SlideShare una empresa de Scribd logo
VISIÓN 
LA VISIÓN DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE CONDUCTORES PROFESIONALES DE 
GUAYAQUIL “INSTITUTO TECNOLÓGICO BOLIVARIANO” ES SER LÍDER Y REFERENTE EN LA 
FORMACIÓN DE CONDUCTORES PROFESIONALES DEL PAÍS. 
MISIÓN 
LA MISIÓN DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE CONDUCTORES PROFESIONALES DE 
GUAYAQUIL “INSTITUTO TECNOLÓGICO BOLIVARIANO” ES FORMAR CONDUCTORES PROFESIONALES 
DE EXCELENCIA, RESPONSABLES CON LA SOCIEDAD Y EL AMBIENTE, CON VALORES MORALES Y 
ÉTICOS QUE CONTRIBUYAN AL MEJORAMIENTO DE LA SEGURIDAD VIAL DEL PAÍS.
INTRODUCCIÓN
CONSTITUCIÓN DEL 
ECUADOR 
TITULO IX 
SUPREMACIA DE LA CONSTITUCIÓN 
Capítulo primero 
Principios 
Art. 424.- La Constitución es la norma 
suprema y prevalece sobre cualquier otra del 
ordenamiento jurídico. Las normas y los 
actos del poder público deberán mantener 
conformidad con las disposiciones 
constitucionales; en caso contrario carecerán 
de eficacia jurídica.
CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR 
• Art. 425.- El orden jerárquico de aplicación de las 
normas será el siguiente: 
1. La Constitución; 
2. Los tratados y convenios internacionales; 
3. Las leyes orgánicas; 
4. Las leyes ordinarias; 
5. Las normas regionales y las ordenanzas distritales; 
6. Los decretos y reglamentos;
CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL 
PENAL 
• Artículo 15.- Ámbito personal de aplicación.- Las 
normas de este Código se aplicarán a todas las personas 
nacionales o extranjeras que cometan infracciones 
penales.
CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL 
PENAL 
• Artículo 17.- Ámbito material de la ley penal.- Se 
considerarán exclusivamente como infracciones penales las 
tipificadas en este Código. Las acciones u omisiones punibles, 
las penas o procedimientos penales previstos en otras normas 
jurídicas no tendrán validez jurídica alguna, salvo en materia 
de niñez y adolescencia. 
• ACCIÓN PUNIBLE.- Es una acción sancionada por el 
Derecho con una pena, también es denominado conducta 
delictiva, el hecho punible se identifica con el delito penal
CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL 
PENAL 
• Artículo38.-Personas Menores de 
dieciocho años.- Las personas 
menores de dieciocho años en 
conflicto con la ley penal, estarán 
sometidas al Código Orgánico de la 
Niñez y Adolescencia.
CULPA - QUIEN COMETE UNA INFRACCIÓN 
SIN EL ÁNIMO DE COMETERLA 
Art. 27 COIP.- Culpa 
Actúa con culpa la persona que infringe el 
deber objetivo de cuidado, que personalmente 
le corresponde, produciendo un resultado 
dañoso. 
Esta conducta es punible cuando se encuentra 
tipificada como infracción en este código.
ART 43 
CÓMPLICES - INCISO SEGUNDO 
No cabe complicidad en las 
infracciones culposas. Si de las 
circunstancias de la infracción 
resulta que la persona acusada de 
complicidad, coopera en un acto 
menos grave que el cometido por 
la autora o el autor, la pena se 
aplicará solamente en razón del 
acto que pretendió ejecutar.
SE INFRINGE EL DEBER OBJETIVO DEL CUIDADO 
POR: 
NEGLIGENCIA 
IMPERICIA 
IMPRUDENCIA 
INOBSERVANCIA A LAS LEYES 
Y REGLAMENTOS
Art. 377 
MUERTE CULPOSA 
La persona que ocasione un accidente de tránsito del 
que resulte la muerte de una o más personas por 
infringir un deber objetivo de cuidado, será sancionada 
con pena privativa de libertad de uno a tres años, 
suspensión de la licencia de conducir por seis meses 
una vez cumplida la pena privativa de libertad.
Art.377.- Serán sancionados de tres a cinco años, cuando el 
resultado dañoso es producto de acciones innecesarias, 
peligrosas e ilegítimas, tales como: 
Exceso de velocidad 
Llantas lisas y 
desgastadas 
Conocimiento de las malas 
condiciones mecánicas del vehículo
Haber conducido el vehículo más allá 
de las horas permitidas por la ley o 
malas condiciones físicas de la o el 
conductor 
Inobservancia de leyes, 
reglamentos, regulaciones 
técnicas u órdenes legítimas de las 
autoridades o agentes de tránsito
En caso de que el vehículo con el cual se ocasionó el accidente 
preste un servicio público de transporte, será solidariamente 
responsable de los daños civiles, la operadora de transporte y 
la o el propietario del vehículo, sin perjuicio de las acciones 
administrativas que sean ejecutadas por parte del organismo de 
transporte. 
La misma multa se impondrá a la o al empleador público o 
privado que haya exigido o permitido a la o al conductor 
trabajar en dichas condiciones.
•La misma multa se impondrá a la o al 
empleador público o privado que haya exigido o 
permitido a la o al conductor trabajar en dichas 
condiciones 
•RECOMENDACION: CIRCULAR SIEMPRE CON 
PRECAUCIÓN, RESPETANDO LAS SEÑALES DE 
TRÁNSITO, LEYES Y REGLAMENTOS YA SEA COMO 
PEATÓN O CONDUCTOR.
Ley Orgánica de Transporte Terrestre y 
DELITO 
Seguridad Vial 
• Conducir un auto en 
estado de embriaguez, 
choque, volcamiento. 
CONTRAVENCIONES 
• Leve de primera, pasarse 
una luz roja 
• Conducir un vehículo o 
motor sin placa 
• Quien desde el interior de 
un vehículo arroje 
desechos a la vía
CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL 
ARTÍCULO 19 
DELITO 
Es una infracción penal 
sancionada con privativa de 
libertad mayor a 30 días. 
CONTRAVENCIONES 
Es una infracción penal 
sancionada con pena no 
privativa o privativa de 
libertad hasta 30 días.
Artículo 21.- Concurso 
ideal de infracciones.- 
Cuando varios tipos 
penales son 
subsumibles a la misma 
conducta, se aplicará 
la pena de la infracción 
más grave. 
Artículo 111.- En 
concurrencia de 
varias infracciones 
de tránsito, el 
infractor será juzgado 
por la más grave.
CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO 
• La o el conductor 
que falte de 
palabra a la 
autoridad o agente 
de tránsito. 
• Conducción de 
vehículo en estado 
de embriaguez
INFRACCIONES 
DE TRÁNSITO 
ACCIONES OMISIONES 
CULPOSAS Indica que una 
persona está 
haciendo algo, de 
manera voluntaria o 
involuntaria, de 
pensamiento, palabra 
u obra. 
Es una renuncia a 
realizar o expresar 
algo. 
Aquellas realizadas 
sin intención.
PENA NATURAL 
Aquel sufrimiento que el autor del hecho lleva 
sobre sí mismo, o sobre sus afectos, como 
consecuencia directa de su accionar. 
Podrá dejar de imponer una pena o 
imponer exclusivamente penas no 
privativas de libertad.
Infracciones de Tránsito 
SECCION PRIMERA 
Reglas generales 
Articulo 373.-Responsabilidad de las o los 
peatones , pasajeros o controladores.-Cuando el 
responsable del accidente no sea la o el 
conductor de un vehículo sino la o el peatón, 
pasajero, controlador u otra persona será 
sancionado con las penas previstas en los artículos 
correspondientes , según las circunstancias de la 
infracción, a excepción de la perdida de puntos 
que se aplica en forma exclusiva a las o los 
conductores infractores.
Lo 
´ 
Lo que el peatón no 
debe hacer 
Manera correcta de 
cruzar la calle
. 
Pasajeros, choferes y controladores cometiendo infracciones 
de tránsito , ya que de esa manera pueden causar 
accidentes graves. Serán sancionado como indica en el 
articulo mencionado.
Del procedimiento para los peatones 
• Articulo 268.-En el cometimiento de 
contravenciones de tránsito por parte de las 
personas en general, y que no presentaren 
algún documento de identificación, el agente 
de tránsito, acompañara al infractor para 
verificar por cualquier medio su identidad, para 
luego proceder a la suscripción y entrega de la 
citación correspondiente. Se exceptúa de este 
procedimiento a los menores de edad.
• vi 
** 
Agente sancionando a un 
peatón por no respetar las 
señales de tránsito. 
Agente acompañando 
al peatón infractor 
por no poseer 
identificación
. 
• Articulo 269.-Cuando el peatón sea el presunto 
autor de un delito de tránsito en donde resulte 
