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Primera reunión de trabajo entre CONAGUA y
presidentes municipales de la región de
Tehuacán y Sierra Negra.
10 de noviembre de 2021
El derecho humano al agua.
El derecho humano al agua es el derecho de
todos a disponer de agua suficiente, salubre,
aceptable, accesible y asequible para uso
personal y doméstico.
Un abastecimiento adecuado de agua
salubre es necesario para evitar la muerte
por deshidratación, para reducir el riesgo de
enfermedades relacionadas con el agua y
para satisfacer las necesidades de higiene
personal y doméstica (Observación General
15, 2002, ONU
Constitución política de los Estados Unidos
Mexicanos.
• En febrero de 2012 se estableció en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, el derecho humano al agua y al
saneamiento, que a la letra del artículo 4º dice:
• Toda persona tiene el derecho al acceso, disposición y
saneamiento de agua para consumo personal y doméstico,
en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El
estado garantizará este derecho y la ley definirá las
bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso
equitativo y sustentable de los recursos hídricos,
estableciendo la participación de las entidades
federativas y los municipios, así como la participación de
la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
• Disponibilidad= Cada persona debe de recibir la cantidad de agua suficiente y sin cortes, para
el uso personal (beber e higiene) y doméstico (preparación de alimentos, limpieza del hogar y
lavado de ropa). Para la Organización Mundial de Salud (OMS) la cantidad mínima de agua por
persona debe tener garantizada entre 50 y 100 l/per-cápita-día.
• Calidad= El agua que dispongamos para uso personal y doméstico debe ser potable, es decir
libre de microorganismos, sustancias químicas y peligros radiológicos que constituyan una
amenaza a nuestra vida.
• Accesibilidad física= Una fuente de agua no debe de estar lejana, debe de estar a nuestro
alcance, independientemente si estamos en nuestro hogar, en la escuela o el trabajo. Para la
OMS, la fuente de agua debe de estar a menos de 1000 m del hogar, y el tiempo de
desplazamiento para tenerla en un recipiente no debería superar los 30 minutos.
• Asequible= El agua debe de ser económicamente posible de pagar, no debe de ser cara. El
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) sugiere que el costo del agua no
debe de superar el 3% de los ingresos de una familia.
• No discriminación= Independientemente de nuestra apariencia física, religión, si somos
indígenas, extranjeros, o si estamos en la cárcel o cualquier otro factor que nos haga
diferentes, no se nos debe de impedir el acceso al agua.
• Acceso a la información= Tenemos derecho a solicitar, recibir y difundir información sobre
cualquier cuestión que tenga que ver con el agua. Cómo se desglosa el recibo del agua?
Calidad del agua que llega a mi casa? Quien hizo y autorizo la tarifa del agua? Porque no
tengo servicio continuo? Etc…
Obligaciones para el estado.
• Los 3 órdenes de gobierno tienen el deber de asegurar el respeto a los
derechos humanos, todas las autoridades federales, estatales y
municipales, y todos los representantes de la ley, también los ciudadanos,
las corporaciones y las ONG’s están obligadas a este respecto.
• Debe de proteger que el acceso al agua sea suficiente e igualitario para
todos. Cuando los servicios de agua potable son operados o controlados
por terceros o empresas particulares, los estados deben asegurar que el
acceso al agua de calidad sea igualitario, y suficiente. Deben de prevenir
abusos por medio de leyes y reglamentos.
• Debe de dar cumplimiento a la constitución. El estado tiene la obligación
de proporcionar el derecho cuando las personas o grupos no pueden
hacerlo. Si esto no ocurre, las personas pueden exigir legalmente su
cumplimiento a las autoridades encargadas del servicio público del agua.
Obligaciones para el estado.
• Acceso a una cantidad mínima de agua para uso doméstico.
• No discriminación en el acceso a los servicios.
• Garantizar el acceso físico a instalaciones o servicios de agua que
proporcionen un suministro suficiente y regular de agua salubre.
• Seguridad personal en el acceso al agua.
• Distribución equitativa de las instalaciones.
• Adopción de un plan de acción destinado a toda la población.
• Monitoreo del alcance de la realización.
• Medidas para prevenir, tratar y controlar enfermedades asociadas al
agua.
El derecho humano al agua no significa que el
suministro sea gratis, la ONU explica que:
El derecho al agua significa que los servicios de
abastecimiento de agua deben ser asequibles para todos, y
que nadie debe ser privado del acceso a ellos por no tener
capacidad para pagarlos. No significa que el suministro de
agua deba ser gratuito, pues la construcción de
infraestructura y la conducción hacia tu casa tiene un costo.
Sin embargo, en algunas circunstancias el acceso al agua
potable y los servicios de saneamiento deben de ser gratuitos
si la persona o familia no pueden pagar, es decir, si se
encuentran en situación de pobreza. Es una obligación básica
del Estado velar porque se satisfagan por lo menos los niveles
Derecho humano al saneamiento.
