Para que un acto jurídico sea válido, requiere voluntad, objeto, causa y solemnidades. El artículo 1445 del Código Civil establece que para que una persona se obligue a otra, es necesario que haya voluntad exenta de vicios, capacidad, objeto lícito, causa lícita y formalidades. Las leyes describen el comportamiento general en ciertas condiciones, mientras que las hipótesis normativas no necesariamente predicen lo que ocurrirá.
2. Para que un acto jurídico nazca a la vida del
derecho requiere:
1.Voluntad
2.Objeto
3.Causa
4.Solemnidades
3. Manifestarse: Expresa o tácitamente
Ser seria: Es decir, manifestada con la
intención de producir efectos jurídicos
4. Para determinar los requisitos que debe cumplir
el objeto, debemos distinguir si estamos frente a
un objeto material o a un hecho u abstención.
Real: existir o esperarse que exista Comerciable:
encontrarse dentro del comercio
Humano Determinado: a lo menos en cuanto al
genero y su cantidad.
Ser un hecho determinado Físicamente
posible, Moralmente posible
5. En torno al requisito en la causa se han
postulado diversas teorías, algunas de ellas:
Anticausalistas, Planiol señala que la causa de
los actos jurídicos es abstracta por lo que su
existencia es inútil.
Doctrina clásica, Domat y Pothier: establecen
que la causa sería no de los contratos, sino de las
obligaciones y se encontraría representada por
lo que ser persigue con el acto, encontrándose
una causa común y abstracta para cada
categoría de contrato.
6. El artículo 1445 del Código Civil establece que:
Para que una persona se obligue a otra por
un acto o declaración de voluntad es necesario:
Voluntad excenta de vicios: Que no tenga error
, que no sea ala fuerza, que no exista dolor, que
no existan lesiones.
Capacidad: Es la aptitud legal de ejercer
derechos y obligaciones personalmente, sin el
ministerio ni la autorización de terceros.
7. Objeto lícito: El artículo 1464 señala que hay objeto ilícito en la
enajenación de:
L as cosas que no están en el comercio
Los derechos o privilegios que no pueden transferirse a otras
personas
Las cosas embargadas por decreto judicial, a menos que el juez lo
autorice o el acreedor consienta en ello.
Las especies cuya propiedad se litiga, sin permiso del juez que
conoce el litigio (en este caso, para que se configure el objeto
ilícito requiere que se haya decretado la prohibición de enajenar)
8. Causa lícita
Formalidades
Que sea legalmente capaz
Que consienta en dicho acto o declaración y
su consentimiento, no adolezca de vicio.
Que tenga una causa lícita.
9. Para ser parte en un proceso, no sólo es
necesario tener la capacidad del caso, se
requiere además tenerla en forma
específica, ya sea en calidad de actora o como
demandada, precisamente en un especial y
definido proceso, lo que se ha dado en llamar
legítima contradicción.
10. Las leyes son descriptiva: es una
generalización sobre el comportamiento del
mundo bajo unas condiciones específicas.
En ciencia: Una ley describe y predice qué
ocurrirá en un determinado entorno bajo
unas ciertas premisas.
11. 1.-¿De que requiere un acto jurídico para que
este se cree?
2.-¿Qué es voluntad?
3.-¿Qué es objeto?
4.-¿Qué es la causa?
5-¿Qué establece el articulo 1445 del código
civil?
6.-¿Qué diferencia hay entre una hipótesis
normativa a una ley?
12. Elaboro:
Andrei Mora Reyes
Melany E. Hernández Fabian.
Gracias.
Solo el conocimiento se obtiene de aquel que lucha y enfrenta los
problemas por lo que son.