Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
II JORNADAS SOBRE AUTISMO : NORMATIVA, INTERVENCIÓN Y EL ARTE COMO RECURSO (CTIF MADRID ESTE)
1. II JORNADAS DE CENTROS
DE INTEGRACIÓN
PREFERENTE TGD
ORIENTACIONES SOBRE EL MARCO LEGAL Y
TÉCNICO DOCENTE
2. “…estamos convencidos que las personas con trastorno autista tienen
un lugar en la comunidad social. Como niños tuvieron las mayores
dificultades y causaron preocupaciones a sus cuidadores. Incluso las
personalidades anormales pueden ser capaces de desarrollo y ajuste.
Posibilidades de integración que uno no hubiera soñado pueden
ocurrir en el curso del desarrollo…” (Asperger, 1944).
3. …CONSIDERACIONES
Leo Kanner (1943): “trastornos autistas del contacto afectivo”.
Asperger: “Psicopatía autística de la niñez”.
Lorna Wing 1979: “por trastornos importantes de la capacidad para establecer
un sistema de relaciones y de comunicación, así como una carencia
profunda del desarrollo de la imaginación y de la empatía”.
Allend 1988. Trastorno del Espectro Autista. (Wing y Goud usaron los
términos espectro autista y continuum de forma intercambiable.
DSM (Manual Diagnostico y Estadístico de las EM. de la Asociación de
Psiquiatría Americana. 1980) y continuas revisiones: TGD.
CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades 1993): TGD
Tendencia: TEA
Ferrari: 1997- TEA
4. CONSIDERACIONES
!
SINTOMAS NUCLEARES: En el examen del Estado
Mental, es necesario explorar 3 áreas
fundamentales:
1- INTERACCIÓN SOCIAL.
2- COMUNICACIÓN.
3.- INTERESES RESTRINGIDOS O RESPUESTAS
INUSUALES AL ENTORNO.
5. …CONSIDERACIONES
TEA-Complejidad de Detección, diagnóstico y
tratamiento.
Detección precoz:
-Inicio temprano del tratamiento.
-Planificación educativa y atención médica.
-Previsión de ayudas familiares y asistenciales.
- Manejo del estrés familiar.
6. CONSIDERACIONES
1- COMPLEJIDAD EN LA DETECCIÓN, DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO.
2- MODELO ESCOLARIZACIÓN PREFERENTE PARA ACNEE ASOCIADA A TGD
3- TIPOS DE CENTROS: EDUCATIVOS:
* CENTROS ORDINARIOS
* CENTROS DE ESCOLARIZACIÓN PREFERENTE
* CENTROS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL
4- TIPO DE APOYO:
* Limitado.
* Generalizado.
* Apoyo intensivo y especializado
7. !
Resolución de 7 de abril de 2005, del Director General de
Centros Docentes, por la que se establecen determinados
centros de escolarización preferente para alumnado con
necesidades educativas especiales asociadas a graves
alteraciones comunicativas y sociales.
8. NORMATIVA- ACNEE
(Orientaciones sobre el Marco Legal y
Técnico-Docente).
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: Articulo 14 y
27. La Educación Básica como un
derecho universal y gratuito.
Real Decreto 334/1985, de 6 de marzo,
de Ordenación de la Educación Especial.
Real Decreto 696/1995, de 28 de abril, de
Ordenación de la Educación de ACNEE:
9. NORMATIVA- ACNEE
(Orientaciones sobre el Marco Legal y
Técnico-Docente).
EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y
PSICOPEDAGÓGICA:
Orden de 9 de diciembre de 1992, por la que se regula la
estructura y funciones de los EOEP.
Orden de 7 de septiembre de 1994, por la que se establece
la sectorización de los EOEP.
Resolución de 28 de julio de 2005, del Director General
de Centros Docentes, por la que se establece la estructura
y funciones de la Orientación Educativa y Psicopedagógica
en EI, Primaria y Especial en la Comunidad de Madrid.
10. NORMATIVA- ACNEE
(Orientaciones sobre el Marco Legal y
Técnico-Docente).
PROCEDIMIENTOS Y DICTÁMENES PARA
LA ESCOLARIZACIÓN:
-Orden de 14 de febrero de 1996, por
la que se regula el procedimiento de la
evaluación psicopedagógica y el
dictamen de escolarización y se
establecen los criterios para la
escolarización de los ACNEE:
11. NORMATIVA- ACNEE
(Orientaciones sobre el Marco Legal y
Técnico-Docente).
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para
la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de
Educación (LOE).
Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero
establece el currículo básico de EP.
Decreto 89/2014 de 24 de julio que establece el
currículo de EP, para la Comunidad de Madrid.
12. NORMATIVA- ACNEE
(Orientaciones sobre el Marco Legal y
Técnico-Docente).
!
Orden 3622/2014, de 3 de diciembre que determina algunos
aspectos sobre la organización y funcionamiento, así como la evaluación y
los documentos de aplicación en la Educación Primaria.
Orden 1493/2015, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, por la que se regula la evaluación y la promoción de
los alumnos con necesidad de especifica de apoyo educativo, que cursen
segundo ciclo de Educación Infantil, EP y EBO, así como la flexibilización
de la duración de las enseñanzas de los alumnos con altas capacidades
intelectuales en la Comunidad de Madrid.
Orden 1910/2015, de 18 de junio, de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, por la que se regula la adaptación de los modelos de
los documentos básicos de evaluación a la EBO en Centros de EE y aulas de
EE en centros ordinarios de la Comunidad de Madrid.
13. LOE-LOMCE
TITULO II: EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN.
- CAPITULO I: ALUMNADO CON NECESIDAD
ESPECIFICA DE APOYO EDUCATIVO.
- CAPITULO II: COMPENSACIÓN DE LAS
DESIGUALDADES EN LA EDUCACIÓN.
- CAPITULO III: ESCOLARIZACIÓN EN CENTROS
PÚBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS.
- CAPITULO IV: PREMIOS, CONCURSOS Y
RECONOCIMIENTOS.
14. …todo niño autista sea cual sea su naturaleza y la gravedad de su trastorno,
debe ser reconocido como portador de una historia personal única y de una
vida psíquica específica por mucho que la misma aparezca gravemente
desorganizada durante la exploración; hay que considerarlo como un sujeto
capaz, a condición que se le ofrezcan las posibilidades de organizar una
vida relacional con su entorno….”y por tanto, susceptible de mejorar su
funcionamiento. (Ferrari 1997).