2. Propósito
Analizar el rol del Poder Judicial en su
relación con los demás Poderes del
Estado, su misión, visión, valores,
simbología, base normativa que rige
la gestión humana y la forma en la
que estamos organizados.
3. Contenido
Poder Judicial: misión, visión y valores.
1.
Plan Estratégico Visión Justicia 20/24
2.
Símbolos del Poder Judicial
3.
Normativa que rige al sistema de Carrera Judicial.
4.
Organización Judicial y Administrativa
5.
Servicio Judicial
6.
Código de Comportamiento Ético
7.
Régimen Disciplinario
8.
Política generales y comunes a todos los servidores
9.
Canales y Redes de Comunicación de la Institución
10.
4. Jerarquía Constitucional del Poder
Judicial
Legislativo Ejecutivo Judicial
Es el Poder
responsable de
proponer y elaborar
las leyes que nos
rigen.
Está conformado por
el Senado y la
Cámara de
Diputados.
Es ejercido por el
Presidente de la
República. Entre sus
funciones se destacan
la gestión del Estado,
la promulgación y la
publicación de las
leyes, nombrar a los
integrantes de la
jurisdicción militar y
policial, entre otros.
Tiene como función
administrar justicia
para decidir sobre los
conflictos entre
personas físicas o
morales, en derecho
privado o público, en
todo tipo de procesos,
juzgando y haciendo
ejecutar lo juzgado.
5. Misión y Visión del Poder Judicial
Una justicia oportuna, inclusiva,
accesible y confiable, garante de la
dignidad y los derechos de las
personas, reconocida por la
integridad y compromiso
institucional de sus servidores y
servidoras.
Garantizar derechos resolviendo
conflictos de manera oportuna y
eficiente, a través de una administración
de justicia que favorece la convivencia
pacífica, en el marco de un Estado Social
y democrático de Derecho.
7. Ejes Estratégicos
Justicia para todas y todos
Facilitar el acceso a la
justicia de la población
en condición de
vulnerabilidad
Adecuar la
infraestructura para
hacerla mas incluyente
y signa.
Propiciar la solución de
conflictos mediante
métodos alternos
Servir a las personas a
través de medios
digitales
Servicio Judicial
Oportuno y eficiente
Lograr un
servicio de
justicia eficiente
y confiable
apoyado en las
TIC¨S.
Optimizar el
marco
normativo para
fortalecer el
servicio.
Integridad para una
justicia confiable
Incrementar el
compromiso
institucional.
Promover una
gestión judicial
transparente.
Fortalecer la
carrera judicial y
desarrollar
capacidades
para la gestión
por resultados
8. Símbolos del Poder Judicial
1
2
3 Mallete
Bandera Diosa Temis
Balanza
Crucifijo
10. Símbolos del Poder Judicial
1
2
3
Birretes
El birrete es un gorro armado en forma hexagonal, de
color negro y coronado por una borla; utilizado con
carácter obligatorio en las audiencias públicas por los
jueces, los Procuradores Generales, los Procuradores
Fiscales, los Defensores Públicos y los abogados.
Borla morado obispo para los jueces, azul
copenhague para los representantes del Ministerio
Público, y blanca para Defensores Públicos y los
abogados.
11. Símbolos del Poder Judicial
1
2
3
Botón con el que se identifica a los Jueces de
la Suprema Corte de Justicia. Es de color
dorado y mide aproximadamente ½ pulgada
de diámetro.
Botón con el que se identifica a los Jueces de
Cortes de Apelación. Tiene un borde de color
azul con letras doradas y en el centro el
Escudo Nacional en dorado. Mide
aproximadamente ½ pulgada.
Botón con el que se identifica a los Jueces de
Primera Instancia y Jueces de Paz. Tiene un
borde de color negro con letras doradas y en
el centro el Escudo Nacional a color. Mide 1
pulgada de diámetro
Botón con el que se identifica a los
Registradores de Título
Botones
13. Himno del Poder Judicial
1
3
Himno del Poder
Judicial
Es autoría de Rafael
Scarfullery Sosa y su arreglo
musical del Maestro Rafael
Solano.
