El allanamiento a la mora es una aplicación del principio de buena fe, pues si la Administradora del Fondo de Pensiones no alega el retraso en la cancelación de los aportes y luego niega el reconocimiento de la prestación económica al trabajador, se favorecería la ineptitud y negligencia en el requerimiento de la cotización al empleador y se desestimarían los efectos jurídicos que genuinamente se espera que genere el pago de los aportes respectivos.
Subvención a la contratacion temporal de jovenes - IFRA ASESORESIFRA asesores
La nueva Orden de 14-02-2014 (B.O.R.M. de 21/02/2014) establece un programa de subvenciones para la contratación temporal de jóvenes menores de 30 años, el denominado “Bono Empleo Joven”. En este documentos analizamos brevemente las condiciones y beneficios para las empresas de este nuevo programa de ayudas a las empresas murcianas.
Subsidio/Prestación Económica de Sepelio del SIS Max Lapa Puma
El Seguro Integral de Salud otorga un subsidio por fallecimiento de sus asegurados hasta por un monto de mil soles, dependiendo de la edad del difunto, confirmó el Jefe del SIS, Pedro Grillo Rojas,
Indicó que los familiares del asegurado fallecido deben iniciar el trámite dentro de los 60 días posteriores de producida la muerte, con la presentación de una solicitud de subsidio en la oficina del SIS más cercana a su domicilio. Para ello deberán acompañar los documentos que acrediten el gasto a nombre de la persona acreditada en vida por el asegurado.
Ponencia de LegalGemp Consultores sobre la Ley de Emprendedores, impartida en...José Manuel Arroyo Quero
Ponencia elaborada por LegalGemp Consultores, Abogados y Asesores Empresariales e impartida en el CADE de Chiclana de la Frontera por José M. Arroyo Quero.
Los CADE (Centros de Apoyo al Desarrollo Empresarial) están encuadrados en Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza.
En su web http://www.andaluciaemprende.es podemos leer lo siguiente: "En Andalucía Emprende informamos a personas emprendedoras y usuarios de todos los Servicios y Proyectos que les ofrecemos y de las condiciones en que estos se prestan. Andalucía Emprende tiene como misión prestar servicios de calidad para promover la iniciativa emprendedora y el desarrollo empresarial, apoyando la creación y consolidación de empresas y empleo.
Los servicios que presta son gratuitos y van dirigidos a potenciales emprendedores, a personas que desean poner en marcha una iniciativa empresarial en Andalucía, y a empresas ya constituidas que necesiten apoyo para su expansión modernización y consolidación en el mercado."
El allanamiento a la mora es una aplicación del principio de buena fe, pues si la Administradora del Fondo de Pensiones no alega el retraso en la cancelación de los aportes y luego niega el reconocimiento de la prestación económica al trabajador, se favorecería la ineptitud y negligencia en el requerimiento de la cotización al empleador y se desestimarían los efectos jurídicos que genuinamente se espera que genere el pago de los aportes respectivos.
Subvención a la contratacion temporal de jovenes - IFRA ASESORESIFRA asesores
La nueva Orden de 14-02-2014 (B.O.R.M. de 21/02/2014) establece un programa de subvenciones para la contratación temporal de jóvenes menores de 30 años, el denominado “Bono Empleo Joven”. En este documentos analizamos brevemente las condiciones y beneficios para las empresas de este nuevo programa de ayudas a las empresas murcianas.
Subsidio/Prestación Económica de Sepelio del SIS Max Lapa Puma
El Seguro Integral de Salud otorga un subsidio por fallecimiento de sus asegurados hasta por un monto de mil soles, dependiendo de la edad del difunto, confirmó el Jefe del SIS, Pedro Grillo Rojas,
Indicó que los familiares del asegurado fallecido deben iniciar el trámite dentro de los 60 días posteriores de producida la muerte, con la presentación de una solicitud de subsidio en la oficina del SIS más cercana a su domicilio. Para ello deberán acompañar los documentos que acrediten el gasto a nombre de la persona acreditada en vida por el asegurado.
Ponencia de LegalGemp Consultores sobre la Ley de Emprendedores, impartida en...José Manuel Arroyo Quero
Ponencia elaborada por LegalGemp Consultores, Abogados y Asesores Empresariales e impartida en el CADE de Chiclana de la Frontera por José M. Arroyo Quero.
