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CURSO INTRODUCTORIO DE DERECHO
MIGRATORIO
DE LA MIGRACIÓN EN GENERAL Y LOS
ASPECTOS BÁSICOS DE LA LEY MIGRATORIA
PANAMEÑA
DERECHO MIGRATORIO
REGLAS BÁSICASREGLAS BÁSICAS
1. Mantener los celulares en silencio.
2. Guardar orden y silencio dentro del aula.
3. Para pedir la palabra, hacer una pregunta o
exponer una sugerencia debemos levantar la
mano.
4. Guardar el respeto entre los participantes.
OBJETIVO GENERALOBJETIVO GENERAL
1. Conoce y estudia de forma general los
aspectos básicos de la legislación
migratoria panameña.
OBJETIVOS ESPECÍFICOSOBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Conoce los requisitos mínimos y visas requeridas
para ingresar al país.
2. Enumera las causales de no admisión al país y
deportación de la República de Panamá.
3. Estudia las categorías migratorias y sus aspectos
más sobresalientes.
4. Establece algunas consideraciones importantes
acerca de los derechos humanos de los migrantes.
5. Enumera los principales derechos humanos de
los migrantes.
EL CONTROL MIGRATORIOEL CONTROL MIGRATORIO
PRIMERA PARTEPRIMERA PARTE
VISAS REQUERIDAS PARAVISAS REQUERIDAS PARA
VISITAR PANAMÁVISITAR PANAMÁ
SECCIÓN 1SECCIÓN 1
Nota: los listados de países publicados en esta sección están sujetos cambios, para mayor
información consultar modificaciones en la página web de la Cancillería de la República de Panamá.
VISAS REQUERIDAS PARA VISITAR PANAMÁVISAS REQUERIDAS PARA VISITAR PANAMÁ
Visa Autorizada:
Características:
 Para nacionalidades restringidas.
 Exigen para su concesión ir a investigación por parte del Consejo de
Seguridad de la Nación.
 La solicitan aquellos ciudadanos de países que por razones de política
migratoria requieren una autorización previa del Servicio Nacional de
Migración, para entrar al país.
 La autorización se solicita desde sus respectivos países (en el Consulado de
Panamá en su país) o puede solicitarla una persona interesada que sea
residente en Panamá.
 Deben cumplir todos los requisitos que exige Migración y si se les aprueba la
visa, se notifica al Consulado de Panamá, en aquel país para que se estampe
la visa en el pasaporte y la persona pueda viajar a Panamá.
 En esta visa, el extranjero debe especificar si la visa es de turista (en este
caso especificar el tiempo que desea) o de inmigrante y Migración decide si
la concede o no y que tiempo dará al extranjero para estar en Panamá.
LISTADO DE PAÍSES QUE REQUIEREN VISALISTADO DE PAÍSES QUE REQUIEREN VISA
AUTORIZADA PARA ENTRAR A PANAMÁAUTORIZADA PARA ENTRAR A PANAMÁ
Afganistán Egipto Kazajstán Níger Sri Lanka
Albania Eritrea Kirguistán Nigeria Sudán
Argelia Etiopía Laos Pakistán Surinam
Azerbaiyán Gambia Lesoto Palestina Tanzania
Bahréin Guinea Laos Rep. Popular de Corea Tayikistán
Bangladesh Guinea Bissau Liberia Rep. Dem. Del Congo Túnez
Benín Guinea Ecuatorial Libia Rep. Pop de China Turkmenistán
Burkina
Faso
Haití Mali Palestina Uzbekistán
Burundi India Marruecos Ruanda Yemen
Chad Indonesia Mauritania Senegal Zambia
Costa de
Marfil
Irak
Mozambiqu
e
Sierra Leona
Cuba Irán Myanmar Siria
Djibouti Jordania Nepal Somalia
REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓNREQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN
DE VISA AUTORIZADADE VISA AUTORIZADA
Nombre Completo del Visitante:
Tiempo de estadía en Panamá (debe ser
exacto):
Número de Pasaporte: Motivo del Viaje:
País que lo expide: Visa que se solicita:
Fecha de vencimiento del
Pasaporte:
Otras visas obtenidas (adjuntar copia):
Nacionalidad: País de residencia actual:
Ocupación/Profesión: Nombre del Solicitante:
Fecha de Nacimiento: Dirección del Solicitante:
Persona responsable en Panamá:
Teléfono del Solicitante:
Fax:
Apartado:
Dirección donde va a residir en
Panamá:
Tiempo de estadía en Panamá (debe ser
exacto):
Teléfono donde se le puede
localizar en Panamá:
Motivo del Viaje:
Visa Estampada
Características:
 No requiere de la autorización previa del Servicio Nacional de
Migración.