14. Normativa del Poder Judicial
1
Normativa del Poder Judicial
El Poder Judicial dominicano está regulada
por un marco normativo que dispone su
funcionamiento y crea las
reglamentaciones para su desempeño.
15. 1
Constitución Dominicana
Función del Poder Judicial At. 149
La Carrera Judicial Art.150
Independencia Art.151
SCJ y atribuciones Arts.152-154
Consejo del Poder Judicial Arts.155-156
Organización Judicial Desde Art. 157
Normativa del Poder Judicial
16. 1
Ley 327-98 de Carrera
Judicial
Ingreso de los Jueces
Escalafón judicial
Permisos, licencias y
vacaciones
Ascensos, traslados y cambios
Remuneración
Evaluación del Desempeño
Derechos y Deberes
Prohibiciones
Régimen Disciplinario
Seguridad Social
Santo Domingo, D.N., República Dominicana
Ley No. 327-98
Sobre la Carrera Judicial
y Su Reglamento de
Aplicación
Normativa del Poder Judicial
17. 1
Ley 339-22 de Medios Digitales
Tiene por objeto habilitar y regular el uso de
medios digitales para los procesos judiciales y
procedimientos administrativos del Poder
Judicial.
Medios digitales y portal judicial
Comunicaciones y notificaciones judiciales y
sus efectos.
Firma digital y su validez
Audiencias virtuales
Normativa del Poder Judicial
18. 1
Ley 28-11 Del Consejo del Poder Judicial
El Consejo del Poder Judicial es el
órgano constitucional de
administración y disciplina del Poder
Judicial.
Santo Domingo, D.N., República
Dominicana
Ley No. 28-11
Orgánica del Consejo
del Poder Judicial
Funciones
Composición
Elección de sus miembros
Órganos de apoyo operativo
Normativa del Poder Judicial
19. 1
Composición del Consejo del Poder Judicial
Composición
Presidente
Juez/Jueza de la Suprema Corte
de Justicia o su equivalente
Juez/Jueza de Corte de
Apelación o su equivalente
Juez/Jueza de Primera Instancia
o su equivalente
Juez/Jueza de Paz o su
equivalente
Normativa del Poder Judicial
20. 1
Funciones del Consejo del Poder Judicial
Presentar al pleno de la SCJ
los candidatos/as para
nombramiento,
determinación de jerarquía
y ascenso de los/las
jueces/juezas.
Elaborar y remitir al Poder
Ejecutivo la propuesta del
presupuesto anual.
Aprobar la actualización anual
del Escalafón Judicial
Formular los programas,
normas complementarias y
políticas de la Carrera Judicial
Designar a los/las
funcionarios/as y empleados/as.
Conceder licencias
remuneradas o no a los
jueces/juezas, y empleados/as
cuando las mismas superen los
30 días
Normativa del Poder Judicial
27. Suprema Corte de Justicia
La Suprema Corte de Justicia es el órgano
jurisdiccional superior de todos los
organismos judiciales.
Sus Órganos Jurisdiccionales son:
Pleno
Primera Sala
Segunda Sala
Tercera Sala
Salas reunidas
Presidente de la Suprema Corte de
Justicia
28. Cortes de Apelación
Las Cortes de Apelación
Las cortes de apelación conocen, de las apelaciones a las
sentencias, de conformidad con la ley; en primera instancia de
las causas penales seguidas a jueces de primera instancia o sus
equivalentes; procuradores fiscales, titulares de órganos y
organismos autónomos y descentralizados del Estado,
gobernadores provinciales, alcaldes del Distrito Nacional y de
los municipios; y, de los demás asuntos que determinen las
leyes
9 Cortes divididas en Cámaras, a saber:
Barahona, La Vega, San Cristóbal, San Francisco de Macorís, San
Pedro de Macorís, Santo Domingo, Santiago, Distrito Nacional y
San Juan de ka Maguana.
