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DERECHO PENAL
DR. AMET LÓPEZ JIMÉNEZ
GENERALIDADES DEL DERECHO
PENAL
Diversas
denominaciones
Definición
Derecho penal
objetivo
Derecho penal
subjetivo
Etapas
Relación con
otras ramas
“El marido que, sorprendiendo en adulterio a su mujer matare en el acto a los adúlteros o a
alguno de ellos, o les causase cualquiera de las lesiones graves, será castigado con la pena de
destierro.
Si les produjere lesiones de otra clase, quedará exento de pena.
Estas reglas son aplicables, en análogas circunstancias, a los padres respecto de sus hijas
menores de veintitrés años y sus corruptores, mientras aquéllas vivieren en la casa paterna.”
”Para proceder por los delitos de violación, abusos deshonestos, estupro y rapto, bastará
denuncia de la persona agraviada, o del cónyuge, ascendiente, hermano, representante legal o
guardador de hecho, por este orden. (...)
Serán castigados con la pena de arresto menor (...)
4º: Los cónyuges que escandalizasen en sus disensiones domésticas, después de haber sido
amonestados por la Autoridad, si el hecho no estuviera comprendido en el Libro II de este
Código.
5º: Los hijos de familia que faltaren al respeto y sumisión debida a los padres”.
e. “El que causara a otro una mutilación genital en cualquiera de sus manifestaciones será
castigado con la pena de prisión de seis a doce años”.
LEY PENAL
La ley penal es la norma jurídica que se refiere a los delitos y a las penas o medidas de
seguridad.
FUENTES DEL DERECHO PENAL
Reales: La causa que hace necesaria su creación de la norma.
Formales: Son los procesos de creación de la norma jurídica.
Históricas: Son los medios objetivos en los cuales se contienen las normas jurídicas.
INTERPRETACIÓN DE LA LEY
PENAL
Noción: significa explicar, aclarar y entender lo que es oscuro y confuso.
 Por su fuente:
 Por su método:
 Por su consecuencia:
APLICACIÓN DE LA LEY PENAL
Aplicación consisten en materializar el contenido de una norma jurídica al caso
concreto.
Artículo 14 Constitucional.
JURISPRUDENCIA
EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL. LA GARANTÍA, CONTENIDA EN EL TERCER PÁRRAFO DEL
ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, TAMBIÉN OBLIGA AL LEGISLADOR. El significado y
alcance de dicha garantía constitucional no se limita a constreñir a la autoridad jurisdiccional a que se
abstenga de imponer por simple analogía o por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada
por una ley exactamente aplicable al hecho delictivo de que se trata, sino que también obliga a la
autoridad legislativa a emitir normas claras en las que se precise la conducta reprochable y la
consecuencia jurídica por la comisión de un ilícito, a fin de que la pena se aplique con estricta
objetividad y justicia; que no se desvíe ese fin con una actuación arbitraria del juzgador, ni se cause
un estado de incertidumbre jurídica al gobernado a quien se le aplique la norma, con el
desconocimiento de la conducta que constituya el delito, así como de la duración mínima y máxima
de la sanción, por falta de disposición expresa.
Amparo directo en revisión 268/2003. 11 de junio de 2003. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza.
Secretario: Jaime Flores Cruz. Amparo directo en revisión 1294/2004. 27 de octubre de 2004.
Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Jaime Flores Cruz. Amparo en
revisión 534/2005. 22 de junio de 2005. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Manuel
González Díaz. Amparo en revisión 933/2005. 3 de agosto de 2005. Cinco votos. Ponente: Juan N.
Silva Meza. Secretario: Roberto Ávila Ornelas. Amparo directo en revisión 55/2006. 8 de febrero de
2006. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Rosalba Rodríguez Mireles. Tesis de
jurisprudencia 10/2006. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de primero de
marzo de dos mil seis.
Ámbito de validez de la ley penal
Con este tema se trata de precisar los alcances y limites de la
ley penal.
Material
Temporal
Espacial
Personal
ÁMBITO MATERIAL
Fuero federal
Fuero común
Fueron militar
ÁMBITO TEMPORAL
¿Cuándo es aplicable una norma penal?