 Debe ser solicitada ante el Cónsul de Panamá en aquel país.
 Siempre es visa de turista y el Cónsul decide porque tiempo la
concede.
 Es estampada en el pasaporte y solo entonces, podrá la persona
ingresar a Panamá.
Tarjeta de Turismo (ha sido eliminada)
Los países que podían ingresar a Panamá con tarjeta de turismo no
necesitaban visa, únicamente adquirían en la aerolínea una tarjeta de
turismo que le costaba B/ 5.00 la llenaba con la información solicitada y
la presentaba con su pasaporte a la entrada a Panamá.
LISTADO DE PAISES QUE REQUIEREN VISALISTADO DE PAISES QUE REQUIEREN VISA
ESTAMPADA PARA INGRESAR A PANAMÁESTAMPADA PARA INGRESAR A PANAMÁ
Camerún
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Ghana
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Rep. Centro Africana
Rep. Del Congo
Rep. Dominicana
Swazilandia
Togo
Zimbabwe
Filipinas
REQUISITOS MÍNIMOS PARAREQUISITOS MÍNIMOS PARA
INGRESAR AL PAÍSINGRESAR AL PAÍS
Además de los requisitos para la solicitud de las visas de
ingreso al país (países que la requieran), todos los
extranjeros deben cumplir con los requisitos mínimos para
el ingreso al territorio Nacional (artículo 43):
 Entrar por puestos migratorios oficialmente
habilitados.
 Pasaporte con una vigencia mínima de tres (3) meses.
 No tener impedimento de entrada.
 Solvencia económica (B/.500.00)
 Pasaje de regreso a su país de origen o residencia.
Acuerdo de Supresión de Visas
Los países que aparecen en esta categoría han celebrado
convenios con Panamá en virtud de los cuales se exoneran
recíprocamente del requisito de visa para ingresar al otro
país.
Ejemplo: Argentina, Costa Rica y Chile.
Exención de Visa
No se exige visa a los nacionales de los países que aparecen
en esta categoría porque el Estado panameño
unilateralmente así lo ha decidido.
AUTORIZACIÓN DE ENTRADAS YAUTORIZACIÓN DE ENTRADAS Y
SALIDAS MÚLTIPLESSALIDAS MÚLTIPLES
SECCIÓN 2SECCIÓN 2
ENTRADAS Y SALIDAS MÚLTIPLESENTRADAS Y SALIDAS MÚLTIPLES
VISA MÚLTIPLEVISA MÚLTIPLE
La expide el Servicio Nacional de Migración o
el personal diplomático o consular autorizado
para realizar funciones migratorias, a los
extranjeros no residentes que lo soliciten
(artículos 46, 47 y 49).
VISA MÚLTIPLE DE NO RESIDENTEVISA MÚLTIPLE DE NO RESIDENTE
 La autorización, será de hasta cinco años y constará en el
pasaporte correspondiente, sin perjuicio de que se establezca de
otro modo.
 No concede el derecho a permanecer en el país por un término
mayor del establecido.
 Permitirá a su poseedor salir y entrar al territorio nacional un
número ilimitado de veces, mientras se mantenga vigente.
 Si el extranjero permanece en el territorio después de vencido el
término autorizado, se le aplicarán las sanciones
correspondientes incluida la cancelación.
 Las solicitudes de visas múltiples podrán ser presentadas
personalmente o mediante apoderado legal.
