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UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
ARAURE - PORTUGUESA
ENSAYO: UBICACION DEL DERECHO
FINANCIERO EN LAS RAMAS DEL DERECHO
TRIBUTARIO
Participante:
Autor: William González
C.I: 17509956
Catedra: Derecho Tributario
Sección: SAIAB-2019/A
Profesora: Abg. Emily Ramírez
Araure, Octubre 2019.
El siguiente ensayo tiene como objeto principal determinar la ubicación del
Derecho Financiero, en las ramas del Derecho Tributario, como también su concepto
actualmente y por supuesto abordaremos su autonomía.
Ahora bien es de suma importancia conocer la definición del Derecho
Financiero que no es más que, la norma del Derecho Público Positivo que tiene como
objeto estudiar la actividad financiera, encargándose de obtener recursos para cubrir
los gastos demandados por la población. . Por otra parte y citando a Francisco Carrera
Raya, sostiene que en una aproximación inicial observamos como existe un sector de
la realidad que calificamos de financiera y que viene regulada por un conjunto de
normas jurídicas. De esta forma, identifica al derecho financiero como aquel sector del
ordenamiento jurídico que regula la actividad financiera de los entes públicos como
toda rama del derecho es de requisito Sine Qua Non, conocer su fuente y en
consecuencia como fuente superior me remitiré a la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, que es el medio para limitar la potestad del Estado por ser
su norma fundamental de derecho y garantías fundamentales tanto individuales como
difusas. (Artículos 316 y 320 CRBV).
Por otra parte tenemos la Ley es la fuente de mayor importancia, ya que sin
ella no existiría la actividad financiera, tributos, penas y sanciones; la Ley se considera
como todo acto emanado por el poder legislativo. Es toda norma jurídica que regula
los actos y las relaciones humanas que se aplican en determinado tiempo y lugar.
(Artículo 202 CRBV), asi mismo otra fuente son los Decretos Ley, según Lares, son
actos emanados por el Poder Ejecutivo o quien lo sustituya, en las cuales están
establecidas reglas de derecho sobre materias propias de la Ley formal. Son
decisiones con fuerza de ley que adopta el Poder Ejecutivo o quien haga sus veces.
(Artículo 317 CRBV)
Todavía cabe señalar los Reglamentos, son aquellos que emite el Ejecutivo
para la ejecución de las leyes, sin alterar el espíritu de la ley con excepciones
reglamentaria, según el artículo 236 numeral 10 constitucional. ¨Son atribuciones y
obligaciones del Presidente o Presidenta de la República: Reglamentar total o
parcialmente las leyes, sin alterar su espíritu, propósito y razón. Y por último los
Tratados Internacionales son fuente de Derecho, siempre y cuando sean aprobados por
el Poder Legislativo, algunos doctrinarios la consideran como una fuente indirecta de
derecho ya que su validez está sujeta por la ley nacional aprobatoria. (Artículo
154 CRBV).
Por lo que refiere a sus relaciones con otras ramas del Derecho, se relaciona en
primer lugar con el Derecho Constitucional ya que está sometida por el control
judicial de la Constitución; de igual forma se relaciona con el Derecho Administrativo
debido a que se considera el Derecho Financiero como parte del Derecho
Administrativo, su relación se debe al sujeto que es la Administración Pública; también
se conecta con el Derecho Procesal porque su relación da origen a una actividad
procesal, que permite tanto a la administración o al contribuyente regirse por
procedimientos con el fin de interponer recursos en caso de inconformidad, sanciones
o peticiones, los cuales deberán ser resueltos en los p lazos perentorios conforme
a derecho.
Además, se relaciona también con el Derecho Penal se relaciona con la
actividad financiera en la violación de leyes, normas tributarias y la aplicación de penas
y sanciones. Por último, y aquí conviene subrayar, ya que encontramos la relación y
ubicación del Derecho Financiero en la rama del Derecho Tributario, Su relación se
basa en los tributos y el aspecto jurídico en de la tributación y como obtenerlos para
cumplir con los gastos que demanda la población.
El siguiente aspecto trata sobre la autonomía del Derecho Financiero, y hay que
enfatizar que existen opiniones encontradas sobre este tema es decir, se discute mucho
si el derecho financiero tiene o no autonomía lo cual ha dado origen a tres marcadas
corrientes doctrinales a saber: Corriente Administrativa para esta corriente
administrativa el derecho financiero no tiene autonomía científica sino que forma parte
del derecho administrativo porque su objeto es una mera función, administrativa que
se sintetiza en la actividad que despliega el estado para conseguir recurso, gastarlos y
balancearlos. Esta concepción no tiene su talón de Aquiles en el hecho de que el
derecho financiero es una disciplina del derecho público, en consecuencia está
íntimamente vinculado al funcionamiento del estado.
