiales buscan una absolución en el fondo negando la acción del demandante, a diferencia de las ex
Este documento resume las características y clasificación de las obligaciones mancomunadas y solidarias. Define las obligaciones mancomunadas como aquellas con pluralidad de sujetos y divisibilidad de la prestación. Clasifica las obligaciones mancomunadas en activas, pasivas y mixtas. Define las obligaciones solidarias como aquellas con pluralidad de acreedores y deudores y unidad de prestación. Finalmente, fundamenta legalmente las obligaciones mancomunadas en el Código Civil venezolano.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES. REMISIÓN DE LA DEUDA,CONFUSIÓN Y PRESCRIPCIÓN.Yusbely76
El documento resume los principales métodos de extinción de obligaciones según el Código Civil venezolano, incluyendo la remisión de la deuda, la confusión y la prescripción extintiva. Define cada método, explica sus requisitos y efectos legales.
Una obligación facultativa es aquella en la que el deudor tiene la facultad de liberarse de su obligación principal mediante el cumplimiento de una prestación accesoria. Por ejemplo, alguien se obliga a entregar un caballo pero se reserva la facultad de construir una casa en su lugar. El deudor es el único que puede decidir sustituir la prestación principal por la accesoria. Si la prestación principal es nula o imposible de cumplir, la obligación se extingue aunque la accesoria sea válida. Pero si es la accesoria la n
Acumulacion Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso...Ronald Lobaton
Acumulación Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso Civil. PPT práctico para estudiantes del curso de Teoría General del Proceso
El documento resume los conceptos fundamentales de la sucesión en derecho civil, incluyendo:
1) La legitima, que es la porción de la herencia que no puede disponer libremente el testador y corresponde a los herederos forzosos como hijos, cónyuge y ascendientes.
2) Los tipos de herederos forzosos y sus respectivas legitimas.
3) Los legados y sus características.
4) El derecho de acrecer y las reglas básicas para acrecer.
5) Los albaceas, que son los ejecutores
Este documento presenta información sobre la ejecución forzosa de obligaciones no tributarias de acuerdo con la Ley No 26979. Describe los roles del Ejecutor Coactivo y el Auxiliar Coactivo en el procedimiento de ejecución, así como los requisitos para ser Auxiliar. También explica los actos de ejecución forzosa permitidos y los pasos iniciales del procedimiento de ejecución, incluida la notificación al obligado y la suspensión del procedimiento en ciertas circunstancias.
El documento habla sobre la interpretación de los actos jurídicos. Explica que la interpretación busca determinar el contenido y alcance de un acto jurídico cuando hay partes ambiguas o poco claras. También discute diferentes teorías sobre la naturaleza jurídica de la interpretación y métodos como la teleológica y sistemática. Finalmente, analiza cómo el Código Civil Peruano aborda la interpretación de actos jurídicos.
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1edgardoquispe
1) El documento describe las diferencias entre derechos patrimoniales y extrapatrimoniales, así como la distinción entre deuda y responsabilidad. 2) Explica los elementos de la obligación como sujetos, vínculo jurídico, objeto y causa. 3) Cubre temas como las obligaciones de dar bienes ciertos, el principio de identidad, la concurrencia de acreedores y los gastos de conservación del bien.
El documento describe los presupuestos y generalidades de la ejecución forzada según el Código Procesal Civil, incluyendo la necesidad de un título ejecutivo, patrimonio ejecutable, y bien afectado por una medida cautelar. Explica que la tasación es un requisito para el remate y que éste constituye una forma de materializar la ejecución forzada mediante la venta forzada del bien. Los acreedores pueden intervenir antes de la ejecución forzada para hacer valer sus derechos.
Derecho de obligaciones diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 2edgardoquispe
El documento habla sobre la teoría del riesgo en las obligaciones de dar bienes ciertos e inciertos y de hacer y no hacer. Explica que en las obligaciones de dar bienes ciertos, el riesgo generalmente recae sobre el deudor, pero las partes pueden pactar lo contrario. En las obligaciones de dar bienes inciertos, la elección del bien específico corresponde ya sea al deudor, acreedor o un tercero. En las obligaciones de hacer, el acreedor puede exigir su cumplimiento forzado si el deud
Este documento define y explica los medios impugnatorios en el proceso civil, incluyendo remedios y recursos. Los remedios son medios para impugnar actos procesales que no son resoluciones, como la oposición a medios de prueba o la tacha de testigos. Los recursos sirven para impugnar resoluciones y requieren cumplir con admisibilidad y procedencia.
