Hans Kelsen
“Teoría Pura
del Derecho”
1881-1973
BIOGRAFIA
 PRAGA 11 DE OCTUBRE 1881-
CALIFORNIA 19 DE ABRIL 1973
 JURISTA, FILOSOFO, JUEZ,
PROFESOR DE FILOSOFIA
(UNIVERSIDAD DE VIENA 1917)
 Escribo su gran obra teoría pura del
derecho.
 Lo nombran como Profesor en la
academia de la HAYA.
(nombramiento que no se concreta
debido a que Austria no lo postula )
TEORIA PURA DEL DERECHO
 La idea principal es la separación del
Derecho y la Moral, para consagrar así una
concepción del Derecho, tomando en
consideración la ética, moral, filosófica,
social o histórica.
 Se identifica la idea de la teoría pura con
el positivismo jurídico (iuspositivismo),
justamente por la búsqueda del análisis
científico: por los medios procedimentales
y formales establecidos, como la ley y los
actos administrativos.
 Sin considerar apelaciones al derecho
natural o a la moral.
POSITIVO DE LA TEORIA:
 ESTO DEPENDE A DOS
EXPLICACIONES:
 1º lugar: la cientificación del estudio
del Derecho (alejando al Derecho de
cuestiones como el bien y el mal, o
la moral)
 2º lugar: la secularización y
democratización que sería llevada a
cabo mediante su implementación.
PROYECTO:
 Esta obra ha tenido diversos ataques que
lo han vuelto poco convincente
actualmente.
 Sin embargo, la fuerza motivadora del
proyecto, esto es, su inspiración política
progresista, no ha dejado de marcar todas
y cada una de las nuevas etapas de la
teoría del Derecho, ennobleciéndose como
uno de los proyectos con influencias más
relevantes, no sólo para la modernización
del Derecho, sino también para la
modernización del análisis social y de la
orientación de los fines del Estado.
"Una norma jurídica no vale por tener un
contenido determinado; es decir, no vale
porque su contenido pueda inferirse, mediante
un argumento deductivo lógico, de una norma
fundamental básica presupuesta, sino por
haber sido producida de determinada manera,
y en última instancia, por haber sido producida
de la manera determinada por una norma
fundante básica presupuesta. Por ello, y sólo
por ello, pertenece la norma al orden jurídico.‘
Hans Kelsen, Teoría pura del Derecho,
1993, Ed. Porrúa, México, pág. 205
TEORIA PURA DEL
DERECHO
 Teoría kelseniana es de la jerarquía
de las normas la validez de cada
norma vendría sustentada por la
existencia de otra norma de rango
superior y, así, sucesivamente. Este
proceso no puede ser infinito y, para
ello, debe existir una norma
hipotética fundamental.
 Cualquier norma jurídica no podría
considerarse aisladamente sino como
parte integrante de un marco
normativo complejo y unitario (con
sus propias reglas de autoproducción,
vigencia y derogación).
ORDEN JERARQUICO
 Respetando las normas se formaría, así, un
ordenamiento jurídico coherente.
 La validez de las normas, por tanto, vendría
dada por el modo de producción de las
mismas y no por su contenido.
 Este modelo dogmático de derecho, su
juridicismo, significaba que el Derecho se
intentaba comprender y justificar sólo desde
el propio Derecho; sería una especie de
“autismo jurídico” donde se evitarían las
impurezas que proviniesen del mundo
económico, moral, cultural o político.
 Parece que nuestro jurista austríaco no
quería ver que el Derecho y sus decisiones
desbordan lo estrictamente jurídico.
PROBLEMA
 En lo que descansa todo su ordenamiento
positivo, está “presupuesta en el
pensamiento” y Kelsen no pudo nunca
definir dicha norma fundamental.
 Podría aproximarse a la Constitución o a
la Norma fundamental de un
ordenamiento jurídico, pero al no poder
encontrarle, a su vez, un fundamento
último meramente formal de su validez
aparece como una importante carencia en
el intento de Kelsen de crear una teoría
del Derecho completamente formal
(“pura”).
