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¿QUÉ ES LA FACTURA ELECTRÓNICA?
La factura electrónica es un documento electrónico que cumple con los mismos requisitos legales exigidos a la factura tradicional
en papel.
¿A QUÉ OBLIGA LA LEY 25/2013?
La ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público se enmarca dentro del
conjunto de reformas que ha puesto en marcha el Gobierno para erradicar la morosidad en el sector público.
 
La ley impulsa el uso de la factura electrónica mediante la obligación de su uso por parte de las Administraciones Públicas, con las
excepciones previstas en dicha ley.  Además, crea el registro contable de facturas, lo que permite agilizar los procedimientos de pago
a los proveedores y conocer con certeza las facturas pendientes de pago existentes.
 
El control informatizado y sistematizado de las facturas favorece un seguimiento riguroso de la morosidad a través de un indicador,
el periodo medio de pago, que se puede obtener a través de los datos disponibles en el sistema de información contable, y que
visualiza el volumen de deuda comercial de las Administraciones. También permite un mejor control del gasto público y del déficit.
¿DESDE CUÁNDO SERÁ OBLIGADO FACTURAR ELECTRÓNICAMENTE?
15 de enero de 2015
A partir de esta fecha las facturas dirigidas a las Administraciones Públicas (Estatal, Autonómica y Local), comprendidas en el
ámbito de aplicación de la ley 25/2013, deberán ser electrónicas y presentadas en sus puntos generales de entrada de facturas
electrónicas.
¿PARA QUIÉN SERÁ OBLIGATORIO?
Para todos aquellos proveedores de las Administraciones Públicas a los que se refiere la ley 25/2013.
¿QUÉ VENTAJAS TIENE FACTURAR ELECTRÓNICAMENTE?
| Ahorros de costes (papelería, transporte,..)	 | Mayor seguridad en los procesos	 | Reducción de tiempos de facturación
| Reducción de fallos y errores en las facturas	 | Menor probabilidad de falsificación
¿QUÉ ES FACe?
El Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) es la plataforma online que permite presentar facturas electrónicas
ante cualquier órgano de la Administración General del Estado, a través de un único punto. Además, está abierto a que otras
Administraciones Públicas  puedan adherirse al mismo.
FACe simplifica a los proveedores el proceso de remisión de facturas y permite consultar el estado de tramitación de las mismas.
El formato de factura electrónica aceptado es Facturae.
¿CÓMO SE ENVÍAN LAS FACTURAS ELECTRÓNICAS
A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS?
El envío de la factura electrónica se realiza a través de Internet. Los métodos
más habituales son los siguientes:
		
• A través del portal web del Punto General de Entrada de las Facturas Electrónicas
• Mediante la conexión automática entre el servicio de facturación electrónica del 						
proveedor y el punto general de entrada de las facturas electrónicas.
El envío de la factura electrónica al Punto General de Entrada produce, automáticamente,
su apunte en un registro electrónico administrativo, dotando a la presentación de su
correspondiente asiento registral.
¿CÓMO SE FACTURA A TRAVÉS DE FACe?
A través de su web tecleando en el navegador: www.face.gob.es
En esta web se puede:
• Enviar facturas a la Administración General del Estado u otras administraciones 					
adheridas.
• Consultar el estado de tus facturas.
• Consultar el directorio de unidades para conocer el código de identificación de la
unidad destinataria.
• Descargar el programa informático gratuito que ofrece el Ministerio de Industria, 					
Energía y Turismo (*).
• Obtener ayuda.
 
