1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE- RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Ensayo Derecho Financiero
Asignatura: Derecho Tributario
Sección: SAIA-A
Profesora: Emily Ramírez
Integrante: Adbeel Josué Peña Silva
C.I 24.925.463
Barquisimeto Noviembre, 2019
2. Derecho Financiero
Como bien es conocido el termino derecho se encuentra intrínsecamente relacionado con
todos los aspectos que rigen la sociedad, puesto que de este depende todo el ordenamiento
que direcciona una nación, estado, municipio según su división, en este sentido este
ordenamiento jurídico se da igualmente en el ámbito financiero con el fin de que se ejerza un
orden de aplicación a través de las leyes fiscales, decretos, reglamentos, providencias con el
fin de establecer una relación entre el Estado y particulares, sobre los asuntos financieros de
la nación.
Es por ello que se puede establecer que los medios que rigen esta relación se encuentran
establecidos dentro de la concepción del Derecho Financiero, puesto que por este medio se
cubren todas las actividades de los entes públicos en materia financiera, todo lo referente al
presupuesto, partidas y todos aquellos instrumentos a través de los cuales el estado o
cualquier instancia en nombre del mismo disponga de parte de las arcas nacionales, se refiere
exclusivamente a la actividad del Estado, y las Finanzas Públicas.
Es decir la posición que adopta el Estado mediante las actividades financieras
(económicas, políticas, jurídicas y sociológicas) donde este puede ser como ente acreedor o
deudor y todo esto con miras a realizar su función pública de generar un bienestar común
administrando de la manera más correcta posible los recursos de los ciudadanos. Es por ello
que dentro de sus características se trata de un derecho público ya que regula la gestión
financiera de las instituciones públicas no solo a nivel central sino de cada una de las regiones
que integran a la nación, y a la vez es un derecho interno; esto quiere decir que le pertenece
al Estado en sí y no a varias naciones.
En cuanto a su relación con otras ramas del derecho se puede ejemplificar en diferentes
ámbitos por ejemplo en el ámbito del Derecho Penal en materia tributaria existen normas
penales; ejemplo la facultad de recaudar impuestos constituye un derecho pecuniario del
Estado y los ingresos por tales conceptos corresponden a ingresos, de modo que las
infracciones a las normas fiscales constituyen verdaderos delitos contra el patrimonio y de
naturaleza análoga a los del derecho común, en otras palabras se encuentran relacionadas al
derecho. Por su parte en relación al Derecho Procesal se indican las normas, los
procedimientos y pasos a seguir en la aplicación del derecho, y la única forma en que se
3. puede obligar a pagar tributos e impuestos, es mediante el debido proceso, indica la forma
de defenderse ante el fisco, de solicitar justicia, y el fisco de hacer cumplir las leyes, por otra
parte mediante el derecho procesal se permiten los procesos a través de los cuales se puede
penalizar algún funcionario que cometa peculio en el uso y administración de cualquier
recurso financiero inserto dentro de la administración pública.
En cuanto al derecho Administrativo: porque este es quien regula la estructura y
funcionamiento de los servicios públicos, y el Derecho financiero le da los recurso necesarios
para realizar sus fines, le da el dinero, regula la parte económica. Es por ello que esta rama
se encuentra intrínsecamente relacionada a las diferentes ramas del derecho, en este sentido
no habría de denominarse autónoma este concepto no debería aplicarse al ámbito jurídico,
porque aparte de prestarse a las más dispares interpretaciones, ni siquiera puede hablarse de
separación entre derecho publica y derecho privado, ya que no pueden existir normas
independientes en la totalidad del sistema jurídico; de manera que la expresión autonomía
solo puede ser entendida con fines didácticos con respecto a cualquiera de las disciplinas del
derecho.
Por consiguiente no es autónoma puesto que en este Derecho se engloban todos los
principios y normas relativas a la Actividad Financiera del Estado, con una gran complejidad
y contingencia, donde predomina el concepto de fuente escrita y asimismo se consagra la
existencia de una pluralidad de fuentes que estructuran un sistema unitario, así la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, señala que la Hacienda
Pública se somete a la Ley y al derecho; esto quiere decir que el Derecho Financiero está
compuesto por varias Fuentes de Derecho, y no sólo por la Ley, fuentes directas como la
constitución, las leyes, los decretos ley, reglamentos, así como fuentes indirectas como
tratados internacionales, la doctrina, la jurisprudencia, en conclusión se emanan diferentes
leyes que forman un compendio pero puede tratarse o definirse como autónoma por el hecho
de que el derecho financiero solo aplica a su ámbito de acción que los recursos económicos
de la nación,