VISA MÚLTIPLE DE RESIDENTEVISA MÚLTIPLE DE RESIDENTE
Los residentes temporales y los permanentes, intrínseco
a su permiso otorgado, tienen la posibilidad de entrar y
salir del territorio nacional sin necesidad de autorización
previa del Servicio Nacional de Migración, con excepción
de los casos en que las autoridades competentes
interpongan medidas cautelares o restricciones de
entrada o salida; no obstante, los extranjeros que se
encuentren tramitando su permiso de residente temporal
o permanente deberán solicitar visa múltiple de entrada
y salida del territorio nacional (artículo 264).
NO ADMISIÓN Y DEPORTACIÓNNO ADMISIÓN Y DEPORTACIÓN
DEL PAÍSDEL PAÍS
SECCIÓN 3SECCIÓN 3
CAUSALES DE NO ADMISIÓNCAUSALES DE NO ADMISIÓN
ARTÍCULO 50ARTÍCULO 50
1. Existencia de una orden de autoridad competente que impida su
entrada.
2. Presentar a la autoridad competente, documentación nacional o
extranjera, material o ideológicamente fraudulenta o adulterada,
con el propósito de obtener la visa de ingreso al territorio nacional.
3. Intentar ingresar al territorio nacional con un documento que no
cumple con los requisitos que exige la legislación vigente.
4. Tener antecedentes penales del país de origen o procedencia.
5. Constituir un riesgo o amenaza a la seguridad nacional o a la
comunidad internacional.
6. Padecer de alguna enfermedad que el Ministerio de Salud califique
como riesgo sanitario, o provenir de un país o región que la
Organización Mundial de la Salud o la Organización Panamericana
de la Salud hayan declarado de alto riesgo epidemiológico.
7. Haber sido deportado o expulsado del país y la orden se mantiene
vigente.
8. Infringir el presente Decreto Ley o su reglamentación.
CAUSALES DE DEPORTACIÓNCAUSALES DE DEPORTACIÓN
ARTÍCULO 314ARTÍCULO 314
1. Ingresar al país en forma irregular, salvo las excepciones
establecidas en leyes especiales.
5 años
2. Permanecer de manera indocumentada o irregular en el
territorio nacional.
5 años
3. Incurrir en conductas que riñan con la moral y las buenas
costumbres.
5 años
4. Haber cumplido pena de prisión. 7-10 años
5. Atentar contra la seguridad pública, defensa nacional y
salubridad pública.
10 años
6. Presentar declaraciones falsas y/o documentales fraudulentos
o alterados, a fin de obtener visa o permiso en las categorías
de no residente, residente temporal o permanente.
10 años
7. Incurrir en cualquiera otra causal que determine el Decreto
Ley o los reglamentos.
5-10 años
LAS CATEGORIASLAS CATEGORIAS
MIGRATORIASMIGRATORIAS
SEGUNDA PARTESEGUNDA PARTE
No residenteNo residente
Extranjero que ingresa ocasionalmente en el territorio nacional,
y no tiene ánimo de establecer su residencia en éste y que debe
contar con recursos económicos propios y adecuados para
mantenerse mientras dure su permanencia y salir del país al
expirar el periodo autorizado. Estos son:
 Turistas. De 30 hasta 90 días.
 Pasajeros y tripulación en tránsito. Duración
dentro de las doce horas siguientes a la de su llegada; Por
fuerza mayor o caso fortuito podrá extenderse la estadía
por setenta y dos horas, previa autorización del Director
General. Se otorga tarjeta de pasajero en tránsito.
 Marinos. Hasta por 5 días. En caso de fuerza mayor o
caso fortuito podrá extenderse este periodo, previa
autorización del Director General.
No residenteNo residente
 Visa de turista
 Visa de marinos (Pase a tierra por 15 días).
 Visa de trabajadores de espectáculos (9 meses
sin prorroga)
 Visa de transeúntes o trabajadores eventuales
 Visa de trabajadores domésticos (1 año
prorrogable 4 veces por igual periodo).
 Visa de corta estancia (9 meses sin prorroga)
• Visa de corta estancia por negocios
• Visa de corta estancia para visitar
familiares
 Visa de pasajeros y tripulantes de naves con fines
de recreo o turismo (tiempo que establezca el
permiso de navegación)
Es el extranjero o sus dependientes que ingresan al territorio nacional
con el ánimo de vivir en el por un periodo de tiempo determinado,
dentro de las diversas categorías migratorias, por un período hasta de
seis años.