Los CADE (Centros de Apoyo al Desarrollo Empresarial) están encuadrados en Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza.
En su web http://www.andaluciaemprende.es podemos leer lo siguiente: "En Andalucía Emprende informamos a personas emprendedoras y usuarios de todos los Servicios y Proyectos que les ofrecemos y de las condiciones en que estos se prestan. Andalucía Emprende tiene como misión prestar servicios de calidad para promover la iniciativa emprendedora y el desarrollo empresarial, apoyando la creación y consolidación de empresas y empleo.
Los servicios que presta son gratuitos y van dirigidos a potenciales emprendedores, a personas que desean poner en marcha una iniciativa empresarial en Andalucía, y a empresas ya constituidas que necesiten apoyo para su expansión modernización y consolidación en el mercado."
Descripción de los Accidentes de Trabajo, estudiados en el aula de clases, bajo la supervisión de nuestra docente. Dra. Ximena Iglesias en la materia de Práctica Laboral I
Trabajo realizado pata informarnos sobre los trámites que se realizan el el Seguro Social.
Integrantes: Stefania Pino, Mishell Sánchez, Stephanie Chávez, Fernanda Garcéz
TRÁMITES INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL.Stefanía Velasco
DESCRIPCIÓN DE LOS TRÁMITES QUE SE REALIZAN EN EL IESS, REFERENTE A LO ESTUDIANDO EN LAS CLASES DE DERECHO LABORAL, CON EL APOYO DE NUESTRA DOCENTE Dra. XIMENA IGLESIAS,
es un libro utilizado para el peritaje o estudio de los documentos y firmas, encontrara una guía completa que le servirá para emitir un dictamen técnico en la materia.
contiene ejemplos para una mejor interpretación, ente no solo es de carácter teórico si no que presenta las habilidades de origen técnico.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
02 Gascon Marina y Alfonso Garcia - Argumentación jurídica Cap 3.pdf
Diapositiva Sobre el Trámite Administrativo presentado en el IESS
1.
2. ¿QUÉ ES UN TRÁMITE ADMINISTRATIVO?
• Es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin; no se confunda con
proceso administrativo el cual es una instancia jurisdiccional bajo el fuero contencioso-administrativo. El procedimiento tiene por finalidad
esencial la emisión de un acto administrativo al servicio de los intereses generales y no necesariamente la resolución sobre una pretensión
ajena, como ocurre en los procesos.
• A diferencia de la actividad privada, la actuación pública requiere seguir unos cauces formales, más o menos estrictos, que constituyen la
garantía de los ciudadanos en el doble sentido de que la actuación es conforme con el ordenamiento jurídico y que ésta puede ser conocida
y fiscalizada por los ciudadanos.
• El procedimiento administrativo se configura como una herramienta al servicio de la eficacia de la administración, ya que le sirve para
recabar todos los hechos relevantes y fundamentos jurídicos de la decisión, y al mismo tiempo como una garantía que tiene el ciudadano de
que la administración no va a actuar de un modo arbitrario, sino con objetividad y siguiendo las pautas del procedimiento establecido en las
normas, que por otra parte el administrado puede conocer y en el que puede participar cuando en él se diriman asuntos que afecten a sus
derechos o intereses. Ambas funciones del procedimiento son especialmente importantes cuando la administración ejerce potestades
discrecionales, ya que el procedimiento seguido y el expediente con él formado servirán para el control judicial de la actuación
administrativa.
3. TRAMITES ADMINISTRATIVOS QUE SE PRESENTA EN
EL IESS
• El trámite de los actos, contratos, transferencias de dominio y las operaciones económicas y financieras
sobre las cuales le corresponde decidir al Director General, según lo establecido en la ley, este estatuto y las
disposiciones generales del presupuesto del IESS
• El conocimiento y trámite de las solicitudes de acuerdo administrativo, convenio de purga de mora patronal
o convenio de consolidación de obligaciones patronales, la calificación de las garantías ofrecidas y el envío
del expediente y proyecto de acuerdo o resolución, por órgano regular, al Director Regional, para su
autorización o trámite de aprobación ante las instancias superiores del instituto
4. • El trámite y la devolución del saldo acumulado en la cuenta individual del fondo de reserva, al afiliado, en caso
de cesantía o invalidez total y permanente, y a los deudos, en caso de fallecimiento del afiliado, según lo
dispuesto en la ley, este estatuto y los reglamentos de administración de los fondos de reserva.