(*) El programa informático gratuito que ofrece el Ministerio de Industria, Energía
y Turismo permite también la conexión automática directa con FACe, de modo que no
es necesario usar la web.
Más información de la plataforma FACe en:
http://administracionelectronica.gob.es/ctt/face
También podrá obtener información a través del correo: contacta.face@correo.gob.es
o a través de los canales de ayuda que puede encontrar en www.face.gob.es.
Más información sobre factura electrónica en:
http://www.facturae.gob.es
http://www.minhap.gob.es/es-ES/Servicios/Paginas/Facturaelectronica.aspx
¿QUÉ ES FACE.GOB.ES?
INTERFAZ AUTOMATIZADA
COMPETITIVIDAD
EMPRESARIAL
… face.gob.es es el portal
web en el que el proveedor
puede remitir sus facturas
tanto de forma manual como
de forma automatizada
… Los sistemas de gestión de
facturación del proveedor pueden
conectar con el Punto General de
Entrada de Facturas Electrónicas,
mediante una interfaz de servicios
web y enviar las facturas
de manera automatizada
… utilizar factura electrónica
mejora la competitividad de
las grandes empresas, PyMES
y micro-PyMES
CREACIÓN Y ENVÍO DE FACTURA
Crear factura*
Aplicación comercial / Aplicación MINETUR**
Destinatario: Oficina contable / Órgano gestor / Unidad tramitadora
1
Enviar factura*
INTERNET
Portal web: face.gob.es / Comunicación directa (servicios web)
* Requiere certificado electrónico
** Programa informático gratuito que ofrece el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (MINETUR), a las PyMEs para crear
y enviar facturas electrónicas a las AA.PP.
2
CONSULTA ESTADO DE FACTURA
SOLICITUD ANULACIÓN FACTURA
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Solicitud al sistema*
Portal web: face.gob.es / Comunicación directa (servicios web)
Portal web: face.gob.es / Comunicación directa (servicios web)
INTERNET
INTERNET
NIPO630-14-043-4
INFORMACIÓN Y RECURSOS
 
FACe
Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la AGE
www.face.gob.es
 
Portal de Factura Electrónica
www.facturae.gob.es
 
RECURSOS Y TUTORIALES ONLINE
 
Información general
http://administracionelectronica.gob.es/ctt/face
Vídeo tutorial
http://administracionelectronica.gob.es/info_factura_FACe
 