Plenitud de Jurisdicción en Montecristi y Puerto Plata
29. Juzgados de Primera Instancia
Juzgados de Primera Instancia
Conocen en primer grado de todas las materias que no les sean
atribuidas por ley a otro tribunal y los demás asuntos que les
atribuye de manera expresa la ley.
Están organizados de la siguiente forma:
Juzgados de Primera Instancia Ordinarios divididos en cámara o
salas.
Juzgados de Primera Instancia con plenitud de jurisdicción.
Tribunales de Niños, Niñas y Adolescentes.
Los Juzgados de Trabajo.
Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original.
Jueces de Ejecución de la Pena.
Tribunal de Control de las Sanciones de la Persona Adolescente.
Juzgados de la Instrucción.
Tribunal de Control de las Sanciones de la Persona Adolescente.
30. Juzgados de Paz
Tribunales unipersonales de menor jerarquía.
De dividen en:
Juzgados de Paz Ordinarios
1.
Conocen de las pensiones alimentarias; y de las acciones
puramente personales o mobiliarias, en única instancia, en
materia civil y comercial hasta la suma de tres mil pesos
(RD$3,000) y con cargo a apelación hasta el valor de veinte mil
pesos (RD$20,000).
Juzgados Especiales de Tránsito
2.
Son competentes para conocer de las infracciones por violación
a la Ley núm. 63-17.
Juzgados de Paz para Asuntos Municipales
3.
Conocen de todas las infracciones de las leyes, ordenanzas,
reglamentos y resoluciones municipales.
En la actualidad existen doscientos trece (213) Juzgados de Paz
en funcionamiento
33. Dirección General de Administración y Carrera Judicial
Gestiona la ejecución de
políticas y medidas
presupuestarias, financieras,
administrativas del Sistema de
Carrera Judicial, del Sistema
de Carrera Administrativa y de
los recursos humanos en
general.
Direcciones Generales
34. Dirección General Técnica
Orientar, conducir, coordinar y
contribuir con la ejecución de los
procesos de reforma y
modernización administrativa del
Poder Judicial, a través de sus
órganos técnicos de planificación,
presupuesto, sistemas de
información, de tecnologías de la
información y cooperación
internacional.
Direcciones Generales
35. Inspectoría General del Consejo del Poder Judicial
Órgano de apoyo investigativo y de vigilancia
del Consejo del Poder Judicial encargado de
recabar y suministrar información
actualizada y fiable sobre la situación de los
órganos jurisdiccionales del Poder Judicial,
vigilar el funcionamiento de los servicios de
la administración de justicia, contribuir al
mejoramiento de su gestión y realizar las
medidas de instrucción en ocasión de las
denuncias presentadas ante el Consejo del
Poder Judicial, sin perjuicio de las facultades
de otros órganos del Estado.
Direcciones Generales
36. Escuela Judicial adscrita al Poder
Judicial de la República Dominicana,
creada mediante la Ley 327-98 de
Carrera Judicial del 11 de agosto de
1998. Esta enfocada en contribuir con la
excelencia en el sistema de
administración de justicia y para ello
implementa un conjunto de
programas dirigidos a satisfacer todas
las necesidades de capacitación de los
integrantes del Poder Judicial.
Direcciones Generales
38. Centros de Servicio Presencial
Los Centros de Servicio Presencial,
son áreas de servicio común de los
tribunales de una sede judicial,
gestionan el proceso de atención a
usuarios(as), realizan la recepción
de trámites y documentos
dirigidos a las diferentes salas
mediante registro en el Sistema de
Gestión Judicial, lo que permite su
trazabilidad. Consultas de
información y entrega de
productos.