El documento explica las diferencias entre obligaciones divisibles e indivisibles. Las obligaciones son divisibles cuando su objeto puede cumplirse parcialmente sin alterar su esencia, como en el caso de comprar un número de autos. Son indivisibles aquellas que solo pueden cumplirse en su totalidad, como la compra de un caballo de carrera. Existen tres tipos de indivisibilidad: absoluta, de obligaciones, y convencional o de pago.
Este documento define el concepto de acto administrativo como una declaración de una entidad pública destinada a producir efectos jurídicos sobre los intereses de los administrados. Explica que los actos administrativos se rigen por normas de derecho público y no implican una voluntad como en el derecho civil. También describe los principios, elementos y efectos de los actos administrativos, así como el proceso de notificación y nulidad.
El documento describe la función jurisdiccional del Estado y los principios generales del derecho procesal penal. Explica que la jurisdicción es el poder del Estado para resolver conflictos aplicando la ley de manera imparcial. Además, detalla los diferentes órdenes jurisdiccionales como el penal, civil y administrativo, y se enfoca en la jurisdicción penal, incluyendo sus límites y criterios de aplicación del Código Penal.
El documento presenta una discusión sobre las diferentes clasificaciones y tipos de obligaciones en derecho. Define obligaciones civiles, naturales, contractuales, cuasidelictuales y legales. También describe las diferencias entre obligaciones determinadas e indeterminadas, divisibles e indivisibles, conjuntas y solidarias, de derecho estricto y de buena fe.
Este documento clasifica y explica diferentes tipos de obligaciones según el sujeto, incluyendo obligaciones conjuntas, solidarias e indivisibles. Las obligaciones conjuntas implican varios deudores o acreedores y una deuda divisible, mientras que las obligaciones solidarias permiten que un acreedor demande el total de la deuda a cualquier deudor. El documento también describe los efectos entre deudores solidarios y las formas en que un acreedor puede renunciar a la solidaridad.
Este documento clasifica las obligaciones de varias maneras: por sus efectos (naturales, civiles), por su sanción (personales, reales), por su objeto (cuerpo cierto, género, objetos simples o múltiples), por su sujeto (simples, plurales, correales, conjuntas, solidarias), por su modalidad (puras, condicionales, negativas), y por su dependencia (principales, accesorias). También describe las obligaciones de sujetos plurales como conjuntas o solidarias, y explica las caracter
Este documento explica los conceptos y tipos de acumulación de pretensiones en el proceso civil. Define la acumulación como la reunión de dos o más pretensiones en un mismo proceso para ser resueltas por un juez. Explica que puede ser objetiva, cuando hay varias pretensiones en una demanda, o subjetiva, cuando hay varias personas involucradas. También describe los requisitos y tipos de acumulación objetiva u originaria y sucesiva, así como la acumulación subjetiva y de pretensiones autónomas.
Este documento resume los principales supuestos de incumplimiento de obligaciones y sus consecuencias según el Código Civil paraguayo. Explica cuando el incumplimiento es imputable o no imputable al deudor, las formas de calcular los daños y perjuicios, y las normas sobre responsabilidad contractual.
El documento resume los conceptos y elementos de dos contratos: la fianza y la renta vitalicia. La fianza es un contrato de garantía en el que un fiador se compromete a pagar la deuda de un deudor principal si este no lo hace. La renta vitalicia es un contrato en el que una parte transfiere una suma de dinero u otros bienes a cambio de pagos periódicos que se realizarán durante la vida de una persona designada.
Este documento describe las diferencias entre las obligaciones mancomunadas y solidarias. Las obligaciones mancomunadas implican que cada deudor es responsable solo de una parte alícuota de la deuda total, mientras que en las obligaciones solidarias cada deudor es responsable de la deuda total. El documento también explica las consecuencias legales de cada tipo de obligación, incluidos los derechos de los acreedores y deudores entre sí.
El documento describe las posibles defensas que puede presentar un demandado ante una demanda. El demandado puede no comparecer, lo que resultaría en rebeldía, o puede comparecer y no contestar la demanda, proponer falta de competencia, o contestar la demanda reconociendo, negando, o alegando excepciones procesales o materiales como pago, compensación, consolidación de derechos, o condonación. El documento también explica que las excepciones materiales buscan una absolución en el fondo negando la acción del demandante, a diferencia de las ex
Este documento resume las características y clasificación de las obligaciones mancomunadas y solidarias. Define las obligaciones mancomunadas como aquellas con pluralidad de sujetos y divisibilidad de la prestación. Clasifica las obligaciones mancomunadas en activas, pasivas y mixtas. Define las obligaciones solidarias como aquellas con pluralidad de acreedores y deudores y unidad de prestación. Finalmente, fundamenta legalmente las obligaciones mancomunadas en el Código Civil venezolano.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES. REMISIÓN DE LA DEUDA,CONFUSIÓN Y PRESCRIPCIÓN.Yusbely76
El documento resume los principales métodos de extinción de obligaciones según el Código Civil venezolano, incluyendo la remisión de la deuda, la confusión y la prescripción extintiva. Define cada método, explica sus requisitos y efectos legales.