muerto o lesionados con capacidad física o 
enfermedad por mas de 30 días, siempre que 
cuenten con los suficientes elementos 
probatorios será aprehendido y puesto a orden 
del juez de tránsito competente.
• 
** 
Accidente de peatón por 
cruzar la calle en zona no 
permitida para el paso 
Todo peatón que 
ocasione un accidente 
donde haya muertos y 
heridos serán 
investigados por la 
fiscalía y juzgado por un 
juez de tránsito
CONCLUSION 
• Debemos acatar las leyes y 
respetar las señales tanto el 
peatón , pasajero y 
controladores, una pequeña 
infracción se puede transformar 
en un delito.
* 
• GRACIAS 
• POR 
• SU 
• ATENCION!!!!!!!
Quien condujera un vehículo a 
motor con l icencia de conduci r suspendida 
temporalmente, y causare una inf racción de 
t ransi to será 
sancionado con el máximo de la pena 
cor respondiente a la inf racción comet ida. 
Quien conduzca con l icencia 
anulada, revocada o suspendida, la misma 
que deberá ser ret i rada inmediatamente por 
el agente de t ransi to
L a s l i c e n c i a s de c o n d u c i r p a r a c o n d u c t o r e s 
p r o f e s i o n a l e s y no p r o f e s i o n a l e s s i n e x c e p c i ó n t e n d r á n una 
, c o n t a d o s a p a r t i r de l a f e c h a de 
e x p e d i c i ó n .
LAS LICENCIAS
Artículo 379.- 
Lesiones causadas por 
accidente de tránsito
En los delitos de tránsito que tengan como 
resultado lesiones a las personas, se aplicarán 
las sanciones previstas en el artículo 152 
reducidas en un cuarto de la pena mínima 
prevista en cada caso, además serán 
sancionadas con reducción de diez puntos en 
su licencia.
Si como resultado de las lesiones se produce en la 
víctima un daño, enfermedad o incapacidad de 
cuatro a ocho días, será sancionada con pena 
privativa de libertad de treinta a sesenta días. 
Si produce a la víctima enajenación mental, pérdida de un sentido 
o de la facultad del habla, inutilidad para el trabajo, incapacidad 
permanente, pérdida o inutilización de algún órgano o alguna 
grave enfermedad transmisible e incurable, será sancionada con 
pena privativa de libertad de cinco a siete años. 
Articulo 
152.-
En los delitos de tránsito que tengan como 
resultado lesiones, si la persona conduce el 
vehículo en estado de embriaguez o bajo los efectos 
de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o 
preparados que las contengan, se aplicarán las 
sanciones máximas previstas en el artículo 152, 
incrementadas en un tercio y la suspensión de la 
licencia de conducir por un tiempo igual a la 
mitad de la pena privativa de libertad prevista en 
cada caso.
DAÑOS MECÁNICOS PREVISIBLES 
Sistema de 
suspensión, 
dirección y frenos. 
Se pone en riesgo la 
seguridad de los pasajeros. 
El conductor del transporte 
público es el responsable 
de verificar las condiciones 
mecánicas y sobre el recae 
la sanción.
Pena privativa de 
libertad. 
Treinta a ciento ochenta 
días. 
Suspensión de la licencia 
de conducir por el mismo 
tiempo. 
Responsable de los daños ocasionados la 
o el propietario del vehículo.
ARTÍCULO 383. 
CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO 
CON LLANTAS EN MAL ESTADO 
• La persona que conduzca un vehículo cuyas 
llantas se encuentran lisas o en mal estado, 
será sancionada con pena privativa de 
libertad de cinco a quince días y disminución 
de cinco puntos en la licencia de conducir. 
• En caso de transporte público, la pena será el 
doble de la prevista en el inciso anterior. 
• Además se retendrá el vehículo hasta superar 
la causa de infracción.
PREPARADOS 
QUE LAS CONTENGAN 
Art. 384.- “La persona que conduzca un vehículo bajo los efectos 
de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que 
las contengan, serán sancionados con reducción de quince 
puntos de su licencia de conducir y treinta días de privación de 
libertad; además como medida preventiva se aprehenderá el 
vehículo por veinticuatro horas”. 
•La persona que conduzca cualquier tipo de vehículo bajo los 
efectos de ese tipo de sustancias o preparados que las 
contengan, se le realizará de inmediato el examen de narco tex , 
de detectarse que se encuentra bajo dichos efectos. 
•Será sancionada con reducción de quince puntos de su licencia 
de conducir y treinta días de privación de libertad; además como 
medida preventiva se aprehenderá el vehículo por veinticuatro 
horas”.
los artículos 384 y 385 del coip 
• ANTES SE ENCONTRABAN EN UN SOLO ARTICULO DE LA LEY DE 
TRANSITO, EN EL 145.1 Y 145.2 
• HOY COMO VEMOS HA SIDO SEPARADO EN EL COIP, EL ARTICULO 384 
DEL COIP HABLA UNICAMENTE DE LA PERSONA QUE CONDUZCA UN 
VEHICULO BAJO SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, PSICOTROPICAS O 
PREPARADOS QUE LAS CONTENGAN, Y EN LA SANCION HAY DOS 
DIFERENCIA. 
• EL ARTICULO 145.1 DE LA LEY HABIA UNA MULTA DE UNA 
REMUNERACION BASICA UNIFICADA, ES DECIR $340.00, REDUCCION DE 
15 PUNTOS EN LA LICENCIA DE CONDUCIR Y 30 DIAS DE PRICION. 
• ACTUALMENTE COMO YA VIMOS, LAS DOS DIFERENCIAS EN EL 
ARTICULO 384 DELCOIP, YA NO EXITE TAL MULTA DE $340.00, LA 
SANCION SOLO GUARDA RELACION CON LA REDUCCION DE 15 
PUNTOS DE LA LICENCIA DE CONDUCIR Y 30 DIAS DE PRIVACION DE 
LIBERTAD. ADEMAS , CÓMO MEDIDA PREVENTIVA SE APREHENDERA EL 
VEHICULO POR VEITICUATRO HORAS.
Art. 385.- CONDUCCION DE VEHICULO EN 
ESTADO DE EMBRIAGUEZ 
• La persona que conduzca un vehículo en estado de 
embriaguez será sancionada de acuerdo con la siguiente 
escala: 
1. Si el nivel de alcohol por litro de sangre es de 0,3 a 0,8 
gramos, se aplicará multa de un salario básico unificado del 
trabajador en general, pérdida de cinco puntos en su 
licencia de conducir y cinco días de privación de libertad. 
2. Si el nivel de alcohol por litro de sangre es mayor de 0,8 
hasta 1,2 gramos, se aplicará multa de dos salarios básicos 
unificados del trabajador en general, pérdida de diez puntos 
en su licencia de conducir y quince días de privación de 
libertad. 
3. Si el nivel de alcohol por litro de sangre supera 1,2 gramos, se 
aplicará multa de tres salarios básicos unificados del 
trabajador en general, la suspensión de la licencia por 
sesenta días y treinta días de privación de libertad.
Por lo tanto, los artículos 384 y 385 del COIP, dejan claro que deben ser 
respetados, ya que el incumplimiento para los conductores de vehículos de 
transporte público, liviano o pesado, comercial o de carga será sancionado 
severamente. 
La tolerancia al consumo de cualquier sustancia estupefaciente, psicotrópica 
o preparados que las contengan es cero, y un nivel máximo de alcohol es de 
0,1 gramos por cada litro de sangre. 
•En caso de exceder dichos limites, la sanción para la o el responsable que 
conduzca cualquier tipo de vehículo será, Económica, Perdida de puntos en 
su licencia de conducir y pena privativa de libertad. Además en todos estos 
casos, como medida preventiva se aprehenderá el vehículo por veinticuatro 
horas.
DE LOS LIMITES DE 
VELOCIDAD
ARTICULO 191 
(LOTTTSV) 
Los limites máximos y rangos moderados de 
velocidad vehicular permitidos en las vías 
publicas, con excepción de trenes y 
ferrocarriles, son los siguientes: 
Para Vehículos Livianos, 
Motocicletas y similares
Tipo de 
Vía 
Límite 
Máximo 
Rango Moderado F u e r a d e Rango 
Moderado 
Urbana 50 Km/h > 51 Km/h - < 60 Km/h > 61 Km/h 
Perimetral 90 Km/h 
> 91km/h - < 120 km/h 
> 121 km/h 
Rectas en 
Carreteras 100 km/h 
> 101km/h - < 135 
km/h > 136 km/h 
Curvas en 
carreteras 60 km/h > 61 km/h - < 75 km/h > 76 km/h
CODIGO ORGANICO INTEGRAL 
PENAL 
RANGO MODERADO 
Artículo 389.- Contravenciones de tránsito de cuarta 
clase.- Serán sancionados con multa equivalente al 
treinta porciento (30%) de un salario básico unificado 
del trabajador en general , y reducción de seis (6) 
puntos en su licencia de conducir: 
6.La o el conductor que con un vehículo automotor 
