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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION
INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITECNICO
SANTIAGO MARIÑO
EXTENSION PUERTO ORDAZ
ASIGNATURA: ELECTIVA I
DERECHO LABORAL
AUTORA
MALAVE, LUISANA
CI: 27.573.732
ESC. 44
PUERTO ORDAZ, 2017.
INTRODUCCION
El derecho laboral (también llamado derecho de trabajo o derecho social) es
una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la
tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación
de dependencia y a cambio de una contraprestación. Este conjunto de normas
jurídicas nos garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes que
intervienen en una relación de trabajo. En toda relación de trabajo existe un
trabajador y un patrón, en donde cada uno cuenta con derechos y obligaciones,
para poder llevar a cabo nuestras actividades. Si uno de los dos no está al
pendiente de nuestros derechos y obligaciones es más probable que surjan
problemas en la relación, y esto, termine afectando eventualmente a la
organización.
FUNDAMENTOS DEL DERECHO LABORAL
Existen normas adjetivas y sustantivas. El derecho adjetivo está
conformado por las normas que regulan el proceso, que es, a su vez, el
mecanismo para realizar al derecho sustantivo. El derecho sustantivo es el
conjunto de normas que establece los derechos y obligaciones de los sujetos que
están vinculados por el orden jurídico establecido por el estado. Es obligatorio el
cumplimiento de las normas ya que son impuestas por el estado, regula las
relaciones entre la mano de obra y el capital, regula las relaciones entre empleado
y trabajador (obrero, empleado). Según los sujetos pasivos: individual y colectivo.
Según el derecho: derecho sustantivo (LOT) y derecho adjetivo o procesal
(LOPTRA). Según la Instancia Pública: Sede administrativa (Inspectoría del
Trabajo) y Sede Jurisdiccional (Tribunales)
PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL
Los principios generales del derecho laboral tienen, por lo general, dos
funciones fundamentales que son fuentes supletoria, cuando la ley deja vacíos o
lagunas, y no existe jurisprudencia, uso o costumbre aplicable, los principios de
derecho del trabajo entran como suplemento y fuentes interpretadoras que sirven
también para interpretar la normativa vigente, cuando esta sea confusa o haya
diversas interpretaciones posibles. Algunos principios básicos del derecho laboral
son, principio protector que es el principio más importante del derecho laboral. Es
el que lo diferencia del derecho civil, principio de irrenunciabilidad de derechos
donde el trabajador está imposibilitado de privarse, voluntariamente, de los
derechos y garantías que le otorga la legislación laboral, aunque sea por beneficio
propio, principio de continuidad laboral la que le da la más larga duración posible
al contrato de trabajo, por el hecho de ser esta la principal (o única) fuente de
ingresos del trabajador, principio de primacía de la realidad la que no importa la
autonomía de la voluntad sino la demostración de la realidad que reina sobre la
relación entre trabajador y empleador
LOS ORGANISMO LABORALES A LOS CUALES ACUDIR AL PRESENTARSE
ALGUNA SITUACION LABORAL
Existen varios organismos laborales a los cuales acudir al presentar alguna
situación laboral, como lo son los organismos internacionales del trabajo (OIT),
que es un organismo especializado de las naciones unidas que se ocupa de los
asuntos relacionados al trabajo y las relaciones laborales. Fue fundada el 11 de
abril de 1919, en el marco de las negociaciones del tratado de Versalles. También
está la organización de los estados americanos (OEA), que es el organismo
regional más antiguo del mundo. Fue fundado en 1948 cuando se subscribió, en
Bogotá-Colombia la carta de la OEA que entro en vigencia en diciembre. Y por
último el organismo nacional es el consejo nacional del trabajo y promoción del
empleo (CNTPE), que es un mecanismo de dialogo social y concertación laboral
del ministerio de trabajo y promoción del empleo, que tiene por objeto la
concertación de políticas en la materia de trabajo, promoción del empleo y
capacitación laboral. En Venezuela existe la Ley Orgánica del Trabajo, las
Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT) a la cual también podemos acudir en
caso de cualquier situación laboral
CONCLUSION
Se puede concluir, que las organizaciones laborales cumplen un papel muy
importante tanto como para el trabajador y el patrón de ese empleado que deben
de tener presentes sus normas y principios para que no surja ningún problema
laboral. Existen normas adjetivas y sustantivas en las que es obligatorio cumplir
ya que son impuestas por el estado. Y en cuanto a los principios estos también
son importantes ya que tienen dos funciones fundamentales que son fuentes
supletorias, por que sustituyen lagunas o vacíos que dejan las leyes. Los
organismos laborares se han venido desarrollando a lo largo de los años, tanto
que ya existen varios organismos laborales a los cuales acudir al presentar alguna
situación laboral como son organismos internacionales y organismos regionales,
que facilitan la vida laboral de los trabajadores y empleados.