Una obligación facultativa es aquella en la que el deudor tiene la facultad de liberarse de su obligación principal mediante el cumplimiento de una prestación accesoria. Por ejemplo, alguien se obliga a entregar un caballo pero se reserva la facultad de construir una casa en su lugar. El deudor es el único que puede decidir sustituir la prestación principal por la accesoria. Si la prestación principal es nula o imposible de cumplir, la obligación se extingue aunque la accesoria sea válida. Pero si es la accesoria la n
Acumulacion Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso...Ronald Lobaton
Acumulación Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso Civil. PPT práctico para estudiantes del curso de Teoría General del Proceso
El documento resume los conceptos fundamentales de la sucesión en derecho civil, incluyendo:
1) La legitima, que es la porción de la herencia que no puede disponer libremente el testador y corresponde a los herederos forzosos como hijos, cónyuge y ascendientes.
2) Los tipos de herederos forzosos y sus respectivas legitimas.
3) Los legados y sus características.
4) El derecho de acrecer y las reglas básicas para acrecer.
5) Los albaceas, que son los ejecutores
Este documento presenta información sobre la ejecución forzosa de obligaciones no tributarias de acuerdo con la Ley No 26979. Describe los roles del Ejecutor Coactivo y el Auxiliar Coactivo en el procedimiento de ejecución, así como los requisitos para ser Auxiliar. También explica los actos de ejecución forzosa permitidos y los pasos iniciales del procedimiento de ejecución, incluida la notificación al obligado y la suspensión del procedimiento en ciertas circunstancias.
El documento habla sobre la interpretación de los actos jurídicos. Explica que la interpretación busca determinar el contenido y alcance de un acto jurídico cuando hay partes ambiguas o poco claras. También discute diferentes teorías sobre la naturaleza jurídica de la interpretación y métodos como la teleológica y sistemática. Finalmente, analiza cómo el Código Civil Peruano aborda la interpretación de actos jurídicos.
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1edgardoquispe
1) El documento describe las diferencias entre derechos patrimoniales y extrapatrimoniales, así como la distinción entre deuda y responsabilidad. 2) Explica los elementos de la obligación como sujetos, vínculo jurídico, objeto y causa. 3) Cubre temas como las obligaciones de dar bienes ciertos, el principio de identidad, la concurrencia de acreedores y los gastos de conservación del bien.
El documento describe los presupuestos y generalidades de la ejecución forzada según el Código Procesal Civil, incluyendo la necesidad de un título ejecutivo, patrimonio ejecutable, y bien afectado por una medida cautelar. Explica que la tasación es un requisito para el remate y que éste constituye una forma de materializar la ejecución forzada mediante la venta forzada del bien. Los acreedores pueden intervenir antes de la ejecución forzada para hacer valer sus derechos.
Derecho de obligaciones diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 2edgardoquispe
El documento habla sobre la teoría del riesgo en las obligaciones de dar bienes ciertos e inciertos y de hacer y no hacer. Explica que en las obligaciones de dar bienes ciertos, el riesgo generalmente recae sobre el deudor, pero las partes pueden pactar lo contrario. En las obligaciones de dar bienes inciertos, la elección del bien específico corresponde ya sea al deudor, acreedor o un tercero. En las obligaciones de hacer, el acreedor puede exigir su cumplimiento forzado si el deud
Este documento define y explica los medios impugnatorios en el proceso civil, incluyendo remedios y recursos. Los remedios son medios para impugnar actos procesales que no son resoluciones, como la oposición a medios de prueba o la tacha de testigos. Los recursos sirven para impugnar resoluciones y requieren cumplir con admisibilidad y procedencia.
El documento explica las diferencias entre obligaciones divisibles e indivisibles. Las obligaciones son divisibles cuando su objeto puede cumplirse parcialmente sin alterar su esencia, como en el caso de comprar un número de autos. Son indivisibles aquellas que solo pueden cumplirse en su totalidad, como la compra de un caballo de carrera. Existen tres tipos de indivisibilidad: absoluta, de obligaciones, y convencional o de pago.