Direcciones Generales
39. Servicios que ofrecen los CSP
Recepción de Documentos: Recibir las solicitudes de asuntos y trámites para los
tribunales dependencias de la sede, de manera presencial.
Consulta o Información: Dar respuestas relativas a preguntas sobre expedientes o
procesos en curso en los tribunales o dependencias del Poder Judicial e información
general sobre la administración de justicia.
Entrega de Productos: Realizar entregas a los (las) usuarios (as) de los documentos
autorizados por la secretaría de tribunales.
Firma de Penados: Atención a usuarios que cursan penas judiciales, captando el
registro de su firma.
Recepción y trámite de QRS: Recibir y tramitar las quejas, reclamos y sugerencias,
de los (as) usuarios (as) que se dirigen hacia los Centros de Servicio.
41. Jueces/az.
Otras inst.
adscritas o
depend. del
PJ
Servidores/as
Administrativ
os Judiciales.
Escuela
Nacional de
la Judicatura.
Aspirantes a Jueces
durante el proceso
del concurso de
oposición,
capacitación y
entrenamiento.
Oficiales de
la Justicia.
Alcance del CCE
42. Valores del Código de Comportamiento Ético
Buen-mejor juez-
jueza
Excelencia Judicial
Confianza Pública
Ejemplaridad
Transparencia
Judicial
43. Valores del Código de Comportamiento
Ético
Buen-mejor juez-jueza
Dos características fundamentales que
posee un buen-mejor juez/a:
Forma de impartir justicia, aun en
escenarios delicados y adversos.
1.
Sus comportamientos privados con
trascendencia pública, los cuales
deberán estar precedidos por la
prudencia.
2.
44. Excelencia Judicial
Los jueces deberán ser
personas de mayores virtudes
cívicas que los ciudadanos en
general, debido a que a los
ojos de cualquier observador
razonable, tienen mayor
responsabilidades sociales,
además de las propias de su
función.
Valores del Código de Comportamiento
Ético
45. Confianza Pública
Resultado de la valoración que
la sociedad en general hace del
comportamiento excelente de
los jueces
Valores del Código de Comportamiento
Ético
46. Ejemplaridad
Promueve la determinación de
cada juez/a de poner al servicio de
la función y gestión judicial, toda
sus condiciones intelectuales,
morales, conductuales,
actitudinales, sociales y
ciudadanas, a efectos de
promover entre sus pares y ante la
sociedad el mayor estándar
deseable que se espere de un
funcionario judicial o cualquier
observador.
Valores del Código de Comportamiento
Ético
47. Transparencia Judicial
Este valor se vincula a los
comportamientos públicos y
privados con trascendencia
pública de los jueces/zas;
además de las condiciones de
las dimensiones financieras,
contables, administrativas y de
auditoría.
Valores del Código de Comportamiento
Ético
48. Principios del Código de Comportamiento
Ético
Independencia Secreto profesional y Libertad de expresión
Imparcialidad Conocimiento y Capacitación
Integridad Flexibilidad
Justicia y Fortaleza
Motivación y Argumentación jurídica
Prudencia y Moderación
Neutralidad
Responsabilidad Compromiso con los Derechos Humanos y la Democracia
Diligencia
Credibilidad
Cortesía y Decoro
Transparencia y Rendición de cuentas
Vocación de servicio y Humildad Cuidado y Conservación de los bienes y recursos
49. Principios del CCE
Integridad
Disposición de actuar con responsabilidad y respeto a la gestión jurisdiccional y
administrativa conforme a los Valores y Principios de la Institución.
El Juez/a y demás servidores/as en sus
relaciones personales con los restantes
profesionales vinculados al sistema de
administración de justicia deberán evitar el
riesgo de proyectar una apariencia de
favoritismo.
a.
El Juez/a y demás servidores/as no aceptarán
regalo, cortesía o consideración que exceda las
lógicas convencionales sociales y, en ningún
caso cuando ponga en riesgo su apariencia de
imparcialidad.
b.
