La personalidad jurídica de las sociedades mercantiles se deriva del reconocimiento oficial del Estado, el cual las convierte en titulares de derechos y obligaciones. Las sociedades mercantiles tienen una personalidad jurídica distinta de las personas que las integran, lo que les permite contraer obligaciones y realizar actividades generando responsabilidad jurídica frente a sí mismas y terceros. La personalidad jurídica es un privilegio que la ley concede a asociaciones que cumplen requisitos y persiguen fines específicos.