Por otro lado, es necesario recordar que no debe confundirse la actividad
administrativa del Estado con el derecho financiero, pues el derecho financiero se
ocupa de la creación del tributo en tanto que la actividad para hacerlo sino que se
limitan a administrar el tributo.
A su vez existe la teoría de la Corriente autonomista, es sustentada por Myrbach,
Rheinfeld y Mario Pugliese quienes sostienen que los problemas jurídicos que surgen
de la actividad financiera del estado se resuelven mediante principios propios de
carácter unitario, además señalan que el derecho financiero tiene importantes ramas
jurídicas como son el derecho tributario material que tiene una destacada y reconocida
autonomía, y que las cuestiones impositivas propias del derecho tributario no son sino
una parte del universo que conforma la actividad financiera del estado.
Y por último esta la Corriente intermedia, es sustentada por el profesor
DinoJarach, entre otros, reconoce la existencia de una autonomía didáctica del derecho
financiero, sin embargo niegan que tenga una autonomía científica lo que equivale
negar su autonomía en el fondo; llega a la conclusión de que debido a los principios
heterogéneos que informan a los principales capítulos del derecho financiero que tienen
su origen en el derecho monetario, el derecho presupuestario, el derecho crediticio, sin
embargo destaca que se salva de esta multiplicidad conceptual de derecho tributario,
refiriéndose al derecho tributario material.
En conclusión notamos en este ensayo que el Derecho financiero esta
extremament5e ligado al Derecho Tributario como también a otras ramas mencionadas
en el ensayo en cuestión, además se evidencia existen diferentes postura en relaciona
a su autonomía no obstante no óbice para su aplicación y eficacia. Y para concluir este
ensayo vale la pena citar a Romero, C.Y. (2011) nos indica:
“Las finanzas cumplen un papel fundamental en el éxito y en la
supervivencia del Estado y de la empresa privada, pues se considera como un
instrumento de planificación, ejecución y control que repercute decididamente
en la economía empresarial y pública, extendiendo sus efectos a todas las
esferas de la producción y consumos”.
BIBLIOGRAFÍA
1. “Actividad n° 2 derecho tributario 1° corte”
https://es.slideshare.net/Edybeth245/actividad-n-2-derecho-tributario-1-corte
2. “Derecho Financiero Importancia”
https://www.studocu.com/en/document/universidad-alas-
peruanas/administracion-financiera-ii/lecture-notes/derecho-financiero-
importancia/4619318/view
3. “Derecho tributario” https://www.monografias.com/trabajos75/derecho-
tributario/derecho-tributario2.shtml

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  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO ARAURE - PORTUGUESA ENSAYO: UBICACION DEL DERECHO FINANCIERO EN LAS RAMAS DEL DERECHO TRIBUTARIO Participante: Autor: William González C.I: 17509956 Catedra: Derecho Tributario Sección: SAIAB-2019/A Profesora: Abg. Emily Ramírez Araure, Octubre 2019.
  • 2. El siguiente ensayo tiene como objeto principal determinar la ubicación del Derecho Financiero, en las ramas del Derecho Tributario, como también su concepto actualmente y por supuesto abordaremos su autonomía. Ahora bien es de suma importancia conocer la definición del Derecho Financiero que no es más que, la norma del Derecho Público Positivo que tiene como objeto estudiar la actividad financiera, encargándose de obtener recursos para cubrir los gastos demandados por la población. . Por otra parte y citando a Francisco Carrera Raya, sostiene que en una aproximación inicial observamos como existe un sector de la realidad que calificamos de financiera y que viene regulada por un conjunto de normas jurídicas. De esta forma, identifica al derecho financiero como aquel sector del ordenamiento jurídico que regula la actividad financiera de los entes públicos como toda rama del derecho es de requisito Sine Qua Non, conocer su fuente y en consecuencia como fuente superior me remitiré a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que es el medio para limitar la potestad del Estado por ser su norma fundamental de derecho y garantías fundamentales tanto individuales como difusas. (Artículos 316 y 320 CRBV). Por otra parte tenemos la Ley es la fuente de mayor importancia, ya que sin ella no existiría la actividad financiera, tributos, penas y sanciones; la Ley se considera como todo acto emanado por el poder legislativo. Es toda norma jurídica que regula los actos y las relaciones humanas que se aplican en determinado tiempo y lugar. (Artículo 202 CRBV), asi mismo otra fuente son los Decretos Ley, según Lares, son actos emanados por el Poder Ejecutivo o quien lo sustituya, en las cuales están establecidas reglas de derecho sobre materias propias de la Ley formal. Son decisiones con fuerza de ley que adopta el Poder Ejecutivo o quien haga sus veces. (Artículo 317 CRBV) Todavía cabe señalar los Reglamentos, son aquellos que emite el Ejecutivo para la ejecución de las leyes, sin alterar el espíritu de la ley con excepciones