Hans kelsen

Hans kelsen

  • 1.
    Hans Kelsen “Teoría Pura delDerecho” 1881-1973
  • 2.
    BIOGRAFIA  PRAGA 11DE OCTUBRE 1881- CALIFORNIA 19 DE ABRIL 1973  JURISTA, FILOSOFO, JUEZ, PROFESOR DE FILOSOFIA (UNIVERSIDAD DE VIENA 1917)  Escribo su gran obra teoría pura del derecho.  Lo nombran como Profesor en la academia de la HAYA. (nombramiento que no se concreta debido a que Austria no lo postula )
  • 3.
    TEORIA PURA DELDERECHO  La idea principal es la separación del Derecho y la Moral, para consagrar así una concepción del Derecho, tomando en consideración la ética, moral, filosófica, social o histórica.  Se identifica la idea de la teoría pura con el positivismo jurídico (iuspositivismo), justamente por la búsqueda del análisis científico: por los medios procedimentales y formales establecidos, como la ley y los actos administrativos.  Sin considerar apelaciones al derecho natural o a la moral.
  • 4.
    POSITIVO DE LATEORIA:  ESTO DEPENDE A DOS EXPLICACIONES:  1º lugar: la cientificación del estudio del Derecho (alejando al Derecho de cuestiones como el bien y el mal, o la moral)  2º lugar: la secularización y democratización que sería llevada a cabo mediante su implementación.
  • 5.
    PROYECTO:  Esta obraha tenido diversos ataques que lo han vuelto poco convincente actualmente.  Sin embargo, la fuerza motivadora del proyecto, esto es, su inspiración política progresista, no ha dejado de marcar todas y cada una de las nuevas etapas de la teoría del Derecho, ennobleciéndose como uno de los proyectos con influencias más relevantes, no sólo para la modernización del Derecho, sino también para la modernización del análisis social y de la orientación de los fines del Estado.
  • 6.
    "Una norma jurídicano vale por tener un contenido determinado; es decir, no vale porque su contenido pueda inferirse, mediante un argumento deductivo lógico, de una norma fundamental básica presupuesta, sino por haber sido producida de determinada manera, y en última instancia, por haber sido producida de la manera determinada por una norma fundante básica presupuesta. Por ello, y sólo por ello, pertenece la norma al orden jurídico.‘ Hans Kelsen, Teoría pura del Derecho, 1993, Ed. Porrúa, México, pág. 205
  • 7.
    TEORIA PURA DEL DERECHO Teoría kelseniana es de la jerarquía de las normas la validez de cada norma vendría sustentada por la existencia de otra norma de rango superior y, así, sucesivamente. Este proceso no puede ser infinito y, para ello, debe existir una norma hipotética fundamental.  Cualquier norma jurídica no podría considerarse aisladamente sino como parte integrante de un marco normativo complejo y unitario (con sus propias reglas de autoproducción, vigencia y derogación).
  • 8.
    ORDEN JERARQUICO  Respetandolas normas se formaría, así, un ordenamiento jurídico coherente.  La validez de las normas, por tanto, vendría dada por el modo de producción de las mismas y no por su contenido.  Este modelo dogmático de derecho, su juridicismo, significaba que el Derecho se intentaba comprender y justificar sólo desde el propio Derecho; sería una especie de “autismo jurídico” donde se evitarían las impurezas que proviniesen del mundo económico, moral, cultural o político.  Parece que nuestro jurista austríaco no quería ver que el Derecho y sus decisiones desbordan lo estrictamente jurídico.
  • 9.
    PROBLEMA  En loque descansa todo su ordenamiento positivo, está “presupuesta en el pensamiento” y Kelsen no pudo nunca definir dicha norma fundamental.  Podría aproximarse a la Constitución o a la Norma fundamental de un ordenamiento jurídico, pero al no poder encontrarle, a su vez, un fundamento último meramente formal de su validez aparece como una importante carencia en el intento de Kelsen de crear una teoría del Derecho completamente formal (“pura”).