50. Principios del CCE
Prudencia y Moderación
Comportamiento, actitud y decisión producto de un juicio de conciencia,
justificado racionalmente, luego de haber meditado y valorado argumentos y
contra argumentos disponibles en el marco de la norma vigente.
El juicio prudente exige al servidor en su
deliberación, la capacidad de comprensión del
problema y su esfuerzo por ser objetivo en la
decisión.
a.
El Juez/a y demás servidores/as deben dispensar
en todo momento un trato respetuoso a todas
las personas que intervienen en el proceso,
mostrando la consideración debida a sus
circunstancias psicológicas, sociales, morales y
culturales.
b.
51. Principios del CCE
Responsabilidad
Disposición y diligencia en el cumplimiento de las competencias, funciones y
tareas encomendadas y asumir las consecuencias de la conducta pública, sin
excusas de ninguna naturaleza.
El Juez/a y demás servidores/as deberán mantener
el rol de director de los procesos a su cargo,
conforme las normas, procurando aplicar y hacer
efectivos los principios establecidos.
a.
El Juez/a y demás servidores/as deberán transferir
sus buenos hábitos de comportamientos a todos
los integrantes de su tribunal, de tal modo que
compartan el mismo sentido de la responsabilidad
del cual, debe ser el primer modelo.
b.
52. Principios del CCE
Diligencia
Exige el cuidado, esfuerzo y prontitud para encauzar las acciones
encaminadas a evitar una decisión tardía, procurando que los procesos se
resuelvan en los plazos establecidos.
El Juez/a y demás servidores/as deben procurar que
los procesos se resuelvan en un plazo razonable,
velando para que los actos procesales se celebren con
la máxima puntualidad.
a.
El Juez/a y demás servidores/as no deben contraer
otras obligaciones –aún cuando resulten compatibles-
en la medida que ellas perturben o impidan el
cumplimiento apropiado y pleno de sus funciones
especificas.
b.
53. Principios del CCE
Cortesía y Decoro
Trato afable en forma de epresar las buenas costumbres, con
amabilidad gentileza y respeto a los usuarios del servicio de
justicia, a sus compañeros y publico en general.
El Juez/a debe mostrar una actitud tolerante y respetuosa hacia las
críticas dirigidas a sus decisiones y comportamientos.
a.
El Juez/a y demás servidores/as, no podrán recibir otras
retribuciones por sus servicios que las que establecen las normas
vigentes.
b.
El Juez/a y demás servidores/as no deberán endeudarse más allá
de lo razonable, teniendo en cuenta la naturaleza y cuantía de sus
necesidades y los montos de sus ingresos.
c.
El Juez/a y demás servidores/as deben conservar un razonable
decoro en los lugares públicos y privados de su tribunal.
d.
54. Principios del CCE
Vocación de servicio y humildad
Implica una disposición permanente para dar una esmerada y
oportuna atención a los requerimientos y trabajos asignados. Tener
conciencia de las propias limitaciones y reconocer las cualidades
existentes para tomar las mejores decisiones sin llamar la atención
ni esperar reconocimiento público.
El Juez/a y demás servidores/as, en la realización de
su función judicial deben aplicar los conocimientos y
técnicas mas actualizados que poseen, con la
finalidad de que se obtengan resultados óptimos.
a.
El Juez/a y demás servidores/as deben cultivar una
disposición permanente para dar una oportuna
atención a los requerimientos asignados.
b.
La cooperación de los/las servidores/as en los
procesos de transformación del sistema, ponen de
manifiesto su vocación de servicio.
c.
55. Principios del CCE
Secreto profesional y libertad de expresión
Estricto manejo confidencial o reservado que debe hacer un
servidor judicial de la información en su poder, por su condición en
el ejercicio de sus funciones.
El Juez/a debe procurar que los funcionarios , auxiliares y empleados en
su tribunal sean respetuosos del secreto profesional, en torno a la
información que conocen.
