El documento describe el domicilio como un factor de conexión en el derecho internacional privado. Explica que el domicilio es el país donde una persona tiene su residencia habitual y que la ley venezolana sustituyó el principio de nacionalidad por el de domicilio para determinar el estado civil, capacidad y relaciones familiares y sucesorias de una persona. Además, define el domicilio como el territorio donde una persona tiene su residencia habitual de acuerdo a la ley venezolana sobre derecho internacional privado.