Este documento trata sobre el derecho penal aplicado a personas adolescentes en conflicto con la ley. Resume los principales aspectos sustantivos y procesales derivados de convenios internacionales y normas locales, incluyendo los objetivos, marco legal, principios y garantías del sistema de justicia penal para adolescentes según la Convención sobre los Derechos del Niño y otras normativas.
Trabajo presentado ante la Universidad Bicentenaria de Aragua, nucleo Charallave, carrera: Derecho, para la materia Teoria General del Proceso II, profesor: Jean Carlos Montana, Alumna: Nancy Carolina Vanegas Terán, Modalidad: 100% On-line
Estas pequeñas láminas tienen objeto adentrarnos al análisis del estudio de la teoría del delito, dentro de sus diferentes aspectos, es decir, positivos y negativos. Se estudia a partir de un punto la conducta, la tipicidad, la antijuricidad, la culpabilidad, así como la puniblidad, además se exponen, la ausencia de conducta, la atipicidad, las causas de justificación, la inculpabilidad y la excusas absolutorias.
Trabajo presentado ante la Universidad Bicentenaria de Aragua, nucleo Charallave, carrera: Derecho, para la materia Teoria General del Proceso II, profesor: Jean Carlos Montana, Alumna: Nancy Carolina Vanegas Terán, Modalidad: 100% On-line
Estas pequeñas láminas tienen objeto adentrarnos al análisis del estudio de la teoría del delito, dentro de sus diferentes aspectos, es decir, positivos y negativos. Se estudia a partir de un punto la conducta, la tipicidad, la antijuricidad, la culpabilidad, así como la puniblidad, además se exponen, la ausencia de conducta, la atipicidad, las causas de justificación, la inculpabilidad y la excusas absolutorias.
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenilGloria Achá
El principio de la autonomía progresiva implica que las personas menores de edad también pasan a ejercer
progresivamente sus responsabilidades. En ese marco, funciona un sistema de Justicia Penal para Adolescentes (o Justicia Penal Juvenil) en el entendido de que la persona adolescente puede enfrentar las consecuencias de sus actos y asumir la responsabilidad por la comisión de un delito.
Para lograr ello, es importante comprender la naturaleza, los alcances y los fines del sistema penal para adolescentes, a fin de avanzar hacia la especialización, hacia un cambio que dé lugar al cumplimiento de los fines socioeducativos, para proporcionar a los/las adolescentes en conflicto con la ley la posibilidad de un nuevo proyecto de vida y la reducción de la reincidencia. Solo a través de ello, se podrá lograr un sistema de justicia penal para Adolescentes que sea especializado, justo y eficiente.
Pautas para la aplicación del enfoque socioeducativo signedPrograma Libertas
El sistema de Justicia Penal Juvenil o Justicia Penal para Adolescentes tiene un fin socioeducativo, en razón de los sujetos. El presente texto ofrece una guía para el cumplimiento de ese fin, que permitirá lograr la asunción de responsabilidad en las personas adolescentes imputadas por un delito.
ENJ-400: Módulo II: Normativa Internacional referente a los/as menores de edadENJ
Módulo II: Normativa Internacional referente a los/as menores de edad del curso Juez de Paz Niños, Niñas y Adolescentes del Programa de Formación de Aspirantes ENJ
Posicionamiento de UNICEF Argentina sobre Justicia Penal Juvenil basado en la...teleSUR TV
La normativa a nivel nacional es incompatible con la Convención sobre los Derechos del Niño. El Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos han señalado la necesidad de derogar la normativa nacional y sancionar una ley acorde a los estándares internacionales.
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
ENJ-300 Derecho Penal Juvenil
1. Derecho Penal de la Persona
Adolescente
Docentes:
Rosanna Ramos Reyes
Francisco Pérez Lora
Marcia Angeles Suárez
2. Objetivo General
Analizar los aspectos sustantivos y procesales
aplicados a la persona adolescente en
conflicto con la ley penal, derivados de los
Convenios Internacionales y las normas
locales.
3. Justicia penal PA.
a) Concepto
b) Fines
c) Antecedentes
d) Marco legal nacional
e) Normativa internacional
f) Principios y garantias.
4. Fin de la justicia penal PA.
Modelo mixto. Combinación de:
Sistemas educativos o de bienestar
Sistemas de justicia penal
5. Antecedentes
Modelo de garantismo:
• Convenciòn sobre los Derechos del Niño. Ley 136-03.
Modelo mixto (tutelar-garantista):
• Ley 14-94.
Modelo tutelar:
• Còdigo Penal
• Còdigo Civil
• Ley 603- 1941.
6.
“Menor en situación irregular”
Centralización
Juez en rol asistencial/
ejecuta política social
Juez como padre
Juez con facultades ilimitadas
Asistencial confundido con
penal (menor
abandonado/delincuente)
Desconocimiento de derechos
y garantías
Adultos e instituciones en
situación irregular
Descentralización
Juez en rol jurisdiccional
Juez técnico
Juez limitado por garantías
Asistencial separado de
penal
Reconocimiento de derechos
y garantías
Pre-Convención vs. Post-Convención
7.
Modelo etiológico
Peligrosista
Inimputabilidad
Derecho penal de autor
Privación de libertad como
regla
Medidas por tiempo
indeterminado
Modelo de la reacción
social
Garantista
Responsabilidad penal
específica
Derecho penal de acto
Privación de libertad
excepcional, en casos de
infracciones penales
graves/otras sanciones
Sanciones diversificadas por
tiempo determinado
Pre-Convención vs. Post-Convención
8. Marco legal nacional.
Constituciòn de la Repùblica
Código para el sistema de protección y los
derechos fundamentales de los niños, niñas y
adolescentes (Ley 136-03).