 Por razones laborales (por periodos anuales hasta por 6 años)
 Por razones de inversión (hasta 6 años, prorrogables cada 2 años)
• Inversionista agrario
• Inversionista forestal
 Por políticas especiales (sujeto a leyes especiales)
• Personal contratado por el área Panamá-Pacífico
 Por razones de educación (por 1 año, prorrogable hasta 6, no da
permiso de trabajo)
 Por razones religiosas
 Por razones humanitarias (hasta 6 años)
 Por reagrupación familiar
Residente TemporalResidente Temporal
Residente PermanenteResidente Permanente
Es el extranjero que ingresa al territorio nacional por razones económicas
y de inversión, de políticas especiales, y demográficas y otras
subcategorías con ánimo de establecerse en el país. Se podrá obtener
transcurrido el término de 2 años.
 Por razones económicas
 Por políticas especiales
• Jubilado y pensionado
• Inversionista del área económica especial panamá-pacífico
 Por razones demográficas reagrupación familiar
• Casado con panameño
• Dependientes de residentes permanentes
Extranjeros bajo la protección del EstadoExtranjeros bajo la protección del Estado
Son los refugiados, asilados, apátridas y personas bajo estatuto
humanitario provisional de protección, que hayan ingresado en gran
escala o individualmente al territorio nacional en busca de protección
temporal, mientras esperan el retorno a su país de origen o su
reasentamiento en un tercer Estado.
Características importantes:
 Debe ser reconocida la condición de refugiado, asilado o apátrida por la República de
Panamá,
 Reconocida ésta, el Servicio Nacional de Migración otorgará un permiso de residencia
temporal, válido por un año, prorrogable por igual período, siempre que las
autoridades competentes certifiquen que mantiene dicha condición.
 Los extranjeros que gocen de esta condición quedan exentos del pago del depósito de
repatriación hasta que cesen, pierdan tal condición o renuncien a ella.
 Tendrán los mismos derechos que los residentes temporales, incluido el derecho al
trabajo, sujeto a la normativa laboral vigente, la obligación de pagar impuestos y
cuotas de seguridad social en iguales condiciones que los nacionales, así como el pago
de los servicios migratorios.
 Los refugiados podrán ser eximidos de requisitos comunes aplicables a los residentes y
tendrán derecho a cambiar de categoría migratoria.
DERECHOS HUMANOS DEDERECHOS HUMANOS DE
LOS MIGRANTESLOS MIGRANTES
TERCERA PARTETERCERA PARTE
CONSIDERACIONES IMPORTANTESCONSIDERACIONES IMPORTANTES
Todos los derechos humanos aplican a los migrantes.
Todos los migrantes son seres humanos que poseen
derechos humanos y libertades fundamentales e
inalienables que son universalmente reconocidas.
Los derechos humanos están garantizados para todas
las personas presentes en un Estado: por lo tanto
también están garantizados para los migrantes
independientemente de su estatus legal o período de
estancia.
PRINCIPALES DERECHOSPRINCIPALES DERECHOS
HUMANOS DE LOS MIGRANTESHUMANOS DE LOS MIGRANTES
1. Libertad de movimiento.
2. Buscar asilo.
3. No ser discriminado.
4. Derecho a la unidad familiar.
5. Recibir protección y asistencia consular.
6. No estar sometido a la esclavitud.
7. Derecho a un nivel de vida adecuado, buen estado
de salud y bienestar.
8. Derecho a no ser devuelto a su país de origen
cuando su libertad y seguridad se vean amenazadas.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICASREFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
1. Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008. Gaceta Oficial
No. 25.986 de 26 de febrero de 2008.
2. Decreto Ley No. 320 de 08 de agosto de 2008. Gaceta
Oficial No. 26.104 de 13 de agosto de 2008.