  • 3. reglamentaria, según el artículo 236 numeral 10 constitucional. ¨Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República: Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su espíritu, propósito y razón. Y por último los Tratados Internacionales son fuente de Derecho, siempre y cuando sean aprobados por el Poder Legislativo, algunos doctrinarios la consideran como una fuente indirecta de derecho ya que su validez está sujeta por la ley nacional aprobatoria. (Artículo 154 CRBV). Por lo que refiere a sus relaciones con otras ramas del Derecho, se relaciona en primer lugar con el Derecho Constitucional ya que está sometida por el control judicial de la Constitución; de igual forma se relaciona con el Derecho Administrativo debido a que se considera el Derecho Financiero como parte del Derecho Administrativo, su relación se debe al sujeto que es la Administración Pública; también se conecta con el Derecho Procesal porque su relación da origen a una actividad procesal, que permite tanto a la administración o al contribuyente regirse por procedimientos con el fin de interponer recursos en caso de inconformidad, sanciones o peticiones, los cuales deberán ser resueltos en los p lazos perentorios conforme a derecho. Además, se relaciona también con el Derecho Penal se relaciona con la actividad financiera en la violación de leyes, normas tributarias y la aplicación de penas y sanciones. Por último, y aquí conviene subrayar, ya que encontramos la relación y ubicación del Derecho Financiero en la rama del Derecho Tributario, Su relación se basa en los tributos y el aspecto jurídico en de la tributación y como obtenerlos para cumplir con los gastos que demanda la población. El siguiente aspecto trata sobre la autonomía del Derecho Financiero, y hay que enfatizar que existen opiniones encontradas sobre este tema es decir, se discute mucho si el derecho financiero tiene o no autonomía lo cual ha dado origen a tres marcadas
  • 4. corrientes doctrinales a saber: Corriente Administrativa para esta corriente administrativa el derecho financiero no tiene autonomía científica sino que forma parte del derecho administrativo porque su objeto es una mera función, administrativa que se sintetiza en la actividad que despliega el estado para conseguir recurso, gastarlos y balancearlos. Esta concepción no tiene su talón de Aquiles en el hecho de que el derecho financiero es una disciplina del derecho público, en consecuencia está íntimamente vinculado al funcionamiento del estado. Por otro lado, es necesario recordar que no debe confundirse la actividad administrativa del Estado con el derecho financiero, pues el derecho financiero se ocupa de la creación del tributo en tanto que la actividad para hacerlo sino que se limitan a administrar el tributo. A su vez existe la teoría de la Corriente autonomista, es sustentada por Myrbach, Rheinfeld y Mario Pugliese quienes sostienen que los problemas jurídicos que surgen de la actividad financiera del estado se resuelven mediante principios propios de carácter unitario, además señalan que el derecho financiero tiene importantes ramas jurídicas como son el derecho tributario material que tiene una destacada y reconocida autonomía, y que las cuestiones impositivas propias del derecho tributario no son sino una parte del universo que conforma la actividad financiera del estado. Y por último esta la Corriente intermedia, es sustentada por el profesor DinoJarach, entre otros, reconoce la existencia de una autonomía didáctica del derecho financiero, sin embargo niegan que tenga una autonomía científica lo que equivale negar su autonomía en el fondo; llega a la conclusión de que debido a los principios heterogéneos que informan a los principales capítulos del derecho financiero que tienen su origen en el derecho monetario, el derecho presupuestario, el derecho crediticio, sin embargo destaca que se salva de esta multiplicidad conceptual de derecho tributario, refiriéndose al derecho tributario material. En conclusión notamos en este ensayo que el Derecho financiero esta extremament5e ligado al Derecho Tributario como también a otras ramas mencionadas
  • 5. en el ensayo en cuestión, además se evidencia existen diferentes postura en relaciona a su autonomía no obstante no óbice para su aplicación y eficacia. Y para concluir este ensayo vale la pena citar a Romero, C.Y. (2011) nos indica: “Las finanzas cumplen un papel fundamental en el éxito y en la supervivencia del Estado y de la empresa privada, pues se considera como un instrumento de planificación, ejecución y control que repercute decididamente en la economía empresarial y pública, extendiendo sus efectos a todas las esferas de la producción y consumos”.
  • 6. BIBLIOGRAFÍA 1. “Actividad n° 2 derecho tributario 1° corte” https://es.slideshare.net/Edybeth245/actividad-n-2-derecho-tributario-1-corte 2. “Derecho Financiero Importancia” https://www.studocu.com/en/document/universidad-alas- peruanas/administracion-financiera-ii/lecture-notes/derecho-financiero- importancia/4619318/view 3. “Derecho tributario” https://www.monografias.com/trabajos75/derecho- tributario/derecho-tributario2.shtml