Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
1. Derechos Fundamentales e
Igualdad Sustantiva de la Mujer
Justicia y Sociedad 2024
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar4.0 Internacional.
5. Cada 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer en todo el mundo.
Esta fecha especial, fue formalizada por las Naciones Unidas en 1975 y proclamada en
1977 por la Asamblea General de la ONU.
Este día encuentra sus orígenes en las manifestaciones de las mujeres que, reclamaban
a comienzos del siglo XX el derecho al voto, mejores condiciones de trabajo e igualdad
de Derechos.
Hoy en día, sigue la lucha para erradicar la violencia de género y lograr que exista
unaigualdad entre mujeres y hombres.
#MujeryJusticia
6.
7. OBJETIVO 3.2
PROMOVER UNA GESTIÓN JUDICIAL TRANSPARENTE
Descripción
Empoderar jurídicamente a las personas a través de un manejo adecuado y moderno de los medios
de comunicación, de manera que la gestión de los asuntos públicos se caracterice por la adopción
de políticos, acciones y actitudes tendientes a facilitar el acceso libre a la información, en todos los
ámbitos y en todas las fases de los procesos y actividades.
Abordaje: Líneas de acción
A continuación, se describen las líneas de acción que se desarrollarán para el logro del objetivo.
L.A. 3.2.1 Conocimiento de la justicia para generar confianza
P81. Estrategia de acercamiento de las personas a la administración de justicia y de los jueces/juezas
de las comunidades.
P82. Programa permanente de interacción de la administración de justicia con la sociedad.
P83. Manual de manejo de medios de comunicación
10. Concepto de Derecho
Derecho Objetivo
Ejemplo: Art. 21 CRD. Adquisición de la ciudadanía. Todos los dominicanos
y dominicanas que hayan cumplido 18 años de edady quienes estén o
hayan estado casados, aunque no hayan cumplido esa edad, gozan de
ciudadanía.
Derecho Subjetivo
Derechos Fundamentales
11. Según el Diccionario de la Real
Academia Española.
Los derechos fundamentales son
“Derechos declarados por la
Constitución que gozan del máximo
nivel de protección”
Derechos Fundamentales
12. Corriente Iusnaturalista
Quienes pertenecen a esta corriente del
derecho, indican que los derechos
fundamentales son aquellos que
corresponde a las personas por el hecho
de ser persona, por existir”
Derechos Fundamentales
13. Corriente Iuspositivista
Estos señalan que los derechos
fundamentales son el conjunto de todas las
normas jurídicas que imponen deberes al
Estado y, procuran facultades a las personas.
Solo son derechos fundamentales los que
han sido adoptado de acuerdo a la
Constitución de la República, porque implica
la voluntad soberana del pueblo, posición de
Pérez Luño, en el caso español”
Derechos Fundamentales
14. Corriente Iuspositivista
Debemos reconocer que esta corriente
también establece que, hay contenido de
derechos fundamentales recogidos en pactos
y convenciones internacionales ratificados
por el país
Derechos Fundamentales
23. Derechos Fundamentales
Tutela Judicial Efectiva y
Debido Proceso
Justicia accesible, oportuna y
gratuita.
Derecho a ser oída.
Juicio público y oral.
Plena igualdad de condiciones.
24. Derechos Fundamentales
Tutela Judicial Efectiva y
Debido Proceso
Principio de legalidad.
Derecho al doble grado de
jurisdicción.
Presunción de inocencia.
25. Dignidad de las
Personas
Concepto
La dignidad humana es un concepto filosófico y
jurídico que se refiere al valor que tienen las
personas por sí mismas, esto es, por el mero hecho
de serlo.
No es una condición provista por ninguna persona
u organización, sino que es consustancial a la
humanidad, sin distinción de sexo, raza, religión u
orientación sexual, y es además irrenunciable e
inalienable, es decir, forma parte siempre de la
condición humana misma.
26. Dignidad de las
Personas
Dignidad
Una vida digna se puede definir como
aquella en que el ser humano puede
desarrollar sus capacidades de
crecimiento, para lo cual a su vez
necesita de la capacidad de gozar de
otros derechos fundamentales, como
son el derecho a la vida, la libertad,
alimentación, vivienda, educación y al
trabajo.
27. Dignidad de las
Personas
Fundamento Constitucional
En nuestra Constitución la dignidad de las
personas aparece desde el mismo preámbulo y
en el artículo 5 establece de manera expresa
que “La Constitución se fundamenta en el
respeto a la dignidad humana y en la
indisoluble unidad de la Nación, patria común
de todos los dominicanos y dominicanas.”
28. Fundamento Constitucional
En el artículo 38 también expresa que:
“El Estado se fundamenta en el respeto a la
dignidad de la persona y se organiza para la
protección real y efectiva de los derechos
fundamentales que le son inherentes. La dignidad
del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su
respeto y protección constituyen una
responsabilidad esencial de los poderes públicos.”