Este documento define el concepto de acto administrativo como una declaración de una entidad pública destinada a producir efectos jurídicos sobre los intereses de los administrados. Explica que los actos administrativos se rigen por normas de derecho público y no implican una voluntad como en el derecho civil. También describe los principios, elementos y efectos de los actos administrativos, así como el proceso de notificación y nulidad.
El documento describe la función jurisdiccional del Estado y los principios generales del derecho procesal penal. Explica que la jurisdicción es el poder del Estado para resolver conflictos aplicando la ley de manera imparcial. Además, detalla los diferentes órdenes jurisdiccionales como el penal, civil y administrativo, y se enfoca en la jurisdicción penal, incluyendo sus límites y criterios de aplicación del Código Penal.
El documento presenta una discusión sobre las diferentes clasificaciones y tipos de obligaciones en derecho. Define obligaciones civiles, naturales, contractuales, cuasidelictuales y legales. También describe las diferencias entre obligaciones determinadas e indeterminadas, divisibles e indivisibles, conjuntas y solidarias, de derecho estricto y de buena fe.
Este documento clasifica y explica diferentes tipos de obligaciones según el sujeto, incluyendo obligaciones conjuntas, solidarias e indivisibles. Las obligaciones conjuntas implican varios deudores o acreedores y una deuda divisible, mientras que las obligaciones solidarias permiten que un acreedor demande el total de la deuda a cualquier deudor. El documento también describe los efectos entre deudores solidarios y las formas en que un acreedor puede renunciar a la solidaridad.
Este documento clasifica las obligaciones de varias maneras: por sus efectos (naturales, civiles), por su sanción (personales, reales), por su objeto (cuerpo cierto, género, objetos simples o múltiples), por su sujeto (simples, plurales, correales, conjuntas, solidarias), por su modalidad (puras, condicionales, negativas), y por su dependencia (principales, accesorias). También describe las obligaciones de sujetos plurales como conjuntas o solidarias, y explica las caracter
Este documento describe las diferencias entre las obligaciones mancomunadas y solidarias. Las obligaciones mancomunadas implican que cada deudor es responsable solo de una parte alícuota de la deuda total, mientras que en las obligaciones solidarias cada deudor es responsable de la deuda total. El documento también explica las consecuencias legales de cada tipo de obligación, incluidos los derechos de los acreedores y deudores entre sí.
El documento explica las diferencias entre obligaciones mancomunadas y solidarias. Las obligaciones mancomunadas dividen la deuda entre los deudores de forma que cada uno solo es responsable de una parte, mientras que en las obligaciones solidarias cada deudor es responsable de toda la deuda. También describe los efectos entre el acreedor y los deudores solidarios, así como entre los propios codeudores solidarios.
El documento explica las diferencias entre obligaciones mancomunadas y solidarias. Las obligaciones mancomunadas dividen la deuda entre los deudores de forma que cada uno solo es responsable de una parte, mientras que en las obligaciones solidarias cada deudor es responsable de toda la deuda. También describe los efectos entre el acreedor y los deudores, y entre los propios codeudores de una obligación solidaria.
DERECHO DE OBLIGACVIONES - LAS OBLIGACIONES MANCOMUNADAS.pptxLuyIzaguirrePaulAnth
Este documento explica las diferencias entre obligaciones mancomunadas y solidarias. Las obligaciones mancomunadas son aquellas en las que cada deudor se libera pagando su parte proporcional de la deuda, mientras que en las obligaciones solidarias cada deudor es responsable de pagar la deuda total y cada acreedor puede exigir el pago completo. También se describen algunas consecuencias legales como la extinción de la solidaridad por fallecimiento de un deudor o la renuncia del acreedor a la solidaridad.
A. La solidaridad se presenta cuando hay pluralidad de acreedores, deudores o ambos en una obligación y cada acreedor puede exigir el total del objeto y cada deudor debe pagarlo todo, aunque el objeto sea divisible.
B. La mancomunidad se da cuando la obligación tiene múltiples sujetos y el objeto se considera dividido en partes iguales.
C. La indivisibilidad ocurre cuando hay varios sujetos y el objeto es indivisible.
Este documento trata sobre dos temas relacionados con la extinción de obligaciones en derecho: la remisión de la deuda y la prescripción extintiva. Brevemente:
1) La remisión de la deuda es una renuncia gratuita del acreedor a exigir el pago total o parcial de un crédito. Puede ser total, parcial, expresa o tácita. Extingue la obligación y los derechos accesorios.
