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Importancia del cumplimiento de
la normatividad en seguridad y
salud en el trabajo
Junio de 2015, EMA
Cumplimiento Normativo
• El patrón tiene que dirigir su política, visión y misión para
asegurar que su empresa cuenta con la organización, recursos,
procesos y controles, necesarios para cumplir los
requerimientos impuestos por las instituciones
gubernamentales, entidades regulatorias y/o políticas internas.
Implica la implementación efectiva de su organización y de sus controles,
que permitan al patrón tener una visión clara e integral de su proceso y
gestión en su empresa.
Beneficios del cumplimiento normativo
 Contar con evidencias de la política, requerimientos y
controles.
 Fortalecer los programas de cumplimiento acorde con las
regulaciones y políticas.
 Registrar la gestión de los reportes que evidencian el estado,
avances y cumplimiento logrado en la empresa por jerarquías
administrativas.
 Probar controles, identificar problemas, e identificar planes de
mejora.
 Reducir costos y esfuerzos por cumplimiento.
Principios de la Normalización en
Seguridad y Salud en el Trabajo
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se
promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades
profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que
ejecuten; por lo tanto, los patronos deberán pagar la indemnización correspondiente, según que haya
traído como consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar, de
acuerdo con lo que las leyes determinen. Esta responsabilidad subsistirá aún en el caso de que el patrono
contrate el trabajo por un intermediario.
XV. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos
legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas
adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así
como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los
trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las leyes
contendrán, al efecto, las sanciones procedentes en cada caso;
Principios de la Normalización en
Seguridad y Salud en el Trabajo
La Secretaría expedirá Normas con
fundamento en la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización y su
reglamento, la Ley y el presente
Reglamento, con el propósito de
establecer disposiciones en materia
de Seguridad y Salud en el Trabajo que
eviten:
 Riesgos que pongan en peligro
la vida, integridad física o salud
de los trabajadores, y
 Cambios adversos y
sustanciales en el ambiente
laboral, que afecten o puedan
afectar la seguridad o salud de
los trabajadores o provocar
daños a las instalaciones,
maquinaria, equipos y
materiales del Centro de
Trabajo.
La explicación sucinta de los
objetivos y finalidades de la
Norma
La factibilidad técnica para la
comprobación de su
cumplimiento, es decir, los
mecanismos que prevén para
asegurar y verificar su
cumplimiento
La descripción de las medidas
propuestas y alternativas
consideradas para cumplir con
dicha finalidad
Los costos y beneficios de
las alternativas
consideradas y, en su
caso, una comparación
con las regulaciones de
otros países
Los proyectos de
Normas se sustentan
en un análisis, que
contiene:
Principios de la Normalización en
Seguridad y Salud en el Trabajo
Disposiciones Especializadas para
la Seguridad y Salud en el Trabajo
Obligaciones del patrón
• Realizar el estudio –reconocimiento y evaluación- de las condiciones y
de los contaminantes del medio ambiente laboral
• Contar con un diagnóstico integral o por área de trabajo de las
condiciones de seguridad y salud del centro laboral, las diversas áreas,
secciones o procesos que conforman al centro de trabajo.
• Clasificar los riesgos.
• Informar a los trabajadores y a la comisión de seguridad e higiene, sobre
los riesgos.
• Contar con un programa de seguridad y salud en el trabajo, elaborado
con base en el diagnóstico.
Disposiciones Especializadas para
la Seguridad y Salud en el Trabajo
• Elaborar un programa de capacitación teórico-práctico
• Contar con los reportes de seguimiento de los avances en la instauración del
programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones
preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, según aplique.
• Comunicar a la comisión de seguridad e higiene y/o a los trabajadores, el
diagnóstico integral o por área de trabajo de las condiciones de seguridad y salud
y el contenido del programa de seguridad y salud en el trabajo.
• Contar con las instrucciones de seguridad y salud aplicables en cada área del
centro de trabajo
• Cumplir con las condiciones de prevención, control y protección en el centro de
trabajo.
Disposiciones Especializadas para
la Seguridad y Salud en el Trabajo
• Dotar del equipo de protección personal a los trabajadores e integrantes de las
brigadas.