• El derecho humano al saneamiento es muy importante porque de
este depende mucho nuestra salud y el bienestar de la sociedad en
que vivimos. La ONU señala que los costos económicos de las
consecuencias por no tener servicios de saneamiento (sistemas de
alcantarillas y plantas de tratamiento) son nueve veces mayores de lo
que cuesta construirlos.
Requisitos del derecho humano al saneamiento:
• Seguridad
• Accesibilidad física
• Asequibilidad
• Adecuación cultural
• Seguridad= La necesidad de ir al baño en un ambiente privado, seguro y
digno. El cual debe de tener agua para la higiene personal. Las aguas
residuales deben de ser eliminadas de forma segura, evitando que las
personas, animales e insectos entren en contacto con ellas, principalmente
con las excretas.
• Accesibilidad física= Que los niños, abuelitos o personas con capacidades
diferentes, puedan acceder libremente a los servicios sanitarios. Los cuales
deben de estar en lugares cercanos, en su hogar, escuela o trabajo, y
puedan ser utilizados a toda hora a lo largo del día, y que estén
completamente funcionales.
• Asequibilidad= Independientemente del ingreso económico que puedan
tener las personas, el acceso y el mantenimiento de los servicios de
saneamiento no debe de significar costos económicos tan altos, que se
sacrifique la compra de alimentos, y demás productos relacionados con la
educación y la salud.
• Adecuación cultural= Que las personas no se nieguen a usar los sanitarios
o letrinas, y que aprendan que el usarlos es por el bien de su salud y de su
familia.
La falta de saneamiento limita el desarrollo de los pueblos y de las personas. Los niños
son los principales afectados por las enfermedades provocadas por la falta de
Reflexiones:
El derecho al agua y el saneamiento se fundamentan en la vida de las personas y su
dignidad.
El problema del agua es local, de aquí la importancia de la participación del estado,
de la ciudadanía local y de todos los sectores que la integran.
Hacer un uso razonable y responsable del agua evitando malgastarla, para
preservarla a las futuras generaciones.
Es importante como ciudadanos participar pagando las tarifas de agua y saneamiento
para tener un servicio de calidad, pero también es importante que haya
transparencia con el monto recaudado, que la ciudadanía sepa a donde se destinan
dichos recursos y tenga conocimiento del estado, origen y aplicación de los mismos.
Fundamental es la apropiación de la sociedad, los sectores productivos y las
universidades en la gestión integrada del agua (manejo y desarrollo coordinado del
agua, la tierra y los recursos naturales) y en la conformación de las tarifas.
Tener un desarrollo sustentable significa cuidar el agua y preservarla para las
futuras generaciones, pero también significa vivir en un ambiente sano, para lo cual
se requiere de sistemas de tratamiento que eviten la contaminación y enfermedades.

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  • 1. Primera reunión de trabajo entre CONAGUA y presidentes municipales de la región de Tehuacán y Sierra Negra. 10 de noviembre de 2021
  • 2. El derecho humano al agua. El derecho humano al agua es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para uso personal y doméstico. Un abastecimiento adecuado de agua salubre es necesario para evitar la muerte por deshidratación, para reducir el riesgo de enfermedades relacionadas con el agua y para satisfacer las necesidades de higiene personal y doméstica (Observación General 15, 2002, ONU
  • 3. Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos. • En febrero de 2012 se estableció en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el derecho humano al agua y al saneamiento, que a la letra del artículo 4º dice: • Toda persona tiene el derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico, en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
  • 4. • Disponibilidad= Cada persona debe de recibir la cantidad de agua suficiente y sin cortes, para el uso personal (beber e higiene) y doméstico (preparación de alimentos, limpieza del hogar y lavado de ropa). Para la Organización Mundial de Salud (OMS) la cantidad mínima de agua por persona debe tener garantizada entre 50 y 100 l/per-cápita-día. • Calidad= El agua que dispongamos para uso personal y doméstico debe ser potable, es decir libre de microorganismos, sustancias químicas y peligros radiológicos que constituyan una amenaza a nuestra vida. • Accesibilidad física= Una fuente de agua no debe de estar lejana, debe de estar a nuestro alcance, independientemente si estamos en nuestro hogar, en la escuela o el trabajo. Para la OMS, la fuente de agua debe de estar a menos de 1000 m del hogar, y el tiempo de desplazamiento para tenerla en un recipiente no debería superar los 30 minutos. • Asequible= El agua debe de ser económicamente posible de pagar, no debe de ser cara. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) sugiere que el costo del agua no debe de superar el 3% de los ingresos de una familia. • No discriminación= Independientemente de nuestra apariencia física, religión, si somos indígenas, extranjeros, o si estamos en la cárcel o cualquier otro factor que nos haga diferentes, no se nos debe de impedir el acceso al agua. • Acceso a la información= Tenemos derecho a solicitar, recibir y difundir información sobre cualquier cuestión que tenga que ver con el agua. Cómo se desglosa el recibo del agua? Calidad del agua que llega a mi casa? Quien hizo y autorizo la tarifa del agua? Porque no tengo servicio continuo? Etc…
  • 5. Obligaciones para el estado. • Los 3 órdenes de gobierno tienen el deber de asegurar el respeto a los derechos humanos, todas las autoridades federales, estatales y municipales, y todos los representantes de la ley, también los ciudadanos, las corporaciones y las ONG’s están obligadas a este respecto. • Debe de proteger que el acceso al agua sea suficiente e igualitario para todos. Cuando los servicios de agua potable son operados o controlados por terceros o empresas particulares, los estados deben asegurar que el acceso al agua de calidad sea igualitario, y suficiente. Deben de prevenir abusos por medio de leyes y reglamentos. • Debe de dar cumplimiento a la constitución. El estado tiene la obligación de proporcionar el derecho cuando las personas o grupos no pueden hacerlo. Si esto no ocurre, las personas pueden exigir legalmente su cumplimiento a las autoridades encargadas del servicio público del agua.