Retroactividad de la ley
ÁMBITO ESPACIAL
La ley debe aplicarse en el territorio donde se crea, pues emana en virtud de la soberanía de
cada estad; por tanto, debe tener aplicación en su propio territorio y no en otro.
Principios.
Territorialidad.
De extraterritorialidad
Personal
ÁMBITO PERSONAL
En este ámbito, la validez de la ley penal atiende a la persona a quien va dirigida.
Principio de igualdad
Excepciones al principio de igualdad
Declaración de procedencia
Inmunidad diplomática
CONCURSO APARENTE DE NORMAS
Es la regulación jurídica de un mismo hecho por dos o más normas que resultan ser
incompatibles entre sí, las cuales se pueden presentar de diversas formas.
1. Entre normas de la parte general contra normas de la parte general
2. Entre normas de la parte especial contra normas de la parte especial
3. Entre normas de la parte general contra normas de la parte especial
4. Entre normas del Código penal contra normas de una ley especial
5. Entre normas de una ley especial contra normas de una ley especial
PRINCIPIOS QUE REGULAN EL CONFLICTO
DE NORMAS INCOMPATIBLES ENTRE SÍ
PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD
PRINCIPIO DE CONSUNCIÓN O ABSORCIÓN
PRINCIPIO DE SUBSIDARIEDAD
Tesis
ACTIVIDAD UNO
1.- Conforme a lo abordado en clase, ¿considera usted que el Derecho penal debe existir?
Fundamente su respuesta
Caso práctico
4.- Realice el siguiente caso práctico:
En relación a la mecánica de los hechos se advierte que el ofendido OSMAR GORDILLO SANTORO, el día 17 diecisiete de noviembre de 1999 mil
novecientos noventa y nueve, cuando se encontraba trabajando en su rancho, ubicado en el Municipio de Palenque, Chiapas, llegaron MARCOS
HERNÁNDEZ MARIN y cinco personas más fuertemente armadas y que vestían ropa tipo militar con pasamontañas, quienes amagaron al ofendido
subiéndolo a una camioneta de color rojo propiedad del secuestrado, posteriormente bajaron de dicho vehículo al señor OSMAR GORDILLO
SANTORO, para hacerlo caminar doce kilómetros aproximadamente y escuchaba que entre sus secuestradores se decían los apodos de “EL CORAL”
Y EL “SARGENTO” proponiéndole al secuestrado que iban a hacer un intercambio de personas secuestradas refiriéndose al hijo del señor OSMAR,
pues por esta persona podían exigir la cantidad de tres millones de pesos, y que por el rescate del señor OSMAR se pedían la cantidad de UN
MILLÓN Y MEDIO DE PESOS, considerando que por la forma de hablar de estas personas que se decían ser zapatistas y al parecer eran del rumbo
del Municipio de las Margaritas, Chiapas, por lo que en el tiempo que lo tuvieron secuestrado le hicieron que grabara en un cassette un mensaje
dirigido a los hijos del señor OSMAR, el cual decía “HIJOS VENDAN LOS RANCHOS, EL GANADO Y PRESTEN A MIS MEJORES AMIGOS O COMPADRES
LO QUE HAGA FALTA PARA ACOMPLETAR EL MILLÓN Y MEDIO DE PESOS QUE ME PIDEN ESTAS PERSONAS, POR MI NO SE PREOCUPEN ESTOY
TOMANDO LOS DILATADORES O CAFÉ ASPIRINAS Y ME SIENTO MUY BIEN”, y que el día 02 dos de diciembre de 1999 mil novecientos noventa y
nueve al secuestrado lo dejaron en la carretera que conduce a Palenque y Ocosingo, precisamente a la altura del río XHUPA, quien después de
caminar por la carretera alguien le dio un ray conduciéndolo a su domicilio particular, lugar en que le dijo su hijo, haber pagado la cantidad de
SEISCIENTOS VEINTE MIL PESOS, y un lote de alhajas de oro valuada en la cantidad de OCHENTA MIL PESOS.