• Capacitar a los trabajadores expuestos con base en el diagnóstico y el programa
a la salud, medidas preventivas y de control adoptadas por el patrón.
• Realizar la vigilancia de la salud a todos los trabajadores,
• Proporcionar al responsable de seguridad y salud en el trabajo:
• Conservar la documentación a que hace referencia la Norma.
• Exhibir a la autoridad del trabajo, los documentos y registros que la Norma le
obligue a elaborar o poseer.
Promoción de la Salud y Prevención de
las Adicciones en los Centros de Trabajo
La Secretaría orientará a los
Centros de Trabajo sobre:
 las acciones y programas
para la promoción de la
salud y
 la prevención de
adicciones
que habrán de incorporarse
en el Programa de Seguridad
y Salud en el Trabajo.
Cuando se presenta un
riesgo de trabajo puede
producir según
ARTÍCULO 55 de la
LSS Y 477 de la LFT
• INCAPACIDAD TEMPORAL;
• INCAPACIDAD PERMANENTE
PARCIAL;
• INCAPACIDAD PERMANENTE
TOTAL, Y
• MUERTE.
Instituciones de seguro social
Instituciones de seguro social
El dar cumplimiento a la
normatividad en materia de
seguridad y salud puede prevenir:
las indemnizaciones que tiene que
cubrir ante la institución de
seguridad social,
La cual dependerá de la gravedad
del daño en la persona, ya sea por
un simple machucón o por la
pérdida parcial o total de algún
miembro o extremidad superior o
inferior o la muerte,
impacta el índice de siniestralidad
de la empresa.
La ley del Seguro Social y la
ley Federal del Trabajo
establecen cuanto es lo que
se debe de pagar por la
indemnización
LFT. 100% de su salario durante el
tiempo que dure la incapacidad
LSS. 100% de su salario durante el
tiempo que dure la incapacidad
INCAPACIDAD
TEMPORAL
ARTICULOS. 491 LFT
58 fracción I LSS
Instituciones de seguro social
LFT. El pago del tanto por ciento
que fija la tabla de valuación de
incapacidades, calculado sobre
el importe que debería pagarse
si la incapacidad hubiese sido
permanente total
LSS. Según porcentaje:
A) Superior al 50%: pensión
otorgada por la Institución de
Seguros que elija.
B) Si es hasta 25% Indemnización
global. Que es igual a 5
anualidades de la pensión que le
hubiere correspondido.
C) Exceda del 25% sin rebasar el
50% es optativo pensión o
indemnización global.
INCAPACIDAD
PERMANENTE
PARCIAL
ARTICULOS. 492 LFT
58 FRACCION III LSS
Instituciones de seguro social
LFT. El importe consistirá en 1095
días de salario
LSS. Pensión mensual definitiva
equivalente al setenta por ciento
del salario en que estuviese
cotizando en el momento de
ocurrir el riesgo.
INCAPACIDAD
PERMANENTE TOTAL
ARTICULOS. 495 LFT
58 FRACCIÓN II LSS
Instituciones de seguro social
LFT. A sus beneficiarios
• Dos meses de salario por concepto de gastos
funerarios; y
• El pago de la cantidad que fija el artículo
502. (la indemnización que corresponda a las
personas será la cantidad equivalente al
importe de cinco mil días de salario).
LSS. A sus beneficiarios
• Sesenta días de salario mínimo general del
D.F.
• A la viuda del asegurado se le otorgará una
pensión equivalente al cuarenta por ciento
de la que hubiese correspondido a aquél,
tratándose de incapacidad permanente
total.
• A los hijos incapaces y menores de 16 años o
hasta los 25 si estudian, una pensión
equivalente al veinte por ciento de la que
hubiese correspondido al asegurado
tratándose de incapacidad permanente total
MUERTE
ARTICULOS. 500 y 502
LFT
64 LSS
Instituciones de seguro social
PAÍS
Riesgos de Trabajo terminados registrados en el IMSS por año de ocurrencia y sexo,
según tipo de riesgo p/ 1/
Periodo Total
Accidentes de
Trabajo
Accidentes en
Trayecto
Enfermedades de
Trabajo
Total
2008 506,646 411,468 91,881 3,297
2009 490,650 395,614 91,587 3,449
2010 504,124 401,115 99,904 3,105
2011 538,752 424,252 111,045 3,455
2012 548,248 427,013 117,153 4,082
2013 495,759 380,567 111,071 4,121
COSTOS:
DIRECTOS
INDIRECTOS
Costos directos:
• Atención médica y hospitalización.
