2. JORNADA DE TRABAJO Y
RUTINA
DOCENTES
Ingresar a laborar de 6H45 a 7H00.
Finalizar sus actividades con los niños
y niñas a las 12H45.
Actividades complementarias hasta las 15H00,
en las que se contempla las siguientes:
Atención a padres y madres de familia, pero
siempre fuera del horario de actividades
planificadas, círculos de estudio y o jornadas
pedagógicas; actividades de vinculación con
la comunidad y actividades de capacitación.
3. NIÑOS Y NIÑAS
La hora de ingreso de los niñ@s es hasta las
07H30.
Las actividades planificadas
estarán distribuidas de la
siguiente manera:
* Actividades iniciales y de saludo: 15
minutos
* 2 o 3 actividades semidirigidas: 100 minutos
* Refrigerio: 30 minutos * Receso: 30 minutos
* Actividades semidirigidas: 70 minutos
* Actividades finales: 15 minutos
* Despedida: 10 minutos
4. NÚMERO DE NIÑOS Y
NIÑAS POR AULA
El número de niñ@s por paralelo y
docente no será mayor a 25, en
caso de superar este número se
deberá buscar otro ambiente a fin
de dividir al grupo y asignar otro docente. El
coordinador/a provincial de Educación Inicial
realizará la reubicación del personal, en
coordinación con planeamiento y recursos
humanos de la zona y/o provincia.
La Institución Educativa que cuente con el nivel
de Educación Inicial deberá reportar los datos
de los niñ@s en el AMIE.
5. CREACIÓN O APERTURA DEL
NIVEL DE EDUCACIÓN INICIAL
EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Para la creación o apertura del nivel de
Educación Inicial en una Institución Educativa,
se han establecido requisitos mínimos con el
fin de mejorar la calidad de atención de los
niñ@s que asisten al nivel de Educación Inicial.
6. REQUISITOS
Un número máximo de 25 niños y un mínimo de
15 niños.
Contar con una aula
utilizable, mínimo de 50m².
Luz y ventilación natural.
Acceso a la utilización de servicios higiénicos
(baterías sanitarias y lavabos)
La institución educativa no debe estar ubicada
en lugares peligrosos.
Los niños y niñas de Educación Inicial deben
tener disponibilidad y acceso a espacios
exteriores para su recreación.
7. En el caso de Instituciones Educativas que
cuenten con el nivel de Educación Inicial y el
espacio asignado no cumpla con estos
requerimientos, el proyecto de Educación
inicial tiene establecido apoyar en las
iniciativas que surjan a partir de las
necesidades recogidas en los planes de
mejora o buscar otro local.
Se da el plazo de un año para
resolver los espacios no adecuados para
Educación Inicial.
8. Las Resoluciones de funcionamiento
del nivel de Educación Inicial,
serán emitidas por la Coordinación
Zonal.
Por ningún motivo los representantes legales,
docentes, madres y padres de familia de las
instituciones educativas podrán suspender sin
autorización de la autoridad correspondiente el
servicio educativo, según lo establecido en la
Ley de Educación Intercultural en su Art. 132
literal f., por lo que es necesario instruir a los
directivos que tienen esta intención.
9. SEGUIMIENTO Y
ASISTENCIA TÉCNICA
Los Apoyos Técnicos Pedagógicos
de Educación Inicial serán
responsables del seguimiento,
y asistencia técnica a docentes atiendan niñ@s de
Educación Inicial, independientemente del nivel al que
pertenezca su partida o el origen de su nombramiento
o contrato.
En caso de que un jardín de infantes atienda
Educación Inicial y Primer Año de Básica, los ATP se
responsabilizarán de las docentes que atienden a
niñ@s de 3 y 4 años y la supervisión de educación
básica supervisará a las docentes que estén
trabajando con el primer año.
10. COORDINACIÓN
INSTITUCIONAL
La docente de educación inicial debe:
Formar parte del personal de la
institución.
Cumplir con los reglamentos,
normas y disposiciones institucionales.
Firmar en el libro de asistencia de la institución.
Integrar las comisiones institucionales que o
afecten el trabajo con los niñ@s.
Asistir a reuniones convocadas por la autoridad
institucional.
11. Presentar al director la planificación didáctica.
Insertar los inventarios de equipamiento, material
didáctico y mobiliario en los inventarios de la
institución. El material será uso de los niñ@s del
nivel.
Informar sobre necesidades y requerimientos del
nivel, para que la autoridad institucional pueda
planificar y realizar un inversión adecuada de los
recursos por concepto de bono de matrícula.
Entregar información correspondiente al nivel,
para que sea ingresada al AMIE.
Cumplir con disposiciones del Coordinador/a
Provincial a través del Apoyo Técnico.
12. JARDINES DE INFANTES
Deben sujetarse a lineamientos
y disposiciones emitidas por
la Dirección Nacional de
Currículo y el Proyecto de Educación Inicial.
Paulatinamente ofrecerán Educación Inicial y
atenderán exclusivamente niñ@s de 3 y 4 años.
Deben remitir estadística a la Coordinación
Provincial de Educación Inicial.
Deben regirse a la política curricular establecida
para el nivel – Currículo Institucional de
Educación Inicial.