Las fuentes del derecho tributario en Venezuela incluyen la Constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos, providencias administrativas, doctrina, jurisprudencia y costumbres. El Código Orgánico Tributario establece que las principales fuentes son la Constitución, tratados, leyes y reglamentos dictados por los órganos administrativos. La doctrina y jurisprudencia son fuentes indirectas no vinculantes.
el presente trabajo trata sobre lo que son las
FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO
Entendemos por fuentes del Derecho tributario las formas o actos a través de los cuales se manifiesta la vigencia del Derecho o también las manifestaciones Externas mediante las cuales se expresa la realidad de un ordenamiento jurídico.
Asi mismo en el C.O.T establece en su artículo 2 cuales son las fuentes del derecho tributario las cuales son las siguientes:
1. Las disposiciones constitucionales
2. Los tratados, convenios o acuerdo internacionales celebrados por la Republica.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estatales y municipales.
5. Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.
el presente trabajo trata sobre lo que son las
FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO
Entendemos por fuentes del Derecho tributario las formas o actos a través de los cuales se manifiesta la vigencia del Derecho o también las manifestaciones Externas mediante las cuales se expresa la realidad de un ordenamiento jurídico.
Asi mismo en el C.O.T establece en su artículo 2 cuales son las fuentes del derecho tributario las cuales son las siguientes:
1. Las disposiciones constitucionales
2. Los tratados, convenios o acuerdo internacionales celebrados por la Republica.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estatales y municipales.
5. Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.
“Las normas que sancionan el estatuto de los derechos fundamentales, junto a aquellas que consagran la forma de Estado y las que establecen el sistema económico”.
DERECHO FINANCIERO
Definición. Contenido. Fuentes del Derecho Financiero: a) Constitución, b) Ley, c) Decretos Ley, d) Reglamentos, e) tratados internacionales. Relación del derecho financiero con otras ramas del derecho: a) derecho constitucional, b) derecho administrativo, c) derecho procesal, e) Derecho penal, f) derecho tributario. Autonomía
DERECHO TRIBUTARIO
derecho tributario. Autonomía del derecho tributario. Principios generales del derecho tributario: a) legalidad, b) generalidad, c) Igualdad, d) progresividad, e) no confiscatoriedad, f) no retroactividad, g) justicia tributaria, h) prohibición de impuesto pagadero en servicio personal. Ramas del derecho tributario: a) derecho tributario material, b) derecho tributario formal, c) derecho tributario procesal, d) derecho tributario penal, e) derecho tributario internacional, f) Derecho tributario constitucional.
El derecho financiero Es aquella rama del derecho público que contempla una serie de normas jurídicas que regulan todas las actividades referentes a la administración de los recursos públicos (ingresos y gastos) reflejados de alguna manera en el Presupuesto Estatal, además del patrimonio de la nación, es decir de la Hacienda Nacional.
“Las normas que sancionan el estatuto de los derechos fundamentales, junto a aquellas que consagran la forma de Estado y las que establecen el sistema económico”.
DERECHO FINANCIERO
Definición. Contenido. Fuentes del Derecho Financiero: a) Constitución, b) Ley, c) Decretos Ley, d) Reglamentos, e) tratados internacionales. Relación del derecho financiero con otras ramas del derecho: a) derecho constitucional, b) derecho administrativo, c) derecho procesal, e) Derecho penal, f) derecho tributario. Autonomía
DERECHO TRIBUTARIO
derecho tributario. Autonomía del derecho tributario. Principios generales del derecho tributario: a) legalidad, b) generalidad, c) Igualdad, d) progresividad, e) no confiscatoriedad, f) no retroactividad, g) justicia tributaria, h) prohibición de impuesto pagadero en servicio personal. Ramas del derecho tributario: a) derecho tributario material, b) derecho tributario formal, c) derecho tributario procesal, d) derecho tributario penal, e) derecho tributario internacional, f) Derecho tributario constitucional.
El derecho financiero Es aquella rama del derecho público que contempla una serie de normas jurídicas que regulan todas las actividades referentes a la administración de los recursos públicos (ingresos y gastos) reflejados de alguna manera en el Presupuesto Estatal, además del patrimonio de la nación, es decir de la Hacienda Nacional.
Intitulé « liberté, égalité, connectés », préfacé par Nicolas Sarkozy, cet ouvrage présente 53 initiatives numériques portées par les territoires de France métropolitaine et d’outre-mer, menées dans tous les domaines de l’action publique locale : développement économique, gestion interne de la collectivité, santé et social, services rendus au public, tourisme, culture et éducation.
Ce nouveau tome propose cette année un traitement éditorial renouvelé, donnant largement la parole aux élus, experts, « grands témoins », dans le cadre d’interviews, de tribunes... Autant de points de vue qui mettent en perspective les stratégies des politiques locales numériques, au regard des enjeux et besoins spécifiques à chaque territoire.