• Pago de sueldo y prestaciones.
• Daños a herramientas, equipo, maquinaria,
instalaciones.
• Pago de indemnizaciones.
Costos indirectos:
• Interrupción y demora en la producción.
• Baja de calidad en los productos.
• Reemplazo de personal.
• Salarios pagados por tiempo extra.
• Costo de contratación de personal o preparar a
otro trabajador.
• Juicios y demandas.
PAÍS
En México el costo de accidentes
laborales y enfermedades relativas
significan:
El 6 por ciento del PIB nacional,
mientas en países de Centroamérica es
de 14 por ciento. El promedio en
América Latina es de 10 por ciento del
PIB
Los patrones tienen que hacer frente a
costosas jubilaciones anticipadas, a una
pérdida de personal calificado, a
absentismo y a elevadas primas de
seguro, debido a enfermedades y
accidentes relacionados con el trabajo.
Estos problemasse
pueden prevenirse a
través de la puesta
en marcha de una
firme y decidida
aplicación de la
normatividad en
materia de
seguridad y salud en
el trabajo.
Sanciones Administrativas
Se impondrá multa de 50 a 100
veces el salario mínimo general
diario vigente en el Distrito Federal,
al patrón que no acredite, ni exhiba
dentro del plazo que al efecto fije
la Secretaría, de conformidad con
las especificaciones dispuestas en
las Normas.
El Diagnóstico de Seguridad y Salud
en el Trabajo, que comprenda los
estudios y análisis de Riesgos
El Programa de Seguridad y Salud
en el Trabajo
Los programas específicos,
manuales y procedimientos
Multa
Salario mínimo:
$70.10
$ 3,505.00
$ 7,010.00
Se impondrá multa de 50 a 500
veces el salario mínimo general
diario vigente en el Distrito Federal,
al patrón que no acredite, ni exhiba
dentro del plazo que al efecto fije
la Secretaría, con base en las
especificaciones previstas en las
Normas
La constitución, integración, organización
y funcionamiento de la Comisión de
Seguridad e Higiene y el otorgamiento de
facilidades para su operación
La prestación de los Servicios Preventivos
de Seguridad y Salud en el Trabajo
La prestación de los Servicios
Preventivos de Medicina del Trabajo
Multa
Salario mínimo:
$70.10
$ 3,505.00
$ 35,050.00
Sanciones Administrativas
Se impondrá multa de 250 a 5000
veces el salario mínimo general
diario vigente en el Distrito Federal,
al patrón que no acredite, ni exhiba
dentro del plazo que al efecto fije
la Secretaría, con base en las
especificaciones que determinan
las Normas
La difusión de información a los
trabajadores requerida por los
artículos
La capacitación y, en su caso,
adiestramiento de los trabajadores
La capacitación del personal del Centro de Trabajo que forme
parte de la Comisión de Seguridad e Higiene y de los Servicios
Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo y, en su caso,
apoyar la actualización de los responsables de los Servicios
Preventivos de Medicina del Trabajo de carácter interno
Multa
Salario mínimo:
$70.10
$ 17,525.00
$ 350,500.00
Sanciones Administrativas
Se impondrá multa de 50 a 2000
veces el salario mínimo general
diario vigente en el Distrito Federal,
al patrón que no acredite, ni exhiba
dentro del plazo que al efecto fije
la Secretaría, de acuerdo con las
especificaciones que disponen las
Normas
Las autorizaciones para la
realización de actividades o
trabajos peligrosos
Los registros administrativos, por
medios impresos o electrónicos
Los avisos a la Secretaría o a las
instituciones de seguridad social sobre
los Accidentes de Trabajo que ocurran
Multa
Salario mínimo:
$70.10
$ 3,505.00
$ 140,200.00
Los avisos a la Secretaría sobre las
defunciones que ocurran con motivo de
Accidentes y Enfermedades de Trabajo
Los avisos relacionados con el funcionamiento de
recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos
y generadores de vapor o calderas
Los dictámenes, informes de resultados y