2) La prescripción extintiva es un mecanismo legal que extingue una obligación
Este documento define y explica el contrato de fianza en Venezuela. En resumen:
1) La fianza es un contrato accesorio mediante el cual un fiador se obliga a pagar la deuda de un deudor principal si este incumple.
2) Presenta características como ser accesorio, consensual, conmutativo, unilateral y gratuito.
3) Los elementos clave son los sujetos (fiador, acreedor, deudor), el objeto de la obligación y la forma escrita para ser probada.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones o menos sobre el tema de las fianzas y el comercio electrónico. Explica brevemente los tipos de fianzas, incluyendo las garantías personales y reales. También describe los elementos básicos de un contrato de fianza como los sujetos, requisitos y clasificaciones. Por último, resume los efectos y la extinción de un contrato de fianza.
El documento resume las características de las obligaciones mancomunadas y solidarias. Las obligaciones mancomunadas son aquellas en las que cada deudor se libera pagando su parte proporcional, mientras que en las obligaciones solidarias cada deudor es responsable de la deuda total y el acreedor puede reclamar el pago completo a cualquiera de ellos. El documento explica las clases, fuentes y consecuencias de ambos tipos de obligaciones.
Este documento presenta un resumen de los diferentes tipos de obligaciones en derecho civil. Describe las obligaciones principales y accesorias, las fuentes de las obligaciones como actos jurídicos y hechos jurídicos, y las diferencias entre obligaciones civiles y naturales. También explica conceptos como obligaciones puras y simples, condicionales, a plazo, principales y accesorias, de sujetos simples y plurales, conjuntas, solidarias, positivas y negativas, de dar, hacer y no hacer, de género y espec
El documento presenta un resumen de las obligaciones mancomunadas y solidarias. Define las obligaciones mancomunadas como aquellas en las que cada deudor se libera pagando su parte proporcional de la deuda, mientras que en las obligaciones solidarias cada deudor es responsable del pago total de la deuda. Explica que la solidaridad puede darse entre acreedores u obligados, y analiza las consecuencias entre acreedores y deudores en las obligaciones solidarias.
El documento presenta una introducción a las obligaciones mancomunadas y solidarias. Define las obligaciones mancomunadas como aquellas en las que cada deudor se libera pagando su parte proporcional de la deuda, mientras que en las obligaciones solidarias cada deudor es responsable del pago total de la deuda. Explica que la solidaridad puede darse entre acreedores u obligados, y analiza las consecuencias entre acreedores y deudores en las obligaciones solidarias.
El documento describe varios mecanismos para extinguir obligaciones, incluyendo el pago, la compensación, la novación, la remisión, la confusión, el cumplimiento forzoso, la ejecución por otro, los efectos anormales, la mora, el dolo, la culpa contractual, el caso fortuito o fuerza mayor, las obligaciones de hacer y la prescripción. Define cada uno y explica brevemente sus efectos legales.
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 5edgardoquispe
1) El documento habla sobre el pago por consignación, definido como la liberación coactiva del deudor cuando existe imposibilidad de realizar un pago normal al acreedor.
2) Explica que la consignación es un depósito judicial que el deudor hace ante un tercero cuando existe una obligación pero no puede pagar directamente al acreedor.
3) Detalla los requisitos y efectos de la consignación, así como las formas de ofrecimiento judicial y extrajudicial.
Este documento resume los principios de cumplimiento y incumplimiento de obligaciones contractuales según el Código Civil venezolano. Explica que el cumplimiento debe ser igual a lo pactado y completo, sin fraccionamiento. También define las formas de cumplimiento de obligaciones de dar, hacer y no hacer, así como los tipos de incumplimiento voluntario e involuntario. Por último, analiza la mora o retardo en el cumplimiento y sus efectos para deudores y acreedores.
Este documento resume las principales características de las obligaciones a plazo y las obligaciones solidarias según el Código Civil ecuatoriano. Define qué es un plazo y cómo afecta al cumplimiento de una obligación. Explica que una obligación es solidaria cuando varias personas son responsables del pago total de una deuda. Detalla los derechos y responsabilidades de los deudores y acreedores en obligaciones solidarias.
1) Las obligaciones son vínculos jurídicos que obligan a una persona (deudor) a cumplir una conducta a favor de otra (acreedor).
2) Una obligación tiene tres elementos: sujetos (acreedor y deudor), objeto (la conducta que debe cumplir el deudor) y fuente (el hecho que genera la obligación como un contrato o un delito).
3) Las obligaciones se clasifican por sus sujetos, objeto, derecho de origen, eficacia procesal y forma de ejecución.