Wie funktionieren die Entwicklungsprozesse neuer Therapien?jangeissler
"Wie funktionieren die Entwicklungsprozesse neuer Therapien?", präsentiert von Jan Geissler, Geschäftsführer der Europäischen Patientenakademie (EUPATI)
La participation associative au regard des temps sociauxChristophe Lemesre
Comparés à la population totale des plus de 15 ans, les adhérents aux associations sont
plus diplômés, plus aisés et plus souvent des hommes. Résider dans une zone rurale ou
une petite ville, mais aussi dans l’Ouest et l’Est de la France incite à l’adhésion. Les
associations sportives et culturelles sont de loin les plus représentées.
Pour les salariés, travailler dans le secteur public prédispose à s’adonner à une activité
associative. La maîtrise de son emploi du temps et la pratique d’horaires variables sont
également des situations qui sont favorables, au contraire de l’exercice d’un métier
pénible et fatigant. La fréquentation des associations est plus forte chez les salariés qui
choisissent un temps partiel et chez les salariés à temps plein dont les horaires
hebdomadaires sont inférieurs à 35 heures. En revanche, elle pâtit d’une activité
professionnelle exigeant des durées beaucoup plus longues
Modos de extincion de la obligación jurídica tributariaCarlos10856770
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO-ESTADO LARA
MATERIA; DERECHO TRIBUTARIO
ESTUDIANTE; CARLOS MONASTERIO
DOCENTE ABOGADA; EMILY RAMÍREZ
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfsandradianelly
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestr
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO-ESTADO LARA
ENSAYO
“FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO”
NOMBRE CARLOS MONASTERIO
MATERIA; D. TRIBUTARIO
C.I. 10856770
DOCENTE. ABOG. EMILY RAMÍREZ
SAIAC
2. 2
BARQUISIMETO, SEPTIEMBREDE 2015
Las fuentes del derecho tributario se desprenden en primer lugar
de nuestra norma suprema la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, puesto que de ella emanan todas las
demás leyes que conforman nuestro ordenamiento jurídico. En tal
sentido se puede decir que es la forma en que se producen las
norman reguladoras que constituyen en este caso el Derecho
tributario.
Es por esta razón que el artículo 2 del Código Orgánico Tributario
tipifica que las fuentes del Derecho Tributario son las disposiciones
constitucionales, los tratados, convenios o acuerdos celebrados por
la república. Asimismo las leyes y los actos con contrato de Ley, los
contratos relativos a la estabilidad jurídica de los regimen de tributos
nacionales, Estadales y Municipales.
En tal sentido las reglamentaciones y otras disposiciones de
carácter general los cuáles deben ser establecidos por los órganos
administrativos facultados. Continuando con este orden de ideas el
artículo 2 del Código Orgánico tributario no se refiere al orden en
que aparecen las fuentes ya que estas guardan mucha relación con
su jerarquía legal puesto que se dan de la siguiente manera.
*Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
*Contratos y convenios
3. 3
*Las Leyes
*Los contratos por estabilidad jurídica
*Los Reglamentos
Es necesario acotar que en el Derecho Tributario nos
encontramos también con las Fuentes Indirectas
denominadas así puesto que no son de obligatorio
cumplimiento ni vinculante. Estas son la doctrina y la
jurisprudencia.
La Ley es un precepto establecido por las autoridades
que ordena, prohíbe o permite los actos tributarios
asimismo los reglamentos son normas jurídica que tienen
carácter general y es dictada por la administración
publica. En ese mismo orden y como parte de las fuentes
del Derecho tributarios nos encontramos también con los
tratados internaciones estos son los acuerdos que se
realizan entre naciones los cuáles se obligan a cumplir con
determinado acuerdo en este caso relacionado al tributo.
En el caso de las providencias administrativas estas se
relaciona a los agentes de retención de impuestos al valor
agregados y a los sujetos pasivos especiales, en el caso de
la doctrina son los diferentes estudios de carácter
científico que los juristas realizan con relación al derecho
tributario y la jurisprudencia es el conjunto de normas
que emanan de los tribunales con competencia tributaria
y para concluir el estudio de las fuentes del Derecho
4. 4
tributario hago referencia a la costumbre la cuál es
considerada por la doctrina fuente del derecho.
Desde el punto de vista jurídico esta fuente se entiende
como una repetición constante y reiterativa del
comportamiento de las personas en nuestra sociedad. Es
de mencionar que su formación es de vital importancia en
el derecho tributario puesto que tiene marcada relación
con las costumbres y la sociedad que es donde hace vida
activa el derecho tributario.
Es de destacar que las fuentes son las que hacen
posible la formalidad y debido cumplimiento del Derecho
tributario dentro de la sociedad por su carácter jurídico,
regulador y sancionador.