certificados de cumplimiento en materia
de Seguridad y Salud en el Trabajo
Sanciones Administrativas
Se impondrá multa de 50 a 3000
veces el salario mínimo general
diario vigente en el Distrito Federal,
al patrón que no acredite, ni exhiba
dentro del plazo que al efecto fije
la Secretaría, conforme a las
especificaciones determinadas en
las Normas
La realización de las acciones de Reconocimiento,
Evaluación y Control de los Contaminantes del
Ambiente Laboral, a efecto de conservar las
condiciones ambientales del Centro de Trabajo
dentro de los valores límite de exposición
La aplicación de los exámenes médicos al
Personal Ocupacionalmente Expuesto
El suministro del Equipo de Protección
Personal, de conformidad con los Riesgos
a que están expuestos los trabajadores
Multa
Salario mínimo:
$70.10
$ 17,525.00
$ 350,500.00
Sanciones Administrativas
Se impondrá multa de 250 a 5000
veces el salario mínimo general
diario vigente en el Distrito Federal,
al patrón que no acredite, ni exhiba
dentro del plazo que al efecto fije
la Secretaría, con base en las
especificaciones que señalan las
Normas
La colocación en lugares visibles del
Centro de Trabajo de los avisos o
señales para informar, advertir y
prevenir Riesgos
La aplicación en la instalación de sus
establecimientos de las medidas de Seguridad
y Salud en el Trabajo
La supervisión para que los contratistas
cumplan con las medidas de Seguridad y
Salud en el Trabajo
Multa
Salario mínimo:
$70.10
$ 17,525.00
$ 350,500.00
Sanciones Administrativas
Se impondrá multa de 50 a
2500 veces el salario mínimo
general diario vigente en el
Distrito Federal, al patrón que
asigne a mujeres en estado de
gestación o de lactancia, así
como a trabajadores menores
Multa
Salario mínimo:
$70.10
$ 3,505.00
$ 175,250.00
Sanciones Administrativas
Se impondrá multa de 250 a 2500
veces el salario mínimo general
diario vigente en el Distrito Federal,
al patrón que no acredite, ni exhiba
dentro del plazo que al efecto fije
la Secretaría, el cumplimiento de
los requisitos y condiciones de
seguridad para Trabajadores con
Discapacidad
Multa
Salario mínimo:
$70.10
$ 17,525.00
$ 175,250.00
Sanciones Administrativas
Se impondrá multa de 250 a 2500
veces el salario mínimo general
diario vigente en el Distrito Federal,
al patrón que no acredite, ni exhiba
dentro del plazo que al efecto fije
la Secretaría, el cumplimiento de
los requisitos y condiciones de
seguridad para Trabajadores del
Campo
Multa
Salario mínimo:
$70.10
$ 17,525.00
$ 175,250.00
Sanciones Administrativas
Se impondrá multa de 250 a 5000
veces el salario mínimo general diario
vigente en el Distrito Federal, al patrón
que no permita el ejercicio de las
funciones de inspección y vigilancia
por parte de la Autoridad Laboral, para
cerciorarse del cumplimiento de la
normativa en materia de Seguridad y
Salud en el Trabajo
Multa
Salario mínimo:
$70.10
$ 17,525.00
$ 350,500.00
Sanciones Administrativas
En los casos de falta inexcusable
del patrón, la indemnización podrá
aumentarse hasta en un
veinticinco por ciento, a juicio de
la Junta de Conciliación y Arbitraje.
Hay falta inexcusable del patrón:
I. Si no cumple las disposiciones legales,
reglamentarias y las contenidas en las
normas oficiales mexicanas en materia
de seguridad, salud y medio ambiente
de trabajo;
II. Si habiéndose realizado accidentes
anteriores, no adopta las medidas
adecuadas para evitar su repetición;
III. Si no adopta las medidas preventivas
recomendadas por las comisiones creadas
por los trabajadores y los patrones, o por las
autoridades del Trabajo;
IV. Si los trabajadores hacen notar al patrón
el peligro que corren y éste no adopta las
medidas adecuadas para evitarlo; y
V. Si concurren circunstancias análogas, de la
misma gravedad a las mencionadas en las
fracciones anteriores.