exceda dentro de un rango moderado los límites de 
velocidad permitidos, de conformidad con los 
reglamentos de tránsito correspondientes.
Fuera de Rango Moderado 
Artículo 386.- Contravenciones de tránsito de primera 
clase.- Será sancionado con pena privativa de libertad de 
tres (3) 
días, multa de un salario básico unificado del 
trabajador en general y reducción de diez (10) puntos en 
su licencia de conducir: 
6.La o el conductor que con un vehículo automotor, exceda 
los límites de velocidad fuera del rango moderado, 
establecidos en el reglamento correspondiente.
ARTÍCULO 386.- 
CONTRAVENCIÓN DE 
TRÁNSITO DE PRIMERA CLASE 
 SERÁN SANCIONADOS CON PENA PRIVATIVA DE 
LIBERTAD DE TRES DÍAS Y REDUCCIÓN DE DIEZ 
PUNTOS EN LA LICENCIA DE CONDUCIR. 
 1.- LA PERSONA QUE CONDUZCA SIN HABER 
OBTENIDO LA LICENCIA.
REPRESENTANTE 
LEGAL 
GARANTÍA 
BANCARIA DE 25 
REMUNERACIONES 
$ 8500,oo 
PAGO DE DAÑOS 
A TERCEROS 
ANTE EL JUZGADO 
DE LA NIÑEZ Y 
ADOLESCENCIA 
Podrá ser utilizado para conducir, 
únicamente, en compañía de un mayor 
de edad que posea licencia de 
conducir vehículos.
50%=$170 
Del salario 
unificado del 
trabajador. 
MULTA AL 
PROPIETARIO DEL 
VEHÍCULO
Articulo 388.- Serán sancionados con multa 
equivalente al cuarenta por ciento de un salario 
básico unificado del trabajador en general y 
reducido de siete punto cinco en su licencia de 
conducir . 
1: la o el conductor que detenga o estaciones 
vehículos en sitios o zona que entrañen peligro, 
tales como : Zona de seguridad , curvas , puentes, 
ingreso y salida de los mismos , túneles , así como 
el ingreso de salida de estos, zonas estrechas , de 
poca visibilidad , cruce de camiones, cambios de 
rebosantes, pendientes , o paso a desnivel , sin 
tomar las medidas de seguridad señaladas en los 
reglamentos.
2.- La o el conductor que tenga o estacione un 
vehículo automotor en lugares no permitidos, para 
dejar o recoger pasajeros o cargas por cualquier 
otros motivos. 
3.- La o el conductor que estacione el vehículo en 
cualquier tipos de vías, sin tomar las precauciones 
reglamentarias prevista para evitar un accidente de 
transito o lo deje abandonado en la vía pública.
4: La o el conductor que estacione un vehículo 
en los sitios prohibido por la ley y los 
reglamentos de tránsito ; o que, sin derecho, 
estacione su vehículo en los espacios destinados 
a un uso exclusivo con personas con 
discapacidad o mujeres embarazadas ;o 
estacione su vehículo obstaculizando rampa de 
acceso para discapacitado, puertas de garaje o 
zona de circulación peatonal. En caso que el 
conductor no se encuentre en el vehículo este 
será trasladado a uno de los sitios de retención 
vehicular .
Lugares donde están prohibido 
estacionar los vehículos 
Curvas Pendientes Zonas estrechas 
Por el echo de cualquier conductor imprudente llegue a 
estacionarse en uno de estos lugares puede provocar un 
accidente.
Estos son los lugares que no esta 
permitido para recoger y dejar pasajeros 
porque estamos poniendo en juego la 
vida de las personas.
Si dejamos un vehículo estacionado en la 
vía publica sin tomar las precauciones 
podemos cometer una contravención que 
se puede transformar en un delito mayor.
Nosotros debemos respetar los lugares 
exclusivo de personas con discapacidad que 
estacionen su vehículo sin obstáculo y también 
debemos respetar la zona de seguridad de los 
peatones.
ARTICULO 390.- 
Contravenciones de transito 
de quinta clase 
Será sancionado con multa 
equivalente al quince por 
ciento de un salario básico 
unificado del trabajador en 
general y reducción de 
cuatro punto cinco puntos en 
su licencia de conducir:
7. La o el conductor que detenga o estacione un 
vehículo automotor en lugares no permitidos, 
para dejar o recoger pasajeros o carga, o por 
cualquier otro motivo.
8.La o el conductor que estacione un vehículo automotor 
en cualquier tipo de vías, sin tomar las precauciones 
reglamentariamente previstas para evitar un accidente 
de transito o lo deje abandonado en la vía publica.
18. La o el conductor que no respete el derecho preferente 
de los ciclistas en los desvíos, avenidas y carreteras, 
cruce de caminos, intersecciones no señalizadas y 
ciclovías.
CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL 
PENAL 
LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE 
TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL 
CAPÍTULO OCTAVO 
INFRACCIONES DE TRANSITO 
CAPÍTULO V 
DE LAS CONTRAVENCIONES 
ARTICULO 391 .- 
Contravenciones de Tránsito de Sexta Clase 
SECCION 2 
CONTRAVENCIONES DE 
TRÁNSITO 
SECCION TERCERA 
CONTRAVENCIONES DE 
TRÁNSITO 
ARTICULO 140 .- 
Contravenciones Leves de Segunda Clase 
SERÁ SANCIONADO CON MULTA 
EQUIVALENTE AL DIEZ POR CIENTO DE UN 
SALARIO BÁSICO UNIFICADO DEL 
TRABAJADOR GENERAL Y REDUCCIÓN DE 
TRES PUNTOS EN SU LICENCIA DE CONDUCIR.
CONTRAVENCIONES DE TRANSITO 
La o el conductor que invada con su vehículo las 
vías exclusivas asignadas a los buses de 
transporte rápido.
CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO 
La persona que obstaculice el tránsito vehicular al 
quedarse sin combustible.
CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO 
La o el conductor de un vehículo automotor que no 
lleve en el mismo, un botiquín de primeros auxilios 
equipado y un extintor de incendios cargado y 
funcionando, de conformidad con lo establecido en 
los reglamentos de tránsito.
CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO 
La o el conductor que utilice el teléfono celular 
mientras conduce y no haga uso del dispositivo 
homologado de manos libres.
CONTRAVENCIONES DE TRANSITO 
La o el conductor que no encienda las luces del 
vehículo en horas de la noche o conduzca en sitios 
oscuros como túneles, con las luces apagadas.
Artículo 392.- Contravenciones 
de tránsito de séptima clase.- 
Será sancionado con : 
• Multa equivalente (5%) de un 
salario básico unificado del 
trabajador general (17 USD) 
• Reducción de (1,5) puntos en su 
licencia de conducir.
CONTRAVENCIONES 
DE TRÁNSITO DE SÉPTIMA CLASE 
5% RBU 
$ 17,00 
1.5 
puntos 
1.- La o el conductor que 
use inadecuada y 
reiteradamente la bocina 
u otros dispositivos 
sonoros contraviniendo 
las normas previstas en 
los reglamentos de 
tránsito y demás normas 
aplicables, referente a la 
emisión de ruidos.
CONTRAVENCIONES 
DE TRÁNSITO DE SÉPTIMA CLASE 
5% RBU 
$ 17,00 
1.5 
puntos 
3. La persona con 
discapacidad que conduzca un 
vehículo adaptado a su 
discapacidad sin la 
identificación o distintivo 
correspondiente.
5% RBU 
$ 17,00 
1.5 
puntos 
CONTRAVENCIONES 
DE TRÁNSITO DE SÉPTIMA CLASE 
4- La o el conductor de 
un vehículo de servicio 
público que no 
presente la lista de 
pasajeros, cuando se 
trate de transporte 
interprovincial o 
internacional.
Art. 392.- 
5. La o el conductor que no 
mantenga la distancia 
prudente de seguimiento de 
conformidad con los 
reglamentos de tránsito.
6. La o el conductor que no utilice el 
cinturón de seguridad.
7. La o el conductor de un vehículo 
de transporte público comercial que 
no ponga a disposición de los 
pasajeros recipientes o funda para 
recolección de basura o desechos.
10. La persona que desde el 
interior de un vehículo arroje a la 
vía pública desechos que 
contaminen el ambiente.
13. La o el comprador de un vehículo automotor que 
no registre, en el organismo de tránsito 
correspondiente, el traspaso de dominio del bien, 
dentro del plazo de treinta días, contado a partir de 
la fecha del respectivo contrato.
ITB  CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
ITB  CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
ITB  CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
ITB  CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ley y reglamento
Ley y reglamentoLey y reglamento
Ley y reglamento
Xar Cnt
 