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Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 7edgardoquispe
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El documento habla sobre la noción de negocio jurídico y la estructura de la formación de la voluntad jurídica. Explica que un negocio jurídico crea, modifica o extingue relaciones jurídicas y requiere elementos como la manifestación de voluntad, causa o finalidad. También discute conceptos como la simulación, fraude y vicios de la voluntad, y distingue entre la nulidad absoluta y la nulidad relativa.
Diapositivas derecho de contratos. dr. edgardo quispe villanuevaedgardoquispe
Este documento resume la evolución histórica del contrato desde las comunidades primitivas hasta el derecho contemporáneo, incluyendo las etapas del derecho antiguo, medieval, moderno y republicano en el Perú. También describe conceptos clave como los elementos, principios, características y capacidad para contratar, según las doctrinas clásica y actualizada.
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 6edgardoquispe
El documento explica el concepto de pago indebido en el derecho peruano. Define pago indebido, establece los requisitos y supuestos de pago indebido, y analiza las consecuencias del pago indebido dependiendo de si quien lo recibe procede de buena o mala fe. También cubre temas como la prescripción, excepciones a la obligación de restitución, y la aplicación de las normas de pago indebido a otras obligaciones.
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 4edgardoquispe
El documento habla sobre el reconocimiento de obligaciones, la cesión de derechos y el efecto de las obligaciones. Define el reconocimiento de obligaciones como una declaración para someterse a una obligación. Explica que la cesión de derechos es la transferencia de un crédito, acción o derecho a otra persona. Finalmente, describe que las obligaciones se transmiten a los herederos y las acciones que corresponden al acreedor.
El documento explora la naturaleza y definición del derecho. Se discuten las dificultades en delimitar el ámbito del derecho debido a su carácter multidimensional que incluye normas, valores sociales e historia. También se analizan diferentes enfoques lingüísticos y teóricos para comprender el derecho.
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 3edgardoquispe
El documento describe diferentes tipos de obligaciones contractuales. Define las obligaciones facultativas como aquellas que permiten al deudor elegir entre diferentes prestaciones para cumplir con la obligación. También describe las obligaciones divisibles, indivisibles, mancomunadas y solidarias, explicando las características y efectos de cada una.
Algunos conceptos juridicos fundamentalesedgardoquispe
El documento habla sobre conceptos jurídicos fundamentales como el sujeto de derecho, tipos de sujetos, capacidad de las personas, objeto de derecho, relaciones jurídicas, instituciones jurídicas, hechos jurídicos, actos jurídicos y responsabilidad. Explica cada uno de estos conceptos de manera detallada y clasifica sus diferentes tipos.
2. DEFINICIÓN Aquella que tiene por objeto una prestación determinada, pero concediéndosele al deudor la facultad de liberarse mediante el pago de dicha prestación o de otra que se designa. deudor acreedor Si Aurelio se obliga a dar un caballo a Benito, reservándose la facultad de pagar construyendo una casa, o dando mil pesos, o dejando de hacer un negocio, la obligación es facultativa. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
3. Caracteres Su objeto es plural. Las prestaciones que integran el objeto obligacional se encuentran en relación de interdependencia. Hay unidad de causa - fuente Hay unidad de vínculo. El deudor tiene la posibilidad de sustituir la prestación principal por otra accesoria que es también apta para el pago ( in facultate solutionis). El funcionamiento de la opción, inherente a ella, siempre a favor del deudor. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
4. Efectos La ilicitud del objeto debido vicia de nulidad la obligación facultativa. El acreedor solamente puede demandar la prestación a que el deudor es directamente obligado. La obligación facultativa se extingue cuando perece el objeto debido. Objeto Puede consistir en cualquier clase de prestación, sea la entrega de una cosa, o la ejecución o abstención de un hecho. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
5. Naturaleza jurídica La naturaleza jurídica de la obligación facultativa está determinada por la naturaleza jurídica de su prestación principal Nulidad o imposibilidad de la prestación principal La obligación se extingue cuando la prestación principal fuera nula o imposible, aun cuando la accesoria fuera válida o de posible cumplimiento. Nulidad o imposibilidad de la prestación accesoria La nulidad o imposibilidad de lo accesorio no acarea la nulidad o imposibilidad de lo principal. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
