La eutanasia se refiere a una muerte digna provocada por un médico a petición de un paciente que sufre de una enfermedad incurable y experimenta un sufrimiento intolerable. Aunque actualmente prohibida en México, algunos argumentan que debería legalizarse para respetar la autonomía del paciente y evitar que médicos sean perseguidos o que pacientes carezcan de esta opción. El documento explora definiciones, justificaciones y la situación legal actual de la eutanasia en México.
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La Eutanasia, entendida como aquel acto deliberativo de dar fin a la vida de una persona, producido por la voluntad de esta, con el objeto de evitar un sufrimiento, está legalizada en España desde marzo de 2021. Para ello se ha de cumplir una serie de requisitos y seguir los pasos pautados. Es importante que el paciente cuando lo solicite (ya sea en el momento actual o previamente mediante las voluntades anticipadas) sea capaz y consciente, y actúe sin presiones externas. El derecho individual de objeción de conciencia también está regulado por la misma ley, y los profesionales sanitarios que ejerzan dicho derecho, deberá ser de forma anticipada y por escrito, facilitando una continuidad asistencial.
La eutanasia significa etimológicamente “buena muerte”, y se puede definir como el acto deliberado de dar fin a la vida de una persona, producido por la voluntad expresa de la propia persona y con el objetivo de evitar un sufrimiento.
Con la proposición de la Ley Orgánica de la Eutanasia aprobada en diciembre de 2020 y el interés que suscita tanto en el ámbito sanitario como en la población general, se han recogido en el siguiente documento definiciones, marco histórico, marco legal y conceptos relacionados como los cuidados paliativos y las voluntades anticipadas, así como algunas preguntas que pueden generar debate sobre el tema.
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La Eutanasia, entendida como aquel acto deliberativo de dar fin a la vida de una persona, producido por la voluntad de esta, con el objeto de evitar un sufrimiento, está legalizada en España desde marzo de 2021. Para ello se ha de cumplir una serie de requisitos y seguir los pasos pautados. Es importante que el paciente cuando lo solicite (ya sea en el momento actual o previamente mediante las voluntades anticipadas) sea capaz y consciente, y actúe sin presiones externas. El derecho individual de objeción de conciencia también está regulado por la misma ley, y los profesionales sanitarios que ejerzan dicho derecho, deberá ser de forma anticipada y por escrito, facilitando una continuidad asistencial.
La eutanasia significa etimológicamente “buena muerte”, y se puede definir como el acto deliberado de dar fin a la vida de una persona, producido por la voluntad expresa de la propia persona y con el objetivo de evitar un sufrimiento.
Con la proposición de la Ley Orgánica de la Eutanasia aprobada en diciembre de 2020 y el interés que suscita tanto en el ámbito sanitario como en la población general, se han recogido en el siguiente documento definiciones, marco histórico, marco legal y conceptos relacionados como los cuidados paliativos y las voluntades anticipadas, así como algunas preguntas que pueden generar debate sobre el tema.
Te explicamos sobre la nueva ley de voluntad anticipada para que puedas escoger si quieres o no ser sometido a procedimientos médico que alargan la vida.
Derecho a una muerte digna. Ley de la eutanasia.José María
Eutanasia activa es la acción por la que un profesional sanitario pone fin a la vida de un paciente de manera deliberada y a petición de este, cuando se produce dentro de un contexto eutanásico por causa de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable
Durante muchos años los profesionales han mantenido una relación paternalista caracterizada por la privación de su autonomía y el sometimiento pasivo del paciente. La relación con el paciente se ha transformado garantizando la posición activa de los pacientes y el respeto a su facultad de decisión.
A pesar del esfuerzo legislativo, no es habitual que sanitarios y pacientes traten sobre los cuidados al final de la vida de este. Los profesionales desde el ámbito de Atención Primaria tienen una posición privilegiada para informar a los pacientes de sus derechos y aconsejarles respecto a la redacción del documento de voluntades anticipadas.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
2. ¿Qué es Eutanasia?
Etimológicamente el término eutanasia sólo significa “buena muerte” y, en
este sentido etimológico, vendría a resumir de excelente manera el ideal
de la muerte
digna.