• El trámite de las solicitudes de reembolso de gastos originados en casos de emergencia grave ante la Comisión
Calificadora para Compensación de Gastos Médicos, para la expedición del acuerdo que aprueba o niega la
compensación de gastos, de conformidad con el Reglamento para Atención Médica en Unidades de Salud ajenas
al IESS.
• Para facilitar a los asegurados el trámite de sus prestaciones, se faculta, en casos debidamente calificados por la
Dirección Regional respectiva, el ingreso de aportes, fondos de reserva, descuentos, etc. en planillas parciales, ya
sea que el pago lo efectúen los mismos afiliados o sus empleadores. Si el pago lo efectúa el afiliado, el Instituto
le reembolsará las cantidades pagadas cuando la empresa deposite los valores correspondientes (sic), sin
perjuicio de la responsabilidad patronal.
5. • El empleador que se registre en el sistema historia laboral puede realizar diferentes trámites:
• Verificar datos de la empresa.
• Notificar cambios de representante legal.,
• Enviar avisos de entrada y salida de trabajadores.,
• Actualizar datos del domicilio del afiliado y sus dependientes.
• Reportar novedades de los afiliados, relacionados a cambios en los salarios, promociones,
registros de novedades. Horas extras trabajadas
• Verificar planillas en mora.
6. • Pagar planillas de aportes, fondos de reserva y de créditos de los afiliados, consultar datos para
solicitar.
• Convenios administrativos de purga de mora.
• Detalle de periodos subsidiados por el seguro de salud.
• Notas de crédito.
• Solicitud de débito bancario.
• Realizar planillas declaradas para pagos atrasados.
• Plazos para pagos.
• Aportes.
• Cancelar aportes y dividendos de préstamos, dentro de los 15 días posteriores al mes trabajado.
7. TRÁMITE DE CESANTÍA
• Los trámites de cesantía iniciales, de segunda o posterior prestación, que se encontraren suspensos
por no completar un mínimo de 60 aportaciones mensuales o una cesantía mayor a 90 días, se
atenderán, siempre y cuando el afiliado tuviese 24 o más aportaciones mensuales y un período de
cese de al menos 60 días.
• El incumplimiento de los plazos previstos en el presente artículo, dará lugar a las sanciones
establecidas en la ley, para los funcionarios responsables de la entrega del fondo de reserva,
cesantía; o, de la transferencia del ministerio de finanzas, de los recursos del régimen solidario al
IESS; a solicitud del afiliado reclamante.
8. TRÁMITES EN PROCESO EN EL IESS
• Tramites en proceso en el IESS.- Los trámites iniciados con anterioridad a la promulgación de la
presente ley continuarán sustanciándose en la vía administrativa del seguro social, de
conformidad con el ordenamiento jurídico vigente a la fecha de su presentación.
• Las facultades atribuidas al consejo superior, al director general y a los directores regionales,
serán asumidas por el consejo directivo, el director general y, los directores provinciales, en su
orden.
9. TRÁMITES POR MATERNIDAD
• Contingencia de maternidad.- En caso de maternidad, la asegurada tendrá derecho a:
• A. La asistencia médica y obstétrica necesaria durante el embarazo, parto y puerperio, cualquiera sea la
calificación de riesgo del embarazo; b. Un subsidio monetario, durante el período de descanso por maternidad,
en el caso de la mujer trabajadora; y, c. La asistencia médica preventiva y curativa del hijo, con inclusión de la
prestación farmacológica y quirúrgica, durante el primer año de vida, sin perjuicio de la prestación de salud
hasta los dieciocho (18) años de edad.
10.
11. JUBILACION POR INVALIDEZ.- SE ACREDITARÁ DERECHO A PENSIÓN DE
JUBILACIÓN POR INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE EN LOS SIGUIENTES CASOS:
• A. La incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo, sobrevenida en la actividad o en período de inactividad
compensada, cualquiera sea la causa que la haya originado y siempre que se acredite no menos de sesenta (60)
imposiciones mensuales, de las cuales seis (6) como mínimo deberán ser inmediatamente previas a la incapacidad; y,
b. La incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo, sobrevenida dentro de los dos (2) años siguientes al cese
en la actividad o al vencimiento del período de inactividad compensada, cualquiera sea la causa que la haya
originado, siempre que el asegurado hubiere acumulado ciento veinte (120) imposiciones mensuales como mínimo, y
no fuere beneficiario de otra pensión jubilar, salvo la de invalidez que proviniere del régimen de jubilación por
ahorro individual obligatorio a causa de la misma contingencia.