¿Determine qué ley aplicaría al caso en concreto atendiendo al año en que ocurrieron los hechos?
¿Determine qué tipo penal debe aplicarse al caso en concreto?
ACTIVIDAD
6.- Realice la siguiente actividad. Validez de la ley penal
Conforme a las lecturas de la antología que hablan del tema validez de la ley y conforme a lo visto en clase explique con
sus palabras cada una de las siguientes
Características:
Ámbito material de validez.
▪
Ámbito personal de la ley penal.
▪
Ámbito espacial de la ley penal.
▪
Ámbito temporal de la ley penal.
DERECHO PENAL
Derecho penal objetivo: conjunto de normas
Derecho penal subjetivo: ius puniendi
DEFINICIÓN DERECHO PENAL
El Derecho penal es el conjunto normativo
perteneciente al derecho público interno, que tiene por
objeto al delito, al delincuente y la pena o medida de
seguridad, para mantener el orden social mediante el
respeto de los bienes jurídicos tutelados por la ley.
AMUCHATEGUI REQUENA
El Derecho penal se compone de la suma de todos los preceptos
que regulan los presupuestos o consecuencias de una conducta
conminada con una pena o con una medida de seguridad y
corrección.
RELACIÓN CON OTRAS RAMAS
DEL DERECHO
ETAPAS
Etapas privada
Etapa divina
Etapa pública
Etapa humana
PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD
Principio de especialidad: el contenido preceptivo o
prohibitivo de la norma aparece conformado con todos los
elementos que reúne la norma general más uno o varios
elementos diferentes específicos que la diferencian de
aquella
MALO CAMACHO
PRINCIPIO DE SUBSIDARIEDAD
La norma subsidiaria únicamente operará cuando no es posible la
aplicación de la norma principal, es decir, el tipo genérico será
subsidiario cuando fracase la aplicación del tipo penal especifico.
La tentativa
Participe
PRINCIPIO DE CONSUNCIÓN O
ABSORCIÓN
Este principio opera en razón de la mayor amplitud de una norma en
su entidad valorativa absorbiendo a otra de menor y excluye, así, su
misión sancionadora. Sin que sea necesario que protejan el mismo
bien jurídico como se exige en el principio de especialidad.
Existen dos hipótesis de absorción:
•El delito progresivo: El delito consumado absorbe al tentado
El delito de lesión absorbe al de peligro
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•Los actos posteriores impunes.
ROBO CON VIOLENCIA FÍSICA Y COMETIDO POR PERSONA ARMADA, IMCOMPATIBLE DE
AMBAS CALIFICATIVAS.-Si en el delito de robo concurren, como materia de la acusación y la
condena, las circunstancias agravadoras de la punibilidad, de violencia y al a vez la de haberse
cometido por persona armada, previstas respectivamente en los numerales 373, párrafo
segundo y 381, fracción XI, ambos del Código Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero
Común y para toda la Republica en Materia de Fuero Federal, al hacerse consistir en que el
activo, con el instrumento que portaba lesionó al pasivo, como medio para reducirlo y poder
cometer el ilícito patrimonial; es evidente la incompatibilidad entre las dos modalidades, al
calificar una y otra la misma conducta, pues el medio operativo para la causación de la violencia
física no pudo ser otro que el empleo del arma; por tanto, ante el concurso de normas
incompatibles entre sí, por la consunción o absorción, la agravante de persona armada queda
absorbida por la de violencia física por ésta ser de mayor amplitud al estimarse aquélla como el
único medio a través del cual y sólo por esa fuerza contra el ofendido , es que se podía el fin
propuesto.
ROBO Y DAÑO EN PROPIEDAD AJENA. CASO EN QUE NO COEXISTEN. El delito de robo no puede
coexistir con el de daño en propiedad ajena cuando con motivo del apoderamiento de un bien,
el infractor causa daños o deteriora un inmueble, tomando en cuenta que el daño sólo fue
consecuencia del mecanismo empleado para la consumación del robo, por lo tanto, en casos
como el de la especie, el daño en propiedad ajena queda consumado en el robo por carecer de
autonomía.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo directo 190/90. Gonzalo
Tepalcingo Sánchez y otros. 15 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo
Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.