Sanciones Administrativas
¿Por qué la Seguridad y Salud en el Trabajo es
una parte fundamental de un buen negocio?
La Seguridad y salud
en el Trabajo
• contribuye a demostrar la responsabilidad social de una empresa;
• protege y mejora la imagen y el valor de la marca;
• contribuye a maximizar la productividad de los trabajadores;
• mejora el compromiso de los trabajadores con la empresa;
• permite conseguir una mano de obra más competente y saludable;
• reduce los costos y las interrupciones de la actividad;
• permite a las empresas satisfacer las expectativas de la Seguridad y Salud en el
Trabajo de sus clientes, y
• supone un incentivo para que los trabajadores permanezcan más tiempo
activos.
Las ventajas de una buena
salud y seguridad en el trabajo
Valor de la marca
y prestigio
Motivación y
compromiso de
los trabajadores
Gestión del costos
de seguros
Confianza de
los inversores
Productividad
Responsabilidad
social corporativa
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EMA 2015 IMPORTANCIA DE CUMPLIMIENTO SST.pdf

  • 1. Importancia del cumplimiento de la normatividad en seguridad y salud en el trabajo Junio de 2015, EMA
  • 2. Cumplimiento Normativo • El patrón tiene que dirigir su política, visión y misión para asegurar que su empresa cuenta con la organización, recursos, procesos y controles, necesarios para cumplir los requerimientos impuestos por las instituciones gubernamentales, entidades regulatorias y/o políticas internas. Implica la implementación efectiva de su organización y de sus controles, que permitan al patrón tener una visión clara e integral de su proceso y gestión en su empresa.
  • 3. Beneficios del cumplimiento normativo  Contar con evidencias de la política, requerimientos y controles.  Fortalecer los programas de cumplimiento acorde con las regulaciones y políticas.  Registrar la gestión de los reportes que evidencian el estado, avances y cumplimiento logrado en la empresa por jerarquías administrativas.  Probar controles, identificar problemas, e identificar planes de mejora.  Reducir costos y esfuerzos por cumplimiento.
  • 4. Principios de la Normalización en Seguridad y Salud en el Trabajo CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley. XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos deberán pagar la indemnización correspondiente, según que haya traído como consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen. Esta responsabilidad subsistirá aún en el caso de que el patrono contrate el trabajo por un intermediario. XV. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las leyes contendrán, al efecto, las sanciones procedentes en cada caso;
  • 5. Principios de la Normalización en Seguridad y Salud en el Trabajo La Secretaría expedirá Normas con fundamento en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su reglamento, la Ley y el presente Reglamento, con el propósito de establecer disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que eviten:  Riesgos que pongan en peligro la vida, integridad física o salud de los trabajadores, y  Cambios adversos y sustanciales en el ambiente laboral, que afecten o puedan afectar la seguridad o salud de los trabajadores o provocar daños a las instalaciones, maquinaria, equipos y materiales del Centro de Trabajo.
  • 6. La explicación sucinta de los objetivos y finalidades de la Norma La factibilidad técnica para la comprobación de su cumplimiento, es decir, los mecanismos que prevén para asegurar y verificar su cumplimiento La descripción de las medidas propuestas y alternativas consideradas para cumplir con dicha finalidad Los costos y beneficios de las alternativas consideradas y, en su caso, una comparación con las regulaciones de otros países Los proyectos de Normas se sustentan en un análisis, que contiene: Principios de la Normalización en Seguridad y Salud en el Trabajo
  • 7. Disposiciones Especializadas para la Seguridad y Salud en el Trabajo Obligaciones del patrón • Realizar el estudio –reconocimiento y evaluación- de las condiciones y de los contaminantes del medio ambiente laboral • Contar con un diagnóstico integral o por área de trabajo de las condiciones de seguridad y salud del centro laboral, las diversas áreas, secciones o procesos que conforman al centro de trabajo. • Clasificar los riesgos. • Informar a los trabajadores y a la comisión de seguridad e higiene, sobre los riesgos. • Contar con un programa de seguridad y salud en el trabajo, elaborado con base en el diagnóstico.