Elemento legal
Elemento legalElemento legal
Elemento legal
Juan Avila
 
Velocidad
VelocidadVelocidad
Velocidad
Jessenia Realpe
 
CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL (Artículos 383,384,385,386,387,388,389,390,391...
CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL (Artículos 383,384,385,386,387,388,389,390,391...CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL (Artículos 383,384,385,386,387,388,389,390,391...
CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL (Artículos 383,384,385,386,387,388,389,390,391...
Favio Meneses
 
Diapositivas curso sobre ley de transito, transporte terrestre
Diapositivas  curso sobre ley de transito, transporte terrestreDiapositivas  curso sobre ley de transito, transporte terrestre
Diapositivas curso sobre ley de transito, transporte terrestreCesar Santillán
 
Valores en la conducción
Valores en la conducciónValores en la conducción
Valores en la conducción
Luis Aurelio Mendoza Arias
 
Infracciones, delitos de tránsito (1).pptx
Infracciones, delitos de tránsito (1).pptxInfracciones, delitos de tránsito (1).pptx
Infracciones, delitos de tránsito (1).pptx
ssusere0a599
 
Señales horizontales
Señales horizontalesSeñales horizontales
Señales horizontales
educavial
 
Ley de transito del ecuador
Ley de transito del ecuadorLey de transito del ecuador
Ley de transito del ecuadorshushu17
 
Elementos principales del transito
Elementos principales del transitoElementos principales del transito
Elementos principales del transito
educavial
 
Transito
TransitoTransito
Elementos principales de transito
Elementos principales de transitoElementos principales de transito
Elementos principales de transitoValery Castro
 
leccion 10-11-12 psicologia.pdf
leccion 10-11-12 psicologia.pdfleccion 10-11-12 psicologia.pdf
leccion 10-11-12 psicologia.pdf
CarlosEstrada107709
 
RESUMEN MODULO TEORIA DE LA CONDUCCION.pdf
RESUMEN MODULO TEORIA DE LA CONDUCCION.pdfRESUMEN MODULO TEORIA DE LA CONDUCCION.pdf
RESUMEN MODULO TEORIA DE LA CONDUCCION.pdf
AnthonyAyala23
 
La conduccion toma de desiciones
La conduccion toma de desicionesLa conduccion toma de desiciones
La conduccion toma de desiciones
Stalin Barragan
 
PSICOLOGÍA APLICADA A LA CONDUCCIÓN
PSICOLOGÍA APLICADA  A LA CONDUCCIÓNPSICOLOGÍA APLICADA  A LA CONDUCCIÓN
PSICOLOGÍA APLICADA A LA CONDUCCIÓN
CarlosCJ10
 
Educación vial
Educación vialEducación vial
Educación vial
leito626
 
Materia educaci n_vial_
Materia educaci n_vial_Materia educaci n_vial_
Materia educaci n_vial_
John Orellana
 
Articulos 63,72,76
Articulos 63,72,76Articulos 63,72,76
Articulos 63,72,76
anyitapal
 

La actualidad más candente (20)

Ley y reglamento
Ley y reglamentoLey y reglamento
Ley y reglamento
 
Elemento legal
Elemento legalElemento legal
Elemento legal
 
Velocidad
VelocidadVelocidad
Velocidad
 
Infracciones de transito
Infracciones de transitoInfracciones de transito
Infracciones de transito
 
CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL (Artículos 383,384,385,386,387,388,389,390,391...
CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL (Artículos 383,384,385,386,387,388,389,390,391...CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL (Artículos 383,384,385,386,387,388,389,390,391...
CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL (Artículos 383,384,385,386,387,388,389,390,391...
 
Diapositivas curso sobre ley de transito, transporte terrestre
Diapositivas  curso sobre ley de transito, transporte terrestreDiapositivas  curso sobre ley de transito, transporte terrestre
Diapositivas curso sobre ley de transito, transporte terrestre
 
Valores en la conducción
Valores en la conducciónValores en la conducción
Valores en la conducción
 
Infracciones, delitos de tránsito (1).pptx
Infracciones, delitos de tránsito (1).pptxInfracciones, delitos de tránsito (1).pptx
Infracciones, delitos de tránsito (1).pptx
 
Señales horizontales
Señales horizontalesSeñales horizontales
Señales horizontales
 
Ley de transito del ecuador
Ley de transito del ecuadorLey de transito del ecuador
Ley de transito del ecuador
 
Elementos principales del transito
Elementos principales del transitoElementos principales del transito
Elementos principales del transito
 
Transito
TransitoTransito
Transito
 
Elementos principales de transito
Elementos principales de transitoElementos principales de transito
Elementos principales de transito
 
leccion 10-11-12 psicologia.pdf
leccion 10-11-12 psicologia.pdfleccion 10-11-12 psicologia.pdf
leccion 10-11-12 psicologia.pdf
 
RESUMEN MODULO TEORIA DE LA CONDUCCION.pdf
RESUMEN MODULO TEORIA DE LA CONDUCCION.pdfRESUMEN MODULO TEORIA DE LA CONDUCCION.pdf
RESUMEN MODULO TEORIA DE LA CONDUCCION.pdf
 
La conduccion toma de desiciones
La conduccion toma de desicionesLa conduccion toma de desiciones
La conduccion toma de desiciones
 
PSICOLOGÍA APLICADA A LA CONDUCCIÓN
PSICOLOGÍA APLICADA  A LA CONDUCCIÓNPSICOLOGÍA APLICADA  A LA CONDUCCIÓN
PSICOLOGÍA APLICADA A LA CONDUCCIÓN
 
Educación vial
Educación vialEducación vial
Educación vial
 
Materia educaci n_vial_
Materia educaci n_vial_Materia educaci n_vial_
Materia educaci n_vial_
 
Articulos 63,72,76
Articulos 63,72,76Articulos 63,72,76
Articulos 63,72,76
 

Destacado

Ley Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
Ley Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad VialLey Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
Ley Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad VialSilvia Salgado
 
Código Orgánico Integral Penal
Código Orgánico Integral PenalCódigo Orgánico Integral Penal
Código Orgánico Integral Penal
Germán Lynch Navarro
 
Política penal y COIP, jornadas de derecho procesal PUCE, 21 noviembre 2013
Política penal y COIP, jornadas de derecho procesal PUCE, 21 noviembre 2013Política penal y COIP, jornadas de derecho procesal PUCE, 21 noviembre 2013
Política penal y COIP, jornadas de derecho procesal PUCE, 21 noviembre 2013
Ramiro Aguilar
 
Contravenciones de transito
Contravenciones de transitoContravenciones de transito
Contravenciones de transitoERMELSON
 
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) fue publicado este lunes en el Regis...
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) fue publicado este lunes en el Regis...El Código Orgánico Integral Penal (COIP) fue publicado este lunes en el Regis...
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) fue publicado este lunes en el Regis...
Carlos Mena
 
Ley de tránsito y transporte terrestre en Venezuela
Ley de tránsito y transporte terrestre en VenezuelaLey de tránsito y transporte terrestre en Venezuela
Ley de tránsito y transporte terrestre en VenezuelaHugo Araujo
 
Educacion vial
Educacion vialEducacion vial
Educacion vial
juliomasabanda
 
Presentacion grupo 3
Presentacion grupo 3Presentacion grupo 3
Presentacion grupo 3John Orellana
 
Ley de transito del ecuador
Ley de transito del ecuadorLey de transito del ecuador
Ley de transito del ecuadorshushu17
 
Delitos de transito
Delitos de transitoDelitos de transito
Delitos de transito
HENRY RIOS
 
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL II
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL IICÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL II
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL II
Videoconferencias UTPL
 
Comportamiento del conductor
Comportamiento del conductorComportamiento del conductor
Comportamiento del conductor
Luu Navarro
 
Efectos de la ley penal
Efectos de la ley penalEfectos de la ley penal
Efectos de la ley penal
Paty Pacheco
 
3. fase y etapas
3. fase y etapas3. fase y etapas
3. fase y etapasUTPL
 
Presentación seguridad vial
Presentación seguridad vialPresentación seguridad vial
Presentación seguridad vialJose Mauricio
 
Elemento legal y economico
Elemento legal y economicoElemento legal y economico
Elemento legal y economicoValery Castro
 
Inhabilitación insania ama
Inhabilitación insania amaInhabilitación insania ama
Inhabilitación insania amaDaniel Borba
 
Exposicion accidentes de transito
Exposicion accidentes de transitoExposicion accidentes de transito
Exposicion accidentes de transitogrupotrafficcontrol
 

Destacado (20)

Ley Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
Ley Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad VialLey Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
Ley Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
 
Código Orgánico Integral Penal
Código Orgánico Integral PenalCódigo Orgánico Integral Penal
Código Orgánico Integral Penal
 
Política penal y COIP, jornadas de derecho procesal PUCE, 21 noviembre 2013
Política penal y COIP, jornadas de derecho procesal PUCE, 21 noviembre 2013Política penal y COIP, jornadas de derecho procesal PUCE, 21 noviembre 2013
Política penal y COIP, jornadas de derecho procesal PUCE, 21 noviembre 2013
 
Contravenciones de transito
Contravenciones de transitoContravenciones de transito
Contravenciones de transito
 
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) fue publicado este lunes en el Regis...
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) fue publicado este lunes en el Regis...El Código Orgánico Integral Penal (COIP) fue publicado este lunes en el Regis...
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) fue publicado este lunes en el Regis...
 