9. Presunción de divisibilidad por partes iguales Es consecuencia natural de las obligaciones divisibles y mancomunadas, el hecho de que si las partes no han pactado en contrario, se presuma que el crédito y la deuda se encuentran divididos en tantas partes iguales como acreedores y deudores existan. Oposición del beneficio de la división en la obligaciones divisibles y mancomunadas Si dicho deudor dejase herederos, y alguno de ellos hubiese sido encargado por su causante o por los otros coherederos para que cumpla la obligación por su causante, no podrá excusarse de dicho cumplimiento íntegro, aduciendo que existen otros coherederos que podrían efectuar el cumplimiento fraccionado de la prestación. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
11. DEFINICIÓN La obligación es indivisible cuando la prestación por su naturaleza, por el pacto o por mandato de la ley, no es susceptible de dividirse. La indivisibilidad es la excepción Por mandato de ley. Por la naturaleza de la prestación. Por el modo en que fue considerada al constituirse. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
12. Exigibilidad del cumplimiento total de la prestación El pago puede ser exigido por cualquiera de los acreedores; pero el deudor únicamente se libera cuando paga a todos en conjunto o a cualquiera de ellos bajo garantía, puesto que uno solo de los acreedores no es dueño absoluto de la totalidad del crédito. Extinción total de las obligaciones para los acreedores La novación entre uno de los acreedores -que no es dueño del íntegro- y el deudor, no extingue la obligación de éste respecto de los demás acreedores. Estos sin embargo, no pueden exigir la prestación indivisible sino mediante la garantía o reembolso al deudor del valor de la parte de la prestación original correspondiente al acreedor que novó. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
13. Incumplimiento culposo o doloso de la obligación El dolo o la culpa son personales. Es principio de equidad que el dolo o la culpa de uno, no sean dolo o culpa de los demás, no se trasladen al deudor diligente y de buena fe. Parece razonable, entonces, que aquellos deudores de prestación indivisibles que por dolo o culpa impide el cumplimiento de la obligación, respondan, individualmente por la totalidad de la reparación de los daños y perjuicios que irroguen al acreedor. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
15. DEFINICIÓN Aquellas en que la obligación se divide entre todos los acreedores y deudores. Para que ello sea posible, la obligación debe tener un objeto divisible, porque de lo contrario, no podría ser susceptible de un pago parcial. Deudores Acreedor Ejemplo típico son las obligaciones de dar sumas de dinero. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
16. Se dividen en tantas partes como deudores y acreedores haya. Cada una de esas partes es una obligación independiente de las restantes. Característica esencial Efectos Exigibilidad Pago Insolvencia Prescripción Mora y culpa Cláusula penal Dr. Edgardo Quispe Villanueva
17. Presunción de la mancomunidad La mancomunidad se presume, y dentro de ella se presume que la división es por iguales partes. Se presume la mancomunidad porque la solidaridad importa una regla de excepción. Si la prestación en que consiste la obligación es divisible, lo natural es que los acreedores o los deudores concurran por iguales partes; la facultad de cualesquiera de aquéllos de exigir el total del crédito, o el deber de cualesquiera de éstos de hacer un pago íntegro, significan un especial beneficio para los acreedores en el primer caso, y un especial gravamen para los deudores en el segundo caso. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
19. DEFINICIÓN Aquella obligación en la cual hay varios deudores o acreedores y la prestación recae sobre un objeto divisible; pero, por disposición de la ley o por una expresa declaración de voluntad, cada acreedor puede demandar y cada deudor debe satisfacer el total de la obligación, de manera que el pago efectuado por un deudor a cualquiera de los acreedores extingue la obligación respecto de todos. Aníbal Braulio Camilo Aníbal y Braulio son deudores de Camilo de $ 100.000, la deuda no se divide en cuotas, de tal modo que Camilo puede reclamar de Aníbal o de Braulio el pago íntegro de la cantidad de $100.000 Dr. Edgardo Quispe Villanueva
20. Clases Activa Pasiva Mixta Naturaleza jurídica La solidaridad es, fundamentalmente, la figura mas representativa del ideal de perfección en el derecho de las obligaciones. Caracteres Unidad de prestación Pluralidad e independencia de vínculo Unidad de causa Es de carácter excepcional Dr. Edgardo Quispe Villanueva
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22. La solidaridad no se presume La solidaridad no se presume, sólo existe cuando la ley o el título de la obligación expresamente la determinen. Ante el silencio de las partes, la obligación debe considerarse simplemente como mancomunada. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