CUADRO SINÓPTICO
5.- Realice un cuadro sinóptico sobre el tema concurso aparente de leyes penales.
CASO PRÁCTICO
Seis elementos de la agencia federal de investigación, al momento de estar ejecutando una
orden una orden de aprehensión, golpean a su aprehendido y lo desapoderan de su valioso
reloj.
Analice si en el caso en concreto nos encontramos ante un concurso de normas incompatibles y
determine cuáles serían.
CASO PRÁCTICO
Juan Gabriel cuando se encontraba caminado por las afueras de Plaza Mirador es detenido por
Jesús, quien lo amenaza con un arma punzo cortante diciéndole “dame todo lo que traigas”,
Juan Gabriel al encontrarse acorralado le entrega a Jesús su celular el cual tiene un costo de
$2,000.00 pesos, una vez realizado su cometido Jesús se da a la fuga.
Determine si en el caso en concreto nos encontramos ante la comisión de los delitos de robo,
amenazas y portación de arma prohibida.
Determine si en el caso en concreto nos encontramos ante un concurso de normas, de
considerarlo así con qué principio considera se puede resolver el asunto.
CASO PRÁCTICO
El día ocho de marzo de dos mil diecisiete, en el domicilio de Juan Luis Guerra, se introdujeron
dos personas del sexo masculino, al encontrarse en el interior del domicilio se apoderaron de
un televisor de la marca Sony de 40 pulgadas, un celular color blanco de la marca Alcatel,
asimismo se apoderaron de dos anillos de oro, después de dicho apoderamiento deciden
romper con un tubo un dvd color negro marca Sony y un computador de escritorio, todo esto
por encontrarse enojados por no poder llevarse dicho bienes muebles.
Determine si en el caso planteado nos encontramos ante un concurso aparente de normas
penales. Si considera que si determine si el principio que le puede dar solución a dicho problema
es el principio de absorción.
Considera que nos encontramos ante la comisión de diversos delitos.
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  • 2.
  • 3.
  • 4.
  • 5. GENERALIDADES DEL DERECHO PENAL Diversas denominaciones Definición Derecho penal objetivo Derecho penal subjetivo Etapas Relación con otras ramas
  • 6. “El marido que, sorprendiendo en adulterio a su mujer matare en el acto a los adúlteros o a alguno de ellos, o les causase cualquiera de las lesiones graves, será castigado con la pena de destierro. Si les produjere lesiones de otra clase, quedará exento de pena. Estas reglas son aplicables, en análogas circunstancias, a los padres respecto de sus hijas menores de veintitrés años y sus corruptores, mientras aquéllas vivieren en la casa paterna.”
  • 7. ”Para proceder por los delitos de violación, abusos deshonestos, estupro y rapto, bastará denuncia de la persona agraviada, o del cónyuge, ascendiente, hermano, representante legal o guardador de hecho, por este orden. (...)
  • 8. Serán castigados con la pena de arresto menor (...) 4º: Los cónyuges que escandalizasen en sus disensiones domésticas, después de haber sido amonestados por la Autoridad, si el hecho no estuviera comprendido en el Libro II de este Código. 5º: Los hijos de familia que faltaren al respeto y sumisión debida a los padres”. e. “El que causara a otro una mutilación genital en cualquiera de sus manifestaciones será castigado con la pena de prisión de seis a doce años”.
  • 9. LEY PENAL La ley penal es la norma jurídica que se refiere a los delitos y a las penas o medidas de seguridad.
  • 10. FUENTES DEL DERECHO PENAL Reales: La causa que hace necesaria su creación de la norma. Formales: Son los procesos de creación de la norma jurídica. Históricas: Son los medios objetivos en los cuales se contienen las normas jurídicas.