Ley de tránsito y transporte terrestre en Venezuela
Ley de tránsito y transporte terrestre en VenezuelaLey de tránsito y transporte terrestre en Venezuela
Ley de tránsito y transporte terrestre en Venezuela
 
Educacion vial
Educacion vialEducacion vial
Educacion vial
 
Presentacion grupo 3
Presentacion grupo 3Presentacion grupo 3
Presentacion grupo 3
 
Ley de transito del ecuador
Ley de transito del ecuadorLey de transito del ecuador
Ley de transito del ecuador
 
Delitos de transito
Delitos de transitoDelitos de transito
Delitos de transito
 
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL II
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL IICÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL II
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL II
 
Comportamiento del conductor
Comportamiento del conductorComportamiento del conductor
Comportamiento del conductor
 
Efectos de la ley penal
Efectos de la ley penalEfectos de la ley penal
Efectos de la ley penal
 
3. fase y etapas
3. fase y etapas3. fase y etapas
3. fase y etapas
 
Presentación seguridad vial
Presentación seguridad vialPresentación seguridad vial
Presentación seguridad vial
 
Atenea
AteneaAtenea
Atenea
 
Elemento legal y economico
Elemento legal y economicoElemento legal y economico
Elemento legal y economico
 
Inhabilitación insania ama
Inhabilitación insania amaInhabilitación insania ama
Inhabilitación insania ama
 
Exposicion accidentes de transito
Exposicion accidentes de transitoExposicion accidentes de transito
Exposicion accidentes de transito
 
Accidentes De Transito
Accidentes De TransitoAccidentes De Transito
Accidentes De Transito
 

Similar a ITB CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL

Diapositivascursosobreleydetransitotransporteterrestre
DiapositivascursosobreleydetransitotransporteterrestreDiapositivascursosobreleydetransitotransporteterrestre
Diapositivascursosobreleydetransitotransporteterrestre
Jose Manuel Chepe Magallanes
 
Procedimiento legal
Procedimiento legalProcedimiento legal
Procedimiento legal
Irma Vazquez Andino
 
AMT-COIP-CAPITULO-TRANSITO previo examen.pdf
AMT-COIP-CAPITULO-TRANSITO previo examen.pdfAMT-COIP-CAPITULO-TRANSITO previo examen.pdf
AMT-COIP-CAPITULO-TRANSITO previo examen.pdf
faustozurita
 
Capitulo octavo infracciones de transito seccion primera
Capitulo octavo infracciones de transito seccion primeraCapitulo octavo infracciones de transito seccion primera
Capitulo octavo infracciones de transito seccion primera
Miryam Carmen Beltran Ponce
 
Presentación 3.pptx
Presentación 3.pptxPresentación 3.pptx
Presentación 3.pptx
jhonny527644
 
Power conciencias.ppt
Power conciencias.pptPower conciencias.ppt
Power conciencias.ppt
SantiagoAmaya30
 
Contravencion muy grave
Contravencion muy graveContravencion muy grave
Contravencion muy grave
Fernanda Miranda
 
Modulo 2 Presentacion 3.pptx
Modulo 2 Presentacion 3.pptxModulo 2 Presentacion 3.pptx
Modulo 2 Presentacion 3.pptx
rocio318496
 
Infracciones de transito
Infracciones de transitoInfracciones de transito
Infracciones de transitoGonzalo Caceres
 
Ley sobre el Tercer Strike
Ley sobre el Tercer StrikeLey sobre el Tercer Strike
Ley sobre el Tercer Strike
Laura Ballesteros
 
9 1 responsabilidad administrativa por infracciones
9 1 responsabilidad administrativa por infracciones9 1 responsabilidad administrativa por infracciones
9 1 responsabilidad administrativa por infracciones
Miguel Angel Gutierrez Dueñas
 
PAUTAS PRINCIPALES DE EDUCACIÓN VIAL DE TRANSITO
PAUTAS PRINCIPALES DE EDUCACIÓN VIAL DE TRANSITOPAUTAS PRINCIPALES DE EDUCACIÓN VIAL DE TRANSITO
PAUTAS PRINCIPALES DE EDUCACIÓN VIAL DE TRANSITO
SthefyAT
 
Guia multas de_trafico
Guia multas de_traficoGuia multas de_trafico
Guia multas de_traficoSara Macias
 
Legalidad transito
Legalidad transitoLegalidad transito
Legalidad transito
ASOVICTRA Capacitacion
 
FORMATO ORDEN DE COMPARENDO.pdf
FORMATO ORDEN DE COMPARENDO.pdfFORMATO ORDEN DE COMPARENDO.pdf
FORMATO ORDEN DE COMPARENDO.pdf
karentrujillo44
 
Ing. transito Señalización y Seguridad Vial.
Ing. transito Señalización y Seguridad Vial.Ing. transito Señalización y Seguridad Vial.
Ing. transito Señalización y Seguridad Vial.
Amada Romero
 
REGLAMENTO INTERNO DE TRÁNSITO (RITRA).pptx
REGLAMENTO INTERNO DE TRÁNSITO (RITRA).pptxREGLAMENTO INTERNO DE TRÁNSITO (RITRA).pptx
REGLAMENTO INTERNO DE TRÁNSITO (RITRA).pptx
ArnoldAndrsPretelCab
 

Similar a ITB CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (20)

Diapositivascursosobreleydetransitotransporteterrestre
DiapositivascursosobreleydetransitotransporteterrestreDiapositivascursosobreleydetransitotransporteterrestre
Diapositivascursosobreleydetransitotransporteterrestre
 
Procedimiento legal
Procedimiento legalProcedimiento legal
Procedimiento legal
 
AMT-COIP-CAPITULO-TRANSITO previo examen.pdf
AMT-COIP-CAPITULO-TRANSITO previo examen.pdfAMT-COIP-CAPITULO-TRANSITO previo examen.pdf
AMT-COIP-CAPITULO-TRANSITO previo examen.pdf
 
Capitulo octavo infracciones de transito seccion primera
Capitulo octavo infracciones de transito seccion primeraCapitulo octavo infracciones de transito seccion primera
Capitulo octavo infracciones de transito seccion primera
 
Presentación 3.pptx
Presentación 3.pptxPresentación 3.pptx
Presentación 3.pptx
 
Power conciencias.ppt
Power conciencias.pptPower conciencias.ppt
Power conciencias.ppt
 
Contravencion muy grave
Contravencion muy graveContravencion muy grave
Contravencion muy grave
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
Modulo 2 Presentacion 3.pptx
Modulo 2 Presentacion 3.pptxModulo 2 Presentacion 3.pptx
Modulo 2 Presentacion 3.pptx
 
Deber de ntics
Deber de nticsDeber de ntics
Deber de ntics
 
Infracciones de transito
Infracciones de transitoInfracciones de transito
Infracciones de transito
 
Ley sobre el Tercer Strike
Ley sobre el Tercer StrikeLey sobre el Tercer Strike
Ley sobre el Tercer Strike
 
9 1 responsabilidad administrativa por infracciones
9 1 responsabilidad administrativa por infracciones9 1 responsabilidad administrativa por infracciones
9 1 responsabilidad administrativa por infracciones
 
PAUTAS PRINCIPALES DE EDUCACIÓN VIAL DE TRANSITO
PAUTAS PRINCIPALES DE EDUCACIÓN VIAL DE TRANSITOPAUTAS PRINCIPALES DE EDUCACIÓN VIAL DE TRANSITO
PAUTAS PRINCIPALES DE EDUCACIÓN VIAL DE TRANSITO
 
Guia multas de_trafico
Guia multas de_traficoGuia multas de_trafico
Guia multas de_trafico
 
Legalidad transito
Legalidad transitoLegalidad transito
Legalidad transito
 
FORMATO ORDEN DE COMPARENDO.pdf
FORMATO ORDEN DE COMPARENDO.pdfFORMATO ORDEN DE COMPARENDO.pdf
FORMATO ORDEN DE COMPARENDO.pdf
 
Ing. transito Señalización y Seguridad Vial.
Ing. transito Señalización y Seguridad Vial.Ing. transito Señalización y Seguridad Vial.
Ing. transito Señalización y Seguridad Vial.
 
REGLAMENTO INTERNO DE TRÁNSITO (RITRA).pptx
REGLAMENTO INTERNO DE TRÁNSITO (RITRA).pptxREGLAMENTO INTERNO DE TRÁNSITO (RITRA).pptx
REGLAMENTO INTERNO DE TRÁNSITO (RITRA).pptx
 
Transito
TransitoTransito
Transito
 

Último

Horarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de Madrid
Horarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de MadridHorarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de Madrid
Horarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de Madrid
20minutos
 
Mapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativa
Mapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativaMapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativa
Mapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativa
TatianaVanessaAltami
 
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
auxsoporte
 
Sesión: El fundamento del gobierno de Dios.pdf
Sesión: El fundamento del gobierno de Dios.pdfSesión: El fundamento del gobierno de Dios.pdf
Sesión: El fundamento del gobierno de Dios.pdf
https://gramadal.wordpress.com/
 
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdfSesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
https://gramadal.wordpress.com/
 
El espiritismo desenmascarado.pdf. Lec. 10
El espiritismo desenmascarado.pdf. Lec. 10El espiritismo desenmascarado.pdf. Lec. 10
El espiritismo desenmascarado.pdf. Lec. 10
Alejandrino Halire Ccahuana
 
el pensamiento critico de paulo freire en basica .pdf
el pensamiento critico de paulo freire en basica .pdfel pensamiento critico de paulo freire en basica .pdf
el pensamiento critico de paulo freire en basica .pdf
almitamtz00
 
Nuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptx
Nuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptxNuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptx
Nuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptx
lautyzaracho4
 
El ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURA
El ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURAEl ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURA
El ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURA
Armando920824
 