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25. Acción del acreedor en la solidaridad pasiva El deudor puede dirigirse contra alguno de los deudores, o contra todos ellos; y que puede hacerlo simultánea o sucesivamente, hasta que cobre el íntegro de la deuda. El precepto responde, cabalmente, a la verdadera naturaleza jurídica de la solidaridad, vale decir, a la unidad de prestación, y demuestra que es ésta la garantía personal por excelencia. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
26. Caso de muerte de deudor solidario En caso se distingue loa obligación solidaria de la indivisible, la cual, por su naturaleza, obliga a cada uno de los herederos del deudor a responder por el íntegro, y autoriza a cada uno de los herederos del acreedor a exigir toda la prestación. La solidaridad – sea activa o pasiva – no se trasmite a los herederos. Liberación total de los codeudores Novación Compensación Condonación Transacción Entre el acreedor y uno de los deudores solidarios sobre la totalidad de la obligación, libera a los demás codeudores Dr. Edgardo Quispe Villanueva
27. Extinción total de las Obligaciones para los acreedores Si el coacreedor cobra el íntegro de la prestación al deudor común, nova, compensa, condona o transige; la obligación queda extinguida, y tal acreedor responde ante los demás coacreedores. Esta regla es inherente a la solidaridad y ella obedece al hecho de que cada coacreedor es dueño del íntegro de la prestación. Si el coacreedor solidario limita tales actos a su parte, entonces la obligación se extingue únicamente respecto a dicha parte. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
28. Consolidación tanto en la solidaridad activa como en la pasiva La consolidación operada en uno de los acreedores solidarios o uno de los deudores solidarios, sólo extingue la obligación en la parte correspondiente al acreedor o al deudor. Al hablar de excepciones, la norma comentada ha tomado esta palabra no en su sentido técnico, sino en el sentido de defensa o de medios de defensa de los cuales pueden valerse los codeudores solidarios para controvertir el derecho del acreedor. Excepciones posibles de ser opuestas Dr. Edgardo Quispe Villanueva
29. Efectos de la sentencia La sentencia, por tanto, sólo produce consecuencias entre quienes han intervenido en el litigio; es res inter alios acta . Incumplimiento culposo o doloso de la obligación La integridad de codeudores, incluso aquellos que se encontraban dispuestos a ejecutar la obligación, devendrán en deudores solidarios, en vía indemnizatoria, del valor total de las prestaciones respecto al acreedor común. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
30. Interrupción de la prescripción contra uno de los codeudores o coacreedores La interrupción de la prescripción contra uno de los deudores solidarios, perjudica a los demás; mientras que la interrupción de la prescripción de uno de los coacreedores frente al deudor común, beneficia a los demás coacreedores. Suspensión de la prescripción contra uno de los codeudores o coacreedores El deudor respecto del cual se haya suspendido la prescripción, continúa siendo responsable por el íntegro de la prestación. Se trata de evitar, que el coacreedor se enriquezca a expensas de los demás coacreedores. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
31. Renuncia a la prescripción por un codeudor a favor de un coacreedor Si uno de los codeudores renunciaría a la prescripción, ello tan sólo produciría efectos personales, es decir, que no operaría respecto a los demás codeudores, contra quienes en ningún caso podrías repetir si se liberaran como consecuencia de la prescripción. Renuncia del acreedor a la indivisibilidad o a la solidaridad Por haber renunciado exclusivamente a favor de uno solo de los deudores, conservará la acción solidaria en contra de los demás. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
32. La parte de dicho deudor se distribuirá a prorrata entre todos los codeudores, incluyendo a aquel a quien el acreedor liberó de la solidaridad. Este último deudor sólo deberá su parte en la obligación, más la porción proporcional que resulte de la parte del codeudor insolvente distribuida entre los restantes codeudores. Renuncia del acreedor a la indivisibilidad o a la solidaridad, resultando insolvente otro u otros de los deudores Dr. Edgardo Quispe Villanueva
33. División de la obligación en las relaciones internas entre los diversos codeudores y coacreedores Niega en absoluto el recurso por considerarlo incompatible con la naturaleza de la obligación solidaria. Derecho del deudor para entablar el recurso. En la cuestión del recurso no puede darse una solución absoluta. En doctrina encontramos 3 sistemas respecto a las relaciones de los codeudores solidarios entre sí. Dr. Edgardo Quispe Villanueva
34. Insolvencia de algún codeudor Si alguno de los deudores fuera insolvente, su porción se distribuye entre los demás - incluyendo desde luego a aquél que hizo el pago – de acuerdo con sus intereses en la obligación. Si la deuda hubiese sido contraída en interés exclusivo de dos o más codeudores y todos ellos resultasen insolventes, igualmente la deuda se distribuiría por partes iguales entre el resto de codeudores en cuyo interés no se asumió. Dr. Edgardo Quispe Villanueva