Los Jueces/zas están habilitados a dictar conferencias o seminarios y
publicar libros o monografías en diarios o revistas especializadas.
Los jueces/zas y demás servidores deben ser reservados en sus
relaciones con los medios de comunicación social en general. Deben
abstenerse de hacer comentarios sobre los casos de los que se estén
ocupando, y evitar cualquier observación que pueda poner en tela de
juicio su imparcialidad.
56. Principios del CCE
Conocimiento y capacitación
Saberes, habilidades y técnicas que promueven una mejor atención en las
particularidades que presenta cada caso, así como un mejor rendimiento
del tiempo disponible de estudio.
El Juez/a y demás servidores/as, tienen el
derecho a formarse y actualizarse para poder
desempeñar sus funciones en niveles óptimos de
profesionalidad.
a.
El Juez/a y demás servidores/as deben conocer
el funcionamiento de las plataformas sociales
para con ello estar precavidos respecto a su
adecuada utilización.
b.
57. Principios del CCE
Flexibilidad
Aptitud de apertura y escucha atenta para adaptarse a las diversas transformaciones
tecnológicas que la vida moderna propone para con ello, asegurar el mejor sistema de
justicia a la ciudadanía.
El Juez/a y demás servidores/as, deberán
capacitarse permanentemente en las
características, diseño, funcionamiento y
funcionalidad de las nuevas tecnologías de la
información.
a.
El Juez/a y demás servidores/as deben tener una
disposición de apertura a las permanentes
novedades que las nuevas tecnologías
promocionan.
b.
58. Credibilidad
Cualidad percibida por los demás, compuesta por dos elementos claves: la
fiabilidad y la profesionalidad, las cuales se exteriorizan por el estricto apego
a las normas y una diligente y acertada dirección del proceso.
El Juez/a y demás servidores/as, deben actuar bajo
normas de conductas que se traduzcan en un
comportamiento intachable, creíble y libre de toda
sospecha.
a.
Al Juez/a y demás servidores/as les es negado recibir
regalos, presentes, donaciones o beneficios, antes,
durante o después de finalizado un proceso donde
actúen. Este impedimento se extiende al cónyuge, a los
familiares y a terceros relacionados.
b.
Principios del CCE
59. Transparencia y rendición de cuentas
Actuar de forma diáfana, clara y pulcra. Implica una actuación de carácter publico y accesible al
conocimiento de toda persona natural o jurídica garantizando que las actuaciones estén acordes
a la ética y la moral.
El Juez/a y demás servidores/as deben comportarse en su relación con
los demás medios de comunicación social, de manera equitativa y
prudente, sin efectuar discriminación alguna.
a.
El Juez/a y demás servidores/as deberán informar y rendir cuentas de
manera completa y veraz acerca de la labor judicial desempeñada
conforme lo establece la normativa de la Institución.
b.
El Juez/a y demás servidores/as que por la naturaleza de su cargo o
jerarquía administren o dispongan de recursos no propios deben rendir
cuentas del uso de los mismos y dar a conocer los resultados de su
gestión, a través de los informes que le soliciten.
c.
Principios del CCE
60. Cuidado y conservación de bienes
La utilización y conservación de los recursos materiales y/o instrumentales, deberá ser
cumplida con escrupulosidad, prudencia, sentido común y modo austero
Las herramientas, instrumentos eléctricos y/o
electrónicos , no deberán ser utilizadas con una
finalidad diferente a la propia para la cual han sido
dispuestas.
a.
Es deber del Juez/a y demás servidores/as, aplicar el
criterio de racionalidad económica en el uso de los
recursos disponibles, optimizando su rendimiento para
el logro de los objetivos programados.
b.
Principios del CCE
62. Tipos de recomendaciones éticas
Puede ser: Privada o pública
Dependerá de:
La entidad del principio dañado
Las circunstancias bajo las cuales se
produjo el suceso.