Portafolio de servicios Centro de Educación Continua EPN
Portafolio de servicios Centro de Educación Continua EPNPortafolio de servicios Centro de Educación Continua EPN
Portafolio de servicios Centro de Educación Continua EPN
jmorales40
 
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJELA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE
jecgjv
 
UNA VISITA A SAN PEDRO EN EL VATICANO.pdf
UNA VISITA A SAN PEDRO EN EL VATICANO.pdfUNA VISITA A SAN PEDRO EN EL VATICANO.pdf
UNA VISITA A SAN PEDRO EN EL VATICANO.pdf
Joan Ribes Gallén
 
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptxSemana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
LorenaCovarrubias12
 
Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...
Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...
Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...
Unidad de Espiritualidad Eudista
 
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...
JAVIER SOLIS NOYOLA
 
1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS PRIMARIA.docx
1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS  PRIMARIA.docx1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS  PRIMARIA.docx
1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS PRIMARIA.docx
FelixCamachoGuzman
 
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptxc3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
Martín Ramírez
 
Asistencia Tecnica Cartilla Pedagogica DUA Ccesa007.pdf
Asistencia Tecnica Cartilla Pedagogica DUA Ccesa007.pdfAsistencia Tecnica Cartilla Pedagogica DUA Ccesa007.pdf
Asistencia Tecnica Cartilla Pedagogica DUA Ccesa007.pdf
Demetrio Ccesa Rayme
 
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
pablomarin116
 
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividadesJunio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
cintiat3400
 

Último (20)

Horarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de Madrid
Horarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de MadridHorarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de Madrid
Horarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de Madrid
 
Mapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativa
Mapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativaMapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativa
Mapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativa
 
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
 
Sesión: El fundamento del gobierno de Dios.pdf
Sesión: El fundamento del gobierno de Dios.pdfSesión: El fundamento del gobierno de Dios.pdf
Sesión: El fundamento del gobierno de Dios.pdf
 
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdfSesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
 
El espiritismo desenmascarado.pdf. Lec. 10
El espiritismo desenmascarado.pdf. Lec. 10El espiritismo desenmascarado.pdf. Lec. 10
El espiritismo desenmascarado.pdf. Lec. 10
 
el pensamiento critico de paulo freire en basica .pdf
el pensamiento critico de paulo freire en basica .pdfel pensamiento critico de paulo freire en basica .pdf
el pensamiento critico de paulo freire en basica .pdf
 
Nuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptx
Nuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptxNuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptx
Nuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptx
 
El ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURA
El ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURAEl ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURA
El ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURA
 
Portafolio de servicios Centro de Educación Continua EPN
Portafolio de servicios Centro de Educación Continua EPNPortafolio de servicios Centro de Educación Continua EPN
Portafolio de servicios Centro de Educación Continua EPN
 
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJELA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE
 
UNA VISITA A SAN PEDRO EN EL VATICANO.pdf
UNA VISITA A SAN PEDRO EN EL VATICANO.pdfUNA VISITA A SAN PEDRO EN EL VATICANO.pdf
UNA VISITA A SAN PEDRO EN EL VATICANO.pdf
 
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptxSemana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
 
Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...
Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...
Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...
 
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...
 
1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS PRIMARIA.docx
1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS  PRIMARIA.docx1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS  PRIMARIA.docx
1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS PRIMARIA.docx
 
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptxc3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
 
Asistencia Tecnica Cartilla Pedagogica DUA Ccesa007.pdf
Asistencia Tecnica Cartilla Pedagogica DUA Ccesa007.pdfAsistencia Tecnica Cartilla Pedagogica DUA Ccesa007.pdf
Asistencia Tecnica Cartilla Pedagogica DUA Ccesa007.pdf
 
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
 
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividadesJunio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
 