3. Visas requeridas para visitar Panamá. Documento virtual
extraído desde: http://eird.org/plataforma-regional/visas
%20requeridas_espa.pdf
4. Derechos y Obligaciones de los Migrantes. Documento
virtual extraído desde:
http://www.iom.int/jahia/Jahia/migration-management-
foundations/rights-obligations-migrants/lang/es
5. Revista: “Migraciones”, julio de 2008. OIM.

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Derecho migratorio_IAFJSR

  • 1. PREPARADO POR: LIC. JONÁS VEGA GARCÍA CURSO INTRODUCTORIO DE DERECHO MIGRATORIO DE LA MIGRACIÓN EN GENERAL Y LOS ASPECTOS BÁSICOS DE LA LEY MIGRATORIA PANAMEÑA DERECHO MIGRATORIO
  • 2. REGLAS BÁSICASREGLAS BÁSICAS 1. Mantener los celulares en silencio. 2. Guardar orden y silencio dentro del aula. 3. Para pedir la palabra, hacer una pregunta o exponer una sugerencia debemos levantar la mano. 4. Guardar el respeto entre los participantes.
  • 3. OBJETIVO GENERALOBJETIVO GENERAL 1. Conoce y estudia de forma general los aspectos básicos de la legislación migratoria panameña.
  • 4. OBJETIVOS ESPECÍFICOSOBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Conoce los requisitos mínimos y visas requeridas para ingresar al país. 2. Enumera las causales de no admisión al país y deportación de la República de Panamá. 3. Estudia las categorías migratorias y sus aspectos más sobresalientes. 4. Establece algunas consideraciones importantes acerca de los derechos humanos de los migrantes. 5. Enumera los principales derechos humanos de los migrantes.
  • 5. EL CONTROL MIGRATORIOEL CONTROL MIGRATORIO PRIMERA PARTEPRIMERA PARTE
  • 6. VISAS REQUERIDAS PARAVISAS REQUERIDAS PARA VISITAR PANAMÁVISITAR PANAMÁ SECCIÓN 1SECCIÓN 1 Nota: los listados de países publicados en esta sección están sujetos cambios, para mayor información consultar modificaciones en la página web de la Cancillería de la República de Panamá.
  • 7. VISAS REQUERIDAS PARA VISITAR PANAMÁVISAS REQUERIDAS PARA VISITAR PANAMÁ Visa Autorizada: Características:  Para nacionalidades restringidas.  Exigen para su concesión ir a investigación por parte del Consejo de Seguridad de la Nación.  La solicitan aquellos ciudadanos de países que por razones de política migratoria requieren una autorización previa del Servicio Nacional de Migración, para entrar al país.  La autorización se solicita desde sus respectivos países (en el Consulado de Panamá en su país) o puede solicitarla una persona interesada que sea residente en Panamá.  Deben cumplir todos los requisitos que exige Migración y si se les aprueba la visa, se notifica al Consulado de Panamá, en aquel país para que se estampe la visa en el pasaporte y la persona pueda viajar a Panamá.  En esta visa, el extranjero debe especificar si la visa es de turista (en este caso especificar el tiempo que desea) o de inmigrante y Migración decide si la concede o no y que tiempo dará al extranjero para estar en Panamá.
