El documento habla sobre el concepto de matrimonio según el Código Civil y el derecho canónico, así como los tipos de parentesco. Explica los requisitos internos y externos para contraer matrimonio, los impedimentos absolutos y las solemnidades sustanciales. Finalmente, indica las formas en que puede terminar un matrimonio: por muerte de uno de los cónyuges, sentencia de nulidad, sentencia de posesión definitiva de bienes del desaparecido o divorcio.
El matrimonio: concepto, requisitos y tipos de terminación
1. Universidad Técnica de Ambato
Carrera de Derecho
Segundo “B”
Paula Escobar
El Matrimonio
Concepto
Según el Código Civil en el artículo 81 manifiesta que es un contrato solemne por
el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y
auxiliarse mutuamente.
Dentro del derecho canónico es el contrato legítimo entre el hombre y la mujer
para procrear y educar la prole, elevado a la dignidad de sacramento, por nuestro
señor.
En la época de Justiniano las nupcias o matrimonio son la unión de un hombre y
una mujer, para vivir en comunidad indisoluble.
Parentesco
Es la relación o vinculo de familia existente entre dos personas. Estos vínculos
pueden ser por consanguinidad o por afinidad.
Por Consanguinidad
Está determinado por vínculos de sangre que une a dos o más personas entre si,
puede ser en línea recta o colateral.
En línea recta entre abuelo, padre, hijo, nieto.
2. En línea colateral entre un tío y un sobrino.
Parentesco por afinidad
Es el parentesco que existe entre una persona que esta o ha estado casada y los
consanguíneos de su conyugue. La afinidad es el parentesco denominado político.
Pueden ser entre suegro y yerno o en segundo grado entre cuñados.
Importancia del Matrimonio
Nacen todos los derechos y obligaciones entre cónyuges, se forma la sociedad
conyugal.
Surge la calidad de los hijos concebidos dentro del matrimonio.
Nace la patria potestad, con sus derechos inherentes de usufructo, administración
y representación.
Se consideran las capitulaciones matrimoniales.
Surge el parentesco por afinidad.
Nacen los derechos propios a la sucesión por causa de muerte.
Requisitos para contraer Matrimonio
Tenemos los externos de forma y los internos de fondo
- Requisitos externos o de forma.- son los que miran a las solemnidades de la
celebración misma.
- Requisitos internos o de fondo.- son los que miran a la capacidad y al
consentimiento de los contrayentes.
La capacidad es la aptitud para realizar actos jurídicos. Calidad de quien puede
por sí mismo manejar sus propios negocios jurídicos.
3. Impedimentos Absolutos para no realizar el Matrimonio
El autor o cómplice del delito de homicidio o asesinato del marido, o de la mujer.
El hombre o mujer con su correo en el delito de adulterio.
Los impúberes.
Los ligados por vínculo matrimonial no disuelto.
Los dementes o enajenados mentales.
Los impotentes.
Los parientes consanguíneos en línea recta.
Los consanguíneos colaterales en segundo grado.
Los afines en primer grado.
Solemnidades Sustanciales
Se refiere a las solemnidades sustanciales que debe cumplirse para la validez del
matrimonio, solemnidades sencillas, en todo caso, pero indispensables.
La comparecencia de las partes, es decir de los contrayentes, por si, o por medio
de apoderado especial, ante la autoridad competente.
La constancia de carecer de impedimentos dirimentes o absolutos, que son
precisamente los determinados en el artículo 95 de la expresión libre y de
espontaneo consentimiento de los contrayentes.
La presencia de dos testigos hábiles, con la que se justifica la aptitud de los
contrayentes y el hecho de que ninguno de ellos está involucrado en alguno de los
casos previstos en el articulo 95 antes indicado.
La constancia del otorgamiento y la suscripción del acta correspondiente, por
parte de todas las personas que intervienen en dicha celebración.
4. No podrán ser testigos los dementes, los ciegos, los sordos y los mudos; los
notoriamente vagos y los mendigos; los rufianes y las meretrices, los condenados
por delito que haya merecido más de cuatro años de prisión.
Terminación del Matrimonio
El matrimonio termina por
1. Por la muerte de uno de los cónyuges.
2. Por sentencia ejecutoriada que declare la nulidad del matrimonio.
3. Por sentencia ejecutoriada que concede la posesión definitiva de los
bienes del desaparecido.
4. Por divorcio.