Este documento clasifica los derechos reales como derechos subjetivos que recaen directamente sobre las cosas. Divide los derechos reales en provisionales, plenos y limitados. Explica que la posesión es el poder físico entre una persona y una cosa, en virtud del cual la persona ejerce facultades inherentes al dominio sobre la cosa con intención de someterla a un derecho de propiedad.