2. Son un conjunto de ideas o normas que
rigen a la actividad registral , en cuanto
a cada sistema de cada nación.
Estos principios registrales
representan el marco de
referencia, directrices o
lineamientos que deben tomarse
en cuenta en la formulación de
las normas y procedimientos
que regulan un buen sistema
registral.
¿Qué Son?
3. Principios Registrales según nuestra Legislación Venezolana:
• Principio de Inscripción
• Principio de Publicidad
• Principio de Legitimación
• Principio de Prioridad
• Principio de Fe Publica
• Principio de Consecutividad o
Tracto Sucesivo
• Principio de Rogación
4. Principio de Inscripción:
Tiene la finalidad de
registrar públicamente
todos aquellos actos que
afecten los derechos
reales de los particulares,
así como aquellos
previstos en el código
civil y las demás leyes
Por ejemplo: un ciudadano le
confiere un poder apud acta a
un determinado o conjunto de
Abogados, el cual dicho poder
deberá estar debidamente
registrado y notariado.
5. Principio de Publicidad
El registro al ser un acto dirigido a los
particulares, al registrar todos sus
movimientos ,se debe entender como
publicidad notarial, la divulgación de
actuaciones jurídicas para la tutela
efectiva de los Derechos , dicha
información contenida en los registros
públicos puede ser consultada por
cualquier persona. Por ejemplo: En los
Registros Principales de
cada Estado, cualquier
persona puede consultar el
statu o estado, de algún
documento publico, uno de
ellos una partida de
nacimiento .
6. Principio de
legitimación
Todas las informaciones y documentos
Públicos asentados en los registros, surtirán
todos sus efectos jurídicos, y se pondrá en
duda su validez hasta que el Registro
anuncie lo contrario según sea el
documento
7. Principio de Prioridad
No se puede inscribir en el Registro
ningún
titulo incompatible con otro ya inscrito
aunque sea de fecha anterior.
Todo documento que ingrese al Registro
deberá inscribirse u otorgarse con
prelación a cualquier otro título
presentado posteriormente, salvo las
excepciones establecidas en la
Ley.
Por ejemplo: Un titulo de
Propiedad no puede
registrarse existiendo otro
con las mismas
características y especie.
8. Principio de Fe Publica
Significa que el contenido del registro se
considera siempre exacto e íntegro, así se
protege al tercero que realice cualquier
operación basándose en esos datos.
Este principio protege al
tercero que de buena fe,
adquirió dicho titulo, lo
protege de que otra
persona interesada
pudiera registrarse en el
mismo titulo con iguales
datos
9. Principio de
Consecutividad o tracto
sucesivo
Se refiere a toda transmisión de
derechos supone un encadenamiento.
Todo acto de disposición debe
aparecer ordenado en forma que uno
siga al otro de modo eslabonado sin
que haya vacío o saltos registrales.
10. Principio de Rogación.
Este principio indica que es necesario que
la parte interesada pida, solicite o
manifieste su voluntad ante al funcionario
de querer que se lleve a cabo una
inscripción, manifestación que puede ser
tácita o expresa.