El documento establece las disposiciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en Nicaragua. El IBI grava las propiedades inmuebles ubicadas en cada municipio y poseídas al 31 de diciembre de cada año. El contribuyente es el propietario y la base imponible es el 80% del avalúo de la propiedad, con un tipo del 1%. El pago se realiza en dos cuotas del 50% cada una.