  • 11. INTERPRETACIÓN DE LA LEY PENAL Noción: significa explicar, aclarar y entender lo que es oscuro y confuso.  Por su fuente:  Por su método:  Por su consecuencia:
  • 12. APLICACIÓN DE LA LEY PENAL Aplicación consisten en materializar el contenido de una norma jurídica al caso concreto. Artículo 14 Constitucional.
  • 13. JURISPRUDENCIA EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL. LA GARANTÍA, CONTENIDA EN EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, TAMBIÉN OBLIGA AL LEGISLADOR. El significado y alcance de dicha garantía constitucional no se limita a constreñir a la autoridad jurisdiccional a que se abstenga de imponer por simple analogía o por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al hecho delictivo de que se trata, sino que también obliga a la autoridad legislativa a emitir normas claras en las que se precise la conducta reprochable y la consecuencia jurídica por la comisión de un ilícito, a fin de que la pena se aplique con estricta objetividad y justicia; que no se desvíe ese fin con una actuación arbitraria del juzgador, ni se cause un estado de incertidumbre jurídica al gobernado a quien se le aplique la norma, con el desconocimiento de la conducta que constituya el delito, así como de la duración mínima y máxima de la sanción, por falta de disposición expresa. Amparo directo en revisión 268/2003. 11 de junio de 2003. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Jaime Flores Cruz. Amparo directo en revisión 1294/2004. 27 de octubre de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Jaime Flores Cruz. Amparo en revisión 534/2005. 22 de junio de 2005. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Manuel González Díaz. Amparo en revisión 933/2005. 3 de agosto de 2005. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Roberto Ávila Ornelas. Amparo directo en revisión 55/2006. 8 de febrero de 2006. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Rosalba Rodríguez Mireles. Tesis de jurisprudencia 10/2006. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de primero de marzo de dos mil seis.
  • 14. Ámbito de validez de la ley penal Con este tema se trata de precisar los alcances y limites de la ley penal. Material Temporal Espacial Personal
  • 15. ÁMBITO MATERIAL Fuero federal Fuero común Fueron militar
  • 16. ÁMBITO TEMPORAL ¿Cuándo es aplicable una norma penal? Retroactividad de la ley
  • 17. ÁMBITO ESPACIAL La ley debe aplicarse en el territorio donde se crea, pues emana en virtud de la soberanía de cada estad; por tanto, debe tener aplicación en su propio territorio y no en otro. Principios. Territorialidad. De extraterritorialidad Personal
  • 18. ÁMBITO PERSONAL En este ámbito, la validez de la ley penal atiende a la persona a quien va dirigida. Principio de igualdad Excepciones al principio de igualdad Declaración de procedencia Inmunidad diplomática
  • 19. CONCURSO APARENTE DE NORMAS Es la regulación jurídica de un mismo hecho por dos o más normas que resultan ser incompatibles entre sí, las cuales se pueden presentar de diversas formas. 1. Entre normas de la parte general contra normas de la parte general 2. Entre normas de la parte especial contra normas de la parte especial 3. Entre normas de la parte general contra normas de la parte especial 4. Entre normas del Código penal contra normas de una ley especial 5. Entre normas de una ley especial contra normas de una ley especial
  • 20. PRINCIPIOS QUE REGULAN EL CONFLICTO DE NORMAS INCOMPATIBLES ENTRE SÍ PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD PRINCIPIO DE CONSUNCIÓN O ABSORCIÓN PRINCIPIO DE SUBSIDARIEDAD Tesis
  • 21.