  • 8. Disposiciones Especializadas para la Seguridad y Salud en el Trabajo • Elaborar un programa de capacitación teórico-práctico • Contar con los reportes de seguimiento de los avances en la instauración del programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, según aplique. • Comunicar a la comisión de seguridad e higiene y/o a los trabajadores, el diagnóstico integral o por área de trabajo de las condiciones de seguridad y salud y el contenido del programa de seguridad y salud en el trabajo. • Contar con las instrucciones de seguridad y salud aplicables en cada área del centro de trabajo • Cumplir con las condiciones de prevención, control y protección en el centro de trabajo.
  • 9. Disposiciones Especializadas para la Seguridad y Salud en el Trabajo • Dotar del equipo de protección personal a los trabajadores e integrantes de las brigadas. • Capacitar a los trabajadores expuestos con base en el diagnóstico y el programa a la salud, medidas preventivas y de control adoptadas por el patrón. • Realizar la vigilancia de la salud a todos los trabajadores, • Proporcionar al responsable de seguridad y salud en el trabajo: • Conservar la documentación a que hace referencia la Norma. • Exhibir a la autoridad del trabajo, los documentos y registros que la Norma le obligue a elaborar o poseer.
  • 10. Promoción de la Salud y Prevención de las Adicciones en los Centros de Trabajo La Secretaría orientará a los Centros de Trabajo sobre:  las acciones y programas para la promoción de la salud y  la prevención de adicciones que habrán de incorporarse en el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • 11. Cuando se presenta un riesgo de trabajo puede producir según ARTÍCULO 55 de la LSS Y 477 de la LFT • INCAPACIDAD TEMPORAL; • INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL; • INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, Y • MUERTE. Instituciones de seguro social
  • 12. Instituciones de seguro social El dar cumplimiento a la normatividad en materia de seguridad y salud puede prevenir: las indemnizaciones que tiene que cubrir ante la institución de seguridad social, La cual dependerá de la gravedad del daño en la persona, ya sea por un simple machucón o por la pérdida parcial o total de algún miembro o extremidad superior o inferior o la muerte, impacta el índice de siniestralidad de la empresa. La ley del Seguro Social y la ley Federal del Trabajo establecen cuanto es lo que se debe de pagar por la indemnización
  • 13. LFT. 100% de su salario durante el tiempo que dure la incapacidad LSS. 100% de su salario durante el tiempo que dure la incapacidad INCAPACIDAD TEMPORAL ARTICULOS. 491 LFT 58 fracción I LSS Instituciones de seguro social
  • 14. LFT. El pago del tanto por ciento que fija la tabla de valuación de incapacidades, calculado sobre el importe que debería pagarse si la incapacidad hubiese sido permanente total LSS. Según porcentaje: A) Superior al 50%: pensión otorgada por la Institución de Seguros que elija. B) Si es hasta 25% Indemnización global. Que es igual a 5 anualidades de la pensión que le hubiere correspondido. C) Exceda del 25% sin rebasar el 50% es optativo pensión o indemnización global. INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL ARTICULOS. 492 LFT 58 FRACCION III LSS Instituciones de seguro social
  • 15. LFT. El importe consistirá en 1095 días de salario LSS. Pensión mensual definitiva equivalente al setenta por ciento del salario en que estuviese cotizando en el momento de ocurrir el riesgo. INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL ARTICULOS. 495 LFT 58 FRACCIÓN II LSS Instituciones de seguro social
  • 16. LFT. A sus beneficiarios • Dos meses de salario por concepto de gastos funerarios; y • El pago de la cantidad que fija el artículo 502. (la indemnización que corresponda a las personas será la cantidad equivalente al importe de cinco mil días de salario). LSS. A sus beneficiarios • Sesenta días de salario mínimo general del D.F. • A la viuda del asegurado se le otorgará una pensión equivalente al cuarenta por ciento de la que hubiese correspondido a aquél, tratándose de incapacidad permanente total. • A los hijos incapaces y menores de 16 años o hasta los 25 si estudian, una pensión equivalente al veinte por ciento de la que hubiese correspondido al asegurado tratándose de incapacidad permanente total MUERTE ARTICULOS. 500 y 502 LFT 64 LSS Instituciones de seguro social
  • 17. PAÍS Riesgos de Trabajo terminados registrados en el IMSS por año de ocurrencia y sexo, según tipo de riesgo p/ 1/ Periodo Total Accidentes de Trabajo Accidentes en Trayecto Enfermedades de Trabajo Total 2008 506,646 411,468 91,881 3,297 2009 490,650 395,614 91,587 3,449 2010 504,124 401,115 99,904 3,105 2011 538,752 424,252 111,045 3,455 2012 548,248 427,013 117,153 4,082 2013 495,759 380,567 111,071 4,121
  • 19. Costos directos: • Atención médica y hospitalización. • Pago de sueldo y prestaciones. • Daños a herramientas, equipo, maquinaria, instalaciones. • Pago de indemnizaciones.