  
CONTACTO
 
Contacta.face@seap.minhap.es 
C/María de Molina, 50
28071 - MADRID

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  • 1.
  • 2. ¿QUÉ ES LA FACTURA ELECTRÓNICA? La factura electrónica es un documento electrónico que cumple con los mismos requisitos legales exigidos a la factura tradicional en papel. ¿A QUÉ OBLIGA LA LEY 25/2013? La ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público se enmarca dentro del conjunto de reformas que ha puesto en marcha el Gobierno para erradicar la morosidad en el sector público.   La ley impulsa el uso de la factura electrónica mediante la obligación de su uso por parte de las Administraciones Públicas, con las excepciones previstas en dicha ley.  Además, crea el registro contable de facturas, lo que permite agilizar los procedimientos de pago a los proveedores y conocer con certeza las facturas pendientes de pago existentes.   El control informatizado y sistematizado de las facturas favorece un seguimiento riguroso de la morosidad a través de un indicador, el periodo medio de pago, que se puede obtener a través de los datos disponibles en el sistema de información contable, y que visualiza el volumen de deuda comercial de las Administraciones. También permite un mejor control del gasto público y del déficit. ¿DESDE CUÁNDO SERÁ OBLIGADO FACTURAR ELECTRÓNICAMENTE? 15 de enero de 2015 A partir de esta fecha las facturas dirigidas a las Administraciones Públicas (Estatal, Autonómica y Local), comprendidas en el ámbito de aplicación de la ley 25/2013, deberán ser electrónicas y presentadas en sus puntos generales de entrada de facturas electrónicas. ¿PARA QUIÉN SERÁ OBLIGATORIO? Para todos aquellos proveedores de las Administraciones Públicas a los que se refiere la ley 25/2013. ¿QUÉ VENTAJAS TIENE FACTURAR ELECTRÓNICAMENTE? | Ahorros de costes (papelería, transporte,..) | Mayor seguridad en los procesos | Reducción de tiempos de facturación | Reducción de fallos y errores en las facturas | Menor probabilidad de falsificación ¿QUÉ ES FACe? El Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) es la plataforma online que permite presentar facturas electrónicas ante cualquier órgano de la Administración General del Estado, a través de un único punto. Además, está abierto a que otras Administraciones Públicas  puedan adherirse al mismo.
  • 3. FACe simplifica a los proveedores el proceso de remisión de facturas y permite consultar el estado de tramitación de las mismas. El formato de factura electrónica aceptado es Facturae. ¿CÓMO SE ENVÍAN LAS FACTURAS ELECTRÓNICAS A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS? El envío de la factura electrónica se realiza a través de Internet. Los métodos más habituales son los siguientes: • A través del portal web del Punto General de Entrada de las Facturas Electrónicas • Mediante la conexión automática entre el servicio de facturación electrónica del proveedor y el punto general de entrada de las facturas electrónicas. El envío de la factura electrónica al Punto General de Entrada produce, automáticamente, su apunte en un registro electrónico administrativo, dotando a la presentación de su correspondiente asiento registral. ¿CÓMO SE FACTURA A TRAVÉS DE FACe? A través de su web tecleando en el navegador: www.face.gob.es En esta web se puede: • Enviar facturas a la Administración General del Estado u otras administraciones adheridas. • Consultar el estado de tus facturas. • Consultar el directorio de unidades para conocer el código de identificación de la unidad destinataria. • Descargar el programa informático gratuito que ofrece el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (*). • Obtener ayuda.   (*) El programa informático gratuito que ofrece el Ministerio de Industria, Energía y Turismo permite también la conexión automática directa con FACe, de modo que no es necesario usar la web. Más información de la plataforma FACe en: http://administracionelectronica.gob.es/ctt/face También podrá obtener información a través del correo: contacta.face@correo.gob.es o a través de los canales de ayuda que puede encontrar en www.face.gob.es. Más información sobre factura electrónica en: http://www.facturae.gob.es http://www.minhap.gob.es/es-ES/Servicios/Paginas/Facturaelectronica.aspx ¿QUÉ ES FACE.GOB.ES? INTERFAZ AUTOMATIZADA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL … face.gob.es es el portal web en el que el proveedor puede remitir sus facturas tanto de forma manual como de forma automatizada … Los sistemas de gestión de facturación del proveedor pueden conectar con el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, mediante una interfaz de servicios web y enviar las facturas de manera automatizada … utilizar factura electrónica mejora la competitividad de las grandes empresas, PyMES y micro-PyMES
  • 4. CREACIÓN Y ENVÍO DE FACTURA Crear factura* Aplicación comercial / Aplicación MINETUR** Destinatario: Oficina contable / Órgano gestor / Unidad tramitadora 1 Enviar factura* INTERNET Portal web: face.gob.es / Comunicación directa (servicios web) * Requiere certificado electrónico ** Programa informático gratuito que ofrece el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (MINETUR), a las PyMEs para crear y enviar facturas electrónicas a las AA.PP. 2
  • 5. CONSULTA ESTADO DE FACTURA SOLICITUD ANULACIÓN FACTURA Consulta al sistema* Solicitud al sistema* Portal web: face.gob.es / Comunicación directa (servicios web) Portal web: face.gob.es / Comunicación directa (servicios web) INTERNET INTERNET
  • 6. NIPO630-14-043-4 INFORMACIÓN Y RECURSOS   FACe Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la AGE www.face.gob.es   Portal de Factura Electrónica www.facturae.gob.es   RECURSOS Y TUTORIALES ONLINE   Información general http://administracionelectronica.gob.es/ctt/face Vídeo tutorial http://administracionelectronica.gob.es/info_factura_FACe      CONTACTO   Contacta.face@seap.minhap.es  C/María de Molina, 50 28071 - MADRID