Este documento describe el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional en Perú. Establece que el impuesto se aplica a las personas que ingresan al país por vía aérea internacional y tiene un monto de US$15 por persona. Las aerolíneas son los agentes de percepción que declaran y pagan el impuesto mensualmente a la SUNAT. El impuesto se destina a promover el turismo en el exterior y desarrollar el turismo interno.