  • 8. LISTADO DE PAÍSES QUE REQUIEREN VISALISTADO DE PAÍSES QUE REQUIEREN VISA AUTORIZADA PARA ENTRAR A PANAMÁAUTORIZADA PARA ENTRAR A PANAMÁ Afganistán Egipto Kazajstán Níger Sri Lanka Albania Eritrea Kirguistán Nigeria Sudán Argelia Etiopía Laos Pakistán Surinam Azerbaiyán Gambia Lesoto Palestina Tanzania Bahréin Guinea Laos Rep. Popular de Corea Tayikistán Bangladesh Guinea Bissau Liberia Rep. Dem. Del Congo Túnez Benín Guinea Ecuatorial Libia Rep. Pop de China Turkmenistán Burkina Faso Haití Mali Palestina Uzbekistán Burundi India Marruecos Ruanda Yemen Chad Indonesia Mauritania Senegal Zambia Costa de Marfil Irak Mozambiqu e Sierra Leona Cuba Irán Myanmar Siria Djibouti Jordania Nepal Somalia
  • 9. REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓNREQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE VISA AUTORIZADADE VISA AUTORIZADA Nombre Completo del Visitante: Tiempo de estadía en Panamá (debe ser exacto): Número de Pasaporte: Motivo del Viaje: País que lo expide: Visa que se solicita: Fecha de vencimiento del Pasaporte: Otras visas obtenidas (adjuntar copia): Nacionalidad: País de residencia actual: Ocupación/Profesión: Nombre del Solicitante: Fecha de Nacimiento: Dirección del Solicitante: Persona responsable en Panamá: Teléfono del Solicitante: Fax: Apartado: Dirección donde va a residir en Panamá: Tiempo de estadía en Panamá (debe ser exacto): Teléfono donde se le puede localizar en Panamá: Motivo del Viaje:
  • 10. Visa Estampada Características:  No requiere de la autorización previa del Servicio Nacional de Migración.  Debe ser solicitada ante el Cónsul de Panamá en aquel país.  Siempre es visa de turista y el Cónsul decide porque tiempo la concede.  Es estampada en el pasaporte y solo entonces, podrá la persona ingresar a Panamá. Tarjeta de Turismo (ha sido eliminada) Los países que podían ingresar a Panamá con tarjeta de turismo no necesitaban visa, únicamente adquirían en la aerolínea una tarjeta de turismo que le costaba B/ 5.00 la llenaba con la información solicitada y la presentaba con su pasaporte a la entrada a Panamá.
  • 11. LISTADO DE PAISES QUE REQUIEREN VISALISTADO DE PAISES QUE REQUIEREN VISA ESTAMPADA PARA INGRESAR A PANAMÁESTAMPADA PARA INGRESAR A PANAMÁ Camerún Federación de Rusia Ghana Malawi Rep. Centro Africana Rep. Del Congo Rep. Dominicana Swazilandia Togo Zimbabwe Filipinas
  • 12. REQUISITOS MÍNIMOS PARAREQUISITOS MÍNIMOS PARA INGRESAR AL PAÍSINGRESAR AL PAÍS Además de los requisitos para la solicitud de las visas de ingreso al país (países que la requieran), todos los extranjeros deben cumplir con los requisitos mínimos para el ingreso al territorio Nacional (artículo 43):  Entrar por puestos migratorios oficialmente habilitados.  Pasaporte con una vigencia mínima de tres (3) meses.  No tener impedimento de entrada.  Solvencia económica (B/.500.00)  Pasaje de regreso a su país de origen o residencia.
  • 13. Acuerdo de Supresión de Visas Los países que aparecen en esta categoría han celebrado convenios con Panamá en virtud de los cuales se exoneran recíprocamente del requisito de visa para ingresar al otro país. Ejemplo: Argentina, Costa Rica y Chile. Exención de Visa No se exige visa a los nacionales de los países que aparecen en esta categoría porque el Estado panameño unilateralmente así lo ha decidido.
  • 14. AUTORIZACIÓN DE ENTRADAS YAUTORIZACIÓN DE ENTRADAS Y SALIDAS MÚLTIPLESSALIDAS MÚLTIPLES SECCIÓN 2SECCIÓN 2
  • 15. ENTRADAS Y SALIDAS MÚLTIPLESENTRADAS Y SALIDAS MÚLTIPLES VISA MÚLTIPLEVISA MÚLTIPLE La expide el Servicio Nacional de Migración o el personal diplomático o consular autorizado para realizar funciones migratorias, a los extranjeros no residentes que lo soliciten (artículos 46, 47 y 49).
  • 16. VISA MÚLTIPLE DE NO RESIDENTEVISA MÚLTIPLE DE NO RESIDENTE  La autorización, será de hasta cinco años y constará en el pasaporte correspondiente, sin perjuicio de que se establezca de otro modo.  No concede el derecho a permanecer en el país por un término mayor del establecido.  Permitirá a su poseedor salir y entrar al territorio nacional un número ilimitado de veces, mientras se mantenga vigente.  Si el extranjero permanece en el territorio después de vencido el término autorizado, se le aplicarán las sanciones correspondientes incluida la cancelación.  Las solicitudes de visas múltiples podrán ser presentadas personalmente o mediante apoderado legal.