  • 20. Costos indirectos: • Interrupción y demora en la producción. • Baja de calidad en los productos. • Reemplazo de personal. • Salarios pagados por tiempo extra. • Costo de contratación de personal o preparar a otro trabajador. • Juicios y demandas.
  • 21. PAÍS En México el costo de accidentes laborales y enfermedades relativas significan: El 6 por ciento del PIB nacional, mientas en países de Centroamérica es de 14 por ciento. El promedio en América Latina es de 10 por ciento del PIB Los patrones tienen que hacer frente a costosas jubilaciones anticipadas, a una pérdida de personal calificado, a absentismo y a elevadas primas de seguro, debido a enfermedades y accidentes relacionados con el trabajo. Estos problemasse pueden prevenirse a través de la puesta en marcha de una firme y decidida aplicación de la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • 22. Sanciones Administrativas Se impondrá multa de 50 a 100 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, al patrón que no acredite, ni exhiba dentro del plazo que al efecto fije la Secretaría, de conformidad con las especificaciones dispuestas en las Normas. El Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo, que comprenda los estudios y análisis de Riesgos El Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo Los programas específicos, manuales y procedimientos Multa Salario mínimo: $70.10 $ 3,505.00 $ 7,010.00
  • 23. Se impondrá multa de 50 a 500 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, al patrón que no acredite, ni exhiba dentro del plazo que al efecto fije la Secretaría, con base en las especificaciones previstas en las Normas La constitución, integración, organización y funcionamiento de la Comisión de Seguridad e Higiene y el otorgamiento de facilidades para su operación La prestación de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo La prestación de los Servicios Preventivos de Medicina del Trabajo Multa Salario mínimo: $70.10 $ 3,505.00 $ 35,050.00 Sanciones Administrativas
  • 24. Se impondrá multa de 250 a 5000 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, al patrón que no acredite, ni exhiba dentro del plazo que al efecto fije la Secretaría, con base en las especificaciones que determinan las Normas La difusión de información a los trabajadores requerida por los artículos La capacitación y, en su caso, adiestramiento de los trabajadores La capacitación del personal del Centro de Trabajo que forme parte de la Comisión de Seguridad e Higiene y de los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo y, en su caso, apoyar la actualización de los responsables de los Servicios Preventivos de Medicina del Trabajo de carácter interno Multa Salario mínimo: $70.10 $ 17,525.00 $ 350,500.00 Sanciones Administrativas
  • 25. Se impondrá multa de 50 a 2000 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, al patrón que no acredite, ni exhiba dentro del plazo que al efecto fije la Secretaría, de acuerdo con las especificaciones que disponen las Normas Las autorizaciones para la realización de actividades o trabajos peligrosos Los registros administrativos, por medios impresos o electrónicos Los avisos a la Secretaría o a las instituciones de seguridad social sobre los Accidentes de Trabajo que ocurran Multa Salario mínimo: $70.10 $ 3,505.00 $ 140,200.00 Los avisos a la Secretaría sobre las defunciones que ocurran con motivo de Accidentes y Enfermedades de Trabajo Los avisos relacionados con el funcionamiento de recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas Los dictámenes, informes de resultados y certificados de cumplimiento en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo Sanciones Administrativas
  • 26. Se impondrá multa de 50 a 3000 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, al patrón que no acredite, ni exhiba dentro del plazo que al efecto fije la Secretaría, conforme a las especificaciones determinadas en las Normas La realización de las acciones de Reconocimiento, Evaluación y Control de los Contaminantes del Ambiente Laboral, a efecto de conservar las condiciones ambientales del Centro de Trabajo dentro de los valores límite de exposición La aplicación de los exámenes médicos al Personal Ocupacionalmente Expuesto El suministro del Equipo de Protección Personal, de conformidad con los Riesgos a que están expuestos los trabajadores Multa Salario mínimo: $70.10 $ 17,525.00 $ 350,500.00 Sanciones Administrativas