Sin embargo, esta palabra se ha ido cargando de numerosos significados
y adherencias emocionales, que la han vuelto imprecisa y demandante de
una nueva definición.
3. Como un intento de delimitar el significado de la
palabra eutanasia, existen ciertos parámetros
para delimitar la aplicación del término.
4. Produce la muerte de los pacientes, es decir, que la
causa de forma directa e intencionada mediante una
relación causa-efecto única e inmediata.
5. Se realiza a petición expresa, reiterada en el tiempo, e
informada de los pacientes en situación de
capacidad.
6. Se realiza en un contexto de sufrimiento debido a
una enfermedad incurable que los pacientes
experimentan como inaceptable y que no ha podido
ser mitigado por otros medios, por ejemplo,
mediante cuidados paliativos.
7. Es realizada por profesionales sanitarios que conocen
a los pacientes y mantienen con ellos una relación
clínica significativa.
8. En torno a las hipótesis sobre la eutanasia, sus diversas
y mutantes acepciones, cabe preguntarse:
¿cómo es que esta puede ser una opción viable?, ¿por
qué sería justificable?
9. Primordialmente, “se reconoce que un enfermo tiene
derecho a decidir poner fin a su vida cuando la
enfermedad que padece o la condición médica en
que se encuentra le representan un sufrimiento
intolerable sin posibilidad de recuperación
10. En segunda instancia, la eutanasia es justificable del
modo en el que se entiende como un acto que se da
en el campo de la medicina cuando las alternativas
para curar o aliviar a un enfermo se han extinto.
11. Un paciente en condiciones terminales y reflexivo sobre
su situación puede llegar a la conclusión de que es
conveniente adelantar su defunción y pedir ayuda a su
médico porque quiere que ésta sea adecuada.
12. La eutanasia entonces se entiende como una acción concertada entre un
paciente y un médico, basada en el respeto a la autonomía del paciente y
en la solidaridad del médico.
ES preciso cuestionarse cual es la mejor forma de realizar esta práctica en
una sociedad determinada.
¿De manera clandestina o con el respaldo de la ley?
13. ¿Es justificable que los médicos que la realicen se
arriesguen a ser perseguidos como criminales o que
los pacientes que la demanden no cuenten con un
médico dispuesto a ayudarlos?
14. La discusión sobre la conveniencia de legalizar la muerte
médicamente asistida está abierta en diferentes países.
En muchos de ellos, las encuestas realizadas a la
población indican que son mayoría los que están a favor
de que se permita.
15. En los países en que actualmente se permiten una o
más formas de muerte asistida, se mantiene el
debate para revisar qué cambios deben hacerse a su
regulación.
16. ¿Cuál es la situación actual de la
eutanasia en México?
17. En México la legislación penal prohíbe y castiga la
aplicación de la eutanasia y del suicidio asistido,
incluyendo un eximente de responsabilidad aplicable
al médico, que bajo ciertos criterios de cuidado y
esmero profesional establecidos legalmente, hiciera
terminar la vida de un paciente a petición del mismo,
o prestarle auxilio para su suicidio.
18. CODIGO PENAL FEDERAL Artículo 312.- El que
prestare auxilio o indujere a otro para que se suicide,
será castigado con la pena de uno a cinco años de
prisión; si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él
mismo la muerte, la prisión será de cuatro a doce
años.
19. La Ley General de Salud en su articulo 345, considera
la posibilidad de llevar a cabo acciones que permitan
que a un paciente no se le extienda la vida, cuando
no existe posibilidad de cura.
20. A nivel federal existe una iniciativa del senado presentada el 12 de abril de
2007, la cual lleva como título: “Iniciativa con proyecto de decreto por el que
se reforma el artículo 312 del código penal federal y se crea la ley general
de suspensión de tratamiento curativo.”
21. Contempla la creación de la Ley General de Suspensión de Tratamiento
Curativo, que tiene por objeto garantizar el ejercicio de los derechos de los
pacientes en estado terminal y de toda persona que manifieste su voluntad
de que se le aplique
6 esta ley por medio de su declaración anticipada, así como establecer las
bases y disposiciones para su cumplimiento
22. “Debería ser mucho más fácil respaldar
legalmente esa voluntad, sobre todo si queda
claro que la muerte asistida será una opción sólo
para quienes la quieran.”