Dignidad de las
Personas
29. Evolución
Los derechos del ser humano han ido
evolucionando a través de los siglos,
mientras han sido reconocidos por los
gobernantes y los Estados; sin embargo,
eso no implica que los derechos del
hombre y de la mujer hayan progresado
a la par, teniendo etapas de avance y
retroceso, según las épocas, culturas y
regiones
Derechos de las
Mujeres
30. Derechos de las
Mujeres
Aspecto Constitucional
En la Constitución Dominicana se promueve la
igualdad entre el hombre y la mujer, así como
cualquier tipo de discriminación, destacando a estos
fines los párrafos 4 y 5 del artículo 39, que rezan:
“La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Se
prohíbe cualquier acto que tenga como objetivo o
resultado menoscabar o anular el reconocimiento,
goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los
derechos fundamentales de mujeres y hombres…”
31. Derechos de las
Mujeres
Aspecto Constitucional
Párrafo 5 “El Estado debe promover y
garantizar la participación equilibrada de
mujeres y hombres en las candidaturas a los
cargos de elección popular para las
instancias de dirección y decisión en el
ámbito público, en la administración de
justicia y en los organismos de control del
Estado”
32. Mujer en la Antigüedad
En la humanidad antigua la principal función
social de la mujer era la de procrear para asegurar
la descendencia del hombre y su estirpe; en
consecuencia, dedicarse al cuidado de los hijos y
las tareas domésticas.
El resultado de todo ello era la supremacía del
padre sobre la madre y los hijos.
Derechos de las
Mujeres
33. Breve Línea de Tiempo en la Era Moderna
●1789- Declaración de los derechos de la mujer y la ciudadana.
●1793- La Revolución francesa proclamó los Derechos del
Hombre y el Ciudadano. Desconoció la participación de las
mujeres.
●1848- Primera manifestación pública por el derecho al voto.
Declaración de Séneca Falls o Declaración de Sentimientos.
Texto fundacional del sufragismo en Estados Unidos.
●1918- Aprobada la Ley del Sufragio femenino en Inglaterra. El
Congreso británico adoptó la “Ley de 1918 sobre la
representación popular”, que implicó que ocho millones de
mujeres, de más 30 años, fueran sumadas a los registros
electorales.
Derechos de las
Mujeres
34. Derechos de las
Mujeres
Breve Línea de Tiempo en la Era Moderna
●1920- Derecho al voto femenino en Estados
Unidos. La Décimo Novena Enmienda de la
Constitución de Estados Unidos se convirtió en ley
y las mujeres pudieron votar en las elecciones de
otoño, incluyendo las presidenciales.
●8 de marzo de 1975- Se declaró como el Día
Internacional de la Mujer, bajo la consigna de
Igualdad, Desarrollo y Paz.
●1942- La mujer dominicana obtiene derecho al
voto en la reforma constitucional de ese año.
35. Derechos de las
Mujeres
Breve Línea de Tiempo en la Era Moderna
●1979- Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra
la Mujer (Naciones Unidas)
●1995- Declaración y Plataforma de Beijing, uno de los planes más progresistas para
promover los derechos de las mujeres.
●1997- La Ley 275-97 crea la cuota femenina para las candidaturas electivas.
36. Derechos de las
Mujeres
Breve Línea de Tiempo en la Era Moderna
●1979- Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer (Naciones Unidas)
●1995- Declaración y Plataforma de Beijing, uno de los planes más progresistas para
promover los derechos de las mujeres.
●1997- La Ley 275-97 crea la cuota femenina para las candidaturas electivas.
●2000- Resolución 1325 de la ONU; en esta resolución se subraya la importancia de
que las mujeres participen en pie de igualdad e intervengan plenamente en la
prevención y solución de los conflictos, la consolidación de la paz y el mantenimiento
de la paz.
37. Capacidad Civil de la Mujer Dominicana
Al verificar la situación en nuestro país,
encontramos que el 18 de diciembre del año
1940 entró en vigencia la Ley 390, que le
reconoció la capacidad civil a la mujer
dominicana independientemente de su
estado de soltera o de casada; y, en
consecuencia, se declaró con plena
capacidad civil para ejercer todos los
derechos y funciones, en iguales
condiciones que los hombres.
Derechos de las
Mujeres
38. Derechos de las
Mujeres
Capacidad de Administración
La Ley 189-0, del año 2001, estableció que la
mujer fuera administradora de los bienes de la
comunidad matrimonial.
Se modificó el artículo 1421 del Código Civil para
que expresara: “el marido y la mujer son los
administradores de los bienes de la comunidad.
Pueden venderlos, enajenarlos o hipotecarse con
el consentimiento de ambos”.
39. Derechos de las
Mujeres
Capacidad de Administración
Es decir, actualmente, la mujer es,
junto a su esposo, administradora de
los bienes de la comunidad; en
consecuencia, cualquiera de los dos
puede disponer de estos si cuenta con
el consentimiento expreso del otro
cónyuge.
40. Igualdad Sustantiva de la Mujer
Esto se traduce en el acceso al mismo trato y
oportunidades, para el reconocimiento, goce
o ejercicio de los derechos humanos y las
libertades fundamentales.
Principio de igualdad.
Independencia
Derechos de las
Mujeres