La entidad de la afectación
La actitud que el recomendado ha
tenido.
La existencia de recomendaciones
anteriores.
63. Tipos de recomendaciones éticas
Recomendación ética severa
Debe ser: publica
Cuando el Comité de
Comportamiento ético entiende
que el hecho cometido
sobrepasa los límites y tiene
gravedad o lesividad y merece
un análisis desde el punto de
vista disciplinario o penal, razón
la cual debe ser remitido a
Inspectoría Judicial.
65. Principios del Régimen Disciplinario
::
Simplicidad y celeridad: Reglas sencillas, sin
formalidad excesiva.
De inocencia: Se presume inocencia haya tanto
se establezca su responsabilidad
De defensa: Citar a las partes y escucharlas.
Única acción: No es posible someter a acción
disciplinaria mas de una vez por el mismo hecho.
Libertad de las pruebas: Se permiten todos los
medios de pruebas, siempre que sean de manea
lícita.
Investigación: La falta cometida debe someterse
a investigación previa.
Derecho a Revisión: El servidor sancionado tiene
derecho a solicitar revisión de la misma.
67. Primer grado
::
Incumplir el horario de
trabajo sin causa
justificada.
Descuidar el
rendimiento y la calidad
de trabajo.
Suspender las labores
sin causa justificada.
Dar trato
manifiestamente
descortés a las
autoridades
supervisores y al
público que procure
informaciones.
Desatender o atender
con negligencia o en
forma indebida a los
usuarios.
Descuidar la guarda,
vigilancia y orden de
los expedientes,
materiales, bienes y
equipos puestos bajo
su cuidado.
Negarse a colaborar en
alguna tarea relacionada con
su desempeño u otras tareas
afines, cuando la misma
haya sido solicitada por una
autoridad u órgano
competente.
Dejar de asistir al
trabajo o ausentarse
de este por un día, sin
justificación
Descuidar el manejo
de documentos y
expedientes a su cargo
Uso abusivo de los
bienes y equipos de la
institución.
68. Segundo grado
::
Realizar en el lugar de trabajo actividades ajenas a sus deberes
oficiales.
Descuidar reiteradamente el manejo de los documentos o
expedientes a su cargo
Ocasionar daño o deteriorar los bienes que se le confían, por
negligencia o falta cuidado.
Realizar actividades partidistas. Promover, participar o
apoyar actividades contrarias al orden público.
Retardar o negar injustificadamente el despacho de los
asuntos a su cargo.
Solicitar para sí o para terceros privilegios o beneficios
Divulgar o hacer circular asuntos o documentos reservados,
confidenciales, o secretos de los cuales tenga conocimiento. por razón de
su cargo.
69. Tercer grado
Solicitar, aceptar o recibir, directamente o por intermedio de otras
personas, comisiones en dinero o en especie, gratificaciones, dádivas,
obsequios o recompensas como pago por la prestación de servicios.
Tener participación, por sí o por interpuesta persona, en firmas o
sociedades que tengan relaciones económicas, cuando estas estén
vinculadas directamente a asuntos de su competencia.
Incurrir en vías de hecho, injuria, difamación, insubordinación o
conducta inmoral.
Ser condenado penalmente, por delito o crimen a una pena privativa
de la libertad, salvo en los casos de la ley de tránsito.
Realizar actividades incompatibles con el decoro, la moral.
Dejar de asistir al trabajo durante tres días consecutivos,
injustificadamente.
Presentarse al trabajo en estado de embriaguez.
Sustraer fondos o bienes de la Institución o cometer algún acto lesivo
al buen nombre de los intereses del Poder Judicial.
70. Políticas Generales que impactan a todos los
servidores
Política de Teletrabajo
Evaluación del
Desempeño
Permisos para estudios
Bono por Vacaciones
Bonos escolares
Sobre Igualdad de
Genero