  • 22. ACTIVIDAD UNO 1.- Conforme a lo abordado en clase, ¿considera usted que el Derecho penal debe existir? Fundamente su respuesta
  • 23. Caso práctico 4.- Realice el siguiente caso práctico: En relación a la mecánica de los hechos se advierte que el ofendido OSMAR GORDILLO SANTORO, el día 17 diecisiete de noviembre de 1999 mil novecientos noventa y nueve, cuando se encontraba trabajando en su rancho, ubicado en el Municipio de Palenque, Chiapas, llegaron MARCOS HERNÁNDEZ MARIN y cinco personas más fuertemente armadas y que vestían ropa tipo militar con pasamontañas, quienes amagaron al ofendido subiéndolo a una camioneta de color rojo propiedad del secuestrado, posteriormente bajaron de dicho vehículo al señor OSMAR GORDILLO SANTORO, para hacerlo caminar doce kilómetros aproximadamente y escuchaba que entre sus secuestradores se decían los apodos de “EL CORAL” Y EL “SARGENTO” proponiéndole al secuestrado que iban a hacer un intercambio de personas secuestradas refiriéndose al hijo del señor OSMAR, pues por esta persona podían exigir la cantidad de tres millones de pesos, y que por el rescate del señor OSMAR se pedían la cantidad de UN MILLÓN Y MEDIO DE PESOS, considerando que por la forma de hablar de estas personas que se decían ser zapatistas y al parecer eran del rumbo del Municipio de las Margaritas, Chiapas, por lo que en el tiempo que lo tuvieron secuestrado le hicieron que grabara en un cassette un mensaje dirigido a los hijos del señor OSMAR, el cual decía “HIJOS VENDAN LOS RANCHOS, EL GANADO Y PRESTEN A MIS MEJORES AMIGOS O COMPADRES LO QUE HAGA FALTA PARA ACOMPLETAR EL MILLÓN Y MEDIO DE PESOS QUE ME PIDEN ESTAS PERSONAS, POR MI NO SE PREOCUPEN ESTOY TOMANDO LOS DILATADORES O CAFÉ ASPIRINAS Y ME SIENTO MUY BIEN”, y que el día 02 dos de diciembre de 1999 mil novecientos noventa y nueve al secuestrado lo dejaron en la carretera que conduce a Palenque y Ocosingo, precisamente a la altura del río XHUPA, quien después de caminar por la carretera alguien le dio un ray conduciéndolo a su domicilio particular, lugar en que le dijo su hijo, haber pagado la cantidad de SEISCIENTOS VEINTE MIL PESOS, y un lote de alhajas de oro valuada en la cantidad de OCHENTA MIL PESOS. ¿Determine qué ley aplicaría al caso en concreto atendiendo al año en que ocurrieron los hechos? ¿Determine qué tipo penal debe aplicarse al caso en concreto?
  • 24. ACTIVIDAD 6.- Realice la siguiente actividad. Validez de la ley penal Conforme a las lecturas de la antología que hablan del tema validez de la ley y conforme a lo visto en clase explique con sus palabras cada una de las siguientes Características: Ámbito material de validez. ▪ Ámbito personal de la ley penal. ▪ Ámbito espacial de la ley penal. ▪ Ámbito temporal de la ley penal.
  • 25. DERECHO PENAL Derecho penal objetivo: conjunto de normas Derecho penal subjetivo: ius puniendi
  • 26. DEFINICIÓN DERECHO PENAL El Derecho penal es el conjunto normativo perteneciente al derecho público interno, que tiene por objeto al delito, al delincuente y la pena o medida de seguridad, para mantener el orden social mediante el respeto de los bienes jurídicos tutelados por la ley. AMUCHATEGUI REQUENA El Derecho penal se compone de la suma de todos los preceptos que regulan los presupuestos o consecuencias de una conducta conminada con una pena o con una medida de seguridad y corrección.
  • 27. RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO
  • 29. PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD Principio de especialidad: el contenido preceptivo o prohibitivo de la norma aparece conformado con todos los elementos que reúne la norma general más uno o varios elementos diferentes específicos que la diferencian de aquella MALO CAMACHO
  • 30. PRINCIPIO DE SUBSIDARIEDAD La norma subsidiaria únicamente operará cuando no es posible la aplicación de la norma principal, es decir, el tipo genérico será subsidiario cuando fracase la aplicación del tipo penal especifico. La tentativa Participe
  • 31. PRINCIPIO DE CONSUNCIÓN O ABSORCIÓN Este principio opera en razón de la mayor amplitud de una norma en su entidad valorativa absorbiendo a otra de menor y excluye, así, su misión sancionadora. Sin que sea necesario que protejan el mismo bien jurídico como se exige en el principio de especialidad. Existen dos hipótesis de absorción: •El delito progresivo: El delito consumado absorbe al tentado El delito de lesión absorbe al de peligro El delito medio es absorbido por el delito fin •Los actos posteriores impunes.