  • 17. VISA MÚLTIPLE DE RESIDENTEVISA MÚLTIPLE DE RESIDENTE Los residentes temporales y los permanentes, intrínseco a su permiso otorgado, tienen la posibilidad de entrar y salir del territorio nacional sin necesidad de autorización previa del Servicio Nacional de Migración, con excepción de los casos en que las autoridades competentes interpongan medidas cautelares o restricciones de entrada o salida; no obstante, los extranjeros que se encuentren tramitando su permiso de residente temporal o permanente deberán solicitar visa múltiple de entrada y salida del territorio nacional (artículo 264).
  • 18. NO ADMISIÓN Y DEPORTACIÓNNO ADMISIÓN Y DEPORTACIÓN DEL PAÍSDEL PAÍS SECCIÓN 3SECCIÓN 3
  • 19. CAUSALES DE NO ADMISIÓNCAUSALES DE NO ADMISIÓN ARTÍCULO 50ARTÍCULO 50 1. Existencia de una orden de autoridad competente que impida su entrada. 2. Presentar a la autoridad competente, documentación nacional o extranjera, material o ideológicamente fraudulenta o adulterada, con el propósito de obtener la visa de ingreso al territorio nacional. 3. Intentar ingresar al territorio nacional con un documento que no cumple con los requisitos que exige la legislación vigente. 4. Tener antecedentes penales del país de origen o procedencia. 5. Constituir un riesgo o amenaza a la seguridad nacional o a la comunidad internacional. 6. Padecer de alguna enfermedad que el Ministerio de Salud califique como riesgo sanitario, o provenir de un país o región que la Organización Mundial de la Salud o la Organización Panamericana de la Salud hayan declarado de alto riesgo epidemiológico. 7. Haber sido deportado o expulsado del país y la orden se mantiene vigente. 8. Infringir el presente Decreto Ley o su reglamentación.
  • 20. CAUSALES DE DEPORTACIÓNCAUSALES DE DEPORTACIÓN ARTÍCULO 314ARTÍCULO 314 1. Ingresar al país en forma irregular, salvo las excepciones establecidas en leyes especiales. 5 años 2. Permanecer de manera indocumentada o irregular en el territorio nacional. 5 años 3. Incurrir en conductas que riñan con la moral y las buenas costumbres. 5 años 4. Haber cumplido pena de prisión. 7-10 años 5. Atentar contra la seguridad pública, defensa nacional y salubridad pública. 10 años 6. Presentar declaraciones falsas y/o documentales fraudulentos o alterados, a fin de obtener visa o permiso en las categorías de no residente, residente temporal o permanente. 10 años 7. Incurrir en cualquiera otra causal que determine el Decreto Ley o los reglamentos. 5-10 años
  • 22. No residenteNo residente Extranjero que ingresa ocasionalmente en el territorio nacional, y no tiene ánimo de establecer su residencia en éste y que debe contar con recursos económicos propios y adecuados para mantenerse mientras dure su permanencia y salir del país al expirar el periodo autorizado. Estos son:  Turistas. De 30 hasta 90 días.  Pasajeros y tripulación en tránsito. Duración dentro de las doce horas siguientes a la de su llegada; Por fuerza mayor o caso fortuito podrá extenderse la estadía por setenta y dos horas, previa autorización del Director General. Se otorga tarjeta de pasajero en tránsito.  Marinos. Hasta por 5 días. En caso de fuerza mayor o caso fortuito podrá extenderse este periodo, previa autorización del Director General.