Código Procesal Penal (Ley 76-02)
Còdigo Penal y leyes penales especiales
9. Ley 136-03
Libro I: Definición . Sistema de Protección y Derechos
Fundamentales: Títulos: Principios Generales;
Garantías y Derechos Fund.; Sistema Nacional de
Protección de NNA (1-57).
Libro II: Derecho de Familia: Títulos: Disposiciones
Generales; Filiación; Autoridad Parental; Guarda y
Régimen de Visitas; Adopción; Alimentos; Tutela,
Procedimientos especiales (58-206).
Libro III: Jurisdicción NNA: Títulos: Dispos. Generales;
Justicia Penal de la persona adolescente; Atribuciones
excepcionales de la jurisd. de NNA; Competencia de la
Jurisdicción Penal Ordinaria (208-416).
Libro IV: CONANI y medidas de protección y restitución
de derechos: Títulos: Del CONANI; De las medidas de
protección y restitución de derecho, el proceso y la
ejecución (417-487).
10. Normativa internacional
Convención de las Naciones Unidas (NU) sobre los
Derechos del Niño (1989).
Reglas Mínimas de las NU para la Administración de
Justicia de Menores (Reglas de Beijing, 1985).
Reglas de las NU para la Protección de Menores Privados
de Libertad (1990).
Directrices de las NU para la Prevención de la
Delincuencia Juvenil (Directrices de RIAD. 1990).
11. La Convenciòn sobre los Derechos
del Niño (CDN)
Consagración de nuevos derechos
Carta mundial de derechos
Normas vinculantes
Principios aplicables a la totalidad de la
infancia
Referencia a la justicia penal de la persona
adolescente
12. Derechos niños en conflicto
con ley penal
Art. 40.2 CDN: - Presunción de inocencia
Derecho a ser informado y a la defensa
Proceso sin dilaciones y demoras
Juez imparcial
No obligación de prestar testimonio o declararse culpable
Derecho a recurrir
Derecho a la intimidad y asistencia gratuita de intérprete
Art.37 CDN: - Prohibición de torturas o tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes
Prohibición de pena capital y/o prisión perpetua a menores de 18 años
Prohibición de detenciones ilegales o arbitrarias
Principio de humanidad y dignidad
Separación de los adultos en internamiento
Derecho al pronto acceso a la asistencia y al control de la detención
13. Directrices de Riad
•
Principios fundamentales (1-6)
•
Alcance de las directrices (7-8)
•
Prevención general (9)
•
Procesos de socialización (10-44)
•
Política social (45-51)
•
Legislación y administración de justicia de
menores (52-59)
•
Investigación; formulación de normas y
coordinación (60-66)
14. Reglas de (Beijing)
• Principios generales (1-9)
• Investigación y procesamiento (10-13)
• De la sentencia y resolución (14-22)
• Tratamiento fuera de los establecimientos
penitenciarios (23-25)
• Tratamiento en establecimientos penitenciarios
(26-29)
• Investigación, planificación, formulación y
evaluación de políticas (30)
15. Reglas de las NU para la protección de
menores de edad privados de libertad.
• Perspectivas fundamentales (1-10)
• Alcance y aplicación de las reglas (11-16)
• Menor detenido o en prisión preventiva (17-18)
• La administración de los centros de menores (19-
80)
• El personal (81-87)
16. La jurisdicción Penal en materia de
adolescentes
Un Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes
por provincia.
En lo penal tenemos:
Juez de la etapa preparatoria
Juez de la etapa preliminar
Juez de fondo
Jueces de Corte de Apelación
Juez control ejecución de las sanciones
Suprema Corte de Justicia.
17. La justicia penal de la persona
adolescente: principios y garantías
Definición
Objetivos
Grupos etáreos
Presunción de minoridad
Ley 106- 13 que modifica la 136-03
Ámbito de aplicación de la ley 136-03 en el
tiempo
Interpretación y aplicación de los principios
de la ley 136-03
18. Principios y garantías del proceso
penal de la persona adolescente
Justicia especializada
Procedimiento especial
Legalidad y lesividad
Confidencialidad
Contradictoriedad
Participación
Privación de libertad en un centro
especializado
Aplicación de los principios del CPP
19. Las acciones en el sistema de justicia penal de
la persona adolescente.
Acción Publica a Instancia Privada
a)Violación al secreto de las comunicaciones;
b) Golpes y heridas que no causen lesión permanente;
c) Vías de hecho;
d) Amenaza;
e) Robo sin violencia y sin armas;
f) Estafa;
g) Abuso de confianza;
h) Trabajo pagado y no realizado;
i) Trabajo realizado y no pagado;
j) Falsedades en escrituras privadas;
20. La Acción Civil
Cuando el hecho punible causado por una persona
adolescente, no emancipada, sea como autora o
cómplice, produzca daños y perjuicios, comprometerá
únicamente la responsabilidad civil de sus padres o
responsables, a menos que el niño, niña o adolescente
tenga patrimonio propio.
21. Prescrición De La Acción Penal
La acción penal prescribirá al vencimiento de un
plazo igual al máximo de la pena en las
infracciones sancionadas con penas privativas de
libertad, sin que en ningún caso este plazo pueda
exceder de cinco (5) años, ni ser inferior a tres
(3), y a los seis (6) meses las infracciones de
acción pública a instancia privada y las
contravenciones. Estos términos se contarán a
partir del día en que se cometió la infracción a la
ley penal.