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Derecho laboral

  • 1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITECNICO SANTIAGO MARIÑO EXTENSION PUERTO ORDAZ ASIGNATURA: ELECTIVA I DERECHO LABORAL AUTORA MALAVE, LUISANA CI: 27.573.732 ESC. 44 PUERTO ORDAZ, 2017.
  • 2. INTRODUCCION El derecho laboral (también llamado derecho de trabajo o derecho social) es una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación. Este conjunto de normas jurídicas nos garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes que intervienen en una relación de trabajo. En toda relación de trabajo existe un trabajador y un patrón, en donde cada uno cuenta con derechos y obligaciones, para poder llevar a cabo nuestras actividades. Si uno de los dos no está al pendiente de nuestros derechos y obligaciones es más probable que surjan problemas en la relación, y esto, termine afectando eventualmente a la organización. FUNDAMENTOS DEL DERECHO LABORAL Existen normas adjetivas y sustantivas. El derecho adjetivo está conformado por las normas que regulan el proceso, que es, a su vez, el mecanismo para realizar al derecho sustantivo. El derecho sustantivo es el conjunto de normas que establece los derechos y obligaciones de los sujetos que están vinculados por el orden jurídico establecido por el estado. Es obligatorio el cumplimiento de las normas ya que son impuestas por el estado, regula las relaciones entre la mano de obra y el capital, regula las relaciones entre empleado y trabajador (obrero, empleado). Según los sujetos pasivos: individual y colectivo. Según el derecho: derecho sustantivo (LOT) y derecho adjetivo o procesal (LOPTRA). Según la Instancia Pública: Sede administrativa (Inspectoría del Trabajo) y Sede Jurisdiccional (Tribunales) PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL Los principios generales del derecho laboral tienen, por lo general, dos funciones fundamentales que son fuentes supletoria, cuando la ley deja vacíos o lagunas, y no existe jurisprudencia, uso o costumbre aplicable, los principios de derecho del trabajo entran como suplemento y fuentes interpretadoras que sirven también para interpretar la normativa vigente, cuando esta sea confusa o haya diversas interpretaciones posibles. Algunos principios básicos del derecho laboral son, principio protector que es el principio más importante del derecho laboral. Es el que lo diferencia del derecho civil, principio de irrenunciabilidad de derechos donde el trabajador está imposibilitado de privarse, voluntariamente, de los derechos y garantías que le otorga la legislación laboral, aunque sea por beneficio propio, principio de continuidad laboral la que le da la más larga duración posible al contrato de trabajo, por el hecho de ser esta la principal (o única) fuente de ingresos del trabajador, principio de primacía de la realidad la que no importa la autonomía de la voluntad sino la demostración de la realidad que reina sobre la relación entre trabajador y empleador
  • 3. LOS ORGANISMO LABORALES A LOS CUALES ACUDIR AL PRESENTARSE ALGUNA SITUACION LABORAL Existen varios organismos laborales a los cuales acudir al presentar alguna situación laboral, como lo son los organismos internacionales del trabajo (OIT), que es un organismo especializado de las naciones unidas que se ocupa de los asuntos relacionados al trabajo y las relaciones laborales. Fue fundada el 11 de abril de 1919, en el marco de las negociaciones del tratado de Versalles. También está la organización de los estados americanos (OEA), que es el organismo regional más antiguo del mundo. Fue fundado en 1948 cuando se subscribió, en Bogotá-Colombia la carta de la OEA que entro en vigencia en diciembre. Y por último el organismo nacional es el consejo nacional del trabajo y promoción del empleo (CNTPE), que es un mecanismo de dialogo social y concertación laboral del ministerio de trabajo y promoción del empleo, que tiene por objeto la concertación de políticas en la materia de trabajo, promoción del empleo y capacitación laboral. En Venezuela existe la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT) a la cual también podemos acudir en caso de cualquier situación laboral CONCLUSION Se puede concluir, que las organizaciones laborales cumplen un papel muy importante tanto como para el trabajador y el patrón de ese empleado que deben de tener presentes sus normas y principios para que no surja ningún problema laboral. Existen normas adjetivas y sustantivas en las que es obligatorio cumplir ya que son impuestas por el estado. Y en cuanto a los principios estos también son importantes ya que tienen dos funciones fundamentales que son fuentes supletorias, por que sustituyen lagunas o vacíos que dejan las leyes. Los organismos laborares se han venido desarrollando a lo largo de los años, tanto que ya existen varios organismos laborales a los cuales acudir al presentar alguna situación laboral como son organismos internacionales y organismos regionales, que facilitan la vida laboral de los trabajadores y empleados.