12. • Quien se invalidare en forma absoluta y permanente para todo trabajo sin acreditar derecho a jubilación por
incapacidad total, tendrá derecho a una pensión asistencial por invalidez, de carácter no contributiva, en las
condiciones previstas en el artículo 205 de esta ley, siempre que no estuviere amparado por el seguro general de
riesgos del trabajo.
• Para efectos de este seguro, se considerará inválido al asegurado que, por enfermedad o por alteración física o mental,
se hallare incapacitado para procurarse por medio de un trabajo proporcionado a su capacidad, fuerzas y formación
teórica y práctica, una remuneración por lo menos equivalente a la mitad de la remuneración habitual que un trabajador
sano y de condiciones análogas obtenga en la misma región.
13. FONDOS DE RESERVA
El pago de los fondos de reserva es un derecho que tienen todos los trabajadores, de los sectores
público y privado, en relación de dependencia, a partir del segundo año de trabajo en la misma
empresa, según lo establecen el Código del Trabajo y el Reglamento de la Ley del Servicio
Público.
Desde el mes 13 de labores en una empresa, el empleador debe cancelar mensualmente a sus
empleados el 8,33% de su salario.
Pero, el trabajador puede optar por ahorrarlo en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social
(IESS). Para ello, el afiliado debe registrar la “solicitud de acumulación”, disponible en el portal
web del IESS.
Si los fondos se acumulan, estos podrán retirarse luego de un plazo mínimo de tres años o lo que
es igual tras haber registrado 36 pagos mensuales. Para ello deberá realizar un trámite en el
instituto asegurador.
“El IESS devuelve al afiliado el 100% de los fondos de reserva acumulados, que incluye el capital
que fue depositado por el empleador en el IESS más los intereses de rendimiento”, detalla la
página web del Seguro Social.
14. TRÁMITE PARAACUMULACIÓN DE DÉCIMOS
• LOS JUBILADOS Y PENSIONISTAS DEL IESS PODRÁN HACER LA SOLICITUD DE ACUMULACIÓN DE
LOS DÉCIMOS TERCER Y CUARTO SUELDOS A TRAVÉS DE INTERNET. SI NO HAY ESA PETICIÓN
EXPRESA Y POR ESCRITO, LA MENSUALIZACIÓN DE ESTOS BONOS ENTRARÁ EN VIGENCIA DE
MANERAAUTOMÁTICA.
EL PENSIONISTA O JUBILADO TIENE PLAZO HASTA EL MIÉRCOLES 20 DE MAYO DE 2015 PARA
REALIZAR LA SOLICITUD AL IESS PARA LAACUMULACIÓN DE LOS DÉCIMOS TERCER Y CUARTO
SUELDOS.
.
15. •SOLICITUD DE ACUMULACIÓN DE DÉCIMOS EN INTERNET
PARA REALIZAR ESTE TRÁMITE EN LÍNEA DEBERÁ: INGRESAR A LA PÁGINA WEB DEL IESS
• Escribir su número de cédula de identidad y su clave electrónica
• Posteriormente deberá escoger una o más prestación que desea acumular (décimo tercer o décimo cuarto o ambos)
• Hacer click en el botón "ACEPTAR", y automáticamente sus décimas tercera y cuarta pensión se registrarán como
acumuladas.
• El trámite también se puede hacer personalmente, de 07h00 a 17h30 en las oficinas del IESS
• Para ellos deberá descargar el siguiente formulario dispuesto por el IESS, imprimirlo y llenarlo según sus requerimientos
16. BIBLIOGRAFÍAS
• CABANELLAS GUILLERMO, Trámite Administrativo, Diccionario Jurídico Elemental,
Editorial HELIASTA,2009.
• LEY DE SEGURIDAD SOCIAL, REGISTRO OFICIAL SUPLEMENTO 465 DE 30-NOV-2001
ULTIMA MODIFICACIÓN: 31-MAR-2011
• CÓDIGO DE TRABAJO, REGISTRO OFICIAL SUPLEMENTO 167 DE 16-DIC-2005
ULTIMA MODIFICACIÓN: 26-SEP-2012