ITB CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL

  • 1.
  • 2. VISIÓN LA VISIÓN DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE CONDUCTORES PROFESIONALES DE GUAYAQUIL “INSTITUTO TECNOLÓGICO BOLIVARIANO” ES SER LÍDER Y REFERENTE EN LA FORMACIÓN DE CONDUCTORES PROFESIONALES DEL PAÍS. MISIÓN LA MISIÓN DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE CONDUCTORES PROFESIONALES DE GUAYAQUIL “INSTITUTO TECNOLÓGICO BOLIVARIANO” ES FORMAR CONDUCTORES PROFESIONALES DE EXCELENCIA, RESPONSABLES CON LA SOCIEDAD Y EL AMBIENTE, CON VALORES MORALES Y ÉTICOS QUE CONTRIBUYAN AL MEJORAMIENTO DE LA SEGURIDAD VIAL DEL PAÍS.
  • 3.
  • 4.
  • 6.
  • 7. CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR TITULO IX SUPREMACIA DE LA CONSTITUCIÓN Capítulo primero Principios Art. 424.- La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de eficacia jurídica.
  • 8. CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR • Art. 425.- El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: 1. La Constitución; 2. Los tratados y convenios internacionales; 3. Las leyes orgánicas; 4. Las leyes ordinarias; 5. Las normas regionales y las ordenanzas distritales; 6. Los decretos y reglamentos;
  • 9. CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL • Artículo 15.- Ámbito personal de aplicación.- Las normas de este Código se aplicarán a todas las personas nacionales o extranjeras que cometan infracciones penales.
  • 10. CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL • Artículo 17.- Ámbito material de la ley penal.- Se considerarán exclusivamente como infracciones penales las tipificadas en este Código. Las acciones u omisiones punibles, las penas o procedimientos penales previstos en otras normas jurídicas no tendrán validez jurídica alguna, salvo en materia de niñez y adolescencia. • ACCIÓN PUNIBLE.- Es una acción sancionada por el Derecho con una pena, también es denominado conducta delictiva, el hecho punible se identifica con el delito penal
  • 11. CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL • Artículo38.-Personas Menores de dieciocho años.- Las personas menores de dieciocho años en conflicto con la ley penal, estarán sometidas al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.
  • 12.
  • 13. CULPA - QUIEN COMETE UNA INFRACCIÓN SIN EL ÁNIMO DE COMETERLA Art. 27 COIP.- Culpa Actúa con culpa la persona que infringe el deber objetivo de cuidado, que personalmente le corresponde, produciendo un resultado dañoso. Esta conducta es punible cuando se encuentra tipificada como infracción en este código.
  • 14. ART 43 CÓMPLICES - INCISO SEGUNDO No cabe complicidad en las infracciones culposas. Si de las circunstancias de la infracción resulta que la persona acusada de complicidad, coopera en un acto menos grave que el cometido por la autora o el autor, la pena se aplicará solamente en razón del acto que pretendió ejecutar.
  • 15. SE INFRINGE EL DEBER OBJETIVO DEL CUIDADO POR: NEGLIGENCIA IMPERICIA IMPRUDENCIA INOBSERVANCIA A LAS LEYES Y REGLAMENTOS
  • 16. Art. 377 MUERTE CULPOSA La persona que ocasione un accidente de tránsito del que resulte la muerte de una o más personas por infringir un deber objetivo de cuidado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años, suspensión de la licencia de conducir por seis meses una vez cumplida la pena privativa de libertad.
  • 17. Art.377.- Serán sancionados de tres a cinco años, cuando el resultado dañoso es producto de acciones innecesarias, peligrosas e ilegítimas, tales como: Exceso de velocidad Llantas lisas y desgastadas Conocimiento de las malas condiciones mecánicas del vehículo
  • 18. Haber conducido el vehículo más allá de las horas permitidas por la ley o malas condiciones físicas de la o el conductor Inobservancia de leyes, reglamentos, regulaciones técnicas u órdenes legítimas de las autoridades o agentes de tránsito
  • 19. En caso de que el vehículo con el cual se ocasionó el accidente preste un servicio público de transporte, será solidariamente responsable de los daños civiles, la operadora de transporte y la o el propietario del vehículo, sin perjuicio de las acciones administrativas que sean ejecutadas por parte del organismo de transporte. La misma multa se impondrá a la o al empleador público o privado que haya exigido o permitido a la o al conductor trabajar en dichas condiciones.
  • 20. •La misma multa se impondrá a la o al empleador público o privado que haya exigido o permitido a la o al conductor trabajar en dichas condiciones •RECOMENDACION: CIRCULAR SIEMPRE CON PRECAUCIÓN, RESPETANDO LAS SEÑALES DE TRÁNSITO, LEYES Y REGLAMENTOS YA SEA COMO PEATÓN O CONDUCTOR.
  • 21.
  • 22. Ley Orgánica de Transporte Terrestre y DELITO Seguridad Vial • Conducir un auto en estado de embriaguez, choque, volcamiento. CONTRAVENCIONES • Leve de primera, pasarse una luz roja • Conducir un vehículo o motor sin placa • Quien desde el interior de un vehículo arroje desechos a la vía
  • 23. CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL ARTÍCULO 19 DELITO Es una infracción penal sancionada con privativa de libertad mayor a 30 días. CONTRAVENCIONES Es una infracción penal sancionada con pena no privativa o privativa de libertad hasta 30 días.
  • 24.
  • 25. Artículo 21.- Concurso ideal de infracciones.- Cuando varios tipos penales son subsumibles a la misma conducta, se aplicará la pena de la infracción más grave. Artículo 111.- En concurrencia de varias infracciones de tránsito, el infractor será juzgado por la más grave.
  • 26. CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO • La o el conductor que falte de palabra a la autoridad o agente de tránsito. • Conducción de vehículo en estado de embriaguez
  • 27.
  • 28.
  • 29. INFRACCIONES DE TRÁNSITO ACCIONES OMISIONES CULPOSAS Indica que una persona está haciendo algo, de manera voluntaria o involuntaria, de pensamiento, palabra u obra. Es una renuncia a realizar o expresar algo. Aquellas realizadas sin intención.
  • 30. PENA NATURAL Aquel sufrimiento que el autor del hecho lleva sobre sí mismo, o sobre sus afectos, como consecuencia directa de su accionar. Podrá dejar de imponer una pena o imponer exclusivamente penas no privativas de libertad.
  • 31.
  • 32.
  • 33. Infracciones de Tránsito SECCION PRIMERA Reglas generales Articulo 373.-Responsabilidad de las o los peatones , pasajeros o controladores.-Cuando el responsable del accidente no sea la o el conductor de un vehículo sino la o el peatón, pasajero, controlador u otra persona será sancionado con las penas previstas en los artículos correspondientes , según las circunstancias de la infracción, a excepción de la perdida de puntos que se aplica en forma exclusiva a las o los conductores infractores.
  • 34. Lo ´ Lo que el peatón no debe hacer Manera correcta de cruzar la calle
  • 35. . Pasajeros, choferes y controladores cometiendo infracciones de tránsito , ya que de esa manera pueden causar accidentes graves. Serán sancionado como indica en el articulo mencionado.
  • 36. Del procedimiento para los peatones • Articulo 268.-En el cometimiento de contravenciones de tránsito por parte de las personas en general, y que no presentaren algún documento de identificación, el agente de tránsito, acompañara al infractor para verificar por cualquier medio su identidad, para luego proceder a la suscripción y entrega de la citación correspondiente. Se exceptúa de este procedimiento a los menores de edad.
  • 37. • vi ** Agente sancionando a un peatón por no respetar las señales de tránsito. Agente acompañando al peatón infractor por no poseer identificación
  • 38. . • Articulo 269.-Cuando el peatón sea el presunto autor de un delito de tránsito en donde resulte muerto o lesionados con capacidad física o enfermedad por mas de 30 días, siempre que cuenten con los suficientes elementos probatorios será aprehendido y puesto a orden del juez de tránsito competente.
  • 39. • ** Accidente de peatón por cruzar la calle en zona no permitida para el paso Todo peatón que ocasione un accidente donde haya muertos y heridos serán investigados por la fiscalía y juzgado por un juez de tránsito
  • 40. CONCLUSION • Debemos acatar las leyes y respetar las señales tanto el peatón , pasajero y controladores, una pequeña infracción se puede transformar en un delito.
  • 41. * • GRACIAS • POR • SU • ATENCION!!!!!!!
  • 42.
  • 43.
  • 44.
  • 45. Quien condujera un vehículo a motor con l icencia de conduci r suspendida temporalmente, y causare una inf racción de t ransi to será sancionado con el máximo de la pena cor respondiente a la inf racción comet ida. Quien conduzca con l icencia anulada, revocada o suspendida, la misma que deberá ser ret i rada inmediatamente por el agente de t ransi to
  • 46. L a s l i c e n c i a s de c o n d u c i r p a r a c o n d u c t o r e s p r o f e s i o n a l e s y no p r o f e s i o n a l e s s i n e x c e p c i ó n t e n d r á n una , c o n t a d o s a p a r t i r de l a f e c h a de e x p e d i c i ó n .
  • 47.
  • 48.
  • 49.
  • 50.
  • 51.
  • 53.
  • 54.
  • 55.
  • 56.
  • 57.
  • 58. Artículo 379.- Lesiones causadas por accidente de tránsito
  • 59. En los delitos de tránsito que tengan como resultado lesiones a las personas, se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 152 reducidas en un cuarto de la pena mínima prevista en cada caso, además serán sancionadas con reducción de diez puntos en su licencia.
  • 60. Si como resultado de las lesiones se produce en la víctima un daño, enfermedad o incapacidad de cuatro a ocho días, será sancionada con pena privativa de libertad de treinta a sesenta días. Si produce a la víctima enajenación mental, pérdida de un sentido o de la facultad del habla, inutilidad para el trabajo, incapacidad permanente, pérdida o inutilización de algún órgano o alguna grave enfermedad transmisible e incurable, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Articulo 152.-
  • 61. En los delitos de tránsito que tengan como resultado lesiones, si la persona conduce el vehículo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan, se aplicarán las sanciones máximas previstas en el artículo 152, incrementadas en un tercio y la suspensión de la licencia de conducir por un tiempo igual a la mitad de la pena privativa de libertad prevista en cada caso.
  • 62.
  • 63.
  • 64. DAÑOS MECÁNICOS PREVISIBLES Sistema de suspensión, dirección y frenos. Se pone en riesgo la seguridad de los pasajeros. El conductor del transporte público es el responsable de verificar las condiciones mecánicas y sobre el recae la sanción.
  • 65. Pena privativa de libertad. Treinta a ciento ochenta días. Suspensión de la licencia de conducir por el mismo tiempo. Responsable de los daños ocasionados la o el propietario del vehículo.
  • 66.
  • 67.
  • 68. ARTÍCULO 383. CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO CON LLANTAS EN MAL ESTADO • La persona que conduzca un vehículo cuyas llantas se encuentran lisas o en mal estado, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a quince días y disminución de cinco puntos en la licencia de conducir. • En caso de transporte público, la pena será el doble de la prevista en el inciso anterior. • Además se retendrá el vehículo hasta superar la causa de infracción.
  • 69.
  • 70.
