1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Alumna:
Carlys Gimenez
C.I.26.358.955
Derecho Internacional Privado
Sección SAIA-A
Docente:
Emily Ramírez
2. Criterios para la Determinación de la Lex Societatis en atención a las Personas Jurídicas con atención a las
Sociedades Mercantiles
La Lex Societatis es la ley rectora de una sociedad mercantil la cual rige la constitución, disolución, funcionamiento y
extinción de la misma. La Lex societatis abarca la nacionalidad de la persona jurídica siendo estos, entes capaces de
obligaciones y derechos,incluyendo las sociedades mercantiles cuya nacionalidad proviene de las jurisprudencias,
doctrinas y de la codificacióninternacional. Las sociedadesmercantiles plantean problemas en lo referente a la
nacionalidad. Los criterios que determinan la lex societatis en atención a las sociedades mercantiles son:
NACIONALIDAD
Para las sociedadesmercantiles la nacionalidad actúa destinado a identificar la
lex societatis,es decir es un criterio que establece la nacionalidad del país donde
se constituyo la sociedad haciendo mención sobre su funcionamiento,
representacióny en tal caso, la extinción de la misma
DOMICILIO
Es el país de suscripción del capital y un verdadero aporte internacional y así lo
ha sido por personas naturales o jurídicas de nacionalidades o domicilios
extranjeros y a pesar de que haya sido suscrito en determinado territorio esa
compañíaes intrínsecamente extranjera en virtud de la extracción del capital.
Sin embargo también se ha evaluado el criterio de la nacionalidad de los socios
ya que conforme a dicha teoría el ente moral no actúa sino cuando lo hacen las
personas naturales que le han dado vida
RECONOCIMIENTO
Permite determinar el Derecho del foro el cual reconocerá la personalidad
jurídica de una sociedad extrajera
CAPACIDAD
Hace referenciaa todos aquellos entes son capaces de obligaciones y derechos.
Respecto al Derecho Público se encuentra:
Estados
Municipios
Organismos y dependencias de Gobierno
En cuanto al Derecho Privado se encuentra:
3. Asociaciones
Corporaciones
Sociedades Civiles y Mercantiles
Fundaciones
Cabe destacar que, en la LegislaciónVenezolana el Código de comercio en cuanto a la nacionalidad, establece que las
sociedad constituidas en países extranjeros que tengan en la republica su objeto principal de explotación, comercio o
industria, serán sociedades nacionales y aquellas sociedadesconstituidas en países extranjeros que solo tengan en la
republica sucursales o actividad que no sea el objeto principal mantendrá su personalidad pero aun así se consideraran
domiciliadas en Venezuela
Relevancia del lugar de Constitución
RECONOCIMIENTO Su relevancia viene dada porque es la autorización de la personalidad jurídica
de una sociedad extranjera
NACIONALIDAD
Su relevancia viene dada ya que fija la nacionalidad dentro de un territorio
CONSTITUCION
La relevancia viene dada en virtud de que tiene las mismas implicaciones
jurídicas que el contrato regida por el principio Lex LociCelebrationis,
sometiéndoseentonces a las las condiciones de fondo que rigen en esa
legislación
CAPACIDAD En el derecho público como en el derecho privado todos sus sujetos debenser
capaces de derecho y obligaciones proporcionando seguridad jurídica
DOMICILIO Es realmente importante y su relevancia viene dada en virtud de que, una sede
dentro de un territorio deberáadoptar la nacionalidad la cual variara conforme a
4. la extracción del capital
Respecto a las soluciones,la legislaciónVenezolana, el Código Civil específicamente guarda absoluto silencio con relación
a la nacionalidad de estos entes jurídicos,sin embargo como se menciono anteriormente el Código de Comercio señala
algo respecto a la nacionalidad , estableciendo que "las sociedadesconstituidas en país extranjero que tengan en la
Repúblicael objeto principal de su explotación, comercioo industria, se reputaran sociedadesnacionales, y en cambio, las
sociedades que constituidas también en país extranjero solo tuviesen en la Repúblicasucursales o explotaciones que no
constituyan su objeto principal, conservan su nacionalidad, pero se les consideraradomiciliadas en Venezuela.
Por lo tanto, Estas sociedadesse consideran no domiciliadas y la Ley les reconoce su existencia y su capacidad para
ejercersus negociosen Venezuela y comparecerante los tribunales del país como demandantes o demandadas;en este
punto el legisladorvenezolano acogió íntegramente la Teoríade la PersonaColectiva Real, en contraposiciónde la antigua
teoría de la ficciónlegal que solo aceptaba que la persona jurídica tuviese vida en el territorio donde se había constituido
Código de Comercio
Código Civil
http://saia.uft.edu.ve/moodle/pluginfile.php/731475/mod_resource/content/2/La_Personas_Juridicas_en_el_Derecho_Internacional_Privado_Tema_12_.
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LA URL DE LA ACTIVIDAD:https://www.slideshare.net/carlyspaolagiemenez/derecho-internacional-privado-221620461