Trabajo 2 de penal de la universidad fermin toro majo_soteldo
trabajo de penal trabajo sobre el derecho penal. para la univesidad Fermin toro de barquisimeto Venezuela de la sede del Ujano. para la profesora Nilda Signer de La Materia de SAIA (D) para la eduacion de los estudiantes en la materia de Derecho Penal. del interanual de SAIA este informe sive de uso para los estudiantes ya que habla de el primer y segundo elemento del delito con sus analisis, sus causas, su clasificacion y mas. gracias a la profesora por habernos peritido realizar este trabajo Dios la Bendiga
informe de Derecho penal sobre el primer elemento del delito y el segundo ele...majo_soteldo
el siguiente tranajo consiste en la realizacion de un informe de los elemtos del delito. del primer elemento y el segundo elemento Positivo del delito. esto nos ayuda al conocimiento de nuestros pensamientos y entendimiento para el momento de finalizar nuestra carrera como futuros aboogados... ya que dice y establece que el
Trabajo 2 de penal de la universidad fermin toro majo_soteldo
trabajo de penal trabajo sobre el derecho penal. para la univesidad Fermin toro de barquisimeto Venezuela de la sede del Ujano. para la profesora Nilda Signer de La Materia de SAIA (D) para la eduacion de los estudiantes en la materia de Derecho Penal. del interanual de SAIA este informe sive de uso para los estudiantes ya que habla de el primer y segundo elemento del delito con sus analisis, sus causas, su clasificacion y mas. gracias a la profesora por habernos peritido realizar este trabajo Dios la Bendiga
informe de Derecho penal sobre el primer elemento del delito y el segundo ele...majo_soteldo
el siguiente tranajo consiste en la realizacion de un informe de los elemtos del delito. del primer elemento y el segundo elemento Positivo del delito. esto nos ayuda al conocimiento de nuestros pensamientos y entendimiento para el momento de finalizar nuestra carrera como futuros aboogados... ya que dice y establece que el
2. ANTECEDENTES
En Roma, cuando se causaba un daño con una cosa, es que había
mediado la intervención del hombre
PERSONAS
RESPONSABLES
El Código actual boliviano no utiliza el vocablo guardián habla
del custodio de la cosa
3. Teoría de la guarda
jurídica
Teoría de la guarda
material
4. Artículo 999
Naturaleza
Cosas por las
que responde
George Ripert, dice que solo se debe
responder por cosas peligrosas y no por
cosas no peligrosas
Intervención de
la cosa
Según Lalou
5. Intervención de la cosa
Expuesta por Lalou, dice: hay
intervención activa de la cosa,
cuando la cosa causa un daño
estando en movimiento, porque
si la cosa causa un daño
estando inerte, entonces no
hay una responsabilidad por
cosas, sino hay
responsabilidad por una
persona, responsabilidad
ordinaria, quiere decir que el
hombre las puso ahí.
6. se entiende por hecho autónomo de la cosa, cuando la
cosa, causa un daño por sí sola, sin la intervención del
hombre.
TEORIA DEL
HECHO
AUTONOMO
DE LA COSA
7. Teoría del resultado que brinda la cosa.
hay intervención de la cosa
o hecho autónomo de la
cosa y por lo tanto hay
responsabilidad, por la
guardia o custodia de
cosas: cuando una cosa,
estando o no en manos de
un sujeto, escapa al
control de ese sujeto.
Si escapa a su
control, hay
responsabilidad, si
no escapa a su
control, pero se
causa un daño, ahí
hay responsabilidad
por hecho propio.
8. EXCEPCIONES
Primero: Debe atacar a las condiciones generales para
la procedencia de este tipo de responsabilidad.
Segundo: Tiene que atacar al vínculo de causalidad.
Cuando se demuestre la causa extraña no imputable,
automáticamente se va a desvirtuar el vínculo de
causalidad entre la conducta culposa del
responsable y el daño que se le ha causado a la
víctima.
9. TEORIA NEOCLASICA
Culpa Basada en el
Resultado: Todo
individuo que tenga una
cosa en la sociedad,
asume con la sociedad
una obligación, esa
obligación consiste en
no causar daño.
CONDICIONES
Primero: que el
demandado es guardián
o custodia de la cosa.
Segundo: debe
demostrar la
intervención de la cosa.
Tercero: debe probarse
que la víctima es un
tercero.