  • 71. PREPARADOS QUE LAS CONTENGAN Art. 384.- “La persona que conduzca un vehículo bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan, serán sancionados con reducción de quince puntos de su licencia de conducir y treinta días de privación de libertad; además como medida preventiva se aprehenderá el vehículo por veinticuatro horas”. •La persona que conduzca cualquier tipo de vehículo bajo los efectos de ese tipo de sustancias o preparados que las contengan, se le realizará de inmediato el examen de narco tex , de detectarse que se encuentra bajo dichos efectos. •Será sancionada con reducción de quince puntos de su licencia de conducir y treinta días de privación de libertad; además como medida preventiva se aprehenderá el vehículo por veinticuatro horas”.
  • 72. los artículos 384 y 385 del coip • ANTES SE ENCONTRABAN EN UN SOLO ARTICULO DE LA LEY DE TRANSITO, EN EL 145.1 Y 145.2 • HOY COMO VEMOS HA SIDO SEPARADO EN EL COIP, EL ARTICULO 384 DEL COIP HABLA UNICAMENTE DE LA PERSONA QUE CONDUZCA UN VEHICULO BAJO SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, PSICOTROPICAS O PREPARADOS QUE LAS CONTENGAN, Y EN LA SANCION HAY DOS DIFERENCIA. • EL ARTICULO 145.1 DE LA LEY HABIA UNA MULTA DE UNA REMUNERACION BASICA UNIFICADA, ES DECIR $340.00, REDUCCION DE 15 PUNTOS EN LA LICENCIA DE CONDUCIR Y 30 DIAS DE PRICION. • ACTUALMENTE COMO YA VIMOS, LAS DOS DIFERENCIAS EN EL ARTICULO 384 DELCOIP, YA NO EXITE TAL MULTA DE $340.00, LA SANCION SOLO GUARDA RELACION CON LA REDUCCION DE 15 PUNTOS DE LA LICENCIA DE CONDUCIR Y 30 DIAS DE PRIVACION DE LIBERTAD. ADEMAS , CÓMO MEDIDA PREVENTIVA SE APREHENDERA EL VEHICULO POR VEITICUATRO HORAS.
  • 73. Art. 385.- CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ • La persona que conduzca un vehículo en estado de embriaguez será sancionada de acuerdo con la siguiente escala: 1. Si el nivel de alcohol por litro de sangre es de 0,3 a 0,8 gramos, se aplicará multa de un salario básico unificado del trabajador en general, pérdida de cinco puntos en su licencia de conducir y cinco días de privación de libertad. 2. Si el nivel de alcohol por litro de sangre es mayor de 0,8 hasta 1,2 gramos, se aplicará multa de dos salarios básicos unificados del trabajador en general, pérdida de diez puntos en su licencia de conducir y quince días de privación de libertad. 3. Si el nivel de alcohol por litro de sangre supera 1,2 gramos, se aplicará multa de tres salarios básicos unificados del trabajador en general, la suspensión de la licencia por sesenta días y treinta días de privación de libertad.
  • 74. Por lo tanto, los artículos 384 y 385 del COIP, dejan claro que deben ser respetados, ya que el incumplimiento para los conductores de vehículos de transporte público, liviano o pesado, comercial o de carga será sancionado severamente. La tolerancia al consumo de cualquier sustancia estupefaciente, psicotrópica o preparados que las contengan es cero, y un nivel máximo de alcohol es de 0,1 gramos por cada litro de sangre. •En caso de exceder dichos limites, la sanción para la o el responsable que conduzca cualquier tipo de vehículo será, Económica, Perdida de puntos en su licencia de conducir y pena privativa de libertad. Además en todos estos casos, como medida preventiva se aprehenderá el vehículo por veinticuatro horas.
  • 75.
  • 76. DE LOS LIMITES DE VELOCIDAD
  • 77. ARTICULO 191 (LOTTTSV) Los limites máximos y rangos moderados de velocidad vehicular permitidos en las vías publicas, con excepción de trenes y ferrocarriles, son los siguientes: Para Vehículos Livianos, Motocicletas y similares
  • 78. Tipo de Vía Límite Máximo Rango Moderado F u e r a d e Rango Moderado Urbana 50 Km/h > 51 Km/h - < 60 Km/h > 61 Km/h Perimetral 90 Km/h > 91km/h - < 120 km/h > 121 km/h Rectas en Carreteras 100 km/h > 101km/h - < 135 km/h > 136 km/h Curvas en carreteras 60 km/h > 61 km/h - < 75 km/h > 76 km/h
  • 79. CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL RANGO MODERADO Artículo 389.- Contravenciones de tránsito de cuarta clase.- Serán sancionados con multa equivalente al treinta porciento (30%) de un salario básico unificado del trabajador en general , y reducción de seis (6) puntos en su licencia de conducir: 6.La o el conductor que con un vehículo automotor exceda dentro de un rango moderado los límites de velocidad permitidos, de conformidad con los reglamentos de tránsito correspondientes.
  • 80. Fuera de Rango Moderado Artículo 386.- Contravenciones de tránsito de primera clase.- Será sancionado con pena privativa de libertad de tres (3) días, multa de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de diez (10) puntos en su licencia de conducir: 6.La o el conductor que con un vehículo automotor, exceda los límites de velocidad fuera del rango moderado, establecidos en el reglamento correspondiente.
  • 81.
  • 82. ARTÍCULO 386.- CONTRAVENCIÓN DE TRÁNSITO DE PRIMERA CLASE  SERÁN SANCIONADOS CON PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD DE TRES DÍAS Y REDUCCIÓN DE DIEZ PUNTOS EN LA LICENCIA DE CONDUCIR.  1.- LA PERSONA QUE CONDUZCA SIN HABER OBTENIDO LA LICENCIA.
  • 83.
  • 84.
  • 85.
  • 86.
  • 87.
  • 88. REPRESENTANTE LEGAL GARANTÍA BANCARIA DE 25 REMUNERACIONES $ 8500,oo PAGO DE DAÑOS A TERCEROS ANTE EL JUZGADO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Podrá ser utilizado para conducir, únicamente, en compañía de un mayor de edad que posea licencia de conducir vehículos.
  • 89. 50%=$170 Del salario unificado del trabajador. MULTA AL PROPIETARIO DEL VEHÍCULO
  • 90.
  • 91. Articulo 388.- Serán sancionados con multa equivalente al cuarenta por ciento de un salario básico unificado del trabajador en general y reducido de siete punto cinco en su licencia de conducir . 1: la o el conductor que detenga o estaciones vehículos en sitios o zona que entrañen peligro, tales como : Zona de seguridad , curvas , puentes, ingreso y salida de los mismos , túneles , así como el ingreso de salida de estos, zonas estrechas , de poca visibilidad , cruce de camiones, cambios de rebosantes, pendientes , o paso a desnivel , sin tomar las medidas de seguridad señaladas en los reglamentos.
  • 92. 2.- La o el conductor que tenga o estacione un vehículo automotor en lugares no permitidos, para dejar o recoger pasajeros o cargas por cualquier otros motivos. 3.- La o el conductor que estacione el vehículo en cualquier tipos de vías, sin tomar las precauciones reglamentarias prevista para evitar un accidente de transito o lo deje abandonado en la vía pública.
  • 93. 4: La o el conductor que estacione un vehículo en los sitios prohibido por la ley y los reglamentos de tránsito ; o que, sin derecho, estacione su vehículo en los espacios destinados a un uso exclusivo con personas con discapacidad o mujeres embarazadas ;o estacione su vehículo obstaculizando rampa de acceso para discapacitado, puertas de garaje o zona de circulación peatonal. En caso que el conductor no se encuentre en el vehículo este será trasladado a uno de los sitios de retención vehicular .
  • 94. Lugares donde están prohibido estacionar los vehículos Curvas Pendientes Zonas estrechas Por el echo de cualquier conductor imprudente llegue a estacionarse en uno de estos lugares puede provocar un accidente.
  • 95. Estos son los lugares que no esta permitido para recoger y dejar pasajeros porque estamos poniendo en juego la vida de las personas.
  • 96. Si dejamos un vehículo estacionado en la vía publica sin tomar las precauciones podemos cometer una contravención que se puede transformar en un delito mayor.
  • 97. Nosotros debemos respetar los lugares exclusivo de personas con discapacidad que estacionen su vehículo sin obstáculo y también debemos respetar la zona de seguridad de los peatones.
  • 98.
  • 99. ARTICULO 390.- Contravenciones de transito de quinta clase Será sancionado con multa equivalente al quince por ciento de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de cuatro punto cinco puntos en su licencia de conducir:
  • 100. 7. La o el conductor que detenga o estacione un vehículo automotor en lugares no permitidos, para dejar o recoger pasajeros o carga, o por cualquier otro motivo.
  • 101. 8.La o el conductor que estacione un vehículo automotor en cualquier tipo de vías, sin tomar las precauciones reglamentariamente previstas para evitar un accidente de transito o lo deje abandonado en la vía publica.
  • 102. 18. La o el conductor que no respete el derecho preferente de los ciclistas en los desvíos, avenidas y carreteras, cruce de caminos, intersecciones no señalizadas y ciclovías.
  • 103.
  • 104. CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL CAPÍTULO OCTAVO INFRACCIONES DE TRANSITO CAPÍTULO V DE LAS CONTRAVENCIONES ARTICULO 391 .- Contravenciones de Tránsito de Sexta Clase SECCION 2 CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO SECCION TERCERA CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO ARTICULO 140 .- Contravenciones Leves de Segunda Clase SERÁ SANCIONADO CON MULTA EQUIVALENTE AL DIEZ POR CIENTO DE UN SALARIO BÁSICO UNIFICADO DEL TRABAJADOR GENERAL Y REDUCCIÓN DE TRES PUNTOS EN SU LICENCIA DE CONDUCIR.
  • 105. CONTRAVENCIONES DE TRANSITO La o el conductor que invada con su vehículo las vías exclusivas asignadas a los buses de transporte rápido.
  • 106. CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO La persona que obstaculice el tránsito vehicular al quedarse sin combustible.
  • 107. CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO La o el conductor de un vehículo automotor que no lleve en el mismo, un botiquín de primeros auxilios equipado y un extintor de incendios cargado y funcionando, de conformidad con lo establecido en los reglamentos de tránsito.
  • 108. CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO La o el conductor que utilice el teléfono celular mientras conduce y no haga uso del dispositivo homologado de manos libres.
  • 109. CONTRAVENCIONES DE TRANSITO La o el conductor que no encienda las luces del vehículo en horas de la noche o conduzca en sitios oscuros como túneles, con las luces apagadas.
  • 110.
  • 111. Artículo 392.- Contravenciones de tránsito de séptima clase.- Será sancionado con : • Multa equivalente (5%) de un salario básico unificado del trabajador general (17 USD) • Reducción de (1,5) puntos en su licencia de conducir.
  • 112. CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO DE SÉPTIMA CLASE 5% RBU $ 17,00 1.5 puntos 1.- La o el conductor que use inadecuada y reiteradamente la bocina u otros dispositivos sonoros contraviniendo las normas previstas en los reglamentos de tránsito y demás normas aplicables, referente a la emisión de ruidos.
  • 113. CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO DE SÉPTIMA CLASE 5% RBU $ 17,00 1.5 puntos 3. La persona con discapacidad que conduzca un vehículo adaptado a su discapacidad sin la identificación o distintivo correspondiente.
  • 114. 5% RBU $ 17,00 1.5 puntos CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO DE SÉPTIMA CLASE 4- La o el conductor de un vehículo de servicio público que no presente la lista de pasajeros, cuando se trate de transporte interprovincial o internacional.
  • 115. Art. 392.- 5. La o el conductor que no mantenga la distancia prudente de seguimiento de conformidad con los reglamentos de tránsito.
  • 116. 6. La o el conductor que no utilice el cinturón de seguridad.
  • 117. 7. La o el conductor de un vehículo de transporte público comercial que no ponga a disposición de los pasajeros recipientes o funda para recolección de basura o desechos.
  • 118. 10. La persona que desde el interior de un vehículo arroje a la vía pública desechos que contaminen el ambiente.
  • 119.
  • 120. 13. La o el comprador de un vehículo automotor que no registre, en el organismo de tránsito correspondiente, el traspaso de dominio del bien, dentro del plazo de treinta días, contado a partir de la fecha del respectivo contrato.