2. DERECHO LABORAL
El derecho laboral es una rama del derecho la cual cumple una serie de leyes
y reglas que tienen por objetivo regular las relaciones que se establecen a raíz del
trabajo humano. En toda relación de trabajo existe un trabajador y un patrón, en
donde cada uno cuenta con derechos y obligaciones, para poder llevar a cabo sus
actividades. Si uno de los dos no está al pendiente de sus derechos y obligaciones
es más probable que surjan problemas en la relación, y esto, termine afectando
eventualmente a la organización.
En la actualidad el derecho laboral está regido por una serie de fundamentos,
las cuales podemos nombrar de la siguiente manera: derecho adjetivo y derecho
sustantivo y derecho positivo; El Derecho Adjetivo está conformado por las normas
que regulan el proceso, que es, a su vez, el mecanismo para realizar al Derecho
Sustantivo. Este derecho debe estar calificado por ser autónomo, de gran fuerza
expansiva, concreto, espontaneo, voluntario y con importancia económica.
Los principios del derecho laboral tienen, por lo general, dos funciones
fundamentales las cuales son: Fuente supletoria que se refiere cuando la ley deja
vacíos o lagunas, y no existe jurisprudencia, y Fuente interpretadora que sirve
también para interpretar la normativa vigente, cuando esta sea confusa o haya
diversas interpretaciones posibles.
Los principios básicos de dicho derecho son el principio protector que se
refiere a la Parte de una desigualdad, por lo que el derecho laboral trata de proteger
a una de las partes del contrato de trabajo para equipararla con la otra, el principio
de irrenunciabilidad de derechos se trata que el trabajador está imposibilitado de
privarse, voluntariamente, de los derechos y garantías que le otorga la legislación
laboral, aunque sea por beneficio propio. Otros principios son la continuidad laboral,
principio de buena fe, razonabilidad, el derecho de la primacía de la realidad y el
derecho de continuidad laboral.
3. El trabajador tiene a su disposición un grupo de instituciones y organismos
en el campo de la seguridad y la salud laboral, en los cuales pueden abogar por los
derechos y/o beneficios con los que él cuenta. Estas instituciones se encuentran
tanto a nivel nacional como a nivel internacional, tienen como objetivo general
examinar cómo se planifica y organiza la prevención de riesgos laborales en el seno
de la empresa.
Estos organismos, vinculados a las distintas Administraciones Públicas,
deben colaborar entre sí y con los responsables de la prevención en los centros de
trabajo para conseguir la mejora de las condiciones de trabajo. Estas instituciones
son la administración sanitaria, administración laboral, administración industrial,
ellas todas conforman la ley orgánica del trabajo, del trabajador y trabajadoras
(LOTT).
El Derecho laboral venezolano propiamente dicho nace con la promulgación
de la primera ley del trabajo del 23 de julio de 1928, que permitió superar las
disposiciones del Código civil sobre el arrendamiento de servicio que regía las
relaciones laborales, afianzándose esta con la ley del trabajo del 16 de julio de 1936,
la cual estableció un conjunto sustantivo de normas para regular los derechos y
obligaciones derivados del hecho social del trabajo.