  • 6. Obligaciones para el estado. • Acceso a una cantidad mínima de agua para uso doméstico. • No discriminación en el acceso a los servicios. • Garantizar el acceso físico a instalaciones o servicios de agua que proporcionen un suministro suficiente y regular de agua salubre. • Seguridad personal en el acceso al agua. • Distribución equitativa de las instalaciones. • Adopción de un plan de acción destinado a toda la población. • Monitoreo del alcance de la realización. • Medidas para prevenir, tratar y controlar enfermedades asociadas al agua.
  • 7. El derecho humano al agua no significa que el suministro sea gratis, la ONU explica que: El derecho al agua significa que los servicios de abastecimiento de agua deben ser asequibles para todos, y que nadie debe ser privado del acceso a ellos por no tener capacidad para pagarlos. No significa que el suministro de agua deba ser gratuito, pues la construcción de infraestructura y la conducción hacia tu casa tiene un costo. Sin embargo, en algunas circunstancias el acceso al agua potable y los servicios de saneamiento deben de ser gratuitos si la persona o familia no pueden pagar, es decir, si se encuentran en situación de pobreza. Es una obligación básica del Estado velar porque se satisfagan por lo menos los niveles
  • 8. Derecho humano al saneamiento. • El derecho humano al saneamiento es muy importante porque de este depende mucho nuestra salud y el bienestar de la sociedad en que vivimos. La ONU señala que los costos económicos de las consecuencias por no tener servicios de saneamiento (sistemas de alcantarillas y plantas de tratamiento) son nueve veces mayores de lo que cuesta construirlos. Requisitos del derecho humano al saneamiento: • Seguridad • Accesibilidad física • Asequibilidad • Adecuación cultural
  • 9. • Seguridad= La necesidad de ir al baño en un ambiente privado, seguro y digno. El cual debe de tener agua para la higiene personal. Las aguas residuales deben de ser eliminadas de forma segura, evitando que las personas, animales e insectos entren en contacto con ellas, principalmente con las excretas. • Accesibilidad física= Que los niños, abuelitos o personas con capacidades diferentes, puedan acceder libremente a los servicios sanitarios. Los cuales deben de estar en lugares cercanos, en su hogar, escuela o trabajo, y puedan ser utilizados a toda hora a lo largo del día, y que estén completamente funcionales. • Asequibilidad= Independientemente del ingreso económico que puedan tener las personas, el acceso y el mantenimiento de los servicios de saneamiento no debe de significar costos económicos tan altos, que se sacrifique la compra de alimentos, y demás productos relacionados con la educación y la salud. • Adecuación cultural= Que las personas no se nieguen a usar los sanitarios o letrinas, y que aprendan que el usarlos es por el bien de su salud y de su familia. La falta de saneamiento limita el desarrollo de los pueblos y de las personas. Los niños son los principales afectados por las enfermedades provocadas por la falta de
  • 10.
  • 11. Reflexiones: El derecho al agua y el saneamiento se fundamentan en la vida de las personas y su dignidad. El problema del agua es local, de aquí la importancia de la participación del estado, de la ciudadanía local y de todos los sectores que la integran. Hacer un uso razonable y responsable del agua evitando malgastarla, para preservarla a las futuras generaciones. Es importante como ciudadanos participar pagando las tarifas de agua y saneamiento para tener un servicio de calidad, pero también es importante que haya transparencia con el monto recaudado, que la ciudadanía sepa a donde se destinan dichos recursos y tenga conocimiento del estado, origen y aplicación de los mismos. Fundamental es la apropiación de la sociedad, los sectores productivos y las universidades en la gestión integrada del agua (manejo y desarrollo coordinado del agua, la tierra y los recursos naturales) y en la conformación de las tarifas. Tener un desarrollo sustentable significa cuidar el agua y preservarla para las futuras generaciones, pero también significa vivir en un ambiente sano, para lo cual se requiere de sistemas de tratamiento que eviten la contaminación y enfermedades.