  • 32. ROBO CON VIOLENCIA FÍSICA Y COMETIDO POR PERSONA ARMADA, IMCOMPATIBLE DE AMBAS CALIFICATIVAS.-Si en el delito de robo concurren, como materia de la acusación y la condena, las circunstancias agravadoras de la punibilidad, de violencia y al a vez la de haberse cometido por persona armada, previstas respectivamente en los numerales 373, párrafo segundo y 381, fracción XI, ambos del Código Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero Común y para toda la Republica en Materia de Fuero Federal, al hacerse consistir en que el activo, con el instrumento que portaba lesionó al pasivo, como medio para reducirlo y poder cometer el ilícito patrimonial; es evidente la incompatibilidad entre las dos modalidades, al calificar una y otra la misma conducta, pues el medio operativo para la causación de la violencia física no pudo ser otro que el empleo del arma; por tanto, ante el concurso de normas incompatibles entre sí, por la consunción o absorción, la agravante de persona armada queda absorbida por la de violencia física por ésta ser de mayor amplitud al estimarse aquélla como el único medio a través del cual y sólo por esa fuerza contra el ofendido , es que se podía el fin propuesto.
  • 33. ROBO Y DAÑO EN PROPIEDAD AJENA. CASO EN QUE NO COEXISTEN. El delito de robo no puede coexistir con el de daño en propiedad ajena cuando con motivo del apoderamiento de un bien, el infractor causa daños o deteriora un inmueble, tomando en cuenta que el daño sólo fue consecuencia del mecanismo empleado para la consumación del robo, por lo tanto, en casos como el de la especie, el daño en propiedad ajena queda consumado en el robo por carecer de autonomía. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo directo 190/90. Gonzalo Tepalcingo Sánchez y otros. 15 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.
  • 34. CUADRO SINÓPTICO 5.- Realice un cuadro sinóptico sobre el tema concurso aparente de leyes penales.
  • 35. CASO PRÁCTICO Seis elementos de la agencia federal de investigación, al momento de estar ejecutando una orden una orden de aprehensión, golpean a su aprehendido y lo desapoderan de su valioso reloj. Analice si en el caso en concreto nos encontramos ante un concurso de normas incompatibles y determine cuáles serían.
  • 36. CASO PRÁCTICO Juan Gabriel cuando se encontraba caminado por las afueras de Plaza Mirador es detenido por Jesús, quien lo amenaza con un arma punzo cortante diciéndole “dame todo lo que traigas”, Juan Gabriel al encontrarse acorralado le entrega a Jesús su celular el cual tiene un costo de $2,000.00 pesos, una vez realizado su cometido Jesús se da a la fuga. Determine si en el caso en concreto nos encontramos ante la comisión de los delitos de robo, amenazas y portación de arma prohibida. Determine si en el caso en concreto nos encontramos ante un concurso de normas, de considerarlo así con qué principio considera se puede resolver el asunto.
  • 37. CASO PRÁCTICO El día ocho de marzo de dos mil diecisiete, en el domicilio de Juan Luis Guerra, se introdujeron dos personas del sexo masculino, al encontrarse en el interior del domicilio se apoderaron de un televisor de la marca Sony de 40 pulgadas, un celular color blanco de la marca Alcatel, asimismo se apoderaron de dos anillos de oro, después de dicho apoderamiento deciden romper con un tubo un dvd color negro marca Sony y un computador de escritorio, todo esto por encontrarse enojados por no poder llevarse dicho bienes muebles. Determine si en el caso planteado nos encontramos ante un concurso aparente de normas penales. Si considera que si determine si el principio que le puede dar solución a dicho problema es el principio de absorción. Considera que nos encontramos ante la comisión de diversos delitos. Considera que en el caso planteado estamos ante un concurso ideal o un concurso real de delitos