  • 23. No residenteNo residente  Visa de turista  Visa de marinos (Pase a tierra por 15 días).  Visa de trabajadores de espectáculos (9 meses sin prorroga)  Visa de transeúntes o trabajadores eventuales  Visa de trabajadores domésticos (1 año prorrogable 4 veces por igual periodo).  Visa de corta estancia (9 meses sin prorroga) • Visa de corta estancia por negocios • Visa de corta estancia para visitar familiares  Visa de pasajeros y tripulantes de naves con fines de recreo o turismo (tiempo que establezca el permiso de navegación)
  • 24. Es el extranjero o sus dependientes que ingresan al territorio nacional con el ánimo de vivir en el por un periodo de tiempo determinado, dentro de las diversas categorías migratorias, por un período hasta de seis años.  Por razones laborales (por periodos anuales hasta por 6 años)  Por razones de inversión (hasta 6 años, prorrogables cada 2 años) • Inversionista agrario • Inversionista forestal  Por políticas especiales (sujeto a leyes especiales) • Personal contratado por el área Panamá-Pacífico  Por razones de educación (por 1 año, prorrogable hasta 6, no da permiso de trabajo)  Por razones religiosas  Por razones humanitarias (hasta 6 años)  Por reagrupación familiar Residente TemporalResidente Temporal
  • 25. Residente PermanenteResidente Permanente Es el extranjero que ingresa al territorio nacional por razones económicas y de inversión, de políticas especiales, y demográficas y otras subcategorías con ánimo de establecerse en el país. Se podrá obtener transcurrido el término de 2 años.  Por razones económicas  Por políticas especiales • Jubilado y pensionado • Inversionista del área económica especial panamá-pacífico  Por razones demográficas reagrupación familiar • Casado con panameño • Dependientes de residentes permanentes
  • 26. Extranjeros bajo la protección del EstadoExtranjeros bajo la protección del Estado Son los refugiados, asilados, apátridas y personas bajo estatuto humanitario provisional de protección, que hayan ingresado en gran escala o individualmente al territorio nacional en busca de protección temporal, mientras esperan el retorno a su país de origen o su reasentamiento en un tercer Estado. Características importantes:  Debe ser reconocida la condición de refugiado, asilado o apátrida por la República de Panamá,  Reconocida ésta, el Servicio Nacional de Migración otorgará un permiso de residencia temporal, válido por un año, prorrogable por igual período, siempre que las autoridades competentes certifiquen que mantiene dicha condición.  Los extranjeros que gocen de esta condición quedan exentos del pago del depósito de repatriación hasta que cesen, pierdan tal condición o renuncien a ella.  Tendrán los mismos derechos que los residentes temporales, incluido el derecho al trabajo, sujeto a la normativa laboral vigente, la obligación de pagar impuestos y cuotas de seguridad social en iguales condiciones que los nacionales, así como el pago de los servicios migratorios.  Los refugiados podrán ser eximidos de requisitos comunes aplicables a los residentes y tendrán derecho a cambiar de categoría migratoria.
  • 27. DERECHOS HUMANOS DEDERECHOS HUMANOS DE LOS MIGRANTESLOS MIGRANTES TERCERA PARTETERCERA PARTE
  • 28. CONSIDERACIONES IMPORTANTESCONSIDERACIONES IMPORTANTES Todos los derechos humanos aplican a los migrantes. Todos los migrantes son seres humanos que poseen derechos humanos y libertades fundamentales e inalienables que son universalmente reconocidas. Los derechos humanos están garantizados para todas las personas presentes en un Estado: por lo tanto también están garantizados para los migrantes independientemente de su estatus legal o período de estancia.
  • 29. PRINCIPALES DERECHOSPRINCIPALES DERECHOS HUMANOS DE LOS MIGRANTESHUMANOS DE LOS MIGRANTES 1. Libertad de movimiento. 2. Buscar asilo. 3. No ser discriminado. 4. Derecho a la unidad familiar. 5. Recibir protección y asistencia consular. 6. No estar sometido a la esclavitud. 7. Derecho a un nivel de vida adecuado, buen estado de salud y bienestar. 8. Derecho a no ser devuelto a su país de origen cuando su libertad y seguridad se vean amenazadas.
  • 30. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICASREFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 1. Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008. Gaceta Oficial No. 25.986 de 26 de febrero de 2008. 2. Decreto Ley No. 320 de 08 de agosto de 2008. Gaceta Oficial No. 26.104 de 13 de agosto de 2008. 3. Visas requeridas para visitar Panamá. Documento virtual extraído desde: http://eird.org/plataforma-regional/visas %20requeridas_espa.pdf 4. Derechos y Obligaciones de los Migrantes. Documento virtual extraído desde: http://www.iom.int/jahia/Jahia/migration-management- foundations/rights-obligations-migrants/lang/es 5. Revista: “Migraciones”, julio de 2008. OIM.