  • 27. Se impondrá multa de 250 a 5000 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, al patrón que no acredite, ni exhiba dentro del plazo que al efecto fije la Secretaría, con base en las especificaciones que señalan las Normas La colocación en lugares visibles del Centro de Trabajo de los avisos o señales para informar, advertir y prevenir Riesgos La aplicación en la instalación de sus establecimientos de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo La supervisión para que los contratistas cumplan con las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo Multa Salario mínimo: $70.10 $ 17,525.00 $ 350,500.00 Sanciones Administrativas
  • 28. Se impondrá multa de 50 a 2500 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, al patrón que asigne a mujeres en estado de gestación o de lactancia, así como a trabajadores menores Multa Salario mínimo: $70.10 $ 3,505.00 $ 175,250.00 Sanciones Administrativas
  • 29. Se impondrá multa de 250 a 2500 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, al patrón que no acredite, ni exhiba dentro del plazo que al efecto fije la Secretaría, el cumplimiento de los requisitos y condiciones de seguridad para Trabajadores con Discapacidad Multa Salario mínimo: $70.10 $ 17,525.00 $ 175,250.00 Sanciones Administrativas
  • 30. Se impondrá multa de 250 a 2500 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, al patrón que no acredite, ni exhiba dentro del plazo que al efecto fije la Secretaría, el cumplimiento de los requisitos y condiciones de seguridad para Trabajadores del Campo Multa Salario mínimo: $70.10 $ 17,525.00 $ 175,250.00 Sanciones Administrativas
  • 31. Se impondrá multa de 250 a 5000 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, al patrón que no permita el ejercicio de las funciones de inspección y vigilancia por parte de la Autoridad Laboral, para cerciorarse del cumplimiento de la normativa en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo Multa Salario mínimo: $70.10 $ 17,525.00 $ 350,500.00 Sanciones Administrativas
  • 32. En los casos de falta inexcusable del patrón, la indemnización podrá aumentarse hasta en un veinticinco por ciento, a juicio de la Junta de Conciliación y Arbitraje. Hay falta inexcusable del patrón: I. Si no cumple las disposiciones legales, reglamentarias y las contenidas en las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo; II. Si habiéndose realizado accidentes anteriores, no adopta las medidas adecuadas para evitar su repetición; III. Si no adopta las medidas preventivas recomendadas por las comisiones creadas por los trabajadores y los patrones, o por las autoridades del Trabajo; IV. Si los trabajadores hacen notar al patrón el peligro que corren y éste no adopta las medidas adecuadas para evitarlo; y V. Si concurren circunstancias análogas, de la misma gravedad a las mencionadas en las fracciones anteriores. Sanciones Administrativas
  • 33. ¿Por qué la Seguridad y Salud en el Trabajo es una parte fundamental de un buen negocio? La Seguridad y salud en el Trabajo • contribuye a demostrar la responsabilidad social de una empresa; • protege y mejora la imagen y el valor de la marca; • contribuye a maximizar la productividad de los trabajadores; • mejora el compromiso de los trabajadores con la empresa; • permite conseguir una mano de obra más competente y saludable; • reduce los costos y las interrupciones de la actividad; • permite a las empresas satisfacer las expectativas de la Seguridad y Salud en el Trabajo de sus clientes, y • supone un incentivo para que los trabajadores permanezcan más tiempo activos.
  • 34. Las ventajas de una buena salud y seguridad en el trabajo Valor de la marca y prestigio Motivación y compromiso de los trabajadores Gestión del costos de seguros Confianza de los inversores Productividad Responsabilidad social corporativa Menos costos por accidentes y enfermedades profesionales Obtención y conservación de clientes
  • 35. GRACIAS POR SU ATENCIÓN Ing. Jesús Zepeda Vera Jesus.zepeda@stps.gob.mx